Los padrones de cuantías. II
Publicado: marzo 27, 2022 Archivado en: Eloy Ramírez | Tags: población Deja un comentarioEloy Ramírez
Siempre tras la relación de los vecinos y moradores, los padrones, en caso de que existan en el lugar, registran los menores y huérfanos, con sus cuantías y el nombre de sus tutores. No siempre se procede con idéntico rigor, pero se comprueba en la mayoría de los casos que se trata de menores cuya posesión de bienes conduce a la tutela impuesta por la ley. Habrían incurrido en la orfandad al menos de padre, y el régimen de transmisión de los bienes de la familia obligaría a esa mediación. Serían por tanto lo que podríamos llamar vecinos aún no emancipados.
Pero los padrones son aún más sensibles al registro de los menores que suman a la condición de edad o de sujeción a la patria potestad otras circunstancias que las modifican. En un lugar los casados que viven en casa de sus padres son francos por un año y un día, y ocurre que dos de los tres oficios paternos especificados están relacionados con la ganadería: cabrero y ovejero. Persistiría en los no emancipados, incluso habiendo ganado el estado del matrimonio, la dependencia de o la vinculación a un senior consanguíneo derivada de una dedicación ganadera común. En otro lugar, en el cuerpo de las inscripciones, se reiteran los inscritos con su correspondiente cuantía a los que se identifica como hijos, o hijo y ovejero de profesión, también con su cuantía; y de alguno además se dice que es mozo.
Según se deduce de las ordenanzas del año siguiente, los seniores de los hatos de ovejas ni al rabadán ni a cualquiera de los pastores, como pago de su trabajo, les concedían cabezas horras, es decir, para sí (347). Solo se podían contratar a soldada. Esta premisa creó tensiones y resistencia. Hubo pastores que no quisieron entrar a soldada a menos que les ahorrasen ganado (347). El legislador, como reacción, insistió en que un pastor no podía apartar ganado para sí ganado (348), y la réplica de los pastores pudo llegar hasta abandonar el servicio antes de que se completara el tiempo por el que se habían comprometido (348). La autoridad del señor impuso que al pastor, si algo así ocurriera, se le podría hacer servir y cumplir el tiempo de servicio acordado, pagar los daños y menoscabos e incluso, si no estuviera ya comprometido con otro dueño de ganado, obligarlo a servir por el precio de otro año aunque no quisiera (348).
En las ordenanzas hay indicios suficientes (393) para pensar que la soldada de estos pastores preferentemente se satisfaría en especie. Ninguna remuneración habría estado en mejores condiciones de convertirse en el valor de cambio idóneo que las cabezas de ganado que cuidaban. Las de ahorro hubieran podido ser el origen de un patrimonio que se podría consolidar como propio del pastor, y luego integrarse en los hatos con esta condición. Si, en los dos lugares aludidos, además el senior del hato de ovejas era al mismo tiempo el padre del pastor, cualquier clase de emancipación sería imposible. El conde, señor preeminente, dado tal régimen de rentas, como recompensa moderaría sus exigencias contributivas.
Otro padrón termina con los bienes de los mozos de soldada y huérfanos que tienen bienes sobre sí, que solo deben pagar por la mitad de sus cuantías. Si se trata de huérfanos, queda excluida la posibilidad de que se trate de no emancipados, pastores y dependientes de un senior consanguíneo. Serían pastores sin vínculo de hogar, y cuya manera de prestar servicios con el ganado, en aquel lugar, se atendría estrictamente a las condiciones de la soldada.
Su estado no se confundiría con el de los albarranes, en algún lugar específicamente mozos albarranes que no tienen tutor, a propósito de los cuales las cláusulas al final de los padrones también insisten en que están registrados aparte. En el condado serían los pastores que migraban cuidando ganado, y que por tanto no creaban hogar, condición que les obligaba a permanecer mozos o solteros y a la vez emancipados (242).
El medio habitual de remuneración de los albarranes, a diferencia de lo acordado para los mozos de soldada, era una porción del ganado que cuidaban (15). Al menos una parte de su renta era ganar en el mismo lugar donde estaban cuidando el ganado ajeno una parte de ese ganado (242). Es posible que la remuneración fuera uno de cada diez (242), aunque también podían comprar cerdos (242) para criarlos en la manada de la que se hacían cargo, para así incrementar sus rentas mientras estaban dedicados al trabajo para otro, y sus cabezas asimismo podían integrarse en el hato en régimen de aparcería (385). La condición de albarrán permitiría por tanto que se expandieran las posibilidades del patrimonio ganadero propio del pastor.
No era necesario que estos transeúntes ordinarios de unas tierras donde la explotación de los rebaños obligaba a una migración permanente llegaran de fuera del condado. Según las mismas ordenanzas, si eran naturales del señorío y poseían bienes, como parece regular a consecuencia de su emancipación al menos parcial, debían pagar (15). Los que fueran forasteros y adquiriesen bienes en él, también debían pagar por ellos (15). Para trabajar en otro término, a cualquiera de ellos su concejo debía concederles licencia para entrar en los montes en el tiempo de la bellota (241).
Hagamos balance. En los padrones de cuantías de 1503 están inscritos los varones que han alcanzado la condición de vecino. También los varones que aún no habían alcanzado ese grado, cualquiera que fuera su situación. Constan en ellos toda clase de viudas, y no hay que excluir que algunas de las que solo se identifican por su nombre y están cuantificadas fueran solteras, e incluso una mujer se identifica como monja.
Los padrones además son muy sensibles al intercambio migratorio, sobre todo interno, tal como refleja la especial atención a las franquicias y sus clases. Las normas que prevén las debidas a esta causa son un reconocimiento tan ponderado a la movilidad que el número de francos que inscriben los registradores, siempre fieles al legislador, podría tomarse como el indicio más sólido del estado de una población, admitida la razón de que un mayor volumen de francos indicaría crecimiento, y su escasa mención, población estancada. Parece que en 1503 se estaba viviendo un momento de redistribución de los pobladores del señorío, y en parte esta pudo ser la causa de una encuesta tan completa.
Si juzgamos por las referencias expresas a la procedencia de otro lugar, a los antropónimos que se completan con una caracterización toponímica, a los gentilicios que actúan como apellido o a los apellidos que expresamente son gentilicios, a los apelativos que son topónimos o al topónimo que complementa el nombre de las personas, las poblaciones cedentes se identifican con certeza desde las receptoras. Con estas referencias es posible un análisis pormenorizado de las migraciones, que no es imprescindible para concluir que su frecuencia es proporcionalmente alta.
También están registrados los forasteros relacionados con la movilidad ganadera, cuya estancia en los lugares del señorío era obligadamente transitoria, atendiendo a la diversidad de situaciones que sin embargo se interesan por mantener bajo control a los migrantes. Y además, dada la alta movilidad interna, están inscritos los que se han estancado como moradores en cualquier circunstancia.
Son razones como para pensar que los padrones están muy cerca del registro universal. Los tamaños de las poblaciones lo permitirían. La variedad de formas de identificar a los inscritos indica que en las menores, que son la mayoría, era fácil conocerlos a todos los que vivían en ellas.
Pero el registro en ningún momento se interesa expresamente por las mujeres casadas, y de los menores que no son huérfanos, no hay el menor rastro; y se puede dar por supuesto que quienes carecieran de riqueza cuantificable quedarían excluidos del padrón. Desde luego, de los grupos ajenos a la constitución de los municipios, los no ciudadanos, que eran los nobles y el clero, es inútil esperar registro. Solo se mencionan la moja referida, un sacristán y un hidalgo. Cualquiera que fuera el tamaño de cualquiera de los grupos excluidos, más todas las otras razones que tantas veces se han reiterado, parecen suficientes para tener la certeza de que nunca, por la mediación de los padrones de cuantías, tendremos una instantánea del tamaño de población alguna.
Más sensato que lamentarnos de la información que nos niegan parece reconocer lo que puede deducirse a partir de la que nos proporcionan, para lo que basta con adoptar el punto de vista complementario. Con la lectura de las cuantías adquirimos la certeza de que la masa de los inscritos, los vecinos, quedaban expuestos a cargar con el peso de las obligaciones debidas al señor. Los que aún no habían alcanzado ese grado, los moradores inmigrantes, simplemente tenían aplazada la carga. Ni siquiera los moradores estancados, aunque los autores de las listas nominativas los presenten desde el lado de sus carencias, dejaban de ser susceptibles de incurrir en las mismas obligaciones en cualquier momento. Las viudas, y por supuesto los menores con patrimonio, e incluso los pobres, a propósito de los cuales se tiene la precaución de cuantificarlos cuando es pertinente, estaban bajo el punto de mira de los indagadores de las capacidades contributivas. Además de transitar a la utilidad rentable en cualquier momento, viudas y pobres podían ser útiles como responsables de un hogar en los márgenes. Tampoco los forasteros, aunque estuvieran de paso, escapaban a ellos. Quizás la instantánea más expresiva a este propósito sea la que ofrecen los que discrecionalmente el señor decidía redimir de las obligaciones parcial o temporalmente. Un montero, o un bacinador, o un curandero, pueden ser útiles por razones distintas al pago de rentas.
Todos los registrados estaban inscritos en la medida en que podían ser útiles para cualquiera clase de pago y servicio. Cualquiera de ellos, en cualquier momento, podía generar las rentas, ya fueran ingresos o actividades, que permitieran a los gestores del dominio cuantificarlo, y por tanto exigirle las obligaciones derivadas de la categoría material que hubiera adquirido. En el condado la inscripción en los padrones de cuantías estaban dictadas por las condiciones del avecindamiento impuestas por el señor. Las relaciones que comprometía a discreción tomaban como referencia las capacidades materiales de quienes aspiraban a subordinarse a su dictado. A partir de ellas decidía si era o no pertinente otorgarle la plenitud de la sumisión como vecino.
Es muy probable que los padrones de cuantías de 1503 proporcionen una instantánea exhaustiva de las clases de vínculos que se podían crear entre un señor y sus vasallos. Además, permiten deducir con precisión cómo podían deteriorarse las relaciones sostenidas sobre el control de los sujetos a obligaciones serviles, si se reconstruye la ruta que llevaba desde la aspiración al avecindamiento hasta la caída en cualquiera de los márgenes de la jerarquía material creada por las normas señoriales.
Por la reiterada mención de los pagos, que los padrones prefieren a las referencias a los servicios cuando deben recurrir a una mención sumaria a las obligaciones de los cuantificados, se presume que el régimen de cargas a principios del siglo XVI había optado por las rentas deducibles de las que a su vez ingresaban siervos y vasallos. Para ingresarlas, la expresión nominal del valor de sus bienes pudo ser un referente inmediato al que aplicar tipos impositivos.
Al señor, autor político de los padrones, lo que le interesa es mantener bajo observación a todos los susceptibles de ser requeridos por unas obligaciones idénticas a las impuestas desde el principio en otras latitudes, o a las que persistieron bajo las más severas condiciones de la servidumbre. Más de trescientos años después, según I. Turguénev, al otro extremo del continente, entre siervos sobrevivía la misma dualidad de obligaciones, la prestación personal directa (bárschina) o, en su lugar, su reducción a dinero o especie (obrok).
Los padrones de cuantías. I
Publicado: marzo 18, 2022 Archivado en: Eloy Ramírez | Tags: población Deja un comentarioEloy Ramírez
A los padrones medievales se les demandan utilidades demográficas, aun reconociendo que su objetivo común suele ser el registro de vecinos. Si son de cuantías, como es el caso de los redactados en 1503 en el condado, su propósito nunca será averiguar cuánta gente vive en sus lugares, sino la riqueza de toda la que tiene alguna, bajo las condiciones previstas por quien aspira a servirse de las inscripciones para demandar pagos y servicios.
Pero también parece razonable aceptar que para el señor tendría un bajo rendimiento administrativo que solo los vecinos en la plenitud ciudadana fueran inscritos. Si se trataba de mantener bajo control las obligaciones de pagos y servicios de quienes vivieran bajo su dominio, tendrían que interesarse además por todos los que hubieran incurrido en ellas desde el momento en que vivieran en él, aun sin alcanzar la condición de vecino.
No todos los de 1503 se atienen al mismo tenor, y el rigor es suplantado por el empirismo, sensible a las dimensiones de las comunidades radicadas. Pero podemos presumir que los vecinos son la masa de los inscritos, salvo ocultación o fraude, porque junto a la mayoría de los identificados por su nombre aparece registrada su correspondiente cuantía.
Entre ellos están con seguridad los vecinos que por reconocimiento discrecional o transitorio de su municipio, o sobre todo del señor, no estaban obligados a los pagos y servicios debidos. Los hay francos por hidalgo, y también por el ejercicio de una actividad considerada digna de ese reconocimiento. Se mencionan insistentemente entre los exentos monteros del conde, algunos de los cuales son además ballesteros. Como también había monteros que no disfrutaban de franquicia, padecerían la consecuencia de no disfrutar a la vez la condición de ballestero.
Son también francos habituales los bacinadores, hombres que vivían gracias a las limosnas que recaudaban. Dos advocaciones les daban cobertura: San Antón y, sobre todo, San Lázaro. Al que pidiera limosna para el culto a San Antón le estaría justificada su franquicia por su contribución a la salud del ganado, y al bacinador por San Lázaro, por lo que se esforzaba en favorecer la de los hombres. Cualquiera de las dos exenciones reconocería la fuerza que ambas creencias habían adquirido entre los que vivían en el condado.
Además, pueden ser francos un mayordomo de una iglesia, un oficial de barbero o quien se emplea en la obra de una fortaleza. Hay un franco perpetuo porque sana piernas y brazos de balde, y en un lugar una mujer es franca a iniciativa del señor porque su marido fue ciego.
Por otra parte, hay vecinos que ven reducidas a la mitad sus obligaciones serviles por ser alcaldes, responsables de la administración de justicia delegada por el conde, y por las ordenanzas consta (78) que el jurado de los lugares del señorío, vecino de la cuantía menor, que tiene la responsabilidad de atender la recaudación de los pagos y servicios en los pueblos, es franco de todas las obligaciones durante el año que ejerce el oficio.
Están también registrados todos los que se mantenían en el tránsito entre la residencia y el avecindamiento cuando se procedía a la redacción de los padrones, moradores que no debían pagar servicios hasta tanto hubiera transcurrido cierto tiempo desde que se instalaron. Su inscripción no aparenta problemas. No solo están registrados con pulcritud, sino que sus circunstancias las describen los padrones con más detalle que las de quienes ya han consolidado el avecindamiento.
En el lugar con mayor número de inscripciones, el estado de transición se reconoce distinguiendo entre vecinos viejos y vecinos nuevos, cualquiera de los cuales tiene adjudicada su cuantía. A los nuevos se les declara expresamente francos, o junto a su nombre se hace constar que su franquicia está asociada a la inmigración. Serían por tanto moradores que habrían alcanzado ya el estado de madurez. Habrían inmigrado con patrimonio o demostrado, antes de agotar el plazo previsto para el avecindamiento, las condiciones patrimoniales que en su momento les permitirían aspirar a la condición de vecino de pleno derecho. Pero aún no habrían sido inscritos como tal justo porque de esta manera podrían disfrutar hasta el final la franquicia prevista.
Son más frecuentes los moradores que aún no hubieran alcanzado ese grado. Se identifican mediante la referencia a las exenciones asociadas a la inmigración reciente. Normalmente, las otorgaba el municipio correspondiente, aunque también había moradores francos por el señor. Cualquiera de ellas podía tener vigencia por cinco o por diez años, tal como estaba previsto por las ordenanzas.
Eran cinco años cuando el inmigrante era un varón que, venido de fuera, contraía matrimonio con mujer natural. El legislador, que también era el conde, había decidido servirse de las franquicias como estímulo a la inmigración, mediando el señuelo de las nativas del señorío, por su iniciativa ofertadas en el mercado matrimonial con el propósito de incrementar por vía vegetativa sus vasallos y sirvientes. Era un modo indirecto de ejercer la secular prevalencia de los señores sobre el matrimonio de las núbiles radicadas en sus dominios, que con el tiempo daría origen a una renta que la redimiera o penalizara el matrimonio acordado al margen de sus autoridades. Sobre la vigencia de cualquiera de las dos modalidades de pago en el condado a principios del siglo XVI, aun así, no hay constancia.
Una parte de quienes obtienen franquicia por cinco años ha llegado de poblaciones próximas, aunque no exteriores al señorío. Es más frecuente que los francos por cinco años inmigren desde poblaciones colindantes o próximas a sus tierras. En más de una ocasión, la fecha a partir de la cual empieza a contarse el tiempo durante el que debe regir la franquicia es común a todos los inmigrantes. Parece la consecuencia de un acto administrativo, sea una concesión o el registro de los inmigrantes. Pero cualquiera de las dos posibilidades puede contener una tercera, de mayor alcance para la población del condado, que en tales casos se tratara de una inmigración en grupo.
También según las ordenanzas, las franquicias eran de diez años cuando el inmigrante era ya un matrimonio y llegaba de tierras externas al señorío. En este caso, aunque el matrimonio ya no fuera estimulante inmediato de la migración, sí era la condición para disfrutar de la franquicia. Incrementar su vigencia pretendería estimular el movimiento de un grupo familiar ya formado, arraigado en un lugar y menos propenso a trasladarse.
Estas migraciones, aunque de frecuencia inferior a las de quienes gozan de los cinco años de franquicias, partirían de poblaciones de las mismas comarcas pero localizadas algo más lejos, de la primera ciudad de la región o de Portugal. Así era estimulado y quedaba reglado el segundo radio de las migraciones condales.
Excepcionalmente, entre los que llegaban de la primera ciudad del sudoeste, los había francos vitalicios, en un lugar la franquicia por concesión señorial es perpetua o por quince años, y todavía se detectan franquicias por doce años. Al contrario, puede ocurrir que los inmigrados de la tierra de centro de la región sean francos por tres años, o que se conceda franquicia por un año y un día. Ninguna de estas parece modificada por su radio y sí por circunstancias particulares.
A veces, el registro es tan sensible al movimiento migratorio que ofrece la instantánea de su origen. Al de un hombre se añade que es franco porque llegó desde una población colindante con las tierras condales aquel mismo año. Pero en otras ocasiones la redacción del padrón da lugar a interpretaciones inseguras. Así, por ejemplo, de un hombre se dice que vino por diez años desde esa misma población. Por la manera de expresarse quien lo redactó, se podría pensar que los plazos de las franquicias, en ocasiones, dependieran de condiciones acordadas entre el municipio y el inmigrante, entre las que se podría incluir la inmigración tentativa.
Pero sean francos por cinco años o por diez, por plazos anómalos, o incluso, si es correcta la interpretación, por un periodo pactado, en todos los casos, en previsión de sus obligaciones futuras, cualquiera de los moradores en trance de convertirse en vecinos tiene adjudicada una cuantía.
También están registrados los moradores que se hubieran estancado como residentes sin capacidad para adquirir la condición de vecino porque no hubieran conseguido acopiar el patrimonio que permitía acceder a ella. Cada padrón se impone dejar constancia de que en él han quedado inscritos los pobres, las viudas o los menores, según conviene a las circunstancias averiguadas en el lugar. Habrá que aceptar que cada padrón es leal a cualquiera de estas realidades, y que por tanto se preocupa por mantener bajo control administrativo a los moradores del señorío que sobreviven en las posiciones periféricas, los que más riesgos correrían de quedar excluidos de la encuesta.
Se comprueba, efectivamente, en la mayoría de los padrones, por una parte, que se inscriben expresamente varones calificados de pobres, sin que a esta condición se añada alguna más. Suelen figurar en el cuerpo del padrón, aunque hay redactores que prefieren enumerar en relación aparte los pobres que no pagan ni han pagado porque no tienen ninguna cuantía. El registro de la pobreza parece más certero cuando junto a un nombre, al que se le añade la calificación de pobre, el lugar que debería ocupar la cuantía que le correspondiera aparece en blanco, lo que ocurre con la frecuencia suficiente como para creer que es una decisión adecuada a las normas a las que se atenían los redactores de los padrones.
En algunos casos, anotaciones especificativas permiten además avanzar sobre las causas que en los lugares del condado pudieron ser responsables de la pobreza. A veces aparecen nombres de varón a los que a la condición de pobre, a continuación de los cuales la cuantía está blanco, se les añade la de doliente. Padecer o haber padecido alguna enfermedad dificultaría la adquisición de bienes.
Otras veces, en varios lugares, el registrador se refiere a pobres hospitaleros, de uno de los cuales además se explica que es hospitalero de la Misericordia. No hay que excluir que el concepto se utilice en el sentido de hospitalizado, pero tampoco hay razón para no interpretarlo en el que ha prevalecido, de persona dedicada al cuidado de los pobres y transeúntes acogidos como huéspedes en instituciones caritativas. En ese caso, para justificar su dedicación a la hospitalidad ellos mismos tendrían que ser dignos de hospedaje, puesto que están declarados como pobres.
Otro es apodado El Cativo. Haber sufrido cautividad pudo estar en el origen de la vida errabunda que no permite adquirir bienes raíces, y aunque sin la calificación expresa de pobre, un hombre se identifica como viejo y ermitaño. La dedicación a la vida eremítica pudo ser una consecuencia de la acción concertada de pobreza y edad.
Por tanto, es posible que los nombres de varón tras los cuales el espacio que debería ocupar la cuantía estimada aparece en blanco, incluso aunque no sean calificados como pobres, ni al caso le acompañen más explicaciones, tal vez sea la pista más segura para detectar toda la pobreza, algo que también es frecuente. Así se haría referencia a quienes carecieran de los bienes necesarios para ser contabilizados. Como figuran en el padrón, solo puede tratarse de gente que ha degradado su condición, bien porque siendo vecino ha caído hasta este abismo, o más probablemente porque habiéndose establecido como morador no ha conseguido cumplir con las condiciones necesarias para alcanzar la plenitud del vasallaje.
Pero también es posible, cuando solo se cumple la condición de que el espacio de la cuantía está en blanco, que se trate de ausentes, simplemente, o no concurrentes a la declaración, y de los que no ha sido posible averiguar sus bienes, ni siquiera con la ayuda de los vecinos de la comisión encargada de redactar los padrones.
Aun aceptando que cualquiera de las posibilidades reconocería un hecho verificado, todavía hay situaciones algo desconcertantes, en las que está justificado desconfiar de las afirmaciones con las que concluyen los padrones.
En más de uno nadie está calificado expresamente como pobre, y sin embargo al final se afirma que el padrón los contiene, y en un lugar con pocos inscritos, cuyo escatocolo afirma que el padrón inscribe viudas y pobres, en su relación nominativa, si bien es posible que haya viudas, porque registra un par de mujeres, no se identifica ningún. Se puede pensar que al menos a veces la cláusula final es un formalismo, sobre todo en los lugares menores, que pudieron actuar con menor rigor administrativo. No parece veraz que un lugar haya perdido a todos sus moradores marginales, salvo emigración selectiva, que aun así no sería sorprendente tratándose de pobres. Las poblaciones en situaciones de escasez los excluían, y la existencia de hospitaleros indica además que los moradores empobrecidos migrarían.
Más sorprendente es que a veces hombres calificados pobres, entre ellos un hospitalero, sean inscritos con cuantía de 1.000 maravedíes, la cuantía mínima. Se podría interpretar que, aun estando en la frontera de los marginados absolutos, puesto que disponen de alguna renta propia no consiguen escapar a las indagaciones de la administración del conde.
Si aun así la condición de pobre prevalecía y era motivo de franquicia, podemos deducir que tener adjudicada una cuantía en los padrones no significaría que se dispusiera de bienes, y que por tanto se hubiera adquirido la condición de vecino. La masa que inicialmente hemos aceptado como vecinos no necesariamente cumpliría con esta condición. Solo una parte se habría elevado a la categoría de vecino en el sentido estricto del concepto. La mayoría de los inscritos, convenientemente cuantificados a partir de las rentas de sus actividades, serían los moradores, la masa del común, la que alimenta el orden inferior, no ciudadano o plebeyo en cada lugar, que sería fluida porque las rentas y los bienes lo mismo que se adquieren se pierden, una circulación constante que obliga a la administración condal a permanecer alerta.
En el registro de las viudas, se dan situaciones semejantes, en parte porque son prolongación del estado de pobreza. Se inscriben expresamente mujeres pobres y mujeres pobres con la cuantía en blanco sin más explicación. Hay alguna mujer que solo se identifica por el nombre de su marido, aunque sin que conste expresamente que es viuda, y de la que se dice que no tiene bienes ningunos. De bastantes más se dice expresamente que son pobres viudas y a la vez su cuantía aparece en blanco.
También las viudas suelen estar inscritas en el cuerpo del padrón, y también en otras ocasiones, después de este, se añade la lista de las que no pagan ni han pagado porque no tienen ninguna cuantía. Casi todas son viudas y pobres, y algunas además viejas o solo viejas y pobres. Todo converge en que las viudas de las que no se hace constar cuantía efectivamente eran las pobres.
Pero también aparece en alguna ocasión la viuda y pobre con 1.000 maravedíes de cuantía, y son más las mujeres cuantificadas de las que no consta que sean viudas y que se identifican por el nombre de su marido. Cuando los padrones son más específicos, a la identificación de la mujer cuantificada solo por el nombre del marido se le añade la aclaración de que son viudas, o simplemente se declara de algún modo que su marido ha fallecido. También hay mujeres cuantificadas que solo se identifican por su nombre o por su apelativo. Debe tratarse de mujeres de las que tampoco se aclaró que fueran viudas porque en su caso, cuando se especifica más, otra vez se aclara que su estado es el de viudas.
Hay que dar por supuesto que todas son viudas de vecinos y moradores. Una parte de ellas mantendría el estado de vecina adquirido durante o sostenido por su matrimonio, tal como su cuantía reconocida demuestra. Otras sobrevivirían como moradoras marginales, a consecuencia de la viudedad, en casos extremos agravada por la vejez, de las que derivaría la pobreza.
Petrarca
Publicado: marzo 8, 2022 Archivado en: Redacción | Tags: historiografía Deja un comentarioRedacción
Desterrado su padre de Florencia en 1302, por discrepancias personales con destacados miembros del partido güelfo negro, fue a establecerse en la cercana Arezzo, donde en el transcurso de 1304 nació Francesco. Pero al poco la familia decidió trasladarse a Pisa, en 1312 a Avignon, ya sede pontificia, y luego a Carpentras, donde el hijo empezó sus estudios. A partir de 1316 emprendió los de leyes, que cursa sucesivamente en Montpellier y en Bolonia. Pero desde aquí hubo de volver a Avignon, reclamado por la muerte de su padre; circunstancia por la que interrumpió unos estudios que jamás reemprendería. Poco después también moriría su madre. Hasta entonces había vestido los hábitos sacerdotales, aunque no había recibido las órdenes. A partir de aquel momento, interrumpió su vínculo personal con la iglesia, y así Petrarca fue emancipado por el destino.
En 1326 empieza para él una agitada vida, rica en contrastes, pero en lo esencial dedicada a la poesía y la investigación filológica. En 1327, aún en Avignon, conoció a Laura de Noves, que se convertiría en la literaria mujer de su vida. Giacomo Colonna, que había sido su compañero de estudios, ya obispo, consiguió ponerlo al servicio de su hermano Giovanni, ya cardenal. Por encargo de su señor viajó por Inglaterra, Francia, Alemania y Flandes. Habitualmente cambia de residencia cumpliendo misiones diplomáticas para los Colonna. Principales para su manera de pensar fueron las estancias en Londres, París, Gante, Lieja y Aquisgrán. Paró finalmente en Roma, donde residió bastante tiempo, aunque todavía vivió en Milán durante algunos años y después en Venecia. Por último se estableció en Arqua, lugar próximo a Padua, en medio de los montes Euganeos, donde pasó el resto de vida que le quedaba. En la casa que allí se había hecho construir murió en 1374.
Petrarca es aceptado como el primer gran maestro del humanismo y el más significado precursor del renacimiento. Su obra principal es poética, aunque también compuso textos filosóficos. Pero es además autor de algunos textos historiográficos, entre los que destaca otro volumen De los varones ilustres, biografías de héroes de la historia romana y de personajes del Antiguo Testamento, redactadas sobre retratos individualizados limpios de leyenda. El método que aplica a su redacción se convertirá en el modelo de esta variante historiográfica durante todo el renacimiento, época durante la que será muy cultivada.
El gran proyecto de su vida fue el poema épico África, concebido como texto latino en hexámetros que debía narrar la segunda guerra púnica reelaborando la narración de Tito Livio. Alcanzó a escribir nueve de los doce libros que se había propuesto, pero la obra quedó inacabada. También son muy estimadas las dos grandes colecciones de cartas que dejó, cuyo contenido va desde los previsibles asuntos personales a la traducción latina de la última novela del Decamerón, pasando por las biografías, forma sobre la que una y otra vez vuelve, ahora para prestar atención a hombres ilustres de la antigüedad. Lo mejor de la producción latina de Petrarca es su enorme amplitud de registros, que son al mismo tiempo poéticos e historiográficos, autobiográficos, didácticos y satíricos.
Pero no hay que buscar en nada de esto lo que de Petrarca tiene mayor alcance para la historiografía. Durante su estancia en Lieja hizo el descubrimiento de su vida, el texto del Pro Archia de Cicerón, hasta entonces perdido. Esto le obligó a un serio esfuerzo filológico, a partir del cual pudo aventurarse hacia otros textos antiguos y generalizar ideas sobre la necesidad de la crítica. Originalmente su interés por el procedimiento estuvo dirigido a la obtención de un texto fiable, pero terminó defendiendo la necesidad de la crítica de las fuentes cuando se trataba de relatos de sucesos pasados, para que quien los estudie pueda disponer de hechos veraces. Así fue como se declaró partidario del conocimiento directo y riguroso de la antigüedad clásica, mediante la depuración y el análisis comparativo de los testimonios más autorizados, frente a la visión fabulosa que la edad media había aceptado y convertido en norma.
La financiación de la agroindustria
Publicado: febrero 26, 2022 Archivado en: Heliodoro Hernández | Tags: economía agraria Deja un comentarioHeliodoro Hernández
Don Cristóbal, como patrimonio personal, solo poseía una cochera, una parcela y algún ganado. De la cochera no es mucho lo que se puede decir, salvo lo evidente, que nuestro don Cristóbal pudo disponer de un medio de transporte rodado. La parcela abarcaba solo 7 unidades de superficie. Estaba destinada a la producción de cereales en secano, y tenía la particularidad de que en ella había plantado 42 olivos que aún no producían. Su patrimonio ganadero era insignificante. Era dueño de un mulo, probablemente para tirar de su coche, y cuatro asnos, que utilizaría para los portes que entre el campo y la ciudad necesitaran sus actividades. Pero ninguno de ellos, ni el mulo ni los asnos, se consideraron fiscalmente útiles. Las dieciocho colmenas que además tenía, localizadas en algún lugar de sus posesiones, serían las únicas que le proporcionaran algún producto exclusivo.
Pero, además, hacia 1750 era el poseedor de un vínculo, el que en su momento habían fundado su antepasado don Bartolomé y su esposa doña Leonor. Gracias a esta fundación, disponía, en primer lugar, del oficio de regidor, el que le permitía ejercer como miembro de pleno derecho del patriciado local. Estaba dotado además con una casa solariega con dos plantas, donde residiría, en la que había una bodega con una capacidad de 700 arrobas y cuya utilidad estimada era 750 reales. Además, poseía otras dos casas que arrendaría, cuya calidad, muy inferior a la de la casa principal, la expresaban sus respectivas utilidades: 190 y 132 reales.
El vínculo, sobre todo, era el titular de un importante complejo productor de aceite, que se sostenía sobre unos olivares cuyo núcleo, en plena producción, se localizaba en el lugar llamado Pozo del Ángel, donde ocupaban 96 aranzadas (30 de primera, 40 de segunda y 26 de tercera). En el sitio que se conocía como Usagre tenía otras 11 1/6 aranzadas, de las cuales 3 eran de tercera y estaban en plena producción, 3 2/3, también de tercera, de olivar nuevo que aún no producía y 4 ½, aún sin cultivar, destinadas a plantar olivos.
En el Cerro Label poseía otras 8 7/12 aranzadas de tercera, en tres parcelas desiguales. La mayor (6) la declaró como olivar nuevo que no producía, y las otras dos (1 ¾ y 5/6) estaban en plena producción. En la Huerta Sancha tenía 6 11/12 aranzadas de segunda en plena producción repartidas en dos parcelas (5 1/6 y 1 ¾). Y en cuatro lugares distintos poseía otras 11 1/6 aranzadas, todas de olivar productivo: 3 2/3 de tercera en La Carvajala, 2 ½ de primera en la Huerta de Abajo, 2 1/3 de segunda en El Saladillo y 2 2/3 de segunda en La Ladrillera.
Tanto las calificaciones de calidad como las precisiones métricas estaban destinadas a aminorar el efecto impositivo que pudiera tener el cálculo de utilidad de cada parcela. Por tanto, lo relevante de su descripción pormenorizada no es el detalle, sino que tenía en su poder casi 134 aranzadas, de las cuales poco menos de 120 estaban en plena producción, lo que no era obstáculo para que tuviera en marcha un plan de expansión del cultivo sobre otras 14 1/6 unidades de superficie (9 2/3 ya plantadas de olivar pero que aún no producía y 4 ½ destinadas a plantar olivos). Tal tamaño corresponde a una explotación de olivares propia de casa agropecuaria de primer nivel, lo que refrenda que los cimientos del patriciado de las agrociudades meridionales del interior se levantaron sobre la economía del aceite.
Para extremar la potencia que la posesión de los olivares le otorgaba al vínculo, en el pago del Pozo del Ángel tenía una casa de campo, llamada Nuestra Señora del Rosario, que contaba con habitaciones y un molino de aceite dotado con un almacén de 1.300 arrobas. De estar colmado, a los 12 reales la arroba que a renglón seguido reconocen los registros del mismo vínculo, la venta del producto almacenado le reportaría unos ingresos por cosecha de 15.600 reales. Sin embargo, su utilidad se estimaba en 800 reales.
Para el tratamiento del producto del extenso patrimonio de olivares contaba además con otro molino de aceite, esta vez localizado en la población, cuyo almacén, con capacidad para 600 arrobas, le podría proporcionar, bajo las mismas condiciones, 7.200 reales, a pesar de lo cual su utilidad fue estimada en 800 reales. Es posible que el molino localizado en el campo estuviera reservado a la producción propia, mientras que el lugar donde se encontraba el segundo, a la entrada de la población desde donde estaban concentradas las explotaciones de olivar, estuviera orientado a satisfacer la demanda de prensas de los pequeños productores de aceituna que carecían de medios para la molturación.
En el Pozo del Ángel, centro de la parte consolidada o estable de la casa agropecuaria, el vínculo poseía además 11 aranzadas para viña de segunda. Pudieron ser una reliquia de las dedicaciones preferentes de un espacio evolucionado hacia el cultivo del olivo, que habría preferido ir dejando a un lado la competencia en el sector vitivinícola.
Tal vez la producción de las viñas del Pozo del Ángel fuera razonable. En ellas se mantenía un lagar equipado con recipientes para almacenar 400 arrobas de producto elaborado. Sin embargo, su baja utilidad estimada, 60 reales, no habla de lo mismo. El lagar sería un superviviente de la pasada gloria vitivinícola de la casa. Para mediados del siglo XVIII es más probable que su actividad se sostuviera con la compra de uva procedente de otros pagos o de mosto para su crianza. La bodega con capacidad para 700 arrobas que había en la casa principal contribuiría a absorber la producción del lagar, y estaría en mejor posición para comercializar el producto.
También había en el Pozo del Ángel una huerta, sobre tres unidades de superficie. En dos, de primera calidad, dotada con el regadío que abastecía una noria de sangre, se producía hortaliza permanentemente, y en sus márgenes y regaderas había 70 frutales, de los cuales 20 eran naranjos. La tercera, también de primera, estaba dedicada exclusivamente a frutales.
Por último, el vínculo estaba dotado con un cortinal de 1,5 unidades de superficie en las inmediaciones de la población. Era de primera calidad y estaba destinado a producir cebada en régimen de secano sin descanso. No tenía más tierras para sembrar cereales. Si alguna vez su titular decidiera emprender una labor, tendría que recurrir a las cesiones que se contrataban en el mercado de los arrendamientos. Pero el casi nulo patrimonio ganadero de don Cristóbal no deja lugar a muchas dudas. Las generaciones de este linaje, acogidas por tan sólido vínculo, habrían renunciado a emplearse como labradores. Habrían preferido concentrarse en la producción de aceite y eludir las tensiones que sufría la de cereales.
Llevar hasta la frontera de la agroindustria sus negocios debió exigirles un importante esfuerzo de financiación. Todos los bienes del vínculo, siempre tomados como una masa única, a mediados del siglo XVIII estaban hipotecados con 22 gravámenes. Solo del primero se declaró expresamente que se trataba de una memoria.
El silencio de la fuente se presta a la interpretación especulativa. De los 72 reales en los que se valoraron las 6 arrobas de aceite, calculando cada una a 12 reales, para que fueran ingresados a una fábrica parroquial con el fin de que mantuviera encendida su lámpara votiva a San Cristóbal, hay que reconocer que tienen el aspecto de una memoria propia. Claro que también pudo ser el resultado nominal de un crédito recibido en dinero que se pagaba en especie de aceite. Como se acepta un precio corriente para la arroba de aceite, de la que se deduciría la cantidad a pagar cada año, el crédito pudo ser reciente. Pero, entre los perceptores de otra de las cantidades que gravan el mismo patrimonio, aparece otro vínculo, y no parece que sea una institución capacitada para atender una memoria.
También es cierto que se dejan ver, aunque sea a través de las escuetas cifras, algunas iniciativas que podían estar cerca de lo caritativo. Si exceptuamos el gravamen a pagar una capellanía de la capital, adscrita a una institución de los jesuitas, que sin duda es el pago anual de los intereses de un crédito, y además el crédito más importante de todos, las demás perciben cantidades muy modestas.
El probable sentido de estos modestos gravámenes lo pone al descubierto el caso de la capellanía de la que era titular en aquel momento don Bartolomé Navarro. Era el capellán de la que había fundado Cristóbal Martín Bravo en una de las parroquias de la población. Del vínculo del que era poseedor nuestro don Cristóbal percibía anualmente 90 reales 6 maravedíes, una cantidad estimable.
Don Bartolomé, simultáneamente, también mantenía el estatuto de patricio gracias a que era el titular del oficio de alcalde mayor honorífico con voz y voto de regidor. Pero solo poseía un tercio de una casa, proindivisa con Francisco Alfonso y Teresa Rodríguez, que debía ser modesta, porque su utilidad estimada es 88 reales, más 2 vacas, 1 burra y 4 colmenas. Además, sobre la casa estaba hipotecada por un crédito cuyos intereses se pagaban anualmente al convento del carmen calzado de la población. Por su tercera parte, don Bartolomé debía liquidar 38 reales 17 maravedíes, de donde se deduce que los intereses ascendían a 115 reales 17 maravedíes y que muy probablemente correspondían a un préstamo de 3.850 reales al 3 %.
Don Bartolomé sobrevivía en el margen del patriciado. No redimir un crédito del que era el prestamista, originalmente denominado en maravedíes, tal como expresa la cantidad que don Cristóbal debía pagarle anualmente, era una manera de contribuir a su supervivencia.
Podemos interpretar el silencio de la fuente como que toda la carga financiera sobre los bienes del vínculo estuviera causada por memorias, que es la posibilidad más extrema, consecuencia de una piedad promiscua. Como no es incompatible la institución de una memoria con la contratación de un crédito, y además todos los gravámenes responden al tratamiento cuantitativo como intereses, podemos contar con la apariencia de los 22, aun siendo errónea la otra interpretación extrema, la que los considere todos como formas de crédito, para reconstruir el marco dentro del cual pudo operar la demanda de crédito de las agroindustrias, en especial la del aceite, para mantener su actividad a fines de la época moderna. Se da la afortunada circunstancia de que tenemos la certeza de que el poseedor de nuestro vínculo, que le faculta para ser patricio, no se compromete como labrador y concentra su patrimonio en la explotación del cultivo del olivar, para la que posee los medios de transformación que lleven al límite el beneficio que de él se pueda obtener. Gracias a ella, estaríamos en condiciones de llegar hasta los medios de financiación de la agroindustria a fines de la época moderna.
Los capitales ingresados por el vínculo, si partimos de esa premisa, habrían sumado una cantidad comprendida entre 62.727 y 66.756 reales. Con seguridad, estas cifras solo resumirían una parte de la historia financiera del vínculo. Una parte de los créditos que se compraran entre el momento probable de la fundación (siglo XVI) y el momento desde el que observamos su trayectoria (mediados del siglo XVIII) debió liquidarse; aunque si tenemos en cuenta que pagar los intereses de un crédito indefinidamente podía ser muy barato, las posibilidades de su extinción siempre serían menores que las de la supervivencia.
Más reveladoras que las cantidades, son las vías de financiación que prefirió la casa y la proporción que representa cada una. Según instituciones prestamistas, la demanda del crédito estaría todo lo diversificada que permitía aquel mercado. Habrían sido corporaciones de beneficiados parroquiales, conventos, capellanías, una fábrica parroquial, un vínculo, un patronato, una cofradía del Santísimo de una parroquia y un hospital también adscrito a una parroquia.
Cada préstamo habría sido conseguido de una institución financiera distinta. O los sucesivos poseedores del vínculo no quisieron poner en manos de solo una parte de las instituciones accesibles el riesgo con el que debía cargar su patrimonio, o los fondos de estas no eran tan abundantes como para atender insistentemente la demanda de crédito de una gran empresa agropecuaria. Es más probable la atomización del mercado del crédito rural, en el que las relaciones familiares, que llevaban desde un linaje demandante de crédito hasta una de las instituciones creadas por el patriciado para que le sirvieran a estos fines, se imponían sobre la vigorosa oferta que pudieran hacer grandes fundaciones, que desde luego existían.
Pero también es cierto que el linaje de don Cristóbal preferiría determinadas líneas de crédito. Los siete conventos –de clero masculino y femenino, de la población y de la capital; de clarisas, dominicos y dominicas, mercedarios, carmelitas descalzos– percibían un 40 % de las rentas circuladas en concepto de gravámenes, casi lo mismo que las siete capellanías, una de ellas de ellas de la capital y las otras seis radicadas en las parroquias de la población. Los beneficiados de tres parroquias locales, una vigésima parte, lo mismo que el hospital. Algo por debajo, la fábrica parroquial, y todavía menos la cofradía del Santísimo. Y una centésima parte o menos el vínculo y el patronato.
Sin embargo, es en la posible tipología financiera de los créditos que se pagaban a mediados del siglo XVIII donde estaría inscrita la historia de la financiación de la agroindustria de entonces. Una parte de los posibles préstamos sería negociada en maravedíes a un tipo por encima del 3 %. Supondrían poco más de una décima parte de las cantidades obtenidas por vía de préstamo y corresponderían a los préstamos más antiguos. Los negociados en maravedíes a un tipo entre un 3 y un 5 %, poco menos de una vigésima parte de los dineros ingresados, también serían préstamos supervivientes de tiempos precedentes, pero que ya habrían podido negociarse en tiempos más recientes.
Aún más al margen quedarían los préstamos negociados en reales a un tipo por encima del 3 %, poco más de una quincuagésima parte de las cantidades ingresadas. En origen pudieron ser resto de un tiempo de transición de los tipos de interés comprendido entre los siglos XVI y XVII. Los suscritos en reales al 3 %, casi la mitad de los capitales, serían los préstamos relacionados con el mercado corriente, y los acordados en ducados también al 3 %, que eran algo menos que los negociados en reales, serían los préstamos fuertes contemporáneos. Entre uno y otro sumarían casi las tres cuartas partes de todas las cantidades prestadas.
La preponderancia de estos cinco modelos de financiación, más que de una trayectoria lineal, como la que se deduce a groso modo de la evolución secular de los tipos de interés, dependería de la situación real de los mercados locales, que oscilarían y se modificarían en función de los factores que se pueden prever (dinero disponible en los depósitos, devaluación, crédito de los demandantes, urgencias a las que se vieran expuestos), lo que queda fuera del alcance de las cifras que nos proporcionan los testimonios.
Lo que parece más seguro es que, sobre la carga crediticia heredada de tiempos anteriores, las posibilidades de financiarse en el mercado corriente eran las mayores. Por tanto, a mediados del siglo XVIII las instituciones promovidas para servir a la usura agropecuaria, con la pertinente cobertura moral, todavía cumplían sobradamente con sus fines. Otra cosa es su debilidad, visible en la dispersión de la oferta, precursora de su crisis, que provendría de la excesiva oferta. Tanta concurrencia cada vez abarataría más el dinero en el medio rural. A quienes habían patrocinado con aquel fin las instituciones que la sostenían les vendría muy bien, pero eso inevitablemente las llevaría a la quiebra.
Molinos harineros
Publicado: febrero 16, 2022 Archivado en: Felipe Orellana | Tags: economía agraria Deja un comentarioFelipe Orellana
El primer ingenio para la transformación de los cereales era el molino de harina, con diferencia la máquina más compleja de cuantas entonces se relacionaban con la agricultura del cereal. Dado que no carecían de importancia las condiciones adecuadas para disponer de las energías que utilizaba, las instalaciones de esta clase tendían a separarse de las poblaciones.
A los molinos harineros se les podía aplicar la energía de los animales de fuerza, pero la producción estable e interferida por los monopolios prefería la que proporcionaban los cauces fluviales o el viento. Tanto dependían del agua y del aire que la producción de harina se interrumpía si faltaba cualquiera de los dos. Cuando la fuerza era fluvial, debían adaptarse al régimen de cada río, el estiaje podía detener la molienda tres o cuatro meses al año. De ahí que la fabricación de harina, en estas instalaciones, se concentrara en los meses comprendidos entre noviembre y febrero. Y los regímenes de vientos, aunque dominantes para cada lugar, nunca eran constantes. Pero la situación crítica que se estaba viviendo en 1750 también trastornó estas industrias, y puso al descubierto que arriesgarse en el frente de las energías eólica y fluvial, a pesar de todo, podía ser oportuno para quien deseara hacer buenos negocios.
A mediados de julio, como por la falta de agua faltaba el suministro de harina en una población próxima al confín occidental de la región, y la escasez la incrementaba que en ella molieran muchos forasteros, anteponiéndolos a los vecinos, su autoridad municipal mandó que ningún molinero de agua o de viento moliera a forastero alguno siempre que tuviera trigo de vecinos.
Pero a principios de agosto empezaron a cambiar aquellas condiciones. A un vecino, que quería fabricar una molinilla en las corrientes del cauce que pasaba cerca, en la que se proponía servirse de sus aguas y de las que le llegaban de un arroyo, el síndico procurador del común le advirtió que su entusiasmo no podría impedir que se opusieran al proyecto los interesados en otro molino que estaba en el mismo río, ni ir en detrimento de la regalía de la casa del señor de la población, a quien correspondía dar o negar la licencia para la construcción pretendida.
Para que con más conocimiento de causa el señor resolviera lo que fuera de su agrado, el municipio diputó a un regidor, al que asistirían dos maestros alarifes entendidos en la fábrica de molinos y dos molineros, vecinos de la población, para que inspeccionaran el sitio donde se pretendía construir la instalación proyectada. Debían medir las distancias a los otros dos molinos que ya había en el mismo cauce y pesar la corriente de las aguas nivelándolas, así como reconocer por todos los medios a su alcance si se deduciría perjuicio a las instalaciones previas y por tanto al común de la población.
No conocemos el dictamen ni sabemos en qué paró el proyecto, pero sí que el encadenamiento de las circunstancias dio un impulso a las iniciativas de aquella clase. A finales del mismo mes de agosto, las instalaciones para la molienda de la población que estaban actuando al margen del orden condal quedaron reguladas. La autoridad municipal solicitó al señor que aprobara y confirmara los permisos que desde 1742 el municipio había ido dando a algunos vecinos para fabricar en el término siete molinos de viento y uno de agua. Era consciente de que había actuado sin la autoridad necesaria, como las advertencias del síndico demuestran, pero sorprendentemente alegó ignorancia, y se excusó ante el conde diciendo que solo ahora estaba informada de que los permisos para que actuaran correspondían en exclusiva a quien poseía su casa, estados y mayorazgos, como señor único del dominio solariego de la villa, término y jurisdicción.
Como primera respuesta, el conde solicitó, a través de su cámara, que le enviaran un informe de los acuerdos tomados por el ayuntamiento que había consentido las obras, en el que tendrían que constar los sitios donde estaban los molinos, los nombres de las personas a quienes se les había permitido su construcción y los de sus dueños en aquel momento. Los de viento, según la información recogida, estaban situados en una cabezada y tres cabezos contiguos a la población, en uno de los cuales se concentraban cuatro de ellos. Cada uno pertenecía a un propietario distinto, entre los que había un presbítero, todos vecinos del lugar. El de agua estaba en el vado de la pasada del río y también lo había construido un vecino.
A fines de septiembre, el municipio remitió la documentación que se le solicitaba y un testimonio por el que dejaba constancia de que no causaban perjuicio a terceros la construcción de la molinilla ni la supervivencia de los molinos que ya estaban activos. Un mes después, el señor, desde la corte, que en aquel momento estaba en el real sitio de San Lorenzo, consintió en lo que el municipio le había pedido, y en admitir que para las licencias de las obras de los molinos quienes regían la población habían procedido sin maldad, ignorando que su concesión fuera una regalía privativa de su casa.
Reconoció además que de actuar de manera tan benigna el común obtendría beneficios y el vecindario podría moler más fácilmente sus granos, y quienes habían invertido en la construcción de los molinos sin las licencias legítimas obtendrían la seguridad que hasta aquel momento no tenían. A partir de aquel momento, ellos y sus herederos los podrían disfrutar y poseer gracias a la facultad que para su erección y uso les concedía. En lo sucesivo, podrían servirse de ellos, bien administrándolos por sí, bien arrendándolos a las personas que quisieran, y podrían enajenarlos cuando les conviniera, con la condición de que ni unos ni otros hicieran fraude en las harinas que molieran, que tendrían que ser de buena calidad.
Si alguno de los molinos no se usara durante un tiempo, porque estuviera descompuesto o porque no hubiera quien lo administrara o lo arrendase, su dueño tendría la obligación de tenerlo cerrado con puertas y llaves, para evitar que algún reo se ocultara en él o que sirviera de refugio para malos fines. Pero debía quedar claro que las justicias de la población, en lo sucesivo, no podrían dar permiso para nuevas construcciones de este tipo sin el consentimiento expreso del señor, bajo la pena de 20.000 maravedíes para su cámara y la demolición de las obras sin permiso. A principios de noviembre, el municipio, en una de sus sesiones capitulares, dejó constancia de esta decisión, y a fines de diciembre los propios se hicieron cargo de todos los gastos ocasionados a la secretaría de la casa señorial por estos trámites.
Pero, no sabemos con qué intenciones, una anotación aclaró a propósito de todo este asunto que los molinos que servían para el abasto de la población no era ninguno de los concedidos, sino los de otro arroyo, e inadvertidamente además se afirmó que las licencias para construir los molinos las había dado el municipio el año anterior, 1749, en cuyo último trimestre se había iniciado el ciclo agrícola que había degenerado en la pérdida de las cosechas de 1750 en el sudoeste; cuando hasta aquí se había mantenido que habían comenzado en 1742.
Para el último trimestre del año, la autoridad regional ya había consumado la magna operación comercial de entrada de grano concordante con la caída de la producción. Por su iniciativa se habían importado 15.000 fanegas de trigo, 10.000 procedentes de Inglaterra y las otras 5.000 de Cerdeña y Sicilia, a las que se sumaron, para cubrir la demanda ya comprometida, otras 5.000 del fondo de tercias reales, la primera participación de la corona en el diezmo.
La molienda de 20.000 fanegas de trigo daría como producto 1.700.000 libras de harina aproximadamente, equivalentes a 782.153 kilos, algo menos de 800 toneladas. Si calculamos el beneficio que pudiera proporcionar la molturación a partir de la maquila común, porción que el molinero detraía de la harina obtenida como pago a su trabajo, que era 1/24 de fanega, tendríamos que aceptar que alcanzaría algo menos de 30.000 reales, siempre que aceptemos como referencia para el cálculo los 35 reales la fanega de trigo que se impondrían en los mercados tras aquella importación de choque; todo esto sin tener en cuenta el posible producto local y el almacenado en cualquier lugar a la espera del negocio en perspectiva, sin duda la masa más importante.
No parece sin embargo un beneficio que aliente a invertir en la construcción de molinos en la periferia. La molturación de la masa de grano importada se concentraría alrededor del epicentro de la crisis, localizado en la capital de la región. Pero el lugar en el que se había desatado la fiebre de los molinos era el discreto centro de una zona que actuaba, seguro desde el siglo XIV, como intermediara comercial entre las poblaciones deficitarias de la sierra al norte y el grano que entraba por los puertos del litoral al sur; aunque nada le impedía conectarlos en la dirección inversa cuando las circunstancias y las mercancías lo aconsejaran. 1750 pudo ser un momento adecuado para que las dos direcciones del mismo tráfico convivieran, más aún cuando en todo aquel confín oeste, de norte a sur, la producción relativa ni siquiera había llegado a ser deficitaria.
El transporte del producto que se hubiera obtenido en la zona, ya convertido en harina, sí reportaría beneficios nada despreciables, si se tiene en cuenta que el producto se había hundido en todo el territorio al este. Es cierto que no era frecuente cubrir grandes radios con el transporte de la harina. El incremento del precio justificado por la molienda apenas podría competir con el del transporte de la materia prima. Pero, ante la escasez de grano, la oferta del producto molturado podía ser una imposición del vendedor que no admitiera réplica.
Por cada 100 fanegas de harina que se transportaran a solo 5 leguas, aproximadamente unos 30 kilómetros, un radio abarcable en una jornada sirviéndose de una recua de animales de carga, se podría obtener un beneficio añadido de poco más de 220 reales, dado que 15 maravedíes por legua y fanega era el precio vigente para los portes de estos bienes; a sumar a los 146 que se hubieran ingresado por la molienda, lo que incrementaba en dos tercios el ingreso bruto. Si el vendedor de la harina actuara asociado al dueño del grano, la tasa de beneficio que solo el transporte del producto molturado agregara al consorcio alcanzaría el 6 %.
Sería absurdo dejar pasar la oportunidad de negocio que la contracción del producto ofrecía en aquellos meses posteriores a la pérdida de la cosecha en el valle, y desde luego hay que suponer que la inversión en molinos confiaría en que la crisis levantara la losa que pesaba sobre la inversión agrícola desde hacía décadas, expandiera el producto y consolidara el papel intermediario de la población. El negocio que gracias a la crisis se perfilaba en el horizonte habría alentado la iniciativa industrial, cuyos beneficios podrían expandirse por la comarca.
Con estas ganancias en perspectiva poco importa que nadie fuera sincero, ni que no se mencionara lo que tendría que pagar por la molienda el común, que en el condado vivía bajo el estatuto de morador y que no se reconoce como dueño de granos, ni los vecinos de pleno derecho que molieran los suyos. Sí era de agradecer que la benefactora y magnánima mano del conde se esforzara por dejar constancia de su preocupación por la calidad de la harina y porque se convirtiera en una fuente de beneficio.
Toda la tierra para campesinos
Publicado: febrero 10, 2022 Archivado en: Alain Marinetti | Tags: economía agraria Deja un comentarioAlain Marinetti
Dado que solo una parte de los trabajadores del campo conseguía acceder a una cesión de tierras asociándose a una labor, siempre se generaba un excedente de los dispuestos a tomar una parcela, por lo que el fenómeno campesino se desbordaba en el espacio, y daba origen a un estado de transición, tanto desde el punto de vista de la tenencia como desde el punto de vista del uso del suelo agrícola. Los más atentos a captar este exceso accedían a la unidad de producción a la que pudieran optar, fuera cortijo o haza, renunciaban a organizar una labor en ella y fragmentaban su superficie en parcelas hábiles para cederlas a cambio de las prestaciones que en cada caso se acordaran. Aunque los campesinos cedentes sostuvieran su explotación con sus propios medios, eso no excluiría la prestación de los huéspedes en beneficio del espacio que se hubiera reservado quien por aquel procedimiento se había constituido en señor o amo.
Parece un fenómeno bastante marginal. Solo afecta expresamente a 5 cortijos, 1 cortijuelo –único en su género– y 8 hazas. Aunque carecemos de datos sobre su orden interno, al grupo podemos adscribir por conjetura otras 4 hazas, de las cuales solo conocemos su extensión total, que las acerca al tipo. Serían en total 18 unidades de producción que acumulaban 766,5 fanegas.
A pesar de que una parte de ellas se presente como cortijo, las 18 debieron ser fragmentos, de hecho o de derecho, de otras mayores. Es muy posible que en la mayor parte de los casos se trate de unidades en estado de transición, por descanso de una parte de su espacio o en trance de agotar sus posibilidades para un tiempo. En el registro expresaría la dominante condición transitoria de cada una de las situaciones que se suelan identificar antes por el nombre de sus poseedores que por algún topónimo.
Se dispersan en un rango de amplio recorrido. Las de mayores dimensiones, por encima de las cien unidades de superficie útiles, solo son dos, un cortijo y el cortijuelo. Otro par de cortijos y un haza recuren a extensiones comprendidas entre 40 y 70 unidades de superficie, diez, la mayoría, usan entre 20 y 40, y solo dos entre 14 y 20, y la que resta se reduce a 9 unidades de superficie.
Las parcelas descritas son 108, que acumulan 660,5 fanegas, lo que daría una explotación tipo relativamente grande, 6,12 fanegas. Es la consecuencia de que haya parcelas anormalmente extensas para no tratarse de labores. El cortijo de mayor extensión utilizada reservó una de nada menos que 48 unidades de superficie, que la fuente clasifica expresamente como pegujal. Su tamaño es anómalo para este hecho, pero nada impide aceptar su clasificación. El pegujal es una relación, cualquiera que sea su tamaño.
También hay parcelas cuyo tamaño está comprendido entre 13 y 20 unidades de superficie. La alta frecuencia de los tamaños pares entre 6 y 12, relativamente altos para estas situaciones, más los casos singulares de los impares intercalados, da como resultado la concentración en este grupo de 33 casos, un tercio del total. Sin embargo, como es regular en el tipo, la mayoría de las parcelas, 57, la mitad, como es habitual se agota con los tamaños 2, 3 y 4, con una frecuencia de casos casi idéntica. Tanta diversidad y tan alta frecuencia relativa de tamaños altos son señal de adaptación a la demanda y prueban la proximidad material entre cedente y cedido
La relación entre número de parcelas en las que se fragmenta el espacio de cada unidad de producción y su extensión es directa. Por eso son más frecuentes las unidades divididas entre 4 y 6 parcelas, y solo hay un par de casos de relativa importancia, las dos unidades mayores, que dan origen a 18 y 17.
Como poseedores de estas unidades de producción aparecen tres apellidos relacionables con el patriciado, que por tanto en aquel momento no serían labradores. Es posible que lo fueran en año de espera, que nunca lo hubieran sido o que hubieran retrocedido a la posición campesina.
El caso de don Diego Martínez parece el más expresivo del labrador en transición. Posee un cortijo, identificado por su topónimo, a partir del cual compone once parcelas de entre 15 y 2 unidades de superficie, hasta sumar un total de 58. La mayor, a cierta distancia de las demás, pudo ser la que se reservara para sí, y el resto las que cediera. Que no se jerarquice el enunciado de las parcelas y que el número de las que tendrían otros sea alto excluye la posibilidad de que se trate de parcelas remuneradoras de trabajadores en su posible explotación.
Los otros dos pudieron ser patricios en un estado distinto al de labrador. De las dos hazas que poseen, ninguna de las cuales llega a las 40 unidades de superficie, solo constan parcelas de tamaños por debajo de 10. No parece que alguno se hubiera reservado una extensión por encima de las otras, si es que se reservara alguna. Los dos habrían preferido la cesión de toda la tierra disponible a cambio de prestaciones. Si hubieran explotado alguna de aquellas parcelas, serían campesinos, a pesar de las relaciones familiares que le hubieran valido el acceso a lo que parecen dos desprendimientos de cortijo; y si no, se habrían instalado en la condición de rentistas.
Directamente relacionado con la plenitud del patriciado está el cortiujelo, un bien patrimonio del municipio, del tipo que se solía llamar de propios. Parcelado, daba origen a otra forma de acceder a las mismas relaciones. Su espacio era repartido entre los aspirantes al suelo agrícola municipal valiéndose del sorteo. Así se representaba la ecuanimidad de quienes se reservaban el poder público más inmediato. Pero en 1771 este ejercicio de justicia distributiva tuvo un alcance muy limitado. Nada más que en 17 parcelas se dividió su espacio, y en módulos en desiguales: de 18, 10, 9 (en dos pedazos), 8 (3 parcelas), 6, 5 (2), 4 (6), 3 y 2.5 unidades de superficie. El municipio, antes que ser rigurosamente igualitario, ofertando las 106,5 unidades de superficie del cortijuelo en parcelas de extensión única, habría preferido adaptarse a una demanda dependiente de la capacidad de sus medios para cultivar la tierra.
Quienes permanecían en la condición de campesinos del común y se decidieron por aprovechar el suelo útil parcelándolo ingeniaron otras relaciones. En el cortijo que se aprovechan 161 unidades de superficie, el extraordinario tamaño de la parcela que alcanza las 48 unidades convivía con otras 17, buena parte de ellas (5) de 12 unidades de superficie, pero otras de 10, 8, 7, 4 o 2. El cortijo además tenía su propia huerta, y en ella un fenómeno que no es singular: otra de las parcelas dedicadas a cereal, de solo una unidad de superficie de extensión.
Diversas situaciones podrían haber convergido en aquel estado complejo. La existencia de la huerta nos pone sobre la pista de al menos una cesión prolongada en el tiempo, algo ya infrecuente en la segunda mitad del siglo XVIII. Tendríamos que admitir por tanto como más probable que la posesión de todo el espacio útil aquel año pudiera estar sostenida por la tenencia directa, a partir de la cual el cedente de las parcelas contaría con la garantía de reservarse una explotación propia, que en este caso sería la parcela de 48 unidades de superficie. Su convivencia con una oferta de fragmentos de espacio adaptada a una demanda diversa es una invitación a tomar las combinaciones que en otro lugar hemos llamado labor secundaria más pegujales autónomos como un hecho muy próximo a este, si no idéntico.
En el cortijo que poseen los que suponemos hermanos Juan y José Ortiz, el espacio útil es de 66 fanegas y está fragmentado en diez parcelas. La mayor, de 20 unidades de superficie, de casi el doble que la siguiente de mayor tamaño, puede interpretarse como la que explotan los Ortiz, en el límite entre pegujal y labor modesta. La oscilación del tamaño de los otros y que no se atengan a jerarquía es indicio de mercado abierto que apela al espectro completo de los campesinos, desde los que en la documentación se llaman pelantrines y haceros (parcelas de 11 y 12 unidades) hasta los pegujaleros en sentido estricto (parcelas de 2, 3, 4 y 6).
El haza de San Bartolomé en La Palmilla parece el desprendimiento de un cortijo que también tiene su origen en la propiedad, no en la cesión transitoria. Pero la situación aparenta ser más compleja. Cinco de las seis parcelas están en el haza, en tierras que tenía Alonso Alcalá, quien se habría quedado para sí con una de 10 unidades de superficie y habría cedido las otras cuatro, de entre 2 y 4. La otra, de 12, está en el cuartillo de La Palmilla, que sería una fracción del haza. Alcalá pudo tener dividida su pequeña labor en dos parcelas, o una de las de mayor tamaño dio origen a un pelantrín.
El haza de Francisco Esteban, de la que se utilizan 33 unidades de superficie, divide su espacio en 7 parcelas de una manera muy equilibrada: cuatro de 6 unidades de superficie, una de 5 y dos de 2. Tal vez no sea desacertado pensar que pudo tratarse de una iniciativa solidaria o cooperativa. Francisco Esteban sería la cabeza legalmente comprometida de un grupo de campesinos que hacen frente en común a los costos y las posibilidades de una cesión de tierras.
Las parcelas que son denominadas en conjunto como hazas descarriadas son cuatro que suman poco más de 30 unidades de superficie, dos del tamaño que tentativamente hemos tomado como propio de pelantrín (15, 10) y otras dos del característico de los pegujales (de 4 unidades). Por la manera de identificar el conjunto se puede pensar que fueran parcelas dispersas. Pero, en ese caso, no tendría sentido reunirlos en esta parte del registro. Es más probable que se trate de un topónimo que alude a un grupo de hazas alejadas.
En el haza de los Abades se ocuparon 31 unidades de superficie útil para dar origen a 5 parcelas, dos de 8 y tres de 5. Es posible que se trate de un haza identificada por el nombre de su propietario institucional, y no por su topónimo. Se puede pensar que el dueño hubiera decidido ceder en parcelas regulares al mejor postor una tierra que no había encontrado acomodo entre los que la pudieran necesitar para completar una labor. Las parcelas son de un tamaño algo superior al común. Sus ocupantes pudieron ser campesinos de los más capaces, dotados de los medios que les permitieran pagar más renta.
En el cortijo de Rojas, con 27 unidades de superficie útil dividida en 4 parcelas, la primera (de 19 unidades) mucho mayor que las otras, podría tomarse también por una labor modesta, sobre todo por su relación cuantitativa con las otras tres, que son pequeñas (3 y 2). También en un haza de Juan Mozo, con 4 parcelas que aprovechan 24 unidades de superficie, la primera de 14, cuyo tamaño más que duplica al siguiente, puede interpretarse como la discreta labor de quien le da nombre, y las demás como cesiones de entre 6 y 2 unidades condicionadas por renta o por trabajo. Y es similar el cortijo de Conejo (4 parcelas, la mayor de 13, y las demás pequeñas, de 4, 3 y 2). La suma da un tamaño de superficie utilizada (22 fanegas) que no contradice el aprovechamiento parcial del cortijo.
El caso de Antonio Salgado, que posee el haza de Los Borriqueros, parece algo distinto. Se puede pensar que Salgado, que la tiene por cesión (el haza está en Antonio Salgado, dice la inscripción), ha decidido explotarla fragmentando las 19 unidades de superficie útil de las que dispone, que tal vez no han podido sumarse a una labor o que se ha decidido no barbechar, en 5 parcelas de 1, 3 (2) y 6 (2) unidades, estas de un tamaño algo superior al común cuando se trata de pegujales. Si el haza está identificada primero por el nombre de su poseedor presente, y no por su topónimo, Los Borriqueros identificaría a un grupo dedicado a otra actividad que recurre a la tierra para disponer de un suministro de energía.
El haza de José Villarín solo recurre a 9 unidades de superficie útil, que se fragmentan en cuatro parcelas de entre 1 y 3 unidades. El poseedor identificado puede ser uno de los que tiene una de las cuatro parcelas y el responsable de la adquisición del haza. De la de Quebrantavigas y Las Lagunillas solo podemos decir que en 1771 se pusieron en cultivo 40 unidades de su espacio, y de la que se conoce como haza de la Gallega, de 24 fanegas, la personificación permite identificar a un personaje cuyas tácticas son lo bastante conocidas como para que la administración de la décima no se vea en la necesidad de especificar nada más. Ofrecía alojamiento a inmigrantes de temporada, incluyendo la cesión de parcelas bajo las condiciones de los pegujales.
En el paraje conocido como Cortes, donde se concentraban unidades de producción de distinto tipo, todas probablemente provenientes de un primitivo donadío, cuya propiedad se habría ido dividiendo, se aprovechan en dos hazas 14 unidades de superficie, que dieron origen a dos parcelas, una de 9 unidades de superficie, y la otra en el cercado de la Fuente del Álamo, de solo 5. El cercado obliga a pensar en un área donde la presencia del ganado era regular. Pudo tratarse de tierras con esta dedicación preferente, si bien asociadas a una explotación agropecuaria compleja.
Las deudas de una casa
Publicado: enero 30, 2022 Archivado en: Heliodoro Hernández | Tags: economía agraria Deja un comentarioHeliodoro Hernández
Un patricio, llamado don Andrés de Medina y Figueroa, poseía todos sus bienes en comunidad, sin posibilidad de dividirlos, con otros dos, estos a su vez relacionados entre sí, tal como permite reconocer el apellido que comparten (Roales). Se trataba de un patrimonio interesante. El inmobiliario era una casa, unos olivares, un molino, una huerta y un cortinal.
De la casa solo podemos pensar que era de cierta entidad, porque su utilidad estimada, 750 reales, era alta. Si era la que habitaba, lo que es probable porque se trataba de la única sobre la que tenía propiedad, tal vez la disfrutara con sus consocios, en cuyo caso sería legítimo suponer que el origen de la sociedad patrimonial pudo ser algún parentesco común, que los habría constituido en herederos con idénticos derechos sobre un lote de bienes que debía permanecer inalterado, lo que, a primera vista, la nula coincidencia de los apellidos de nuestro patricio con el de los dos hermanos no permite afirmar.
El núcleo de los bienes eran los olivares, 44 6/8 aranzadas, repartidas en 28 1/8 en el pago llamado El Retamoso, repartidas en cinco parcelas, 12 ½ en La Platera en tres y 4 ¼ en Valsequillo en una. Todo el olivar era de primera y estaba en plena producción, a excepción de una de las parcelas en La Platera, de 5 aranzadas, cuyos olivos eran nuevos y aún no producían, y en la que además había dispersos 12 pinos.
La explotación de los olivares la complementaba un molino, con almacén de 3.000 arrobas, levantado en las tierras de El Retamoso, que serían el centro de las unidades de producción de este cultivo. En las mismas tierras además habían habilitado una huerta de 2 fanegas, regada con noria de sangre, que producía hortaliza ininterrumpidamente y en la que había dispersos 75 frutales indeterminados y 9 naranjos.
Completaba el lote de los bienes inmobiliarios el cortinal, suelo de uso agrícola hurtado al espacio urbano, de 4 ½ celemines de superficie, que, como era habitual, se dedicaba a producir cebada ininterrumpidamente en las inmediaciones de la población donde vivían.
A todo esto sumaban una importante cabaña ganadera. La de trabajo estaba formada por 147 bueyes y becerros y 33 vacas madre en la parte bovina, la que cargaba con la masa de trabajo de la explotación, el de arada; 6 machos mulares, que solo podrían contribuir a trabajos suplementarios y 24 jumentos, reservados para el transporte de proximidad. Para la cría caballar disponían de 24 yeguas, que se aplicaban también a trillar cuando llegaban los agostos, y 6 caballos padre. Solo las hembra de ambas especies se evaluaban como fiscalmente útiles porque cada año podían concebir y sumar ejemplares a sus respectivas cabañas, aunque los machos, reservados exclusivamente para el trabajo o la procreación, fueran los más productivos.
Su cabaña de cría era ovina y disponía de 1.200 ovejas de vientre, 150 carneros padre y 375 borregos. Cuando se traba de ovino de cría, además de las madres, eran fiscalmente útiles los borregos porque su destino era la renovación de la cabaña productora de lana, lo que a su vez los convertía en un bien fácilmente comercializable. El suplemento ganadero doméstico, destinado al autoconsumo y al pago de las adehalas, lo proporcionaban 9 puercas de vientre y 36 puercos, en su mayor parte de cebo. Y como explotación subsidiaria, probablemente instalada en las tierras de olivar, mantenían 33 colmenas.
Pero simultáneamente se vieron obligados a importantes endeudamientos. En 1750 estaban pagando ocho créditos que se atenían a la fórmula reglada, la censal, respetada para los créditos que se acordaban sin subterfugios. Lo certifica que fueron declarados expresamente bajo esta modalidad y que todos se ajustaron al 3 % legal entonces vigente. El tipo de interés también los aparenta próximos en el tiempo, en cualquier caso suscritos entre 1700 y 1750. Es por tanto posible que todas estas deudas fueran contraídas en hacía poco para mantener las actividades que permitían el patrimonio heredado bajo las condiciones de indivisibilidad.
Seis de los ocho créditos se negociarían en ducados, la unidad mayor del sistema monetario contable. Las cantidades ingresadas estuvieron entre 9.900 reales, o 900 ducados y 1.100 reales, o 100 ducados. Los préstamos menores, de 1.100 y 2.200 reales, se reiteraron, y los intermedios fueron de 8.250, 4.400 y 3.500 reales. En total proporcionaron a la casa 32.650 reales. A cambio, debía pagar anualmente un total de 909,5 reales de intereses, una cantidad asequible para los ingresos que pudieran proporcionar los bienes que poseían si eran puestos a producir.
Los prestamistas fueron tres conventos (el de carmelitas calzados, casa grande de la capital, 8.250 reales; el de carmelitas descalzos del lugar donde vivían, 4.400 reales; y uno de clarisas, también de la población, 1.100 reales); dos patronatos (el de Alonso de Lora, 2.200 reales; el de don Juan de Romera Montesdeoca, 1.100 reales); un hospital (de San Pedro, 3.500 reales); una cofradía (del Santísimo de San Pedro, 2.200 reales); y un prestamista, don Pedro Girón, vecino de Ronda, de quien se obtuvo el crédito más importante, 9.900 reales.
Los bienes hipotecados fueron la casa para dos de ellos (9.900 y 2.200 reales), una parcela de 9 ½ aranzadas de olivar para tres (2.200 y dos de 1.100 reales), otra de 4 ¼ para uno (4.400 reales) y todos los bienes para otro (8.250 reales). El crédito de 3.500 reales recayó solo sobre la tercera parte del molino y la huerta que correspondían a don Andrés. Debió tratarse de un crédito personal, que por tanto podemos relacionar antes con el gasto suntuario que con el productivo.
Como gravamen cuya modalidad no se especifica consta además un pago anual de 27 ½ reales a un convento de agustinas descalzas, cargado sobre la casa. Tal vez fuera una carga piadosa, aunque su denominación se ajusta a la adquisición al 5 % de 550 reales o 50 ducados. La fórmula piadosa pudo encubrir un crédito comprado a un precio por encima del legal.
El registro atribuye además a nuestro patricio un oficio de regidor, el bien que permitía acceder al gobierno de una población. No es suficiente para afirmar con certeza que era una propiedad exclusivamente suya. Pero aunque no la compartiera con los dos hermanos, tal como los demás bienes, sería igualmente útil a los fines de la casa común.
La coincidencia de la indivisibilidad del patrimonio heredado con la dedicación preferente a la labor de estos patricios, permite trazar el perfil de las casas que se veían obligadas a endeudarse para mantenerlas ocupando las primeras posiciones de la actividad y de la preeminencia pública.
La base de la actividad de la casa que lideraban sería una labor, para cuya puesta en cultivo disponían de una importante cabaña ganadera. Con unos 150 animales de fuerza podrían aspirar a unas 900 unidades de superficie, que tendrían que obtener por vía de cesión porque entre las heredadas no las había campas. Para alcanzar tan alta potencia, exclusiva de las primeras casas agropecuarias, tendrían que tomarlas en arrendamiento.
La industria agroalimenticia podría sostenerse a sí misma sin dificultad, y la explotación del ovino, cuando el acceso a la tierra no cultivada estaba garantizado por los derechos de la comunidad campesina que habían logrado sobrevivir, siempre sería en alguna medida rentable. Pero el azar de la producción de los cereales, que coincidía con la más alta competencia del sector agrícola, no siempre les garantizaría la rentabilidad que la continuidad necesitara. La financiación, vía crédito, sería para ellos inevitable.
Era sobre todo el olivar heredado el que les proporcionaba el aval que necesitaban para endeudarse. A su alcance tenían instituciones de crédito promovidas por la red de las familias patricias, justamente promovidas para que actuaran como el amortiguador financiero que la continuidad de sus actividades necesitaba.
Las cuantías
Publicado: enero 28, 2022 Archivado en: Eloy Ramírez | Tags: población Deja un comentarioEloy Ramírez
Una cuantía, cuando en el condado estaba empezando el siglo XVI, era la evaluación de la riqueza de quien podía generarla. Debían someterse a ella todos los vasallos de cada lugar del señorío que poseyeran bienes en su territorio (10). Los que tuvieran fuera no debían contabilizarlos, y cuando los tenían en un lugar distinto a donde vivieran, pero dentro del condado, los contabilizarían en donde fueran vecinos o moradores (13). Quienes eran de fuera del señorío y tenían bienes en él, debían cuantificarlos tal como los vasallos (14).
La relación de los bienes obligados a cumplir con este deber no consta expresamente, pero sí se mencionan los que estaban exentos, que eran la casa donde se residía, los bienes muebles para ajuar de la casa, el trigo, el vino, el aceite y los dineros propios más un esclavo de cualquier sexo (11). La exención incentivaba la radicación familiar, la actividad agrícola y la formación de un patrimonio que legítimamente debemos llamar peculio, porque el señor permitía a sus vasallos que dispusieran de él libremente, como franco o sin carga.
El hogar y su equipamiento y el capital de las familias, que se nutriría de los principales bienes obtenidos del trabajo agrícola y de las rentas ingresadas en numerario, eran el patrimonio consolidado o de llegada. La propiedad del trabajo ajeno, de distinta calidad según sexo y precio, era objeto de atención para el conde precisamente por su posible relación con la formación del peculio. Analizar sus prescripciones a este propósito alecciona sobre cuál pudo ser la trayectoria personal que en aquellas tierras debía seguirse para ir desde la servidumbre absoluta a la condición de vasallo.
El comercio, según decidió en ejercicio de su poder legislativo, en su señorío quedaría vedado a los esclavos. Nadie podría comprar a algún esclavo bien alguno, de la clase que fuera (195), y mencionó, como ejemplo de las mercancías interdictas, las uvas. Puede creerse que la exclusión tal vez persiguiera que el producto que pudiera provenir del robo a las explotaciones agrícolas permaneciera impune y proporcionara beneficios. Sin embargo, el señor o dueño del esclavo estaba tan penado como este en el caso de que se incumpliera la prohibición; se le hacía responsable de los actos del esclavo, como por otra parte parece consecuente, dada la condición de bien semoviente que tenía el hombre propiedad de otro.
Al prohibir el comercio de los esclavos, el propósito del conde sería que el peculio que pudiera tener consentido quien partiera de la servidumbre absoluta, el que le permitía comprar su condición de liberto, no se dispersara, si suponemos que las uvas que por ejemplo menciona provinieran del producto de su trabajo. De ser así, la manumisión entraría en el campo jurisdiccional del conde, con las consiguientes recompensas.
El señor no vería con malos ojos que en sus dominios se incrementara la esclavitud, incluida la pudiera obtenerse por vía de inmigración, en la medida que su legislación le abría una puerta de entrada al vasallaje. La frecuentación del peculio como forma de remuneración del trabajo de los pastores, como se comprueba más adelante, se sumaría a este fomento del estado de semilibertad.
Deduciendo de los bienes que estaban exentos de cuantía las actividades que también podían generar ingresos, tal como las normas las ponen al descubierto, se consigue identificar los medios de adquisición de patrimonio gravable por el señor. Son el aprovechamiento del espacio natural y el ganado, salvo que este se considere bien mueble de ajuar de la casa (11), lo que a lo sumo se podría aplicar al ganado de trabajo, no al de cría no doméstico de cualquier clase.
Para adjudicar las cuantías, un acontiador iba a cada lugar para empadronar a todos los vecinos y moradores. Pregonaba que se iba a proceder a calcularlas y todos iban a contabilizarse en el plazo de tres días (10). La declaración de las riquezas sujetas a gravamen que poseyera cada uno sería la base de la información que manejara el acontiador. A partir de ella, para calcular cuantía por cuantía, reducía unos por uno los bienes gravables reconocidos como propios a su correspondiente valor nominal, expresado en la moneda corriente, y todos los acumulaba en la cifra única que expresaba la cuantía (14).
Si se daba el caso de que fuera necesario averiguar la riqueza de quienes no se presentaban, el acontiador elegía a seis vecinos, para que ellos fueran los encargados de acontiarlos (10), un contrapeso que representaba la justicia del acto. El riesgo de sobrestimación al que podía exponerse este recurso, dada la inevitable carga del punto de vista de los evaluadores, sería parte de la pena por no acudir al llamamiento. Su presencia en la comisión encargada de la redacción de las cuantías podía igualmente fiscalizar las declaraciones manifiestamente parciales.
Con la relación de las cuantías adjudicadas se redactaba un padrón (10) nominativo donde se hacía constar la de cada uno, al final del cual debían figurar los vecinos y moradores francos así como los muy pobres, enfermos o viudas pobres (10). También al final del padrón tenían que hacerse constar los que eran de fuera del señorío, para con ellos, posteriormente, redactar un padrón aparte (14).
Según la primera recopilación normativa del condado, de 1493, las cuantías debían hacerse cada año. Pero en 1504 se decidió que la frecuencia con la que se renovaran fuera dos, para que los bienes que unos pierden se carguen a los que los ganan (12), precisa el legislador, sensible al origen y a la inestabilidad de la riqueza. Los padrones de 1503 que se han conservado demuestran que al menos el punto de partida para un riguroso cumplimiento de estas previsiones quedó marcado.
Para las normas de 1493, la finalidad de estas averiguaciones era que se hicieran los repartimientos lo más justamente posible, para que cada uno pagara lo que le perteneciera según su cuantía. En 1504 se insistía en que acontiar los pueblos es regla igual que cada uno peche por lo que tiene y se excusen los agravios que por otra manera se recibirían (10).
Los repartimientos debían garantizar que la obligación de pagar por el servicio que correspondiera alcanzara a todos (14). Tanto los vecinos y moradores sin exenciones como los vecinos y moradores hubiesen sido declarados francos por cualquier causa, los muy pobres, los enfermos o las viudas pobres tenían que pagar lo que justamente debieran (10). A los que eran de fuera del señorío con bienes radicados en él también les era repartido el servicio que debieran (14). Por tanto, franquicia absoluta personal no existía.
La finalidad común en la que insiste la norma a la hora de identificar las obligaciones derivadas de las cuantías es el pago de los servicios. Aunque es seguro que alguno de ellos, como el de armas, se sustanciaba como prestación directa, la insistencia en la obligación de satisfacer los pechos en la que incurren los contabilizados es una buena demostración de que a principios del XVI, en los señoríos suroccidentales, a la prestación directa de servicios en las tierras del señor o sernas estaba sustituyendo la detracción de pechos o rentas.
Su justificación doctrinal pudo ser el pago por el uso del suelo del dominio, una obligación en la que incurrirían necesariamente todos los que se radicaban, que siempre recibían al menos solar para levantar su vivienda y parcela para plantar viñas. Bajo este concepto, los pechos derivados de la cuantía equivaldrían a las infurciones, lo que tal vez pudo dar origen al terrazgo en el que insisten los textos posteriores.
Pero las obligaciones no eran idénticas para todos los contabilizados. Para que su reparto fuera equitativo, era suficiente, según el criterio del señor, encuadrar la riqueza de cada cual en una de tres categorías, las cuantías mayor, mediana y menor, de cada una de las cuales se deducirían unas obligaciones (10) que se repartirían basándose en el principio de proporcionalidad.
De los límites entre las tres podemos hacernos una idea a partir de las obligaciones a las que deben hacer frente las viudas en relación con el servicio de armas, el preferente y por tanto el que inmediatamente derivaría de la cuantía de cada cual. Serían hasta cincuenta mil maravedíes, entre cincuenta mil y cien mil, y más de cien mil (16).
Pero de la regulación de las adehalas de los vecinos (79) se deduce la vigencia de un orden secundario y algo más ponderado, que debió regir para la prestación de ciertos servicios, tal vez los derivados del producto obtenido por el trabajo. Lo delimitan los de menos de cuatro mil maravedíes de cuantía, los de hasta cuatro mil, los que llegaban a veinte mil, los de entre veinte y treinta mil y los que pasaban de treinta mil.
Existirían por tanto distintos baremos para regular obligaciones distintas. Sin embargo, cualquiera que fuese la prestación debida, las diferencias entre personas que cada una creaba, en el señorío, no era una percepción que resultara de un punto de vista, ni de un estatuto precedente. Estaban rígidamente delimitadas y dirigidas por el señor fundándose directamente en la riqueza de quienes vivían en sus tierras, y de los que en todos los casos esperaba que concurrieran a sus llamamientos como vasallos y le prestaran servicios.
Control de los mercados
Publicado: enero 25, 2022 Archivado en: Felipe Orellana | Tags: economía agraria Deja un comentarioFelipe Orellana
A primeros de marzo de 1750 se tomaron las primeras decisiones aconsejadas por el estado de las sementeras. Según la instrucción para el gobierno de los pósitos, en aquel momento debía comenzar la segunda fase de su actividad anual. Había que repartir la mitad del trigo que hubiera en los graneros para contribuir a las faenas de escarda y barbecho, siempre que el tiempo estuviera siendo regular y las sementeras se encontraran en sazón y de buena calidad, así como que el trigo almacenado no se necesitara para el abasto diario de los pueblos.
El año anterior, en uno de los municipios desde los que observamos estos hechos, a principios de marzo habían emprendido las gestiones para repartir la mitad del trigo que había en el pósito, el que había sobrado del reparto para la sementera del otoño, y así se había ejecutado. Sin embargo, el 7 de marzo de 1750, después de invocar la instrucción para los pósitos, su cámara de gobierno argumentó que por el momento lo que se constataba era que las sementeras, a causa de la falta de agua que se estaba sufriendo, estaban en peligro, hasta el punto que creían que si no llovía era posible que se perdiera todo lo sembrado. Por esto, y previendo las consecuencias que esto podría tener más adelante, y mientras no lloviera lo suficiente para que las sementeras se pusieran en sazón, de modo que hubiera esperanza de cosecha, se suspendía el obligado reparto del trigo del pósito.
En otro lugar se prefirió ignorar la dirección en la que iba apuntando la fenología, o quizás no fue posible contener la presión para que se procediera al reparto de escarda y barbechera. Para el 12 de marzo, algunos de los interesados en él ya habían instado a que no se retrasara más, contando con que el juzgado de los pósitos, anexo a la primera autoridad de la región, que también habría preferido atenerse a la rutina, ya había promulgado el decreto que lo ordenaba. Los más urgidos incluso habían presentado memoriales demandándolo, y en respuesta a tan apresurados solicitantes ya se les había adelantado una cantidad, estimada con prudencia por conjetura, a cuenta tanto del repartimiento que se iba a hacer como del que habría de hacerse en mayo siguiente.
El corregidor, sin oponerse a estas decisiones, aunque previendo sus consecuencias, quiso que las circunstancias se tuvieran presentes cuando más adelante se hiciera la cuenta del trigo del pósito que habría que completar, para que la distribución fuera correcta, tras lo cual aquel mismo día 12 dio su aprobación al reparto. De su ejecución tendrían que ocuparse los dos regidores que había diputado el gobierno de la ciudad que ya habían hecho el de la sementera.
Pero poco después, el 17 de marzo, los directores de rentas provinciales, los más atentos desde la administración central a lo que estaba ocurriendo en el sudoeste durante aquellos meses, dictaron un amplio programa de inspiración mercantilista con injertos de librecambio, destinado a sacar partido a la situación que se viviría a partir del momento en el que los hechos cambiaran radicalmente de dirección. Empezó a ser conocido oficialmente en las poblaciones meridionales una semana después, y vino a completar las órdenes del gobernador del consejo de Castilla de 31 de marzo, que luego, los días 7 y 14 de abril fijaron definitivamente la nueva posición del poder central sobre la circulación de los granos.
En síntesis, valiéndose de la necesidad de hacer frente a la pérdida de las cosechas en perspectiva, mandaban que a los granos no se les diese precio fijo, sino que se vendieran a lo que el tiempo diere; que no se impidiera el tránsito de los granos de un pueblo a otro, para que mutuamente se socorrieran; que no era conveniente que se hicieran registros de granos; que, siendo justo el derecho de tanteo que cada pueblo tenía a los frutos cogidos en su territorio, pagándolos en contado, no lo era ni se debía permitir que los de fuera parte que se condujeran de unos pueblos a otros se detuvieran ni entorpecieran en los tránsitos, porque los que estuvieran distantes perecerían.
La recepción de este programa en los municipios del sur no fue inmediata. El 24 de marzo, en una reunión de gobierno de uno de ellos, se tomaron por cuenta propia las primeras decisiones que afectaban al control de sus mercados del grano. Pretendían contener en todo lo posible los efectos negativos de lo que ya estaba ocurriendo, la contracción de la venta de la materia prima para la fabricación del alimento básico. Para impedir los daños y perjuicios que de la situación que se vivía se podían derivar para la población común, o por lo menos conseguir que sus pobres habitantes jornaleros encontraran socorro, se propusieron dos cosas: moderar los precios del pan y demás semillas que servían como alimento humano y garantizar que ambos abastecimientos no faltaran diariamente.
El fuerte control público del mercado del pan, que alcanzaba hasta sus menores detalles, pretendía alentar cuanta concurrencia fuera posible. En el centro de esta estrategia estaba el control de su precio, cuya formación desde antiguo se podía controlar porque la ley tarifaba el rendimiento del cereal panificable en harina, masa y pan, por este orden y en unidades de peso. Calculados sus costos, se les añadían gastos diversos, los más importantes los salarios o los beneficios del molinero, y los de cocción, este último derivado del precio de la madera. Además, se consentía un beneficio modesto a los panaderos.
Cualquiera de estos cálculos partía de que en los mercados se ofertaban distintos tipos de pan, cada uno de los cuales tenía una composición, y por tanto un precio ya consolidado. De ahí que en el fondo las oscilaciones dependieran del precio del grano, y que la iniciativa política se concentrara en lograr que el grano fuera barato para que también lo fuera el pan.
Pero no era fácil conseguir que las cosas ocurrieran según esta secuencia causal. El cambio de precio de la materia prima escapaba a cualquier control administrativo, y no siempre que el grano era barato también lo era el pan. Y nada impedía que invariablemente la escasez de granos impulsara al alza los precios de los productos de la panadería.
Para evitar los efectos de todas estas fatídicas razones, una de las iniciativas habituales de las administraciones era que el cambio en el precio de la materia prima fuese compensado con un cambio de peso en el tipo de pan correspondiente, por lo que el precio podía permanecer nominalmente invariable. No dejaba de ser una componenda grosera, pero podía evitar tensiones y protestas.
Otra era tarifarlo, lo que era factible allí donde, como en Castilla, estaba dentro de lo posible imponer la tasa del precio de la fanega de cereal, el viejo instrumento de intervención en el mercado del grano cuya vigencia no se revisaba desde principios de siglo XVIII y que a mediados ya nadie respetaba. La tarifa para la libra de pan que fijaban los municipios la tomaba como referencia para hacer las deducciones de rendimiento en harina, masa y pan, y regulaba el margen para el beneficio del panadero aplicando la regla del maravedí por real: por cada real que el precio del trigo aumentara, el panadero podía incrementar un maravedí para asegurarse su tasa de beneficio, 1/34 o 2,94 %. Como el pan se cotizaba en cuartos por libra, según calidades, con la tarifa del maravedí por real, que al parecer fue estable y duradera, las diferencias de precio entre las calidades del pan no podían ser grandes.
Pero la fuerza del precio del cereal era tanta que se imponía por encima de la tasa. Entonces las autoridades locales debían recurrir al control de la compraventa del pan, su arma exclusiva, justo para contener la libre concurrencia de abastecedores que pretendía. Su preocupación no se dirigía solo a contener el precio. Sobre todo pensaba en su capacidad para financiar sus oscilaciones.
En 1734, año de escasez de grano, una población había contratado con un comerciante de la capital un suministro de trigo de la mar, eufemismo destinado a referirse al trigo almacenado por los grandes comerciantes. Había alcanzado el precio de 42 a 43 reales cada fanega, muy por encima de la tasa, y su rendimiento fue estimado de 21 a 24 hogazas de pan de a tres libras. Las autoridades, que habían comprometido el dinero público en la compra, directamente obligaron a modificar el precio del pan. Hasta entonces se había vendido a 40 maravedíes la hogaza. De mantenerse este precio, calculó el gobierno local, solo se ingresarían por cada fanega unos 22 reales (en realidad, entre 24,7 y 28,24 reales). Temía que por esta casusa se originara en las arcas públicas una quiebra tan grande que los arbitrios que pudieran imponerse para enjugarla no podrían resanarla. Para salir al paso de la amenaza, decidió que a partir del 14 de julio siguiente se vendiera a 60 maravedíes la hogaza de pan blanco y a 30 la de bazo, el pan que se elaboraba con salvado. Con los rendimientos que así se podían conseguir, los panaderos obtendrían un ingreso de entre 42 y 43 reales por fanega, correspondientes al precio de la fanega de trigo de la mar que se había contratado con el comerciante de la capital que lo había suministrado. Para esta ocasión, el margen de beneficio del pandero quedaría por tanto relegado.
Una vez que se decidía ejercer el poder municipal sobre el mercado de una manera tan directa, tampoco era infrecuente que el precio del pan fuera la consecuencia inmediata de la posición de monopolio que la autoridad local llegaba a ocupar en el mercado local del trigo en las situaciones críticas. El instrumento permanente del que disponía para conquistarla eran los pósitos municipales. El procedimiento que se seguía para su formación, que les daba preferencia en la adquisición del grano, les garantizaba esa posición cada vez que la oferta de grano se contrajera. Estaba entre las funciones previstas para la institución que cuando había problemas para el abasto de pan a las poblaciones se recurriera a su trigo para destinarlo al consumo público antes que repartirlo entre las explotaciones para que lo invirtieran en sus trabajos; un monopolio podía complementar con otro que no era del todo ajeno al del pósito, el del peso de la harina, que en las poblaciones meridionales podía ser un bien de propios.
Tan drástica intervención, sin embargo, podía ser paradójica. En condiciones de alza de precios, el pósito debía concurrir a las compras ateniéndose a los del mercado, aun habiendo tasa. En contra de lo que proclamaban las autoridades públicas, el ejercicio de su monopolio podía contribuir al incremento del precio del pan y la consiguiente contracción de la demanda, y si optaba por sostener la demanda de pan a bajo precio podía llevar la institución a la ruina.
Cualquiera que fuese la táctica de las administraciones, o la situación que se viviera, el ingenio ya las acosaba con sumarias composiciones teóricas, alguna de ellas germen del primer pensamiento liberal hispánico y otras precursoras de Malthus. Había quienes pensaban que si se conseguía que el grano fuera barato para que también lo fuera el pan sería perjudicial al fin que se perseguía. La reducción del precio del pan causaría desempleo agrícola y emigración de trabajadores de la agricultura, que en las grandes ciudades se convertirían en mendigos y vagabundos. Y si la solución por la que se optaba era subvencionar el pan mediante cualquiera de las formas de intervención en su mercado, se provocaría un incremento excesivo de la población, en especial de la inmigrante.
Tal como estaba transcurriendo la estación, era obligado actuar en algún sentido. Aquel mismo 24 de marzo el órgano de gobierno del municipio, por iniciativa de su corregidor, para orientar las primeras decisiones complicadas, comisionó a uno de los regidores que iban a formar parte de su junta de granos local (el órgano, de acuerdo con los propósitos declarados en su formación, cuyas acciones debían abarcar todo el campo del comercio sin dispersarse) para que se ocupara de que el abasto de pan no faltara a su población. Se le encargó que hiciera una lista con los panaderos que diariamente la abastecían de grano y cuidara de que se proveyeran de trigo, para que no hubiera falta alguna al menos hasta el siguiente sábado. También acordó la búsqueda de suministros de trigo, y para el caso de que no se encontrara, que se sacara del pósito el que fuera necesario, teniendo en cuenta que se debía evitar que sus fondos se agotaran.
Al imponer unas condiciones legales a la compraventa del trigo, y a la vez irrumpir en el mercado con la reserva del pósito, quedaría en manos del municipio el mercado local de los granos. Así conseguiría garantizar el abasto de pan, el problema político inaplazable al que debía hacer frente cada autoridad local. Antes o sobre cualquier creencia, idea o iniciativa, le preocupaba que la opinión sobre la esterilidad, prejuicio común que las rogativas elevaban a verdad categórica, al tiempo que contribuían al alza de los precios del trigo, provocara también el encarecimiento del alimento primario, lo que sería un justificado motivo de inquietud. La cámara de gobierno dio las gracias a su corregidor por lo mucho que se había esmerado y esmeraba en el alivio de la población.
Aquellas decisiones fueron completadas con las que tomó el 28 siguiente su junta de granos durante el primer consejo que celebró. Acordó hacer la lista de los panaderos, la que el ayuntamiento ya había encargado a su diputado. Los comisionados para que la ejecutaran debían emplearse en ajustar y controlar el trigo que recibiera cada día cada uno y en llevar un registro del pan que cada cual pusiera en venta. Tendrían además que vigilar que ofertaran pan en correspondencia a la cantidad de fanegas de trigo que cada uno adquiriese, para que, en caso de que observaran algún defecto, dieran cuenta a la junta, que entonces debía actuar. Para facilitarles el trabajo, además decidió restringir los lugares de venta del pan a dos, la plaza central de la ciudad y la que había en la zona hacia la que se había expandido la población.
Pegujales autónomos asociados a labores
Publicado: enero 7, 2022 Archivado en: Alain Marinetti | Tags: economía agraria Deja un comentarioAlain Marinetti
También había labores de todos los tamaños, emprendidas sobre cortijos y hazas, cuyos pegujales huéspedes se constituían exclusivamente como explotaciones autónomas. En el registro se deducen porque el número de los adscritos a cada labor suele superar la decena, son de un tamaño superior al característico de otras condiciones y nunca se enuncian jerarquizados.
Se atienen a este tipo 3 labores dominantes. Los 75 pegujales que ceden probablemente estén localizados en 4 áreas de sus 6 unidades de producción. Suman 418,5 fanegas, menos de la mitad del espacio que entre todas dedican a sus labores.
Según nos adentramos en el campo de los pegujales autónomos, el valor relativo de los tamaños mayores se va incrementando hasta alcanzar el límite de la rentabilidad óptima. También se amplía el espectro de los tamaños de las explotaciones menores, de donde se deduce que los cedentes se adaptan a la demanda, pero nada vence a las más características, sobre todo a las de 3 fanegas.
No hay duda de que un pegujal de 30 fanegas corresponde a la iniciativa de uno de estos tres labradores. Podría parecer inadecuado considerarlo un pegujal, y que tal vez tendría que pasar a la categoría de las labores menores. Cuando se trata de pegujales el problema no es de tamaño, sino de relación. Si la tierra se toma de quien a su vez la ha conseguido por arrendamiento, el cedido está incurriendo en una condición subordinada que si por escrúpulos parece inadecuado llamarlo pegujalero, por consideración al tamaño de su explotación podría tomarse por pelantrín o, circunstancialmente, porque la parcela se localice en el eriazo, por la de manchonero. Pero cualquiera de estas otras dos posibilidades contaminaría la relación que da origen a la pequeña explotación con factores modificantes ajenos a ella, como la tenencia directa en el caso del pelantrín, que de existir negaría la condición que está en el origen del pegujal, o una excepción al sistema, la que toleraba que al manchón se le requiriera una cosecha. Solo se podría tomar por labor del último rango en caso de que el labrador origen de la relación hubiera constituido su explotación por tenencia directa. Pero ni aun así se extinguiría del todo el rastro de las relaciones que origina el pegujal. La explotación menor estaría incluida en un espacio en el que domina una labor, a la que de alguna manera quedaría subordinada, aunque solo sea porque la explotación menor debe alojarse en las tierras que haya decidido quien tiene la unidad de explotación.
Solo una de estas tres labores está regentada por un patricio, don Juan de Briones Saavedra, cuyo cortijo mantenía una labor de 480 fanegas. Es, entre los de esta clase, quien menos pegujales cede, 17, y quien concede un mayor peso relativo a la labor. Su comportamiento es anómalo. De acuerdo con el estilo patricio, tendría que haberse servido de la cesión de pegujales por trabajo. Pero la secuencia de los valores que se refieren a los que cede no deja lugar a dudas: su descripción no se atiene a la jerarquía regular de los pegujales por trabajo.
Pudo recurrir a la fórmula más servil, ceder pegujales y obtener al menos parte del trabajo estable que necesitara su labor, el que habitualmente proporcionaban los temporiles cualificados, a cambio de la cesión de pegujales. Quienes los trabajaran mantendrían su explotación y prestarían los servicios que les demandara el señor de la labor cuando juzgara oportuno. Aunque se situara al margen del buen estilo de cortijos, se esforzaría por mantener la apariencia patricia.
Las otras dos labores de este grupo, probablemente, más que en manos de campesinos en expansión, que en parte tendrían que serlo, son iniciativa de dos negociantes de fortuna o aventureros.
La Miñana mantiene una labor de 270 fanegas en una unidad de producción, y cede 19 pegujales que suman justo 99 fanegas. Tal vez tenga sentido especulativo que La Miñana ceda exactamente esa cantidad de superficie, aunque también se puede pensar que ceder en torno a 100 fanegas sea un patrón cuando se trata de grandes unidades de producción en las que se emprenden grandes labores. Ya hemos visto otros casos que detienen su declaración de superficie justo en las inmediaciones de esa cifra.
La posición de La Miñana en el mercado de los pegujales es probable que esté cerca de la que personifica La Gallega y su haza, una mujer que captaba tierras para cederlas asociadas al alojamiento de los inmigrantes que procedían del norte de la península. Del vínculo que pudiera haber entre ambas tal vez haya quedado retenido algo en sus respectivos epítetos. En Corominas, voz meñique, miñona tiene como antecedente inmediato el menino del portugués, en el que ha conservado el sentido de persona pequeña.
Juan Rodríguez Colmillo parece aún más entregado a la manera hábil de emprender el negocio. El registro inscribe como suyos cuatro cortijos, de los cuales quizás solo uno lo tomó íntegramente, mientras que de los otros tres solo tendría hazas. Su labor más racional sería la que sumara las cuatro unidades porque estuvieran contiguas, una posibilidad a la que se opone el número de las tomadas, excepcionalmente alto.
Del mismo modo que localizaría en distintas áreas su labor, también separa en por lo menos dos zonas los pegujales, a propósito de los cuales también es desmesurado. Cede casi 40. De ahí que se pueda pensar que su acaparamiento expansivo de tierras quede fiado a la ventura de su complejo empresarial, que tendría que contar tanto con el producto de una labor grande, de 359 fanegas, como con el beneficio que pudiera proporcionarle la fragmentación del espacio disponible para ceder casi 40 pegujales.
Indica el triunfo de la captación de renta a través de los pegujales que la suma de su labor dé una cifra que no es redonda, en contra de lo habitual. Es más, se podía esperar de Colmillo que descargara el peso de sus proyectos sobre la cesión de pegujales. Si no admitió más, tal vez fuera porque no hubiera más candidatos a tomarlos.
Como simultáneamente mantenía una labor de gran tamaño, su rentabilidad pudo obtenerla ateniéndose al espectro más amplio de posibilidades, dada la magnitud de las cesiones de pegujales. El dador de parcelas pudo ingresar por trabajo a cambio de tierra, por intercambio de servicios entre labor dominante y pegujal, por prestación de servicios a los pegujales y por el pago de una renta en el caso de la relación más expeditiva. En cualquiera de los casos, es seguro que el de Juan Rodríguez Colmillo es uno de los casos más definidos del comportamiento especulativo en el mercado de los pegujales.
4 labores secundarias que se atienen a este patrón. Nos falta el nombre de uno de sus labradores, y el apellido de otro (Caro) podría tomarse como propio del patriciado. Pero como carece de tratamiento parece que se trata del miembro de una rama familiar sin conexión con la patricia. Como solo uno de los cuatro ostenta esta condición, parece que definitivamente vamos abandonando escalas y dominios en los que el patriciado prefiere comprometer sus relaciones mediante la tierra.
Dos se sirven de tres unidades de producción distintas repartiéndolas de manera bastante equilibrada, y todos ceden 10 o más pegujales, hasta sumar 81 y 454 fanegas, y parece que no están tan dispersos como en las tres situaciones precedentes, sino que ocupan de manera continua sus respectivas áreas en cada cortijo.
El tamaño 3 fanegas pierde posiciones y continúan incrementándose los valores algo superiores, sobre todo el inmediato superior, el 4, y el 6, que lo duplica. Los campesinos autónomos, según se descendía en la escala de la relación, cada vez arriesgarían más confiados a sus medios, y de esa manera empezarían a destacar los aspirantes a ocupar las posiciones superiores en el orden del campesinado.
A tanto llega su concentración en esta escala que por primera vez los términos están invertidos. Hay complejos en los que el tamaño de las labores queda por debajo del acumulado por los pegujales subsidiarios. El promovido por Francisco Díaz, aun siendo notable, es un buen ejemplo de este comportamiento. Mantiene 120 fanegas de labor y cede 241 para 44 pegujales. Está claro que prefirió ampliar todo lo posible el horizonte de la renta que se podía extraer a los campesinos más activos.
Por la forma en la que se presentan los valores del complejo de Francisco Caro se puede pensar que mantenía una labor con pegujales por trabajo. Pero son muchos los que cede y de tamaños oscilantes, algo que no es habitual cuando se trata de los reservados a los temporiles. Más bien parece que de antemano optó por el equilibrio. La cantidad de tierra reservada para labor está prácticamente en paridad con la cedida para pegujales.
Además hay 16 promotores de labores autónomas que toman la decisión de asociar a sus explotaciones pegujales que deben mantenerse con independencia, una cifra que más que duplica a la acumulada de labradores dominantes y secundarios de este orden, prueba directa de que en esta escala se concentra el tipo. Es verdad que la relativa abundancia de casos se beneficia de la separación convencional entre el grupo medio y el inferior a partir de la frontera 100 fanegas. Pero, aun así, la diferencia de frecuencias entre este nivel y los dos anteriores es manifiesta.
Aunque el patriciado, con una fuerza desigual, recupera algunas posiciones con tres de sus miembros, es la iniciativa de gentes del común que actúan como labradores, también con desigual compromiso, la que se impone según vamos descendiendo en la escala del acceso a las tierras. Conocemos por su nombre a once de los mínimos labradores del común que asocian pegujales a su labor: Francisco Blanco, Cristóbal Buiza, Juan Caballos, Juan Carvajales, Francisco de Castro, Juan García Matahambres, Pedro González Palmares, Juan Peña, José Pulido, José Rodríguez y Antonio Rojas.
Las 16 labores están comprendidas entre 90 y 21 fanegas, y las reiteraciones de un mismo tamaño para una parte de ellas puede ser indicio de un módulo (36, 30 = 6·6, 6·5). Según declaran sus responsables, ponen a producir 14 cortijos y 2 hazas, aunque por la extensión total que de ellos llega hasta el cultivo (labor + pegujales) una parte de las unidades no parece que entren dentro de lo que convencionalmente se llama cortijo.
El autor del registro suele utilizar esta palabra por antonomasia, aunque su sentido sea el de labor. También pudo ocurrir que fueran los propios declarantes quienes en busca de prestigio recurrieran al énfasis que espontáneamente se obtiene de la palabra cortijo. Es por tanto posible que en bastantes casos se trate solo de fracciones de ellos o hazas. No cabe duda de que era sí en el caso del haza de La Sancha, en su cortijo de La Mata de Uceda. También es seguro que José Rodríguez promovió su labor en una parte del cortijo de Los Sacristanes, y resulta aún más expresivo que una de las unidades que tuvo Juan García Matahambres se localizara en un cuartillo. Sin embargo, también cabe la posibilidad de que se tratase de unidades de producción que, sin dejar de ser cortijos, se hubieran plegado al principio de las hojas de cultivo con disciplina, y que las sembradas el año en curso fueran las de menores dimensiones, lo que a su vez redundaría en beneficio de la tierra disponible para pegujales.
Quienes llevan las labores más modestas ceden 206 parcelas que acumulan 827 fanegas. Aunque todos busquen lucrarse cuanto puedan de las cesiones, no todos actúan de la misma manera. Pero cualquiera de ellos tiene que encontrar su lugar en un campo de fuerzas marcado por dos polos, uno que podríamos llamar estilo de cortijos moderado, en la medida en que no ha lugar a pegujales por trabajo, y el que ya hemos llamado estilo especulativo. Ninguno atrae en exclusiva a patricios frente a campesinos ascendidos a labradores o viceversa, y entre ambos extremos las posiciones que se ocupan difieren.
Los más próximos al polo moderado apenas se proponen intervenir en este mercado y prefieren confiarse a sus labores. Solo ceden uno o dos pegujales. Una labor de 40 fanegas con solo un pegujal de 16 en realidad podría componer una labor en dos parcelas separadas, aunque en el mismo cortijo. Y como una labor de 32 convive con otra de 20 más dos pegujales pequeños, es probable que el titular cediera una parte del espacio a un semejante, y además, por otro lado, los dos pegujales.
Juan Caballos era un labrador de una población contigua que aquel año emprendió una labor de 80 fanegas y cedió 10 pegujales. Además, otros vecinos de la misma población, quizás manchoneros, tomaron tierras en un cortijo que también había labrado el año precedente Juan Caballos, quien aún lo tenía y que para el año en curso al menos en parte lo cedió para dar origen a dos pequeñas labores y un pegujal.
Juan Carvajales actuó con una moderación tan modélica que cabría pensar que, aun siendo modesto labrador, cedió pegujales por trabajo, y la mención de unas tierras que solo son identificadas por su topónimo quizás sean una prueba de que se acometían proyectos circunstanciales, en una parte de un cortijo, que no encontraban la demanda de pegujales esperada.
La mayor parte estos labradores del último nivel se instala en una cómoda zona templada. La registran bien los valores en torno a 1,5 fanegas de labor por cada una de las de pegujal, donde igualmente se mezclan campesinos y patricios, estos algo más tendentes a la especulación. Como don Fernando Barba, quien tenía, por una parte, un cortijo, La Mata de Uceda, y por otra El Mármol, que eran lugares contiguos.
Por alguna razón prefirió organizar la explotación del cortijo del Mármol y La Mata de Uceda como empresas independientes; quizás, de nuevo, por no acumular las 100 unidades de superficie expresivas de un tipo. No las alcanzaría toda su labor junta. En el cortijo emprendió una labor modesta, de 28 fanegas, y en la mata otra de 58. Pero las sobrepasaría si a ambas le sumara la superficie cedida en pegujales, otras 86 fanegas.
También los 13 pegujales que cediera los dividió en dos series, una de 7 y otra de 6, todos en el haza de La Sancha, que estaba en su cortijo de La Mata de Uceda. La denominación del producto, Haza de La Sancha, y la identificación por separado de las dos áreas de pegujales, resultan equívocas. Si el hecho integrador fuera una persona, ni siquiera la unidad tendría que ser un lugar continuo en el espacio. Sería una unidad ficticia a la que le daba sentido que una mujer tuviera el control de todas las parcelas. En ese caso, estaríamos ante un caso semejante al de La Gallega.
Pero además de que sería concederle un papel efímero a la toponimia, que no suele tener, en el registro está bien identificada como una parte de un cortijo que poseía don Fernando, quien no trataría de evitar el límite de las 100 fanegas, sino de repartir el riesgo. Cuando organizara su empresa se atendría a un cálculo riguroso en paridad: mitad de la tierra disponible para labor, la otra mitad para pegujales.
Si su cálculo hubiera sido este, se puede conjeturar que la relación con los campesinos estaría sostenida por la prestación de servicios que no tuvieran relación directa con el producto obtenido, sino con el trabajo que a cambio de la tierra pudiera demandarles o con la renta que debieran pagarle, en todos los casos calculada a partir de un precio de la unidad de superficie. De ese modo, si la cosecha de la labor defraudaba, se aseguraba la rentabilidad de la mitad de sus posesiones.
Tampoco en un cortijo con labor de 21 fanegas tendría sentido que sus 6 pegujales, que no aparecen jerarquizados, fueran pegujales por trabajo siendo la labor tan corta, salvo que el trabajo de los cedidos se invirtiera en la labor. En un haza con labor de la misma extensión y 4 pegujales la distribución es compatible con que el titular tomara, además de la parcela que hemos clasificado como labor, alguna de las que interpretamos como pegujales. Juan García Matahambres, además de su labor de 36 fanegas en un cortijo en el que cede 7 pegujales, en un cuartillo pudo organizar una ampliación de su labor valiéndose de un espacio limítrofe con el del cortijo.
Hay casos que si no podemos tomarlos como labor más pegujales por trabajo, aun cumpliendo el principio de jerarquía, es porque la razón entre el tamaño de la labor (46 fanegas) y el número de pegujales (10) lo niega. Puede tratarse de otra versión del vínculo en el que el intercambio de trabajo por parcela se realiza como prestación en la labor del cedente.
Los que ceden más pegujales son de una generosidad en la oferta que no es nueva. El responsable de un cortijo con una labor de 30 fanegas y 13 pegujales, el de otro con labor de 36 fanegas y 15 pegujales y el de un tercero con labor de 30 fanegas y 16 pegujales, en cualquiera de los cuales se impone con mucho éxito el módulo 3 fanegas, para tomar sus decisiones parece que se atienen a una ley directa: cuanto más limitada la labor más posibilidades de alojar pegujales. Cualquiera de ellos se esfuerza por captar cuantos campesinos del rango menor sea posible. Quizás, en el orden de los hechos, primero sería la oferta del espacio para ser aprovechado en pegujales y luego, con el resto no adjudicado, decidir la labor propia, lo que la relegaría a las tierras marginales del cortijo.
Y aún quedan algunos campesinos con ambiciones de labrador que se rinden con menos resistencia a la fuerza del polo especulativo. En un cortijo del Señor Vicario, con labor de 60 fanegas, se ceden hasta 25 pegujales. Mientras que la mayor parte de ellos tiene entre 2 y 6 fanegas, uno es de 24 y otro de 14. El afán por captar tenientes a su poseedor le recomendaría plegarse a la demanda ampliando la oferta con enorme flexibilidad.
Pero es Pedro González Palmares quien pone al descubierto el comportamiento especulativo en su grado extremo. Con casi la misma superficie que el poseedor de las tierras del Señor Vicario cede para pegujales, duplica su número. Poseedor de un cortijo en el que promovió una labor de solo 36 fanegas, cedió 51 de entre 6 y 1 fanega, que segregaron de la unidad de producción un total de 127 explotaciones distintas. Es decir, que solo dedicó a su labor 0,28 fanegas por cada una de las cedidas.
Las de dimensiones comprendidas entre 4 y 6 fanegas apenas son la quinta parte de las que cede. Las otras cuatro quintas partes las abarcan las que tienen entre 1 y 3, y son sobre todo las de 2, la mitad de las de esta fracción, las que más cede. Ninguno de los otros labradores del grupo desciende tan bajo. Es suficiente para reconocer que la oferta de este módulo se impuso en el negocio que emprendió Palmares, y que al otro lado encontró a campesinos dispuestos a aceptarla.
La oferta de parcelas de poca extensión haría muy asequible el acceso a ellas, porque con cantidades relativamente pequeñas (de dinero, de producto o de trabajo) sería fácil pagarlas. Al mismo tiempo, al cedente le permitiría extremar el precio de cada unidad de superficie. Cuanto más pequeñas las parcelas, tanto mayor valor relativo podría tener la renta que de ellas pudiera deducir. La preferencia por aquel módulo sería por tanto una expresión directa del deseo de obtener la máxima rentabilidad de las cesiones. Así como había usureros del dinero, los había de la tierra. Este Pedro González Palmares, en su tiempo, pudo ser el que más.
Pero aunque lo suyo fuera el exceso, lo obscenamente especulativo, lo desaforado y mayúsculo, no tenía nada de singular. Tomando el tamaño de todas las parcelas cedidas por los labradores autónomos para alumbrar pegujales subsidiarios, desde luego el empuje de las 2 fanegas es previsible por el peso relativo de la oferta de Palmares. Pero si lo descontamos, tenemos que reconocer, aun así, la recuperación de los valores menores cuando se llega a este orden inferior, seguramente por las mismas razones que hacen triunfar al 2 en manos de Palmares.
En resumen. No había labor que prescindiera de asociar pegujales a sus explotaciones, para lo que les bastaba con servirse de una parte del espacio del que disponían. Tan universal es este principio que pone al descubierto el origen de la posición aventajada de la que partían los amos o señores cuando se atenían a aquella relación. Como todos los que promueven labores captan con este recurso a gente que les puede servir, están en condiciones de elegir a los dispuestos a contraer el compromiso, campesinos de una población centrada en su término para los que sería preferente alojar sus pegujales en los cortijos y hazas cuya superficie de más calidad estuviera reservada a labor.
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