Tres tareas

Alain Esteban

Obligación de tareas se llamaba en el lenguaje notarial de mediados del siglo XVIII al documento que comprometía con los amos de olivares cuyo producto estaba destinado a la molienda a quienes recogían las aceitunas maduras, que entonces, cuando incurrían en compromiso tan específico, se les solía llamar tareros.

     Las condiciones del acuerdo serían estipuladas previamente, cuando entre las partes se cerraba un ajuste o trato verbal. Para formalizarlo, el contratante a los comprometidos podía darles una cédula que contenía una orden para que un escribano lo legalizara. También el mayordomo del amo de los olivares, quien había tomado la iniciativa,  actuaba bajo la condición protegida de apoderado y, presente en la firma del contrato, otorgaba formalmente el acuerdo en nombre de su amo.

     Tanto en uno como en otro caso eran los contratados eran quienes debían suscribir la escritura de obligación. Restringidos a fórmula contractual, a la vez que renunciaban a cualquier fuero que los protegiera por razón de persona o de residencia, se comprometían a hacer frente a los gastos en los que pudieran incurrir si incumplían los acuerdos, para cuya garantía debían hipotecar sus bienes.

     Nada, en ningún sentido, comprometía recíprocamente a los contratantes. El procedimiento contractual de antemano lo excluía. Su compromiso más expreso era la cédula que enviaban al escribano o el poder dado al mayordomo. Aunque fueran expresos y muy concretos, no dejaban de ser una comunicación o un otorgamiento genérico. En los contratos quedaba constancia de que los tareros eran analfabetos, aunque algunos de los contratados, los más previsores, pedían que el tenor de la cédula emitida por el señor de los olivares fuera literalmente incluido en el texto del contrato, y por su parte, para su seguridad, en prevención de posteriores diferencias, había escribanos que tenían la precaución de conservarlas en sus protocolos.

     Para ejecutar los trabajos que comenzarían a fines de 1748 y 1749, los acuerdos se firmaban entre 20 de octubre y 25 de noviembre, días en los que ya se podía estimar con fiabilidad el volumen de cada cosecha prevista, una vez madura.

     Demandaban el trabajo patricios rurales, como doña Nicolasa de Auñón, don Cristóbal, don Martín y doña María Cansino y Auñón, sus hijos, o don Alonso Guitérrez de Armijo y Tamariz. Algunos de quienes lo necesitaban, tal como ocurría en muchos lugares entre este segmento de la población, podían haber incrementado la fuerza de su posición con poderes civiles y militares enajenados a la corona. Fue el caso de don Pedro de Briones y Quintanilla, regidor perpetuo de su municipio y su alférez mayor, propietario de una hacienda. A ninguno su condición lo había liberado de la explotación de olivares, lo que para ellos, visto su interés por asegurarse el trabajo, no sería una ocupación inadecuada para su rango.

     Los tareros comprometidos siempre eran hombres. Podían ser cuatro (Juan Cordero, Manuel González alias Bigüela, Juan José León y Pedro Rubio), todos residentes extramuros, siete (Francisco Gutiérrez, Francisco Lao, Francisco Martín, Antonio Otero, Antonio Guerra, Juan Sánchez y Mateo Sarria) o solo un hombre (Pedro Saucedo), vecino de una población próxima, y siempre que contrataba más de uno, el grupo se comprometía solidariamente (de mancomún).

     Es posible que a veces los comprometidos fueran toda la cuadrilla que después completaría el trabajo. No es posible decidir con seguridad porque las obligaciones solo ocasionalmente incorporan una referencia expresa al tamaño de los olivares en los que debían trabajar, como cuando se mencionaron los olivares de la hacienda de la Fuente de la Cierva, que se componen de 115 aranzadas.

     Es probable que actuaran como representantes de un grupo más numeroso. El tarero que se comprometió individualmente aseguró que haría la cogida con nueve personas, y fueron mucho más expresivos los que adelantaron que pondrían a trabajar ocho casas, cada una de tres personas iguales.

     Denominar casa la unidad de trabajo o cuadrilla es identificarla con un grupo familiar definido por su radicación, el hogar que los aúna. No se puede asegurar que estas composiciones incluyeran población femenina, como tampoco se puede excluir su participación en el trabajo, ni la de las poblaciones infantil o juvenil. Solo la igualdad de los trabajadores, expresamente comprometida en el contrato, puede desviar la sospecha de carga del trabajo sobre las subpoblaciones menos aptas. Como los tareros aceptan además que, si el capataz pidiera más gente, los ya responsables de cumplir el contrato se encargarían de reclutarla, a la vez que mantendrían el compromiso nivelador de las aptitudes de los trabajadores, trazar una frontera que impidiera que las mujeres y los jóvenes menos capaces llegaran a la actividad pudo ser una decisión meditada aunque no expresa.

     La fuerza de la posición de quienes contrataban, al contrario, obligaría a los tareros, en caso de que aquellos no necesitaran las casas ofertadas o que se aumentara el número de trabajadores, a plegarse a la demanda, tanto que si pidieran el despido de algunas, para dejar solo las casas que el capataz de los olivares decidiera, lo aceptaban ya cuando formalizaban el contrato.

     El trabajo a realizar era coger la cosecha de aceituna, fruto pendiente del año a punto de concluir, que tuvieran todos los olivares, propios y arrendados, de quienes lo compraban. Empezaría la cogida cuando el dueño avisara, y sin interrupción continuaría hasta concluirla.

     Solía especificarse que en los pedazos de olivar que lo necesitaran, o en los que les señalaran los dueños o su capataz, se completaran dos vueltas. También se contrataba expresamente el apurado, para el que podía acordarse que fueran los tareros quienes por su propia iniciativa lo realizaran, con personas que fueran a satisfacción del capataz de los olivares. Algunos amos además querían apurar sus estaconales, parcelas de olivos relativamente jóvenes. Así se lo podían demandar a los tareros, y estos no tendrían más hacerlo.

     El apurado, para cualquiera de los estados del árbol en los que fuera ejecutado, se describía en los documentos como derribar la aceituna. De esta manera de expresar la actividad posterior se puede deducir que la cogida regular o en primera fase se realizaría a mano, mientras que la segunda se haría azotando el árbol con varas y varejones.

     El contratante debía proporcionar a cada tarero una espuerta corriente, o a cada casa que anduviera cogiendo, mientras durase el recado, dos espuertas de terrón cada semana. Las varas y varejones que se necesitaran para el apurado también debía proporcionarlos el contratante. Según fueran completando las fases del trabajo, los tareros no debían dejar atrás tocones ni raberas o restos, ni cortar pie de olivo, ramas de cruz, ni de las otras, ni sacar rajas ni chupones, y el producto debían entregarlo limpio de hoja, chinas y terrones, y puesto en la medida, tal como era costumbre

     El trabajo se medía en tareas, cada una de las cuales equivalía a quince unidades de volumen, y su precio podía oscilar. Se podía pagar a 13 ½ reales de vellón, a 14 o a 21, precios que en cada caso regían también para las tareas del apurado. Pero cuando se reservaba la posibilidad de que fueran apurados los estaconales, este trabajo se pagaba al precio que lo liquidaban los cosecheros que apuraban los estaconales por su cuenta.

     La calidad de la cosecha o las condiciones previsibles para la segunda vuelta o el apurado, pudieron ser modificantes del precio acordado para el destajo. Pero lo decisivo tal vez fuera la oscilación de la carga de la cosecha de un año para otro (vecería), tan característica del olivo, que redundaría directamente en el tamaño del trabajo.

     Mientras el precio pagado por la tarea de quince fanegas podía oscilar, era constante complementar cualquiera de los destajos, de la cogida y del apurado, con una cuartilla de aceite por cada tres tareas, se entiende que por tarero; una parte del salario que sin embargo se podía acordar de manera indeterminada, como el aceite que era preceptivo en todas las cogidas y estilo de la población.

     A veces los tareros recibían un adelanto en el momento de formalizar el acuerdo. A juzgar por el único testimonio en el que consta, que supuso un desembolso de 240 reales de vellón, ni aun tomando como referencia el precio más bajo de la tarea, el adelanto alcanzaría a satisfacer la recolección de veinte tareas o 300 fanegas.

     Pudo ocurrir también que uno de los tareros, para complementar sus ingresos, a título particular se comprometiera a acarrear con sus bestias, en haldas o costales, la aceituna de los olivares que había contribuido a recolectar hasta un molino, al precio cada fanega de 12 maravedíes.