Técnicas primarias
Publicado: abril 25, 2023 Archivado en: J. García-Lería | Tags: economía agraria Deja un comentarioJ. García-Lería
En el espacio de los cortijos, el cultivo de las legumbres, más que un innovador, era indirectamente más inversión en ganado, y el abonado, al que se podía aplicar una gama razonablemente amplia de recursos, adquiridos gracias a una dilatada experimentación con las propiedades de un buen número de productos naturales, según todos los indicios en casi todas las explotaciones se limitaba a la materia orgánica que proporcionaba el ganado propio, tanto el de trabajo como el de cría. Para agregarla a la tierra con el menor costo bastaba con que pacieran los rebaños la parcela que luego sería cultivada, lo que tenía el defecto, en el caso del cultivo primordial, de reducir el calendario del posible aprovechamiento. Si se recurría a la que se obtenía del ganado estabulado o del retenido en el aprisco, limitaba su uso el costo de su transporte a la parcela y sobre todo el penoso trabajo de su dispersión por toda su superficie.
La selección de la simiente no era propiamente una iniciativa inversora, ni por tanto estaba en condiciones de marcar diferencias a los rendimientos. Se había consolidado como el efecto espontáneo de la acción controlada, a largo plazo, de las leyes de la genética. El procedimiento selectivo que a la semilla de trigo se aplicaba, alentado por un principio naturalizado por el sistema, que solo la semilla de la tierra prevalecía, incuestionado en la época, consistía en elegir las mejores espigas cuando el fruto ya había alcanzado su sazón. Para designarlas bastaban las apariencias, que estuvieran bien formadas y que sus tallos fueran fuertes, criterios de los que hacían exhibición sacralizada en las procesiones públicas que celebraban la obra de la primavera. De las elegidas, se cortaban la punta y la base, que se desechaban, y se conservaba el tercio central, donde se concentraban los mejores granos. Llegado el momento oportuno, las fracciones que se habían guardado se desgranaban y se sembraban en una parcela escogida, donde de nuevo fructificarían. Encadenadamente, del mismo modo se procedía durante unos pocos años, al cabo de los cuales en efecto se conseguían granos sementales altamente adaptados a las características del suelo de la explotación.
Los obligados al diezmo
Publicado: febrero 11, 2019 Archivado en: J. García-Lería | Tags: economía agraria Deja un comentarioJ. García-Lería
La detracción de la décima parte del producto obtenido por cualquier actividad bajo las condiciones decididas en 1255 podía permitir la recaudación de rentas extraordinarias. Serían suficientes para que el diezmo se convirtiera en la prestación más remuneradora de cuantas ya estaban arrinconando a las personales. De él se beneficiarían la iglesia romana, la corona y, en determinadas circunstancias, personas e instituciones que se hubieran enseñoreado de todo o de alguna parte de ellas. La documentación que su gestión cada año generase debió ser, además de diversa, lo bastante abundante como para no defraudar las aspiraciones a informarse sobre la relación que pudo haber entre las cantidades detraídas y el producto que las alimentaba. Serían los archivos de la iglesia de occidente, de cualquier rango, los de la monarquía y determinados depósitos familiares, si hubieran tenido la fortuna de sobrevivir, los que estarían en condiciones de ofrecer información sobre aquel vínculo.
Pero, como por concesión de la corona, en el sudoeste la iglesia de los papas se había hecho acreedora a disponer con autonomía de aquel beneficio, en sus archivos tiene que conservarse el germen de cualquier documento diezmal que pudiera haberse redactado, porque todos los que estuvieran facultados para lucrarse del mismo ingreso, fueran la corona o los señores de cualquier clase, cualquier institución o incluso las personas que transitoriamente ganaran el afortunado título de beneficiado, porque debían sujetarse a una relación subordinada a ella solo eran partícipes en la renta cuya administración los clérigos se reservaban en exclusiva.
Fue el cabildo catedralicio, el clero de primer rango, el que en este caso se asignó el papel rector. En su archivo se conservan las piezas documentales que soportaron todo el entramado recaudatorio del diezmo, una masa ingente de documentación que está en las mejores condiciones para suministrar, si no la idónea, al menos la información original. Se trata de una cantidad de libros que hay que cifrar en millares, más unos cientos de legajos. Como las posibilidades son tantas, se puede dar por descontado que con ellas será posible reconstruir toda clase de situaciones, y superponiendo unas sobre otras cubrir los espacios y las cronologías que tengan las mayores aspiraciones. Su concentración en una sola clase de depósito incluso las hace accesibles en condiciones inmejorables, aunque la abrumadora cantidad, porque llega a ser un continente inabarcable, obliga a seleccionar.
Pero el diezmo fue refractado por cuantos se interesaban en él, y ya sabemos que resultó corrompido desde su origen por todos, desde los obligados a su pago hasta quienes lo recibían. El episcopado organizado para gestionar aquella región eclesiástica quiso combatir esta posibilidad valiéndose de una administración fuertemente centralizada y muy rigurosa desde el punto de vista contable, a la que hay que reconocerle que consiguió batirse con al menos moderado éxito contra la resistencia a la disciplina contribuyente.
La doctrina canónica, pretendiendo abarcar la totalidad de las obligaciones contributivas, creyó resolver esta cuestión clasificando los diezmos en prediales, personales y mixtos. Consideraría prediales los obtenidos del suelo, como todos los relacionados con la actividad agrícola; personales, los derivados de la iniciativa humana; y mixtos, los que combinaran ambas posibilidades, especialmente la ganadería. La clasificación no era demasiado afortunada porque superponía los criterios para la selección de los tipos, y lo demuestra que en el arzobispado regional estos conceptos fueron escasamente útiles, aunque en ocasiones tuvieron alguna trascendencia. Así, por ejemplo, el diezmo de lana y queso de oveja se conceptuaba personal, y otras normas reconocían las categorías predial y personal en el caso de dudas sobre la residencia del pagador y el lugar donde debía dezmar.
Sin embargo, la documentación contable prescinde de aquellos criterios, de modo que para el cálculo del producto es indiferente que los diezmos fueran clasificados prediales, personales o mixtos. Además, los hechos documentables enseñan que estas abstracciones no fueron adecuadas para abarcar todas las posibilidades contributivas. Los esfuerzos normativos de la administración episcopal tuvieron un sentido mucho más práctico. Se aplicaron a definir las áreas de recaudación del tamaño conveniente a su control, identificar con precisión a los obligados a pagar y concentrarse en los bienes sujetos a la obligación que fueran más rentables.
Lo que más dificultad les creó fue resolver el problema de la inevitable movilidad de las poblaciones, a la que se oponía la rigidez de la planta territorial del arzobispado. La parroquia, que era la unidad de base para la gestión de cualquier actividad de aquella iglesia, fue suficiente para controlar a los contribuyentes radicados en una población si su tamaño oscilaba entre el mínimo y algunos cientos de habitantes. Pero los lugares cuya población era mayor o que hasta la baja edad media habían derivado hacia poblaciones concentradas fueron compartimentados en varias parroquias, lo que permitió la prevalencia de esta desde el punto de vista de la administración territorial de la iglesia romana. Por el contrario, los lugares que fueron despoblándose quedaron reducidos a la categoría territorial que aquella administración conoció como donadío, que en buena parte procedía del momento original de la ordenación territorial del arzobispado.
A partir de aquí, para levantar la pirámide administrativa que permitió una centralización eficiente, sumando parroquias se compusieron vicarías, unidades comarcales de aquella administración que en el lenguaje de la recaudación de los diezmos también fueron conocidas como dezmerías. Eran oficinas complejas, con un buen número de atribuciones, que rendían uno de sus mejores frutos en la gestión de los diezmos porque actuaban como sus administradoras sobre el terreno. Al frente de cada una de ellas estaba el vicario, quien al mismo tiempo actuaba como administrador de los diezmos.
Parroquia y distrito dezmatorio fueron por tanto en origen lo mismo, entre otras razones porque la percepción de la renta debió ser justificada a partir de la baja edad media por el cargo pastoral, que el diezmo alimentaba con solidez cada año. La administración de los diezmos prefirió identificar cada lugar útil con un distrito de su jurisdicción recaudatoria, lo que además de facilitar la gestión respetaría el principio de unidad que facilitara toda la administración eclesiástica. Pero como a la condición de distrito dezmatorio también correspondieron los donadíos, para referirse a la unidad territorial de gestión de los diezmos, siempre que se aspire a la expresión más general, será preferible servirse del artificio distrito dezmatorio porque este concepto abarca la totalidad de los casos sujetos a la prestación.
Aislar con precisión los obligados a pagar con residencia en cada distrito, porque este orden administrativo imponía el criterio territorial sobre el de movilidad, ya creó algunas dificultades. Los contribuyentes regulares se dividían en comunes y excusados. Comunes (los notaremos con la letra c) eran los residentes en el distrito, en el que cada año pagaban la décima parte o 10 % de lo que, habiéndolo producido, estaba sujeto a la obligación de diezmar, y excusados (e) los que a esta misma condición añadían la de ser los mayores contribuyentes de su distrito dezmatorio.
Los excusados se podían segregar de la masa común de los contribuyentes de cada uno de los distritos hasta el último día de marzo, y en cada uno se designaban dos. El primero era el mejor diezmador, y el segundo era el siguiente en orden de tamaño. Se procedía así solo con la finalidad de adjudicar los respectivos ingresos a los dos partícipes en los excusados que ya había decidido la institución del diezmo en la región, el mayor para la corona y el segundo para arzobispo y cabildo catedralicio.
Como la condición de excusados los sujetos a la prestación la adquirían porque eran grandes productores agropecuarios, que debían contribuir por distintos bienes y podían tener dispersas sus explotaciones en diferentes poblaciones, solo por este hecho originaban problemas para su control. Los que eran nombrados excusados mayores en su distrito pagaban sus diezmos en donde estuvieran en el momento en que la recaudación de cualquiera de las rentas a las que estuvieran obligados fuera adjudicada en primera instancia a quien debía recaudarla. De los designados como excusados menores en cualquier distrito, todos los diezmos que pertenecieran al lugar los pagarían a quien hubiera sido designado como recaudador del excusado, aunque antes de la primera adjudicación cambiaran de residencia. Los que pertenecieran a la capital pagarían en las parroquias donde vivieran, y de la misma manera procederían en las demás poblaciones. El recaudador del excusado de una parroquia de la capital dispondría de los diezmos que pertenecieran a la capital, y el que fuera de cualquier pueblo, de los diezmos que pertenecieran al pueblo. Si un excusado fallecía y sus bienes eran divididos o apartados por sus herederos para proceder a su reparto, los diezmos de sus frutos debían pagarse al recaudador del excusado del lugar, aunque los herederos vivieran en otros lugares, se pudiera averiguar que sus diezmos pertenecían a otra parte y otro recaudador pretendiera que era a él a quien debían serle entregados.
Pero no fue posible aplicar este doble tratamiento impositivo a todos los contribuyentes que residieran en un mismo distrito. El clero, cualquiera que fuera su voto o su fidelidad al papel público que tenía reconocido el sacerdocio, era un agente económico obligado, en parte por las donaciones recibidas y las adquisiciones que hacía con las rentas que ingresaba, en parte por su propia iniciativa. La norma canónica que el cabildo impuso, probablemente aconsejada por el buen fin al que estaba destinado el objeto de sus regulaciones, siendo parte interesada, decidió reconocer esta realidad y adjudicar un estatuto diferente a una parte de los contribuyentes por su condición canónica.
Los llamó exceptuados porque les confería un tratamiento particular. Podían ser los miembros del alto clero catedralicio o colegial que se agrupaban bajo la condición común de prebendados, si al mismo tiempo se interesaban en actividades productivas. Pero con más frecuencia eran personas e instituciones de clero regular, a su vez casas agropecuarias que se esforzaban por obtener privilegios, en negociación con el cabildo catedralicio, que les permitieran deducir determinadas ventajas al pagar sus diezmos. Por eso las contribuciones obtenidas de todos los exceptuados de un distrito dezmatorio solió conocerse como renta de monjas y frailes (mf). Además, cuando las condiciones de la recaudación lo aconsejaron, asimismo ciertos contribuyentes fueron objeto de un tratamiento propio aun sin pertenecer al clero, y quedaron circunstancialmente incluidos en la categoría de los exceptuados de un distrito dezmatorio.
Habitualmente los exceptuados satisfacían sus aspiraciones con un tipo contributivo que redujera el común. Era habitual, por ejemplo, que sus diezmos quedaran reducidos a solo un trigésimo, un tercio tal como decía según su manera abreviada de hablar la administración de los diezmos. Sin embargo, podía haber conventos que no disfrutaran de tipo favorable alguno, y es seguro que cuando las órdenes administraban transitoriamente patrimonios productivos ajenos, como los de un mayorazgo, pagaban el tipo común o diezmo. En estos casos, el contador de todos los diezmos de cada población recibía del responsable de cada uno de los conventos sujetos al pago de la renta un documento que certificaba los productos obtenidos el año anterior, y ponía su contenido en el cuaderno donde se apuntaban las cuentas del año correspondiente, con sus diezmos y precios. Para calcular el total del diezmo que pudiera corresponder a cada convento, al margen de cuál fuera el tipo impositivo que le correspondiera, de todos sus productos (supongamos trigo, cebada, aceite, mosto, corderos y lana) calculaba el 10 % de la cantidad declarada para cada uno, le aplicaba sus correspondientes precios tipo, deducía su valor en dinero y sumaba los parciales expresados en la moneda de cuenta. La operación se repetía en los mismos términos para todas las instituciones similares y los totales se sumaban en una cifra que denominaría el valor inicial de aquella renta.
Pero en compensación, a las instituciones que se veían obligadas a liquidar cada año el diezmo completo se les admitía como documento veraz del producto que obtenían en sus explotaciones una declaración de parte, cuyos valores podían ser discrecionalmente bajos, y de cuya comprobación, en caso de que se hiciera, no se encuentran pruebas. También podían ser medios para favorecer al contribuyente exceptuado calcular sus diezmos pagaderos en dinero a partir de precios inferiores a los corrientes, y en menor medida redondear o errar las cuentas a su favor. Asimismo, pudo ser un trato que lo diferenciara, aunque no necesariamente beneficioso, permitirle el pago en dinero del diezmo de los cereales, el que obligaba al trigo y la cebada, que regularmente había que pagar en las respectivas especies.
Los exceptuados, aunque consiguieron perpetuar estas condiciones gracias a las transacciones con el cabildo, perpetuaron resistirse a liquidar sus obligaciones. Un administrador de una vicaría informó que se veía obligado a emprender un pleito con cada exceptuado porque llevan muy mal los religiosos y religiosas la paga de sus diezmos.
Para imponerles cuanta disciplina fuera posible, y a la vez evitar excesivas complicaciones, el cabildo catedralicio un 23 de febrero de 1732, por un acuerdo, que como todos los suyos tenía alcance normativo, decidió que los diezmos de los conventos de monjas y frailes exceptuados, mientras sobre ellos no estuviera pendiente algún contencioso, que se recaudaran por separado, tanto de cada uno de los conventos como de los que pertenecieran a distintas parroquias. Así se aseguraría aislar como una renta aparte de lo que pertenecía a cada una, como se hacía con los excusados, se consentiría que como estos todo su valor se redujera a dinero y que consolidaran su condición de renta con carácter propio.
Pero cualquiera de los exceptuados además podía incurrir en la obligación de pagar rediezmo, un tipo que se limitaba al 1 % del producto obtenido. Porque también era más frecuente que los conventos del clero regular lo generasen, la administración diezmal llamó a esta obligación renta menor de monjas y frailes, una detracción que se aplicaba al ingreso que obtenían los exceptuados de todas las tierras, cortijos, hazas y heredades que cedieran a seglares, especialmente cuando se trataba de los olivares cuya titularidad correspondía a instituciones de clero regular.
Tampoco las grandes casas civiles fueron siempre absentistas. Al menos una porción de ellas se comprometía en toda clase de actividades productivas, y no siempre el gestor central de los diezmos creyó conveniente poner en peligro las buenas relaciones con este sector de los poderes regionales. La mayor excepción consistía en que algunos contribuyentes, sobre todo grandes titulados civiles, pero también instituciones eclesiásticas extraordinarias, previa discrepancia sobre qué les correspondía pagar como productores de excepcional tamaño, llegaban con el cabildo a una concordia o transacción que les permitía reducir sus diezmos a una cantidad fija que liquidaban cada año. Las concordias también podían ser la salida a una disputa entre cabildo y señores que hubieran conseguido enajenar en su favor precariamente la recaudación de todos los diezmos de los lugares que estuvieran sujetos a su señorío.
Sin embargo, por más adscripción a un lugar que para los pagadores de cualquier clase se pretendiera, cualquiera de ellos podía practicar una economía que obligara a los desplazamientos, algo tan espontáneo como frecuente. Bastaría con que la actividad productiva que a los contribuyentes les proporcionaba sus ingresos se localizara en un lugar distinto al distrito dezmatorio de sus respectivas residencias para que la administración de los diezmos se viera en la obligación de esforzarse en asimilar sus movimientos a la recaudación. Como sujetarlos no era posible, decidió concentrarse en un número limitado de supuestos de movilidad para asegurarse al menos algunos ingresos, en los que se puede reconocer el limitado éxito de los esfuerzos por controlar los movimientos.
Según movilidad, los contribuyentes pudieron ser estables, originarios, algaribos o fuera aparte, albarraniegos y extremeños. Contribuyentes estables (es) eran los que siendo comunes pagaban sus diezmos en el distrito donde estuvieran viviendo el día que se iniciaba el procedimiento para la recaudación de cualquiera de las rentas. Originarios (o) eran los residentes en la capital que también tenían casa en la que fuera de las otras vicarías de la región eclesiástica porque en ellas se localizaran sus actividades productivas. Aunque eran las más próximas a la capital las que tenían más posibilidades de necesitar esta figura, no era una excepción que recurrieran a ella los administradores de vicarías alejadas de ella, de lo que derivó una condición contributiva propia. Los originarios podían, bajo condiciones de calendario y residencia, contribuir por entero o por mitad en el lugar donde estuvieran radicados. Lo regular fue que pagaran la mitad del diezmo en el lugar donde tenían su actividad y la otra mitad en la parroquia en donde residieran en la capital.
De los algaribos la lexicografía actual todavía conserva la idea de extraños, de otro país o de otra clase. El arcaísmo, aunque nunca se extinguió, probablemente enraizado por la perpetuación de las normas -las que regulaban la recaudación de los diezmos tan mantenidas por inercia como todas las demás-, fue siendo desplazado, y los algaribos terminaron siendo conocidos habitualmente como fuera aparte (fp), los mismos que por otras administraciones en otros documentos de la época moderna se denominaban forasteros. Eran los contribuyentes que debían pagar en el lugar donde tenían la explotación, y de los que se sabía además que residían en otro lugar, en donde no pagaban el diezmo correspondiente a la actividad agrícola que mantuvieran fuera de su lugar de residencia. Para que quedaran bajo control, se les dio la consideración de un presunto distrito dezmatorio más dentro de su dezmería. El fenómeno y su alta frecuencia deben relacionarse con que esta clase de contribuyentes eran habituales en los lugares periféricos de los términos municipales más extensos, asimismo tan probables en la región. Su procedencia regular, el municipio limítrofe por cada lado, en cuya población residen y desde la que aquellas tierras son más accesibles que desde cualquier otro lugar, los hace naturalmente singulares como diezmadores. De modo que en la práctica no sería inadecuado que los gestores decidieran considerarlo un distrito dezmatorio específico.
El de albarrán era un concepto que se aplicaba exclusivamente a la actividad pastoril. Así se llamaba desde la baja edad media a los jóvenes solteros que se empleaban en el cuidado de las manadas de ganado de otra persona. Podían recibir a cambio un ingreso en trigo correspondiente al tamaño de la cabaña que cuidaran, una soldada del dueño del ganado también en forma de ganado o tomar a foro una parte del ganado bajo su cuidado. Algunos de estos mozos podían ser vecinos, hijos de vecinos o estar bajo la autoridad de sus padres o tutores, y por tanto referirse a una localización precisa en el espacio. Pero ellos, a causa de su trabajo, no tenían casa propia en un lugar poblado, fuera suya, dada o alquilada. Aun cumplidos los 18 años, se les seguía considerando albarranes mientras no tomaran casa, y se mantenían en esta condición hasta que no pasara un año y un día desde el momento en que la tomaran. Se decidió que los albarranes diezmaran en las vicarías donde el primer momento de adjudicación de las rentas del albarraniego (a) encontrara al dueño de la manada, aunque después del remate se mudara el albarrán a otro hato de otra vicaría.
En el episcopado del sudoeste eran extremeños (ex) los ganados ovino y vacuno que procedían de otros obispados. Los de aquende el Guadiana eran los de Silves, Badajoz, Córdoba y Cádiz. Los demás procedían de los de Castilla, Extremadura y los otros de Portugal. Solían llegar en noviembre y retornaban a sus lugares de origen en abril. Cuando el ganado estaba pastando en el territorio de una vicaría y paría, se ajustaba con su mayoral la cantidad equivalente al valor de la mitad del ganado nacido, y allí pagaban la renta. La otra mitad tenían que pagarla en el obispado de origen siempre que el ganado hubiera nacido hasta san Juan, 24 de junio. Pero si nacía después de esta fecha, todo el diezmo debían pagarlo a la iglesia regional. Ningún diezmo de extremeño se incluía en ninguna de las rentas que se recaudaban, excepto cuando se recaudaban juntos extremeño y albarraniego. Pero tampoco se aceptaría que fuera así para el ganado extremeño que hubiera en los donadíos, donde solía morir el diezmo. Estando en ellos el ganado extremeño, su diezmo se pagaba a los recaudadores de los donadíos donde nacieran las crías.
Pero, cualquiera que fuese la condición de los contribuyentes, todas las rentas en lo fundamental estaban decididas por los bienes sujetos a las prestaciones. Aunque el número de ellos cambiara de un lugar a otro y a lo largo de los siglos, siempre fue de varias decenas con seguridad, si bien no hay fuente episcopal que proporcione la lista completa. Si se hiciera el esfuerzo de extraérsela a alguna, es más probable que solo se consiguiera una instantánea próxima al momento en que fueron creadas sus rentas, después de lo cual, una vez que hubiera interesados en su percepción, sería difícil hacerlas desaparecer, incluso si dejaran de ser interesantes. Solo el rastreo empírico permite descubrir qué diezmos se cobraban, aunque tampoco esforzarse en completar por este procedimiento un inventario de todos los bienes cargados reportaría mucho más que una satisfacción a quienes se obsesionan con el detalle. Contribuye más a tener una idea precisa del alcance de las rentas identificar las más extendidas y remuneradoras. Aunque nominalmente el diezmo reivindicara desde su origen la condición de universal, y debiera detraerse de cualquier actividad productiva, desplegar el aparato recaudatorio que necesitara tanta ambición para la mayor parte de las actividades no hubiera recompensado el gasto. El límite racional de la rentabilidad se impondría, y su marco natural terminó siendo el de las principales producciones agropecuarias.
Las rentas que se detraían del trigo y la cebada, llamadas diezmos de pan o diezmos mayores, que se ingresaban en especie, son las que se deben mencionar en primer lugar. Su importancia era tanta que el resto de los diezmos se podían agrupar bajo la denominación de diezmos de menudos, un concepto que podía agrupar corderos, queso y lana, potros y becerros, miel y cera, las huertas, la grana o la seda, según lugares. A las rentas de cereales se asociaban los diezmos de semillas, la denominación genérica de las legumbres que alternaban con los cultivos del trigo y la cebada, así como los diezmos novales, una consecuencia de la oscilación de la cantidad de tierras sembradas de cereales. De un año para otro la causa común de las oscilaciones era la que imponía el sistema, cuyos dictados estaban integrados en la renta regular del pan. Pero más allá de estos cambios, el cabildo permanecía atento a saber si en las poblaciones del arzobispado se habían puesto en cultivo tierras antes dedicadas a otros aprovechamientos. Si las había, de ellas demandaban los diezmos novales, por tanto una renta que solo afectaba a las tierras sembradas de cereales.
El diezmo de las tres especies principales del ganado de aprovechamiento agropecuario, que eran el vacuno, el equino y el lanar, no solo se desdoblaba en el caso del ovino. Por una parte, se cargaba la natalidad y por otra los productos derivados de la cría que se comercializaran. El que cargaba los alumbramientos debían pagarlo quienes obtenían las crías y no quienes pudieran comprar, en el transcurso del año, cabezas de cualquiera de las tres especies. Para ejecutarlo con criterio, los recaudadores pedían el diezmo en momentos que se consolidaron como uso y costumbre, de modo que cuando el dueño del ganado pidiera al recaudador para que le cobrara el diezmo que le correspondía, este debía hacerlo. De lo contrario, el dueño no estaba obligado a pagar partos o postpartos, y además el recaudador quedaba obligado a pagarle las costas que hubieran originado guarda y pasto.
En cuanto al diezmo de lana y queso de oveja, se pagaba donde vivía el dueño del ganado, salvo en el caso de los vecinos originarios de la capital. Si tenían domicilio en la capital, lo pagaban en la collación donde lo tenían, y si no, en santa María la Mayor, tal como era uso y costumbre. También era una excepción que el ganado se herrara o se trasquilara en un donadío cerrado, en cuyo caso se aplicaba la ley referida al donadío. Mientras tanto, queso y lana de cabra se sumaba al diezmo que se deducía por los cabritos. Los diezmos de aceite y mosto, que se pagaban en los molinos y en las bodegas, no eran insignificantes, porque, aunque se tratara de bienes agroalimentarios, cargaban sobre los primeros productos industriales, lo que les valía el mayor valor acumulado posible. Los que hacían pasa estaban obligados a pagar su diezmo a los recaudadores del vino, en producto o en dinero, al precio que la vendieran, a elección del recaudador, si les quedaba pasa por vender. En la renta de las huertas de cada distrito dezmatorio, que pagaban quienes las tenían, se incluían los diezmos de las pertenecientes a fábricas o a hospitales radicados en ella si la huerta estuviera en el término del lugar. Pero si la huerta estuviera en otro término, pagaba el diezmo en donde estuviera la huerta. El diezmo del mimbre, allí donde se recaudaba la renta de semillas, se incluía en esta, y en donde no, en las rentas de menudos. Pero los diezmos de panizo y zahína, si los hubiera, no entraban en la renta de menudos, sino que eran renta independiente.
En suma. Si las rentas se segregaban por bien, por tratamiento impositivo y por residencia, y a su vez cruzando los tres criterios, de cada uno de los resultados podía deducirse una renta distinta que se recaudaba con independencia, decir que el diezmo era una renta es una simplificación que solo se puede justificar cuando se trata de hablar de modo muy sintético. Bajo el nombre de diezmo se recaudaban cada año, ateniéndose a un proceso de administración complejo, centenares de rentas, tantas como bienes estaban sometidos al gravamen en cada dezmería, y tanto la clase de contribuyente como su residencia daban origen a gestiones separadas, aun tratándose de ingresos originados por el mismo bien.
La defraudación del diezmo
Publicado: enero 21, 2019 Archivado en: J. García-Lería | Tags: economía agraria Deja un comentarioJ. García-Lería
Aunque las previsiones de la administración eclesiástica meridional sobre el cobro de los diezmos se cuidaban sobre todo del tramo que iba del arrendatario a los partícipes, no por eso dejaban de interesarse por la recaudación, quizás en términos demasiado generales.
Como reconocimiento de la autoridad adquirida para demandar las rentas, al recaudador se le entregaba un documento específico, llamado recudimiento, que iba firmado por el administrador de la vicaría y el escribano de la renta de la que se tratara. El vicario estaba obligado a publicarlo en la iglesia de donde era la renta, y ningún recaudador podía cobrar diezmo de ningún contribuyente si no disponía de aquella autorización. Si cobraba algo sin ella, se le podía demandar criminalmente lo que hubiera ingresado, y, si era arrendatario, además de que perdía las pujas hechas, que cobraría el cabildo a favor de quien debiera haberlas, quedaba obligado a pagar cuatro veces lo que hubiera recaudado. Recíprocamente, nadie debía pagar diezmo a ningún recaudador antes de que el recudimiento se publicara, y si alguien pagaba a quien no lo tuviera, se arriesgaba a verse en la obligación de pagar otra vez el diezmo que ya hubiera satisfecho.
A pesar de todas las advertencias, había diezmadores que se adelantaban a pagarlo incluso antes de que la renta se le hubiera adjudicado definitivamente a quien debía recaudarla. Lo prueba que de un trigo que se estaba recaudando, el administrador de la vicaría de referencia, al tiempo que remitió el resultado de las posturas en la población, dijo que era muy bueno, y para demostrarlo remitió una muestra del que ya estaba almacenado en la cilla, que, según explicó, procedía de los diezmos que ya habían enviado los labradores; en un momento en el que todavía estaban por concluir las subastas.
Los plazos previstos para que quienes tuvieran que recaudar los diezmos los cobraran también estaban reglados. Los del pan, por ejemplo, podían demandarlos hasta el último día de diciembre del año al que correspondieran las rentas. Pero si no los cobraban en ese plazo, quedaba a elección de quienes debían pagarlos liquidarlos en especie o en metálico, en este caso ateniéndose al precio común que valiera aquel mismo día en la población donde se debían las rentas, una tarifa bastante más realista que la tasa. Como recompensa, estaba reconocido que en caso de que fuera necesario, los recaudadores estaban facultados para demandar los diezmos a los contribuyentes ante la justicia eclesiástica, porque los responsables de impartirla eran personas que sabían las maneras y las formas de dezmar. Ahora bien, si los recaudadores se precipitaban a demandarlos ante otro juez, que en la práctica era cualquiera de los seculares, podían dar por perdidos los diezmos que demandaran. Además, que un recaudador se hubiera decidido por aquella vía no sería justificación para que, en caso de que fuera arrendatario, dejara de pagar todo el precio en el que se le había rematado la renta, ni obstaría para que se aplicaran a las partes que debían percibirlas las rentas correspondientes, a la vez que incurriría en que a partir de aquel momento no volvería a ser admitido en diezmo alguno.
Pero tanto una correcta gestión contable que asegurase a los partícipes sus cuotas como las previsiones legales para garantizar la recaudación de los diezmos eran solo la epidermis del mayor problema al que tiene que hacer frente el procedimiento para estimar el producto. Cualquier cifra que se refiera a alguno de los momentos de la detracción, sea mediante fieldad o mediante arrendamiento, está en alguna medida interferida por las relaciones, naturalmente antagónicas, propias de la deducción de cualquier renta. Entre lo efectivamente producido y lo realmente cobrado se interpondría la coacción, ya fuera bajo la forma de coerción jurídica, ya como disuasión desde los púlpitos; o como coerción desde los púlpitos o disuasión desde los tribunales; o como las cuatro cosas a la vez o prudentemente combinadas y dosificadas. Por efecto de estas refracciones, el contribuyente se sentiría legitimado para pagar por debajo del tipo impositivo, mientras que el recaudador, en uso de su fuerza legal, forcejearía por alcanzar esa frontera.
La secular resistencia al pago del diezmo está sobradamente documentada por la historiografía occidental. El resumen del relato de los procedimientos que para eludirlo ha publicado aun así puede ser largo. La ocultación de lo producido era el fraude directo o simple, pero también estaban entre sus formas más comunes el levantamiento precipitado de las cosechas, pagar en casa y no en el campo o la manipulación de las medidas con las que había que pagar. También eran frecuentes el cálculo grosero de lo recogido, no pagar diezmo de las granzas o producto de la segunda trilla, pagar diezmo de lo propio pero no de lo arrendado, no pagar cuando el producto es muy pequeño o alegar la dificultad para controlar una producción. Los cultivos dedicados al autoconsumo, tanto humano como animal, quienes los practicaban los presuponían al margen del diezmo, lo que no carecía de base legal, aunque, valiéndose de esta premisa, se podían exagerar las necesidades del autoconsumo. Que una tierra antes no estuviera sometida a la obligación de contribuir con su diezmo podía parecer justificación suficiente para no pagarlo en adelante, aun habiendo entrado en producción. Un cultivo, porque fuera nuevo, como hasta entonces no estaba sometido a la obligación del pago del diezmo, podía escapar a su carga. El cultivo intercalar asimismo podía escapar al control del producto creado, y el cerramiento o cercado también podía ser una frontera que detuviera a los recaudadores. Asimismo eran formas habituales del fraude los cobros discrecionales, fuera por debajo del tipo o por debajo de la magnitud del bien sometido a gravamen. Tanto los arrendatarios del diezmo como la administración que los cedía, podían tener suficiente con ingresar lo que los grandes productores, fácilmente identificables en cada población, les satisfacían, sin esforzarse en un control del fraude en el que pudiera incurrir el productor marginal, que probablemente causaría un costo mayor que el posible ingreso que proporcionara.
En el arzobispado del sudoeste, la resistencia al pago del diezmo no se documenta con menos facilidad, aun sin que quien se interese por él se lo proponga. Está en el origen de la prestación. En 1255, en el privilegio que concede la renta a la iglesia romana, es precisamente este argumento la causa que justifica su regulación. Es cierto que para entonces era ya un tópico normativo, y que mucho después, en 1410, se sigue aludiendo al mismo problema en términos muy parecidos a los de siglo y medio antes.
Parece que en la baja edad media los comportamientos abiertamente opuestos al diezmo llegaron a ser más activos que el fraude espontáneo. Una parte de ellos al menos se puede interpretar como una parte de la competencia entre poderes que caracterizó aquella época en región. En 1404, los diezmos de las villas y lugares de un señor no encontraban quien se hiciera cargo de su arrendamiento porque quienes podrían hacerlo le tenían miedo. Los candidatos a la recaudación, dicen los testimonios, temen que los maten, los acuchillen o los deshonren. Por la misma razón, el cabildo igualmente tenía dificultades para encontrar fieles que los cogieran, cillas para el pan, lagares o tinajas para el vino.
No obstante, los diezmos de menudos de la primera de las villas de aquel señor pudieron arrendarse, lo que degeneró a las consecuencias que se habían previsto. A quienes estaban recaudándolos algunos hombres que estaban en la población los acuchillaron e hirieron de tal manera que les rompieron el cuero y les sacaron sangre. La razón de tan violenta oposición a los diezmos a principios del siglo XV, según el cabildo, era que había señores que pretendían para sí los diezmos de sus señoríos -que algunos de vos queredes las rentas para vos, son sus palabras-, y para conseguirlo se valían de la acción violenta de hombres a su servicio.
La resistencia al pago desde posiciones de fuerza iría extendiéndose en línea descendente en la escala de los poderes. En 1423 fue un veinticuatro, título que distinguía a los regidores vitalicios del regimiento de la capital, quien puso dificultades para pagar los diezmos de los frutos que Dios le ha dado, mientras que todavía en 1441 los vecinos y moradores de las principales villas de un señor se resistían a dezmar bien y derechamente; aunque afortunadamente, para entonces, la oposición ya solo daba origen a debate y contienda entre el cabildo y el señor sobre fraudes y colusiones y encubiertas.
En 1547 la oposición al diezmo se habría naturalizado como defraudación: “[…] Juan Ortiz, en nombre del deán y cabildo de la santa iglesia de la ciudad […] dice que los diezmeros, y personas que son obligados a diezmar […] sin pagar el dicho diezmo de lo que cogen, llevan el pan a sus casas, y lo venden, y hacen de ello lo que quieren; y cuando el arrendador de los dichos diezmos lo va a recibir, no le pagan lo que deben, y lo que le dan, es de lo postrero que cogen, y de las granzas que hacen; y caso que por justicia les quieren [sic] medir sus trojes, para que paguen bien el diezmo, como lo tienen ya vendido, y comido, no lo pagan […].” Aunque se acepte cierta deformación interesada de los hechos por parte del declarante, parece que las prisas por comercializar a mediados del siglo XVI saltaban por encima de las leyes de diezmos y las insistentes amenazas de excomunión.
Para 1568, cuando Juan de Mal Lara publicó en la capital de la región su Filosofía vulgar, la resistencia se había instalado en liquidar el diezmo debido con el producto de más baja calidad. En la centuria segunda de su obra, registra en estos términos el refrán 17: Los diezmos de Dios, de tres blancas sisar dos, y añade que, a pesar de que el Evangelio dice que Lo que es de Dios daldo a Dios, y lo de César a César, no lo tenían en cuentan los que habían de pagar los diezmos de todo lo que estaba santificado a Dios, y procuran dar lo peor que tienen, porque no consideran ser aquello presente para Dios, sino para personas.
A partir de la segunda mitad del XVI, la defraudación se concentraría en acciones que no contravinieran abiertamente las leyes de diezmos. De 1589 es una relación de vecinos originarios de la capital que habían dejado de pagar en ella su mitad con la justificación de que en 1580 el hacedor que fue a una población a poner las rentas había dicho que todos habían de pagar sus diezmos en donde vivieran, lo que solo era parcialmente cierto según las leyes de diezmos vigentes. Y aquel mismo 1589 el cabildo se vio obligado a cobrar en fieldad los diezmos de un cortijo que sus dueños habían arrendado con la condición de que no habían de pagarlos, para lo que de ningún modo disponían de títulos.
Pero todavía en 1590 sobrevivía buena parte de las fragilidades de los sistemas de recaudación. Para dejar de pagar los diezmos de aquel año, ciertos diezmadores no declararían lo que debían pagar, aun habiendo llegado el tiempo en el que debían hacerlo. El cabildo estaba seguro que muchas veces se perdía su hacienda por no acudir con tiempo para cobrar, reflexionó, y que si con alguna hacienda se había de tener puntualidad era con los diezmos. Después de alzados y cogidos, a quienes debían liquidarlos se les hacía de más el pagarlo, y aunque para lo pasado la demora ya no tenía remedio, la experiencia debía servir para que aquel año se acudiera al cobro sin retraso. Dando por descontado que habría algunas personas que con poco temor de Dios y de sus conciencias no declaren lo que cogieren, creyó conveniente adelantarse e instruir a uno de sus vicarios para que avisara en caso de que algo así sucediera con el diezmo del vino. Si fuera necesario, estaba dispuesto a enviarle desde la capital una comisión del juez eclesiástico para que procediera contra los que no quisieran declarar, al tiempo que visitaba las bodegas y por los afueros ver lo que debieren de diezmo.
Aun así, a pesar de que se esforzara por aparentar severidad frente a la ocultación, tuvo que conceder a los recaudadores que en ocasiones actuaran con flexibilidad. A quienes debían recaudar unos diezmos de pan administrados en fieldad instruyó que procuraran cobrarlos en grano, y que, si no fuera posible, en moneda, que los tarifaran a la tasa, el precio máximo legal, de escasa autoridad en los mercados; y, si ni aún así consiguieran cobrarlos, que hicieran que los deudores al menos se obligaran por escrito a pagar en el futuro los que debieran. Al mismo tiempo, de ciertas fieldades, para dos lugares diferentes, tenía que reconocer que muchas personas habían quedado debiendo sus diezmos, así por no haberlos declarado como porque los que declararon no los pagaron enteramente.
Pero según avanzara la época moderna, la resistencia se iría resolviendo a través de pleitos en los que era necesario acreditar documentalmente los derechos a la exención o a la rebaja que se pretendieran. Una de las iniciativas que era motivo de controversia jurídica, incluso de jurisprudencia contradictoria, era la que afectaba a las tierras que, habiendo estado dedicadas al cultivo, se convertían en pastizal. Para más complicación, solía ocurrir que las decisiones arbitradas por los tribunales en estos casos oscilaban según lugares.
Se puede pues interpretar que con el paso del tiempo la resistencia al pago de los diezmos se iría civilizando y reduciendo el margen de sus posibilidades, aunque todavía en 1604 la administración episcopal se lamentaba de su supervivencia, y en 1661 el labrador de un cortijo se resistía a pagar el diezmo del ganado que Dios nuestro señor le ha dado. Cabe pensar que, según fuera avanzando la época moderna, las formas de la resistencia al pago del diezmo quizás no causaran un daño serio al ingreso de la renta, tanto menos cuanto más la renta diezmal y sus medios de coerción se fueran consolidando, e incluso podrían considerase pruebas de las escasas posibilidades de defraudación que tenía a su alcance el obligado al pago. Claro que también es posible conjeturar que la resistencia al pago de los diezmos pudo civilizarse gracias a una corrupción secular persistente, naturalizada y tolerada, resultado del equilibrio que se hubiera alcanzado entre quienes podían imponer un pago reducido de sus productos, porque la fuerza de la concentración como labradores se hubiera ido imponiendo en la producción agropecuaria, y los perceptores de unos ingresos que eran lo suficientemente grandes como para satisfacer una holgada supervivencia del beneficio.
Sean unas u otras las razones de la defraudación, o el grado y el alcance que conociera en cada momento, para el valor que el diezmo tenga como medio para conocer el tamaño del producto basta sospechar que el pago se defraudaba para anular su valor como indicador. La permanente amenaza de fraude que revelan los testimonios es suficiente para que, al menos tratándose del procedimiento, se admita que en todas las cifras que se relacionen con la recaudación hay un vicio de origen que las invalida.
El arrendamiento de los diezmos
Publicado: diciembre 3, 2018 Archivado en: J. García-Lería | Tags: economía agraria Deja un comentarioJ. García-Lería
Aforado el producto en perspectiva, en el arzobispado superpuesto sobre la región suroccidental los procedimientos para proseguir con la recaudación del diezmo en lo fundamental eran dos, el arrendamiento y la fieldad.
El arrendamiento consistía en transferir temporalmente el derecho a la percepción de una renta a un interesado en su recaudación, ajeno a la administración eclesiástica, mediante subasta pública. No faltaban aspirantes a disponer de la posibilidad, y para los titulares de la prestación tenía la ventaja de que los descargaba de costos y les aseguraba su ingreso. La confluencia de ambos propósitos fue la responsable de que se convirtiera en el procedimiento preferido para la recaudación de los diezmos y de que este rindiera regularmente.
El Libro de casa de cuentas es la fuente más directa para desentrañar cómo se arrendaban las rentas. El recopilador que redactó estas ordenanzas, que fueron el código para la gestión de los diezmos regionales desde fines de la edad media hasta su extinción, se concentró en prever y poner a punto las posibilidades de tal método, tanto que casi todo está dedicado a regularlo, aunque lo fundamental sobre él se encuentra en las cincuenta primeras normas. Basta leer su encabezamiento para reconocerlo: Leyes y condiciones con que se arriendan y cogen las rentas de los diezmos de esta ciudad y su arzobispado.
De este texto hemos localizado cuatro versiones. La más antigua, a juzgar por su escritura, tal vez esté cerca del original no solo por razones de precedencia. La segunda es una copia solemne, iluminada, ya de pleno siglo XVI, aunque con los rasgos de arcaísmo que se pueden esperar de los trabajos con pretensiones. Una nota suelta en su interior lo data en 1572, a la vez que cerca la fecha de redacción del ejemplar más antiguo al afirmar que esta recopilación se hizo por decisión del cabildo en 1495. La tercera es ya una copia del último tercio del siglo XVII. Difiere de los anteriores en que incluye como addenda normas nuevas, de los siglos XVI y XVII. La cuarta, que parece de principios del siglo XIX, es una transcripción del texto más antiguo. No obstante, el valor de esta fuente, aun desde su perspectiva, es limitado. Si hay que juzgar por los ejemplares conocidos, es necesario reconocer que es muy válida como una instantánea del momento en que fue recopilada, fines del siglo XV, aunque solo parcial para la época moderna. Las decisiones que modificaron o ampliaron su contenido, que nada pudo evitar que fueran necesarias, tomadas por el cabildo en uso de su autoridad, aunque se lo propusieran los receptores de las versiones más recientes nunca fueron refundidas con lo que ya se había recopilado.
En plena época moderna, para arrendar un diezmo se partía del nombramiento de un prebendado que se trasladaba a la población sede de la vicaría cuyas rentas se iban a ceder. A partir de aquel momento, era llamado hacedor por la propia administración de las rentas diezmales. Llevaba consigo una carta general que lo acreditaba y le otorgaba poder para dirigir las subastas. El administrador de la vicaría a la que llegaba debía publicarla y fijarla después a la puerta de cada una de sus iglesias.
Antes de partir, al hacedor se le advertía de que el cabildo había decidido que debía seguir al pie de la letra las órdenes que se le daban en el cuaderno que le entregaban. Redactado en la capital, primero recopilaba el valor que hubiera alcanzado el año anterior en el último remate cualquiera de las rentas de la vicaría parroquia a parroquia. La relación del valor que las rentas hubieran alcanzado cuando definitivamente se adjudicaba debía proporcionarle, junto con las tazmías, los criterios con los que tasar las rentas del año en curso cuando salieran al mercado de las subastas.
Además, se le recordaba que, antes de ofrecerlas, debía hacer públicas las instrucciones para actuar, así como las condiciones bajo las cuales se podía aspirar al arrendamiento. Con este fin, se le entregaban por escrito dos pliegos de normas, uno impreso y otro manuscrito. El impreso, en cuyo encabezamiento deán y cabildo de la catedral insistían en declararse administradores únicos y perpetuos de los diezmos del arzobispado, contenía las instrucciones más generales. Actualizaba y resumía las leyes de diezmos recopiladas a fines del siglo XV por lo que se refería al arrendamiento. Debía leerlas para que se supiera lo que preveían, y de haberlas publicado tenía que devolver testimonio, mientras que más adelante el notario de la vicaría dejaría constancia de que las condiciones ordinarias, las nuevamente añadidas y las prevenidas en el cuaderno del hacedor habían sido publicadas en el lugar donde se iban a celebrar las subastas, y que se habían hecho saber por dos veces en los sitios públicos de la población. Las manuscritas eran específicas y tenían un contenido muy práctico. También se le encargaba que cuando los arrendadores plantearan alguna discrepancia no tomara decisión alguna sobre cualquiera de ellas, sino que los remitiera a la contaduría mayor. Terminaba el cuaderno con otra relación, bajo el título de diezmos exceptuados, a la que precedía la última orden. Antes de ofertar las rentas, el hacedor haría publicar que se exceptuaban los diezmos cuya relación seguía, de lo que también debía devolver testimonio.
La concurrencia a las subastas era abierta, tanto que el hacedor publicaba, además de un mandato para que no prendieran a los aspirantes a arrendatarios que aún debieran diezmos, que igualmente podían estar seguros en la capital el día del último remate, un día antes y otro después. Pero había vetos a la concurrencia, derivados de las responsabilidades públicas, fueran civiles o eclesiásticas, y de las que se tuvieran en la gestión de los diezmos. Ningún alcalde mayor, corregidor, alcalde ordinario, alguacil, veinticuatro, jurado, caballero, escribano de concejo o de justicia, notario del consistorio o de rentas, oficial de la mesa arzobispal, capitular o de la fábrica de la catedral podía pujar ni ser admitido a las rentas, ni otros por ellos. Además, el cabildo, por auto capitular del 17 de enero de 1731, había mandado que en ningún caso pudieran arrendar administradores, notarios de rentas diezmales ni tazmeadores, directa ni indirectamente. Si lo hacían, quedaban de inmediato desposeídos de sus respectivos empleos.
El arrendamiento efectivo de cada diezmo empezaba por las ofertas que hicieran los interesados en hacerse con su recaudación. Las leyes de diezmos, para ponérselo fácil a los licitadores, incluían un calendario para la subasta de las rentas que coincidía con el de la maduración previsible de los frutos, cuando el monto de las cosechas y los esquilmos era evidente. Entre el 15 de junio y el 1 de julio para los cereales, según las zonas, entre el 1 y el 8 de septiembre para el vino, el 30 de octubre para el aceite o el 1 de mayo para corderos, queso y lana eran las fechas principales.
Las fases regulares de la subasta eran dos, una de primera adjudicación y otra de último remate. Para evitar equívocos, sus plazos y los lugares donde se desarrollaría cada una, desde las instrucciones que llevaba consigo y hacía públicas el hacedor quedaba claro que en primera adjudicación se rematarían un día en la población sede de la vicaría, y que algunos después, en la capital de la región, se completarían los remates finales. Pero no era necesario que todas las rentas agotaran este circuito. Porque unas podían adquirir un valor satisfactorio sin salir del mercado local, y otras cuando iban a la capital no conocían mejoras. También podía ocurrir que la primera adjudicación ocurriera en la capital, que las pocas que no se adjudicaran en la capital se remitieran a la población, donde se remataban en la primera fase, o que las subastas finales ocurrieran en la población y no fuera necesario ultimarlas en la capital. Pero todas, invariablemente, concluían su circuito administrativo en el marco de los mercados de venta de las rentas diezmales de la población que las generaba, donde siempre se cerraban formalmente.
A la primera fase de la subasta la documentación suele llamarla poner en estrados, en alusión a la formalidad legal del acto. Por mandato del hacedor y orden del administrador, y a consecuencia de otra de los contadores mayores del cabildo, los estrados se publicaban dos veces en los sitios públicos de la población sede de la vicaría, para que llegaran a noticia de los posibles arrendatarios y saber si habría alguien que deseara hacer postura en la renta. Si no aparecía quien hiciese alguna, ni en poca ni en mucha cantidad, el administrador ordenaba diferir los estrados para la mañana del día siguiente. Si tampoco al día siguiente comparecía en ellos quien hiciera alguna postura, ordenaba entonces que los estrados quedaran para la tarde del mismo día, y en caso de que tampoco compareciera nadie, la subasta quedaría desierta, y sería necesario devolverla a la capital y tomar las decisiones que, si se consumara definitivamente la imposibilidad de la cesión, desembocaban en la fieldad.
Calculado el producto con mucha aproximación, gracias al ajuste del calendario de las subastas a la maduración de los frutos, y para lo que le sobraban datos y experiencia, al licitador solo le quedaría ofrecer una cantidad por debajo del diezmo que se esperaba obtener, de manera que pudiera extremar su beneficio. Era dando por segura esta táctica como se incentivaba la puesta en marcha del mecanismo de la subasta. En su desarrollo, al valor tasado, híbrido del último remate del año precedente y la tazmía, a su vez excepcionalmente modificado por cambios de valor de última hora, se le irían deduciendo cantidades, por ejemplo de 5 en 5 o de 10 en 10 unidades, hasta encontrar un postor. A partir del momento que lo encontraba, su postura era ya una renta cierta, la primera cifra que estaba dispuesto a pagar por un diezmo un arrendatario. Reiteradamente, el notario de diezmos de la vicaría, cuando dejaba constancia de que se había puesto estrados una renta de acuerdo con las formalidades exigidas, a aquella adjudicación la llamaba remate a la vara. Así concluía esta primera fase y la cifra de la postura se convertía en la cantidad generatriz del resto del proceso.
El licitador que aspiraba a arrendatario, en caso de que consiguiera hacerse con la renta en primera instancia, se aseguraba pagar al cabildo una cantidad desconectada del producto estimado, en la medida en que a lo largo de la primera fase de la subasta el nivel que se había creído que podía alcanzar la renta iba descendiendo según se demoraba la licitación. Al tiempo, pretendería cobrar a los obligados a la prestación todo lo que le permitiera el tipo que correspondiera. El cabildo, como responsable de los intereses de todos los partícipes, no renunciaría a ingresar el óptimo correspondiente al tipo, y, por su parte, el diezmador siempre aspiraría a pagar por debajo del tipo, un deseo que lo enfrentaría con el licitador y el cabildo. La adjudicación de la postura fijaba pues el momento de máxima divergencia entre los intereses que se enfrentaban en el diezmo arrendado. Como consecuencia de este trance, las fuerzas en pugna contaminaban el procedimiento de subasta con unos intereses que lo cargaban con el mayor grado de complejidad.
Para amortiguar los efectos de la subasta a la baja, gracias a la cual solo se había conseguido captar a un arrendatario potencial, el cabildo catedralicio, que era juez y parte, arrebataba la iniciativa a quienes ya se habían adjudicado la renta. El medio del que se servía era la apertura, en el mismo momento en que quedaba fijada la postura, de una segunda fase de la subasta, durante la que solo se admitían ofertas para modificar al alza el valor ya consolidado, las que el lenguaje de la gestión de los diezmos llamaba pujas o mejoras, una vez que en la vicaría se había hecho público que el último remate de cualquier renta se haría en la capital el día previsto para cada una en las leyes de diezmos, y que quien quisiera mejorar con una puja una renta podía hacerlo incluso el día señalado para el remate hasta media noche.
Cualquier puja debía hacerse ante los hacedores o los administradores de las vicarías, tanto si estaban los hacedores en las poblaciones como si no, y solo era válida y se admitía si se presentaba por escrito ante el escribano o el notario de rentas, quienes mantenían al día sus registros de este proceso, y la relación y memoria de las mejoras que en las rentas se hacían, así como del estado en el que cada una se encontraba, y si alguna vez dos personas pujaban ante el hacedor o el administrador con presencia del escribano o notario, la puja que valía era primera. Pero el gestor de los diezmos, aun actuando con todo su rigor, para asegurarse la mejor opción todavía se reservaba concluir esta fase decisiva con discrecionalidad. Si el cabildo, o los contadores en su nombre, creían conveniente prorrogar el plazo del último remate que se hubiera publicado, siempre que no pasara de ocho días, lo podían hacer, sin que por ello los arrendatarios que hubieran pujado la renta quedaran liberados de las posturas o pujas que hubieran hecho. Asimismo, el cabildo, por alguna causa o solo por su libre voluntad, aunque una renta se hubiera pujado, podía decidir que de ella no se consumara el último remate, lo que equivalía a detener la subasta en el valor que creyera conveniente. En ese caso, como se daba por ninguno lo que en la renta se hubiera hecho, los que hubieran pujado no podían pedir la remuneración de las pujas que hubieran ganado. Gracias a estas excepciones, en la práctica, el cabildo, por último, disponía de todo el poder para adjudicar el arrendamiento de una renta según su criterio.
Para estimular la concurrencia de licitadores a esta fase definitiva, e incentivar sus pujas, se consentían los prometidos, un beneficio de la décima parte del montante de cada mejora que conociera la postura, que sería reconocido como beneficio legal del arrendador al que finalmente se le adjudicara la renta. Era un expediente habitual durante la época moderna, reconocido por las leyes que regulaban el arrendamiento de todas las rentas que se adjudicaban mediante subasta.
Las mejoras de la postura que podían hacer los licitadores habrían de ser siempre 1/3 (tercio), 1/5 (quinto) o 1/10 (diezmo) de su valor y de las sucesivas pujas que se fueran acumulando, siempre que no alcanzaran los 75 cahíces o 900 fanegas en las rentas de los cereales y los 9.500 maravedíes en las que se ingresaban en dinero. En el supuesto de que estas barreras se sobrepasaran, la postura y las pujas agregadas se podrían además mejorar en solo 1/20 (medio diezmo), así como ofertar cantidades de dinero hasta alcanzar un valor redondo, como dos mil reales o tres mil trescientos, que era lo mismo que trescientos ducados de cuenta. Cada uno de los tipos de puja, a excepción del primero, que mejoraba la postura, incrementaba el valor de la mejora antecedente en la cantidad que expresaba su denominación. Así, por ejemplo, se podía ofertar un diezmo o mejora del 10 % del valor de la postura, y a partir de aquí medio diezmo o 5 % del diezmo anterior, mejorar el diezmo y medio antecedente en un quinto y el quinto antecedente en un tercio.
Las pujas terminaban cuando nadie mejoraba la última, lo que automáticamente adjudicaba la recaudación de la renta al último postor y situaba el diezmo a un nivel que, aritméticamente, era el resultado de sumar a la postura el monto de cada una de las pujas que se hubieran ofrecido. Como consecuencia de las circunstancias que en cada caso modificaran las ofertas, los resultados de la acumulación de las pujas podían ser muy diferentes. En una renta poco competida, en el primer remate la postura había sido adjudicada en 44.642 maravedíes, y solo fue mejorada en un tercio, 14.880, de manera que el total quedó fijado en 59.522, un cálculo que tenía en cuenta que la administración de los diezmos siempre redondeaba despreciando los decimales. Pero en otra, muy competida, ocurrió que la postura había quedado rematada en 17.000 reales. La primera mejora fue de un tercio, y las siguientes un diezmo, otro diezmo, otro diezmo, medio diezmo, un diezmo, otro diezmo, medio diezmo, otro diezmo y otro diezmo, de modo que el total ascendió a 48.692 reales. Todos estos hechos, en cada caso, los registraba el notario de los diezmos de la vicaría en un cuaderno de pujas y remates, y finalmente certificaba el valor alcanzado por cada renta en los últimos remates.
Tanto de las posturas comprometidas como de todas las pujas que se hacían, cada concurrente debía otorgar contrato ejecutivo con las condiciones, renuncias y sumisiones que eran regulares en cualquier escritura de obligación. Al suscribirlo se comprometía a someterse expresamente a la jurisdicción de la capital, tanto eclesiástica como seglar, y a renunciar a cualquier fuero al que pudiera acogerse, a la pragmática de sumisiones más reciente y a cualquier privilegio o exención que tuviera. También aceptaba que, si actuara sin tener autorización acreditada para el cobro de la renta, la cobrara como suya y la cogiera, podía ser preso, prendado y ejecutado por la jurisdicción de la capital, fuera eclesiástica o seglar. Y aunque, de acuerdo con el compromiso antecedente, no podía oponerse a la ejecución, si por derecho debía serle admitida su oposición a ella, debía presentar a su costa el contrato original. De lo contrario, su oposición sería ninguna y no podía ser oída.
Pero, sobre todo, para su garantía, quienes pusieran en precio cualquier diezmo debían afianzarlo tal como estaba previsto en las leyes de la casa de cuentas. Ni el administrador ni el notario apostólico de la vicaría en modo alguno podían dar rentas a una persona sin que con ella se obligaran otras, y todas como principales y de mancomún. Tanto si fueran de primera adjudicación como por cada puja de mejora, para que fueran admitidas las fianzas debían ser de al menos dos personas. Luego todos los arrendamientos quedaban encomendados a sociedades.
Las que se constituían podían ser inestables y fluctuantes. Es más probable que estuvieran anudadas por el principio de fidelidad y resultaran estables y cerradas. Pero no era infrecuente que uno de los asociados, cuando subían las pujas, abandonara a su consocio, quizás presa del vértigo, y este tomara a otro que al menos dotara a la sociedad de la solvencia, cuando menos aparente, que necesitara para prosperar. El empeño al que la mayor competencia conducía restringía el número de rentas al que una sociedad podía aspirar, y era menos probable que una sociedad monopolizara todas las locales de un mismo bien, aunque esta siguiera siendo una posibilidad al alcance de una parte de las iniciativas. Sin embargo, para la solidez de las sociedades que los arrendatarios constituían ningún factor parece tan decisivo como el horizonte de rentabilidad que se podía abrir ante ellos si dispusieran de la décima parte del producto.
Si todo ocurría según lo previsto, con la verificación de las fianzas concluía el procedimiento de la cesión de las rentas. El notario de los diezmos de la vicaría las certificaba, y toda la documentación del arrendamiento, por último, quedaba en su poder. Pero todavía la aplicación de una norma podía provocar la repetición de la segunda fase de la subasta.
Cuando las rentas no se afianzaban, los postores y pujadores incurrían en quiebra, instrumento punitivo dirigido a imponer seriedad y rigor a las mejoras ofertadas por quienes pujaran. Tendría la virtud de poner al descubierto lo que hubiera de ficticio en las posturas y las cadenas de pujas, y cuáles eran los arrendatarios transitorios o testaferros que actuaban solo con fines especulativos, fundados en la esperanza de recompensar su intervención al menos con los prometidos. Por la misma razón, sería lo más adecuado para anudar bien, antes de intervenir en una subasta, las alianzas societarias.
Consumadas las quiebras, las rentas eran adjudicadas al licitador antecedente. Así, llegado el momento de afianzar una, un adjudicatario del último remate no la afianzó en el plazo que se le había concedido. Fue publicada la quiebra y la renta recayó en el pujador inmediato anterior, responsable de la mejora más alta precedente, quien tampoco la afianzó. De nuevo fue publicada la quiebra y se actuó, tal como estaba previsto, igual que en la quiebra previa. Tampoco el tercer pujador en orden descendente, que resultó ser asimismo el primer quebrado, pudo afianzar la renta. Otra vez publicada, finalmente fue afianzada por el que seguía en el mismo orden, que resultó ser el primer pujador en la segunda fase de la subasta.
Cada uno de los pretendidos arrendatarios que incurría en quiebra quedaba obligado a pagar a los partícipes la mejora que había ofrecido, en el mismo plazo y en los mismos términos que las rentas principales. Si eran quiebras en la renta del pan, debían pagarlas en grano, como se debía pagar la renta principal, sin que se pudiera alegar que no se había tenido intervención en la renta o que se pagarían a la tasa porque esta era la costumbre. Quienes así argumentaban no eran oídos en juicio ni fuera de él, y podían ser presos, prendados y ejecutados por la cuantía de la quiebra tal como se procedía por la renta principal y en los mismos plazos, tanto por un juez eclesiástico como por uno civil de la capital, de la misma manera que si hubieran suscrito uno de los contratos requeridos.
La secuencia descendiente de las quiebras a veces podía ser tan larga que no solo hiciera caer la renta hasta el primer pujador del último remate. Porque no hubiera mucho margen para retroceder –por no haber ponedor antecedente-, el resultado podía ser que el arrendamiento quedara al descubierto, sin que hubiera posibilidad de adjudicarlo a algún responsable. En ese caso, la renta recaía al torno de la almoneda, es decir, retornaba al mercado de las subastas, y de nuevo en estrados, a partir de un precio inferior, era pujada y adjudicada según estaba reglado.
La vuelta al mercado normalmente debía emprenderla una renta por la falta de fianza, de manera que el retorno a estrados sería un drástico ajuste a su demanda efectiva. Pero también podía estar causada por incumplimiento de la abstención. Si una vez rematada una renta se sospechaba que cualquiera de los que tenían prohibido arrendar había participado en la adjudicación, podía ser nulo el remate, quebrar la renta y quienes hubieran incurrido en aquella irregularidad debían pagar la puja o pujas que hubieran hecho, tras lo cual se consumaría la vuelta al mercado. Así ocurriría, por ejemplo, cuando el administrador de los diezmos de una vicaría consiguió adjudicarse una renta valiéndose de un traspaso como subterfugio.
El retorno también podía ser consecuencia de que alguna renta fuera sospechosa de colusión entre los arrendatarios, y así lo comprobaran los contadores del cabildo. Un excusado, a través de una sociedad formada por vecinos de otra población, participó en la subasta del arrendamiento de su propia renta, y consiguió que se rematara en él, en sociedad con su hijo, aunque finalmente una fuerte pugna por hacerse con ella se la arrebató. En casos así, bastaba la declaración de los contadores del cabildo para que a continuación abrieran de nuevo la renta, la devolvieran al mercado y admitieran las pujas que se hicieran. Podían hacerlo fundados en su propia autoridad, sin citar, llamar ni oír a los arrendatarios, quienes no podrían ir contra ella, ni por habérseles quitado la renta podrían apelar, suplicar ni reclamar por vía alguna, aunque fuera de fuerza. Además, los adjudicados perdían los prometidos y las pujas que hubieran ganado, y debían devolver sin pleito ni debate los frutos que de la renta ya hubieran cobrado.
Pero la vuelta al mercado de una renta no siempre tenía que ajustarse a los planes del cabildo como precursor de los intereses de los partícipes. De ahí que en la respuesta a estos contratiempos también se reservara la última decisión. No solo quedaba sujeta a su voluntad cuando afectara al incumplimiento del veto a participar en el arrendamiento de las rentas, tal como se afirma expresamente. En todos los casos, si una renta que hubiera vuelto al mercado de las subastas era adjudicada a su último nuevo pujador, mientras este o los que hubieran pujado en ella no hubieran sacado el documento que los autorizaba al cobro, quienes en el anterior remate frustrado la hubieran pujado, aunque en su momento no lo hubieran hecho, ahora de nuevo tenían la oportunidad de afianzarla y sacar el documento acreditativo que les permitiera cobrarla si el cabildo lo creía conveniente, sin que los que hubieran pujado en la vuelta al mercado ganaran las pujas que hubieran hecho.
La consecuencia de tanta discreción era que se podían provocar situaciones tan singulares que el cabildo, paradójicamente, actuara contra lo que formalmente estaba cumpliendo la norma. Rentas que se pujaban siguiendo el procedimiento regular y eran afianzadas por los adjudicatarios del último remate, sin embargo eran recogidas en administración a consecuencia de una orden del cabildo. Por las anotaciones de los contadores en algunos casos se deduce que todo había ocurrido de manera tan regular que incluso los pujadores ganaban las mejoras que habían licitado. Debió tratarse de decisiones del último momento, en las que el cabildo se viera en la necesidad de no defraudar ninguna de las expectativas creadas, sin perjuicio de que su actuación resultara contraria a los intereses del adjudicatario del arrendamiento.
Una teoría de las crisis de subsistencias
Publicado: febrero 10, 2017 Archivado en: J. García-Lería | Tags: crisis, económica Deja un comentarioJ. García-Lería
A mediados del siglo décimo octavo nadie descubriría nada si reconociera que los precios del grano cada año conocían oscilaciones regulares, tan previsibles como al alcance de quienes pudieran inducirlos. Según cada ciclo avanzaba, y las reservas de grano se agotaban, sus precios crecían en sentido positivo. El valor del incremento lo decidirían, actuando de manera combinada, el volumen de la cosecha precedente, la cantidad de grano almacenado y su capacidad de resistencia a las adversas condiciones que la tesaurización de la especie debía soportar. Si alguien ignoraba este curso cíclico de los hechos económicos, aún no habría sido iniciado en la cultura en la que vivía.
También formaba parte de ella el postulado que ahora se conoce como ley de King-Davenant. Había sido enunciada a fines del siglo décimo séptimo por Gregory King (1648 o 1650-1710 o 1712) y luego difundida y mejorada por Charles Davenant (1656-1714). Solo pretendía explicar la relación empírica entre una mala cosecha y el precio inmediato de los cereales, cuya vigencia sería activada por el miedo a no disponer de alimento durante las semanas siguientes a tal secuencia de hechos. Aunque cualquier contracción del producto lanzaba al incremento los precios, y viceversa, cuando se trataba de los cereales, según habían observado King y Davenant la covariación no era automáticamente inversa. Una pequeña caída de la producción podía estimular mucho el crecimiento positivo de los precios, así como un limitado exceso de la producción podía hundirlos de manera significativa. Las cosas ocurrían de aquel modo porque, mientras que la oferta del grano podía oscilar, su demanda siempre se comportaba con rigidez.
Una vez completados los ensayos que a partir de estos hechos hicieron, estimaron más precisamente que cualquier caída de la producción provocaba incrementos de sus precios por encima de sus correspondientes valores proporcionales. A unas caídas del 10, 20, 30, 40 y 50 % de la cosecha corresponderían unos incrementos del 30, 80, 160, 280 y 450 % de los precios respectivamente. Más adelante, quienes revisaron sus propuestas calcularon que cuando las subidas del producto eran del 20, 40, 60, 80 y 100 %, sus precios respectivos perderían aproximadamente 30, 50, 65, 75 y 80 %. De esta manera se pudo cerrar una primera formulación completa de esta particular teoría del comportamiento cíclico del precio del cereal.
Partiendo de estas ideas, Wilhem Abel, en su ensayo sobre la historia agraria de occidente, propuso el siguiente ejercicio. Sean tres explotaciones (A, B y C) de tamaño creciente. Con una cosecha media tipo y un precio de 20 unidades monetarias por quintal, el producto de cada una de ellas se compondría de la siguiente forma:
| A | B | C | |
| Cosecha | 250 | 500 | 1.000 |
| Consumo | 200 | 300 | 400 |
| Venta | 50 | 200 | 600 |
| Ingresos | 1.000 | 4.000 | 12.000 |
Con una mala cosecha, estimada en una caída del 20 %, según la ley de King-Davenant los precios subirían un 80 %, de 20 a 36. Luego los balances de las explotaciones A, B y C serían:
| A | B | C | |
| Cosecha | 200 | 400 | 800 |
| Consumo | 200 | 300 | 400 |
| Venta | – | 100 | 400 |
| Ingresos | – | 3.600 | 14.000 |
Con una buena cosecha, que aportara un incremento del 20 % por encima del valor tipo medio, según los mismos principios, en opinión de Abel los precios bajarían un 40 %, de 20 a 12. Para las explotaciones A, B y C los balances respectivos serían:
| A | B | C | |
| Cosecha | 300 | 600 | 1.200 |
| Consumo | 200 | 300 | 400 |
| Venta | 100 | 300 | 800 |
| Ingresos | 1.200 | 3.600 | 9.600 |
De donde deduce que una buena cosecha era menos rentable para la explotación de mayor tamaño que una mala. El óptimo de su posición en el mercado sucedería cuando la caída de la producción obligara a sus competidores a consumir todo el producto que obtuvieran en su propio consumo, sin que quedara a su alcance la posibilidad de competir. Fue una lúcida demostración del papel decisivo que en la agricultura de los cereales podía tocarles a las grandes empresas.
Las correcciones que W. S. Jevons (1835-1882) hizo a los valores calculados por King y Davenant, gracias a las ventajosas posiciones que ganó, fueron doblemente fructíferas. Para la historiografía, sus observaciones sobre el comportamiento de los precios del trigo en condiciones extremas tal vez sean más valiosas que las de T. R. Malthus (1766-1834), aun reconociendo que es difícil mejorar muchas de las opiniones de este referidas a la agricultura de la época moderna, gracias a que aún pudo sufrirla. Jevons observaba desde la segunda mitad del siglo décimo noveno, cuando el ciclo de la economía moderna podía darse por concluido. Pero sobre todo trabajó animado por su infatigable atención a la tesis de la utilidad marginal. Bajo esta inspiración, retornó a la teoría que ya en el siglo décimo séptimo había enunciado una ley sobre el comportamiento de los precios del trigo en respuesta al producto obtenido. Matizó sus resultados y mejoró los principios que se habían enunciado para referirse a los estados de sobreproducción.
Jevons, tras recordar que el autor original de aquella ley había sido Gregory King, cuyo nombre debería honrarse como uno de los padres de la ciencia estadística en Inglaterra, y repasar sus trabajos y aportaciones al asunto, centró su atención en Charles Davenant. El análisis de sus conclusiones, más el contraste con las opiniones de otros autores, como Thornton o Tooke, a quien cree la máxima autoridad en este tema, le llevaron a ensayar un enunciado de la ley con la forma de una función, de acuerdo con su habitual manera de proceder, sujeta la racionalismo que imponía sus principios al trabajo intelectual en la época en la que escribía. Para expresar con fidelidad las precisas observaciones de quienes habían convivido con la agricultura de los cereales moderna, referidas a la relación que hubiera entre la cosecha de grano y sus precios, finalmente decidió formular p = 0,824 / (q – 0,12)2, donde p es el precio del grano y q la cosecha obtenida. La propuesta conserva en las constantes el inevitable sello empírico de todos los ensayos, los del siglo décimo séptimo y los del décimo noveno. Pero para quien aspira a reconstruir situaciones distantes en el tiempo el lastre empírico no es una desventaja. Al contrario, es el rastro de hechos no del todo identificados pero que de otra manera se habrían perdido. Para la manera historiográfica de observar, tiene el valor de un documento, aunque sus coordenadas no se puedan precisar con el rigor debido. Sin embargo, Jevons, quizás no demasiado preocupado por los problemas del pasado, pero sí aconsejado por su permanente deseo de generalizar, encuadró el resultado al que había llegado en las relaciones del tipo y = a / (x – b)n, y así consiguió legalizar la evidente relación inversa entre las dos variables y la mediación del comportamiento exponencial de la segunda. Un buen hallazgo, porque permitía prescindir de conjeturas sobre lo que era bueno y lo que era malo, sobre si una cosecha era adecuada o no, sobre si los precios se comportaban de manera satisfactoria o adversa.
Al legalizar las relaciones entre producto y precio, las correcciones de Jevons amplían el horizonte y recomiendan modificar el punto de vista. Permiten suponer que el valor de la producción podía ser un efecto inmediato de la planificación del espacio cultivado, que una norma del sistema de los cultivos pudo ser la posibilidad de regularlo, y en consecuencia el producto posible, y por tanto los precios que se podrían esperar. Porque ponen en evidencia el incentivo a la contracción del espacio cultivado en las zonas donde estuviera bajo control de las grandes explotaciones.
Para poner a prueba el acierto de tan reveladoras modificaciones, basta con que supongamos un rendimiento que facilite los cálculos, 10 por 1; que por cada unidad de capacidad sembrada se obtuviera un producto diez veces mayor. Aceptando que por cada unidad de superficie se sembrara una de capacidad, si fueran puestas en cultivo 10.000 unidades cuadradas la cosecha sería de 100.000 unidades cúbicas. Si el precio del grano fuera 10 reales por cada una de estas, el producto bruto nominal que obtendrían aquellas tierras sería de 1.000.000 de reales. De acuerdo con las observaciones de King-Davenant, si se decidiera, por ejemplo, disminuir un 10 % la superficie sembrada el producto descendería a 90.000 unidades cúbicas. A esta caída de la cosecha correspondería un incremento del 30 % del precio, hasta 13 reales. Total, 117.00 reales de producto bruto. Según la formulación de Jevons, si se mantuvieran la inversión en simiente y los rendimientos medios, el precio se incrementaría hasta 13,6 reales, y por tanto el producto bruto inmediatamente ascendería a 1.224.000 reales.
La conciencia de la relación entre producto y precios de los cereales, durante la época moderna pudo actuar en favor de los planes de quienes aspirasen al mayor beneficio. La planificación restrictiva del espacio cultivado, al alcance de quienes conseguían en sus territorios acercar el mercado de las cesiones al orden del monopolio, permitiría mantener el conocido saludable efecto inflacionario, lo que ya sería suficientemente satisfactorio para los planificadores. Pero sobre todo contribuiría a desviar las masas de producto más importantes al almacén, a la espera de la oportunidad óptima, que llegaba de la mano de las crisis de las condiciones productivas, años en los que la pérdida completa de la simiente haría que los precios se dispararan. Como Jevons puntualiza, antes que alcanzaran infinito, valor posible en el marco de su ley, ocurriría que el desabastecimiento del mercado de la primera subsistencia evitaría que el producto disponible dispuesto a concurrir a él alcanzara el valor cero. Almacenistas e importadores, incluso si se propusieran evitar el efecto desastroso de la carencia de alimento, nunca dejarían pasar la circunstancia excepcional del beneficio óptimo posible. Está demostrado, por otra parte, que el efecto más catastrófico de la caída de la producción, consecuencia de la acción de factores que escapaban al control del orden tecnológico, tal como ocurría con las peores epidemias quedaba muy concentrado en unos pocos lugares de una región. Las ondas de las caídas del producto siempre serían concéntricas, y en todos los casos, incluso en los peores, habría grados de sus efectos dentro de un territorio, cuya extensión nunca sería un obstáculo que impidiera cargar con los costos de transporte de la mercancía, si estaban cubiertos por los precios previsibles.
Mientras tanto, en los ciclos durante los que el control del sistema de los cultivos era eficaz, el peso de la producción que debía llegar regularmente al mercado recaería sobre las empresas de menor tamaño, e incluso marginales, productoras a mayor costo relativo. Serían tanto más útiles: a) si se constituían sobre las tierras secundarias de las explotaciones de mayor rango, cuyo consumo de energía humana al menos parcialmente así podían satisfacer y convertir en un costo absorbido por la renta de la tierra tomada en cesión; y b) porque cargaban con el riesgo de incremento de la producción por efecto de un comportamiento en exceso generoso de los factores fuera del control de los sistemas de cultivos, que inevitablemente provocaría, según la regla formalizada por Jevons, una caída del precio del producto y por tanto de la renta de las empresas comprometidas en el cultivo de los cereales.
Probablemente la ley de King-Davenant es demasiado grosera, tal vez hasta sus correcciones mejor intencionadas lo son. No han faltado quienes la han descalificado, seguramente con buenos fundamentos. Que se cumpla exige demasiadas constantes. Además de que toma por invariable el tamaño de la población, solo regiría a condición de que no hubiera importación de granos, se careciera de excedentes de cosechas anteriores y no existiera posibilidad de sustituir el déficit de grano por otros bienes alimenticios; que la cosecha y la oferta de un año fueran iguales. En cuanto a las correcciones de Jevons, incluyen que se mantuvieran la inversión en simiente y los rendimientos medios, algo quizás más al alcance.
Pero probablemente todas son condiciones demasiado exigentes. La rigidez de todas las propuestas pudo ser la consecuencia de la falta de avales cuantitativos más sólidos. Los elementos de los sistemas eran algo más complejos, aunque no parte de un mundo cerrado y de condiciones demasiado excepcionales.
Pongámonos en el menos probable de los supuestos, que las conclusiones que van de King-Davenant a Jevons sean todas erróneas, aunque no podría decirse lo mismo de las evidencias a partir de las que trabajaban. Sin embargo, nadie podrá negarles poder sobre la opinión, como puede tenerlo la creencia en los fantasmas. Si desde el siglo décimo séptimo pudo existir la conciencia de que la parte más resistente de las empresas obtenía mayor beneficio durante los años en los que la producción caía, ¿a qué evitar adelantarlos? En la medida en que fuera posible, aquellos a cuyo alcance estuviera el beneficio que habilitaba la diferencia de tamaño no se resignarían a contribuir a que la mejor de las situaciones económicas posibles llegara cuantos antes.
Al margen del acierto de sus teorías, de sus formulaciones lo que más interés tiene es que depura una idea vigente en la agricultura europea moderna, que pudo inducir al menos una parte de las decisiones sobre la conveniencia o no de acometer, cada ciclo, una empresa dedicada a la producción de cereales. Limitar el número de empresas pudo ser una parte de la disciplina impuesta al uso del espacio en cada término, con el propósito de inducir el comportamiento de los precios más favorable para ellas. A una parte de las empresas podría convenirle la creencia en una caída de la producción.
Aparte otros indicios, su vigencia en la región suroccidental de la península ibérica podría demostrarse sobre todo por el control sobre el mercado de las cesiones. Diez mil unidades de superficie, las que hemos supuesto en el ejercicio que pretendía poner a prueba la formulación de Jevons, es una escala del espacio para la que el orden de monopolio del mercado de las cesiones era factible. Asociado a las técnicas consagradas por los sistemas de cultivos, el control sobre el espacio tenía como efecto la planificación de la superficie que cada año se ponía a producir, el modo más directo de decidir sobre el tamaño de la cosecha siguiente, entre todos los que estuvieran al alcance de las empresas que controlaban el sector.
Los medios técnicos que desplegaban las grandes explotaciones se esforzaban por permanecer invariables y efectivamente, en buena medida, estaban destinados a moderar el uso del espacio productivo. El sistema no era infalible ni exacto. Pero dadas las dimensiones y la concentración de las grandes explotaciones conseguía aproximarse de manera suficientemente satisfactoria al objetivo. Es bastante para reconocer que la producción podía ser regulada a conveniencia de los grandes productores de grano que eran al mismo tiempo quienes dominaban su mercado, y por tanto disponían de un buen margen para conseguir niveles del precio que les convinieran.
No sé que se haya demostrado que la ley de King-Davenant fuera conocida en el sudoeste de la península más occidental del Mediterráneo a mediados del siglo décimo octavo. La experiencia pudo ser suficiente para que en ella existiera, si no un cálculo preciso de los efectos sobre los precios de cada cosecha, conciencia de la relación que podía unir ambos hechos, las ventajas y desventajas de su comportamiento opuesto para las mayores ofertas y la regularidad con que se sucedían los ciclos. La teoría de King-Davenant ilumina el análisis de la tradición empresarial y desde luego invita a concebir de otro modo el número de explotaciones activas cada año y el efecto que podían tener sobre el mercado de las subsistencias y sus bloqueos cíclicos.
La inversión en la crisis
Publicado: marzo 7, 2016 Archivado en: J. García-Lería | Tags: crisis, económica Deja un comentarioJ. García-Lería
El caso que permite conocer mejor hasta dónde llegaba la política de recurso a los depósitos judiciales, con el objetivo de comprar trigo, tanto para el abasto de las poblaciones como para la siguiente sementera, es el de la capital, que afortunadamente puede reconstruirse con bastante exactitud. Un certificado de 5 de abril de 1756, hecho por su contador del cabildo y regimiento, a cuyo cargo la junta del reino puso la cuenta de los caudales destinados a la compra de granos, relata con detalle la procedencia de los fondos utilizados para subvenir a la calamidad que padeció la región por la falta de cosecha y socorro de los pueblos y sus labradores vecinos en 1750. Para aquella fecha, posterior seis años al momento crítico, todavía se estaban debiendo a los interesados en los depósitos tomados, por orden de la junta regional de granos que entonces se creara, para que actuara como gobierno de crisis, las cantidades respectivas. Habían entrado en poder de un tesorero, igualmente nombrado ex profeso por la misma autoridad regional de excepción, que entonces puso aquellos fondos a disposición de las autoridades locales.
1. El dinero se acopió entre fines de mayo y principios de julio en cuatro fases: del 21 al 29 de mayo la primera, del 9 al 12 de junio la segunda, entre el 19 y el 22 de junio la tercera y el 1 de julio la cuarta. La importancia de cada recaudación decreció según pasaba el tiempo. En la primera ocasión se acumuló la porción mayor, 472.078 reales 9 maravedíes, lo que supone un 84 % del total recaudado. Las dos partidas de junio añadieron a 74.177 reales 8 maravedíes (13 % del total) y 14.976 reales (2,7 %) respectivamente, y a principios de julio solo se agregaron 1.945 reales 17 maravedíes (0,3 %).
El dinero se reunió en plata y en vellón, pero la proporción de la primera fue muy superior: 539.158 reales 11 maravedíes, frente a los 24.018 reales 23 maravedíes en vellón, respectivamente 96 % y 4 % del total. De las partidas de vellón se dice que fueron tomadas a estilo de comercio, y de ellas una de 8.415 reales 25 maravedíes fue ingresada en ochavos, mientras que en los otros casos se habla simplemente de vellón.
La relación detallada de las partidas según inversor directo merece atención. El mayor interesado en la crisis fue la Casa de Misericordia de Sevilla, que aportó 280.618 reales 28 maravedíes, la mitad de todo lo que se invirtió. Utilizó con este propósito dos fondos procedentes de mayorazgos. El primero era renta de uno cuya poseedora era una marquesa con señorío sobre una población regional, al que pertenecían 173.294 reales 4 maravedíes. Un tribunal había mandado que la cantidad fuera depositada en la Casa de Misericordia, que la recibió el 22 de septiembre de 1749. Después la junta de granos mandó que esta obligación de depósito le fuera entregada al tesorero que había designado, quien a su vez recibió la cantidad del tesorero de la Casa de Misericordia.
Un negocio posterior desvió parte de este fondo a otro fin, tal vez porque la inversión en la crisis no fuera todo lo productiva que su alentador hubiera previsto. En 5 de junio de 1751 suscribió una carta de pago por 30.000 reales Francisco Martel, presbítero, que actuaba como apoderado de Diego Ignacio de Muros y Luna, vecino de la capital. Su receptor la impuso y situó sobre sus bienes, y a favor del citado mayorazgo, de donde se deduce que la tomó a crédito con la garantía de su patrimonio. Días después, el 16 de junio de 1751, la junta de granos emitió libramiento por 30.000 reales a favor del presbítero que actuaba como apoderado de Diego Ignacio de Muros y Luna y a cuenta de este depósito. De este modo su valor inicial quedó reducido a 143.294 reales 4 maravedíes de vellón.
La otra cantidad, de 137.324 reales 24 maravedíes, era el principal de un censo perteneciente a un mayorazgo poseído por Ana Dorotea Ordóñez, marquesa de Cardeñosa, viuda del marqués de Algarinejo. El duque de Medina Sidonia lo redimió y la cantidad recuperada la depositaron en la Casa de Misericordia de la capital por autos judiciales. La recibieron los llaveros de la Casa a 9 de octubre de 1749. En la escritura de redención y depósito la junta de granos mandó anotar estos antecedentes para que la suma pasara a poder de su tesorero. Le fue entregada por los diputados y llaveros de la Casa de Misericordia y por el administrador del mayorazgo mencionado.
No debe pasar desapercibido que las mayores cantidades invertidas en la crisis, que acumuladas fueron la mitad de los medios de financiación manejados por la junta del reino, fueron transferidos a la Casa de Misericordia cuando ya se había iniciado el año agrícola que conocería la crisis, respectivamente el 22 de septiembre y el 9 deoctubre de 1749.
Francisco del Río, vecino y del comercio de la capital, fue el siguiente gran inversor en la crisis. Contribuyó al fondo de la junta de granos con 142.151 reales 18 maravedíes, la cuarta parte del total. Se sirvió para ello de cinco fondos que le habían sido confiados en depósito: dos procedentes de rentas de mayorazgos y los otros tres de una disposición testamentaria, una partición de bienes y un embargo respectivamente.
Habiendo muerto sin testar el poseedor de un mayorazgo, se siguieron autos sobre su posesión. Eran renta del mismo 118.092 y medio reales, que quedaron en depósito de Francisco del Río. Como la junta de granos, según era regular, había acordado que al depositario se le recompensara con el medio por ciento del depósito que se le confiara, cuando a su tesorero le fuera transferido, de los 118.092 y medio reales fueron deducidos los 590 y medio que al depositario le correspondían por el medio por ciento del depósito, por lo que de éste quedaron líquidos 117.502 reales.
Valiéndose de las rentas de otro mayorazgo fue concedido un crédito de 3.960 reales. Por autos judiciales la cantidad fue depositada en José Martínez Riscos, cuyo hijo y heredero fue el mismo Francisco del Río, en quien paró la cantidad depositada. De ella se bajaron 19 reales y 3 cuartillos del medio por ciento del depósito. De Francisco del Río la junta recibió líquidos 3.940 reales 8 maravedíes.
Se siguieron autos de partición de los bienes de Juan Antonio de Andrade. En poder en poder del mismo José Martínez Riscos fueron depositados 8.458 reales, correspondientes a los bienes que se dirimían. Francisco del Río, porque era hijo y heredero de José Martínez, los recibió. Cuando se decidió traspasarla, a la cantidad le fueron descontados 42 reales del medio por ciento del depósito, y el tesorero de la junta de granos percibió de Francisco del Río 8.415 reales 25 maravedíes.
Contra los bienes de Francisco Gómez se siguieron autos. Por la venta de 12 reses vacunas y 7 caballares del patrimonio del encausado se obtuvieron 4.700 reales, que en 1745 se depositaron en poder de José Martínez Riscos. Por ser heredero y albacea de este, por último Francisco del Río entregó al tesorero de la junta 1.945 reales 17 maravedíes, resto de los 4.700 reales.
Una disposición testamentaria de Francisco Javier de Valladares pasó a un juzgado. A consecuencia de esta iniciativa 10.400 reales quedaron depositados en nuestro Francisco del Río. De la cantidad quedaron líquidos 10.348 reales 2 maravedíes, porque se bajaron 52 reales del medio por ciento del depósito. Fueron recibidos por la junta del propio Francisco del Río, su depositario.
La Compañía de San Fernando, creada en la capital en 1747 para recuperar alguna iniciativa en el comercio con las colonias, también actuó como inversor directo en la crisis, aunque su participación ya descendió por debajo de la décima parte. De un mayorazgo era poseedor Francisco de Carvajal, menor, vecino de Jaén. Renta del mayorazgo eran 46.323 reales 18 maravedíes, que fueron depositados en los directores de la Real Compañía de San Fernando. Por mano de Nicolás del Campo, tesorero de la compañía, pasaron a poder de la junta de granos.
La quiebra de José Gómez, vecino de la capital y fabricante de sedas, que fue objeto de auto de acreedores, aportó a la crisis una inversión similar a la procedente de la Compañía de San Fernando. La liquidación de sus bienes perecederos fue el origen de una parte de su contribución. Así, un negro [sic], que era patrimonio de la quiebra y que fue vendido. Su importe, 1.505 reales 30 maravedíes, fue depositado en Melchor Manuel de los Cobos, vecino de la capital, de quien fueron transferidos al tesorero nombrado por la junta de granos. Otros bienes pertenecientes a la quiebra también fueron liquidados. Su valor, 2.245 reales, entraron en poder de Francisco Antonio Barredo, escribano del juzgado segundo, quien igualmente los entregó al tesorero de la junta. Además, en poder de Gabriel Cordobés Pintado, fueron depositados otros 35.739 reales 15 maravedíes pertenecientes a la quiebra. El depositario transfirió la cantidad al tesorero de la junta, aunque luego hizo constar que había entregado de más por equivocación 318 reales. Por libramiento de los señores de la junta del 14 de agosto de 1750 se bajaron de la cantidad inicial, por lo que quedó reducido este depósito a 35.421 reales 15 maravedíes de vellón.
Juan Prieto del Campillo también fue intermediario en el negocio de la crisis, transfiriendo a sus fondos poco menos que la Compañía de San Fernando y la quiebra de José Gómez. Aprovechó ingresos de un mayorazgo, un censo y un auto de acreedores. Las rentas vencidas de la vacante de un mayorazgo que poseyó el marqués con señorío sobre una población regional eran 14.139 reales 10 maravedíes. Esta cantidad fue depositada en Juan Prieto del Campillo, a consecuencia de autos formados en virtud de reales provisiones y ejecutorias. Por bajarse el medio por ciento del depósito, a Francisco de Nuevas, el tesorero de la junta de granos, Juan Prieto del Campillo entregó 14.068 reales 24 maravedíes. (Hechos posteriores modificaron este ingreso. El 19 de abril de 1755 fueron embargados en el tesorero de la junta de granos los 14.068 reales 24 maravedíes porque pertenecían a Juan Tello de Guzmán. El tesorero de la junta se obligó a tener en su poder la cantidad que había entrado bajo su responsabilidad.)
Un tributo perteneciente al estado de Medina Sidonia fue redimido por 22.235 reales. Juan Prieto del Campillo otorgó escritura de depósito por esta cantidad. Cuando le fue reclamada por el tesorero de la junta de granos, le entregó 22.124 reales porque descontaba el medio por ciento del depósito.
Por los acreedores de Manuel Muñoz fueron emprendidos autos. En este expediente otorgó depósito Juan Prieto del Campillo por 275 reales. Bajados de ellos el medio por ciento del depósito, quedaron líquidos 273 reales 22 maravedíes, cantidad que el tesorero de la junta de granos recibió del depositario.
El único inversor que aportó menos de una vigésima parte pero más de una centésima fue José de Cotiella, quien debió obtener un censo para la compra de la hacienda que explotaba en un término inmediato a la capital. Quizás por haberla utilizado como garantía hipotecaria fueron promovidos autos. A consecuencia de ellos el propio Cotiella entregó al tesorero de la junta 11.368 reales correspondientes al capital sobre el que se dirimía.
El resto de las inversiones, de escasa relevancia, no pueden presentar a su favor otro hecho que la iniciativa judicial en modestas disensiones, que permitió que Andrés Ruano, un escribano de los tribunales, destacara entre todos los que en este tipo de procedimientos intervenían. Fue el caso de Mariana y Antonio Belloso, que murieron sin testar. El procedimiento judicial consecuencia de este hecho permitió que pasaran en depósito a poder de Andrés Ruano, que en aquella circunstancia actuaba como escribano del juzgado correspondiente, 569 reales, que por él fueron transferidos al tesorero de la junta de granos.
También ocurrió que los acreedores de Bartolomé López emprendieron autos contra él. Quedaron pendientes de resolución ante un tribunal en el que actuó el mismo Andrés Ruano. Por esta razón en su poder fueron depositados 600 reales, que también entregó al tesorero de la junta de granos.
Algo parecido sucedió con Pedro y José de Ostios, vecinos de Teba, quienes fueron embargados a consecuencia de los autos contra ellos emprendidos por Micaela Abet, viuda de Juan de San Miguel. Después, Tomás Redondo, vecino de la capital, también actuó contra los dos vecinos de Teba. Ambos procedimientos, que pasaron ante el mismo Andrés Ruano, permitieron que en su poder quedaran depositados 209 reales, que así mismo entregó al tesorero de la junta de granos.
Las demás transferencias a la junta de granos del reino no pueden verse como inversiones premeditadas, y solo el hecho judicial que las origina las vincula, si bien algunas no consiguen desprenderse por completo del interés financiero que pudo inspirarlas.
Se seguían autos contra Manuela Merino de Arévalo. El juez de los autos dio orden para que se pusiera en poder de Benito de Rojas, como depósito, cierta cantidad relacionada con el procedimiento que se seguía. Por haberse bajado de ella diferentes libramientos judiciales, así como lo correspondiente al medio por ciento de depósito, habían quedado líquidos de la mayor cantidad 1.936 reales, los mismos que entregó Benito de Rojas al tesorero de la junta de granos.
Una disposición testamentaria de Francisco Antonio de Ribas provocó un procedimiento judicial. A consecuencia de ellos una cantidad quedó en depósito. De la cantidad en depósito a poder de Nicolás de Robles pasaron 1.975 reales, de los que se bajaron 50 ducados, pagados de orden del teniente segundo, y 12 reales del medio por ciento del depósito. Quedaron 1.913 reales, que Nicolás de Robles entregó al tesorero de la junta.
En el caudal de la disposición del citado Francisco de Ribas a Gabriela Nieto de Pineda le correspondía una participación. Haciendo uso de ella, mediante disposición testamentaria propia, instituyó una dote de 550 reales a favor de la mujer de Juan de Angulo. Por libramiento de los señores de la junta de 26 de octubre de 1750 se libró a Juan de Angulo la cantidad de la dote a costa de los 1.913 reales que de este fondo restaban. Por esta razón quedó reducido el depósito a 1.363 reales, lo que fue anotado en la carta de pago o recibo que dio el tesorero de la junta el día 22 de junio de 1750 [sic].
A Diego Zuloeta pertenecían 400 reales. Por orden judicial fueron depositados en poder de José de Castro Cardenal, artista platero, quien los traspasó al tesorero de la junta. En relación con Ana de Baena así mismo se seguían autos, por los que se dio orden de que fueran consignados en poder del escribano que los tramitaba 110 reales, los cuales luego fueron transferidos al tesorero de la junta de granos.
Francisco Javier de Valladares, a través de su testamento, instituyó una manda de 1.889 reales 15 maravedíes, de la que nombró como fideicomisario a su padre, Cristóbal de León Gamero. Pero este falleció, por lo que la disposición testamentaria pasó al juzgado. Otro, Cristóbal de León, vecino de la capital, también estaba nombrado en la disposición de Francisco Javier de Valladares como depositario de la cantidad citada y la recibió, y fue él quien la transfirió al tesorero de la junta de granos.
2. Más interés que la procedencia directa de los fondos tiene la mediata o primitiva, la que precede a la mediación judicial. La mayor parte tiene su origen en rentas de cuatro mayorazgos, entre cuyos poseedores destacan los marqueses con señorío sobre una población regional. Acumulan un total de 321.188 reales 12 maravedíes, lo que supone el 57 % de todas las inversiones. También se invierte el principal de tres censos procedentes de rentas de mayorazgos, que se redimen con esta ocasión. Entre los actuantes bajo esta fórmula destaca el estado de Medina Sidonia, que en una ocasión es titular de capital y en otra redentor de censo. Por este medio fueron invertidos 163.388 reales 32 maravedíes, el 29 %. Así resulta que acumuladas las rentas de mayorazgos invertidas en la crisis a los capitales de censos procedentes de la misma fuente se obtiene el 86 % de toda la inversión, lo que reduce a una proporción de escasa significación el resto de orígenes de los fondos. El interés de los mayorazgos por participar en la crisis lo pone en evidencia la intervención del administrador de uno de ellos en la cesión de su capital a la junta de granos, sin que la mediación judicial parezca justificada.
Los demás procedimientos sólo significan el 14 % de las inversiones. Ninguno de ellos aporta una cantidad que supere los 12.000 reales y es muy común que queden por debajo de los 1.000. Se trata de depósitos consecuencia de disensiones provocadas por tres disposiciones testamentarias, tres quiebras y sus autos de acreedores, dos embargos, el empleo fraudulento de la garantía de un censo, un abintestato, una partición de bienes y tres autos indeterminados.
Se concluye, aparte los recursos que pudieran movilizar las poblaciones, que más de 19 millones de maravedíes fueron dispuestos para ser invertidos en el negocio de la crisis.
3. El recurso a los depósitos judiciales parece un procedimiento habitual para captar fondos con destino a las necesidades públicas. El dominio que los contemporáneos tuvieran sobre los procedimientos legales que lo facilitaban, muy superior al que podamos rescatar, crea no obstante sombra sobre el nexo entre el origen de los fondos y el imperativo judicial. ¿Por qué fueron elegidos unos depósitos y no otros?
Pero, aun cuando no se aceptara que quienes conocieran la ley pudieran organizar circuitos judiciales hábiles para el negocio, algo más elemental puede haber quedado inscrito en el que podemos observar. El plan para la captación de fondos desde posiciones judiciales no tuvo por qué ser distinto al de quienes la previeran con fines comerciales. Puede enseñar de dónde tendrían que provenir los capitales aptos para invertirse en operaciones de este tipo. Fuera o no intencionada la inversión, obtuvieran o no beneficio entonces, el caso es que fueron unas instituciones las que invirtieron en la operación comercial organizada para la crisis.
Hay partidas que son tan estrictamente judiciales como insignificantes. En estos casos el depositario regular es el escribano del procedimiento y no consta que deduzca en su favor ni siquiera el medio por ciento del depósito. Probablemente ahí esté la frontera entre el negocio financiero y la intervención judicial estricta. Pero otra parte de las que llegan a dominio judicial tiene unos antecedentes más complejos que en modo alguno son insignificantes. Detrás de estas se descubren secuencias de conexiones que parecen regulares. La conexión entre la administración de justicia y la junta la garantizan las autoridades públicas que la dirigen. Una parte de quienes actúan como jueces al menos en la jurisdicción local al mismo tiempo son miembros de ella. Creo que es bastante indicio, para los modestos límites del trabajo historiográfico, que la mayor parte de la inversión pueda relacionarse con las rentas de mayorazgos. Así lo evidencia el administrador de las rentas de uno que interviene directamente en la cesión de las rentas a la junta.
Aunque estuvieran protegidas por la intervención judicial, estas inversiones estaban expuestas a riesgos, como todas. Dado que su destino era el suministro de grano a los poblaciones, estas inversiones estaban garantizadas por los ingresos de los municipios: los que proporcionara el banco de granos local o pósito, cuyos descubiertos en caso de necesidad los propios compensaban, y en último extremo por el recurso extraordinario a los arbitrios, amparados legalmente por la real facultad. Así el riesgo de la inversión en este negocio quedaba reducido a la demora de su recuperación; con todas las garantías mencionadas, que al menos aseguraban la recuperación de la cantidad arriesgada.
Todo el horizonte de negocio podía quedar reducido a esto. Si las cantidades se prestaban en efectivo, no había posible beneficio, porque no estaba previsto ningún rédito a cambio de la cesión del numerario. Pero si las cantidades cedidas se prestaban en grano sí era posible el beneficio. Invertido el dinero en grano producido por una economía exterior, que por tanto se pagaba a costo de excedente, al entrar en el circuito de la economía regional, el grano adquiría el valor que correspondía a la escasez, el más alto posible. Para que el beneficio pudiera consumarse habría de actuar como realizador el comerciante que hiciera los necesarios trabajos de conexión, transmutador del valor y receptor y distribuidor de beneficios.
Este supuesto admite que los patrimonios que transitan por los tribunales, mientras las partes que por su causa se enfrentan dirimen sus contenciosos, no tienen un origen distinto al que hasta ellos, porque las familias más sosegadas evitan que escapen a su dominio, no llega, y que observados como un sistema todos los que pasan por allí no componen un espectro distinto al que la totalidad compondría.
De ser acertado el prejuicio especulativo, iluminaría el compartimiento subterráneo en el que están acumulados los ahorros; nos permitiría llegar hasta las fuentes del ahorro capaz de convertirse en inversión cuando en las poblaciones modernas sobreviene la oportunidad de crecimiento que la historiografía llama crisis de subsistencia.
Confiere verosimilitud al supuesto la política fiscal concerniente al trigo ultramarino, que estimula que todo el almacenado puede salir al mercado bajo aquella denominación. Las rentas deducidas del ahorro, de mayor magnitud que cualquiera que con ellas pretendiera competir, pueden ser invertidas en la adquisición de trigo y cebada -si no tienen ya esta forma-, para ser comercializados como granos ultramarinos. Subsidiariamente, pueden invertirse en la financiación del transporte del cereal, la otra gran fuente de beneficio durante la crisis.
Cómo aprovechar el tiempo
Publicado: diciembre 28, 2015 Archivado en: J. García-Lería | Tags: crisis, económica Deja un comentarioJ. García-Lería
Se ha explicado con insistencia que el clima, durante la época moderna, se convertía en un factor directo de la producción porque decidía los resultados de la empresa agrícola. Regularía lo que los clásicos llamaban capacidad productiva de la naturaleza o fertilidad. Con la mediación de la labor, la tierra, por efecto de la acción del sol y del aire, se purifica de los malos humores y se fecunda de buenos nitros, y consume las malas hierbas en que pudiera degenerar por falta de sazón o madurez, adoctrinaba uno de ellos. Pero, sobre todo, su responsabilidad se reconocía absoluta cuando su comportamiento resultaba adverso. Todos, sin excepción, lo señalaban como el causante directo de la pérdida de las cosechas de grano cuando estas ocurrían.
Con el deseo de verificar esta causa, se han hecho esfuerzos por aislar los elementos del clima que tenían consecuencias para la economía del cereal de la época moderna. Los de mayor incidencia en el secano, condición técnica a partir de la cual se generaba la masa del producto, según quienes más han adelantado en esta dirección, eran las temperaturas mínimas y medias de la estación fría, la duración de esta, el valor absoluto de las precipitaciones y el relativo de la aridez. Las bajas temperaturas del invierno, un signo invariablemente adverso, serían causa directa de malas cosechas porque helaban los campos de cereales y, cuando eran demasiado frías, destruían los cultivos y provocaban la muerte del ganado joven. Si el rigor del invierno se prolongaba y caía nieve sobre las mieses cuando ya estaban en flor, circunstancia que paralizaba su ciclo biológico, se ponía en riesgo la cosecha. También eran desfavorables las heladas en primavera, así como la precocidad de las temperaturas excesivamente altas. Pero la falta de lluvias era la que tenía efectos más nocivos, especialmente si ocurría en el primer trimestre del año agrícola, el último del año natural. No obstante, asimismo podían ser causa de mala cosecha el exceso de lluvias y las inundaciones que pudieran prolongarlo. Y si el clima conocía al menos una estación árida, la deshidratación endurecía tanto el suelo que había que esperar a que lloviera de nuevo para que fuera posible henderlo con el arado.
Otros han preferido partir de que el clima encontraba a la agricultura indefensa. Trazados los confines del marco productivo por la cantidad de tierra sembrada, cualquier alteración meteorológica la registraba inmediatamente la agricultura del cereal porque sus medios eran tan limitados que apenas podían decidir sobre el rendimiento. Todos los factores de la producción quedaban bajo su influencia directa. Ni el abonado ni los utensilios permitían modificar la productividad efectiva del suelo, si el tiempo no contribuía.
Las posibilidades de conocer el comportamiento del tiempo hace trescientos años son muy limitadas. Para la época moderna no es fácil disponer de datos que permitan describir su evolución durante los meses del ciclo vegetativo de los granos, que abarcaban los comprendidos entre otoño y junio, ni por tanto evaluar su responsabilidad en el progreso de las cosechas, menos aún sin deben ser tan precisos como pretende cualquiera de las propuestas. No parece que pueda haber buenos datos sobre los indicadores directos, o que puedan obtenerse. Los más próximos a mediados del siglo décimo octavo, los primeros de cuya existencia se tiene constancia, parten de series todavía inestables y son ya de fines de aquel siglo.
Es cierto que quien lo desee se puede formar un juicio sobre la responsabilidad que pudo caber al tiempo contando con que los textos invariablemente proporcionan indicios de su comportamiento, en especial cuando amenazaba con volverse en contra. Hay pacientes y extensas recopilaciones que así lo demuestran. Para el ciclo 1749-1750, del que efectivamente sabemos que se saldó con una fuerte caída de la producción en el sudoeste, los datos de esta clase a los que es posible recurrir son abundantes. Se concentran en tres series, una referida al otoño, otra a fines del invierno y la tercera a plena primavera, aunque esporádicamente en cada una de ellas se podría intercalar algún dato suelto más.
El 25 de septiembre de 1749 quedaron registrados las recias aguas que habían llovido y los impetuosos vientos que habían corrido, y el 4 de octubre que habían caído tales precipitaciones sobre la campiña que calculaban quienes las padecieron que permitiría el nacimiento de hierba. El 16 siguiente de nuevo había llovido en tiempo inmediato anterior, hasta el punto que la humedad proporcionada por aquellas aguas era bastante para sembrar pinos a orillas del primer río de la región. Pero el 30 de octubre otros se lamentaban, por primera vez en el transcurso de aquel año agrícola, de la falta de lluvias. Sin embargo, sabemos que entre mediados y fines de diciembre de 1749 de nuevo algo llovió en algunos lugares, aunque menos de lo que entonces se admitía como regular. Las cantidades caídas hasta entonces habrían sido tan exiguas que el 15 de diciembre las simientes del cereal aún no habían nacido.
A primeros de marzo ya era incuestionable la falta de precipitaciones, y a mediados del mismo mes aún no había llovido, por más que no sabemos exactamente desde cuándo. Pero en los días inmediatos algo cambió el tiempo y llovió, así como a fines de mes, aunque justo el último día de marzo en algunos lugares insistían en afirmar que la sementera que se había hecho en la campiña estaba seca. El balance pluviométrico negativo, al menos para la agricultura de los cereales, a fines del invierno era un hecho generalizado.
La siguiente colección de indicios sobre el comportamiento del tiempo, correspondiente al mes de mayo, puede valer para hacerse una idea del tiempo que hizo en primavera, aunque en este caso el único medio que habilitan las fuentes para obtener nociones útiles es nada más que el aspecto que entonces presentaban los cereales. A la ambigüedad a la que lleva una colección de testimonios de quienes mantenían alguna labor, del 23 de mayo, días inmediatos y siguientes, abre una vía algo más precisa el que descubre oscilaciones del tiempo durante las semanas precedentes. Entre fines del invierno y aquellos días, según este, llovió, con lo que en algunos tuvieron esperanza de que al menos se cogería el grano para volver a sembrar, aunque no habría cosecha alguna porque la mayor parte de lo sembrado se había perdido. Las oscilaciones en los pronósticos de aquellos labradores serían consecuencia de los cambiantes signos del tiempo a fines de aquel mes. Por medios distintos a sus testimonios se averigua positivamente que ya entrado mayo repitió la lluvia en abundancia. Con seguridad fue recogida en cantidades significativas en la capital antes del 25, y entonces se tuvieron esperanzas, si no de suficiente cosecha, al menos de asegurar la salubridad de la primavera, cuya sequedad era temible. Y del 8 de junio sabemos, por testimonios de escribanos, que aquel día en algunos lugares las actividades públicas tuvieron que suspenderse a causa de la mucha lluvia que estaba cayendo.
Las observaciones meteorológicas que en los documentos quedaron registradas durante el ciclo 1749-1750 no eran muy distintas a las de ocasiones similares. Otros informes, referidos a plena primera mitad del mismo siglo, explican, por ejemplo, que en el transcurso de un otoño el comportamiento del tiempo empezó a interpretarse como seco, mientras se hacían los trabajos de la siembra, porque las lluvias, a juicio de quien escribía, habían sido escasas. Para otro observador, que la sementera del año no hubiera nacido pasada la primera mitad del mes de enero, también como consecuencia de la falta de lluvias, era anómalo, mientras que un tercero, ya en febrero, enfatizaba el alcance de la sequía subrayando su coincidencia con muchos aires secos del norte y de levante. La secuencia de indicios que a mediados del siglo se coleccionó puede ser aceptada como representativa de las observaciones que se hacían durante los años considerados críticos. Siempre se trataba de afirmaciones más o menos expeditivas, que se concentraban bien en indicios fenológicos directos bien en la descripción de la lluvia, el meteoro al que se le atribuía el papel más directo en el desarrollo de los cultivos.
El balance que permiten no es demasiado alentador. Son noticias discontinuas y de escaso rigor, y por tanto de utilidad muy limitada. Para decidir sobre el papel que al tiempo le corresponde en la activación de la fecundidad de la naturaleza, o en el estímulo de todos los factores de la producción, hasta llevarlos a sus mejores niveles, y sostener con fundamentos sólidos una teoría del papel del tiempo en las crisis, con estos datos no es posible. Subsiste la dificultad de disponer de información regular y directa sobre el comportamiento del clima durante los años centrales del siglo décimo octavo.
Se han ensayado distintos medios de aproximarse, sin la mediación de juicios, a información más rigurosa y contrastada sobre los indicadores meteorológicos. Para el cereal, se ha propuesto utilizar la fecha de los contratos de siega que suscribían los inmigrantes, tal como la proporcionan algunas contabilidades. Cambiaban de un año a otro en función del grado de maduración del fruto. Con relativo éxito, e idéntico sentido, se han utilizado las rogativas a determinadas imágenes en demanda de lluvias, que sin embargo, porque naturalmente eran un fenómeno discontinuo, no permite crear medios estables de observación y análisis. Por el momento, la fecha del comienzo de la vendimia es la que ha mostrado la mayor solidez como indicador de las temperaturas del aire. Si la continuidad de las colecciones documentales permite conocerlas, cuentan en su favor con la insustituible ventaja de la frecuencia. Contada la fecha del comienzo de la vendimia en días a partir del uno de septiembre, muestra un alto grado de relación inversa con los cambios de valor de la temperatura media del periodo de abril a septiembre. Cuantos más días transcurren entre su día uno y el comienzo de la vendimia, tanto menor es el valor de la temperatura media. Aunque significa renunciar a la observación directa, y resignarse a la fenológica, quien las ha patrocinado con el fin que nos proponemos ha obtenido cierto éxito. No es prudente desoír sus sugerencias, más aún cuando de lo contrario, como en tantas ocasiones, si se adopta la actitud opuesta, a lo máximo que se puede aspirar es a la ignorancia.
Para verificar hasta dónde es posible desarrollarlas, primero hay que reconocer su limitado alcance cuando se trata de la agricultura de los cereales, el objeto preferente de nuestro interés. Lamentablemente el ciclo de maduración de la vid solo se superpone en su tramo inicial al último del cereal. La relación de uno con otro no está avalada por los respectivos procesos vegetativos. Pero es posible transferir el sencillo procedimiento a colecciones que registran el cultivo de los cereales si cumplen con idénticas propiedades de rigor y continuidad. La transferencia que ensayamos, que consiente experimentar en esa dirección, se basa en las fechas de las subastas de las rentas diezmales, el primero de los ingresos de los que haya dispuesto la iglesia católica.
En su episcopado suroeste, el llamado remate a la vara era uno de los actos por los que aquellas rentas eran adjudicadas a quienes arrendaban su cobro. Se subastaban por separado los diezmos de los cereales, llamados el pan por los gestores de la región eclesiástica; los del vino que denominaban temprano, que era el producido en buena parte de sus campiñas; los del vino tardío, o vino del resto de los territorios de su valle central; los del vino de la sierra, al norte de la región; y los de todo el aceite.
Los calendarios para que fueran celebrados los remates, en el caso de los diezmos, estaban delimitados por las normas canónicas que regían el recaudación del derecho, si bien la decisión definitiva sobre cuándo habían de celebrarse la tomaba según recomendaban las circunstancias cada año, en la región episcopal, su cabildo catedralicio, que ostentaba todos los poderes en materia diezmal. El sustrato informativo sobre el que se sostenía la decisión está descrito con cierto detalle en los autos capitulares de la corporación, el documento en el que precisamente constan las fechas a las que nos referimos. Su contaduría mayor esperaba a recibir informes de al menos la mayor parte de los administradores de estas rentas, red de su organización cuyos centros eran las cabeceras de las vicarías o comarcas eclesiásticas. Sus responsables solían ser clérigos con cargo pastoral, que al mismo tiempo ostentaban la máxima autoridad canónica en aquella jurisdicción intermedia entre la parroquia y el obispado. Aparte el poder ordinario que de este cargo derivaba, como administrador de rentas diezmales el vicario mantenía contacto permanente con la contaduría por carta, medio a través del cual enviaba todo tipo de informes relacionados con las rentas y por el que recibía de la contaduría toda clase de instrucciones y órdenes. El objeto particular de los avisos de los administradores, en el caso de nuestro interés, era el estado de las cosechas.
Es probable que la contaduría que específicamente se ocupaba de las rentas diezmales quedara al margen de este circuito informativo, porque no consta que elevara informe a la contaduría mayor, la primera de las oficinas de la catedral. Recibidos los avisos de los administradores, esta anotaba en su cuaderno los informes que recogía. En aquel mismo cuaderno hacía constar cuándo en su opinión habían de ser rematadas las rentas de cada año, y era este mismo documento, el cuaderno de la contaduría mayor, el que presentaba al cabildo. En él relataba los informes que había recibido de los administradores. Luego, proponía las fechas que le parecían adecuadas para los respectivos remates y en todos los casos el cabildo las corroboraba.
Puede discutirse sobre cuál sea el sentido de cada fecha. Que la subasta del vino estuviera separada en tres diferentes, y no la del pan o la del aceite, añade un importante aval a la propuesta de la que parte nuestra experiencia, porque indica que en su momento, efectivamente, a la vid se le reconocía una mayor sensibilidad ante el comportamiento de los elementos meteorológicos incidentes en la agricultura, tal como posteriormente la historiografía ha registrado y hecho suyo. Pero asimismo se puede discutir que la sazón, que es óptimo producto y óptimo beneficio también para la cesión por arrendamiento mediante el cobro del diezmo, sea indicativa de un comportamiento térmico o de las precipitaciones, o que el estado adverso sea el efecto de cierto grado de la aridez, que percibe la acción combinada de los factores meteorológicos.
Es necesario reconocer además que parte del valor que este indicador está limitado, como puede deducirse de la descripción del procedimiento informativo, por su carga burocrática, que es muy alta, tanta que son los signos administrativos los más sensibles. Todos los días señalados para el remate eran domingo, lo que estaba justificado por las reglas de gestión. Se aprovechaba la misa mayor para reclamar de los fieles su contribución a la parte menos espiritual del cuidado de sus almas. Lamentablemente, esto resta mucha precisión a las fechas que suministran los acuerdos. Aunque sean regulares y su dimensión multisecular, lo realmente significativo de los datos que proporcionan sería en cada caso la semana del año, no el día del mes. Aunque conserven toda su carga cuantitativa, las diferencias entre unas y otras fechas pierden sensibilidad. El valor de las diferencias puede oscilar entre siete días, lo mínimo posible, y veintiuno, lo máximo observado. Entre uno y otro valor el tiempo solo puede tomar el valor catorce días, lo que restringe mucho las posibilidades de reaccionar a las diferencias.
Pero no es útil entrar en estas discusiones, que en buena medida serían ociosas porque solo pueden llevar a un callejón sin salida. Aceptemos, pues, que cada producto expresa una respuesta biológica ante las condiciones ambientales, y específicamente que las variantes territoriales añadidas al vino lo cargan de mayor valor para el fin que perseguimos, porque deben acusar sobre todo las condiciones térmicas que la posición en el espacio destila en el producto. La decisión final a favor de una fecha para cada subasta dependería del grado de maduración de los frutos respectivos, por lo que las acordadas serían un índice de la acción conjunta de la humedad y la temperatura de cada año.
Para que pueda juzgarse si estas premisas son acertadas, y si las condiciones meteorológicas pudieron ser tan responsables del desarrollo de los cultivos como se pretende, hemos decidido seleccionar los remates a la vara de la década que encuadraba el año biológico que terminó a mediados de 1750, del que de antemano sabemos que fue catastrófico para el cultivo de los cereales, a consecuencia de la falta de lluvias según las fuentes.
Al remate del pan la fecha más temprana que durante aquella década se le adjudicó fue el 17 de junio y la más tardía el 3 de julio. Entre una y otra hay poco más de dos semanas de diferencia. Lo regular era que la decisión se hiciera a favor de algún día de la última decena de junio. En el caso del remate del aceite, la primera fecha elegida fue el 1 de noviembre y la última el 10 del mismo mes. La diferencia entre ambas se reduce a una decena de días y las fechas más comunes con preferencia se concentraron en su segunda mitad. En el remate del vino temprano la fecha más adelantada fue el 12 de agosto, mientras que la más atrasada fue el 27 del mismo mes. En este caso, la diferencia entre uno y otro límite es de dos semanas aproximadamente, y los casos se distribuyen por igual entre la segunda y la tercera decena del periodo. Cuando se trató del remate del vino tardío la primera fecha elegida fue el 19 de agosto y la última el 10 de septiembre. La diferencia entre una y otra es de tres semanas, aunque los casos se concentran con preferencia en la primera decena de septiembre. Si era el vino de la sierra el que se subastaba, como máximo la fecha de su remate se adelantaba al 21 de septiembre, mientras que el límite de los retrasos alcanzaba hasta el 6 de octubre. De nuevo la oscilación abarca dos semanas, al tiempo que las fechas tienden a concentrarse en la última semana de septiembre.
A las decisiones sobre las fechas en muchas ocasiones acompañaban argumentos que las explicaban. En 1747, hablando del vino de una población de la sierra, se esperaba que sus rentas fueran escasas, por lo que el cabildo había decidido que hasta allí no se desplazara ningún hacedor capitular, sino que la contaduría remitiera al administrador una orden para que las pusiera y rematara por sí mismo. En las rentas del aceite se actuó de manera similar. En vista de la cosecha que se podía prever, era preferible que no fueran hacedores a rematarlas.
Se repitieron estos argumentos en relación con el vino tardío, en 1749. Como también se presentaba una cosecha corta, el cabildo decidió que tampoco fueran hacedores a las parroquias de la zona para completar el proceso de adjudicación de los cobros. Las noticias que se tenían sobre la cosecha de aceite de 1751 indicaban que también habría de ser escasa, por lo que el cabildo asimismo decidió no enviar hacedores de las rentas de aceite al condado, y que cuando la contaduría tuviera razón de las rentas de la sierra el cabildo estudiara qué hacer. Y en 1752, también a propósito del aceite, el cabildo se reservó asimismo la posibilidad de que los hacedores hicieran su trabajo en cualquiera de las vicarías de la región.
En 1753, cuando se trató de las rentas del grano, teniendo en cuenta lo adelantado del tiempo y el calor, se decidió que las rentas se debían poner a la vara cuanto antes, para así asegurar el ingreso, aunque ya hubieran sido puestos fieles de orden de la contaduría. Si en algunas zonas, según los informes que llegaran de los administradores, conviniera retrasar la decisión, la contaduría tendría que dar cuenta de la circunstancia al cabildo. De todos modos, atendiendo a lo estéril del año, y a las malas noticias que de los campos llegaban, el cabildo ordenó que tampoco en esta ocasión se desplazaran hacedores para gestionar las rentas de los cereales. En cuanto a las rentas del vino tardío, también en 1753, considerando la cortedad de la cosecha, de la que se había informado, se decidió asimismo la ausencia de los hacedores. Por idéntica razón, del mismo modo se actuó para las rentas del vino de la sierra y todas las de aceite.
Para las rentas del vino tardío, en 1754, sabiendo que era poca la cosecha esperada, el cabildo también mandó que no fueran hechos hacimientos. Para evaluar el vino de la sierra tampoco fue enviado gestor alguno, igualmente porque sería escasa la vendimia, según las previsiones. Y a la de aceite, porque era mediana, tampoco fueron enviados los correspondientes hacedores. De 1755, con referencia al vino de la sierra, se sabe que se había adelantado la maduración de la uva.
No es necesario detenerse en los cometidos de cada uno de los personajes de la administración diezmal que las acotaciones mencionan para deducir que las decisiones negativas sobre su presencia en las poblaciones o su inactividad trataban de reducir costos en la gestión del derecho. Comparadas las fechas con las afirmaciones que las acompañan, se tiene la impresión de que las decisiones sobre el remate de las rentas son más útiles por las apreciaciones sobre el comportamiento del tiempo que habitualmente se adhiere a aquellas. Pero, aunque permiten adelantar algo más en el conocimiento del comportamiento de los agentes meteorológicos, que nos devuelven, incluso cuando son muy explícitas, a la pura descripción de síntomas, la constante refracción que provoca la decisión sobre los mediadores administrativos inmediatamente modifica el valor sus informaciones.
Para llevar al límite este experimento, solo resta analizar el comportamiento más inmediato, las informaciones de un año, en nuestro caso el central, 1750, y deducir si el tiempo en su transcurso tuvo responsabilidad en que fuera catastrófico, puesto que se reconoce que a esta anomalía los registros serían más sensibles. Para el remate del vino temprano en 1750 fue fijado el 9 de agosto. En 1750 la maduración de este fruto pudo ser excepcional. Se adelantó más que en cualquiera de los demás momentos del periodo. En la mayor parte de las campiñas las temperaturas pudieron ser más altas de lo habitual. El vino tardío se remató el 23 de agosto. Las temperaturas de aquel año, observado desde el mismo producto y otro territorio, aunque estuvo dentro de lo regular, tendríamos que reconocer que habría que situarlas entre las tempranas. Dado que fue el 13 de septiembre el día elegido en 1750 para la subasta del vino de la sierra, de nuevo estaríamos ante un adelanto extraordinario, y de nuevo tendríamos que reconocer en las sierras que las temperaturas tal vez fueran anormalmente altas. Para el remate del aceite el día elegido fue el 8 de noviembre. En este caso el dato debe admitirse como indicio de hechos regulares en cualquier sentido. Pero lo más directo, desde nuestro punto de vista, es lo que ocurriera con los cereales. En 1750 fue fijado para el remate de la renta el 21 de junio. Como las fechas límite de la época estaban comprendidas entre el 17 de junio y el 3 de julio, y lo regular era que se concentraran en la última década de junio, en modo alguno lo ocurrido este año podría admitirse como anómalo. Lo más que podríamos decir es que se trató de una fecha algo adelantada. En cuanto a las anotaciones que acompañan a las referencias al calendario en 1750, este año fueron dos. El cabildo acordó que para las rentas de los cereales no salieran hacedores, de acuerdo con la limitada cosecha que se esperaba, y la misma decisión tomó cuando trató sobre la fecha más conveniente para la subasta del vino tardío.
Hecho balance, no termina de imponerse la impresión de que 1750 fuera un año excepcional. Toda la colección de indicios, más las decisiones asociadas al calendario, indican que el año no fue, desde el punto de vista de la humedad, especialmente anómalo. Tal vez el otoño de 1749 fue seco, y aunque el invierno también lo fue, no sería adecuado considerarlo anormal. Lo que tal vez pudiera añadirse sobre el defecto de aguas acumulado es que las lluvias de primavera parece que se retrasaron algo más de lo habitual. Se puede concluir que la temprana maduración tanto del cereal como sobre todo de la uva pudo ser consecuencia de un efecto combinado de baja humedad y altas temperaturas, y es probable que su verano, cuando ya se había completado la siega de los cereales, fuera caluroso.
El alcance de nuestro experimento es muy modesto, impreciso, limitado. No es más alentador que el obtenido por otros medios. Para aislar el posible efecto del clima en la oscilación de los rendimientos, y garantizar el rigor, sería necesario otro planteamiento, como trabajar a partir de un modelo independiente de los datos, directos o indirectos, que las fuentes proporcionan sobre el tiempo, y que a la vez no fuera demasiado complejo. El siguiente podría servir. Supuesto que la superficie que cada año se decide sembrar estará recomendada por los precios que puedan pronosticarse, el regular comportamiento cíclico de los precios, sobre el que se dispone de información fiable, indicará cómo se debe actuar en la inversión de simiente. De ahí se podría deducir un previsible tamaño de la cosecha, dando por descontado que el marco técnico no varía. Si, estimada esta, se desviara de manera notable de lo previsto, la causa directa del cambio de valor podría ser la modificación de los rendimientos por efecto del comportamiento del clima. De lo contrario, el producto tendrá que ser resultado del mucho más probable incremento de la superficie sembrada, aunque habría que prever la desviación derivada de este crecimiento, que incluiría retroceso de los rendimientos medios. Tal vez sea pedir demasiado a las fuentes, algo que no queda al alcance de los medios de los dispone la reconstrucción de los hechos más distantes en el tiempo, porque, así como los precios son conocidos, los otros factores del modelo no se pueden documentar con idéntica certeza.
Puede que 1750 no fuera del todo anómalo desde el punto de vista del tiempo, pero desde luego fue un año durante el que se afrontó decididamente su comportamiento. Las instituciones de gobierno de las poblaciones, constituidas en sesión plenaria, ya en otoño hacían expresivos índices de las consecuencias que del tiempo temían. Recelaban perjuicios para la salud pública, la pérdida del ganado, así de cría como de labor, una cosecha de cereales nula, la subida de los precios de los bienes que servían para la alimentación y el paro y los insensatos desplazamientos de quienes trabajaban en el campo.
Revisados los informes de las fuentes, se constata que al principio del año agrícola no todos tenían el mismo alcance, y ya avanzado su efecto fue variable. La preocupación por la morbilidad fue la precursora. Todavía era diciembre y ya se creía que a causa del gran retraso de las lluvias la salud pública estaba expuesta a las contingencias que pudieran resultar de la gran sequía que se estaba padeciendo, aunque en la documentación no se encuentra indicio alguno de morbilidad extraordinaria en aquellas fechas, menos aún de excesos de muertes. Y que no los hubo, en comparación con las que ocurrían otros años, se puede comprobar con las estadísticas de la defunción por parroquias. Su repaso no descubre más muertes de las habituales, ni descenso de la natalidad al año siguiente, aunque sí, tal vez, una caída del número de matrimonios. Es más probable que en diciembre la supervivencia del ganado se enfrentara a mayores dificultades, aunque para esta morbilidad no es fácil disponer de información fiable.
Después, en pleno invierno, el paro y los movimientos migratorios efectivamente llegaron. Pero por aquellas fechas, cualquier año, todavía ocurrirían del modo que se podía esperar. Era el domino del llamado tiempo muerto, durante el que las poblaciones se llenaban de hombres del campo que a causa de las lluvias, que impedían las faenas, retornaban a la población al día siguiente de haber trabajado. Después, la intemperie creaba un movimiento migratorio de temporada que partía desde las poblaciones rurales. Cada invierno, sus trabajadores del campo se trasladaban a la capital de la región por millares, en busca de otras oportunidades. En cuanto al incremento de los precios, aquel año no sería un hecho verificable hasta comienzos de la primavera, aunque se temiera antes, y la pérdida de la cosecha solo se consumaría llegado junio, para el que en aquel momento aún quedaban tres meses. Por tanto, en otoño, a excepción tal vez de la supervivencia del ganado, todavía era demasiado pronto para que cualquiera de los temores que las autoridades enunciaban se convirtiera en un problema.
Cuando se expresaban de aquella forma, las autoridades locales concedían a sus auditorios, las inquietas poblaciones que gobernaban, una dramatización excesiva del estado en que se encontraban. El discurso en su favor lo armaban con los prejuicios compartidos en tantas ocasiones similares. Desde luego declaraban interesarse por las consecuencias que pudiera tener la evolución negativa del tiempo sobre el producto disponible, una vez llegado el verano, puesto que de ello dependía el abastecimiento de los mercados, el primero de los asuntos públicos. Pero cuando los juicios se sostenían sobre los efectos visibles que el tiempo estaba teniendo en los cereales su objetivo no era prever su comportamiento, no era climatológico. Bastaban aquellas declaraciones para que ya en otoño la conciencia de la posible acción de tan amenazadores sucesos germinara.
El lenguaje administrativo que depuraba el efecto adverso del comportamiento del clima invariablemente desencadenaba una crisis, aprovechando que las conocidas afirmaciones sobre sus efectos eran ya hechos consentidos. A partir de su prefiguración muchos meses antes ya era indiferente que se perdiera o no la cosecha. Al hablar en aquellos términos públicamente ya se daba por perdida, y por tanto se podía actuar como si llegado junio no se fuera a recolectar trigo alguno, independientemente de que después, hubiera más o menos pérdida del ganado, paro y migraciones que sobrepasaran las habituales, y hasta enfermedades. Así ocurrió en 1750. Según hemos podido detectar, no solo el tiempo no fue decididamente adverso al producto de los cereales, sino que incluso en la primavera algo se pudo recuperar.
Aun cuando en origen pudieran ser separados hechos reales y hechos solo imaginados o ficticios, afirmar que cualquiera de ellos pudiera ocurrir creaba un estado que permitía decisiones y actos que, si no hacían real lo que solo se imaginaba, generaba comportamientos sensibles que pretendían encauzar y anticiparse a una adversidad ya consentida.
Depurando la interpretación de los documentos con el orden de los sucesos, se descubre que las precursoras observaciones sobre el comportamiento del tiempo, prefigurar las fatales consecuencias que pudiera tener, buscaba un efecto práctico inmediato, alcanzar la declaración de lo que insistentemente llaman esterilidad. Con esta palabra, que acogía y multiplicaba el eco del discurso que se hubiera elaborado durante la recepción de las anomalías meteorológicas, se creaba una verdad favorable a las empresas productoras del grano que abastecía los mercados del consumo básico, las que se suponía realmente expuestas a la incidencia directa del tiempo atmosférico. Aquel primer objetivo, el más perentorio, quedaba satisfecho cuando se conseguía su declaración formal. Gracias a la decisión administrativa en su favor, tomada expresamente en los órganos de gobierno de las poblaciones, se podía activar la cláusula de esterilidad que hubieran previsto los contratos de cesión, que permitía la rebaja de la renta a pagar por las tierras cedidas, en proporciones variables, entre uno y dos tercios, así como el aplazamiento del pago de las obligaciones contributivas con la corona. Además, declarada la pérdida de la cosecha, no había lugar a la liquidación de diezmo, la carga más importante que tenían que soportar las tierras dedicadas a producir grano.
Pero sobre todo la señal de salida de la crisis desencadenaba el mejor de los negocios para la agricultura de los cereales. El temor a la caída de los ingresos en perspectiva actuaba simultáneamente en todas las empresas agrícolas. En un orden de la producción de los cereales dominado por las pocas que tenían capacidad para almacenar, los efectos comerciales de aquella conciencia, que levantaba la veda de los precios, con la anuencia de unos gobiernos que ignoraban la tasa que ellos mismos dictaban, son lo suficientemente previsibles como para que no sea necesario, en este momento, extenderse en una explicación.
No deja de tener interés que aquella ideología de la adversidad haya conseguido sobrevivir aliándose a la teoría. Algunos han hecho notar que el comportamiento del tiempo, aceptando que es indiscutible su condición de causa directa de las crisis que bloqueaban la conexión entre el producto y los mercados de los cereales, sería un factor de modernización. En las circunstancias críticas de contracción de la oferta de grano debió tener un efecto positivo. La escasa conexión entre los mercados de los cereales panificables, un mal congénito de la economía rural moderna, gracias a que las crisis podían alcanzar la dimensión regional, porque el alcance de la adversidad climatológica podía ser tanta, tal vez fuera momentáneamente vencida. Gracias a que provocaban directamente la caída local de la producción, las crisis estimularían la integración de los mercados, una consecuencia de la acción de otros factores, tanto previstos como espontáneos, pero entre los que el más destacado sería la bendita calamidad climatológica.
Pero para su tiempo aquella manera de consentir la acción adversa del tiempo tuvo efectos más duraderos. Fue aprovechada por la economía de los cereales de manera estable, según se puede leer en la literatura especializada de la época. Invocando los escasos conocimientos que sobre él se tenían, una vez elaborada en forma de agronomía contribuyó a engrosar la dogmática favorable a la concentración de las tierras. Las convicciones sobre el régimen de lluvias promocionaron la idea de que podía ser conveniente que las tierras, en cada explotación, fueran cultivadas con una baja frecuencia. Además, explicaban, convenía beneficiarlas, trabajarlas sin sembrar, porque también aceptaban que cuando las tierras no se beneficiaban eran más vulnerables ante la adversidad del tiempo. Si las tierras no descansaban, y se sembraban un año tras otro, agotadas y sin el beneficio de los abonos, caían ante los contratiempos, en su sentido literal, víctimas del comportamiento negativo del tiempo. La experiencia acreditaba que cuando se sembraba una tierra de rastrojo, o que había sido sembrada el año precedente, aun habiéndola estercolado, se esquilmaba, a consecuencia de las altas temperaturas y la escasez de lluvias, fenómenos incuestionables en la región.
Como creencias en favor del mercado concentrado de las tierras de cultivo, aquellas teorías serían una sólida conquista. Pero más decisiva resultó su aplicación inmediata. La tecnología activa había consolidado el principio de que el acto de la siembra estuviera asociado a las lluvias del otoño. Si llovía, se sembraba; si no, la sementera se atrasaba. Como la siembra era la actividad decisiva, si durante la primera estación agrícola no se presentaban las lluvias, no era posible efectuarla, lo que de antemano, con seis meses de anticipación como mínimo, el mismo calendario al que se atenían los pronósticos más sombríos, aseguraba la caída de la producción. No todos actuaban con la misma rigidez, y una parte de los decididos inversores arriesgaba a pesar de la prolongación de la seca del otoño. Pero en la rigidez del principio técnico enunciado y defendido estaban inscritas las aspiraciones comerciales que alentaban en el origen de cualquier crisis.
No se puede discutir que cuando las cosechas habían sido malas los factores climáticos habían sido adversos, aunque la interferencia del discurso de esterilidad impida reconocer la responsabilidad directa que pudiera corresponderles en el desarrollo de aquellas tensiones. Tal vez no sea posible disponer de medios que permitan restaurar el curso de los elementos del clima, con algo de rigor y certeza, antes de la existencia de los registros contemporáneos. Es de lamentar para quienes aspiren a construir el relato del clima del pasado. Pero quienes se interesen por su papel en las antiguas crisis agropecuarias no deben preocuparse por esta carencia. Su papel en su desarrollo era nulo, aunque en modo alguno inútil. Daba la señal de salida, y su responsabilidad podía ser absoluta en el comienzo de cualquier crisis, una causa suficiente para convertirlo en factor directo de la producción.
Cuidado con la velocidad
Publicado: diciembre 19, 2013 Archivado en: J. García-Lería | Tags: agraria, economía Deja un comentarioJ. García-Lería
Si se admite que las pequeñas diferencias entre las clases locales de medidas de capacidad las iría aboliendo el comercio del grano, para adelantar en el análisis de los rendimientos es posible soslayar el problema originado por las medidas de superficie. Basta con relacionar el producto con la cantidad de semilla que se invierte en cada cultivo, ambos expresados en las mismas unidades de capacidad, para obtener una versión razonablemente sólida de los rendimientos, no por unidad de superficie, sí por unidad de grano invertido, una forma de expresarlos también utilizada en la época. No sería demostración inmediata del rendimiento del suelo, el objeto que sale al mercado de las cesiones, pero sí de otro factor de costo, tan responsable de los cálculos de la empresa como el precio del suelo; que representa igualmente la capacidad productiva de este, aunque sea a causa de la mediación de otro elemento; y, sobre todo, permite el análisis comparativo necesario. Dados los medios disponibles, parece que es la mejor vía posible para avanzar.
Pero acometer por este frente la experiencia obliga, antes de iniciar los cálculos, a tomar otra precaución. La cantidad de simiente invertida cada año está, en cada explotación, modificada por su sistema de cultivos, expresión con la cual la literatura de las materias objeto de este texto distingue la estrategia productiva que cada empresa agrícola se trazaba. Combinando los elementos primordiales de su capitalización cíclica, que son suelo, simiente y abonado, con la decisión que se hubiera tomado sobre el cultivo o cultivos que en el transcurso de las estaciones le convenían, concebía un plan para ejecutarla.
Al ajuste entre las piezas elegidas se le suele reconocer una precisión difícil de alterar. Sin embargo, es posible contradecir esta idea con las decisiones que las empresas productoras del cereal tomaron en el otoño de 1749, de las que hay disponible información suficiente como para desesperar de leerla, reconocer la incapacidad para anotarla y estimular el espíritu de la contradicción. El sistema, para la cadena de los acontecimientos y las decisiones de cada empresa, era solo un fondo de conocimientos, servidos por una tradición iletrada, a pesar de lo cual pretendía sumar todos los saberes tecnológicos aceptados. Sería un error confundir su aplicación, que también era crítica, con el enunciado de los principios de aquel cuerpo de conocimientos, que la encuesta fuente, consultada en esta parte, también permite analizar. Sobre todo consiente que los sistemas de cultivo sean observados según velocidad.
Esta magnitud, en el orden de las composiciones técnicas reflexivas aplicadas al cultivo de los cereales, puede aislarse como la frecuencia con la que una misma unidad de suelo, objeto con el que se comercia en el mercado de las cesiones, era requerida para que proporcionara una cosecha. Aceptando esta abstracción, solo en el ámbito de la muestra se pueden reconocer hasta dieciséis velocidades distintas.
La más alta era la que permitía obtener cada año, sin interrupción alguna, cosechas de las dos modalidades regulares de producto, verde o alcacer y maduro. Era un recurso técnico asociado a este efecto, que la fuente al menos alude y que si no en todo en parte contribuía a él, la proximidad a la población de la parcela cultivada, una circunstancia descrita de manera sumaria llamándola genéricamente cortinal o localizándola en el área que insistentemente nombra ruedo. Quizás el valor de la distancia fuese menor en el primer caso que en el segundo, pero se puede dar por seguro que en cualquiera de los dos era despreciable como costo, no actuaba como factor que modificara la decisión a favor de esta velocidad, y que el limitado tamaño de la parcela permitía concentrar en ella trabajo. También se puede reconocer responsabilidad en su sostén al cercado, combinado o no con cualquiera de las dos localizaciones identificadas, que capacitaba para poner el suelo a salvo de las servidumbres ganaderas que limitaban su uso. Tras cualquiera de las dos posiciones en el espacio, o del aislamiento del cultivo, operaría además como causante común la posibilidad de recurrir al abonado con garantías de éxito y sin arriesgar un costo insostenible, porque para suministrar la masa orgánica consumida podía ser suficiente el estiércol que proporcionara el ganado que al mismo tiempo aportaba la energía animal requerida por los trabajos del campo; en cuyo caso el precio del fertilizante, que aparentemente sería ninguno, formaría un todo con el de la alimentación del ganado, justamente mejorable con incrementos pequeños de inversión para conseguir más riqueza nutritiva del horizonte orgánico del suelo.
Pero a favor de esta velocidad más aún actuaban, por el orden en que son enunciados, medios como el regadío y la cultura promiscua. Para servirse del primero, habitualmente bastaba con incluir el cultivo de los cereales en el espacio reservado al uso del agua como factor productivo, lo que daba origen al complejo que solía conocerse en las poblaciones del área con el nombre de huerta. Era compatible durante el mismo año, cuando estaba al alcance recurrir a este medio, el cultivo del cereal con el de las hortalizas, aunque también había localizaciones y comunidades que decidían una combinación de cultivos, durante el mismo plazo, con leguminosas, lino o cáñamo. Tanto en una posibilidad como en la otra parece incluida una dimensión de la parcela pequeña, dado que para referirse al tamaño de estos espacios se prefiere la medida con aranzadas, la menor de las unidades cuando el sistema métrico superficial es mixto.
Mayores debían ser las parcelas que daban cabida a los cultivos promiscuos, porque una parte de ellas al menos recurría a la fanega. Un hospedaje regular para los cereales era el espacio vacío entre árboles frutales, a su vez cultivados también en las huertas, lo que por tanto sumaría a la combinación el recurso al agua, entente compleja con la que ni los frutales ni el cereal sufrían menoscabo alguno. Bastante más frecuente era que el cereal ocupara también la parcela ya sembrada con olivos, incluso si estos aún no habían dejado de ser jóvenes estacas y garrotes, momentos del árbol inmaduro tan infructíferos que carecían de valor contable; aunque, si bien no en todas las situaciones, ocurría que esta combinación al producto obtenido del cultivo arbóreo podía causarle detrimento, que algunos cifraban en la cuarta parte de la cosecha anual. El de los cereales, en recompensa, era equiparable al que se deducía de tierras similares en las que se hubiera cultivado solo.
También era posible, aún más que la convivencia con frutales, allí donde se conservaba bosque autóctono, que el cereal fuera sembrado entre sus árboles. Aunque esta fuente no utiliza la expresión, en alguna parte al menos debió tratarse de lo que otras, contemporáneas suya, llaman con naturalidad dehesas de pasto y labor. El bosque había llegado a un estado de degradación controlada contenido en aquella forma de expresarse justo para permitir, entre otros objetivos, la convivencia de frutos referida cuando fuera necesaria. El documento prefiere siempre evocar estos espacios, de la manera más sucinta, llamándolos encinares. Actúa así porque desea que conste que los frutos que dan las dos especies, la bellota y el grano, compatibles, tampoco conocen degeneración alguna porque compartan la misma parcela, como no degenera el texto porque incluya relatos expansivos, amplificaciones no demasiado justificadas o cierta tendencia a la especulación con los hechos demostrados, aun reconociendo que la historiografía realmente debe huir de estas tentaciones, tan atractivas como estériles, porque, de caer en ellas, la única víctima es el autor, que así ve minado su crédito.
Mediante análisis comparativo, tal vez se podría añadir que el producto de cereal, por tratarse de tierras fertilizadas regularmente por el ganado, sería excepcionalmente estimable. Si ocurriera también que el aprovechamiento del fruto de la encina, en cada espacio, se hiciera en montanera, la presencia de los cerdos en la parcela contradiría la incompatibilidad entre esta especie y el ganado de labor, imprescindible para el cultivo del cereal, que pretende una parte del arbitrismo hispánico de mediados del siglo décimo octavo, para el que la tierra en la que hubiera hozado el cerdo, aparte los destrozos que alimentar así causaba al suelo, repelía a los demás animales.
Más de la mitad de las poblaciones de la encuesta, en cierta porción de los espacios que aprovechaban, aplicaban alguna o varias de estas combinaciones de recursos. Para ellas -las poblaciones-, y para los límites y propiedades que contiene la experiencia, era el grado de aprovechamiento del espacio para cereales que hay que admitir intensivo, quizás mejor de intensidad en el grado más alto. Al contrario, porque las combinaciones de recursos, dado que cada uno era un costo, tenían que ocupar los lugares más altos de la escala de los gastos, su valor relativo en el espacio siempre tuvo que ser bajo.
Eran raras las velocidades altas de transición, del tipo cinco cosechas en seis años o dos en tres. La responsable de ellas que menciona la fuente era la formación del suelo catalogado como vega. Porque era un producto observado como la consecuencia del depósito aluvial en las riberas, expresaba una vez más la creencia en la rara fertilidad natural como causante de las altas posibilidades para el cultivo. No llegaba a la conciencia del momento el papel que correspondía al depósito aluvial o al bosque de las orillas de los ríos, tan espontáneo como en otras áreas el autóctono, en la formación de sus horizontes.
Tres de cada cuatro poblaciones, para la fracción mayor de las tierras que regularmente eran cultivadas con cereales, recurrían a la velocidad media: de una misma superficie cada dos años obtenían una cosecha completa. En muchas de ellas, además, a otra parte de las tierras aplicaban la velocidad inmediata inferior, que proporcionaba la cosecha cada tres años; frecuencia que en algunas era única, aparte el concentrado cultivo ininterrumpido, y que en total era utilizada en algo menos de la mitad del área que la muestra representa. Por tanto, una cosecha cada dos años y una cada tres eran las velocidades intermedias, que a mediados del siglo décimo octavo se aplicaban a la obtención de la parte sustantiva de los cereales del suroeste. Podía ocurrir que en algún caso, para extraer el mayor producto a estas velocidades, se recurriera al riego, pero es un matiz técnico insignificante para el conjunto.
No es incorrecto afirmar que para conseguir aquellas masas de producto, dado que las gramíneas absorben disueltos sus alimentos, componentes del suelo requeridos con la siembra, decidía el agua acumulada en los horizontes hasta donde alcanzan las raíces de las plantas herbáceas, cuyo suministro remoto correspondía a los sucesos atmosféricos. Como con el ciclo de estos acontecimientos se compone la abstracción del clima, de cuya vigencia, si es que no de esta denominación, existe plena conciencia hacia 1750; y esta es una constante para la experiencia productiva humana, el valor diferencial de las tierras, cuando se tomara como razón el factor humedad, lo decidiría la capacidad para almacenar agua que los suelos tuvieran.
Cada unidad de explotación atenida a las velocidades dominantes, cuya contribución era decisiva sobre el producto bruto final, solía dividirse en dos partes, que raramente serían dos mitades. Una, la menor, con sentido rotatorio se ponía en cultivo cada año, en la cantidad recomendada por las expectativas que alentaba el ciclo de los precios, como mínimo trienal.
Sobre el empleo de esta fracción, la encuesta para la Única todavía sorprende, desvelando una vertiente de los sistemas de cultivo a la que llama el orden de las sementeras, algo que a otros observadores contemporáneos pasó desapercibido. Los promotores del cuestionario, sirviéndose de aquella expresión, pretendían obtener de los peritos de cada población una idea sintética de cuánta superficie, de la reservada para el cultivo, se dedicaba a trigo y cuánta a grano de cebada cada año. No la podían deducir de otras respuestas, aunque ya dispusieran de información sobre la velocidad de los sistemas o de la porción del espacio cultivado que se destinaba al cultivo de los cereales, porque los dos que cumplían el ciclo vegetativo completo en la mayor parte de los territorios se cultivaban en el transcurso del mismo año por imposición del canon.
La respuesta que obtuvieron fue casi siempre la más general, una fracción expresiva del reparto entre ambos cultivos de todo el espacio cultivado en cada municipio. Los informes sobre las empresas, muy descriptivos y precisos, aunque por naturaleza parciales; más el sistema de cobro que para estos cultivos mantuvieron durante siglos los perceptores del diezmo, rígido, esquemático y grosero pero común a todos los lugares, confirman que esta manera de proceder fue estable y estuvo extendida por todo el suroeste: el cultivo del trigo se combinaba con el de la cebada seca, aquel para satisfacer el consumo humano y el otro para mantener al ganado que suministraba la masa mayor de la energía que las actividades económicas vigentes necesitaban.
La proporción en la que cada cultivo ocupaba el espacio destinado a cereal no era la misma en todas la poblaciones, y en buena parte de ellas en unas tierras era una y en otras otra. La decisión más común, en cada población, era destinar dos terceras partes del espacio cultivado con cereal maduro a trigo y la restante a cebada. En más de la mitad de las tierras esta era la combinación que regulaba tal sementera. En la preeminencia de esta costumbre debió estar el origen de la expresión pan terciado, para referirse a todo el producto que daban estos cultivos, muy habitual en el lenguaje administrativo vigente entre la baja edad media y fines de la moderna. Para una quinta parte, sus promotores optaban por el equilibrio, mitad de trigo mitad de cebada, y para una vigésima preferían apurar las posibilidades del primer producto, bien concediéndole tres cuartos de la superficie bien incluso cuatro quintos. Las demás decisiones -un tercio, cinco sextos y siete octavos de trigo- eran singulares.
Estos valores pueden quedar algo modificados si se complica la observación con todas las combinaciones que se practicaban en cada pueblo. La innovación más importante procedía de cultivar, en algo menos de la vigésima parte de los casos, solamente trigo. La decisión de ocupar solo con cebada el espacio para el ciclo largo del cereal era esporádica, lo que en consecuencia proporcionaba una mayor presencia relativa a las opciones a favor del tercio y de la mitad de este cultivo.
Tampoco sería tan poderosa cualquiera de las normas como para imponer su rigor a todos los comportamientos. Hay indicios que permiten suponer que la porción destinada al cultivo de la cebada pudo ser explotada, aun en las empresas en las que se daba preferencia al cereal maduro, para que produjera alcacer. Nada impediría a una parte de las unidades al menos usar el espacio sembrado de cebada como prado, en caso de que lo estimaran necesario para su ganado. Todos los usos, en la agricultura de los cereales, convivían con excentricidades, fueran de abonado, recurso a herramientas, crianza de animales para labrar o inversión en simiente. La forma que eligieron los declarantes para expresarse, cuando se refirieron a las proporciones reguladoras de esta parte del cálculo empresarial, porque en todos los casos generalizaron demuestran sin embargo que el orden de las sementeras era también una pieza angular de los sistemas.
La otra fracción de las explotaciones permanecía en reserva, también correspondiendo a las expectativas que estimulaban los precios. Probablemente lo más adecuado sería denominarla eriazo, respetando el vocabulario más exigente que entonces fuera utilizado, nombre rigurosamente propio solo al comienzo del ciclo productivo anual, porque la unidad sin cultivar, que tampoco se trabajaba en aquel momento, se nutría en primer lugar del manchón, o espacio sembrado con los cereales durante la campaña anterior, que podía ser utilizado como pastizal exclusivo de la explotación desde el momento de la nueva siembra, porque a partir de este acto quedaba acotada.
Una parte del espacio sin sembrar podía permanecer inactiva en términos agrícolas, y así prolongar su existencia como erial puro. Año tras año podría ser el pastizal de la explotación, también exclusivo durante todo el tiempo que la cosecha del cereal empleara en germinar, crecer y madurar. Llegada la ocasión propicia, que el reloj de los precios marcaba inexorablemente, era un banco de tierras de la mayor capacidad productiva, porque el ganado lo había abonado reiteradamente, aunque la calidad de aquella parte del suelo, a la que recurrir para obtener el beneficio óptimo, fuera la peor. Las piezas se irían combinando a criterio de cada labrador, cada cual a partir de la información de la que dispusiera, cada uno interpretando los signos que el comportamiento de sus competidores dejara al descubierto.
El barbecho en sentido estricto era el área de la reserva acumulada que se había seleccionado para ser puesta en cultivo durante el ciclo siguiente. Es por tanto obligado aceptar que las decisiones tomadas a partir de las expectativas incurrían en el deber de imponerse alcance al menos bienal. Una decisión así exigía, una vez concluida la siembra de la campaña vigente, emprender en esta porción del terreno la secuencia de trabajos preparatorios del suelo, paralelos y subordinados a los que el cultivo en curso iba requiriendo.
Opcionalmente, ya avanzada la campaña, el barbecho podía ocuparse de una manera sumaria y poco exigente con cultivos subsidiarios. Pero esto ocurría en un número de casos bastante limitado aún. Incluso hay un par de lugares en los que se declara sin ambigüedad que sus barbechos, en cualquier clase de suelo, son exclusivamente laborales, no admiten ningún cultivo transitorio.
La nómina de las semillas que ocupaban el barbecho, combinándose con el cereal maduro para completar los ciclos del aprovechamiento del suelo, en los límites de la encuesta alcanza casi la veintena de plantas, aunque la diversidad es solo aparente. En las dos terceras partes de las poblaciones se recurría con preferencia solo a dos leguminosas, habas y garbanzos, y en más de un tercio también a otras dos, arvejones (quizás más exactamente guisantes, en la mayor parte de los casos que prefieren utilizar el arcaísmo) y yeros. Del resto de las decisiones solo suman cantidades algo importantes la linácea tipo (lino), dos gramíneas (centeno y zahína) y las dos cucurbitáceas del verano (melón y sandía). Las demás -tres leguminosas (almorta, judía y lenteja), cuatro gramíneas (avena, escaña, heno y maíz) y una canabínea (cáñamo)- solo aparecen ocasionalmente, en uno o dos casos.
Si se pensara que el producto de estos cultivos estaba decidido por la adscripción de las especies a sus familias se incurriría en un error. Lo sería dar por supuesto, por ejemplo, que un cultivo como el centeno, porque proporciona un fruto gramíneo, estaba condenado a la molturación y a ser tratado como un cereal. Como en casos similares que al hombre bienintencionado atormentan, el prejuicio que incluyen las clasificaciones ensombrecería la observación. El centeno podía ser utilizado como cereal, y con él se fabricó pan en buena parte de Europa, también en la región y durante el tiempo de referencia. Pero, si era un cultivo alternante con los que estaban predestinados a convertirse en los cereales maduros, no es seguro que siempre fuera aplicado a la panificación.
Los principios técnicos que inspiraban el recurso a estos cultivos menores, a los que se refiere la fuente una y otra vez, eran dos. Ocupaban los barbechos en el transcurso de los años que el sistema concebía como descanso, porque el suelo no estaba ocupado por el cultivo principal. Ahí encontraba su razón que su ciclo vegetativo empezara tarde, en la primavera cuando más temprano, tiempo para el que ya al menos una parte de las vueltas a la tierra vacía se había completado. Su intromisión bajo ningún concepto obstaculizaba la siguiente siembra del cultivo preponderante, lo que aplazaba el fin del ciclo vegetativo de los subsidiarios a pleno otoño como máximo.
Melones y sandías, capaces para convertirse en contenedores de agua, no tendrían inconveniente para alcanzar el estado de la madurez. Habas y garbanzos, que eran las leguminosas preferidas, y todas las plantas de esta clase, a un tiempo resistirían el déficit hídrico en los suelos arcillosos y, si se deseaba, comparativamente podían tener una vida corta. El ciclo del centeno, que cabía entre el deshielo y las lluvias del prematuro otoño en las tierras más al interior del continente, en el sur no disponía de las condiciones que en buena parte de Europa le permitían su pleno desarrollo en un intervalo limitado. Es probable que tampoco la avena y el maíz en las mismas condiciones de humedad, y del heno se sabe, porque era el tratamiento habitual que debía recibir este cultivo, que regularmente era segado aún verde.
Seguramente lino y cáñamo suministraban a satisfacción lo que de ellos se esperaba, las fibras de sus tallos, además de las semillas conocidas como linaza y cañamón, de las que hace mención expresa el testimonio cuando se refiere a los rendimientos, útiles respectivamente para fabricar un aceite de uso industrial y proporcionar grano con el que alimentar al ganado avícola; demandadas en la región para fabricar velas y jarcia, el lino para los lienzos, el cáñamo para cabos, cables y maromas, en los tiempos de plenitud de la navegación propulsada por el viento.
Los límites impuestos por el procedimiento, aunque no los impedían en absoluto, acortarían los desarrollos de todas estas plantas en beneficio de sus propiedades herbáceas, las más próximas a la germinación, durante la parte del año que las decaídas reservas de humedad también serían un obstáculo para la plenitud del crecimiento. Las condiciones en las que debían desarrollarse las predestinaban a responsabilidades subsidiarias. Exceptuando las dos mencionadas en último lugar, todas las demás podían converger en utilidades tan sencillas como estimables por el balance de las empresas, sobre todo completar la alimentación del ganado de la explotación que se decidiera por este recurso. Con las gramíneas y las leguminosas, incluso con los tallos de las cucurbitáceas, se podía agenciar forraje, paja y pienso que fueran suministrados a los animales al servicio de la empresa. Para el primero, si se deseaba fresco, cualquiera de los cultivos era apto cumplida su germinación, y había plantas que además, bien almacenadas, permitían disponer del mismo producto seco en la época que el rigor del clima negaba el pasto vivo o la posibilidad de apacentar. Al incremento de la paja disponible, cuyo suministro era responsabilidad directa del cultivo principal, fuera de trigo o de cebada, podía contribuir cualquiera de las plantas cuyos tallos en forma de caña se hubieran secado antes o después de cortarlos, e igualmente hubieran sido almacenados. Con cualquiera de los frutos, si es que a los cultivos se les consentía llegar tan lejos, al margen del grado de madurez que hubieran alcanzado, era posible fabricar pienso, tal como se hubieran obtenido o, en los casos más exigentes, molturándolos y componiendo nutritivas combinaciones. Si además estos cultivos permitían enriquecer la capacidad productiva del horizonte orgánico en beneficio del cultivo del cereal al año siguiente, lo que parece bastante discutible para una parte de ellos si el siguiente iba a ser también gramínea, probablemente era más una consecuencia inopinada que un propósito.
La contribución de estos mediadores al valor diferencial de los precios de la tierra tratada con velocidades intermedias debió ser casi nula, dada su dimensión en el espacio. Los observadores a través de cuyos ojos, aun cegados por los siglos, es posible ver lo que ocurrió entonces advierten, también con insistencia, que no todos los barbechos admitían este requerimiento, que solo en las tierras de más calidad era posible sostenerlo. Calculada la relación entre toda la dedicada a sembrar cereales para obtener una cosecha con estos plazos y la parte que en ella cada año se ocupaba con los cultivos de transición, se deduce que ni aun en los casos más expansivos consumían la décima parte de aquella. Además, en cuatro de cada cinco poblaciones el valor de aquel índice es inferior al tres por ciento de la superficie agraria utilizada bajo las condiciones referidas. Solo se alcanzaban valores comprendidos entre la vigésima y la décima parte del total cuando todo el espacio disponible era poco.
La declaración que desciende a precisar la intensidad con que eran solicitados los suelos, cuando les tocaba aceptar la producción subsidiaria, pone al descubierto otro límite que reduce aún más su alcance. Con estos cultivos solo se ocupaba la octava parte de la tierra en la que eran sembrados, opción local que confirman los datos sobre inversión de simiente de la mayor parte de las poblaciones. Las unidades de capacidad que se empleaban en la siembra podían estar tan por debajo de las invertidas en el cultivo regular, aun tratándose de granos con características semejantes, como uno de seis.
Llegados por voluntad propia a la precisión de cuantificar explícitamente esta forma de actuar, algunos declararon que eran muy pocos los labradores que se esforzaban en estos trabajos, y otros, eligiendo la manera contable de hablar, antes que demorarse en detalles y descripciones, afirmaron que en las poblaciones a cuyos rasgos se estaban refiriendo efectivamente se acometía esta clase de cultivos, pero en tan escasa cantidad y con tan poca trascendencia que su producto no alcanzaba a modificar el que se obtenía con el que daban el trigo y la cebada, una manera taxativa de resolver la aportación de estas especies a la renta. Equivale a declarar que era constante y por tanto irresponsable para las diferencias del precio del suelo. Eran cultivos tan poco serios como inestables, a decir de otro declarante, porque los que un año se decidían por uno en años sucesivos preferían otros. No pueden caber dudas sobre que quienes recurrían a estos cultivos preferían emplearlos de manera marginal.
Así como la altitud se iba incrementando, más aún por el confín norte, y cuanto más periféricos eran los territorios, no solo en el valle sino igualmente por el sudeste, las velocidades, como si acusaran el esfuerzo al que obligaban las pendientes, disminuían ateniéndose a un gradiente definido. Entre una cosecha de cereal maduro cada cuatro años y una cada siete se componía una secuencia de posibilidades que incluía también los valores cinco y seis. Era responsable de una parte de la producción local en un tercio de la región. Tan bajos esfuerzos, más que con la cambiante topografía o con las calidades del suelo, parece que tenía una relación inmediata con la escasez de población. A aquel tercio del espacio solo se puede adscribir la quinta parte de los habitantes. Tal vez la menor cantidad de trabajo humano disponible relajara la presión sobre el suelo hábil, probablemente sin menoscabo sensible de la renta proporcionada por la tierra. Hacen algunos referencia, más indirecta de lo que convendría para una deducción satisfactoria, a la mayor responsabilidad que a los cultivos intermedios corresponde en estos casos, dado que disponen de entre tres y seis años para reiterarse.
En el margen inferior de las velocidades estaba la roza, recurso técnico al que la fuente lo asimila. El procedimiento consistía en quemar el matorral para desbrozar con la menor inversión y aprovechar la ceniza que resultaba, puesto que permanecía en la parcela como fertilizante, costo incluido en el único gasto. Desde la edad media al menos, la legislación del campo amenazaba con penas severas a quienes descuidaran la incineración controlada del bosque bajo, por lo que no parece incorrecto suponer que la parte sustantiva de la inversión necesaria tuviera la forma y el valor del trabajo. Para rozar, además de la vigilancia jurada y la supervisión judicial, en el área de la región donde una parte de la agricultura se resolvía de forma tan sumaria la técnica incluyó otras condiciones jurídicas y administrativas, parte de cuyos detalles es posible conocer gracias a que algunas poblaciones que la utilizaron estaban subordinadas al centro político de toda el área.
La tierra tratada con roza era baldía, calificación que en el lenguaje documental moderno no parece una condición biológica. En cada término o espacio bajo la jurisdicción municipal, baldías eran las tierras en las que con su dominio no se había inmovilizado en su grado más complejo la ficción, de cuantas crearon estas convenciones, que consistió en separarlas por estratos, como si fueran lascas del lomo de un pescado emparedadas por grasa de calmante aroma; para repartirlos y servir a obligaciones, servicios y nexos estables entre las personas interesadas en la perpetuación del mismo ser de las instituciones.
Se presumía separable en eminente, directo y útil. El primero, reservado a la corona, salvaba la unidad de la soberanía, principio doctrinal que cualquier monarquía preservaba como justificación de su existencia. Antes que la capacidad para ejercerlo, o del alcance de su explicación, a este poder le interesaba que fuera universalmente reconocido, y así era aceptado por el sistema de las ideas jurídicas. El directo, admitida la prevalencia legal del eminente, capacitaba para disponer de los bienes, salvado en cada caso aquel límite, con el mayor grado de autonomía permitida por las adquisiciones hechas bajo condición de subordinación o dependencia; que llegado el caso, dada la manera de concebir el primero, ante los tribunales podían ser todas. A mediados del siglo décimo octavo había llegado a equivaler al juro de heredad, o plena capacidad para transmitir los bienes, porque solo excepcionalmente eran interferidas las decisiones que pudieran afectar a su transferencia. El útil, en aplicación del poder reconocido al titular del directo, por decisión de este podía ser traspasado a otro solo para hacer uso del bien sujeto a aquella condición. Aunque había fórmulas que podían enajenarlo, su inclusión en el directo, puesto que la cama ha de estar en el dormitorio para que la habitación se pueda llamar así, siempre fue reconocida por la norma, y por tanto no era fácil que abandonara su refugio y adquiriera independencia.
Rozar un área era hacer uso de ella con fines productivos. Si su condición jurídica era la de baldío, el dominio directo estaba tan degradado que los antiguos analistas, e incluso buena parte de los letrados que durante siglos con ahínco pleitearon ante los jueces, habían llegado a naturalizar una ficción normativa más, la que pretendía que aquellos espacios eran comunales. Más allá de cuantas sentencias, apelaciones y revistas fueran conseguidas ante la magistratura judicial, medios literarios aptos para acoger y patrocinar la idea en cada caso deseada, parece que al menos en el espacio observado los baldíos, de tan bajas posibilidades de aprovechamiento que habían arrinconado la competencia por su dominio, quedaron bajo la jurisdicción del señorío limitado a cada población o municipio, que así quedaría instituido como titular del dominio directo sobre ellos. Si incluso a mediados del siglo décimo octavo los protagonistas de estos hechos los admitieron como comunes, sería más consecuencia de una decisión política acendrada, el uso colectivo de estas áreas, que de un título fundado. Los informes del momento demuestran que era preceptiva la licencia expresa de la autoridad del municipio para que se procediera a rozar.
En la región, incendiar el matorral con aspiraciones productivas creaba circuitos en el espacio semejantes a las posiciones que en el reloj tienen las marcas que indican las horas, la dimensión de cuya circunferencia, enunciada en unidades de equivalencia al tiempo de magnitud mayor, la expresaba un valor comprendido entre los 10 y los 20 años. Por eso la agricultura de las rozas también ha sido llamada itinerante. El tiempo transcurrido entre el momento que una parcela era sembrada y de nuevo conocía esa experiencia, porque ocurría lo segundo estaba justificado sobre todo por el que la misma tierra debía emplear para recuperar la vegetación que otra vez debía ser quemada. Las clases de especies espontáneas que en cada lugar restauraban el monte podían ser responsables de las variaciones en la amplitud de los ciclos.
Pero los valores particulares de aquel transcurso no siempre se resignan a una explicación tan directa. Con más frecuencia habían calculado el tiempo de la recuperación en 10 años, para al décimo cultivar, módulo que a la vez no puede ocultar su condición estimativa ni la interferencia de factores más convencionales. También era habitual, aunque no tanto, que hubieran aceptado el transcurso de hasta 15 años para completar todo el circuito, incluido el que destinaban al producto. Además, todavía en otras poblaciones podían durar los ciclos completos 12, 14 y 16 años.
Otra parte de la responsabilidad sobre la variable amplitud de los retornos, aunque sea menor que la aparentada por la regeneración del matorral, hay que atribuírsela a la clase de los cultivos que cada canon patrocinaba. Aunque era común que en las rozas el año lleno fuese dedicado al cultivo de los cereales maduros que sostenían la economía agrícola, en algunas poblaciones al de la plenitud podía seguir al menos otro más de cultivo, aprovechando que la capacidad productiva ganada por la tierra con tan amplios periodos de recuperación no siempre sería agotada por la sementera principal durante los meses que la ocupaba. En esos casos los cultivos añadidos primero fueron los mismos que actuaban como intermedios en las áreas dominantes de la región, donde se habían impuesto las velocidades tipo de la agricultura moderna. Quizás a consecuencia de las dificultades que pudieran añadir las rozas, o porque donde las practicaban hubieran ajustado sus cálculos a un número restringido de producciones, los cultivos agregados a ellas que se mencionan son pocos.
Esa no era razón para que habas y guisantes también impusieran sus valores, con idéntica justificación que en los otros paisajes. Pero la relación no podría extenderse mucho más allá del lino, que en estos espacios, más próximos y mejor comunicados que otros con el litoral, parece haber ganado una posición que entonces poco se le discute. Solo se le podrían añadir la avena y el centeno, cuyos desarrollos ahora no estaban limitados por los rigores del barbecho. Como en las tierras que antes o después de nuevo iban a ser rozadas nada les impedía que alcanzaran la madurez, allí irían emancipándose de la condición de cultivo subordinado, tanto que: pudieron sumarse a los otros dos cereales que consumaban su ciclo vegetativo hasta ese grado con idéntica responsabilidad; alguno o los dos tuviera a su alcance sustituir con ventaja, en el mismo orden, a la cebada; el centeno pudiera decantar en su favor la competencia con los dos principales, como demuestra que en las rozas de una población efectivamente se había convertido en el cultivo único. Si en las áreas de velocidad alta relativa no tuvo la oportunidad de ganar la posición que había adquirido en latitudes más al norte y longitudes más al este, en los territorios de las rozas del suroeste hispánico, concentrados en su noroeste, el centeno pudo alcanzar la condición de cereal panificable.
Como el argumento del tamaño de las poblaciones servía para justificar las velocidades de transición, igualmente debe admitirse para razonar sobre las causas que pudieron converger para que un estado tan peculiar como el de las rozas se mantuviera. Un tercio de las poblaciones de la muestra, que eran sus practicantes, buena parte de las cuales ya recurría simultáneamente a los ritmos descendentes, acogía algo menos de un cuarto de la población que acumula la misma escala de la experiencia. Podría recordarse otra vez, a este propósito, la regla general que habitualmente se enuncia para admitir la relación entre el espacio y la población que lo emplea. Pero hay rasgos del fenómeno que permiten depurar con más claridad esta conexión. Todas las poblaciones que en la muestra representan el área serrana septentrional recurrían a este procedimiento, y las otras tres que hacían lo mismo, más al sur, se mantenían con predios litorales y próximos a la frontera oeste, de valor estatal; factores que añadirían inestabilidad y riesgos mayores a los que bajo las mismas apreciaciones pudieran afectar a las localizadas más al interior y más al este.
La renta del suelo y su metrología
Publicado: diciembre 18, 2013 Archivado en: J. García-Lería | Tags: agraria, economía Deja un comentarioJ. García-Lería
La renta del suelo agrícola, para quienes convivieron con ella durante la época moderna, era una deducción al producto justificada por la cesión de su fecundidad, materia de la narración que a los más fervientes lectores desalienta, sea porque de su aridez huyeron ellos, como del Neguev las víctimas del Éxodo, sus padres o sus antepasados; sea por la más frívola razón del interés, un tipo inmoral que en cualquier época ha patrocinado decisiones tenebrosas y beneficios cifrados fuera del alcance del número mayor de los mortales, el mismo que deglute el caos.
Observado con criterio productivo, para los primeros analistas de los principios económicos el patrimonio territorial era la misteriosa fecundidad que acumulaba el suelo agrícola, un secreto guardado por la naturaleza; que prodigaba a su capricho, unos años con generosidad otros tasándolo, pero cuyos origen y control escapaban a los más arriesgados traslados de capital a la empresa y a los más esforzados inversores de trabajo humano. Gracias a esta idea, la fecundidad pudo ser al mismo tiempo una imagen precisa de la Providencia, alud capaz para sepultar las mejores voluntades, las vidas más aguerridas y un buen argumento a favor de la posición económica de la agricultura como actividad, a medio camino entre la depredación controlada y la capacidad creativa del hombre.
Con los siglos, quienes aceptaron la doctrina de la fecundidad terrestre sin encontrar argumentos que oponerle actuaron de una manera que creyeron consecuente.
Sin negar el derecho a la apropiación de la riqueza creada, porque era trabajo personal, cuya acumulación sería legítimo conservar traspasándolo a bienes que lo preservaran del deterioro que causa el transcurso del tiempo, capaz para descamar la piel de los dinosaurios y trasladar el emplazamiento de los montes; creían injustificada la posesión privada de la tierra, puesto que su fecundidad, causa del producto agrícola, no era la obra del esfuerzo de quienes se aplicaban a extraérsela. A lo sumo, como en el caso de las minas, que con buen criterio, como todo el subsuelo, permanecía como un bien público, el trabajo justificaría la apropiación del producto.
Es posible que quienes así se expresaron escribieran cegados por su aversión al modo en que el dominio se había constituido, porque lo creyeran injustificable, porque previeran que la supervivencia del principio limitaría el crecimiento, porque lo calcularan incapaz para vencer el déficit nutritivo de una parte de la demanda en potencia. Entre ellos estuvo Álvaro Flórez Estrada, el esforzado traductor de la primera teoría económica a esta lengua, tal vez el primer economista de la cultura en castellano, quien por tal causa debió afrontar, a pesar de sus honradas convicciones liberales, una injusta difamación, de las que también están naturalizadas en la vertiente escrita de este idioma.
Al principio de fecundidad al servicio de la teoría de la renta se le puede objetar que fuera epidérmico, e ignorara los estratos humanos que en ella se habían acumulado. Pero tampoco sería justo no considerar las posibilidades de documentación que tenían al alcance aquellos pioneros del racionalismo contemporáneo, que ya preferían investigar sobre informaciones estadísticas.
Cuando pretende referirse a las diferencias en los rendimientos de las tierras, cualquier fuente de la época moderna, como máximo, recurre al argumento de sus diferentes calidades, causa inmediata de aquellos para su modo de suministrar la información. Los primeros teóricos, en parte, se habrían resignado a intercambiar su punto de vista con la observación contemporánea, y a continuación acomodar en su marco teórico los datos disponibles.
La posición del observador que pretenda restaurar ahora hechos antiguos no es muy distinta. Aunque su aspiración sea levantar de los acumulados en el yacimiento cuantos niveles pueda, está condenado a servirse de los mismos medios de información que ellos porque, aun en las condiciones óptimas, otros no están a su alcance. Tan útil es discutir el punto de vista de los pensadores modernos como puede ser dejarse llevar por su magisterio, curtido en el trato con las fuentes parciales y defectuosas.
El primer cuestionario al servicio de la Única, circulado a partir de 1749, en la región suroccidental fue respondido, antes de que mediara la sexta década del siglo, por las autoridades de 234 poblaciones y despoblados. Entre otras preguntas, como era habitual en los primeros planes estadísticos, incluía una sobre los rendimientos de las tierras de cada municipio. Habiendo admitido que entre la documentación de la época y la teoría de las clases de suelo tuvo que haber dependencia mutua, y que los datos de rendimiento pueden concentrar las opiniones sobre la renta diferencial, estos informes permiten aspirar a una aproximación paralela al mismo problema, hasta aquí no resuelto de manera satisfactoria para las tierras de cereales que antes concurrían a los mercados del arrendamiento.
Las 234 instituciones respondieron por menos de las tres cuartas partes de las poblaciones de la región, más de 300 lugares distintos. En cambio, describieron lo que hacían, y lo que obtenían con su trabajo, la práctica totalidad de quienes vivían en todo el territorio. En el espacio a cargo de aquellas 234 administraciones mínimas habitaban casi 700.000 personas, más del 95 % de las algo más de 725.000 que sumaba el total estimado.
Una muestra de la décima parte de las poblaciones encuestadas tendría un defecto cuanto menos, dejar la representación pretendida muy por debajo del nivel que debería alcanzar si tuviera que ser imagen de todas las localizaciones admitidas. Elegir de modo que la suma de los tamaños de las poblaciones alcanzara el decidido para la muestra, según su correspondiente total, no sobrepasaría el límite de la representatividad de los territorios, condición primordial para resolver los problemas que hasta aquí no han encontrado respuesta, que seguiría siendo solo del 7 % de las poblaciones. La salida más equilibrada, que hace compatible el reflejo de toda la magnitud de la población y de la mayor gama de clases de territorio dentro de la región con la economía de esfuerzos, porque solo el principio de pereza justifica cualquier muestra, puede ser coleccionar los datos de 31 poblaciones y despoblados elegidos al azar. Esta dimensión de la parte, hecha la selección, habilita una acumulación de informes que representan en torno al 10 % tanto del territorio como de la población.
Para tomar la muestra con el rigor de la premisa ha bastado con elegir todas las poblaciones encuestadas cuyos sustantivos empezaban por A, las dos primeras cuya inicial era B y la que encabezaba la relación correspondiente a la C. Valoradas según su localización, representan bien la diversidad del espacio regional, si es reducida a tres unidades: la sierra que hay al norte, el valle con el litoral que lo corta y el complejo de las cordilleras en posición sureste. La correspondiente distribución de todas las coordenadas sobre el mapa permite una imagen bastante equilibrada, según número de localizaciones: 8 para el norte, 14 para el centro y 9 para el sureste.
Es posible que la unidad intermedia, aun siendo la más relevante en cantidad, no esté bastante representada, porque la parte mayor de las poblaciones de la región había preferido el valle para radicarse. Al contrario, aunque sea la porción más pequeña, es seguro que las del norte han ganado en la muestra una presencia relativa superior a la que tuvieron en el conjunto de los municipios encuestados. Para el análisis, la consecuencia no es exactamente una deformación porque así queda compensada la carencia de la fuente, que con más frecuencia, quizás porque las comunicaciones con ellas eran más complicadas, dejó sin documentar poblaciones de aquella parte.
En el primer cuestionario de la Única, la respuesta a la pregunta sobre los rendimientos, cuando se refiere a las tierras dedicadas al cultivo del cereal, en todos los casos es tan directa y limpia que merece, si se la considera expresión de la conciencia compartida que anima los comportamientos en los mercados, llamada propensión al consumo por el clásico que analizó los elementos que formaban las opiniones necesarias para crearlos, todo el crédito del analista. En un lugar se puede afirmar que las tierras de primera proporcionan cada año el trigo contenido en 12 unidades de capacidad, en otro que las de segunda 5, en otro más que las que se siembran con cebada en las de tercera dan 8 y en otro que de las tierras de quinta incluso se pueden obtener 4 cuando el cereal cultivado es el centeno. Y así en todos, de manera que las clases de tierra, y por tanto de renta diferencial, podrían deducirse con facilidad.
Si se da por buena esta sencilla evidencia, se incurre en la obligación de enunciar un principio, referido a las tierras en las que se cultivaba el cereal. Los rendimientos, porque eran valores dados por la experiencia anterior a la oferta de la tierra que se cedía, debieron actuar como un factor común y constante en la formación del precio que aquella alcanzara al cierre del contrato descargado sobre las expectativas. Cualquier otro elemento que interviniera en este proceso genético, cuya interferencia siempre se debe esperar, solo debería valorarse como parte de las circunstancias, a cualquiera de las cuales nunca hay que concederle papel decisivo. Un aspirante a la producción de estos cultivos podría aventurarse en su proyecto, en dondequiera, confiando en que en el mercado de la tierra podría encontrar unidades de explotación cuyos precios en cesión vendrían decididos por los del cereal en ellas cultivable, versión a la concurrencia específica, donde se evaluaba el bien en moneda corriente, de los rendimientos previsibles.
Pero debía ser cauto, porque la homogeneidad del principio era solo aparente. Entre la unidad de superficie ofrecida y la expresión nominal de su rendimiento mediaban tales cantidades de refractores, y tan diversos, sustantivos, de ninguna manera perieconómicos, que diluían las posibilidades de aplicación práctica de una norma universal. Aunque en una población el rendimiento estimado del trigo en tierras de primera fuera 8 fanegas de capacidad por unidad de superficie y en otra se admitiera exactamente lo mismo, sus respectivos productos, expresados en una moneda común, podían ser diferentes. Solo las unidades monetarias eran universales, lo que, en sentido complementario, derivaba en un estimable número de ramas. La más conocida era la que llevaba al laberinto de las unidades de superficie, un problema que no se resigna a la disciplina de una solución satisfactoria del principio de homogeneidad métrica. Basta el análisis sumario de la muestra para demostrarlo.
Según ella, en la región convivían dos formas distintas de percibir cuantitativamente el espacio agrícola, la simple y la mixta. En la primera era suficiente con un convencionalismo, generalmente la fanega espacial, que no se debe confundir con su homónima de capacidad; aunque el propósito, al adoptar esta denominación, hubiera sido indicar que entre ambas existía una relación necesaria. En la mixta regían dos unidades distintas, cada una de ellas justificada porque medía una superficie con una dedicación diferente. Una solía ser también la fanega, mientras que la otra con preferencia era la aranzada, unidad menor, habitualmente reservada a la medida de las superficies ocupadas por los cultivos hortícolas y arbóreos; sobre la que esta experiencia demuestra, aun así, que también podía aplicarse a los espacios destinados a la producción de cereales.
La diversidad llegaba más allá de las diferencias de nombre. Solo entre las poblaciones que utilizaban la fanega, siempre en el dominio de la muestra, se documentan ocho diferentes, tanto que en su enunciado la mayor comprendía un número de divisores de la superficie que superaba en más de un tercio el valor de la menor (666 2/3 estadales frente a 400). Las distancias se acortaban si al mismo tiempo se incluía en la cuenta el valor de los estadales, presentados de la manera más expresiva como cuadrados con un determinado número de varas de lado; lo que, antes que facilitar la comprensión de la diversidad, la complicaba un poco más. Todas las aranzadas tenían 400 estadales, pero también había tres clases de estos: de 3 2/3, de 4 y de 4 1/8 varas de lado.
El grado de complejidad que alcanzaba este problema, que tanto se resiste a cualquier causalidad directa que se haya simulado, ha sido descrito y analizado reiteradamente, y quien haya empleado algún tiempo en su examen habrá podido detectar tantas inconsecuencias como para renunciar a servirse de un cálculo que pueda desvelar el secreto que las fuentes guardan, los analistas buscan con obstinación y los lectores observan perplejos e insatisfechos. Los argumentos con más capacidad para explicar lo que ahora solo puede parecer un innecesario absurdo, tanto más convincentes cuanto más extraños son a las actividades económicas, hace tiempo fueron recopilados por aquel maestro de la historiografía oriental que los envolvía con un mito. Explicaba que se había naturalizado entre los antiguos la idea de que las medidas las inventó el diablo. No es imprescindible recordarlos, mucho menos exponerse más de lo excusable al trato con los ínferos y los súcubos. Pero sí conviene revisar el origen que la diversidad referida tuvo en el suroeste, donde parece menos hermética que en otros territorios, puesto que es posible restaurarlo de manera bastante precisa.
En Varrón, en pleno siglo primero antes de la era, se lee que dos iugera, medida originada en los campos de Roma, hacían un haeredium, nombre que con toda seriedad admitía como la consecuencia de que a cada ciudadano el legendario Rómulo asignara aquella cantidad de tierra con derecho a su libre transmisión. Aquella dádiva sería un recurso destinado a la abolición definitiva de la tragedia contenida en el rito conocido como ver sacrum, expresión a la que en castellano se le ha dado el significado de primavera sagrada. En tan bárbara celebración, inspirada por la tiranía de la creencia en la divinidad con la que los humanos pervirtieron su concepción de ciertas impresiones, los problemas de población y sus representaciones confluyeron hasta identificarse con el más infantil de los sacrificios.
Dos iugera fue el lote apartado como correspondiente a cada colono cuando, haciendo uso del derecho que daba la conquista, las tierras ganadas eran repartidas. El mismo Varrón explica el valor del iugerum como un área de dos actus cuadrados. Columela, ya en el siglo primero de la era, con el mismo fin elabora una etimología para iugerum que toma como fundamento el verbo iungere, unir. El iugerum sería el resultado de unir dos actus, y así lo acepta literalmente San Isidoro, en el posterior siglo séptimo. Varrón evita la cuestión etimológica y aborda el origen del iugerum desde otra perspectiva, calculando su equivalencia con el patrón scripulum, unidad de peso anterior a la guerra púnica. Columela, además de la filiación que patrocina, no solo respeta este patrón sino que da las correspondencias de cualquiera de las medidas agrarias según un doble criterio, las unidades de longitud y las de peso. Ambos, con esta manera de actuar, estarían pretendiendo que el origen de aquellas medidas habría que buscarlo en el sistema ponderal.
Pero una vez fijado como patrón para los suelos agrícolas, como el actus era una superficie cuadrangular de ciento veinte pies de lado, el iugerum sería un rectángulo de doscientos cuarenta por ciento veinte pies; y dado que el pie romano equivale con seguridad a doscientos noventa y seis milímetros, el iugerum sería finalmente un rectángulo de poco más de setentaiún metros por treinta y cinco y medio. Mantenía la misma dimensión en el siglo primero de la era, según el texto de Columela, y la conservó al menos hasta el siglo séptimo de San Isidoro.
De lo que sigue diciendo Varrón también se deduce que antes de la segunda mitad de su siglo primero ya se entendía por centuria la localización, en un espacio continuo, de cien haeredia, un área cuadrada de dos mil cuatrocientos pies de lado. Es lo mismo que doscientos iugera o un cuadrado de unos setecientos diez metros de latitud y longitud. Al mismo origen se remite Columela, aunque añade, en un descuido impropio de su rigor, que ya en el siglo primero de la era una centuria sumaba doscientos cincuenta iugera porque en su tiempo la centuria había duplicado (sic) su superficie original. San Isidoro recibe esta tradición y precisa, con su elegancia habitual, que centuria ha terminado siendo un campo de doscientos iugera.
Pero Varrón también observa que en la hispana Ulterior la unidad de medida de los campos cultivados es el iugum, unidad distinta a la itálica de nombre parecido que aparenta contaminación por la lengua latina. Lo define como la cantidad de tierra que una yunta de bueyes puede arar en un día. Columela se hace eco de este sistema métrico de los campos cultivados de la Bética, pero no lo conoce en un estado que pueda considerarlo distinto al latinorromano. De la diferencia con este solo anota dos restos, dos nombres, acnua o agnua, término que considera “indígena”, y porca, medida distinta a las itálicas, aunque ya asimilada a los patrones latinos, de ciento ochenta por treinta pies.
Aunque se encuentre ya regulada al estilo itálico, la porca demuestra su independencia porque sus dimensiones no se obtienen por la aplicación de un único divisor a cualquiera de las longitudes de las medidas mayores, lo que sí ocurre con todos los divisores de las medidas latinorromanas, que aplican uno común para obtener a partir de una medida patrón los submúltiplos. Su denominación, que es una palabra que también se aplica a una parte del surco, tal vez indique su relación inmediata con el patrón, el primitivo iugum tal como lo define Varrón, aparte su discutible nombre, del que conservaría la inspiración en la productividad, pero cuyas latitud y longitud nadie transcribe a pies romanos.
Además de las precisiones sobre el nombre de cada tipo, o sobre cuántas sean las unidades que contiene cualquiera de ellos, estos datos permiten aceptar que en la Bética hubo un sistema métrico de la superficie antes de la llegada de los romanos, a la cual sobreviviría y que se transformaría con independencia. Tendría un fundamento distinto al importado. Mientras las explicaciones sobre este se esfuerzan por justificar una relación entre superficie y producto (iría de la medida de peso a la medida de superficie), las referidas al bético se inspiran en la relación entre productividad de las técnicas más comunes -los bueyes y el arado que responden a la resistencia del suelo- medida en unidades de tiempo y la superficie; iría de la medida de la productividad a la medida de superficie.
Hace décadas un arqueólogo creyó ver en la campiña de la región, vertida a una fotografía aérea, por primera vez analizada con los pacíficos propósitos del relato histórico, los restos de una centuriación que suponía hecha dos mil años antes. En el documento que estudió, luego presentado como prueba, son visibles los restos de un trabajo de agrimensores. Lamentablemente en la versión editada los medios habituales no permiten medir las formas regulares que se pueden ver. Si se trasladan a un mapa, tal como él hizo, sobre sus líneas ya es posible deducir que para todas las parcelas descubiertas resulta un módulo aproximado de unos setecientos metros de ancho, quizás algo más, y en algunos lugares cuadrados de la misma longitud de lado; e incluso dentro de estos, a veces, aún pueden verse módulos rectangulares de una vigésima parte.
Las unidades de fragmentación del espacio que se observan en la foto no podrían proceder de una obra agrimensora que solo usara el sistema bético, aunque fuera ejecutada en alguno de los momentos comprendidos entre el siglo primero antes de la era y el séptimo posterior. Como las de mayor dimensión observadas por el arqueólogo se ajustan al concepto de centuria anterior a Varrón, cabe deducir que la obra fuera hecha por agrimensores con cultura latinorromana antes de los años centrales del siglo primero precedente a la era, que en aquel momento más remoto llegaría a la región el correspondiente procedimiento de medida y que a partir de entonces pudo ser uno de sus sistemas aplicados a las tierras usadas con fines agrícolas.
A favor de los órdenes métricos antiguos fueron otra oportunidad los repartos posteriores a la conquista castellana, en el siglo décimo tercero, aunque el silencio sobre los utilizados entre el siglo séptimo y el décimo tercero es demasiado largo. Todo lo que pudiera relacionarse con la llegada de sistemas similares por iniciativa islámica, cuya cultura importaría los suyos para la medida de los campos cultivados, resulta oscuro. No obstante, también es posible recuperar algo sobre su vigencia.
Por los partidores castellanos fueron empleados dos patrones. Donde todo el espacio quedó a disposición del conquistador, se empleó un estadal que la fuente apellida pequeño, y allí donde permaneció población musulmana fue aplicado el que la misma llama grande. Los fundamentos de los dos sistemas permanecen en la sombra. El estadal castellano, con el tiempo, quedó fijado en cuatro varas de longitud o doce pies, y por vía de esta segunda unidad pudo contaminarse del sistema clásico. Incluso cabe suponer que uno de los dos estadales permitiera su versión directa. Es más probable que tal responsabilidad correspondiera al pequeño, porque la población musulmana participó en las operaciones de reparto que utilizaron el grande y por tanto, a través de él, con más facilidad pudo verter a la cultura castellana la metrología islámica.
Por tanto, al menos tres órdenes distintos pudieron llegar al siglo décimo octavo. El anterior a la ocupación romana, aunque tuviera menos posibilidades de supervivencia, pudo mantenerse en algunos lugares. El importado desde Italia ya antes de la era, que pudo servir de inspiración a los posteriores sistemas de medida porque la civilización de los itálicos prevaleció y pudo mantenerse en la misma posición por siglos, se extendió y conviviría con el precedente. A partir del siglo décimo tercero, para la medida de la superficie aprovechada con fines agrarios, es además seguro que dos sistemas distintos tuvieron que convivir. Cada uno de ellos debió heredar una parte de la tradición medieval y es posible que al menos uno, por esta razón, recuperara para el espacio regional uno o los dos sistemas de la antigüedad, mientras que es más probable que el otro recibiera influencia de un estilo musulmán de medir la tierra. Cualquiera pudo reaparecer en las sucesivas operaciones de agrimensura destinadas al reparto del suelo, para la transmisión del patrimonio de las familias, en las contiendas por el derecho a la posesión de los bienes inmuebles que hubieran de resolverse con la intervención de los peritos, que evaluaban las cantidades que debían adjudicarse a las partes.
Las diferencias entre los sistemas que se utilizaron para medir las superficies, porque también tuvieron su origen más reciente en la conquista del siglo décimo tercero, fueron medios que sirvieron a los poderes entonces instituidos. Esta deducción puede postularse además, ya que no como un cálculo decisivo, como el espacio adecuado para dirimir cuantas objeciones se hagan sobre diversidad y paradojas métricas. En términos más convencionales, la misma idea podría expresarse afirmando que fueron parte, aún no extinguida a mediados del siglo décimo octavo, de la jurisdicción que ganaron los dominios o señoríos. Siendo esta la autoridad del hecho disperso, se explica inmediatamente el esfuerzo por mantenerlo, aunque no se concluya en más lógica que la fuerza. Los cambios que afectan a los poderes, con su variable fortuna, pueden arrastrar en su caída a unas medidas y hacer que emerjan otras, e incluso permitir su convivencia, de la misma manera que quienes tuvieron capacidad para decidir retuvieron alguna y quienes aún no la disfrutan alientan esperanzas porque ya les llegan promesas de obediencia. Los poderes, porque los sostiene el ánimo cambiante de las poblaciones, afloran hoy y luego quedan abatidos, con la misma veleidad que cambia el valor del bushel de maíz en la bolsa de Chicago, cuyo movimiento está regido por unas densidades del aire que solo el padre sol decide.
La homogeneidad deseada, y con ella la demolición del primer obstáculo, el que interponen las medidas de superficie, se podría alcanzar si todo se redujera a lo expuesto hasta aquí. Con la vara se llegaría a la medida prácticamente unificadora, aunque todavía se escaparía una población, porque para una de sus fanegas, porque en su caso convivían dos distintas, se prefería la división en peonadas y no en estadales. Bastaría con reducirlas todas a ella.
El problema deriva a irresoluble porque aún queda por incluir en el análisis la última vertiente métrica de las superficies agrarias, la fanega de puño, vigente nada menos que en ocho de las poblaciones incluidas en la encuesta.
Que se utilice como criterio para medir superficies agrarias la unidad de capacidad que se invierte en la producción de cereales facilita el relato que se proponga una secuencia explicativa del origen geométrico de la misma unidad, que por ser más abstracta parece más evolucionada. Porque al genitivo se le pueden reconocer propiedades metonímicas podría ser la figuración expresiva de la técnica común de la siembra, que también de manera muy evocadora era llamada habitualmente siembra a voleo. Acompasando sus movimientos, el sembrador, que marcaba los tiempos con sus pasos, como el infante de la formación cerrada, como el torero cuando destella ante su público, como el hombre que, habiendo entregado parte de sus esfuerzo y voluntad al relajo del alcohol, entusiasta pone a prueba su estabilidad cuando va a comparecer en el hogar; iría rítmicamente cargando su puño en el costal pendiente del hombro opuesto, para abrirlo sobre la parcela y con fuerza batirlo, como el soldado que recurre al machete ante su oponente, como hace el diestro con su arma ante la bestia cuando la desprecia, como el dios creador en su medio doméstico, con airado gesto, animado por fuerzas expansivas, reordena todo el espacio donde vive; con todo el radio de su brazo activo, en todo el arco que le permite su articulación.
Es muy convincente, aunque la experiencia del análisis habilita otro punto de vista, no contradictorio, tampoco un aval de la secuencia genética que facilitan las propiedades de la lengua, no los hechos más visibles. Siete de las ocho poblaciones que utilizaban esta forma de medir estaban localizadas en la sierra del norte, poco habitada, apenas un 15 % de personas para la cuarta parte de las poblaciones. Es más fácil presentar la fanega de puño, que fue contemporánea de la geométrica de otros territorios, como el resultado directo de una baja competencia, entre quienes vivían allí, por el espacio que dedicaban a la producción agrícola.
Una de estas poblaciones tiende un puente hacia el que precipitarse buscando una salida. En su territorio, en las parcelas donde se cultivaban los cereales en cercados, para evitar las agresiones del ganado extensivo, que dominaba, tenían estimado que la fanega de puño equivalía a dos de la marca de la capital de la región, que era de 500 estadales de 4 1/8 varas de lado cada uno, y que en los barbechos y rozas, por lo áspero del país, la misma unidad la hacían equivalente a cuatro fanegas geométricas del mismo marco. Pero una vez más la fatídica ambigüedad lo mina todo por la base. Mientras que en sus tierras de primera y tercera la fanega de puño tenía 12 almudes de capacidad, la que se empleaba en las de segunda solo tenía 8. Ni siquiera la fanega de puño era una unidad estable.
La reflexión sobre los factores que los documentos dejan ver, cuando se refieren a las diferencias que pudo haber entre las unidades de capacidad, última esperanza de alcanzar la homogeneidad métrica que los cálculos necesitan, alerta sobre la importancia que para decidir sobre la diversidad tenían los sistemas de cultivo, una cultura más allá de cualquier razón. Pero si tampoco la fanega de capacidad había llegado a ser exactamente homogénea, a mediados del siglo décimo octavo las diferencias que subsistieran serían más la consecuencia del uso de unos instrumentos de medida, o de las sisas viciosas que su manipulación permitía, que del hermetismo de los dominios comerciales, tanto menos probable cuanto más se extendían los intercambios.
La importancia del tamaño
Publicado: junio 5, 2013 Archivado en: J. García-Lería | Tags: crisis, económica Deja un comentarioJ. García-Lería
A primeros de mayo de 1750 debió tomarse la última decisión sobre la libertad de comercio, ya entonces aliada a los poderes, que el encadenamiento de los hechos de aquel año permitió. En opinión de sus promotores, la unificación métrica facilitaría la circulación del grano.
Convencido de la bondad de esta iniciativa, el gobernador del consejo de Castilla ordenó el 12 de mayo a las justicias de la región que reconocieran las medidas con las que se estaban midiendo los cereales, cada una en el ámbito de su jurisdicción. Si encontraran que estuvieran defectuosas, o no hubieran sido marcadas por el fiel de la capital, debían recogerlas y remitirlas a costa de sus dueños a la administración regional, para que el mencionado funcionario las arreglara al marco de Ávila, dominio métrico que a partir de entonces debía ser el patrón de capacidad común. Cuando así se hubiera hecho, se enviaría en el plazo de quince días a la escribanía de la junta de granos el testimonio de haber actuado tal como se había prescrito.
El 18 de junio siguiente la junta recordó lo que había ordenado el gobernador del consejo de Castilla el 12 de mayo, y todavía en torno al 1 de julio reiteró sus decisiones, en los términos en los que habían quedado contenidas en su acuerdo del 18 anterior.
Una administración municipal, en respuesta a esta orden, por fin publicó que cualquier persona que tuviera medidas para granos, en el plazo de tres días, debía presentarlas ante ella, para que reconociera si estaban arregladas y marcadas según el patrón de Ávila; para que, en caso de que no fuera así, enviarlas a la capital con el fin de ajustarlas a él por su fiel marcador.
En otra población el asunto apenas fue soslayado. En el transcurso de una reunión de su asamblea de gobierno, examinado el acuerdo de la junta de granos del reino, se decidió requerir al medidor de la alhóndiga local para que presentara, ante uno de los alcaldes y el escribano que verificaba las reuniones del gobierno local, las medias y demás medidas con las que calibraba los granos en aquel mercado. Si les encontraran algún defecto, los designados para la inspección harían lo que tuvieran por conveniente, aunque ateniéndose al acuerdo citado.
En una tercera, ya el 4 de julio, en la reunión del cabildo civil, se acordó delegar en uno de sus alcaldes para que reconociera todas las medidas con las que en ella se medía el trigo; para que, si encontrara que no estaban arregladas al marco de Ávila, mandara que se remitieran a costa de sus dueños al fiel marcador de la capital de la región y las contrastara.
Hasta aquí nada que no fuera rutinario había sucedido.
Pero en una cuarta población ocurrió lo inevitable. El 25 de junio su junta de granos conoció lo que el 18 había acordado la del reino y decidió cumplirlo punto por punto. El día 1 siguiente, en la reunión que celebraba, hizo que comparecieran el almotacén y el fiel medidor locales. Habían sido avisados y llevaban las medidas que para todo género de granos usaban, las habituales medias fanegas, hechas con maderas de nogal o de cedro para que resistieran las deformaciones que originaba el uso, que de acuerdo con lo ordenado había que pasar, corregir y contrastar en la capital de la región.
Las presentaron ya corregidas y contrastadas según ciertas medidas patrón que presentó el almotacén, al parecer igualmente verificadas, marcadas con un marco de fuego de la forma de una Z. Sin embargo, la media fanega que presentó el fiel medidor estaba sellada con un marco distinto, grabado con un golpe seco. Representaba la figura de una X con los extremos superiores rematados por nódulos y una vertical que partía del vértice de la v, o mitad superior de la X, y la dividía en dos mitades iguales.
Observada la diferencia de marcas, se mandó llevar a la reunión una tercera medida que custodiaban en el pósito, traída de la capital con ocasión de una compra de trigo que por iniciativa del municipio allí se había hecho. Se cumplió la orden y se reconoció que tenía igual marca que las medidas presentadas por el almotacén, lo que permitió aceptar que Z era el signo del marco de la capital. Su extensión legal ya había sido avalada por las decisiones de la administración regional, aunque es probable que la inercia hubiera contribuido a que se mantuviera el marco del municipio.
Vistas las diferencias de marcas, la junta decidió que sus dos diputados, los mismos que habían intervenido en la compra de trigo, se ocuparan en arreglar la media fanega del fiel medidor a la del almotacén, y que a este se le notificara que las medidas que en los sucesivo hiciera tuvieran las mismas longitud y anchura que delimitaban las tablas que él había presentado marcadas. También decidió que se pregonara que todos los vecinos de la población, en el plazo de ocho días, debían comparecer ante el almotacén a corregir y marcar todas sus medidas de grano, bajo la amenaza de perder las que no estuvieran contrastadas y no tuvieran el marco del municipio; y que lo mismo tendrían que hacer quienes tuvieran medidas en los molinos de pan, que estaban radicados fuera de la población.
Los diputados de la junta local, como respuesta al encargo que habían recibido, sirviéndose del almotacén, compararon y midieron las dos medias fanegas que en la reunión habían presentado el propio almotacén y el fiel medidor. Reconocieron que la media fanega presentada por el almotacén con la marca de fuego Z estaba mayor que la presentada por el fiel medidor con el marco de golpe X. La diferencia de media a media fue evaluada en la mitad de medio cuartillo escasa (1/48 de fanega). En proporción, el mismo exceso tenía una cuartilla con el marco de fuego que había presentado el almotacén. Pero, verificada la comparación con la media fanega enviada desde la capital, marcada a fuego, semejante a la media presentada por el almotacén a la junta, se encontró que era (¡sorpresa!) igual a la presentada por el fiel medidor, y por tanto más pequeña que la presentada por el almotacén, con la misma diferencia que se había observado en la primera comparación.
Ante esta novedad, el abismo del pánico se abrió bajo los pies de los diputados. Decidieron enviar a otro de los vocales de la junta, que en aquel momento estaba en la capital, la media padrón antiguo y la cuartilla también antiguo padrón que el fiel almotacén de la población custodiaba, ambas referencia del sistema métrico local; otra media, hecha y marcada en la población por su fiel marcador, con un marco de fuego en forma de Z, expresivo del sistema de la capital; la cantidad de grano de la diferencia de media a media y un testimonio de la última comparación. Se le encargaba, una vez explicadas las discordancias que se habían observado, que presentara al almotacén o marcador de la capital la cantidad de grano que las demostraba, y en colaboración con él hiciera el ajuste al marco de Ávila; y que, efectuada la corrección, devolviera todas las medidas con un certificado del marcador en el que constara que las dos medias volvían iguales y que en la cuartilla se había hecho también la corrección adecuada. Además, por el momento, en vista de lo que estaba sucediendo, se creyó conveniente suspender el pregón que se había decidido.
El 2 de julio, a la seis de la tarde, un escribano dio a un vecino de la población que viajaba a la capital, maestro carpintero que ejercía como alcalde del oficio en aquella, las dos medias fanegas y la cuartilla y el excedente de culantro, semilla utilizada como verificador del aforo y prueba material de las diferencias encontradas entre las medidas, para que cumpliera con la entrega que se había decidido. Aquel mismo día el fiel marcador de la capital acusó su recibo.
Con la intención de resolver el enojoso asunto a la mayor brevedad, el mismo día 2 los diputados de la junta local también habían encargado a un maestro cerrajero un marco con la figura de una L. Para que las diferencias quedaran claras, habían decidido que con él el gobierno de la ciudad marcara en lo sucesivo todas las medias fanegas, así como las demás medidas de granos que debían servir en el municipio, una vez que volviera a la población la remesa de las que se habían llevado a la capital para ajustarlas.
En el transcurso del día siguiente el fiel marcador de la capital contrastó las medidas que le habían entregado la víspera. Las dejó arregladas y selladas según el marco de Ávila, conforme a las ordenanzas de la capital y para que sirvieran como padrón al municipio que lo solicitaba, y extendió el certificado de haber efectuado la operación. Recibido por el diputado responsable de las gestiones, devolvió a la población las dos medias y la cuartilla.
En la mañana del 4 de julio, el vecino de la población que un par de días antes había sido encargado, así de las dos medias fanegas y la cuartilla sobre las que se dirimía como del culantro métrico, para que las arreglara el almotacén de la capital, los devolvió y los entregó a uno de los diputados por la junta local. Traía también un recado de quien se había responsabilizado del trámite: que conservara las medidas en su poder hasta que aquel estuviera presente, lo que efectivamente ocurrió el 5 de julio, cuando ya había viajado de vuelta a la población. Había decidido entregar personalmente a uno de los dos diputados para esta operación, en presencia del otro, el testimonio que el fiel marcador de la capital había redactado el 3 de julio.
Los diputados decidieron que las dos medias y la cuartilla arregladas fueran llevadas a las casas capitulares, y que allí comparecieran el almotacén, con la semilla necesaria para hacer los cotejos, el fiel medidor, con las medias con las que en aquel momento medía, y el maestro cerrajero con la marca que se le había encargado. El propósito era ajustar todas las medidas locales a las que habían llegado marcadas por el contraste de la capital.
Los convocados acudieron antes de lo previsto. El maestro cerrajero llevó el nuevo marco de hierro para marcarlas, el fiel medidor la media fanega con la que medía y el almotacén las dos medias fanegas y la cuartilla padrones, después de recogerlas en la casa de uno de los diputados, a donde habían llegado desde la capital y donde todavía estaban. Llevaba consigo también una previsión de culantro para hacer las comprobaciones.
El almotacén, ante los diputados de la junta de granos, llenó de culantro la media padrón antiguo marcada a fuego con el marco en forma de Z. A continuación, vertió aquella cantidad de semilla en la media fanega que el fiel medidor había llevado, con la que en aquel momento se estaban midiendo los granos en la población. Se comprobó que esta media, que tenía un marco hecho de golpe con la figura de la X ya descrita, estaba falta en la mitad de medio cuartillo. Y por último comparó con el padrón antiguo, sirviéndose del mismo procedimiento, una de las medias fanegas que habían sido enviadas a la capital para que fueran corregidas y marcadas, y que efectivamente había sido marcada por su fiel marcador el 3 de julio. Esta media, sin embargo de lo certificado por el responsable de la operación en la capital, y de estar marcada por marco de fuego en forma de Z, resultó más falta aún que la marcada con marco de golpe. Reconocidas con más detenimiento las dos medias y la cuartilla devueltas a la población, aunque tenían idénticos marcos de fuego, todavía resultó que tampoco tenían igual capacidad, tal como reiteradas comparaciones de expertos demostraron. Todos quedaron estupefactos.
En aquel momento de desazón, los diputados buscaron desesperadamente una salida. Hicieron comparecer al maestro carpintero que ejercía como alcalde del oficio en la población, a quien se le habían confiado las medidas para que las llevara y trajera de la capital. Le ordenaron que cuanto antes hiciera una media fanega nueva según el padrón antiguo, a salvo de los defectos que acumulaba el uso, y después compararla de nuevo con una de las medias que él mismo había traído, en la que estaba marcado el marco de fuego. Actuó con toda la celeridad que se le pedía, y lamentablemente tuvo que reconocer que la media estaba más pequeña que el padrón, aunque según su verificación la diferencia era de la mitad de medio cuartillo de culantro.
Ante el desconcierto, pareció que lo mejor era apelar al arbitraje de otra media fanega, una de las antiguas, de las que se estaban utilizando para medir los granos que comerciaba el pósito de la población hasta el 25 de junio, el día en que la junta local de granos había decidido cumplir con lo que el 18 había acordado la del reino; en un intento desesperado por recuperar la paz en la que vivían antes de que empezara todo aquel embrollo. La tenían reservada los responsables del pósito para recibir el trigo que habían prestado, partiendo de que las liquidaciones de grano debido tenían que ser medidas con la misma medida que se había utilizado en la venta a título de cesión. Verificó el maestro carpintero la comparación entre esta media y el antiguo padrón y, por desgracia, todavía resultó que la media del pósito estaba mayor que el padrón en la mitad de medio cuartillo de grano más la mitad de la mitad de medio cuartillo, lo que en total sumaba 7/32 de almud o 7/384 de fanega.
Los diputados, ya inermes, decidieron informar de todo al corregidor, la máxima instancia judicial del distrito, para que sometiera al dictado de su autoridad las actuaciones tanto del almotacén como del maestro carpintero que había hecho las gestiones. El problema de las medidas amenazaba con crear un caos en el que se perdieran las rectas intenciones de unificación de los mercados, concebida por las autoridades regionales, y de su mano la buena voluntad de las que gobernaban la población. Nada parecía mejor que imponer el rigor de una sentencia para solucionarlo.
Aún era el 5 de julio y ya se celebró la vista que se había decidido. Ante el corregidor se presentaron los dos diputados de la junta de granos para las medidas, acompañados por el almotacén y por el maestro carpintero. Los diputados explicaron al corregidor lo que hasta aquí habían actuado y las diferencias que habían encontrado entre el padrón y cuantas medias fanegas le habían comparado.
Oído el informe, el corregidor, solemnizando la ecuanimidad a la que estaba obligado, mandó declarar primero al almotacén y luego al maestro carpintero. El responsable de las medidas del municipio, un hombre de más de sesenta años, al que ya no debía preocuparle demasiado el porvenir, fue el primero con valor suficiente para no ocultar que estaba perdido. Explicó que primero había medido la media fanega padrón sellada con el marco de fuego de la capital, la había comparado con la media fanega con la que medía el fiel medidor y había encontrado que la segunda estaba falta, en relación con la primera, en la mitad de medio cuartillo. Luego había medido y comparado el padrón con una media fanega que había llegado a la población, marcada con el mismo marco de fuego de la capital; operación por la que había comprobado que la tercera media estaba aún más falta que la segunda. Vistas las desigualdades entre el padrón y las dos medias, no podía decir cuál era la cierta y segura, más aún dada la innovación introducida por la orden, que obligaba a ajustar las medidas de la población al marco de Ávila por obra del almotacén de la capital.
El maestro carpintero, que además ejercía como alcalde del oficio, un hombre mayor de cincuenta años que aún tenía aspiraciones sin satisfacer, probablemente preocupado por su prestigio, también desorientado, prefirió culpar a los medios con los que trabajaba. Declaró que había medido y comparado la media fanega padrón antiguo marcada con marco de fuego con otra marcada con el mismo padrón en la capital por su fiel marcador. Tuvo que reconocer que la segunda media fanega era más pequeña que la del padrón, en una cantidad de grano equivalente a la mitad de medio cuartillo. También explicó que había medido y comparado con el mismo padrón otra media de las que antes se usaban en la población, que estaba guardada en el pósito para recibir los granos prestados a los vecinos. En este caso había comprobado que la tercera media era mayor que el padrón en medio cuartillo de grano más la mitad de la mitad de otro medio cuartillo. Y todavía añadió a su declaración algo que su predecesor no había hecho notar. Había comprobado en el transcurso de las verificaciones hechas que el culantro con el que se ejecutaban no era adecuado porque estaba picado, y en cada operación, por más delicadamente que fuera tratado, se deshacía, de donde debía derivarse la ninguna certeza de las comprobaciones.
Quienes tenían que decidir tras la vista, tan perplejos como quienes habían aportado sus testimonios, no vieron otra salida que comenzar de nuevo. El corregidor y los dos diputados, con la intención de impedir cualquier perjuicio que por las dilaciones e interferencias observadas pudiera ocurrir, decidieron que las dos medias fanegas de la misma marca, la cuartilla y todas las demás medidas de granos cuya comparecencia había sido reclamada volvieran a la capital, llevadas por el maestro carpintero de obra prima, respecto de quien ya se había decidido que se convirtiera en el nuevo almotacén local. Se le hizo responsable de que todas llegaran a la capital, fueran arregladas definitivamente por su fiel contraste y volvieran iguales entre sí y contrastadas con su marca. Así se podría cumplir de una vez por todas con lo que había ordenado la junta de granos del reino el 18 de junio.
Para asegurar la decisión, el corregidor y los dos diputados también se dirigieron al asistente, máxima instancia judicial de la región, a quien comunicaron lo que hasta aquel momento habían dispuesto para cumplir el acuerdo de la junta de granos del reino, de 18 de junio. Le expusieron además su deseo de que otra vez el fiel marcador de la capital arreglara y marcara todas las medidas que se le enviaban.
El 6, ya en la capital, compareció ante el teniente de asistente el maestro carpintero, futuro fiel contraste de la población. Había hecho provisión de cuanto podía ser un problema. Cargaba con las dos medias fanegas, una cuartilla y un juego del resto de las medidas de grano que eran utilizadas, más pequeñas: almud, medio almud, cuartillo, medio cuartillo, la mitad de medio cuartillo y una octava parte del cuartillo. Solicitó que se le atendiera para los fines con los que llegaba diputado.
El teniente del gobierno regional envió al maestro carpintero a casa del fiel marcador de varas y medidas de la capital, para que por su padrón arreglara las dos medias fanegas, de manera que ambas quedaran iguales a él, y para que procediera de la misma manera con las demás medidas. Le ordenó que una vez que las hubiera recompuesto todas, las resellara de nuevo con la marca que se usaba en la capital, para que a continuación fueran devueltas a su lugar de procedencia con quien las había llevado.
El maestro carpintero, sin más dilación, acudió a la casa del fiel, y en su presencia este llenó el padrón de la capital de semilla de cilantro. Utilizándola del modo que era habitual, arregló las dos medias fanegas, de tal forma que quedaron iguales al padrón con el que contrastaba el fiel. Para conseguirlo fue preciso achicar la media fanega que hacía de padrón en el municipio que había originado todo este largo proceso. Bastó con cortarle la demasía que se le dejaba encima para el acupamiento del fierro. Las demás medidas, cada una en su proporción, asimismo fueron arregladas al padrón de la capital, todas por el fiel marcador ante el maestro carpintero, y reselladas de nuevo con el sello que se acostumbraba en la capital. Todos los presentes prefirieron no objetar aquella manera tan expeditiva de proceder, y a partir de aquel momento nadie volvió a señalar diferencias de más o menos importancia, ni se entretuvo en impugnaciones de instrumentos de calibre o de alguno de los trabajos de contraste.
Dos días después, ya de vuelta en la población, compareció el maestro carpintero ante el corregidor y los diputados de la junta local de granos que habían sido encargados del arreglo y marca de las medidas, ante los que describió las sencillas gestiones que había hecho con el fin de homologar las que había llevado a la capital. El corregidor y los diputados le ordenaron que presentara las medidas marcadas y arregladas en la casa capitular, para que allí fueran reconocidas como correspondía. Aquel mismo día el maestro carpintero las entregó en la sede del consistorio, justo en presencia del corregidor y los diputados. Los representantes de las instituciones del municipio reconocieron que el maestro había cumplido con su deber y anularon el recibo de las medidas que había firmado cuando se hizo cargo de ellas para llevarlas a la capital. Para entonces, todas, aparte el marco que allí les impusieran, ya habían sido grabadas con el de la figura de L, inscrito a fuego, que días antes había forjado un maestro cerrajero.
A continuación mandaron comparecer al medidor público de granos, para que ajustara al nuevo canon las medias que en aquel momento estaba utilizando, que eran idénticas a la que se empleaba en el pósito. El mismo 8 de julio el medidor compareció ante el corregidor y los dos diputados, en presencia del maestro carpintero y del almotacén marcador. Maestro y almotacén, cooperando en aquel momento de transición, llenaron de simiente de culantro una de las dos medias fanegas que habían llegado de la capital, ahora arreglada y marcada de nuevo; precisamente la que hasta aquí había sido el padrón antiguo de la ciudad, hecha con madera de nogal. Con la cantidad de culantro que en ella cupo midieron una de las medias que había llevado el medidor. Reconocieron que estaba algo más grande que la media arreglada. Después midieron y compararon la otra media que el medidor había presentado. La encontraron aún algo más grande que la anterior.
El corregidor y los diputados mandaron que las dos medias del medidor, de las que se había comprobado que estaban crecidas, fueran arregladas a lo justo por el almotacén, siguiendo el sano procedimiento adquirido en la capital, que consistía en cortar en la madera las demasías peritadas. A fin de que no parara la medida diaria de granos, para que se sirviera de ella hasta tanto se hacían todos los ajustes de las dos que había presentado, le fue entregada al medidor la otra media que había llegado calibrada de la capital, la que era de madera de cedro.
Para completar la reforma emprendida, todavía al almotacén marcador le fueron entregadas las medidas padrón que habían sido verificadas y marcadas por el fiel de la capital, para que a partir de aquel momento, sirviéndose de ellas, pudiera corregir todas las de grano que fueran a ser utilizadas en la población. El lote de los instrumentos métricos que habían sido contrastados estaba compuesto por la primera media fanega, cuartilla, almud, medio almud, cuartillo, medio cuartillo, mitad de medio cuartillo y mitad de la mitad de medio cuartillo. Todos llevaban el marco de la capital y el nuevo de la L, que a partir de entonces debía distinguir las medidas del municipio; razón por la cual en aquel momento también tuvo que hacerse cargo del hierro con la figura de L. Marcando con él cada medida que verificara, además de completar su trabajo, el municipio podría dejar claro, a pesar de la homologación, que en modo alguno había renunciado a su jurisdicción en esta materia.
Decidieron por último el corregidor y los diputados que se publicara el bando diferido, para que fueran convocadas todas las personas que tuvieran medidas para granos. En el plazo de ocho días, a contar a partir del elegido para su difusión, debían acudir con ellas al almotacén, para corregirlas, arreglarlas y marcarlas. Así se conseguiría normalizar el que por primera vez se llamó el nuevo marco del municipio.
De haberse realizado todas las operaciones, que resultaron definitivas, la junta de granos del reino tuvo conocimiento, ya el 14 de julio, a través de un testimonio, obra del fiel marcador de la capital. Daba fe del ajuste de las medidas de granos que había verificado. Al día siguiente, para su satisfacción, la junta local recibió la carta de aquella que así se lo comunicaba.
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