Las deudas de una casa

Heliodoro Hernández

Un patricio, llamado don Andrés de Medina y Figueroa, poseía todos sus bienes en comunidad, sin posibilidad de dividirlos, con otros dos, estos a su vez relacionados entre sí, tal como permite reconocer el apellido que comparten (Roales). Se trataba de un patrimonio interesante. El inmobiliario era una casa, unos olivares, un molino, una huerta y un cortinal.

     De la casa solo podemos pensar que era de cierta entidad, porque su utilidad estimada, 750 reales, era alta. Si era la que habitaba, lo que es probable porque se trataba de la única sobre la que tenía propiedad, tal vez la disfrutara con sus consocios, en cuyo caso sería legítimo suponer que el origen de la sociedad patrimonial pudo ser algún parentesco común, que los habría constituido en herederos con idénticos derechos sobre un lote de bienes que debía permanecer inalterado, lo que, a primera vista, la nula coincidencia de los apellidos de nuestro patricio con el de los dos hermanos no permite afirmar.

     El núcleo de los bienes eran los olivares, 44 6/8 aranzadas, repartidas en 28 1/8 en el pago llamado El Retamoso, repartidas en cinco parcelas, 12 ½ en La Platera en tres y 4 ¼ en Valsequillo en una. Todo el olivar era de primera y estaba en plena producción, a excepción de una de las parcelas en La Platera, de 5 aranzadas, cuyos olivos eran nuevos y aún no producían, y en la que además había dispersos 12 pinos.

     La explotación de los olivares la complementaba un molino, con almacén de 3.000 arrobas, levantado en las tierras de El Retamoso, que serían el centro de las unidades de producción de este cultivo. En las mismas tierras además habían habilitado una huerta de 2 fanegas, regada con noria de sangre, que producía hortaliza ininterrumpidamente y en la que había dispersos 75 frutales indeterminados y 9 naranjos.

     Completaba el lote de los bienes inmobiliarios el cortinal, suelo de uso agrícola hurtado al espacio urbano, de 4 ½ celemines de superficie, que, como era habitual, se dedicaba a producir cebada ininterrumpidamente en las inmediaciones de la población donde vivían.

     A todo esto sumaban una importante cabaña ganadera. La de trabajo estaba formada por 147 bueyes y becerros y 33 vacas madre en la parte bovina, la que cargaba con la masa de trabajo de la explotación, el de arada; 6 machos mulares, que solo podrían contribuir a trabajos suplementarios y 24 jumentos, reservados para el transporte de proximidad. Para la cría caballar disponían de 24 yeguas, que se aplicaban también a trillar cuando llegaban los agostos, y 6 caballos padre. Solo las hembra de ambas especies se evaluaban como fiscalmente útiles porque cada año podían concebir y sumar ejemplares a sus respectivas cabañas, aunque los machos, reservados exclusivamente para el trabajo o la procreación, fueran los más productivos.

     Su cabaña de cría era ovina y disponía de 1.200 ovejas de vientre, 150 carneros padre y 375 borregos. Cuando se traba de ovino de cría, además de las madres, eran fiscalmente útiles los borregos porque su destino era la renovación de la cabaña productora de lana, lo que a su vez los convertía en un bien fácilmente comercializable. El suplemento ganadero doméstico, destinado al autoconsumo y al pago de las adehalas, lo proporcionaban 9 puercas de vientre y 36 puercos, en su mayor parte de cebo. Y como explotación subsidiaria, probablemente instalada en las tierras de olivar, mantenían 33 colmenas.

     Pero simultáneamente se vieron obligados a importantes endeudamientos. En 1750 estaban pagando ocho créditos que se atenían a la fórmula reglada, la censal, respetada para los créditos que se acordaban sin subterfugios. Lo certifica que fueron declarados expresamente bajo esta modalidad y que todos se ajustaron al 3 % legal entonces vigente. El tipo de interés también los aparenta próximos en el tiempo, en cualquier caso suscritos entre 1700 y 1750. Es por tanto posible que todas estas deudas fueran contraídas en hacía poco para mantener las actividades que permitían el patrimonio heredado bajo las condiciones de indivisibilidad.

     Seis de los ocho créditos se negociarían en ducados, la unidad mayor del sistema monetario contable. Las cantidades ingresadas estuvieron entre 9.900 reales, o 900 ducados y 1.100 reales, o 100 ducados. Los préstamos menores, de 1.100 y 2.200 reales, se reiteraron, y los intermedios fueron de 8.250, 4.400 y 3.500 reales. En total proporcionaron a la casa 32.650 reales. A cambio, debía pagar anualmente un total de 909,5 reales de intereses, una cantidad asequible para los ingresos que pudieran proporcionar los bienes que poseían si eran puestos a producir.

     Los prestamistas fueron tres conventos (el de carmelitas calzados, casa grande de la capital, 8.250 reales; el de carmelitas descalzos del lugar donde vivían, 4.400 reales; y uno de clarisas, también de la población, 1.100 reales); dos patronatos (el de Alonso de Lora, 2.200 reales; el de don Juan de Romera Montesdeoca, 1.100 reales); un hospital (de San Pedro, 3.500 reales); una cofradía (del Santísimo de San Pedro, 2.200 reales); y un prestamista, don Pedro Girón, vecino de Ronda, de quien se obtuvo el crédito más importante, 9.900 reales.

     Los bienes hipotecados fueron la casa para dos de ellos (9.900 y 2.200 reales), una parcela de 9 ½ aranzadas de olivar para tres (2.200 y dos de 1.100 reales), otra de 4 ¼ para uno (4.400 reales) y todos los bienes para otro (8.250 reales). El crédito de 3.500 reales recayó solo sobre la tercera parte del molino y la huerta que correspondían a don Andrés. Debió tratarse de un crédito personal, que por tanto podemos relacionar antes con el gasto suntuario que con el productivo.

     Como gravamen cuya modalidad no se especifica consta además un pago anual de 27 ½ reales a un convento de agustinas descalzas, cargado sobre la casa. Tal vez fuera una carga piadosa, aunque su denominación se ajusta a la adquisición al 5 % de 550 reales o 50 ducados. La fórmula piadosa pudo encubrir un crédito comprado a un precio por encima del legal.

     El registro atribuye además a nuestro patricio un oficio de regidor, el bien que permitía acceder al gobierno de una población. No es suficiente para afirmar con certeza que era una propiedad exclusivamente suya. Pero aunque no la compartiera con los dos hermanos, tal como los demás bienes, sería igualmente útil a los fines de la casa común.

     La coincidencia de la indivisibilidad del patrimonio heredado con la dedicación preferente a la labor de estos patricios, permite trazar el perfil de las casas que se veían obligadas a endeudarse para mantenerlas ocupando las primeras posiciones de la actividad y de la preeminencia pública.

     La base de la actividad de la casa que lideraban sería una labor, para cuya puesta en cultivo disponían de una importante cabaña ganadera. Con unos 150 animales de fuerza podrían aspirar a unas 900 unidades de superficie, que tendrían que obtener por vía de cesión porque entre las heredadas no las había campas. Para alcanzar tan alta potencia, exclusiva de las primeras casas agropecuarias, tendrían que tomarlas en arrendamiento.

     La industria agroalimenticia podría sostenerse a sí misma sin dificultad, y la explotación del ovino, cuando el acceso a la tierra no cultivada estaba garantizado por los derechos de la comunidad campesina que habían logrado sobrevivir, siempre sería en alguna medida rentable. Pero el azar de la producción de los cereales, que coincidía con la más alta competencia del sector agrícola, no siempre les garantizaría la rentabilidad que la continuidad necesitara. La financiación, vía crédito, sería para ellos inevitable.

     Era sobre todo el olivar heredado el que les proporcionaba el aval que necesitaban para endeudarse. A su alcance tenían instituciones de crédito promovidas por la red de las familias patricias, justamente promovidas para que actuaran como el amortiguador financiero que la continuidad de sus actividades necesitaba.


Las cuantías

Eloy Ramírez

Una cuantía, cuando en el condado estaba empezando el siglo XVI, era la evaluación de la riqueza de quien podía generarla. Debían someterse a ella todos los vasallos de cada lugar del señorío que poseyeran bienes en su territorio (10). Los que tuvieran fuera no debían contabilizarlos, y cuando los tenían en un lugar distinto a donde vivieran, pero dentro del condado, los contabilizarían en donde fueran vecinos o moradores (13). Quienes eran de fuera del señorío y tenían bienes en él, debían cuantificarlos tal como los vasallos (14).

     La relación de los bienes obligados a cumplir con este deber no consta expresamente, pero sí se mencionan los que estaban exentos, que eran la casa donde se residía, los bienes muebles para ajuar de la casa, el trigo, el vino, el aceite y los dineros propios más un esclavo de cualquier sexo (11). La exención incentivaba la radicación familiar, la actividad agrícola y la formación de un patrimonio que legítimamente debemos llamar peculio, porque el señor permitía a sus vasallos que dispusieran de él libremente, como franco o sin carga.

     El hogar y su equipamiento y el capital de las familias, que se nutriría de los principales bienes obtenidos del trabajo agrícola y de las rentas ingresadas en numerario, eran el patrimonio consolidado o de llegada. La propiedad del trabajo ajeno, de distinta calidad según sexo y precio, era objeto de atención para el conde precisamente por su posible relación con la formación del peculio. Analizar sus prescripciones a este propósito alecciona sobre cuál pudo ser la trayectoria personal que en aquellas tierras debía seguirse para ir desde la servidumbre absoluta a la condición de vasallo.

     El comercio, según decidió en ejercicio de su poder legislativo, en su señorío quedaría vedado a los esclavos. Nadie podría comprar a algún esclavo bien alguno, de la clase que fuera (195), y mencionó, como ejemplo de las mercancías interdictas, las uvas. Puede creerse que la exclusión tal vez persiguiera que el producto que pudiera provenir del robo a las explotaciones agrícolas permaneciera impune y proporcionara beneficios. Sin embargo, el señor o dueño del esclavo estaba tan penado como este en el caso de que se incumpliera la prohibición; se le hacía responsable de los actos del esclavo, como por otra parte parece consecuente, dada la condición de bien semoviente que tenía el hombre propiedad de otro.

     Al prohibir el comercio de los esclavos, el propósito del conde sería que el peculio que pudiera tener consentido quien partiera de la servidumbre absoluta, el que le permitía comprar su condición de liberto, no se dispersara, si suponemos que las uvas que por ejemplo menciona provinieran del producto de su trabajo. De ser así, la manumisión entraría en el campo jurisdiccional del conde, con las consiguientes recompensas.

     El señor no vería con malos ojos que en sus dominios se incrementara la esclavitud, incluida la pudiera obtenerse por vía de inmigración, en la medida que su legislación le abría una puerta de entrada al vasallaje. La frecuentación del peculio como forma de remuneración del trabajo de los pastores, como se comprueba más adelante, se sumaría a este fomento del estado de semilibertad.

     Deduciendo de los bienes que estaban exentos de cuantía las actividades que también podían generar ingresos, tal como las normas las ponen al descubierto, se consigue identificar los medios de adquisición de patrimonio gravable por el señor. Son el aprovechamiento del espacio natural y el ganado, salvo que este se considere bien mueble de ajuar de la casa (11), lo que a lo sumo se podría aplicar al ganado de trabajo, no al de cría no doméstico de cualquier clase.

     Para adjudicar las cuantías, un acontiador iba a cada lugar para empadronar a todos los vecinos y moradores. Pregonaba que se iba a proceder a calcularlas y todos iban a contabilizarse en el plazo de tres días (10). La declaración de las riquezas sujetas a gravamen que poseyera cada uno sería la base de la información que manejara el acontiador. A partir de ella, para calcular cuantía por cuantía, reducía unos por uno los bienes gravables reconocidos como propios a su correspondiente valor nominal, expresado en la moneda corriente, y todos los acumulaba en la cifra única que expresaba la cuantía (14).

     Si se daba el caso de que fuera necesario averiguar la riqueza de quienes no se presentaban, el acontiador elegía a seis vecinos, para que ellos fueran los encargados de acontiarlos (10), un contrapeso que representaba la justicia del acto. El riesgo de sobrestimación al que podía exponerse este recurso, dada la inevitable carga del punto de vista de los evaluadores, sería parte de la pena por no acudir al llamamiento. Su presencia en la comisión encargada de la redacción de las cuantías podía igualmente fiscalizar las declaraciones manifiestamente parciales.

     Con la relación de las cuantías adjudicadas se redactaba un padrón (10) nominativo donde se hacía constar la de cada uno, al final del cual debían figurar los vecinos y moradores francos así como los muy pobres, enfermos o viudas pobres (10). También al final del padrón tenían que hacerse constar los que eran de fuera del señorío, para con ellos, posteriormente, redactar un padrón aparte (14).

     Según la primera recopilación normativa del condado, de 1493, las cuantías debían hacerse cada año. Pero en 1504 se decidió que la frecuencia con la que se renovaran fuera dos, para que los bienes que unos pierden se carguen a los que los ganan (12), precisa el legislador, sensible al origen y a la inestabilidad de la riqueza. Los padrones de 1503 que se han conservado demuestran que al menos el punto de partida para un riguroso cumplimiento de estas previsiones quedó marcado.

     Para las normas de 1493, la finalidad de estas averiguaciones era que se hicieran los repartimientos lo más justamente posible, para que cada uno pagara lo que le perteneciera según su cuantía. En 1504 se insistía en que acontiar los pueblos es regla igual que cada uno peche por lo que tiene y se excusen los agravios que por otra manera se recibirían (10).

     Los repartimientos debían garantizar que la obligación de pagar por el servicio que correspondiera alcanzara a todos (14). Tanto los vecinos y moradores sin exenciones como los vecinos y moradores hubiesen sido declarados francos por cualquier causa, los muy pobres, los enfermos o las viudas pobres tenían que pagar lo que justamente debieran (10). A los que eran de fuera del señorío con bienes radicados en él también les era repartido el servicio que debieran (14). Por tanto, franquicia absoluta personal no existía.

     La finalidad común en la que insiste la norma a la hora de identificar las obligaciones derivadas de las cuantías es el pago de los servicios. Aunque es seguro que alguno de ellos, como el de armas, se sustanciaba como prestación directa, la insistencia en la obligación de satisfacer los pechos en la que incurren los contabilizados es una buena demostración de que a principios del XVI, en los señoríos suroccidentales, a la prestación directa de servicios en las tierras del señor o sernas estaba sustituyendo la detracción de pechos o rentas.

     Su justificación doctrinal pudo ser el pago por el uso del suelo del dominio, una obligación en la que incurrirían necesariamente todos los que se radicaban, que siempre recibían al menos solar para levantar su vivienda y parcela para plantar viñas. Bajo este concepto, los pechos derivados de la cuantía equivaldrían a las infurciones, lo que tal vez pudo dar origen al terrazgo en el que insisten los textos posteriores.

     Pero las obligaciones no eran idénticas para todos los contabilizados. Para que su reparto fuera equitativo, era suficiente, según el criterio del señor, encuadrar la riqueza de cada cual en una de tres categorías, las cuantías mayor, mediana y menor, de cada una de las cuales se deducirían unas obligaciones (10) que se repartirían basándose en el principio de proporcionalidad.

     De los límites entre las tres podemos hacernos una idea a partir de las obligaciones a las que deben hacer frente las viudas en relación con el servicio de armas, el preferente y por tanto el que inmediatamente derivaría de la cuantía de cada cual. Serían hasta cincuenta mil maravedíes, entre cincuenta mil y cien mil, y más de cien mil (16).

     Pero de la regulación de las adehalas de los vecinos (79) se deduce la vigencia de un orden secundario y algo más ponderado, que debió regir para la prestación de ciertos servicios, tal vez los derivados del producto obtenido por el trabajo. Lo delimitan los de menos de cuatro mil maravedíes de cuantía, los de hasta cuatro mil, los que llegaban a veinte mil, los de entre veinte y treinta mil y los que pasaban de treinta mil.

     Existirían por tanto distintos baremos para regular obligaciones distintas. Sin embargo, cualquiera que fuese la prestación debida, las diferencias entre personas que cada una creaba, en el señorío, no era una percepción que resultara de un punto de vista, ni de un estatuto precedente. Estaban rígidamente delimitadas y dirigidas por el señor fundándose directamente en la riqueza de quienes vivían en sus tierras, y de los que en todos los casos esperaba que concurrieran a sus llamamientos como vasallos y le prestaran servicios.


Control de los mercados

Felipe Orellana

A primeros de marzo de 1750 se tomaron las primeras decisiones aconsejadas por el estado de las sementeras. Según la instrucción para el gobierno de los pósitos, en aquel momento debía comenzar la segunda fase de su actividad anual. Había que repartir la mitad del trigo que hubiera en los graneros para contribuir a las faenas de escarda y barbecho, siempre que el tiempo estuviera siendo regular y las sementeras se encontraran en sazón y de buena calidad, así como que el trigo almacenado no se necesitara para el abasto diario de los pueblos.

     El año anterior, en uno de los municipios desde los que observamos estos hechos, a principios de marzo habían emprendido las gestiones para repartir la mitad del trigo que había en el pósito, el que había sobrado del reparto para la sementera del otoño, y así se había ejecutado. Sin embargo, el 7 de marzo de 1750, después de invocar la instrucción para los pósitos, su cámara de gobierno argumentó que por el momento lo que se constataba era que las sementeras, a causa de la falta de agua que se estaba sufriendo, estaban en peligro, hasta el punto que creían que si no llovía era posible que se perdiera todo lo sembrado. Por esto, y previendo las consecuencias que esto podría tener más adelante, y mientras no lloviera lo suficiente para que las sementeras se pusieran en sazón, de modo que hubiera esperanza de cosecha, se suspendía el obligado reparto del trigo del pósito.

     En otro lugar se prefirió ignorar la dirección en la que iba apuntando la fenología, o quizás no fue posible contener la presión para que se procediera al reparto de escarda y barbechera. Para el 12 de marzo, algunos de los interesados en él ya habían instado a que no se retrasara más, contando con que el juzgado de los pósitos, anexo a la primera autoridad de la región, que también habría preferido atenerse a la rutina, ya había promulgado el decreto que lo ordenaba. Los más urgidos incluso habían presentado memoriales demandándolo, y en respuesta a tan apresurados solicitantes ya se les había adelantado una cantidad, estimada con prudencia por conjetura, a cuenta tanto del repartimiento que se iba a hacer como del que habría de hacerse en mayo siguiente.

     El corregidor, sin oponerse a estas decisiones, aunque previendo sus consecuencias, quiso que las circunstancias se tuvieran presentes cuando más adelante se hiciera la cuenta del trigo del pósito que habría que completar, para que la distribución fuera correcta, tras lo cual aquel mismo día 12 dio su aprobación al reparto. De su ejecución tendrían que ocuparse los dos regidores que había diputado el gobierno de la ciudad que ya habían hecho el de la sementera.

     Pero poco después, el 17 de marzo, los directores de rentas provinciales, los más atentos desde la administración central a lo que estaba ocurriendo en el sudoeste durante aquellos meses, dictaron un amplio programa de inspiración mercantilista con injertos de librecambio, destinado a sacar partido a la situación que se viviría a partir del momento en el que los hechos cambiaran radicalmente de dirección. Empezó a ser conocido oficialmente en las poblaciones meridionales una semana después, y vino a completar las órdenes del gobernador del consejo de Castilla de 31 de marzo, que luego, los días 7 y 14 de abril fijaron definitivamente la nueva posición del poder central sobre la circulación de los granos.

     En síntesis, valiéndose de la necesidad de hacer frente a la pérdida de las cosechas en perspectiva, mandaban que a los granos no se les diese precio fijo, sino que se vendieran a lo que el tiempo diere; que no se impidiera el tránsito de los granos de un pueblo a otro, para que mutuamente se socorrieran; que no era conveniente que se hicieran registros de granos; que, siendo justo el derecho de tanteo que cada pueblo tenía a los frutos cogidos en su territorio, pagándolos en contado, no lo era ni se debía permitir que los de fuera parte que se condujeran de unos pueblos a otros se detuvieran ni entorpecieran en los tránsitos, porque los que estuvieran distantes perecerían.

     La recepción de este programa en los municipios del sur no fue inmediata. El 24 de marzo, en una reunión de gobierno de uno de ellos, se tomaron por cuenta propia las primeras decisiones que afectaban al control de sus mercados del grano. Pretendían contener en todo lo posible los efectos negativos de lo que ya estaba ocurriendo, la contracción de la venta de la materia prima para la fabricación del alimento básico. Para impedir los daños y perjuicios que de la situación que se vivía se podían derivar para la población común, o por lo menos conseguir que sus pobres habitantes jornaleros encontraran socorro, se propusieron dos cosas: moderar los precios del pan y demás semillas que servían como alimento humano y garantizar que ambos abastecimientos no faltaran diariamente.

     El fuerte control público del mercado del pan, que alcanzaba hasta sus menores detalles, pretendía alentar cuanta concurrencia fuera posible. En el centro de esta estrategia estaba el control de su precio, cuya formación desde antiguo se podía controlar porque la ley tarifaba el rendimiento del cereal panificable en harina, masa y pan, por este orden y en unidades de peso. Calculados sus costos, se les añadían gastos diversos, los más importantes los salarios o los beneficios del molinero, y los de cocción, este último derivado del precio de la madera. Además, se consentía un beneficio modesto a los panaderos.

     Cualquiera de estos cálculos partía de que en los mercados se ofertaban distintos tipos de pan, cada uno de los cuales tenía una composición, y por tanto un precio ya consolidado. De ahí que en el fondo las oscilaciones dependieran del precio del grano, y que la iniciativa política se concentrara en lograr que el grano fuera barato para que también lo fuera el pan.

     Pero no era fácil conseguir que las cosas ocurrieran según esta secuencia causal. El cambio de precio de la materia prima escapaba a cualquier control administrativo, y no siempre que el grano era barato también lo era el pan. Y nada impedía que invariablemente la escasez de granos impulsara al alza los precios de los productos de la panadería.

     Para evitar los efectos de todas estas fatídicas razones, una de las iniciativas habituales de las administraciones era que el cambio en el precio de la materia prima fuese compensado con un cambio de peso en el tipo de pan correspondiente, por lo que el precio podía permanecer nominalmente invariable. No dejaba de ser una componenda grosera, pero podía evitar tensiones y protestas.

     Otra era tarifarlo, lo que era factible allí donde, como en Castilla, estaba dentro de lo posible imponer la tasa del precio de la fanega de cereal, el viejo instrumento de intervención en el mercado del grano cuya vigencia no se revisaba desde principios de siglo XVIII y que a mediados ya nadie respetaba. La tarifa para la libra de pan que fijaban los municipios la tomaba como referencia para hacer las deducciones de rendimiento en harina, masa y pan, y regulaba el margen para el beneficio del panadero aplicando la regla del maravedí por real: por cada real que el precio del trigo aumentara, el panadero podía incrementar un maravedí para asegurarse su tasa de beneficio, 1/34 o 2,94 %. Como el pan se cotizaba en cuartos por libra, según calidades, con la tarifa del maravedí por real, que al parecer fue estable y duradera, las diferencias de precio entre las calidades del pan no podían ser grandes.

     Pero la fuerza del precio del cereal era tanta que se imponía por encima de la tasa. Entonces las autoridades locales debían recurrir al control de la compraventa del pan, su arma exclusiva, justo para contener la libre concurrencia de abastecedores que pretendía. Su preocupación no se dirigía solo a contener el precio. Sobre todo pensaba en su capacidad para financiar sus oscilaciones.

     En 1734, año de escasez de grano, una población había contratado con un comerciante de la capital un suministro de trigo de la mar, eufemismo destinado a referirse al trigo almacenado por los grandes comerciantes. Había alcanzado el precio de 42 a 43 reales cada fanega, muy por encima de la tasa, y su rendimiento fue estimado de 21 a 24 hogazas de pan de a tres libras. Las autoridades, que habían comprometido el dinero público en la compra, directamente obligaron a modificar el precio del pan. Hasta entonces se había vendido a 40 maravedíes la hogaza. De mantenerse este precio, calculó el gobierno local, solo se ingresarían por cada fanega unos 22 reales (en realidad, entre 24,7 y 28,24 reales). Temía que por esta casusa se originara en las arcas públicas una quiebra tan grande que los arbitrios que pudieran imponerse para enjugarla no podrían resanarla. Para salir al paso de la amenaza, decidió que a partir del 14 de julio siguiente se vendiera a 60 maravedíes la hogaza de pan blanco y a 30 la de bazo, el pan que se elaboraba con salvado. Con los rendimientos que así se podían conseguir, los panaderos obtendrían un ingreso de entre 42 y 43 reales por fanega, correspondientes al precio de la fanega de trigo de la mar que se había contratado con el comerciante de la capital que lo había suministrado. Para esta ocasión, el margen de beneficio del pandero quedaría por tanto relegado.

     Una vez que se decidía ejercer el poder municipal sobre el mercado de una manera tan directa, tampoco era infrecuente que el precio del pan fuera la consecuencia inmediata de la posición de monopolio que la autoridad local llegaba a ocupar en el mercado local del trigo en las situaciones críticas. El instrumento permanente del que disponía para conquistarla eran los pósitos municipales. El procedimiento que se seguía para su formación, que les daba preferencia en la adquisición del grano, les garantizaba esa posición cada vez que la oferta de grano se contrajera. Estaba entre las funciones previstas para la institución que cuando había problemas para el abasto de pan a las poblaciones se recurriera a su trigo para destinarlo al consumo público antes que repartirlo entre las explotaciones para que lo invirtieran en sus trabajos; un monopolio podía complementar con otro que no era del todo ajeno al del pósito, el del peso de la harina, que en las poblaciones meridionales podía ser un bien de propios.

     Tan drástica intervención, sin embargo, podía ser paradójica. En condiciones de alza de precios, el pósito debía concurrir a las compras ateniéndose a los del mercado, aun habiendo tasa. En contra de lo que proclamaban las autoridades públicas, el ejercicio de su monopolio podía contribuir al incremento del precio del pan y la consiguiente contracción de la demanda, y si optaba por sostener la demanda de pan a bajo precio podía llevar la institución a la ruina.

     Cualquiera que fuese la táctica de las administraciones, o la situación que se viviera, el ingenio ya las acosaba con sumarias composiciones teóricas, alguna de ellas germen del primer pensamiento liberal hispánico y otras precursoras de Malthus. Había quienes pensaban que si se conseguía que el grano fuera barato para que también lo fuera el pan sería perjudicial al fin que se perseguía. La reducción del precio del pan causaría desempleo agrícola y emigración de trabajadores de la agricultura, que en las grandes ciudades se convertirían en mendigos y vagabundos. Y si la solución por la que se optaba era subvencionar el pan mediante cualquiera de las formas de intervención en su mercado, se provocaría un incremento excesivo de la población, en especial de la inmigrante.

     Tal como estaba transcurriendo la estación, era obligado actuar en algún sentido. Aquel mismo 24 de marzo el órgano de gobierno del municipio, por iniciativa de su corregidor, para orientar las primeras decisiones complicadas, comisionó a uno de los regidores que iban a formar parte de su junta de granos local (el órgano, de acuerdo con los propósitos declarados en su formación, cuyas acciones debían abarcar todo el campo del comercio sin dispersarse) para que se ocupara de que el abasto de pan no faltara a su población. Se le encargó que hiciera una lista con los panaderos que diariamente la abastecían de grano y cuidara de que se proveyeran de trigo, para que no hubiera falta alguna al menos hasta el siguiente sábado. También acordó la búsqueda de suministros de trigo, y para el caso de que no se encontrara, que se sacara del pósito el que fuera necesario, teniendo en cuenta que se debía evitar que sus fondos se agotaran.

     Al imponer unas condiciones legales a la compraventa del trigo, y a la vez irrumpir en el mercado con la reserva del pósito, quedaría en manos del municipio el mercado local de los granos. Así conseguiría garantizar el abasto de pan, el problema político inaplazable al que debía hacer frente cada autoridad local. Antes o sobre cualquier creencia, idea o iniciativa, le preocupaba que la opinión sobre la esterilidad, prejuicio común que las rogativas elevaban a verdad categórica, al tiempo que contribuían al alza de los precios del trigo, provocara también el encarecimiento del alimento primario, lo que sería un justificado motivo de inquietud. La cámara de gobierno dio las gracias a su corregidor por lo mucho que se había esmerado y esmeraba en el alivio de la población.

     Aquellas decisiones fueron completadas con las que tomó el 28 siguiente su junta de granos durante el primer consejo que celebró. Acordó hacer la lista de los panaderos, la que el ayuntamiento ya había encargado a su diputado. Los comisionados para que la ejecutaran debían emplearse en ajustar y controlar el trigo que recibiera cada día cada uno y en llevar un registro del pan que cada cual pusiera en venta. Tendrían además que vigilar que ofertaran pan en correspondencia a la cantidad de fanegas de trigo que cada uno adquiriese, para que, en caso de que observaran algún defecto, dieran cuenta a la junta, que entonces debía actuar. Para facilitarles el trabajo, además decidió restringir los lugares de venta del pan a dos, la plaza central de la ciudad y la que había en la zona hacia la que se había expandido la población.


Pegujales autónomos asociados a labores

Alain Marinetti

También había labores de todos los tamaños, emprendidas sobre cortijos y hazas, cuyos pegujales huéspedes se constituían exclusivamente como explotaciones autónomas. En el registro se deducen porque el número de los adscritos a cada labor suele superar la decena, son de un tamaño superior al característico de otras condiciones y nunca se enuncian jerarquizados.

     Se atienen a este tipo 3 labores dominantes. Los 75 pegujales que ceden probablemente estén localizados en 4 áreas de sus 6 unidades de producción. Suman 418,5 fanegas, menos de la mitad del espacio que entre todas dedican a sus labores.

     Según nos adentramos en el campo de los pegujales autónomos, el valor relativo de los tamaños mayores se va incrementando hasta alcanzar el límite de la rentabilidad óptima. También se amplía el espectro de los tamaños de las explotaciones menores, de donde se deduce que los cedentes se adaptan a la demanda, pero nada vence a las más características, sobre todo a las de 3 fanegas.

     No hay duda de que un pegujal de 30 fanegas corresponde a la iniciativa de uno de estos tres labradores. Podría parecer inadecuado considerarlo un pegujal, y que tal vez tendría que pasar a la categoría de las labores menores. Cuando se trata de pegujales el problema no es de tamaño, sino de relación. Si la tierra se toma de quien a su vez la ha conseguido por arrendamiento, el cedido está incurriendo en una condición subordinada que si por escrúpulos parece inadecuado llamarlo pegujalero, por consideración al tamaño de su explotación podría tomarse por pelantrín o, circunstancialmente, porque la parcela se localice en el eriazo, por la de manchonero. Pero cualquiera de estas otras dos posibilidades contaminaría la relación que da origen a la pequeña explotación con factores modificantes ajenos a ella, como la tenencia directa en el caso del pelantrín, que de existir negaría la condición que está en el origen del pegujal, o una excepción al sistema, la que toleraba que al manchón se le requiriera una cosecha. Solo se podría tomar por labor del último rango en caso de que el labrador origen de la relación hubiera constituido su explotación por tenencia directa. Pero ni aun así se extinguiría del todo el rastro de las relaciones que origina el pegujal. La explotación menor estaría incluida en un espacio en el que domina una labor, a la que de alguna manera quedaría subordinada, aunque solo sea porque la explotación menor debe alojarse en las tierras que haya decidido quien tiene la unidad de explotación.

     Solo una de estas tres labores está regentada por un patricio, don Juan de Briones Saavedra, cuyo cortijo mantenía una labor de 480 fanegas. Es, entre los de esta clase, quien menos pegujales cede, 17, y quien concede un mayor peso relativo a la labor. Su comportamiento es anómalo. De acuerdo con el estilo patricio, tendría que haberse servido de la cesión de pegujales por trabajo. Pero la secuencia de los valores que se refieren a los que cede no deja lugar a dudas: su descripción no se atiene a la jerarquía regular de los pegujales por trabajo.

     Pudo recurrir a la fórmula más servil, ceder pegujales y obtener al menos parte del trabajo estable que necesitara su labor, el que habitualmente proporcionaban los temporiles cualificados, a cambio de la cesión de pegujales. Quienes los trabajaran mantendrían su explotación y prestarían los servicios que les demandara el señor de la labor cuando juzgara oportuno. Aunque se situara al margen del buen estilo de cortijos, se esforzaría por mantener la apariencia patricia.

     Las otras dos labores de este grupo, probablemente, más que en manos de campesinos en expansión, que en parte tendrían que serlo, son iniciativa de dos negociantes de fortuna o aventureros.

     La Miñana mantiene una labor de 270 fanegas en una unidad de producción, y cede 19 pegujales que suman justo 99 fanegas. Tal vez tenga sentido especulativo que La Miñana ceda exactamente esa cantidad de superficie, aunque también se puede pensar que ceder en torno a 100 fanegas sea un patrón cuando se trata de grandes unidades de producción en las que se emprenden grandes labores. Ya hemos visto otros casos que detienen su declaración de superficie justo en las inmediaciones de esa cifra.

     La posición de La Miñana en el mercado de los pegujales es probable que esté cerca de la que personifica La Gallega y su haza, una mujer que captaba tierras para cederlas asociadas al alojamiento de los inmigrantes que procedían del norte de la península. Del vínculo que pudiera haber entre ambas tal vez haya quedado retenido algo en sus respectivos epítetos. En Corominas, voz meñique, miñona tiene como antecedente inmediato el menino del portugués, en el que ha conservado el sentido de persona pequeña.

     Juan Rodríguez Colmillo parece aún más entregado a la manera hábil de emprender el negocio. El registro inscribe como suyos cuatro cortijos, de los cuales quizás solo uno lo tomó íntegramente, mientras que de los otros tres solo tendría hazas. Su labor más racional sería la que sumara las cuatro unidades porque estuvieran contiguas, una posibilidad a la que se opone el número de las tomadas, excepcionalmente alto.

     Del mismo modo que localizaría en distintas áreas su labor, también separa en por lo menos dos zonas los pegujales, a propósito de los cuales también es desmesurado. Cede casi 40. De ahí que se pueda pensar que su acaparamiento expansivo de tierras quede fiado a la ventura de su complejo empresarial, que tendría que contar tanto con el producto de una labor grande, de 359 fanegas, como con el beneficio que pudiera proporcionarle la fragmentación del espacio disponible para ceder casi 40 pegujales.

     Indica el triunfo de la captación de renta a través de los pegujales que la suma de su labor dé una cifra que no es redonda, en contra de lo habitual. Es más, se podía esperar de Colmillo que descargara el peso de sus proyectos sobre la cesión de pegujales. Si no admitió más, tal vez fuera porque no hubiera más candidatos a tomarlos.

     Como simultáneamente mantenía una labor de gran tamaño, su rentabilidad pudo  obtenerla ateniéndose al espectro más amplio de posibilidades, dada la magnitud de las cesiones de pegujales. El dador de parcelas pudo ingresar por trabajo a cambio de tierra, por intercambio de servicios entre labor dominante y pegujal, por prestación de servicios a los pegujales y por el pago de una renta en el caso de la relación más expeditiva. En cualquiera de los casos, es seguro que el de Juan Rodríguez Colmillo es uno de los casos más definidos del comportamiento especulativo en el mercado de los pegujales.

 

4 labores secundarias que se atienen a este patrón. Nos falta el nombre de uno de sus labradores, y el apellido de otro (Caro) podría tomarse como propio del patriciado. Pero como carece de tratamiento parece que se trata del miembro de una rama familiar sin conexión con la patricia. Como solo uno de los cuatro ostenta esta condición, parece que definitivamente vamos abandonando escalas y dominios en los que el patriciado prefiere comprometer sus relaciones mediante la tierra.

     Dos se sirven de tres unidades de producción distintas repartiéndolas de manera bastante equilibrada, y todos ceden 10 o más pegujales, hasta sumar 81 y 454 fanegas, y parece que no están tan dispersos como en las tres situaciones precedentes, sino que ocupan de manera continua sus respectivas áreas en cada cortijo.

     El tamaño 3 fanegas pierde posiciones y continúan incrementándose los valores algo superiores, sobre todo el inmediato superior, el 4, y el 6, que lo duplica. Los campesinos autónomos, según se descendía en la escala de la relación, cada vez arriesgarían más confiados a sus medios, y de esa manera empezarían a destacar los aspirantes a ocupar las posiciones superiores en el orden del campesinado.

     A tanto llega su concentración en esta escala que por primera vez los términos están invertidos. Hay complejos en los que el tamaño de las labores queda por debajo del acumulado por los pegujales subsidiarios. El promovido por Francisco Díaz, aun siendo notable, es un buen ejemplo de este comportamiento. Mantiene 120 fanegas de labor y cede 241 para 44 pegujales. Está claro que prefirió ampliar todo lo posible el horizonte de la renta que se podía extraer a los campesinos más activos.

     Por la forma en la que se presentan los valores del complejo de Francisco Caro se puede pensar que mantenía  una labor con pegujales por trabajo. Pero son muchos los que cede y de tamaños oscilantes, algo que no es habitual cuando se trata de los reservados a los temporiles. Más bien parece que de antemano optó por el equilibrio. La cantidad de tierra reservada para labor está prácticamente en paridad con la cedida para pegujales.

 

Además hay 16 promotores de labores autónomas que toman la decisión de asociar a sus explotaciones pegujales que deben mantenerse con independencia, una cifra que más que duplica a la acumulada de labradores dominantes y secundarios de este orden, prueba directa de que en esta escala se concentra el tipo. Es verdad que la relativa abundancia de casos se beneficia de la separación convencional entre el grupo medio y el inferior a partir de la frontera 100 fanegas. Pero, aun así, la diferencia de frecuencias entre este nivel y los dos anteriores es manifiesta.

     Aunque el patriciado, con una fuerza desigual, recupera algunas posiciones con tres de sus miembros, es la iniciativa de gentes del común que actúan como labradores, también con desigual compromiso, la que se impone según vamos descendiendo en la escala del acceso a las tierras. Conocemos por su nombre a once de los mínimos labradores del común que asocian pegujales a su labor: Francisco Blanco, Cristóbal Buiza, Juan Caballos, Juan Carvajales, Francisco de Castro, Juan García Matahambres, Pedro González Palmares, Juan Peña, José Pulido, José Rodríguez y Antonio Rojas.

     Las 16 labores están comprendidas entre 90 y 21 fanegas, y las reiteraciones de un mismo tamaño para una parte de ellas puede ser indicio de un módulo (36, 30 = 6·6, 6·5). Según declaran sus responsables, ponen a producir 14 cortijos y 2 hazas, aunque por la extensión total que de ellos llega hasta el cultivo (labor + pegujales) una parte de las unidades no parece que entren dentro de lo que convencionalmente se llama cortijo.

     El autor del registro suele utilizar esta palabra por antonomasia, aunque su sentido sea el de labor. También pudo ocurrir que fueran los propios declarantes quienes en busca de prestigio recurrieran al énfasis que espontáneamente se obtiene de la palabra cortijo. Es por tanto posible que en bastantes casos se trate solo de fracciones de ellos o hazas. No cabe duda de que era sí en el caso del haza de La Sancha, en su cortijo de La Mata de Uceda. También es seguro que José Rodríguez promovió su labor en una parte del cortijo de Los Sacristanes, y resulta aún más expresivo que una de las unidades que tuvo Juan García Matahambres se localizara en un cuartillo. Sin embargo, también cabe la posibilidad de que se tratase de unidades de producción que, sin dejar de ser cortijos, se hubieran plegado al principio de las hojas de cultivo con disciplina, y que las sembradas el año en curso fueran las de menores dimensiones, lo que a su vez redundaría en beneficio de la tierra disponible para pegujales. 

     Quienes llevan las labores más modestas ceden 206 parcelas que acumulan 827 fanegas. Aunque todos busquen lucrarse cuanto puedan de las cesiones, no todos actúan de la misma manera. Pero cualquiera de ellos tiene que encontrar su lugar en un campo de fuerzas marcado por dos polos, uno que podríamos llamar estilo de cortijos moderado, en la medida en que no ha lugar a pegujales por trabajo, y el que ya hemos llamado estilo especulativo. Ninguno atrae en exclusiva a patricios frente a campesinos ascendidos a labradores o viceversa, y entre ambos extremos las posiciones que se ocupan difieren.

     Los más próximos al polo moderado apenas se proponen intervenir en este mercado y prefieren confiarse a sus labores. Solo ceden uno o dos pegujales. Una labor de 40 fanegas con solo un pegujal de 16 en realidad podría componer una labor en dos parcelas separadas, aunque en el mismo cortijo. Y como una labor de 32 convive con otra de 20 más dos pegujales pequeños, es probable que el titular cediera una parte del espacio a un semejante, y además, por otro lado, los dos pegujales.

     Juan Caballos era un labrador de una población contigua que aquel año emprendió una labor de 80 fanegas y cedió 10 pegujales. Además, otros vecinos de la misma población, quizás manchoneros, tomaron tierras en un cortijo que también había labrado el año precedente Juan Caballos, quien aún lo tenía y que para el año en curso al menos en parte lo cedió para dar origen a dos pequeñas labores y un pegujal.

     Juan Carvajales actuó con una moderación tan modélica que cabría pensar que, aun siendo modesto labrador, cedió pegujales por trabajo, y la mención de unas tierras que solo son identificadas por su topónimo quizás sean una prueba de que se acometían proyectos circunstanciales, en una parte de un cortijo, que no encontraban la demanda de pegujales esperada.

     La mayor parte estos labradores del último nivel se instala en una cómoda zona templada. La registran bien los valores en torno a 1,5 fanegas de labor por cada una de las de pegujal, donde igualmente se mezclan campesinos y patricios, estos algo más tendentes a la especulación. Como don Fernando Barba, quien tenía, por una parte, un cortijo, La Mata de Uceda, y por otra El Mármol, que eran lugares contiguos.

     Por alguna razón prefirió organizar la explotación del cortijo del Mármol y La Mata de Uceda como empresas independientes; quizás, de nuevo, por no acumular las 100 unidades de superficie expresivas de un tipo. No las alcanzaría toda su labor junta. En el cortijo emprendió una labor modesta, de 28 fanegas, y en la mata otra de 58. Pero las sobrepasaría si a ambas le sumara la superficie cedida en pegujales, otras 86 fanegas.

     También los 13 pegujales que cediera los dividió en dos series, una de 7 y otra de 6, todos en el haza de La Sancha, que estaba en su cortijo de La Mata de Uceda. La denominación del producto, Haza de La Sancha, y la identificación por separado de las dos áreas de pegujales, resultan equívocas. Si el hecho integrador fuera una persona, ni siquiera la unidad tendría que ser un lugar continuo en el espacio. Sería una unidad ficticia a la que le daba sentido que una mujer tuviera el control de todas las parcelas. En ese caso, estaríamos ante un caso semejante al de La Gallega.

     Pero además de que sería concederle un papel efímero a la toponimia, que no suele tener, en el registro está bien identificada como una parte de un cortijo que poseía don Fernando, quien no trataría de evitar el límite de las 100 fanegas, sino de repartir el riesgo. Cuando organizara su empresa se atendría a un cálculo riguroso en paridad: mitad de la tierra disponible para labor, la otra mitad para pegujales.

     Si su cálculo hubiera sido este, se puede conjeturar que la relación con los campesinos estaría sostenida por la prestación de servicios que no tuvieran relación directa con el producto obtenido, sino con el trabajo que a cambio de la tierra pudiera demandarles o con la renta que debieran pagarle, en todos los casos calculada a partir de un precio de la unidad de superficie. De ese modo, si la cosecha de la labor defraudaba, se aseguraba la rentabilidad de la mitad de sus posesiones.

     Tampoco en un cortijo con labor de 21 fanegas tendría sentido que sus 6 pegujales, que no aparecen jerarquizados, fueran pegujales por trabajo siendo la labor tan corta, salvo que el trabajo de los cedidos se invirtiera en la labor. En un haza con labor de la misma extensión y 4 pegujales la distribución es compatible con que el titular tomara, además de la parcela que hemos clasificado como labor, alguna de las que interpretamos como pegujales. Juan García Matahambres, además de su labor de 36 fanegas en un cortijo en el que cede 7 pegujales, en un cuartillo pudo organizar una ampliación de su labor valiéndose de un espacio limítrofe con el del cortijo.

     Hay casos que si no podemos tomarlos como labor más pegujales por trabajo, aun cumpliendo el principio de jerarquía, es porque la razón entre el tamaño de la labor (46 fanegas) y el número de pegujales (10) lo niega. Puede tratarse de otra versión del vínculo en el que el intercambio de trabajo por parcela se realiza como prestación en la labor del cedente.

     Los que ceden más pegujales son de una generosidad en la oferta que no es nueva. El responsable de un cortijo con una labor de 30 fanegas y 13 pegujales, el de otro con labor de 36 fanegas y 15 pegujales y el de un tercero con labor de 30 fanegas y 16 pegujales, en cualquiera de los cuales se impone con mucho éxito el módulo 3 fanegas, para tomar sus decisiones parece que se atienen a una ley directa: cuanto más limitada la labor más posibilidades de alojar pegujales. Cualquiera de ellos se esfuerza por captar cuantos campesinos del rango menor sea posible. Quizás, en el orden de los hechos, primero sería la oferta del espacio para ser aprovechado en pegujales y luego, con el resto no adjudicado, decidir la labor propia, lo que la relegaría a las tierras marginales del cortijo.

     Y aún quedan algunos campesinos con ambiciones de labrador que se rinden con menos resistencia a la fuerza del polo especulativo. En un cortijo del Señor Vicario, con labor de 60 fanegas, se ceden hasta 25 pegujales. Mientras que la mayor parte de ellos tiene entre 2 y 6 fanegas, uno es de 24 y otro de 14. El afán por captar tenientes a su poseedor le recomendaría plegarse a la demanda ampliando la oferta con enorme flexibilidad.

     Pero es Pedro González Palmares quien pone al descubierto el comportamiento especulativo en su grado extremo. Con casi la misma superficie que el poseedor de las tierras del Señor Vicario cede para pegujales, duplica su número. Poseedor de un cortijo en el que promovió una labor de solo 36 fanegas, cedió 51 de entre 6 y 1 fanega, que segregaron de la unidad de producción un total de 127 explotaciones distintas. Es decir, que solo dedicó a su labor 0,28 fanegas por cada una de las cedidas.

     Las de dimensiones comprendidas entre 4 y 6 fanegas apenas son la quinta parte de las que cede. Las otras cuatro quintas partes las abarcan las que tienen entre 1 y 3, y son sobre todo las de 2, la mitad de las de esta fracción, las que más cede. Ninguno de los otros labradores del grupo desciende tan bajo. Es suficiente para reconocer que la oferta de este módulo se impuso en el negocio que emprendió Palmares, y que al otro lado encontró a campesinos dispuestos a aceptarla.

     La oferta de parcelas de poca extensión haría muy asequible el acceso a ellas, porque con cantidades relativamente pequeñas (de dinero, de producto o de trabajo) sería fácil pagarlas. Al mismo tiempo, al cedente le permitiría extremar el precio de cada unidad de superficie. Cuanto más pequeñas las parcelas, tanto mayor valor relativo podría tener la renta que de ellas pudiera deducir. La preferencia por aquel módulo sería por tanto una expresión directa del deseo de obtener la máxima rentabilidad de las cesiones. Así como había usureros del dinero, los había de la tierra. Este Pedro González Palmares, en su tiempo, pudo ser el que más.

     Pero aunque lo suyo fuera el exceso, lo obscenamente especulativo, lo desaforado y mayúsculo, no tenía nada de singular. Tomando el tamaño de todas las parcelas cedidas por los labradores autónomos para alumbrar pegujales subsidiarios, desde luego el empuje de las 2 fanegas es previsible por el peso relativo de la oferta de Palmares. Pero si lo descontamos, tenemos que reconocer, aun así, la recuperación de los valores menores cuando se llega a este orden inferior, seguramente por las mismas razones que hacen triunfar al 2 en manos de Palmares.

     En resumen. No había labor que prescindiera de asociar pegujales a sus explotaciones, para lo que les bastaba con servirse de una parte del espacio del que disponían. Tan universal es este principio que pone al descubierto el origen de la posición aventajada de la que partían los amos o señores cuando se atenían a aquella relación. Como todos los que promueven labores captan con este recurso a gente que les puede servir, están en condiciones de elegir a los dispuestos a contraer el compromiso, campesinos de una población centrada en su término para los que sería preferente alojar sus pegujales en los cortijos y hazas cuya superficie de más calidad estuviera reservada a labor.