Abel, operario de vanguardia
Publicado: junio 29, 2020 Archivado en: Eliseo Ocampo | Tags: historias Deja un comentarioEliseo Ocampo
Trata la naturaleza con generosidad a quien a ella se enfrenta valeroso, como el imponente ejército romano, que a los temerarios enemigos ignorantes de su poder sometía con benevolencia. El invisible aire seduce a tiernas criaturas, que a él se lanzan convencidas de que las premiará con gloriosa memoria, y efectivamente de él el premio reciben de ser relevados de la condición humana. El esforzado nadador corta dos mares celestes los días soleados, hasta que exhausto el inmenso lecho lo acoge para que descanse indefinidamente. Minas cavan titánicos varones de brillantes torsos de bronce. Generosa madre la tierra, pronto, abrumadora amante, los rescata para que vuelvan a habitar su seno.
Premio similar las madres jóvenes reciben. Su parto es dulce, como insípida es la hierba verde que la gula animal debe desatar; la crianza liviana, como indiferente al apresurado caminante el disparo de un arma que le devuelve el eco; la temprana y espontánea emancipación, simpática, como distante la lucha por abrirse un hueco de aquel desconocido que con silencioso deleite es observado. No ignora la generosa mujer que la vida reserva a los seres trato desordenado, porque en el azar se complace y de la sorpresa extrae su tiránico dominio sobre la existencia. Tampoco olvida que el día más amargo los despojos de aquel que al siglo diera del siglo devueltos le serán inanimados. Será desde entonces serena mujer solitaria que en el silencio debe vivir el placer que le causa sentirse admirada y condolida, reconocida y convenientemente pensionada, tomada en consideración la circunstancia de que el deceso ocurrió en acto de servicio. Aun ahora, cuando solo es proyecto deseado, la naturaleza tiene a bien recompensarla con la idílica imagen de su severa soledad, imponente estampa.
He aquí, para que pueda ser comprobado, el caso de Abel. Nació robusto, tanto que de un salto se plantó sobre la tierra en el acto por el que venía a vivir, impulso tan vehemente que por reacción su madre cayó de la cama. Pareció que un destino se le imponía. Se podría decir que su crianza fue una ordalía, como la que reservó la naturaleza a los héroes más afamados. Buscó por sus medios el alimento, lejos del trato materno encontró en la soledad el estado más seguro, del selvático trato aprendió qué distancias de los demás seres debe tomar el compás propio para trazar la derrota de la vida.
Llegó Abel a la edad adulta escueto de estatura, enjuto, liviano a la balanza, la tez oscura, curtida y muy gruesa, mas pura fibra; de aquel tipo que solo las guerras civiles ocasionalmente decantan como el más depurado producto de la supervivencia; Buenaventura Durruti reencarnado, bravo varón capaz de comer tierra y defecar piedras. No había trabajo que se le resistiera. En un poste del tendido eléctrico la raíz de la escarpia mohosa que debía ser sustituida había quedado empotrada. Nadie era capaz de extraerla con medio alguno. Subía Abel equipado con un grueso cinturón de cuero y las hoces de la escala. Abrazaba el poste con el cinturón y lo tensaba con sus riñones, y con rítmicos y ordenados movimientos, ejecutados con la ceremoniosa lentitud del que está seguro del buen fin, alternaba avances del cinturón sobre el palo con trancos que infaliblemente clavaban en la madera los acerados dientes de las hoces que prolongaban sus pies. Llegado al lugar crítico, unas tenazas le bastaban, aun pequeñas. El diestro giro de su muñeca, la poderosa mano sosteniendo firme la herramienta en un solo gesto ejecutaba el milagro. Como dentista siniestro sostenía en alto la raíz del hierro pinzada, y sonreía satisfecho mostrando a la concurrencia el herrumbroso fruto de su esfuerzo, mientras compañeros y curiosos aplaudían y vitoreaban al héroe proclamando su nombre.
En otra ocasión su virtud fue ungida por el sueño. Extrañaban sus socios descargadores su ausencia, mas también que carga alguna hubiera en el muelle. La impenetrable oscuridad que al amanecer precede explicaba que los perezosos transportistas hubieran desistido de moverse, pero no que Abel faltara. Feroz consigo para que feroz pudiera siempre ser, si por su bien lo necesitara –y con reiterada frecuencia la experiencia le venía enseñando que el bienestar se nutre devorando–, exigía a su cuerpo expectante tensión de cada músculo antes de que reloj alguno las cinco señalara, con preferencia en invierno. Torturaba entonces su anatomía con severos ejercicios de oxigenación, exponía su salud a las bajas temperaturas, brincando desnudo por la desierta azotea de su casa. Friegas de agua gélida tonificaban luego su cuerpo, y una vieja navaja que ya la barba de su abuelo había rasurado en tres pases los rígidos cañones de su barba cerrada, apenas humedecidos con un agua ligeramente jabonosa, cortaba.
Imposible pensar que hubiera descuidado su deber laboral aquel espartano. Murmuraban sus compañeros en corro, pronosticaban la noticia de siniestros acontecimientos ya irreversibles. A punto estaba de cumplirse la primera ronda de anís cuando apareció al fondo del muelle. Silbaba solitario, el diminuto paquete del bocadillo bajo el brazo, dejándose querer por las farolas, que una tras otra le iban tendiendo doradas alfombras para que con su calmoso paso las hollara.
– Buenos días tengan los señores –saludó a los compañeros, que aguardaban mudos a que por fin detuviera su seguro caminar ante las puertas del bar.
Sin esperar respuesta, sabiendo que aquel silencio general lo convertía en el señor absoluto del tiempo que todos estaban viviendo, ya apostado en la barra atacó muy dominador:
– He tenido un sueño. Un cocodrilo me comía el pie. Me veía a mí mismo tal como entonces estaba, tendido en la cama y durmiendo. El cocodrilo se acercaba desde la orilla del río que lindaba con el filo de la cama, abría las fauces y se metía mi pie izquierdo en la boca. Un poco me despabilaba el roce de los dientes en el tobillo, y con un ojo miraba lo que ocurría. Horrorizado, con una violenta sacudida desprendía el cocodrilo del pie. Bastó aquello para que desapareciera, y así pude continuar durmiendo tranquilamente.
– ¿Sabes lo que significa eso? –aventuró un compañero–. Que anoche cenaste demasiado. A mí siempre me pasa. No falla. Como cene carne en caldereta, presa de paleta, solomillo en salsa o cosas así, sueño con lagartos, precisamente con lagartos, muy verdes y muy largos. Con las gambas no me pasa. Puedo comer todas las que quiera que no tengo pesadilla. Se conoce que mi estómago está más por el marisco que por la carne. Pesadilla viene de pesado, y si pesado tienes el estómago pesadilla tienes en la cabeza. Como la sangre no te puede subir bien al cerebro, porque está dale que te dale trabajando en el estómago, pone al cerebro de mala idea, y eso es lo que ocurre. ¿Tú que cenaste anoche?
– Un arenque, Botella –contestó Abel sin dudarlo un instante–, un arenque seco sin pan.
– No me lo puedo creer.
– Tal como lo oyes. A mí mi religión no me permite cenar más que un arenque.
– ¿Tu religión?
– Así es, la religión que todo el mundo lleva aquí –y con el dedo índice se golpeaba la cabeza en la entrada que había dejado al descubierto el pelo–. Todo el mundo lleva una religión dentro. No hablo de curas ni de santos, habla de exigencias. Unos la tienen más rigurosa y otros menos, unos son obedientes y otros siempre están cometiendo pecados. ¿O no? Aquel se compromete a pagar todos los meses trescientos euros del coche, el otro novecientos del piso y este se ha propuesto no fumar más. Viven para eso y cumplirlo les satisface, y cada vez que se gastan diez euros en una copa o echan un cigarro les remuerde la conciencia.
– Este tío es un filósofo –dijo admirado un tercero. Y Abel se creció.
– Yo no puedo cenar fuerte porque no quiero. Relaja el músculo, da sueño, y lo peor de todo: embota la cabeza. Menos todavía si me acuesto tarde.
José, el penúltimo de no se sabe cuántos hermanos, que había observado atentamente cada gesto del seguro orador y ya sospechaba algo, empezó a atar cabos, y ya no quiso permanecer más tiempo en silencio. Porque no le fuera arrebatada la gloria del descubrimiento:
– ¿A qué hora te acostaste anoche?
– A las dos.
– ¿Y eso? ¿Y acaban de dar las seis y ya estás aquí?
Contuvo Abel unos instantes la respuesta, los mismos que invirtió en recorrer uno por uno los rostros del corro, como el jugador seguro de su baza se deleita en aplazar unos segundos el despliegue de sus cartas sobre el tapete. Sus compañeros aguardaban con la respiración contenida sus palabras. Miradas cruzadas habían extendido la sospecha:
– Tuve trabajo –dijo lacónico Abel.
– ¿En el muelle?
– En el muelle.
– ¡Qué tío!
– Tú no fuiste víctima de una pesadilla –completó jubiloso José, excelente pronosticador, seguro del sentido de su interpretación. Porque cuanto tenía que suceder había sucedido.
– El sueño que tuviste evoca tu grandeza, oh César –concluyó–. El cocodrilo que te mordía el pie es el trabajo y la violenta sacudida de tu cuerpo tu fuerza. Tu fuerza puede vencer cualquier trabajo.
– ¡Hurra!
Y rieron todos y bebieron a la salud de Abel.
El poder fiscal en los municipios
Publicado: junio 24, 2020 Archivado en: Junípero Téllez | Tags: economía agraria Deja un comentarioJunípero Téllez
El sistema de rentas provinciales fue uno de los procedimientos que experimentó la administración fiscal del estado absoluto con la intención de racionalizar los ingresos de una de sus coronas, la de Castilla, crónicamente deficitarios durante la época moderna. Nadie como el estado absoluto insistió en explorar las ventajas de convertir en rentas los servicios debidos por los vasallos.
A partir de unas Cuentas formadas de los valores que tuvieron las Rentas Provinciales en el año de 1764, correspondientes a un municipio del sudoeste, es posible reconstruir cómo se recaudaban allí donde la autoridad fiscal del estado las hubiera delegado. Para evaluar hasta dónde se le debe dar crédito a sus informaciones, aparte la concordancia de las cifras, que al menos son prueba de rigor contable, solo disponemos de un testimonio en sentido contrario. En unas cuentas precedentes, las de 1762, constan como gasto el pago a los medidores y peones que tasaron algunos cortijos de labradores forasteros por haber ocultado en la relación parte de su sementera. Es legítimo sospechar que debió haber resistencia al pago y, entre otras reacciones a la presión fiscal, ocultación de las actividades que estuvieran gravadas. Que algo así ocurriera restaría fiabilidad a la relación entre las cantidades ingresadas y el volumen de la actividad cargada, siempre que las cifras resulten inverosímiles. La adversidad no impediría conocer el orden recaudatorio que se creaba ni sus fundamentos económicos.
En la constitución de los municipios meridionales, cuyo origen más reciente se remontaba a la plena edad media, quedaron separadas las responsabilidades ejecutivas y las de gestión. La ejecutiva, para el ejercicio de la soberanía transferida sobre los regímenes fiscales, tal como ocurría con otras materias, en aquel municipio a su vez era delegada a una diputación. Cualquiera de ellas adquiría su legitimidad de la misma forma, como una célula que se desprendiera del regimiento, cámara que concentraba la capacidad para decidir y que desde el siglo XIV había eclipsado al concejo fundacional, nunca formalmente extinguido. Para la mayoría era suficiente con que el regimiento designara a dos de sus miembros. En 1764, de que tomara las decisiones en materia de rentas provinciales fue encargada una diputación extraordinaria formada por cuatro miembros.
Dos de ellos, los caballeros don Juan de Briones Saavedra y don Bartolomé Nieto de Auñón, tal como era común eran regidores de pleno derecho. Ejercían sus cargos porque por vía hereditaria, además de la condición de caballero, como parte de su patrimonio, habían adquirido aquel título, el que confería la exclusiva totalidad política. Familias de la ciudad, por prescripción adquisitiva de la posesión en precario de las regidurías, por usurpación o por compra directa a la corona, desde fines de la edad media habían ido haciendo propios los títulos de regidor.
Cuando la diputación era extraordinaria o ampliada, a los regidores designados se les sumaban miembros que no procedían de órgano de gobierno alguno, aunque nunca eran neutros desde el punto de vista de la constitución local. Lo corriente era, tal como ocurriría en este caso, que esas células discrecionales se nutrieran de más caballeros. Los otros dos miembros de aquella diputación, don Bartolomé de Briones y Saavedra y don Cristóbal Francisco Tamariz, que fueron cooptados a ella e investidos de capacidades ejecutivas por decisión del regimiento, cumplían con esa condición.
Si los cuatro eran caballeros, los cuatro tendrían acreditado que eran herederos de la condición que había dando origen a la constitución aristocrática del municipio, posterior a la concejil o democrática. Algunos de sus antepasados, como miembros reconocidos de la caballería villana, habrían conseguido ser parte de quienes generaron una república local gracias a que combatirían debidamente equipados, o al menos concurrirían con todos sus pertrechos a los alardes prescritos. A partir de entonces, la condición de caballero, convertida en el primer bien político de ciertas familias, la habrían transmitido por vía de linaje a sus respectivos descendientes antes que la de regidor. Cualquiera de los cuatro miembros de la diputación, en pleno siglo XVIII, encarnaba el brote más reciente de la misma rama del arraigado árbol.
Para pleno siglo XVIII ser caballero ya no era la condición que permitía alcanzar la plenitud de los atributos públicos municipales, aunque sí para mantener, al menos aparentemente, el reconocimiento ganado gracias a aquella vieja forma de poder, con el tiempo neutralizada por otras que en la constitución del municipio se habían ido acumulado. Como tantos órganos del estado a fines de la época moderna, cualquier municipio había degenerado a un agregado de instituciones nacidas en momentos sucesivos, en muchas ocasiones redundantes y hasta contradictorias, que se habían ido superponiendo sin que las anteriores, similares en todo o en parte, hubieran sido abolidas.
A los cuatro, la pertenencia a sus respectivos linajes además les otorgaba la condición de patricios o ciudadanos potentados, algo también precedente, aunque no necesariamente anterior. Basta con tomar nota de sus apellidos (Auñón, Briones, Nieto, Saavedra, Tamariz), recurrentes en cualquier documento municipal de fines de la época moderna de la misma ciudad, para reconocer que además tenían aquella condición.
No era el resultado de un reconocimiento legal. En las agrociudades del sudoeste se adquiría, desde hacía siglos, por pertenencia a las familias que persistían en mantenerse como labradores o campesinos de éxito, si eran capaces de aprovechar las ventajas materiales que acumulaban generación tras generación. Las blindaban con decisiones testamentarias y vinculaciones, las transmitían recurriendo a la endogamia y la consanguinidad, en la medida que los rigores de la mortalidad lo permitían, las que tampoco dejaban de servir para renovar las sangres y permitir el acceso al grupo a quienes hubieran triunfado en los negocios agropecuarios sin antes ser parte de ellas.
Recibir como herencia una sangre legal bajo todas aquellas condiciones, para pleno siglo XVIII, era lo que, en muchas de las grandes ciudades rurales del sudoeste, a los más aventajados del patriciado urbano les permitía rentabilizar la supervivencia del municipio de realengo, el constituido por iniciativa regia exclusiva, que se esforzaron por mantener al mismo tiempo que iban enajenando a la corona los títulos de regidor. Se había consolidado gracias al reconocimiento en su favor de buen número de inmunidades, que los hacían señoríos corporativos o colegiados limitados a sus respectivos términos municipales, cuya extensión aun así podía superar a muchos. El ejercicio de la jurisdicción de un señorío singular valiéndose de las regidurías, expandía, por vía ejecutiva, las posibilidades materiales de los patriciados de fundamentos agropecuarios. Había sido en simbiosis con la pertenencia a las casas patricias que aquellas familias habían generado el último producto constitucional de las repúblicas locales modernas, una depurada versión de la plutocracia más genuina, la de este municipio similar a la de buena parte de las grandes agrociudades del sudoeste.
Hombres tan singulares, en tan definida y exclusiva posición, cuyo ennoblecimiento era insignificante, debían ser los que en 1764 tomaran decisiones y rindieran cuentas de los gastos e ingresos de las rentas provinciales.
La gestión estaba bajo la presidencia nominal del superintendente de ellas, que al mismo tiempo era el corregidor, la otra institución de la plenitud jurisdiccional, agregada a la constitución del municipio en los orígenes de la época moderna, en 1764 don Ignacio Retama, designado por la administración central, natural de otra población, sin vínculos de sangre con el patriciado urbano. Se servía de un asesor, también simultáneamente el alcalde mayor, la siguiente responsabilidad en el orden judicial estatuido por el fuero, en otro tiempo la cima de este poder en el municipio, que era don Esteban Marqués.
Pero era el contador, don Francisco Benítez de la Milla, otra cabeza visible del patriciado, nominalmente oficio concejil o funcionario con esta ocupación, quien dirigía el órgano de gestión de las rentas provinciales del municipio. Tenía la responsabilidad exclusiva de validar el registro de cualquier cantidad ingresada. Bajo sus órdenes trabajan dos oficiales, un tesorero, un visitador, un guarda, un escribano, un fiel de carnicerías y panillas, un abogado y un escribano de millones.
Por la manera de identificarlos, se puede asegurar que una parte de ellos se dedicaba a las rentas provinciales parcialmente y otra no. El escribano indiferenciado, además de ocuparse en la administración fiscal, gestionaría en su oficio toda clase de escrituras que requirieran la fe pública. El fiel de carnicerías y panillas, también un oficio municipal, era responsable de la inspección de las compraventas de carne y aceite en los mercados públicos. El escribano de millones, al menos en el ejercicio de las funciones derivadas de este título, desempeñaría un oficio desde su origen asociado en exclusiva a la recaudación fiscal. Las otras especialidades que requería la gestión de las rentas provinciales no pasaban de lo previsible. Estaban relacionadas con la actividad burocrática cotidiana, la inspección y el asesoramiento legal.
Informes de Hilario Carson el retórico
Publicado: mayo 26, 2020 Archivado en: Severo Canseco | Tags: historias Deja un comentarioSevero Canseco, documentalista, ed.
1.
He identificado a Genaro. Es un hombre singular. Desde su nacimiento está cargado de lastres, tantos que le impiden caminar, hablar de manera inteligible, articular las manos, salvo para engarfiar lo que queda al alcance de sus brazos, que hasta hoy mueve bien.
A primera hora de la noche, cada día, a la puerta de una bodega de muchas botas y poco embotellado, celebra su supervivencia, siervo de su soledad, con la mano izquierda parcialmente contraída, los dedos del centro lo bastante ágiles para mantener la copa en una posición que evite la versión de su contenido, un gesto para el que, según he podido averiguar, gracias a la legión de sus compadecientes, pronto se mostró hábil.
Su madre, nacida en Cambados, hija de un minero proveniente de Mieres, fallecido joven a consecuencia de la silicosis, lo que a su viuda le granjeó una peluquería remuneradora de su silencio, aparte la pensión, le entrega la vida. Suple todas sus carencias; las del aseo, cualquiera de las relacionadas con la alimentación, y por supuesto las del movimiento, que satisface y sobrepasa empujando la silla de ruedas durante las horas que sea necesario, incluidas las que dedica a la bodega, sobre las que su juicio es altamente reprobatorio. No cree que deba envenenar su sangre con graduaciones inmoderadas de vinos criados con soleras. Tomar el aire en el parque, observar a los transeúntes ausentes, divertirse con los dueños de perros insensatos que los miman, serían para él, en su opinión, buenos recursos espirituales, suficientes para proporcionarle el equilibrio que la vida sedente necesita, tal como el peso muerto que mantiene su silla recta.
A la tercera copa (apúntamelo, le dicen los parroquianos a Damián, el impasible montañés encargado de la bodega) comienzan las deudas. El crédito que el tabernero les permite parece que le ha revelado a Genaro un mundo tenebroso, más que el fondo de sus perspectivas vitales. “Necesito trescientos”, le proponen al hombre cuando, ya serenos, a primera hora del día siguiente a la penúltima, los deudores vuelven a la bodega con más buena voluntad que algo con que saldar lo que les sigue apuntado. Genaro cree que el bueno de Damián se expone innecesariamente al riesgo de los impagos. “No tendrá otra solución”, ha debido anotar para sí. Se habrá visto en la obligación de actuar así con los morosos si por lo menos quiere mantener la esperanza en ingresar algo, imagino que se dice.
Sin embargo, por lo que comentan sus colegas de la última hora, sus más fieles, ha deducido que traficar con cantidades modestas a Damián le da seguridad, e incluso, para la mayor parte de las veces, que le parece preferible comprometerse confiando en quienes le piden cifras insignificantes. Con todos acuerda plazos para la devolución largos, flexibles y, al mismo tiempo, severos. Nadie pronuncia palabra, ni hay apretón de manos ni interés declarado. Rubrican con los ojos, más rigurosos que la lengua de los hotentotes (que, hasta donde sé, carece de asíndeton, prosopopeya y hasta de la muy excelente macrología, entre otras vanidades contaminantes de las expresiones magmáticas que cada lengua ingenia).
Pero, una vez cerrada la taberna, en la habitación que tras la barra aísla una cortina, por si la palabra que no es posible oír, y las miradas rubrican, no fuera eficaz; por si los plazos comprometidos vencieran, o cualquiera de ellos, sin que el deudor hubiera hecho la devolución del dinero, el tabernero les hace firmar un documento que él acepta trazando al pie un aspa que solo él reconoce como propia.
2.
Ayer enterraron a Tina, una madre consumida por su abnegada entrega a quien veía (y, de haber vivido, mucho tendría que ver) tan restringida su existencia. Todos han lamentado que el pobre Genaro, a partir de ahora, quede expuesto al riesgo de quedar abandonado a una suerte fatal. La maldición con la que debe cargar su vida es suficiente para que, a cambio de su desvalimiento, reciba el reconocimiento de una inagotable conmiseración sin interés.
El desastre al que ha quedado expuesto su fragmento de vida a su hermano Martín, Martín Humano el lógico, lo ha conmovido lo suficiente como para hacerse cargo de él. No lo asea, tampoco le da de comer. Para satisfacer cualquiera de estas urgencias ha decidido contratar a una mujer joven, muy esférica desde cualquiera de sus múltiples puntos de vista, y prodigiosamente rubia, aun así amerindia pura, ante cuya asistencia Genaro, privado del habla, bajo la gorra que lo protege de los rigores del invierno, de las inclemencias del verano, de las miradas indiscretas de los que se sorprenden cuando lo miran sedente e inmóvil y no obstante engarfiando una copa, da muestras de aprobación con una mueca. Quienes lo conocen mejor están seguros de que se trata de una sonrisa.
El hermano se ha impuesto suplir con su esfuerzo sus otras necesidades de hombre inerte. Cada tarde, como su madre ha hecho durante años, empujando la misma incombustible silla de ruedas, lo acompaña hasta donde pueda una vez más alzar, la mano engarfiada, su copa de vino decantado por la bota de amontillado.
A Genaro la reiterada protección, que al mismo tiempo es insistente frecuentación de la misma taberna, la lucidez que le proporcionan los vinos de buena crianza le van permitiendo depurar las virtudes que para él, al tiempo que le ha negado tantas, la naturaleza ha reservado. Como quienes tienen que sobrevivir en la guerra, a los que el destino les otorga el valor como sucedáneo de la lucidez, comprimidos en un orden tan exigente y brutal como el que impone la abstinencia carnal al humillado clero, a Genaro, privado de la vida autómata, le ha conferido, por inspiración imprevista, la virtud del áspid financiero.
Valiéndose de la experiencia adquirida en la barra de la bodega, las horas de su soledad inmaculada, a partir de un momento incierto, al parecer las ha ido invirtiendo en meditar sobre el expansivo y fecundante círculo que pueden trazar las monedas y los billetes, y la inabarcable longitud del radio que llegan a tener sus imprevisibles ondas. De un tiempo a esta parte, concentra su atención en calcular qué podría hacer más rentables los acuerdos que hasta ahora solo ha visto comprometer en la excelente taberna, que por su gama de vinos, generosos y secos, por su colección de botas centenarias, donde escanciar según clase soleras, para que el mundo tenga todos los colores, el futuro, la más prometedoras de las remuneraciones sin proponérselo expresamente, ha ganado virtudes de bolsa, como el ágora o los casinos, el burdel o la timba, que conocen las propiedades del numerario casi tan bien como los bancos.
Para los créditos reservados a la habitación tras la cortina por el tabernero Damián se acuerdan compromisos entre acreedores y deudores, según ha podido saber, que se someten entre sí por razones no siempre racionales, tanto por su origen como por su residencia. El cruce de estos dos términos cierra un círculo peculiar. Aunque la red de relaciones que los compromete la tejen en el lugar donde ahora viven aquí, en el sur del sol, parte de un origen único, en torno a una lejana ciudad, King Candela le dicen, en donde antes de partir cada uno de los comprometidos, sea deudor o acreedor, dispone de la condición de vecino, lo que incluye que cualquiera de ellos dispone allí de patrimonio raíz. Tanto se puede cerrar el bien delimitado círculo del paisanaje concentrado en aquellas transacciones que incluso se puede aherrojar con la consanguinidad.
Ha sido suficiente para que haya presumido que la presión del cerco étnico incrementa el valor de las rentas que los emigrantes de las montañas todavía acumulan cuando vienen a trabajar al sur del sol. Una parte de las que obtengan, ha deducido, la invertirán en el crédito entre ellos. Así, si no aumentan el ingreso adquirido con su trabajo, porque no le consta que unos a otros se cobren intereses, aseguran su preservación, una actitud que tiene mucho de prudencia. El traslado a las montañas de King Candela del dinero ganado en el sur, que debe completar miles de kilómetros, en esta época de inseguridad está expuesto a toda clase de riesgos. Prestarlo a quienes son conocidos, tanto ellos como sus familias, será una buena manera de eludir los peligros y poder recuperarlo cuando lo necesiten.
Pero los originarios de King Candela y su tierra, ha sabido después, en la habitación tras la barra comprometen cláusulas que solo rigen entre ellos. Además de someter a la devolución a sus personas, lo que si las cosas no van bien debe solucionarse a costa de su libertad, algunos deudores arriesgan en la transacción los bienes que llegan a adquirir en el lugar a donde por temporadas vienen, donde residen de manera precaria. Como si los apostaran en una partida de cartas al descubierto. Por eso sus movimientos de ida y retorno, tan inexorables como los de un péndulo, contando con este horizonte, elijarán siempre como punto de destino el sur del sol, tan definido como estable es el de partida, donde cuando menos algún arraigo ganan. Sin embargo, otros se ven forzados a más, hasta verse en el trance de tener que hipotecar todo lo que les pueda corresponder de todos los bienes que en King Candela lleguen a ser herederos, sean tierras o casas.
Al fondo de la red solidaria que cada día urden, aunque lo pretendan, no han podido evitar, al menos para Genaro, que quede al descubierto que sus préstamos son en realidad una aspiración a adquirir derechos sobre el patrimonio del deudor, sea el de su lugar de origen o el ganado en el lugar al que han inmigrado; una táctica tras la que se perfilan unos hombres de medios tan limitados en donde tienen su origen que transitoriamente deben trabajar en el sur, no obstante sólidos, aferrados a esta condición, limitados por la desconfianza y permanentemente armados con astucias tan afiladas como colmillos de serpiente.
Valiéndose de las garantías que unos a otros se dan, a veces los acreedores ingenian e imponen maneras de saldar sorprendentes. Por un deudor, en la taberna, porque lo dijo para que todos lo oyeran, ha sabido que las cantidades que en dos ocasiones su sobrino le había prestado, para hacer frente a algunas urgencias que había tenido, tan perentorias que sumaban una cifra que triplicaba las que habitualmente concede el tabernero, ya se las había devuelto. Y que sin embargo, por el mucho cariño que a su sobrino le tenía, dado el cuidado especial que con él había tenido siempre que lo había necesitado, además de estarle muy agradecido, por su propia voluntad días antes le había donado su participación en el negocio en el que había invertido en donde ahora está residiendo, aquí, en el sur dorado, una tierra sembrada y en plena producción, de la que le correspondería una centésima parte. Aquel mismo día, al sobrino, horas más tarde, en el mismo lugar, otros le oyeron decir que ya se había dado por pagado de las cantidades que le había prestado a su tío, y que le estaba muy agradecido por la donación que le había hecho y el mucho amor que demostraba tenerle. No ha tenido que hacer mucho esfuerzo Genaro para deducir que tan grato regalo, dijera lo que dijese cualquiera de las partes, ha sido el pago de la deuda que el tío había contraído, y que de su cruce con un préstamo nunca devuelto el híbrido ha nacido en realidad es una simple permuta de bien por dinero, como en todas las compraventas.
3.
En secreto, Genaro ha decidido concederse más tiempo para reflexionar sobre los préstamos que entre candelarios, tras la barra de la bodega, acuerdan. La consecuencia ha sido que ha incrementado aún más su presencia en la taberna, tanto que su hermano Martín no ha podido soportar la intensidad de consumo de vino con que las rémoras de Genaro, a consecuencia de una arcana ley de las compensaciones, han sido satisfechas. Ha hecho todo lo que ha estado a su alcance para equiparar su velocidad de ingestión de manzanilla en rama, brava y masculina, aconsejado por el deseo de que no se sintiera menospreciado. Su corazón ha estallado apenas transcurridas seis semanas desde el momento en que tomó a su cargo la tutoría del incapacitado. Hoy, a esta hora, de nuevo amenaza la supervivencia de Genaro el trágico cuerpo en el que vive encerrado desde el principio de sus días. Pero creo que aún no ha llegado para él el momento en el que le sea dictada la sentencia definitiva.
Uno de los deudores de uno de los créditos entre provenientes de King Candela ha muerto ayer. Era de una población a pocos kilómetros al norte de sus montañas. Él y dos coterráneos al menos habían formado un grupo. Habían venido sin sus familias al sur, para trabajar en la recolección, y tomado una vivienda juntos. Los compañeros del que ha muerto, a través de consulado interpuesto, le han comunicado la noticia a la viuda, quien ha autorizado a uno de ellos para que sea el albacea de su piedad.
Estaba a punto de cumplir con su obligación cuando la autoridad judicial ha intervenido a causa del crédito que el difunto había comprometido, una vez que la contraparte le ha presentado el documento que había firmado en su favor. Han actuado los representantes de la justicia de acuerdo con el procedimiento que en estas circunstancias es obligado. Los compañeros del difunto, previo pacto, han decidido actuar solidariamente. Todos han comparecido ante ella con una declaración idéntica que ha permitido satisfacer las exigencias del procedimiento para resarcir el crédito.
Pero en el transcurso de las averiguaciones judiciales se ha sabido que otro deudor, que se identifica también como trabajador temporalmente venido al sur de los rayos implacables para la recolección, al mismo tiempo es beneficiario de una parcela de tierra cuyos ingresos estaba en trance de perder a causa del impago de la deuda crediticia que por su parte había adquirido. La actividad que lo califica es tan dependiente de los contratos de temporada como todas las que son aludidas con la misma palabra que se aplica a todos los que se empelan en el mismo trabajo, y, por lo que su procedencia permite suponer, la condición personal que para ella lo faculta es semejante a tantas con el mismo origen. A la autoridad judicial le ha aconsejado prolongar sus indagaciones comprobar que había acordado el disfrute de aquella parcela en marzo.
Para fines del invierno el ciclo germinativo de los cultivos en los que había de emplearse estaba ya muy avanzado, si no a punto de concluir. El espacio que se puso a su disposición desborda con creces la más exigente de las expectativas de tierra de quienes llegan al sur. No tendría mucho sentido hacerse cargo de ella entonces. Salvo que el acceso al espacio productivo estuviera siempre abierto para algunos de los que llegan de fuera con el fin de emplearse en la recolección. Si se comprometen a tener una parcela cuando queda poco tiempo para siembra, germinación y madurez del fruto que pudieran proyectar, es obligado pensar que solo estará a su alcance el recurso a cultivos de ciclo tan corto que sean compatibles con la recolección. Tendrán que ajustarse, en el más optimista de los supuestos, al tiempo transcurrido entre fines de la primavera y el verano, un tiempo durante el cual cualquier planta se agostaría. No es verosímil. Solo se podría admitir que la parcela, para ser viable como explotación, tendría sembrarse, como muy tarde, a principios del año natural, en cuyo caso el vínculo con el recolector que la tome tendría que haberse originado como muy tarde a comienzos del invierno, unos tres meses antes de lo que en este caso demuestra. Porque si quien la toma se propusiera prepararla para el año siguiente, porque el tiempo del que dispusiera se lo permitiera, su vínculo con la inmigración contratada para recolectar, que es estacional, tendría que incluir un desplazamiento episódico, de King Candela al sur, de mayor duración que el tiempo máximo que se puede dedicar a la recolección.
Interrogado por el juez un candelario que actúa como encargado de una explotación de frutos, le ha proporcionado una pista más segura. A cambio de su trabajo, como parte de su remuneración, recibe una parcela de dos hectáreas. La población laboral que mantiene el vínculo de temporada con los dueños de los cultivos que recolecta, sus contratantes, también puede intercambiar su trabajo con el cultivo en un trozo de tierra de una especie distinta a la que había justificado que su trabajo fuera requerido. Así pues, las condiciones de su contrato de trabajo, que obligaría a mantenerlo ocupado por encima del máximo de los cuatro meses de la recolección, confirman que a los empleados en aquel cultivo que sean inmigrantes les permiten acceder a la parcela no necesariamente solo en las épocas de mayor oferta de trabajo.
Aunque nada impide que un inmigrante pueda ejercer su trabajo bajo las condiciones de la inestabilidad más alta posible, las limitadas a la recolección, parece, tal como indican este y otros casos más explícitos que el incansable juez sigue instruyendo, que el intercambio de trabajo por una parcela se concentra en la parte de los trabajadores que es más estable, o cuyo vínculo con el amo es más duradero. Todo eso convertiría definitivamente en un contrasentido la posibilidad de que la parcela se utilice para recompensar a los inmigrantes que se ocupan solo en la recolección, los que acuden en masa a la oferta de trabajo corta e intensa concentrada en el momento decisivo del ciclo anual.
4.
El empeño del juez Osborne, severo e incorruptible, sensible y condescendiente con las debilidades, su persistencia en la prosecución del caso del inmigrante difunto, han conseguido encontrar una manera bastante satisfactoria de explicar toda esta extraña concatenación. Tanto el deudor que no había conseguido hacer frente a los impagos como el difunto que había sido protegido por sus compañeros aun después de su muerte, quizás no tanto a su esposa, se habían afincado transitoriamente como mozos de posada, y como tales el juez los ha reconocido.
Al ser aceptados legalmente bajo la condición de mozos, su hospedero ha dado por supuesto que eran solteros o que vivían solos. Desde luego que, aunque no todos fueran solteros, la distancia, y que se desplazaran solos o en grupos solidarios, compuestos exclusivamente por hombres, no solo les permite aparentarlo, sino que a efectos prácticos pueden actuar de manera equivalente sin que nada se lo impida. Y al radicarlos en posada o casa ajena en la manera de declarar su localización ha incluido la condición de que son residentes transeúntes, y por tanto inmigrantes que se alojan temporalmente en el sur acogiéndose a los espacios disponibles en el hogar que les ha ofrecido.
Los mozos de King Candela no dejan mucho margen al juicio que sobre su condición laboral y sus obligaciones pudiera hacerse. Para la práctica totalidad de los que ha descubierto que residen en posada o casa ajena, el juez Osborne ha dejado establecido, por lo se puede averiguar, que su vínculo laboral está más cerca del momento de máxima concentración de trabajo que de la demanda de actividad humana durante todo el ciclo. En su mayor parte son sin duda inmigrantes que acuden al trabajo estacional de la recolección.
Pues bien. Estos mozos de posada también se hacen responsables de pequeñas parcelas de cultivo aun en marzo. La mayoría son pequeñas, de en torno a la media hectárea, a lo sumo una y media o dos. Cuándo y por qué ocurre tan manifiesta anomalía ha podido finalmente desvelarlo el juez gracias a un grupo de recolectores que se aloja en casa de una mujer que a su vez es apodada La Gallega. Las ocho hectáreas que ha acumulado el grupo de candelarios no son una parte de la satisfacción de su trabajo individual, fuera percibido de esta manera o en solo una parcela cuyo espacio es necesario usufructuar mancomunadamente, la forma más primitiva de regentarla, sino que son una parte de las obligaciones que han contraído por efecto de su residencia. Aunque haya quienes disfrutan parcelas, aun siendo inmigrantes, porque las reciben directamente del amo que los contrata, entre los mozos de posada, a partir de este caso Osborne ha podido establecer que es la patrona que los aloja la que se las subarrienda, con el señuelo de que de esta manera podrán expandir todo lo posible la renta que obtienen de su estancia en la tierra de promisión si la invierten contando con todas las facilidades que les proporciona. Así, a la inmigración incentivada por la recolección se le abre la puerta al acceso a la tierra de promisión, no por la vía del intercambio con trabajo, sino por la residencia estacional. Y he aquí lo que ha resultado lo más aleccionador. Para su cultivo, porque llegan apenas provistos con sus ropas, necesitan un crédito, que obtienen en el mercado circunscrito a las afinidades, la residencia y las cesiones de tierra asociadas a ambas.
Si todo ocurre sin incidentes, la recogida del fruto de la parcela que han tomado con su alojamiento, a quienes la han trabajado les permitirá pagar el precio de los dos servicios, el de la tierra y el de la residencia, devolver el préstamo y todavía sacarle algún rendimiento a la venta del producto que de aquella puedan obtener. Pero en caso de impago del crédito que hayan comprometido para cultivarla, el prestamista, tal como está establecido tras la cortina de la taberna, reclama para sí el producto de la parcela, o en su defecto los ingresos obtenidos gracias al trabajo de recolección, como recompensa a los riesgos que ha corrido, que en realidad son ninguno.
5.
Genaro ha meditado sobre todo esto y ha concentrado todos sus saberes en encontrar una posición propia en tan bien urdida red. Ha concluido que para disfrutar la mejor es suficiente con que arriende las tierras para las que La Gallega actúa como intermediaria. Después de que el juez Osborne, una vez sentenciados los sorprendentes casos que había instruido, ha vuelto su atención hacia otros asuntos, así lo ha puesto en práctica.
En condiciones normales, el cobro de la renta a los mozos es más que suficiente para pagar el arrendamiento primitivo de las tierras que Genaro compromete al por mayor para luego dividirlas en parcelas, pagar su comisión a La Gallega y obtener un buen beneficio sin riesgo. El valor de las tierras tomadas al por mayor lo puede multiplicar por cuatro por lo menos al dividirlo en parcelas de poca extensión. Como además Genaro, valiéndose de los fondos del tabernero, que no cobra intereses sino fidelidades, sin dejar de acogerse a la sombra de La Gallega, oferta los préstamos para que los mozos puedan cultivar la parcela, exigiendo a cambio como garantía solo el producto que de ella obtengan, el negocio le está siendo lo suficientemente lucrativo y sin pérdidas como para consolidarlo. Prefiere tan restricto y competitivo mercado porque La Gallega, valiéndose de la inscripción, puede estimar el patrimonio de sus alojados y prever sus comportamientos cuando los acoge.
6.
La defunción del hermano ha convertido la responsabilidad del cuidado de Genaro en una competición entre sus parientes. Ha ganado la partida el sobrino que ha propuesto a los demás una condición que ninguno, salvo él, ha sido capaz de aceptar, la renuncia previa a cualquier legado por razón de parentesco. Ha llevado su abnegación tan lejos que además se ha comprometido ante ellos a ir con Genaro a un santuario en el que tiene puestas todas sus esperanzas. Les ha presagiado que los poderes del lugar harán que camine.
El santuario se llama El Oasis y lo regenta Madame Eleanor, nacida Soledad. Deslumbrado por las virtudes del lugar, al que su sobrino lo ha llevado a diario durante una quincena, cubierto por el vino mediocre que allí sirven, Genaro anoche se levantó de la silla y efectivamente anduvo, entre dos y tres metros, en dirección a Dorita, la estrella del local, a la que solicitó en matrimonio, testamento en mano, antes de desplomarse. La boda entre el sobrino y Dorita se había celebrado sin más testigos que dos camareros la víspera del óbito.
Madame Eleanor ha costeado una inscripción conmemorativa del milagro, para que se conserve en El Oasis para siempre jamás, y el sobrino, para recompensar tan solidario gesto, a su costa ha renovado mesas, sillas y manteles del local, lo que apenas le ha supuesto una diezmilésima parte de las bendiciones que la precaria salud del Genaro ha derramado sobre su vida.
Es todo lo que he podido averiguar.
De color indefinido
Publicado: abril 30, 2020 Archivado en: Reginald Southampton | Tags: historias Deja un comentarioReginald Southampton
(Traducción de A. J. Baines)
Ya en la corte de Constantino VII Porfirogéneta, Perses, el renombrado hermano de Hesiodo, indagando en los anales de la corte alcanzó a saber que Prodes, que hasta entonces pasaba por viejo iconódulo, había colaborado con el archimandrita del lugar donde vivía, iconoclasta oficial, a consecuencia de ciertas deudas que con él había contraído. Hesiodo, amante de las imágenes, años antes había congeniado con el antiguo activista, e incluso había contribuido, en colaboración con el arriesgado militante de otros tiempos, a la difusión de las representaciones con las que simpatizaba. Nunca llegó a saberse con certeza el alcance de las traiciones de Prodes que las crónicas habían registrado, ni menos aún, en el caso de que fueran ciertas, si alguna vez fueron sinceras o habían sido aconsejadas por su instinto de supervivencia. Perses, de cuya cobardía solo él conocía la profundidad, en el relato de la sospechada felonía de Prodes otra vez encontró un medio para vengarse de Hesiodo, y de paso reivindicarse.
Primer manifiesto de los niveladores liberales
Publicado: marzo 14, 2019 Archivado en: Redacción | Tags: economía Deja un comentarioEn memoria de John Lilburne
El disfrute de los bienes materiales solo los justifica el trabajo, frontera biológica de la vida humana. Cada uno se hace acreedor a cuanto su esfuerzo pueda justificar. Toda la energía que agote en la adquisición de bienes debe ser remunerada con ellos. Así queda satisfecha la justicia material, la más elemental de las justicias, la premisa que permite emprender cualquiera de los caminos que pueden llevar a la renuncia a toda clase de bienes, la única que por último libera de la servidumbre biológica.
A quien estas premisas parezcan acertadas, igualmente podrá pensar que cualquiera que se apropie de trabajo ajeno incurre en una injusticia, porque menoscaba las posibilidades de otros para emanciparse de la esclavitud de la supervivencia. Si además se sirve de la ley para consumar su apropiación, que mina el consenso que la ley necesita. Porque la más injusta de las leyes será la que asegure el disfrute de bienes sin que sea necesario trabajo para adquirirlos.
Bastaría examinar cada ley a la luz de este principio para saber cuándo y dónde se habría incurrido en la iniquidad. Pero la norma nada descubriría de la responsabilidad en la que incurren quienes se atienen a ella. Nada permite observar tan bien los límites de la justicia más elemental, dónde los marcan los hombres y cuándo los traspasan, víctimas de apetencias incontenibles, como los testimonios de los que ya no esperan efectos perjudiciales, projudiciales o parajudiciales.
Yo sé que muchos de mis contemporáneos se acogen al anonimato que les garantiza el derecho, o norma universal, para convertirse en cómplices de las injusticias que comparten y les satisfacen. Firman testamentos poseídos por su ambición, tan dueña de su voluntad que se proponen imponerla después de su muerte; compran bienes sin necesidad de ellos, solo por venderlos a un precio superior; contratan a trabajadores en condiciones que para ellos jamás admitirían. Basta oírlos, observar lo que hacen y ver cómo se comportan para tener la certeza de que actúan de este modo. Porque la conjetura, cuando reúne y ajusta las piezas dispersas de la intuición, obtiene resultados más infalibles que el más preciso de los mecanismos lógicos. Pero también sé que jamás me permitirán leer los contratos que firman, ni la declaración de sus últimas voluntades, y que si les pregunto por lo que han decidido sobre el contrato de quienes trabajarán para ellos me mentirán.
Estoy seguro de que lo que decidían bajo la misma cobertura nuestros antepasados de hace trescientos años no estaba aconsejado por nada distinto, y la misma refracción de los hechos que celan sufre el observador de hoy que oye palabras y ve comportamientos, por la insuperable condición de sujeto que se interesa por saber, que el lector de los testimonios escritos hace siglos. La única diferencia entre las palabras y los comportamientos de hoy y los testimonios antiguos conservados es que buena parte de las voluntades que ahora no podemos observar al desnudo, gracias a la mediación de lo que quedó escrito, porque ya nadie cree que puedan tener consecuencias, están disponibles en los archivos, y quedan al descubierto cuando se leen. Podemos servirnos de este medio para saber hasta dónde son capaces de llegar los hombres con los que convivimos con la certeza de que no encontraremos otro mejor.
No tenemos interés especial por lo que ocurrió hace trescientos años, como no podremos tenerlo sobre lo que ocurra dentro de otros trescientos. Solo queremos saber por qué estamos condicionados por las imposiciones de la siempre concupiscente voluntad de quienes pueden decidir. Es posible que las respuestas solo las encontremos revisando nuestro pensamiento, y no tanto lo que los viejos testimonios nos permitan leer. Pero también sabemos que el pensamiento solo deja atrás el lastre de sus apriorismos cuando alcanza al de otros que lo dejaron escrito.
La voluntad, parte decisiva del comportamiento de todos los sujetos a relaciones, en los contratos se representa sometida a la enajenación. Quienes trabajan persisten en tomar decisiones que parecen irreflexivas, tiranizadas por la autoridad de una tradición a la que no son capaces de oponerse. Sea o no así, lo que de ningún modo se sostiene son las explicaciones que llegan al extremo de justificar todos sus comportamientos como el resultado de fuerzas que se imponían a su voluntad, movidas por poderes ocultos que escaparan al control humano. Al contrario, siempre serían resultado de decisiones, tuvieran mayor o menor grado de conciencia, fueran más o menos obra de un pensamiento autónomo o emancipado.
Tal vez no sería necesario recordar algo que parece una obviedad, aunque sus antepasados ya fallecidos descansen en paz. Pero en la mayor parte de las explicaciones sobre sus comportamientos que se encuentran en los textos del género, concluir su lectura con la impresión de que había fuerzas ocultas que se imponían a su voluntad, fuerzas que no emergen al texto nunca, que es imposible discutir porque nunca se hacen explícitas, es casi inevitable. Cuando encuentran algo que escapa al orden de las decisiones impuestas o enajenadas, se les escapan las explicaciones. A sus autores les parece entonces que el azar de ha adueñado de los acontecimientos y que es imposible encontrar argumentos que los justifiquen.
En realidad, están ante las rupturas, las quiebras imprevisibles, sin embargo tan constantes en el curso de los comportamientos que sin ellos no habría movimiento, cambios, retornos a formas de actuar que cuentan con precedentes o conocidas para otras épocas. En estos casos sería suficiente con incluir en las explicaciones de los comportamientos no previstos por su teoría condiciones humanas comprensibles con abstracciones radicales tales como ambición, astucia, felonía o venganza.
En el orden de las decisiones de quienes trabajaban es verdad que hay pautas que se les imponen, que no anulan su voluntad ni su margen de decisiones pero que las limitan severamente. Una parte nada desdeñable de ellas procede de la codicia, que inspiraba la persistente aspiración a la libertad especulativa en el feliz estado del monopolio, que todos desean, al que nadie renuncia. Tomaban forma en el orden contractual, en la economía agropecuaria la fuerza que cargaba con al menos la tradición técnica, que era responsable de buena parte de los comportamientos enajenados, fueran inducidos o no. Por él se fueron descargando determinadas voluntades sobre los comportamientos comunes, sirviéndose en especial de los contratos de uso de la tierra, que lo imponían con un alto grado de coerción.
Redacción (ed.)
Teoría de la renta agrícola
Publicado: marzo 8, 2019 Archivado en: Camilo Terrera | Tags: economía agraria Deja un comentarioCarmelo Terrera
A mediados del siglo décimo octavo los pastos eran tarifados a partir de la estimación del producto espontáneo que la naturaleza proporcionaba sin que mediara trabajo. Las fuentes aceptan que entonces el precio de la unidad de suelo resignado a este aprovechamiento estaba comprendido entre dos y tres reales. Tal manera de hacer el cálculo permite depurar con los hechos el valor neto de la renta de la tierra, tal como las teorías entonces la justificaban. Si deducía al trabajo la porción que correspondía a la providente capacidad creativa de la naturaleza, tendría que ser la diferencia entre su valor y el del trabajo remunerable, puesto que en su generación no había mediado actividad humana.
Supongamos que una unidad de superficie sembrada de trigo produjera 12 de capacidad. Apreciada cada una a 20 reales, su rendimiento, expresado también en dinero, sería 240 reales. Dado que el suelo espontáneamente solo proporciona un máximo de 3 reales, los otros 237 tenían que ser fruto del trabajo pasado o presente descargado sobre la tierra.
El trabajo pasado más remoto era el que se acumulaba como suelo en sentido propio, resultado de un largo proceso que iba desde la roturación a la acumulación cíclica de horizonte orgánico. El trabajo pasado más reciente estaba conservado como ahorro, y se podía activar como capital variable, presto para la inversión. Poseer grano, por ejemplo, era poseer trabajo a precios mínimos o precios de costo. El trabajo presente era la energía que en el curso del tiempo que iba desde cada otoño hasta el siguiente verano creaba las combinaciones del capital que permitían originar toda la renta.
Para valorar el costo neto del trabajo comprado durante cada ciclo, el presente, conviene detenerse en la siguiente reflexión. El dueño de esclavos al menos tenía interés en garantizarles la alimentación. Cuando quien trabaja es libre tiene más complicada la supervivencia. Así como Disraeli vio en la regulación del sufragio universal el mejor medio para perpetuar el dominio político, ellos vieron en la retrocesión del dominio sobre el trabajo el mejor medio para extraerle la mayor cantidad de energía. Con las obligaciones materiales debidas a la servidumbre no detraían tanta renta como cuando adquirían la energía del trabajador autónomo.
El primer registro civil
Publicado: febrero 20, 2019 Archivado en: Dante Émerson | Tags: población Deja un comentarioDante Émerson
La Memoria sobre el movimiento de la población de España en los años 1858, 1859, 1860 y 1861, que editó la Junta General de Estadística del Reino e imprimió Luis Beltrán en Madrid en 1863, pone al alcance una buena síntesis de lo que durante el siglo XIX la administración central legisló sobre el registro civil secular; con insistencia, como persistió en todas las normas que pretendían organizar un estado nuevo.
El primer intento de crear un registro civil laico en España se remonta al 8 de mayo de 1801, fecha de una real orden que dictó ciertas instrucciones para emprenderlo. Sus consecuencias fueron escasas, si es que las tuvo. Probablemente nunca pasó de una declaración de intenciones.
La primera iniciativa decididamente encaminada a emanciparlo de los archivos sacramentales parece que fue la siguiente, la de 1813; un proyecto patrocinado por los ocupantes franceses, como la primera constitución. Con una instrucción para el gobierno de las provincias, redactada por tan efímera administración, el 23 de junio de aquel año se ordenó que los ayuntamientos informaran semanalmente de la mortalidad ocurrida en sus municipios en el transcurso de los últimos siete días, así como de las clases de enfermedad de los que hubieran fallecido, diagnosticadas por un facultativo, una calificación profesional que entonces no significaba exactamente lo mismo que médico. Por la misma instrucción, los ayuntamientos también quedaban obligados a dar cuenta al jefe político de cada provincia si en la población se había manifestado alguna enfermedad epidémica, como mínimo con la misma periodicidad. Los ayuntamientos asimismo tendrían que remitir a la misma autoridad, cada tres meses, una nota en la que constaran los nacidos, los casados y los muertos habidos en la población durante aquel tiempo, precisando sus sexos y sus edades, características que el legislador juzgaría irrenunciables para una correcta interpretación de los hechos que informara. Debía ser extendida por los curas párrocos y de ella el ayuntamiento tendría que conservar una copia.
Así pues, el plan era consciente de que el nuevo servicio sería el resultado de la colaboración entre la administración civil de base y la eclesiástica romana que actuaba en sus parroquias. El estado reconocía, en el momento mismo en el que hacía pública su voluntad, la que tal vez fuera su principal debilidad, que la feliz ejecución de su proyecto dependía del poder de la iglesia católica. Aquel primer sistema público, desde el principio, habría concentrado su interés en la descripción de la mortalidad, y en particular en identificar sus causas, una manera adecuada de reconocer la relevancia de este fenómeno en el crecimiento de las poblaciones del momento.
De haber prevalecido esta iniciativa, el registro civil secular hubiera quedado establecido como un servicio de los niveles superiores de la administración, aunque subsidiariamente pudiera disfrutarlo el poder municipal. Pero como todos los proyectos concebidos durante los años de la guerra napoleónica, este no tendría consecuencias inmediatas. Sin embargo, la administración transitoria de los ocupantes no dejó de ser eficaz para la creación del nuevo registro. Sus decisiones delimitaron el marco dentro del que se movería en lo sucesivo la pretensión, y definieron los problemas básicos a los que habría de enfrentarse cualquier proyecto de esta clase.
Poco más adelante, pasada la ocupación, fueron dictadas otras disposiciones que no serían fruto de las mismas claridad y decisión, y que con demasiada facilidad se rendían a las evidencias, lo que no era incompatible con el deseo de aparentar solidez. De nuevo apelaron a los datos en poder de la iglesia católica, a la que nada menos que exigirían que antes de que ella misma los cumplimentara pusiera en conocimiento de las autoridades municipales los tres actos que debían registrarse, nacimientos, matrimonios y defunciones; un exceso de representación de un poder que posiblemente el legislador de aquel momento no tenía.
El siguiente paso serio en la misma dirección lo dio la ley de 3 de febrero de 1823, que regulaba el gobierno político de las provincias. Contenía, entre otras decisiones, un nuevo intento de organizar el registro civil secular desde cero. Proyectaba que en la secretaría de cada ayuntamiento hubiera libros registro de los nacidos, los casados y los muertos en la población y su término. Pero, a la vez que se legislaba así, por primera vez se identificaban problemas que con el tiempo se revelarían decisivos para la calidad de las inscripciones. Su autor afirmaba que era necesario disponer de un departamento de la administración municipal con personal cualificado, capaz para mantener con rigor y continuidad el sistema de información, si en lo sucesivo se quería sostener esta iniciativa. Asimismo, para una correcta organización del servicio, creía que había que definir el ámbito o jurisdicción al que debía extenderse, para garantizar la recepción de la totalidad de los sucesos. Pero sobre todo el legislador había deducido que se debía coleccionar la información de base que acopiara la administración local.
Por lo demás, reiteraba instrucciones en el mismo sentido que ya se había actuado, aunque enriqueciéndolas con importantes matices. Los ayuntamientos tendrían que enviar a la diputación provincial, en los ocho primeros días de los meses de enero, abril, junio y octubre de cada año, una nota de los nacidos, los casados y los muertos en sus respectivos pueblos durante el trimestre anterior, extendida por los curas párrocos, en la que deberían quedar especificados sexos y edades. Tendría que acompañarla un informe de la clase de enfermedades de los que hubieran muerto, redactado por un facultativo, y nota e informe habrían de cotejarse con los libros de registro que al tiempo se llevaran en la secretaría. Como en ellos ya constarían, sin necesidad de haberlas pedido a párrocos y facultativos, a continuación el ayuntamiento podría expresar su conformidad o las diferencias que advirtiera. Así, también por primera vez, se apuntaba un sistema de control de la información gestionada, y se hacía una clara confesión del deseo último de toda esta iniciativa, emancipar el sistema estatal de cualquiera de los medios ajenos.
El registro civil a cargo de las secretarías de los ayuntamientos previsto en la ley de 3 de febrero de 1823 no llegó a funcionar, excepto en Madrid y alguna otra población, en opinión de uno de los legisladores posteriores porque era necesario al plantearlo que concurriesen otros elementos indispensables y las instrucciones más minuciosas. Se habrían detectado como obstáculos que limitaban el desarrollo del nuevo servicio público, una vez fracasada la primera experiencia liberal, la escasa iniciativa política, la falta de medios para financiarlo, la carencia de personal apto para su gestión y la incapacidad para hacer frente a los imprevistos que cada día cualquier oficina de esta clase debía afrontar. Pero, más adelante, el mismo promotor del nuevo sistema descubría que la insatisfacción de la iniciativa, en el fondo, se había debido a que en la mayoría de los pueblos, porque tenían pocos vecinos y poco dinero, no había medios con los que poder sostenerla. Emergía de esta manera, aunque latente entre otras circunstancias, el tamaño de la población como límite principal al desarrollo del proyecto.
Por eso un real decreto de 23 de julio de 1835, para el arreglo provisional de los ayuntamientos, otra vez pretendió organizar la recogida de la información desde su origen. A las autoridades municipales ordenaba que anotaran en libros diferentes los nacidos, los casados y los muertos que ocurrieran en sus respectivas jurisdicciones, y que fueran los vecinos los obligados a pasarles el correspondiente aviso, en el plazo de las primeras cuarenta y ocho horas siguientes a cada suceso. Sería así como empezaría a abrirse paso la idea de que habrían de ser los afectados quienes informaran de los hechos que interesaba conocer. Esto reportaría el mayor grado de independencia al sistema, su emancipación real del registro eclesiástico y por tanto la solución definitiva al mayor problema político al que debía hacer frente el proyecto. Como responsables de la recogida de información también designaba a los directores de las casas de expósitos, quienes debían anotar los hechos que a sus instituciones afectaran, lo que también definía para el nuevo registro otro de los frentes en los que debía librar la batalla por su calidad, la inscripción de los sucesos ocurridos en las viviendas colectivas, cuyos administradores carecían de los estímulos de sangre que podrían activar la información en los hogares. Los libros que de todo fueran resultando se conservarían en el archivo del municipio, y cada tres meses al gobernador civil sería enviado un extracto de sus contenidos, previa confrontación con lo que constara en los libros parroquiales. La última alusión probaba que, más allá de las pretensiones de independencia, aún prevalecía la conciencia de que el momento de la emancipación completa del registro civil aún no había llegado, mientras que la precedente, la referencia al archivo también era la más remota que los promotores hacían a la colección documental de las actas que prevalecerían.
La iniciativa de 1835 debió dar algunos frutos, porque la orden circular de 19 de enero de 1836 se concentró en la elaboración estadística de los datos recibidos por el nuevo sistema. Su autor creía que era de gran importancia que los libros que se habían ordenado fueran uniformes y sencillos, razón por la que se había decidido por cuatro cuestionarios cerrados, a los que los alcaldes debían atenerse. Además, se aprobaron los que tenían que cumplimentar para remitir los estados periódicos de nacidos, casados y muertos, a cuyo envío estaban obligados. Se habría llegado a la convicción de que la regularidad diplomática más sencilla, lo más cerrada de antemano que fuera posible, podría ser la pauta sobre la que sostener la parte estadística del sistema informativo que se pretendía. Finalmente, mandaba que estas medidas entraran en vigor a principios de aquel 1836 recién comenzado.
La marcha así abierta fue prolongada por otra orden poco posterior, la de 14 de mayo de aquel año, iniciativa del ministerio de la gobernación. Confesaba que la propia administración no sabía si las dos disposiciones anteriores se habían ejecutado. Pedía a los gobernadores civiles que comunicaran si en todos los pueblos de su provincia se aplicaban ya, y si desde primero de año, o si los había que aún no hubieran podido ejecutarlas y por qué. Además, los instruía en la confección y el envío del registro y los extractos referentes a nacidos, casados, muertos y expósitos, y les ordenaba que cada seis meses remitieran un resumen de las estadísticas trimestrales.
La perseverancia del legislador era tanta que conduce a pensar que el procedimiento secular de recogida de la información tendría que haber obtenido al menos algunos avances ya desde aquellas fechas, y desde entonces haber dado origen a cierta documentación. Tal vez en alguna medida fuera así, ni podía caber duda sobre la apuesta política a favor del proyecto. Sin embargo, las iniciativas de aquel año parecían más fruto de la tenacidad que el paso siguiente de una metódica puesta en marcha del nuevo sistema de información. El balance de aquella secuencia de esfuerzos era decepcionante. Un decreto de 15 de octubre del mismo 1836 se remitió a mandar que se observara nada menos que la ley de 3 de febrero de 1823, lo que suponía el reconocimiento de la inviabilidad de la organización ideada durante los últimos dos años.
Pero el empeño de quienes pretendían una solución irreversible aún fue capaz aquel mismo 1836 para acometer con coraje el problema en sus raíces. Era ya el 10 de diciembre cuando otra orden volvió sobre la captación de los datos primordiales. Su autor hacía un recuento de las dificultades administrativas a las que había tenido que enfrentarse hasta entonces el proyecto y no reveladas por sus predecesores. Unos con el pretexto de corresponder a diferentes fueros y jurisdicciones, otros por hallarse en poblaciones distantes del lugar en que residían las autoridades municipales y otros simplemente por apatía e indiferencia, todos se abstenían de dar los avisos obligados. Eso quería decir que por los planes antes ensayados no habían sido previstas las jurisdicciones autónomas o exentas y la población dispersa, solo indirectamente tenida en cuenta. En lo sucesivo, debían ser todos los cabezas de familia, sin distinción de fueros ni condiciones, quienes suministraran las noticias indispensables para el registro de los nacidos, los casados y los muertos que había de llevarse en los ayuntamientos. Para asegurarse este resultado, se había resuelto que se circulara orden por los respectivos ministerios, declarando que todo individuo, cualquiera que fuera su clase o su jurisdicción, estaba obligado, bajo la multa que los respectivos alcaldes decidieran, a dar parte al ayuntamiento de los nacidos, los casados y los muertos que ocurrieran en su familia, con expresión de las mismas circunstancias que se exigían para los libros parroquiales. Debían verificarlo en el plazo de tres días los que habitaran en pueblos donde residiera la autoridad municipal y en el de ocho los que vivieran en aldeas o caseríos distantes de aquellos.
Otra cláusula se propuso resolver, también de manera taxativa, la información sobre los hechos ocurridos en viviendas colectivas. Conventos, casas de venerables, hospicios, hospitales y demás establecimientos de beneficencia, así como colegios o casas de educación, debían dar idénticas noticias bajo la responsabilidad de los superiores o jefes de ellos. Y el nuevo plan aún se reservaba otra novedad. Tendría que actuar como informador extraordinario el escribano que interviniera en las causas que se formaran al hallar un cadáver insepulto, fuera por muerte natural o fuera a mano airada, bajo la misma responsabilidad que cabezas de familia y dirigentes de viviendas colectivas. Daría las mismas noticias, conforme a lo que en ellas constara, para que tales defunciones también fueran anotadas del modo más exacto posible. Tampoco el procedimiento judicial, hasta aquel momento, había sido previsto como medio de información.
Los azares a los que estaba expuesta la organización del nuevo estado no permitían grandes proyectos. La iniciativa política en materia de registro civil quedaba limitada a las fases de gobierno que previamente habían optado por el liberalismo como vía para revitalizar el agotado estado de la monarquía. Además, aparte la mejor o peor voluntad de los incursos, la claridad de ideas de los gestores o su capacidad legislativa, a decir de un estadístico, algunos años después, no había que olvidar que el plan de registro civil laico tenía que sostenerse con escasa dotación. La falta de medios administrativos, la carencia de personal bastante numeroso e instruido en los distritos municipales, tal vez por el excesivo número y consiguiente escasa importancia de estos, los creía responsables directos de las carencias del sistema proyectado. Aunque también apelaba una vez más al más importante de los problemas políticos, la dificultad de que el clero pudiera prestarse a las miras del poder temporal y hasta obligarse a su cooperación en trabajos mixtos. Por último, reconocía el lastre de la pereza administrativa, lo penoso también de hacer comprender a muchos la ventaja de abandonar las costumbres de apatía e indiferencia. Concluía que todos estos eran indudablemente los obstáculos que había encontrado en España el cumplimiento de las repetidas órdenes dirigidas a tan alto fin.
De lo hecho hasta 1836 el balance tenía que ser negativo. Sin embargo, también era cierto que, terminando 1836, los informes que manejaba la administración central, fruto de las experiencias acumuladas, ya no ponían al descubierto factores que pudieran obstaculizar el proyecto porque hubieran escapado a su previsión. En sus justificaciones ya no aparecerían argumentos nuevos. Las bases para que el plan saliera adelante estaban puestas. Aparte la suerte y el efecto que tuvieran, habiendo llegado a este punto las decisiones, se puede pensar que la orden de 10 de diciembre de 1836 probablemente cerró de manera definitiva el orden legal para que el sistema primario de información del registro civil prevaleciera.
Pero también es cierto que todavía el legislador no podía asegurar la recogida de los datos que podían satisfacer su proyecto. Con los mismos tesón y continuidad, el ministerio de la gobernación publicó una circular, con fecha 1 de diciembre de 1837, casi justo un año después del anterior balance, en la que sus promotores reconocían que las disposiciones dictadas por la ley de 3 de febrero de 1823 y las órdenes de 19 de enero y 14 de mayo de 1836 no habían sido las más adecuadas para alcanzar el fin que se proponían. Pero no porque sus previsiones no hubieran sido correctas. Su autor reconocía que en la mayor parte de las provincias no habían tenido efecto, y que en las demás se habían obtenido datos tan inexactos y por procedimientos tan diversos que ningún resultado útil podía esperarse de ellos. Aunque se sabía que en ciertos lugares algo se había hecho, el balance era desalentador. Era indispensable ensayar de nuevo una organización de todo el sistema que diera resultados. Sorprendentemente, para los legisladores de 1837 ninguno parecía mejor que el creado por la real orden de 8 de mayo de 1801, el primero. Acumulados los fracasos, agotadas las ideas, parecían dispuestos a patrocinar un decepcionante retorno al principio. Pero enseguida reconocían que eran oportunas algunas modificaciones, justificadas por el deseo de facilitar su ejecución y adecuarlo a las instituciones vigentes casi cuarenta años después.
Aquella propuesta de actualización en realidad tomó forma en unas extensas y detalladas reglas para reunir en lo sucesivo las cifras relativas a nacidos, casados y muertos de cada año herederas de la experiencia acumulada durante siglos en el sur del continente por la iglesia occidental. Para garantizarse los resultados, creó los formularios que debían cumplimentarse para cada hecho, los cuales identificaba respectivamente con los números 1, 2 y 3. El primero era el modelo de partida de bautismo (sic), a cuyo tenor pretendía que fueran extendidas las de los respectivos libros parroquiales; el del 2, el modelo de partida de casamiento, para que según él igualmente fueran redactados sus registros sacramentales; y el del 3, el modelo de partida de entierro, según el cual también habían de extenderse las de los respectivos asientos en las parroquias. El legislador podía hablar en estos términos porque todos los formularios debían expresar unas circunstancias y unas características de cada hecho que prolongaban la tradición originada por el tenor de las partidas del registro eclesiástico, el que había prevalecido para este tipo de documento. Sería también preceptiva la colección de los formularios en libros de nacidos, casados o muertos, lo que tampoco innovaba lo que durante siglos en las parroquias se venía haciendo, y en la primera hoja de cada uno de los respectivos libros se colocaría su formulario, firmado por el alcalde del ayuntamiento al que correspondiera la parroquia, convento o casa de beneficencia, para que sirviera de modelo. La solución al problema del origen de la información consistía por tanto en reconocer que el registro eclesiástico era imprescindible, previa adaptación de los fines de aquel a las necesidades informativas civiles.
Resuelta la recepción de los datos primarios sin violentar la tradición, el siguiente paso que se propuso el legislador, el ajuste entre los dos sistemas para garantizar la síntesis de las cifras, sería fácil. Contando desde 1 de enero del año siguiente, por trimestres y dentro del mes inmediato a la conclusión de cada uno, para evitar una inútil duplicación de la recogida de los informes los párrocos y los responsables de casas de beneficencia pasarían a sus respectivos ayuntamientos estadísticas de los nacidos, casados o muertos que hubieran sucedido en sus feligresías o establecimientos. Desde aquel 1 de enero de 1838, los jefes políticos debían enviar órdenes sobre el cumplimiento de lo previsto a los ayuntamientos y a los directores, rectores o administradores de hospicios, hospitales, casas de expósitos y demás establecimientos de beneficencia. Además, el legislador pretendía alcanzar hasta la jurisdicción canónica. Tal vez en sus cálculos entrara la posibilidad de llegar a un acuerdo con la iglesia católica. Por su decisión, lo mismo que los jefes políticos tendrían que hacer, en este caso con los párrocos y superiores de los conventos no suprimidos, los arzobispos, obispos, vicario general castrense y todos los que ejercieran jurisdicción eclesiástica de rango superior. Los ayuntamientos después compendiarían los estados de cada trimestre en resumen, e igualmente los remitirían a su diputación provincial durante el mes siguiente al de su recibo. Esta, por último, redactaría un estado con los totales de los partidos judiciales, que enviaría al ministerio de la gobernación en el transcurso del mes siguiente al de su recepción.
Todavía una orden de 21 de noviembre de 1840 dio nuevas instrucciones para la elaboración de los resúmenes trimestrales de nacidos, casados y muertos, y se esforzó en explicar la práctica correcta de lo que había dictado la orden de 1 de diciembre de 1837. Pero para entonces aquel intento, como los precedentes, ya estaba agotado. Su principal error habría sido su excesiva confianza en la colaboración de una iglesia con la que acababa de abrirse, entre otros, el contencioso de la desamortización. Delegar en ella la recogida de la información probablemente era una renuncia mal calculada, y hasta una ingenuidad, aunque sus patrocinadores pretendieran representar el mejor espíritu de colaboración.
Un nuevo decreto, el de 24 de enero de 1841, volvió una vez más sobre la organización original del registro civil. A quienes lo promulgaron los problemas de tamaño de la población y capacidad para la gestión del servicio, en el fondo el mismo, les parecían que ya en aquel momento eran los únicos que se oponían a que la experiencia progresara. En su exposición, recordaban las ocasiones en las que se había mandado crear uno que evitara pedir los datos a las autoridades eclesiásticas. Admitían el fracaso de estos proyectos, y expresamente lo adjudicaban a que mientras no pudiera disponerse para los doce o trece mil pueblos pequeños del país con personas capaces y expertas que llevaran el registro, al tiempo que atendieran las demás obligaciones de los ayuntamientos, sería inútil cualquier esfuerzo que se hiciera. Sin embargo, creían urgente que el registro mejorara todo lo posible, multiplicando los ensayos que sucesivamente facilitarían su imposición universal. Por eso habían decidido que se estableciera en todas las capitales de provincia, cabezas de partido y pueblos de más de quinientos vecinos el que ya funcionaba en el ayuntamiento de Madrid. En ellos sería posible sostenerlo porque estaban regidos por instituciones con medios suficientes para afrontar la gestión con garantías. La dispersión del registro por las poblaciones más importantes podría servir de modelo a partir del cual extenderlo a todas con el paso del tiempo.
Desde aquel momento, los jefes políticos de las provincias ordenarían que los ayuntamientos de las capitales, de las cabezas de partido y de todos los pueblos de más de quinientos vecinos crearan en sus secretarías el registro civil de nacidos, casados o muertos dentro de su jurisdicción. Para que se hiciera efectivo, remitirían a la mayor brevedad a los ayuntamientos los modelos 1, 2 y 3, que en esta ocasión no eran reproducidos, lo que permite suponer que el texto se estaba refiriendo a los formularios del mismo tipo que ya habían sido previstos. Los ayuntamientos, que debían hacer imprimir los libros correspondientes conforme a los tres modelos, desde el día que los recibieran comenzarían en cada uno su registro.
Al mismo tiempo, los alcaldes harían saber a los curas párrocos de su municipio lo que había decidido el gobierno. Una vez que les hubiera llegado la noticia, no podrían bautizar ni enterrar sin que se les presentara una papeleta del encargado del registro público en la que constara estar sentada en él la partida del nacido o del difunto. En cuanto a los matrimonios, debían informar al registro secular de los habidos cada día, dentro de las veinticuatro horas siguientes a su celebración. Para comunicar cualquiera de estos hechos, los párrocos además tendrían que atenerse a los modelos adoptados por los libros seculares, para que estos pudieran llevarse con todas las circunstancias previstas. También informarían de todos los nacimientos, matrimonios y defunciones ocurridos desde el primer día del año 1841 hasta el de comienzo de cada registro, a fin de que cada encargado de llevarlo pudiera incluir en sus libros todas las partidas del año, que ordenaría cronológicamente a partir del 1 de enero. Así se conseguiría que empezara en todos los pueblos en un momento preciso y comprendiera desde el principio años enteros.
Se habría optado por obtener de manera autónoma, aunque no del todo emancipada, porque se juzgaría inútil enfrentarse a las evidencias, la información que se necesitaba, para que en adelante el gobierno no dependiera de los datos que coleccionaban las autoridades eclesiásticas, que los recogían con un fin diferente. Como reacción al conflicto político que contenía la experiencia, ahora se pretendía imponer cierta iniciativa en la génesis de la información, al menos para dos de los tres hechos registrables. Ya antes se había intentado algo similar y los resultados no habían sido satisfactorios, y de todos los lastres de los que, aun antes de ejecutarlo, se podían pronosticar que serían un carga para el proyecto probablemente era el más pesado la necesidad de solicitar de los curas párrocos los hechos comprendidos entre el 1 de enero de 1841 y el momento en que comenzara el registro en cada ayuntamiento. Era posible que todos los registros adolecieran de falta de información durante sus primeros meses. Sin embargo, todos los indicios indican que aquel decreto pudo ser definitivo.
Durante los años siguientes, el legislador actuó sirviéndose de la experiencia que esta primera práctica positiva debió proporcionarle, una vez corregidos al menos una parte de los defectos del sistema ya activado. Una circular, de 24 de mayo de 1845, desveló cuáles eran los límites hasta donde había podido llegar lo que en 1841 se había decidido. Corregía los artículos 3 y 4 del decreto anterior, por ahora, y mientras este asunto se arregla de un modo definitivo. Los párrocos podrían bautizar y dar sepultura sin necesidad de obtener antes la papeleta del encargado del registro civil. Tampoco quedaban obligados a dar parte de los matrimonios en el limitado plazo de las primeras veinticuatro horas posteriores a su celebración. Para suplir esta derogación de los dos artículos, tendrían que remitir mensualmente a los ayuntamientos una nota haciendo constar nacidos, muertos y casados en sus feligresías durante el mismo periodo. En todo lo demás, debían atenerse a lo dispuesto en el decreto de 24 de enero de 1841.
Pero los esfuerzos correctores se concentraron en que la información procedente de los ayuntamientos fuera resumida y comunicada con regularidad a las instancias superiores. Entre 1847 y 1862 se reiteraron las disposiciones para que los gobiernos políticos formaran y remitieran al ministerio los estados de los nacidos, los casados y los muertos, a veces bajo la más estrecha responsabilidad, examinándolos y depurándolos antes con el mayor escrúpulo.
Esto permite presumir que al menos en parte los datos de base ya se obtenían de manera aceptable, y probablemente era así para la mayoría de ellos. Pero para quienes observaban el ascenso de la información a través de los capilares de la pirámide administrativa persistía un problema. El principal defecto detectado en la recogida era el bajo registro de las defunciones infantiles. La carencia era disimulada como solicitud de más información en una circular de la junta general de estadística, de 10 de diciembre de 1861, que prescribía las características que habían de contener los estados del movimiento de la población del año 1861. Se pretendía ampliar el número de las que deberían ser informadas. Tendrían que suministrarse por separado los datos de los nacidos muertos y de los nacidos vivos aunque muertos antes de bautizarlos. La solicitud se justificaba con que había que calcular con exactitud la relación entre nacimientos y defunciones, uno de los primeros indicadores demográficos. Como hasta entonces solo eran registrados los bautizados, no era posible calcular sobre números reales la relación entre las altas y las bajas efectivas de cada población. Pero también se confesaba que, al solicitar esta información, se era consciente de que el suministro de los nuevos datos tendría que ser defectuoso al principio porque los ayuntamientos no disponían de experiencia en recabarlos. Sin embargo, se creía oportuno demandarlos, no tanto con la intención de disponer de ellos cuanto con el deseo de que en lo sucesivo fueran obtenidos.
Pero lo más grave es que todavía en 1863 las dificultades que se oponían a una eficaz organización de un registro civil correcto afectaban a su institución. Aún se apelaba a la necesidad de crear en los municipios la costumbre de proporcionar los datos y se reiteraba el deber de organizar adecuadamente el circuito intermedio de la información obtenida, recordando que hacía falta más personal en las secciones provinciales. Y, sobre todo, se señalaba como objetivo más importante del nuevo sistema su emancipación absoluta, para acabar de una vez por todas con la dependencia del registro que la iglesia católica aún mantenía. Porque, según afirmaban algunos responsables de la administración, el origen de la información recibida por la institución civil todavía estaba exclusivamente en los libros parroquiales. El registro civil aún derivaba del sacramental o registro civil antiguo, y por tanto en su recepción podía haber más de transferencia y nacionalización de un procedimiento, y en consecuencia de continuidad, que de creación de nuevas instituciones sobre nuevos principios.
Los obligados al diezmo
Publicado: febrero 11, 2019 Archivado en: J. García-Lería | Tags: economía agraria Deja un comentarioJ. García-Lería
La detracción de la décima parte del producto obtenido por cualquier actividad bajo las condiciones decididas en 1255 podía permitir la recaudación de rentas extraordinarias. Serían suficientes para que el diezmo se convirtiera en la prestación más remuneradora de cuantas ya estaban arrinconando a las personales. De él se beneficiarían la iglesia romana, la corona y, en determinadas circunstancias, personas e instituciones que se hubieran enseñoreado de todo o de alguna parte de ellas. La documentación que su gestión cada año generase debió ser, además de diversa, lo bastante abundante como para no defraudar las aspiraciones a informarse sobre la relación que pudo haber entre las cantidades detraídas y el producto que las alimentaba. Serían los archivos de la iglesia de occidente, de cualquier rango, los de la monarquía y determinados depósitos familiares, si hubieran tenido la fortuna de sobrevivir, los que estarían en condiciones de ofrecer información sobre aquel vínculo.
Pero, como por concesión de la corona, en el sudoeste la iglesia de los papas se había hecho acreedora a disponer con autonomía de aquel beneficio, en sus archivos tiene que conservarse el germen de cualquier documento diezmal que pudiera haberse redactado, porque todos los que estuvieran facultados para lucrarse del mismo ingreso, fueran la corona o los señores de cualquier clase, cualquier institución o incluso las personas que transitoriamente ganaran el afortunado título de beneficiado, porque debían sujetarse a una relación subordinada a ella solo eran partícipes en la renta cuya administración los clérigos se reservaban en exclusiva.
Fue el cabildo catedralicio, el clero de primer rango, el que en este caso se asignó el papel rector. En su archivo se conservan las piezas documentales que soportaron todo el entramado recaudatorio del diezmo, una masa ingente de documentación que está en las mejores condiciones para suministrar, si no la idónea, al menos la información original. Se trata de una cantidad de libros que hay que cifrar en millares, más unos cientos de legajos. Como las posibilidades son tantas, se puede dar por descontado que con ellas será posible reconstruir toda clase de situaciones, y superponiendo unas sobre otras cubrir los espacios y las cronologías que tengan las mayores aspiraciones. Su concentración en una sola clase de depósito incluso las hace accesibles en condiciones inmejorables, aunque la abrumadora cantidad, porque llega a ser un continente inabarcable, obliga a seleccionar.
Pero el diezmo fue refractado por cuantos se interesaban en él, y ya sabemos que resultó corrompido desde su origen por todos, desde los obligados a su pago hasta quienes lo recibían. El episcopado organizado para gestionar aquella región eclesiástica quiso combatir esta posibilidad valiéndose de una administración fuertemente centralizada y muy rigurosa desde el punto de vista contable, a la que hay que reconocerle que consiguió batirse con al menos moderado éxito contra la resistencia a la disciplina contribuyente.
La doctrina canónica, pretendiendo abarcar la totalidad de las obligaciones contributivas, creyó resolver esta cuestión clasificando los diezmos en prediales, personales y mixtos. Consideraría prediales los obtenidos del suelo, como todos los relacionados con la actividad agrícola; personales, los derivados de la iniciativa humana; y mixtos, los que combinaran ambas posibilidades, especialmente la ganadería. La clasificación no era demasiado afortunada porque superponía los criterios para la selección de los tipos, y lo demuestra que en el arzobispado regional estos conceptos fueron escasamente útiles, aunque en ocasiones tuvieron alguna trascendencia. Así, por ejemplo, el diezmo de lana y queso de oveja se conceptuaba personal, y otras normas reconocían las categorías predial y personal en el caso de dudas sobre la residencia del pagador y el lugar donde debía dezmar.
Sin embargo, la documentación contable prescinde de aquellos criterios, de modo que para el cálculo del producto es indiferente que los diezmos fueran clasificados prediales, personales o mixtos. Además, los hechos documentables enseñan que estas abstracciones no fueron adecuadas para abarcar todas las posibilidades contributivas. Los esfuerzos normativos de la administración episcopal tuvieron un sentido mucho más práctico. Se aplicaron a definir las áreas de recaudación del tamaño conveniente a su control, identificar con precisión a los obligados a pagar y concentrarse en los bienes sujetos a la obligación que fueran más rentables.
Lo que más dificultad les creó fue resolver el problema de la inevitable movilidad de las poblaciones, a la que se oponía la rigidez de la planta territorial del arzobispado. La parroquia, que era la unidad de base para la gestión de cualquier actividad de aquella iglesia, fue suficiente para controlar a los contribuyentes radicados en una población si su tamaño oscilaba entre el mínimo y algunos cientos de habitantes. Pero los lugares cuya población era mayor o que hasta la baja edad media habían derivado hacia poblaciones concentradas fueron compartimentados en varias parroquias, lo que permitió la prevalencia de esta desde el punto de vista de la administración territorial de la iglesia romana. Por el contrario, los lugares que fueron despoblándose quedaron reducidos a la categoría territorial que aquella administración conoció como donadío, que en buena parte procedía del momento original de la ordenación territorial del arzobispado.
A partir de aquí, para levantar la pirámide administrativa que permitió una centralización eficiente, sumando parroquias se compusieron vicarías, unidades comarcales de aquella administración que en el lenguaje de la recaudación de los diezmos también fueron conocidas como dezmerías. Eran oficinas complejas, con un buen número de atribuciones, que rendían uno de sus mejores frutos en la gestión de los diezmos porque actuaban como sus administradoras sobre el terreno. Al frente de cada una de ellas estaba el vicario, quien al mismo tiempo actuaba como administrador de los diezmos.
Parroquia y distrito dezmatorio fueron por tanto en origen lo mismo, entre otras razones porque la percepción de la renta debió ser justificada a partir de la baja edad media por el cargo pastoral, que el diezmo alimentaba con solidez cada año. La administración de los diezmos prefirió identificar cada lugar útil con un distrito de su jurisdicción recaudatoria, lo que además de facilitar la gestión respetaría el principio de unidad que facilitara toda la administración eclesiástica. Pero como a la condición de distrito dezmatorio también correspondieron los donadíos, para referirse a la unidad territorial de gestión de los diezmos, siempre que se aspire a la expresión más general, será preferible servirse del artificio distrito dezmatorio porque este concepto abarca la totalidad de los casos sujetos a la prestación.
Aislar con precisión los obligados a pagar con residencia en cada distrito, porque este orden administrativo imponía el criterio territorial sobre el de movilidad, ya creó algunas dificultades. Los contribuyentes regulares se dividían en comunes y excusados. Comunes (los notaremos con la letra c) eran los residentes en el distrito, en el que cada año pagaban la décima parte o 10 % de lo que, habiéndolo producido, estaba sujeto a la obligación de diezmar, y excusados (e) los que a esta misma condición añadían la de ser los mayores contribuyentes de su distrito dezmatorio.
Los excusados se podían segregar de la masa común de los contribuyentes de cada uno de los distritos hasta el último día de marzo, y en cada uno se designaban dos. El primero era el mejor diezmador, y el segundo era el siguiente en orden de tamaño. Se procedía así solo con la finalidad de adjudicar los respectivos ingresos a los dos partícipes en los excusados que ya había decidido la institución del diezmo en la región, el mayor para la corona y el segundo para arzobispo y cabildo catedralicio.
Como la condición de excusados los sujetos a la prestación la adquirían porque eran grandes productores agropecuarios, que debían contribuir por distintos bienes y podían tener dispersas sus explotaciones en diferentes poblaciones, solo por este hecho originaban problemas para su control. Los que eran nombrados excusados mayores en su distrito pagaban sus diezmos en donde estuvieran en el momento en que la recaudación de cualquiera de las rentas a las que estuvieran obligados fuera adjudicada en primera instancia a quien debía recaudarla. De los designados como excusados menores en cualquier distrito, todos los diezmos que pertenecieran al lugar los pagarían a quien hubiera sido designado como recaudador del excusado, aunque antes de la primera adjudicación cambiaran de residencia. Los que pertenecieran a la capital pagarían en las parroquias donde vivieran, y de la misma manera procederían en las demás poblaciones. El recaudador del excusado de una parroquia de la capital dispondría de los diezmos que pertenecieran a la capital, y el que fuera de cualquier pueblo, de los diezmos que pertenecieran al pueblo. Si un excusado fallecía y sus bienes eran divididos o apartados por sus herederos para proceder a su reparto, los diezmos de sus frutos debían pagarse al recaudador del excusado del lugar, aunque los herederos vivieran en otros lugares, se pudiera averiguar que sus diezmos pertenecían a otra parte y otro recaudador pretendiera que era a él a quien debían serle entregados.
Pero no fue posible aplicar este doble tratamiento impositivo a todos los contribuyentes que residieran en un mismo distrito. El clero, cualquiera que fuera su voto o su fidelidad al papel público que tenía reconocido el sacerdocio, era un agente económico obligado, en parte por las donaciones recibidas y las adquisiciones que hacía con las rentas que ingresaba, en parte por su propia iniciativa. La norma canónica que el cabildo impuso, probablemente aconsejada por el buen fin al que estaba destinado el objeto de sus regulaciones, siendo parte interesada, decidió reconocer esta realidad y adjudicar un estatuto diferente a una parte de los contribuyentes por su condición canónica.
Los llamó exceptuados porque les confería un tratamiento particular. Podían ser los miembros del alto clero catedralicio o colegial que se agrupaban bajo la condición común de prebendados, si al mismo tiempo se interesaban en actividades productivas. Pero con más frecuencia eran personas e instituciones de clero regular, a su vez casas agropecuarias que se esforzaban por obtener privilegios, en negociación con el cabildo catedralicio, que les permitieran deducir determinadas ventajas al pagar sus diezmos. Por eso las contribuciones obtenidas de todos los exceptuados de un distrito dezmatorio solió conocerse como renta de monjas y frailes (mf). Además, cuando las condiciones de la recaudación lo aconsejaron, asimismo ciertos contribuyentes fueron objeto de un tratamiento propio aun sin pertenecer al clero, y quedaron circunstancialmente incluidos en la categoría de los exceptuados de un distrito dezmatorio.
Habitualmente los exceptuados satisfacían sus aspiraciones con un tipo contributivo que redujera el común. Era habitual, por ejemplo, que sus diezmos quedaran reducidos a solo un trigésimo, un tercio tal como decía según su manera abreviada de hablar la administración de los diezmos. Sin embargo, podía haber conventos que no disfrutaran de tipo favorable alguno, y es seguro que cuando las órdenes administraban transitoriamente patrimonios productivos ajenos, como los de un mayorazgo, pagaban el tipo común o diezmo. En estos casos, el contador de todos los diezmos de cada población recibía del responsable de cada uno de los conventos sujetos al pago de la renta un documento que certificaba los productos obtenidos el año anterior, y ponía su contenido en el cuaderno donde se apuntaban las cuentas del año correspondiente, con sus diezmos y precios. Para calcular el total del diezmo que pudiera corresponder a cada convento, al margen de cuál fuera el tipo impositivo que le correspondiera, de todos sus productos (supongamos trigo, cebada, aceite, mosto, corderos y lana) calculaba el 10 % de la cantidad declarada para cada uno, le aplicaba sus correspondientes precios tipo, deducía su valor en dinero y sumaba los parciales expresados en la moneda de cuenta. La operación se repetía en los mismos términos para todas las instituciones similares y los totales se sumaban en una cifra que denominaría el valor inicial de aquella renta.
Pero en compensación, a las instituciones que se veían obligadas a liquidar cada año el diezmo completo se les admitía como documento veraz del producto que obtenían en sus explotaciones una declaración de parte, cuyos valores podían ser discrecionalmente bajos, y de cuya comprobación, en caso de que se hiciera, no se encuentran pruebas. También podían ser medios para favorecer al contribuyente exceptuado calcular sus diezmos pagaderos en dinero a partir de precios inferiores a los corrientes, y en menor medida redondear o errar las cuentas a su favor. Asimismo, pudo ser un trato que lo diferenciara, aunque no necesariamente beneficioso, permitirle el pago en dinero del diezmo de los cereales, el que obligaba al trigo y la cebada, que regularmente había que pagar en las respectivas especies.
Los exceptuados, aunque consiguieron perpetuar estas condiciones gracias a las transacciones con el cabildo, perpetuaron resistirse a liquidar sus obligaciones. Un administrador de una vicaría informó que se veía obligado a emprender un pleito con cada exceptuado porque llevan muy mal los religiosos y religiosas la paga de sus diezmos.
Para imponerles cuanta disciplina fuera posible, y a la vez evitar excesivas complicaciones, el cabildo catedralicio un 23 de febrero de 1732, por un acuerdo, que como todos los suyos tenía alcance normativo, decidió que los diezmos de los conventos de monjas y frailes exceptuados, mientras sobre ellos no estuviera pendiente algún contencioso, que se recaudaran por separado, tanto de cada uno de los conventos como de los que pertenecieran a distintas parroquias. Así se aseguraría aislar como una renta aparte de lo que pertenecía a cada una, como se hacía con los excusados, se consentiría que como estos todo su valor se redujera a dinero y que consolidaran su condición de renta con carácter propio.
Pero cualquiera de los exceptuados además podía incurrir en la obligación de pagar rediezmo, un tipo que se limitaba al 1 % del producto obtenido. Porque también era más frecuente que los conventos del clero regular lo generasen, la administración diezmal llamó a esta obligación renta menor de monjas y frailes, una detracción que se aplicaba al ingreso que obtenían los exceptuados de todas las tierras, cortijos, hazas y heredades que cedieran a seglares, especialmente cuando se trataba de los olivares cuya titularidad correspondía a instituciones de clero regular.
Tampoco las grandes casas civiles fueron siempre absentistas. Al menos una porción de ellas se comprometía en toda clase de actividades productivas, y no siempre el gestor central de los diezmos creyó conveniente poner en peligro las buenas relaciones con este sector de los poderes regionales. La mayor excepción consistía en que algunos contribuyentes, sobre todo grandes titulados civiles, pero también instituciones eclesiásticas extraordinarias, previa discrepancia sobre qué les correspondía pagar como productores de excepcional tamaño, llegaban con el cabildo a una concordia o transacción que les permitía reducir sus diezmos a una cantidad fija que liquidaban cada año. Las concordias también podían ser la salida a una disputa entre cabildo y señores que hubieran conseguido enajenar en su favor precariamente la recaudación de todos los diezmos de los lugares que estuvieran sujetos a su señorío.
Sin embargo, por más adscripción a un lugar que para los pagadores de cualquier clase se pretendiera, cualquiera de ellos podía practicar una economía que obligara a los desplazamientos, algo tan espontáneo como frecuente. Bastaría con que la actividad productiva que a los contribuyentes les proporcionaba sus ingresos se localizara en un lugar distinto al distrito dezmatorio de sus respectivas residencias para que la administración de los diezmos se viera en la obligación de esforzarse en asimilar sus movimientos a la recaudación. Como sujetarlos no era posible, decidió concentrarse en un número limitado de supuestos de movilidad para asegurarse al menos algunos ingresos, en los que se puede reconocer el limitado éxito de los esfuerzos por controlar los movimientos.
Según movilidad, los contribuyentes pudieron ser estables, originarios, algaribos o fuera aparte, albarraniegos y extremeños. Contribuyentes estables (es) eran los que siendo comunes pagaban sus diezmos en el distrito donde estuvieran viviendo el día que se iniciaba el procedimiento para la recaudación de cualquiera de las rentas. Originarios (o) eran los residentes en la capital que también tenían casa en la que fuera de las otras vicarías de la región eclesiástica porque en ellas se localizaran sus actividades productivas. Aunque eran las más próximas a la capital las que tenían más posibilidades de necesitar esta figura, no era una excepción que recurrieran a ella los administradores de vicarías alejadas de ella, de lo que derivó una condición contributiva propia. Los originarios podían, bajo condiciones de calendario y residencia, contribuir por entero o por mitad en el lugar donde estuvieran radicados. Lo regular fue que pagaran la mitad del diezmo en el lugar donde tenían su actividad y la otra mitad en la parroquia en donde residieran en la capital.
De los algaribos la lexicografía actual todavía conserva la idea de extraños, de otro país o de otra clase. El arcaísmo, aunque nunca se extinguió, probablemente enraizado por la perpetuación de las normas -las que regulaban la recaudación de los diezmos tan mantenidas por inercia como todas las demás-, fue siendo desplazado, y los algaribos terminaron siendo conocidos habitualmente como fuera aparte (fp), los mismos que por otras administraciones en otros documentos de la época moderna se denominaban forasteros. Eran los contribuyentes que debían pagar en el lugar donde tenían la explotación, y de los que se sabía además que residían en otro lugar, en donde no pagaban el diezmo correspondiente a la actividad agrícola que mantuvieran fuera de su lugar de residencia. Para que quedaran bajo control, se les dio la consideración de un presunto distrito dezmatorio más dentro de su dezmería. El fenómeno y su alta frecuencia deben relacionarse con que esta clase de contribuyentes eran habituales en los lugares periféricos de los términos municipales más extensos, asimismo tan probables en la región. Su procedencia regular, el municipio limítrofe por cada lado, en cuya población residen y desde la que aquellas tierras son más accesibles que desde cualquier otro lugar, los hace naturalmente singulares como diezmadores. De modo que en la práctica no sería inadecuado que los gestores decidieran considerarlo un distrito dezmatorio específico.
El de albarrán era un concepto que se aplicaba exclusivamente a la actividad pastoril. Así se llamaba desde la baja edad media a los jóvenes solteros que se empleaban en el cuidado de las manadas de ganado de otra persona. Podían recibir a cambio un ingreso en trigo correspondiente al tamaño de la cabaña que cuidaran, una soldada del dueño del ganado también en forma de ganado o tomar a foro una parte del ganado bajo su cuidado. Algunos de estos mozos podían ser vecinos, hijos de vecinos o estar bajo la autoridad de sus padres o tutores, y por tanto referirse a una localización precisa en el espacio. Pero ellos, a causa de su trabajo, no tenían casa propia en un lugar poblado, fuera suya, dada o alquilada. Aun cumplidos los 18 años, se les seguía considerando albarranes mientras no tomaran casa, y se mantenían en esta condición hasta que no pasara un año y un día desde el momento en que la tomaran. Se decidió que los albarranes diezmaran en las vicarías donde el primer momento de adjudicación de las rentas del albarraniego (a) encontrara al dueño de la manada, aunque después del remate se mudara el albarrán a otro hato de otra vicaría.
En el episcopado del sudoeste eran extremeños (ex) los ganados ovino y vacuno que procedían de otros obispados. Los de aquende el Guadiana eran los de Silves, Badajoz, Córdoba y Cádiz. Los demás procedían de los de Castilla, Extremadura y los otros de Portugal. Solían llegar en noviembre y retornaban a sus lugares de origen en abril. Cuando el ganado estaba pastando en el territorio de una vicaría y paría, se ajustaba con su mayoral la cantidad equivalente al valor de la mitad del ganado nacido, y allí pagaban la renta. La otra mitad tenían que pagarla en el obispado de origen siempre que el ganado hubiera nacido hasta san Juan, 24 de junio. Pero si nacía después de esta fecha, todo el diezmo debían pagarlo a la iglesia regional. Ningún diezmo de extremeño se incluía en ninguna de las rentas que se recaudaban, excepto cuando se recaudaban juntos extremeño y albarraniego. Pero tampoco se aceptaría que fuera así para el ganado extremeño que hubiera en los donadíos, donde solía morir el diezmo. Estando en ellos el ganado extremeño, su diezmo se pagaba a los recaudadores de los donadíos donde nacieran las crías.
Pero, cualquiera que fuese la condición de los contribuyentes, todas las rentas en lo fundamental estaban decididas por los bienes sujetos a las prestaciones. Aunque el número de ellos cambiara de un lugar a otro y a lo largo de los siglos, siempre fue de varias decenas con seguridad, si bien no hay fuente episcopal que proporcione la lista completa. Si se hiciera el esfuerzo de extraérsela a alguna, es más probable que solo se consiguiera una instantánea próxima al momento en que fueron creadas sus rentas, después de lo cual, una vez que hubiera interesados en su percepción, sería difícil hacerlas desaparecer, incluso si dejaran de ser interesantes. Solo el rastreo empírico permite descubrir qué diezmos se cobraban, aunque tampoco esforzarse en completar por este procedimiento un inventario de todos los bienes cargados reportaría mucho más que una satisfacción a quienes se obsesionan con el detalle. Contribuye más a tener una idea precisa del alcance de las rentas identificar las más extendidas y remuneradoras. Aunque nominalmente el diezmo reivindicara desde su origen la condición de universal, y debiera detraerse de cualquier actividad productiva, desplegar el aparato recaudatorio que necesitara tanta ambición para la mayor parte de las actividades no hubiera recompensado el gasto. El límite racional de la rentabilidad se impondría, y su marco natural terminó siendo el de las principales producciones agropecuarias.
Las rentas que se detraían del trigo y la cebada, llamadas diezmos de pan o diezmos mayores, que se ingresaban en especie, son las que se deben mencionar en primer lugar. Su importancia era tanta que el resto de los diezmos se podían agrupar bajo la denominación de diezmos de menudos, un concepto que podía agrupar corderos, queso y lana, potros y becerros, miel y cera, las huertas, la grana o la seda, según lugares. A las rentas de cereales se asociaban los diezmos de semillas, la denominación genérica de las legumbres que alternaban con los cultivos del trigo y la cebada, así como los diezmos novales, una consecuencia de la oscilación de la cantidad de tierras sembradas de cereales. De un año para otro la causa común de las oscilaciones era la que imponía el sistema, cuyos dictados estaban integrados en la renta regular del pan. Pero más allá de estos cambios, el cabildo permanecía atento a saber si en las poblaciones del arzobispado se habían puesto en cultivo tierras antes dedicadas a otros aprovechamientos. Si las había, de ellas demandaban los diezmos novales, por tanto una renta que solo afectaba a las tierras sembradas de cereales.
El diezmo de las tres especies principales del ganado de aprovechamiento agropecuario, que eran el vacuno, el equino y el lanar, no solo se desdoblaba en el caso del ovino. Por una parte, se cargaba la natalidad y por otra los productos derivados de la cría que se comercializaran. El que cargaba los alumbramientos debían pagarlo quienes obtenían las crías y no quienes pudieran comprar, en el transcurso del año, cabezas de cualquiera de las tres especies. Para ejecutarlo con criterio, los recaudadores pedían el diezmo en momentos que se consolidaron como uso y costumbre, de modo que cuando el dueño del ganado pidiera al recaudador para que le cobrara el diezmo que le correspondía, este debía hacerlo. De lo contrario, el dueño no estaba obligado a pagar partos o postpartos, y además el recaudador quedaba obligado a pagarle las costas que hubieran originado guarda y pasto.
En cuanto al diezmo de lana y queso de oveja, se pagaba donde vivía el dueño del ganado, salvo en el caso de los vecinos originarios de la capital. Si tenían domicilio en la capital, lo pagaban en la collación donde lo tenían, y si no, en santa María la Mayor, tal como era uso y costumbre. También era una excepción que el ganado se herrara o se trasquilara en un donadío cerrado, en cuyo caso se aplicaba la ley referida al donadío. Mientras tanto, queso y lana de cabra se sumaba al diezmo que se deducía por los cabritos. Los diezmos de aceite y mosto, que se pagaban en los molinos y en las bodegas, no eran insignificantes, porque, aunque se tratara de bienes agroalimentarios, cargaban sobre los primeros productos industriales, lo que les valía el mayor valor acumulado posible. Los que hacían pasa estaban obligados a pagar su diezmo a los recaudadores del vino, en producto o en dinero, al precio que la vendieran, a elección del recaudador, si les quedaba pasa por vender. En la renta de las huertas de cada distrito dezmatorio, que pagaban quienes las tenían, se incluían los diezmos de las pertenecientes a fábricas o a hospitales radicados en ella si la huerta estuviera en el término del lugar. Pero si la huerta estuviera en otro término, pagaba el diezmo en donde estuviera la huerta. El diezmo del mimbre, allí donde se recaudaba la renta de semillas, se incluía en esta, y en donde no, en las rentas de menudos. Pero los diezmos de panizo y zahína, si los hubiera, no entraban en la renta de menudos, sino que eran renta independiente.
En suma. Si las rentas se segregaban por bien, por tratamiento impositivo y por residencia, y a su vez cruzando los tres criterios, de cada uno de los resultados podía deducirse una renta distinta que se recaudaba con independencia, decir que el diezmo era una renta es una simplificación que solo se puede justificar cuando se trata de hablar de modo muy sintético. Bajo el nombre de diezmo se recaudaban cada año, ateniéndose a un proceso de administración complejo, centenares de rentas, tantas como bienes estaban sometidos al gravamen en cada dezmería, y tanto la clase de contribuyente como su residencia daban origen a gestiones separadas, aun tratándose de ingresos originados por el mismo bien.
Formación del capital de las labores
Publicado: febrero 4, 2019 Archivado en: Carmelo Terrera | Tags: economía agraria Deja un comentarioCarmelo Terrera
A mediados del siglo décimo octavo dos hombres formaron una sociedad para crear y gestionar una labor, la explotación agropecuaria con mayores aspiraciones. Habían decidido tenerla por mitad y compañía. Pero una manera tan genérica de referirse a su compromiso no les pareció suficiente a la hora de formalizar el acuerdo. Decidieron hacer mención de lo que juzgarían necesario para el desarrollo de la actividad que habían emprendido.
A medias habían tomado en arrendamiento las tierras que tenían que servirles como marco, una cantidad indeterminada en cortijos y hazas en un mismo término, unas propias de un hospital de la capital, otras de un convento de santa Clara y otras de una corporación de beneficiados. En las mismas condiciones tenían todos los ganados que participaban en la empresa, que eran el vacuno de labor, las yeguas de vientre, el caballo padre y las burras destinadas a los portes entre la población y las tierras que explotaran. Y asimismo reconocían como patrimonio común la paja que hubieran almacenado para garantizar la alimentación de todo ese ganado.
En pleno mes de octubre, al comienzo de una nueva campaña, uno de ellos quiso abandonar la labor. Como la sociedad estaría activa desde al menos enero del año en curso, aquello obligó a reconocer como una parte de la empresa común los barbechos preparados para recibir la simiente de la campaña que estaba empezando. Habrían sido el resultado de un plan desarrollado durante los meses precedentes, en paralelo a la atención a los cultivos sembrados durante la campaña que había terminado en septiembre, para el que habría sido necesario invertir una importante cantidad de trabajo.
Decidieron disolver la sociedad con la venta de la mitad de quien abandonaba al otro, para que este continuara con la labor. Para que arbitrara la liquidación de la sociedad, designaron a peritos que apreciaran el capital que habían acumulado. Los ganados y los pertrechos fueron valorados en 50.021 reales 18 maravedíes, por lo que la estimación de cada mitad ascendía a 25.010 reales 26 maravedíes. La mitad de la sociedad sería vendida a plazos por este precio, y a partir de aquel momento, y hasta que fuera satisfecha la liquidación, no se podrían enajenar en modo alguno ni ganados ni pertrechos. El comprador satisfaría aquella cantidad en dos pagas, una de 11.000 reales el 1 de enero siguiente, y el resto a lo largo del siguiente octubre, una vez hecho balance de la campaña que en aquel momento comenzaba. Los derechos reales de alcabalas y cientos, a los que estaba sujeta esta venta, los pagarían a medias. Además, para asegurar la liquidación de la deuda, la sementera de los cortijos y tierras, cuyos frutos cogería el comprador durante el agosto siguiente, quedaba especialmente obligada e hipotecada por el valor tarifado. Y como a partir de aquel momento las tierras serían disfrutadas en exclusiva por el que permanecería como labrador, los pagos de los arrendamientos de los cortijos y las tierras tomadas, que vencerían por Santiago siguiente, 25 de julio, quedaban a cargo del comprador, para cuya garantía hipotecó su casa, 10 aranzadas de estacas y 10 aranzadas de viña con casa de teja, lagar y vasijas.
Quedó en el limbo el trabajo ya consumido en los barbechos, una inversión a la que habrían hecho frente ambos socios durante el ciclo precedente y que sin embargo parece que no fue recompensada. ¿Se habrían resarcido de la inversión común resolviendo los barbechos como servicio a cambio de la cesión de parcelas por las que hubieran ingresado renta? De ser así, las deudas habrían quedado saldadas en septiembre anterior, y por tanto, efectivamente, ya no sería necesario recompensar el gasto. En la medida en que fueran tierras subarrendadas a terceros, las cedidas en parcelas a cambio del servicio del barbecho serían una anulación del gasto en trabajo equivalente a la parte proporcional de la renta debida a los arrendadores primitivos, si el intercambio se hubiera limitado a trabajo por tierra. La renta debida de la campaña precedente, que tenía que remunerar el uso de la supuesta fecundidad natural de la tierra a sus dueños a costa del producto bruto ingresado por la empresa, ya habría quedado liquidada en Santiago anterior, y por tanto el compromiso común que se había contraído por este concepto. De ahí que bastara mencionar que la que hubiera que pagar por la nueva quedaba como responsabilidad exclusiva del único labrador activo, quien a partir de aquel momento tendría toda libertad para hacer el uso de las tierras cedidas que creyera conveniente, así como para organizar como le pareciera el trabajo de los nuevos barbechos.
La forma de adquirir el trabajo podía reducir el capital de una labor a las tierras, el ganado y los pertrechos. De las primeras la oferta estaba siempre abierta en las escribanías, y de lo demás, en las ferias. Como las tierras se tomaban en arrendamiento, la manera de disponer del trabajo facilitaría la constitución de explotaciones tanto que se podría limitar a la adquisición del ganado que necesitara la labor también por cesión, una fórmula que resolvería el acceso a la fuerza, sus necesidades alimenticias y el equipamiento que fuera necesario para hacer todos los trabajos de la arada.
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