El rastro de la sangre

Carmelo Terrera, becario

El fundador de cada institución inmovilizadora creaba un régimen específico para su herencia, un asunto para el que se mostraba extraordinariamente previsor. Estaba justificada su actitud. Porque el deseo, o pasión derivada del uso discreto del sexo propio, estaba en el origen de tan torpes decisiones, habiendo dado por supuesto que los beneficiarios directos de la institución debían ser los miembros de la familia legal, se creía en el deber de garantizarle la conservación del dominio sobre el ahorro protegido, para el que ambicionaba desde el principio una existencia indefinida. La sorprendente minuciosidad de sus decisiones en parte se puede adjudicar a que cada uno actuaba a partir de la realidad biológica que tenía ante ellos. Descendientes y ascendientes eran unos determinados, y ellos, en cada caso, porque estaban vivos naturalmente le imponían unos límites. Llamados a disfrutar la fundación con sus bienes y sus rentas desde un linaje, manando en exclusiva de la voluntad del fundador, admitida no obstante como fundamento legítimo, aunque pueda parecer abusivo y escasamente civilizado, el resultado más trascendente, para el punto de vista que se adopta en este texto, era que con tales decisiones quedaba cerrada una tupida red para la circulación de la parte consolidada del ahorro, para este efecto inmovilizada.

Los fundadores se mostraban especialmente preocupados por la designación del primer heredero. Se imponía la línea recta de descenso cuando quienes tenían la iniciativa habían tenido la fortuna de que sobreviviera. Bajo las condiciones biológicas regulares, eran los hijos del primer beneficiario, y los hijos de sus hijos, y así sucesivamente, quienes debían conservar y transmitir la obra que recibirían. Así los vínculos, para los que lo normal era que uno de los hijos fuera el seleccionado y a él quedara sujeto automáticamente. Solía ser hombre, pero también podía ser una mujer la elegida en primer lugar. En la memoria que se embridaba con un vínculo también el envío directo a la siguiente generación solía ser inmediato. Aunque excepcionalmente había quien se investía primer capellán a sí mismo, en una tercera parte de los casos los elegidos para primeros capellanes, cuando se trataba de las capellanías más autónomas, también eran hijos de los fundadores.

Para inducir cuanto les fuera posible la transferencia en la dirección decidida, los fundadores añadían una serie de condiciones a la descripción de la línea elegida. Las comunes eran la preferencia del mayor, en caso de que hubiera más de un hijo aspirante, y del varón a la hembra. Como a los agraciados sucederían sus hijos, y a estos los suyos, y así en lo sucesivo, para cada transmisión igualmente sería preferible, a idéntico grado, el mayor al menor y el varón a la hembra, y en algún caso se añadía otra condición, que antecediera el legítimo al ilegítimo. Tales designaciones a los fundadores les parecían suficientes para aislar al agraciado.

Había instituciones que por su naturaleza no podían atenerse al rigor de las líneas directas, como los patronatos creados para conceder dotes a parientas, que tenían que prever el orden sucesorio para su disfrute sometiéndose al objeto de la fundación. En su lugar dictaban otras condiciones, no menos biológicas pero más abiertas. Fueran las parientas del promotor a contraer matrimonio o a profesar como religiosas, habiendo demostrado determinado grado o pertenencia a una línea más o menos próxima al fundador, las agraciadas por la elección debían cumplir con la condición de ser solteras y comprometerse a tomar estado. Más aún. Si, cumplidos los veinticinco años, estuvieran enfermas o lisiadas, o no se hubieran decidido por la dirección del cambio que podía reorientar cada vida, les asistía el derecho a disfrutar de la dote. Entre el momento de una fundación de esta clase y 1598 cuatro mujeres, en documentos distintos, afirmaron haber recibido para casarse una dote de un patronato, previa demostración de su parentesco. Más allá de las condiciones generales, sería preferida, en igual grado, la que fuera elegida por los patronos.

Pero para salir al paso de las adversidades que de partida pudieran atravesarse contra las primeras previsiones, al crear cada instituto los fundadores a continuación se demoraban en el relato de una larga serie de líneas alternativas a la directa, realmente existentes en el momento inicial, por orden de prelación. Al faltar la descendencia directa, primero las opciones se abrían moderadamente hacia las líneas colaterales preferentes de los parientes en segundo grado. Así, el hombre que había recibido de su padre unas tierras con la condición de que no fueran divididas, y que con su parte decidiera fundar un vínculo, como compartiría con su hermano el patrimonio lo llamaría a la primera sucesión en el instituto que había creado. También hubo casos en los que hermanos del fundador fueron designados primeros capellanes.

El recurso que agotaba las previsiones ante estas primeras adversidades habitualmente era la línea colateral preferente de los parientes en tercer grado. Para que en su caso disfrutaran vínculos fueron elegidos sobrinos. Así, por ejemplo, eran llamados a la sucesión de un vínculo, tras la línea directa, un sobrino del fundador, la hermana de este, otra hermana, otro sobrino, el hijo de otro sobrino, este sobrino, otro sobrino más, los hijos de otra sobrina y los hijos de una sobrina más, todos de la rama materna del fundador; tras los cuales, si aun así llegara el caso que las nueve posibilidades se agotaran, todavía sería posible, según dejaba mandado el promotor, recurrir a la rama paterna. Pero, sobre todo, en una tercera parte de las fundaciones de capellanías autónomas los designados para primer capellán finalmente fueron parientes de esta clase. Sobre ellos recaía la elección, como algunos casos permiten deducir, cuando la aspiración a la supervivencia de los hijos propios no había sido satisfecha por el destino.

Excepcionalmente, había entusiastas cuyas previsiones pretendían aspirar a metas más alejadas, pero igualmente delimitadas por el canon de la familia y atenidas a las condiciones biológicas. Querían actuar como promotores de la regeneración de una familia en trance de extinción, aportando una parte de su patrimonio al origen de un nuevo linaje. Una viuda, porque no tenía hijos, designaría como primera titular de un vínculo a una sobrina, con la condición de que no entrara en la posesión de los bienes mientras no se casara. Tampoco en esta situación límite los fundadores podían sustraerse por completo a la fuerza de la sangre, que nunca dejaba de presionar, en ocasiones hasta llevar al límite de la supervivencia la capacidad de resistir que tuvieran las membranas familiares.

Pero todavía, para el caso de que todas las posibilidades precedentes quedaran bloqueadas por la evolución biológica, se elegían otras salidas, aún dentro de la familia. Así persistía el rastro de la sangre, la línea por la que se orienta la voracidad de las fieras.

La identificación precisa de las líneas sustitutivas podía ser tan especiosa como la pasión calculadora obsesionara al fundador, hasta agotar la paciencia de cualquier lector, presente o futuro. Las relaciones más dilatadas correspondían naturalmente con las familias que mantuvieran mayor número de miembros vivos, de cualesquiera líneas o grados, en el momento de redactar el documento del origen. Tendrían que hacer el trabajo de reemplazar las líneas agotadas y poner a salvo el objeto primordial del instituto, mantenerse inalterado generación tras generación. Pero ninguna podía llegar más allá, tampoco en este caso, de la realidad viva de los parientes, y ninguna de ellas tuvo nunca más relevancia que la circunstancial.

Hay que reconocer, no obstante, que aunque en los textos las previsiones para la transmisión del papel protagonista eran similares a las descritas, ahora el enunciado de las sucesivas líneas solía ser más breve. Alcanzaban como máximo hasta la cuarta línea, incluso si se acepta que fueran señalados como sucesores, en última posición, los descendientes de una mujer que la fundadora hubiera criado en su casa, lo que equivaldría a recurrir a la adopción de hecho, o admitiendo el parentesco de un hombre designado cuya relación con una fundadora no consta.

Podía ser útil a un caso decidirse a favor de la línea colateral ordinaria, y designar para primeros titulares a primos. Para que disfrutaran de vínculos fueron designados los hijos de un pariente, y para que cumplieran por primera vez con las obligaciones de las capellanías fueron seleccionados consanguíneos con los que se tenía una relación indefinida. Habiendo sido el promotor un matrimonio, prescribió que serían preferibles para ser el origen personal de una obra, si fallaran todas las previsiones específicas, los descendientes del fundador a los de la fundadora. Pero igualmente pudo servir la línea de mujer, aunque es cierto que se trataba de una solución excepcional, puesto que por consanguinidad podían actuar como titulares y nexos de los derechos de una fundación de esta clase.

Llegados a esta situación extrema, estaba más justificado que se deseara contribuir a la creación de una familia nueva al fundar los institutos inmovilizadores. Hubo una mujer, acomodada en el estado de viuda, que pudo excluir expresamente a los presbíteros de la sucesión primera de una memoria con vínculo, incluso tratándose de una fundación piadosa cuya función inmediata era litúrgica católica; porque quiso que quienes disfrutaran su creación fueran aptos para casarse, lo que en rigor, tratándose de la formalidad de una escritura, obliga a pensar en condiciones legales, antes que en atributos físicos, de mucha menor relevancia para el buen fin tanto de las capellanías como de los matrimonios. Si el designado por ella en primer lugar se ordenara sacerdote tendría que ser sustituido por su hermano, tal como ocurría con la primitiva institución del levirato, porque al mismo tiempo se trataría de transmitir al margen del clero, relegado en estas circunstancias, previo contrato, a su exclusiva dedicación a los misterios.

Pudo ser un criterio para elegir a quien empezara a disfrutar capellanías algo tan genérico como la varonía de los parientes, y se puede demostrar además que eran primeros capellanes presbíteros, fueran de la familia o no, simplemente porque esta condición los facultaba para servir el instituto y al mismo tiempo se habían cerrado otras vías. Un matrimonio dejó constancia de que con este fin se había decidido por el cura de una parroquia porque sus cinco hijos murieron pequeños. Si el más aciago de los azares llegara a permitir que se extinguieran todas las líneas previstas, podría aspirar a la sucesión quien demostrara ser el pariente más cercano al fundador.

Pero todavía los redactores de los planes, porque aspiraban a prever más allá del horizonte, se esforzaban por generalizar todo lo posible. Como en el caso de las líneas preferentes, para inducir por último cuanto fuera posible la transferencia familiar, una vez más los fundadores prescribían una serie de condiciones a la descripción de las líneas elegidas. Todas eran también inequívocamente biológicas o servidas por la naturaleza; animales se podría decir, si se permite el abuso del lenguaje en el que ya se ha incurrido, únicamente justificado por nuestro deseo de evocar. A cada una de las vías alternativas de sucesión también se aplicarían la preferencia del mayor, en caso de que hubiera más de un hermano aspirante, y del varón a la hembra, idénticas condiciones que a la primera, y a los agraciados sucederían sus hijos, y a estos los suyos, y así en lo sucesivo, e igualmente entre ellos sería preferible, a idéntico grado, el mayor al menor y el varón a la hembra, e incluso se precisaba que antecediera el legítimo al ilegítimo. Excepcionalmente, un fundador pudo imponer alguna condición más, como que quien poseyera el vínculo no se casara con persona de mala raza, en alusión a descendientes de etnias, segregadas y aun así endémicas, que pudieran invalidar las decisiones legales.

Para la selección del pariente agraciado, el último recurso de las previsiones sobre las líneas sucesorias a las cuales podía corresponder una capellanía, se arbitraban condiciones que no siempre se combinaban del mismo modo. Para unos, si hubiera dos con idéntico grado, además del mayor al menor y del varón a la hembra, sería preferible el más pobre, y si uno fuera presbítero y otro no, el que estuviera por ordenar. Y los había que combinaban piezas dispares a discreción, como el que más supiera, fuera más pobre y estuviera por ordenar, probablemente convencidos de que una coincidencia automáticamente singular evitaría cualquier controversia sobre el derecho.

Las cláusulas que regulaban el acceso a cada capellanía podían asimismo ser extremadamente previsoras cuando se trataba de asegurar el servicio a la fundación. Desde el momento que recibía el derecho, el titular estaba obligado a mantener en buen estado el cáliz, los ornamentos y los demás enseres de la capilla, pero también se extendían en condiciones para la preservación del buen nombre de la familia, resultado inmediato de otra variante biológica, el yugo que el celibato cargaba sobre los capellanes presbíteros. Si un capellán era notado de concubinato o cualquier pecado detestable, circunloquio de los documentos que apenas alcanza a ocultar la sodomía, se le requería por dos veces ante notario en nombre de los patronos. Si no renunciaba a sus costumbres, era separado de la capellanía, a continuación transferida a quien fuera idóneo. Sobre cuáles fueran las condiciones de idoneidad, tratándose del uso del miembro denotativo del cuerpo masculino, los autores de los documentos de fundación prefirieron guardar silencio.

El llamamiento a los sucesivos beneficiarios de los patronatos fundados para conceder dotes, cuando se referían a las últimas beneficiarias posibles, admitía que podía ser una mujer que no fuera deuda del fundador y, extinguido este linaje, una doncella nacida en determinada parroquia.

Como se daba por supuesto que los beneficiarios directos de la institución serían consanguíneos, parece que además era obligado combatir la desviación legal cuando este principio fuera defraudado. Un matrimonio que hubiera fundado un vínculo podía designar sus herederos a un hombre y sus hijos, quienes, sin serlo, debían decir que eran sus deudos. Luego pudieron ser excluidos porque no tenían con ellos parentesco alguno, y así habría que hacerlo constar en el documento de origen. La expresión que eligen las fuentes para relatar este tipo de casos no resuelve definitivamente si el fraude de ley provenía del abuso del instituto o de la mentira.

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De manera similar se actuaba con el patronazgo de los patronatos, mecanismo anexo para la supervisión externa de buena parte de las fundaciones inmovilizadoras, responsable de la gestión de los bienes garantes del ahorro. Era una institución autónoma, pero no menos consanguínea.

Para ser los primeros responsables de cumplir con esta obligación, era raro que fuera designado solo un patrono, porque, como los desequilibrados, podría actuar sin control, y tampoco era frecuente que el patronato quedara constituido con tres personas distintas, aunque esta fórmula facilitara las decisiones que podían quedar protegidas por el misterio. Se prefirió, sobre todo, la clásica dualidad de las magistraturas, apta para una gestión práctica y equilibrada.

Pero las decisiones que se tomaron sobre quienes debían ser los primeros en desempeñar ese papel indican que este cuerpo anexo a las instituciones, cuyas propiedades son ahora el objeto de esta breve recapitulación, también estuvo lejos de ser en su origen un comité independiente. El gobierno de las células primitivas de supervisión de las fundaciones que optaron por este procedimiento de garantía igualmente se solía reservar a una familia. La opción que esta prefería para designar a los primeros patronos, con mucha diferencia –casi dos de cada tres casos– fue la autocrática, aunque los coaligados sobre esta base formaban grupos de gestión de tamaños irregulares. El gobierno de los propios fundadores en solitario fue la primera opción. Puesto a elegir un supervisor, al promotor nadie le parecería tan de fiar como él mismo. Su responsabilidad directa sobre el origen de los ahorros desviados al buen recaudo, el fruto más preciado de sus esfuerzos, lo justificaría. En el acto original de las capellanías, la obra que con más frecuencia se completaba con la designación de esta clase de supervisores, los promotores mismos se autonombraban como primeros patronos exclusivos en buen número de casos. Así como era raro que alguien se designara a sí mismo capellán, porque podía obligarlo a decisiones vitales no del todo deseadas, no lo era que se designara patrono de la capellanía que fundara.

Los promotores de las capellanías, para constituir los primeros patronatos que las gobernarían, también formaron colegios con sus descendientes. Muchos forzaron la colaboración de sus hijos, de modo que la familia nuclear por línea de varón fue bastante para crear este primer gobierno de la institución por la que se habían decidido. En otros casos, con toda probabilidad a consecuencia de la falta de la otra vía directa, la solución autocrática se encontró uniéndose los promotores a los ascendientes. Así, en unos se pudieron constituir como patronos los fundadores que podían contar con la colaboración de su madre. Con menos frecuencia, esta línea solucionó por completo la necesidad, por lo que los únicos patronos fueron los padres, aún supervivientes. De todas estas decisiones, que a un tiempo satisfacían los acuerdos y la capacidad para tomarlos, podría decirse que pretendían, sin mencionarlo, asemejarse al patronato de legos.

Otra posibilidad que las familias explotaron, cuando desearon reservarse algún control sobre la administración de la capellanía gobernada por un patronato, fue nombrar como primer patrono al que ya había sido designado el primero de los capellanes. Simplificaba el orden de la obra, a la vez que eludía cualquier medio de control externo, así de la gestión y uso de los bienes como de la satisfacción del cargo.

Las demás decisiones para satisfacer el mismo fin, al menos formalmente, prefirieron situarse en una posición opuesta, y tomaron la mayor distancia de la familia para aparentar la mayor independencia. Cualquiera de los patronatos de legos en sentido propio, en la designación de los primeros supervisores o patronos, era tan exigente al menos como en la convocatoria de los acreedores al instituto que regían. Optaban por conceder el primer poder a cargos institucionales.

En cuanto a los patronatos que no es seguro que fueran instituidos con la condición expresa de mantenerse bajo el control de la familia promotora, de la administración de uno de los creados en 1572, que probablemente llegó a convertirse en uno de los que tuvo más medios, desde el principio fue responsable la fábrica de una parroquia. El otro creado por el mismo presbítero también en 1572 asimismo estaba muy intervenido por las instituciones eclesiásticas ordinarias.

Para adquirir la condición de patrono, ya para la segunda generación, los fundadores que se decidían por este procedimiento de supervisión preferían la vía a un tiempo civil y familiar. En el siglo décimo séptimo, una mujer hizo valer su aspiración al control de un patronato creado en el siglo anterior porque era bisnieta de alguien que había sido patrono y tercera nieta de un hermano del padre del fundador. En la designación de los sucesivos patronos de las capellanías se actuaba igual que para la designación del capellán. Habiendo elegido al primero, los fundadores aún debían describir la correspondiente secuencia de líneas y generaciones, inducida como siempre por reglas que se proponían la conservación del instituto bajo el dominio familiar. También en este caso las secuencias se acortaban. Cuando se había decidido reservar a la familia el patronato de las capellanías, el último eslabón era asimismo el pariente más cercano. La responsabilidad financiera adquirida a causa de una designación podía ser el origen de cláusulas en modo alguno irrelevantes para el objetivo que nos hemos propuesto. En un caso se prescribió que cualquier patrono, si deseaba tener la responsabilidad que sobre él había recaído, debía dar fianza de dos mil ducados, a satisfacción de la justicia.

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El deseo de sujeción de las instituciones inmovilizadoras a las familias estaba subordinado a la verificación de las existencias. Así como los actos vitales básicos decidían sobre la oportunidad de los medios institucionales adecuados para proteger el ahorro, la satisfacción de los proyectos concebidos para las fundaciones al servicio de este deseo dependía de cómo respondiera la salud de sus miembros. Una falta de cálculo sobre las leyes de la supervivencia podía tener la fatal consecuencia de que el instituto escapara al control inmediatamente deseado, una vez desaparecida la generación generatriz.

Pero la rigidez legal, que hacía inamovibles las últimas voluntades, obligaba a aspirar a lo imposible. En un instante supremo, el del principio de cada instituto, había que hacer íntegro un cálculo para todo el futuro por imposición del testamento, que la muerte sacralizaba intangible. Habiendo optado por determinado grupo humano, se trataba de prever su evolución; en la medida que el conocimiento del futuro lo permitiera, un asunto para el que la entidad que se deposita en la conciencia bajo la denominación de porvenir suele mostrarse celosamente hermética, absurdamente imprevisible.

No obstante, porque el propósito de los fundadores de estas instituciones fue en todos los casos que resistieran el paso del tiempo, en su afán por ser eternos todavía se esforzaron en dictar reglas sucesorias para la posibilidad más remota, el mundo desconocido y ni siquiera previsible, que ni aun así se negaron y al que sin embargo creían alcanzar con su imaginación. Aceptaron el reto concibiendo soluciones que deseaban resolver en términos universales y definitivos cualquier contingencia. Lo más sorprendente es que para la supervivencia de sus obras tales previsiones sobre quiénes tendrían que ser los herederos desconocidos efectivamente resultaron las verdaderamente decisivas.

Aunque las últimas previsiones sucesorias aspiraran a cortar el paso a las adversidades naturales, no había muchas más posibilidades que proceder de la manera más genérica. Si desaparecieran todas las líneas y personas proyectadas sobre el futuro, invariablemente las fundaciones tendrían que ir a parar en otra institución que designaban precisamente, bajo la convicción de que las instituciones, cuyas existencias se pronosticaban indefinidas, eran más duraderas que los hombres. La institución final, paradójicamente la más concreta de todos los llamados existentes, era la única que tenía alguna posibilidad de mantenerse indefinidamente en el tiempo, como pretendía el fundador. El transcurso de los años actuaba a favor de ellas. El llamamiento último a la sucesión redundó en su beneficio.

Si los vínculos, por ejemplo, habían sido fundados con preferencia en la segunda mitad del siglo décimo sexto, a la vuelta de doscientos años el número de los que tuvieron que parar en estas instituciones necesariamente habría aumentado en razón directa a los riesgos de muerte, dado que la revolución que acabaría con ellas aún no había sucedido. Cierto que el vínculo era una obra estrictamente civil, para cuya perpetuación en absoluto no era necesario el concurso del derecho canónico. Sin embargo, ya el azar de las sucesiones podía llevar a manos de un clérigo de cualquier clase los derechos correspondientes, razón de más para que no solo las combinaciones imprevisibles llevaran a aquella salida. Era regular que los fundadores de esta clase de institutos indicaran expresamente como sucesores extremos y todavía veraces las fábricas de las parroquias donde vivieran. Con la decisión a favor de esta institución eclesiástica podía resultar defraudado el propósito inmediato del creador del vínculo, mantener indefinidamente bajo el dominio de una familia un lote de bienes. El otro, que su ahorro permaneciera inalterado, no, aunque su beneficiario terminara siendo una institución de la clase de las eclesiásticas, que podía pugnar por un poder que una familia había deseado reservarse.

Un convento femenino y, con insistencia, también las fábricas de las parroquias donde los fundadores elegían enterrarse fueron designados para que se hicieran cargo de memorias con vínculo cuando faltaran todos los descendientes familiares. Si llegara el caso que una de las parroquias se alzara con el patrimonio inmovilizado, al que estaba anexa su carga litúrgica, esta, por voluntad de un promotor, había de modificarse. Frente a la misa anual del principio, cuando la fábrica fuera la responsable de todo, si su deseo era mantenerla en su poder, tendría que satisfacer cada mes diez misas rezadas por el alma de aquel varón, presbítero durante su vida activa.

También a una parte de los promotores de capellanías, aun habiendo previsto con detalle las posibilidades sucesorias, los tranquilizaba añadir el perfil del candidato institucional extremo, en cuyas características comunes igualmente solían coincidir; una consecuencia previsible de las culturas, fenómeno estable habilitado por la circulación de la parte gregaria del pensamiento, en ocasiones tan degenerado que alcanzaba hasta el grado de la estupidez, forma de enajenación que ignora la capacidad individual para concebir ideas, sea de acuerdo con intereses, con deseos, con atracciones espontáneas, con cálculos indefendibles, con aspiraciones a las peores pasiones. Si faltara toda clase de parientes, el capellán habría de elegirse entre un clérigo de la población de buenas vida y costumbres, el más pobre bien de la parroquia bien de toda la vecindad. Otros preferían al cura más antiguo de la misma demarcación eclesiástica, cálculo que se beneficiaba de las escasas posibilidades de la longevidad. El más independiente de nuestros fundadores optó por el sacerdote más docto y más virtuoso que se encontrara entre todo el vecindario, para cuya verificación los aspirantes debían ser examinados por la autoridad episcopal, lo que le proporcionaba una excelente oportunidad para su intromisión en estos institutos. No está claro que se tratara de un sarcasmo que se hubiera de llevar a un callejón sin salida la pretendida solución final. Quien actuó de este modo todavía añadió una excepción igualmente manchada de sangre. Si, una vez atribuida la capellanía al clérigo que cumpliera con tan excelentes condiciones, apareciera algún pariente, la adjudicación debía respetársele al hombre singular hasta que muriera, momento a partir del cual el curso de las sucesiones debía retornar a su origen familiar. Pero cualquiera de las soluciones beneficiaba a la jurisdicción eclesiástica ordinaria, que por último se alzaría con el ahorro familiar.

Los fundadores de patronatos, como último recurso, apelaban al regidor más antiguo del municipio, y expresamente eran excluidos los eclesiásticos, a excepción de los iniciales. Pero los dos patronatos de legos que primero designaron como patronos cargos institucionales señalaron un clérigo: un presbítero, cura de una parroquia, y el guardián de un convento franciscano. El patronato que no se declaró de legos directamente se puso bajo la administración de una fábrica parroquial.

Para evitar una agotadora periestasis, muchas capellanías –unas dos terceras partes– desde el principio optaban por designar patronos institucionales, de modo que para estas ya era innecesario hacer más previsiones sucesorias. Pero para las que hubieran optado por otra clase de responsable también el último eslabón solía ser un cargo institucional, con lo que se concluía en la fórmula más utilizada. Solo en un caso se evitó terminar en este principio. De todos los cargos institucionales, el designado como más frecuencia, para que estuviera presente en cualquiera de las combinaciones para formar el patronato de las capellanías, fue el mayordomo de la fábrica de la parroquia elegida como sede. Casi un tercio de las nominaciones se hicieron en su favor. Una posición relativa muy próxima correspondía al prior de un convento masculino y, a continuación, al guardián de otro. Las demás designaciones institucionales eran poco frecuentes. Las había que se decantaban por las combinaciones eclesiásticas puras, incluyendo cargos como un cura de la parroquia, el vicario, que era la autoridad eclesiástica de la comarca episcopal, y el abad, cabeza de la corporación exclusiva de los beneficiados parroquiales. En ocasiones otros prefirieron contar para el restringido colegio con alguna autoridad civil, como un alcalde ordinario o, en 1529, cuando la institución aún conservaba algo de su fuerza, el jurado más antiguo de la población.

También cuando el patronato de las capellanías era familiar los elegidos para el último eslabón de la cadena sucesoria solían ser los que ya conocemos, incluso con una frecuencia similar: el mayordomo de la fábrica donde se fundaba, el prior de un convento masculino, un cura de la parroquia o uno de sus beneficiados, con preferencia el más antiguo. La única novedad era que en ocasiones aparecía, en aquella posición definitiva, otra institución, una hermandad o cofradía. Eran designados expresamente como últimos patronos posibles el prioste de una bajo la advocación de la Santa Veracruz, en un caso, y el prioste y alcaldes de la cofradía de Santa Bárbara, una asociación sacerdotal, en otro.

En resumen, las instituciones civiles eran elegidas con poca frecuencia. Solo son mencionados un alcalde ordinario, el regidor decano del municipio o el jurado más antiguo de la población. La partida la tenían ganada las eclesiásticas, tal vez porque sus fundadores legales se habían encargado de darles apariencia de eternidad. Entre las del clero regular, prior y guardián de los conventos de las órdenes mendicantes, porque eran responsables de sus respectivos cenobios, fueron designados en bastantes ocasiones, y un convento femenino. Un par de veces, haciendo responsables expresamente a sus respectivos priostes y alcaldes, fueron elegidas hermandades o cofradías. Los cargos propios del clero regular fueron designados en más ocasiones, sobre todo presbíteros que ejercieran como curas de una parroquia. Expresamente fueron llamados clérigos de la población que cumplían determinadas condiciones o el cura más antiguo de la misma demarcación eclesiástica. También fueron designados beneficiados, el vicario y el abad del colegio beneficial de toda la población; lo que no fue incompatible con que a veces expresamente fueran excluidos los eclesiásticos. Pero sobre todo fueron depositarias últimas de las instituciones inmovilizadoras las fábricas parroquiales, bien de la parroquia donde viviera el fundador bien de la que hubiera elegido para enterrarse. En un buen número de casos, se hacía responsable explícito de la obligación al mayordomo de la fábrica.

Por deseo de los promotores, la dependencia del tamaño de la familia viva en el momento de la institución, incluso extendiendo los grados de parentesco, era enorme y por tanto muy arriesgada. Porque el orden creado por los fundadores, aunque pretendiera atravesar el tiempo, era naturalmente plano, no podía desprenderse de su condición de presente. Era fácil que todas las previsiones fueran inútiles, que todas las líneas anticipadas quedaran interrumpidas.

Una familia de pocos hermanos y escasos descendientes tenía muy limitadas las posibilidades de mantener bajo su control los bienes inmovilizados a la vuelta de pocas generaciones. El riesgo de extinción de cualquier descendencia era muy alto, a consecuencia de los obstáculos que interponía la alta mortalidad que regía el crecimiento de estas poblaciones. La muerte regularmente se cobraba la vida de uno de cada cuatro nacidos antes de que hubiera cumplido un año, de otro antes de los cinco. En consecuencia, la mitad de las familias que hubieran optado por la línea descendente, con el objetivo de inmovilizar bajo su dominio sus ahorros, quedaba expuesta al riesgo de ver defraudados sus propósitos por causas naturales insuperables. Bastaba con que un matrimonio que hubiera recibido el patrimonio inmovilizado no consiguiera que le sobrevivieran hijos para que tales bienes corrieran el riesgo de caer en un limbo. Dado que a todos alcanzaban las cortas posibilidades de supervivencia, la perspectiva de falta de herederos por extinción de la familia podía verificarse mucho más por la línea de los ascendientes, llamados a la sucesión en el disfrute de los bienes cuando faltaban los hijos.

No es necesario demorarse en demasiados cálculos para admitir que las instituciones eclesiásticas, pacientes espectadoras de los cortejos que se dolían por el final de las vidas, oficiantes en las exequias cuando se las solicitaba, contaban con las posibilidades más favorables para acumular el ahorro blindado. En el transcurso de cinco siglos, los que suman los que van del décimo cuarto al décimo octavo, gracias a la solución final preferida, fueron atesorando porciones significativas de los bienes inmovilizados por las familias, aunque estuvieran limitados por las servidumbres impuestas por sus respectivos principios. De este modo fue ampliándose, y haciéndose cada vez más sólido, el fenómeno que ha sido conocido como amortización; algo más que un medio de evasión fiscal, o de sustracción al mercado de bienes inmobiliarios, puntos de vista parciales que prefirió el análisis liberal y del que todavía no se ha desprendido la literatura sobre el tema. Para los fines que se propone este texto es más oportuno reconocer que la designación de ciertas instituciones como últimos titulares posibles, para una parte de las fundaciones familiares, situaba a aquellas en la posición de excelente acumulador de ahorros, crecientes al paso de los siglos.


Los bienes inmovilizados

Narrador

Apartados por las familias rurales, protegidos con todos los medios que a su disposición ponía la norma civil, los bienes que tendrían que ser los responsables de la generación de la renta de cada fundación solo excepcionalmente eran de gran valor. Había muchas fundaciones conventuales realmente potentadas, cualquiera de ellas disponía de patrimonios raíces importantes. También acumularon riquezas sobresalientes las corporaciones de los beneficiados. La que nos había servido como campo para la experimentación recibió tierras, casas y dinero en cantidades que sumaron cifras significativas. Pero en el medio rural era más frecuente, porque era más probable el ahorro modesto, que las operaciones inmovilizadoras fueran aplicadas a la protección de patrimonios moderados.

Un hombre dotó su vínculo con una mata de olivar de 40 aranzadas y tres cuartas partes de un molino, y una viuda desvió con el mismo fin una casa, 10 aranzadas de olivar en cuatro pedazos, 4 fanegas de tierra campa o desmontada y dos créditos, concedidos ateniéndose a las condiciones de los censos, uno de 700 ducados de principal, que hipotecaba unas viñas, y otro de 100 ducados sobre un olivar. Quizás los vínculos algo más valiosos fueron los que se habían propuesto proteger la tierra dedicada al cultivo de los cereales. Así, el que recayó sobre 54 fanegas de tierra o el que afectó a otras 280 de tierra de labor equipadas con instalaciones, entre las que se enfatizaba un pozo de agua dulce con sus pilas porque los estanques eran un medio para alimentar la cabaña al servicio de la explotación que se radicaba en ella.

Las capellanías más elementales o memorias obtenían sus rentas de una casa, la que había servido de residencia a la familia o cualquier otra, o de una parcela de olivar que no excedía, en los casos en los que fue descrita, las 5 aranzadas de extensión. Solo un fundador destinó a este fin una cantidad en efectivo, para que con ella se comprara una posesión que sufragara la manda piadosa.

También los bienes inmovilizados por las iniciativas de este tipo cruzadas con vínculos eran equiparables a los que sostenían las memorias más sencillas. Consistían en la casa que se habitaba y olivares de una extensión máxima de 5 aranzadas. Hasta reaparece en ocasiones el encargo de comprar un olivar, con el remanente que se dedujera del cumplimiento de las obligaciones testamentarias, aunque un matiz negativo devaluara algunos de tales bienes relativamente. Tanto la casa como el olivar de mayor extensión garantizaban sendos créditos de 200 ducados de principal. Excepcionalmente, una iniciativa sobrepasó estos límites. Estuvo fundada sobre 24 aranzadas de olivar, 8 de las cuales ya pagaban una memoria de 5 reales a un convento, dispersas en seis parcelas, y 16 fanegas de tierra para cereales, en las que había sembrados algunos frutales.

El inventario más completo de los bienes inmovilizados a partir de las iniciativas civiles lo proporcionaron los documentos que describían las fundaciones de las capellanías autónomas, el instituto destinado a tal fin preferido por las familias del medio rural. Eran, a mucha distancia de los demás, olivares. En sus dos terceras partes los fundadores apartaron al menos alguna parcela de esta clase. Esta porción de sus patrimonios, sobre su frecuencia, era notablemente dispersa y pequeña. El valor tipo del número de parcelas que se elegían para contener el ahorro era casi tres y la superficie media que ocupaba cada una no alcanzaba las cinco aranzadas (4,7).

Del exceso, tanto de la división del espacio dedicado a este cultivo como de la fragmentación en la que se incurrió al dotar las capellanías, puede ser una muestra la descripción de un lote inicial. Fue compuesto con una parcela de ¾ de aranzada y 11 estadales, otra de 1 aranzada 1 ochava y 7 estadales, otra de 3 ¼ aranzadas y 15 estadales, otra de 3 aranzadas y 1 ochava, otra de 7 ¾ aranzadas y 20 estadales, otra de 1 ½ aranzada y 30 estadales y otra de 1 aranzada 1 ochava y 32 estadales de olivar. Considerando una aranzada de 400 estadales, que es admisible y facilita los cálculos, las siete parcelas apartadas para formar un lote solo sumarían poco más de 18 aranzadas (18 ¼ aranzadas, 5 ochavas y 15 estadales).

Casi la quinta parte de las iniciativas se concentró en las viñas, en unas condiciones similares al olivar, aunque para este cultivo nuestras informaciones no se detenían a registrar cuántas parcelas, en cada caso, eran transferidas. Aun admitiendo, en el menos favorable de los supuestos, que a cada extensión declarada correspondiera un espacio continuo, la parcela tipo solo tendría una superficie de poco más de 6 aranzadas (6,3).

Por número de casos, el valor relativo de las hazas, unidades espaciales de la explotación dedicada al cultivo del cereal, era solo algo inferior al de las viñas. La extensión normalizada de cada una, algo por encima de las 100 fanegas (105,25), admitida como representativa, a la tierra más preciada le concedería una falsa relevancia en la inmovilización del patrimonio de las familias. Si apartábamos un caso, de extensión anómala, la parcela tipo baja a las 20 fanegas (20,3), más descriptiva, aunque en síntesis, de lo que era común.

Extraordinariamente las familias desviaban su plan para asegurar el ahorro a una huerta, tanto que este tipo aparecía en una proporción inferior a la décima parte de los casos. Nada podíamos saber de sus cultivos o de sus extensiones, lo que no obstaba para que los documentos se esforzaran en destacar las condiciones que las convertían en valores apreciables. De una de ellas fue especificado que contaba con agua que manaba de la roca, con el tono que corresponde a la descripción de los fenómenos singulares.

Los edificios destinados a vivienda, con preferencia el que habitaba la familia cuando tomaba esta decisión, eran objetos que fácilmente absorbían el remanente disponible. Casi la mitad de las iniciativas incluyó al menos uno, aunque fueron raras las que acumularon dos o más. El límite superior lo fijó la retención de cuatro casas completas más una parte de otra.

Al contrario, era raro que una familia contara entre sus bienes atesorados con instalaciones productivas localizadas en la población. La mayor frecuencia de los casos, algo por encima de la décima parte de los analizados, nominalmente correspondió al molino para la producción de aceite, aunque solo en uno fue adquirido uno completo. En los demás el bien fue una participación en su propiedad, que osciló entre un sexto y tres cuartos. Aunque era algo menos frecuente, cuando se trataba de hornos destinados a la cocción de pan el número total de instalaciones completas adquiridas por las capellanías fue ligeramente superior porque se incorporaban íntegros al patrimonio segregado. A esta relación hay que sumar, como hechos en absoluto sí excepcionales, la adquisición de una tienda, cuya especialidad no se declaró, y la de un mesón. La participación en un tejar fue desviada a su renta, que al menos en parte estaba acordada en especie, de la que en un caso, a favor de la capellanía, se dedujeron 1.200 tejas y labores.

El traspaso de ganado tampoco era frecuente. Fue una porción de los bienes fundacionales en menos de la décima parte de las adquisiciones, y su estimación llegó a ser tan marginal que en las escrituras no se identificaban la especie ni el número de cabezas. Solo en una ocasión pudieron ser mencionadas expresamente 300 ovejas.

Una de las capellanías analizadas fue conocida, durante toda su existencia, como la prestamera. El informador no se ocupaba en la descripción de sus bienes, quizás porque le pareciera innecesario. En el arzobispado, a la clase de las prestameras pertenecían las participaciones personales en el diezmo, deducidas del tercio de los beneficiados, que la autoridad episcopal, con al menos algún grado de autonomía, solo con su decisión podía adjudicar. No parece probable que una renta transferida bajo estas condiciones fuera inmovilizada para siempre. En la naturaleza del beneficio eclesiástico estaba, además del disfrute vitalicio, su adjudicación mediante concurrencia de aspirantes, que hacían valer sus méritos personales ante la justicia canónica. Pero también es cierto que una parte de las rentas diezmales, con tanta más probabilidad cuanto más específicas eran, fueron sustraídas, mediante concordia con su primitivo titular y gestor, el cabildo catedralicio, al régimen general de las asignaciones.

Valiéndose de su puesto en la administración de la iglesia romana, la astucia del arcediano fundador de la capellanía conocida como la prestamera pudo emplearse en adjudicar un beneficio de libre provisión, que se disfrutaba en vida, a una memoria, cuyo cumplimiento era obligado indefinidamente, una vez consumada la muerte del testador. Si estábamos en lo cierto, una porción del tercio de beneficiados de la parroquia donde se fundara sería el bien dotal inmovilizado. El capellán, al adjudicársela, adquiriría la condición de titular de la prestamera, lo que proporcionaría a esta iniciativa, además de una singularidad absoluta, una doble preeminencia: era ya renta neta, sin que fuera necesaria otra mediación que la correspondiente a la gestión anual y al cobro de la generalidad de los diezmos, y garantizaba unos ingresos extraordinariamente sólidos.

Los créditos, también valorados como forma de retención del ahorro, asimismo tuvieron alguna importancia en la constitución de los patrimonios fundacionales. De ellos se hizo uso con este fin en una proporción de casos comprendida entre la décima y la quinta parte. El crédito tipo inmovilizado fue 385 ducados nominales. Solo en un caso se recurrió sencillamente a preservar el dinero líquido para mantener el excedente que la renta había permitido, pero tampoco en este se fio a su conservación la supervivencia del valor ganado. Las cantidades que en su caso fueron desviadas, que tampoco siempre se especificaron, con más frecuencia debían ser empleadas en la adquisición de una finca, para con ella incrementar el patrimonio de la obra.

Tan excepcional fue, y la misma justificación tendría, añadir al lote unos bienes muebles, identificados como parte del ajuar doméstico. Quien los mencionara como objeto patrimonial encargaría que fueran vendidos y comprar, con la cantidad obtenida, entre 48 y 60 fanegas de tierra (4 o 5 cahíces) para añadirlas a los bienes ya asignados.

Había pues dos tipos de inmovilizaciones familiares. La común dio origen a una célula económica muy sencilla, cuyo tesoro principal era la agricultura del olivo, dependiente de una explotación dispersa en varias parcelas, cada una de escasa dimensión, de un valor acumulado, en el mejor de los casos, que apenas superaba la decena de aranzadas. A los olivares era probable que se le sumara una vivienda, así como algún otro bien quizás más sustancioso, activo en cualquiera de los sectores comprendidos entre la producción de cereales y el negocio financiero. La otra, excepcional, era más potente en términos económicos. Reunía bienes con una alta capacidad para generar renta cada año, como los ingresos deducidos de la participación en el diezmo o una explotación para producir cereales de una extensión importante (360 fanegas), a la que se sumaba una buena serie de bienes inmobiliarios urbanos (molino, tienda, tejar y casas).

El análisis del patrimonio acumulado por una de las instituciones inmovilizadoras del segundo tipo permitía además, gracias a su tamaño, generalizar sobre la importancia de los bienes inmovilizados en relación con las épocas en las que precedió cada forma. Llegó a acumular 2.732 fanegas y 2 almudes de tierra de labor en 45 parcelas, lo que daba el estimable valor medio de 60,7 fanegas por parcela; 4 aranzadas y 15 pies de olivar en dos unidades de explotación, una huerta de 4 fanegas, 15 casas y 62 capitales que al final de su existencia sumaban un valor nominal de 111.196 reales 28 1/3 maravedíes.

Las tierras se impusieron como bien garante de la inmovilización en la baja edad media, más en el siglo décimo cuarto que en el décimo quinto, y apenas fueron elegidas para este fin en la época moderna. Aparte los fines declarados o solo inspirados por la última pasión a sus promotores, cualquier adscripción de bienes a un destino permitía al menos atesorar los ingresos detraídos por cualquier medio con preferencia transformados en esta clase de bienes territoriales, ya entonces los de menor costo de mantenimiento si en el espacio se había consumado su capitalización roturándolo.

Las casas fueron siempre un recurso discreto y estable. El menos seleccionado –no llegaban a la quinta parte de las inmovilizaciones en el momento de la fundación– satisfacía, a lo largo de los siglos, un número similar de proyectos, si se exceptuaba el décimo sexto, cuando el retroceso se podría explicar por razones que trascienden el tipo de bien. El dinero, en cualquier cuantía, fue el elegido con mayor frecuencia. La mitad de las inmovilizaciones se decidieron por una cantidad denominada en la moneda circulante en cada momento. Más de un tercio de tales decisiones se tomaron en la primera mitad del siglo décimo sexto, tiempo origen de las tensiones inflacionarias que marcaron la administración Austria.

Mediante acumulación, una parte de los patrimonios de las obras además pudo ser incrementada. En 1492 una madre habría creado una capellanía con todos los elementos habituales. Su hija pudo instituir una agregación a la misma, que en origen actuaría como capellanía independiente, también fundada con todos los requisitos comunes. Cuando muriera el capellán designado por la hija, por decisión de esta, la fundación original y su agregación quedarían reunidas en el mismo instituto. Un padre pudo fundar en 1519 también una capellanía y por un codicilo, de 1556, su hijo le haría una agregación. En 1586 sería un canónigo quien decidiera aumentar el patrimonio de otra que ya existía, mientras que a una tercera, fundada en 1630, le sería añadido posteriormente otro bien.

Aprovecharon los fundadores de cualquier clase de instituto, al describir algunos de los bienes que desviaron hacia ellos, para aludir a cómo los habían adquirido, y a las exigencias legales que podían limitar su uso. Todas las referencias que las fuentes consignaron sobre los medios de acceso al dominio remiten a las dos vías previsibles, la compraventa unos años antes y la transmisión del patrimonio familiar.

Más valor tienen las reiteradas protestas sobre las condiciones con que los bienes llegaron a poder de las familias. Siempre que eran una parte de los argumentos, dejaban claro que estaban libres de toda carga, de donde se deducía que invariablemente pasaron de la plena disponibilidad a la inmovilización.
Para la evolución del medio rural del sudoeste entre la edad media y la moderna la constatación de un hecho como este; en especial, que afectara a todos los casos que mencionaban la circunstancia bastaba para reconocer a las decisiones inmovilizadoras una responsabilidad primordial en los sucesos antiguos. La progresiva reducción de los bienes disponibles, obra simultánea y en secuencia de un número significativo de familias, que para determinadas decisiones que afectaban a la transmisión de sus patrimonios contaban con respaldo legal, estuvo en el origen de la disminución de posibilidades de acceso a las fuentes de renta, correspondiente a aquella.

En la misma medida fueron incrementándose los depósitos de ahorros, extraordinariamente garantizados por las exigencias legales de la inmovilización, pero en potencia útiles para sostener toda clase de inversiones.


Prejuicios sobre el negocio financiero

Narrador

En el medio rural se había impuesto una opinión muy simple sobre su actividad financiera, que sus poblaciones no podían recurrir al crédito. En las que han conservado escritos de la primera mitad del siglo décimo octavo es fácil encontrar relaciones que afirman, refiriéndose incluso a los núcleos de mayor tamaño, que en ellos no hay gremios ni vecinos particulares de comercio ni hombres de caudales en dinero a quienes se les pueda solicitar; que, aun siendo los que tienen más posibilidades para atraer este tráfico, a consecuencia de la penuria y miseria de aquellos años, en tales pueblos se carece de vecino lego y llano de competente abono para hacer un depósito.

Los datos de los que disponemos, aun siendo muy limitados, más la información equivalente a la que hemos consultado para este análisis, aconsejan aceptar con reservas la veracidad de tales afirmaciones.

Primero. Podría admitirse que en el medio rural no se hubieran consolidado depósitos con destino al negocio financiero, tal como desde la edad media operaban en el comercio internacional, a causa de la escasa circulación del dinero. En alguna medida, podría ser resultado de la persistente opinión de inseguridad de los caminos que servían a las distancias medias o comarcales, la dimensión del espacio que mejor se ajustaba a las posibilidades de los mercados rurales antiguos.

Los testimonios de la delincuencia en despoblado que hemos podido reunir para pleno siglos décimo octavo son pocos, apenas algún robo de la provisión que llevaban los pastores.

Pero no faltan pruebas de las decisiones reflejas que causaba el temor a sufrir un asalto mientras se hacía un viaje. Se había generalizado la costumbre de organizar en grupos numerosos toda clase de expediciones, fueran para comercio o compuestas por viajeros, con el fin de protegerse contra los asaltos. Y los trajineros expertos, para repeler los posibles tropiezos del itinerario, solían ir armados.

Más expansivas eran las consecuencias que la fama del delito tenía para el costo de los transportes. Sus analistas reconocen expresamente que el bandolerismo, real o imaginado, era ya un factor del precio de toda clase de tránsito; aunque, cuando se trataba de justificar el incremento, fuera un costo añadido difícil de evaluar; sin menoscabo de que el riesgo de asalto durante un trayecto siempre pudiera ser presentado como un aumento del precio de la mercancía movilizada, tanto más cuanto más endémico pareciera el fenómeno.

Para el transporte de viajeros, cuando pasados los años la opinión adversa se había naturalizado, una empresa dedicada a esta actividad elevó el precio del billete valiéndose del riesgo que al viaje añadían los asaltantes temidos.

Afortunadamente, por su causa se originó una sensata institución de la delincuencia itineraria. Las asambleas de ladrones, que nada tenían que envidiar a las de representantes, respondían antes al pragmatismo legislativo. Ciertas partidas de facinerosos optaron por pedir un canon a todos los que transitaban por las rutas en las que actuaban, moderando su exigencia –así lo confesaban, ateniéndose al principio racional que debe regir las decisiones económicas– para evitar que el tráfico se desviara por otras vías, una decisión con la que nadie saldría ganando. A cambio, quienes aceptaban esta imposición, como si hubieran satisfecho un peaje, compraban su tranquilidad para el resto del trayecto. Algunas empresas de transporte de viajeros, aconsejadas por estas razones, llegaron a tal extremo que se concertaron con bandoleros en una cantidad, no solo para garantizar que sus vehículos no fueran asaltados, sino también para requerir de ellos escolta contra las posibles agresiones de partidas más allá de toda norma.

Se describen circunstancias que invitan a condescender con la trascendencia económica de esta fantasmagoría, cuyo poder en el campo crecía cuanto más difusa era.

Ocurrió, en plena primera mitad del siglo décimo octavo, que la falta de alguien a quien confiar en depósito nada menos que 270.000 reales, obtenidos gracias a la venta de 1.000 fanegas de tierra pública, obligó a guardarlos en un arca de tres llaves, que en aquel caso se custodiaba en una sala del correspondiente edificio municipal, a cuya puerta, por obra de la pericia de un cerrajero urgido por la angustia de los responsables del ingreso, se pusieron cuatro cerraduras más. Las siete llaves fueron repartidas entre el corregidor, cinco capitulares y el escribano de cabildo. Recelando todavía que aherrojar la puerta fuera seguridad suficiente, el cuerpo de guardia del regimiento de milicias de la población fue trasladado al edificio, donde de noche, mientras el dinero estuvo allí, permaneció en la habitación que antecedía a la que tenía el arca, que comunicaba con el exterior.

La desconfianza puso a prueba el ingenio de los cerrajeros, quienes supieron encontrar, pera esta invariante de la cultura rural, la salida que más les convenía.

Uno inapreciable, cuyos registros permiten pensar que había contraído un matrimonio ventajoso, llegó a fabricar una cerradura a cuyo mecanismo de apertura estaba conectado un pistolete, arma que entonces denominaban con indisimulado cariño cachorrillo. Montada sobre un arca, cuando el ojo de la cerradura era manipulado de un modo irregular un resorte que conectaba con su percutor iniciaba un cartucho que disparaba un proyectil. Por el tamaño del ingenio no podía ser grande, pero al menos hería en la mano a quien había actuado de manera tan imprudente.

Otro hecho puedo ser aún más decisivo. Era obligado hacer todos los pagos que excedieran los 300 reales en moneda de oro o plata. Es posible que esta norma, décadas antes de mediados del siglo décimo octavo, hubiera evolucionado a costumbre al mismo ritmo que descendido el crédito que el receptor concedía a la moneda. En tales ocasiones habría que recurrir a medidas de seguridad extraordinarias que encarecían mucho el movimiento, porque el transporte de moneda añadía el costo de las escoltas. Si faltara una red estable de depósitos convencionales en el medio rural, para cada operación de cierta importancia, el transporte físico del metal noble amonedado sería a un tiempo imprescindible, fuente de pésimos presagios y un incremento oneroso de la liquidación.

Segundo. También es posible que la falta de los depósitos en el medio rural, necesarios para mantener cualquier negocio con el dinero, fuera consecuencia de su limitada circulación, atribuible a las características de su parte monetaria. No sería correcto generalizar, dado que las clases de moneda eran varias con distinto valor al tiempo que entre sí estaban constituidas legalmente en paridad, lo que por tanto podía tener efectos divergentes para la circulación. Pero sí es posible que su parte más valiosa, dados los antecedentes mencionados, resultara afectada.

Los tipos metálicos nobles de 1750 no eran tan complejos para el cambio cotidiano como codiciables, algo que al lector contemporáneo escapa porque toda la moneda que circula es fiduciaria. Convivían entonces dos sistemas de monedas de oro y plata, llamados respectivamente nacional y provincial. La moneda de ley nacional se fabricaba para que circulara en la península y en las colonias, mientras que el sistema provincial, de menos peso y menos ley, para evitar que se exportara, pretendía ser el subsidiario destinado a circular exclusivamente en la parte metropolitana de los dominios de la corona.

El oro nacional corría en escudos, también llamados doblones porque las unidades que de él se acuñaban eran con preferencia múltiplos. Las piezas efectivas eran de medio, uno, dos, cuatro y, sobre todo, ocho escudos. En peso, un escudo era 1/68 de marco y su ley era 22 quilates o 91,7 %. A principios del siglo décimo octavo el marco castellano, que regía toda la acuñación monetaria, equivalía a 230,046 gramos y la ley del oro se medía en quilates, de modo que el 100 % de ley eran 24 quilates. El oro provincial, además de que tenía un peso de solo 1/130,56 de la misma unidad, limitaba su ley a 21 quilates y 3 granos o 90,6 %, y se acuñaba exclusivamente en forma de veintén o veinte, así llamado porque su equivalencia con el sistema de vellón era de 20 reales.

La plata nacional circulaba en reales, unidad también con un peso de 1/68 marcos y una ley de 11 dineros o 91,7 %, valores equivalentes a los del oro. A principios del siglo décimo octavo la ley de la plata se expresaba en dineros y granos. La ley absoluta o 100 % de ley eran 12 dineros y cada dinero, convencionalmente, se componía de 24 granos. El real nacional se acuñaba en piezas de medio, uno, dos, cuatro y ocho reales. El tipo más común era el último de la serie, llamado real de a ocho. El real de plata provincial pesaba 1/77 marcos y su ley era 9 dineros y 22 granos o 82,64 %. Circulaba en unidades de medio, uno y dos reales, de las cuales la última hacia 1750 ya era denominada habitualmente peseta.

La relación entre plata y oro se había consolidado en torno a 15 a 1, lo que, a la vez que daba solidez a los dos sistemas, era una causa inmediata de los límites a la circulación. En el cambio inducía la retracción del oro. Pero, al contrario, la moneda de plata era más corriente además porque se comportaba de manera relativamente estable, se manejaba con facilidad y su transporte y almacenamiento eran comparativamente cómodos. Pero el contenido metálico de cualquiera de las monedas nobles las hacía codiciables y por tanto contribuía a deprimir toda su circulación.

Más aún ayudaba a la tesaurización en oro y plata que al mismo tiempo se mantuviera la paridad legal con el vellón. Aunque al principio, destinado a servir como moneda fraccionaria, el vellón había sido aleación de plata y cobre, para este momento era ya solo cobre. Se acuñaba a razón de 1/102 marcos en tipos de uno, dos y cuatro maravedíes. Estaba destinado a satisfacer la circulación efectiva, pero su escaso valor inducía la baja circulación de los tipos menores, el de un maravedí en particular, lo que encarecía los pagos en el dominio de los intercambios ínfimos, justo los que afectaban más a quienes disponían de menos moneda. La baja calidad de la acuñación del cobre también dificultaba la identificación de los tipos y con su uso para las transacciones comerciales importantes se perdía mucho tiempo, dada la enorme distancia entre el valor de la moneda noble, denominadora de los bienes en el mercado al por mayor, y la de cobre. Había de transportarse en grandes volúmenes y exigía mucho espacio para su almacenamiento. A tanto había llegado su devaluación efectiva que se había consolidado como una costumbre, cuando se operaba con grandes cantidades de vellón, liquidar al peso o granel y en sacos, y evitar una cuenta que resultaría tan enojosa como interminable.

En paridad con el vellón se mantenía un sistema nominal o métrico, puesto que también servía como moneda de cuenta; lo que legalizaba una arriesgada y estable circulación fiduciaria, con evidentes ventajas para los autores de los balances, en detrimento de la circulación. En este sistema convencional, en el que un real de vellón equivalía invariablemente a 34 maravedíes y un cuarto a 4, un ducado se contabilizaba como 375 maravedíes, inflación tolerada y admitida sin réplica, puesto que en denominación un ducado contable eran 11 reales. A partir de mediados de siglo, tanto para el negocio como para la contabilidad, se impusieron el peso de vellón, también unidad de cuenta equivalente a 15 reales y 2 maravedíes, los reales de 34 maravedíes y los maravedíes. No obstante, cualquier cambio de valor intrínseco de la moneda circulante era compensado en la moneda de cuenta. Si la moneda corriente subía su valor, la de cuenta bajaba su equivalente valor intrínseco teórico, y viceversa.

Aun así, la inflación monetaria durante aquellos años fue muy limitada si se la compara con la frecuentada en otros momentos, lo que asimismo tuvo que contribuir a limitar la cantidad de dinero que circulara. La política monetaria consistió, en lo fundamental, en el incremento de la tarifa del oro de ley en un 25 % en relación con el vellón y en un 37 % para la plata de ley. La consecuencia fue que para 1750 el vellón se había estabilizado en términos de oro y plata. Entonces el escudo de oro nacional fijó su tarifa en 37 reales 22 maravedíes de vellón y el veintén en los que su nombre expresa, 20 reales de vellón. Para el real de plata nacional la tarifa del vellón quedó fijada en 85 maravedíes y en 68 para el provincial, con una clara tendencia a hacer desaparecer el premio de la plata, o ganancia reconocida a favor de la moneda noble en las operaciones de cambio dentro del sistema. Se ha estimado que entonces la equivalencia entre el maravedí de vellón en gramos de plata pura fue de 0,03631, probablemente la más estable de toda la época moderna, puesto que la vigencia de este cambio real al parecer prolongó sus efectos a todo el periodo comprendido entre 1738 y 1771.

Es muy probable que estas decisiones monetarias, asimismo, fueran causas eficientes para que los precios no se lanzaran al incremento positivo, al tiempo que evitaran la prolongada caída que conocían otras economías, y que por tanto el balance fuera su predominante estancamiento. A juicio de los analistas sobre documentos numismáticos, aun así, eso no acabó con el exceso de circulación de cobre, que seguía siendo crónico, y la causa que refractaba la paridad efectiva con el sistema de ley en contra de la circulación noble. Por eso se mantenía latente el premio en torno a 1,5 %, aunque este valor fuera muy inferior al de otras épocas. El efecto que esto tenía para una parte de la circulación era que se traficaba con plata a larga distancia para obtener beneficio de las diferencias entre mercados con el premio que compensaba su intercambio con el vellón, lo que pudo deprimir la circulación noble en las zonas drenadas.

La vigencia de la expresión de los valores monetarios en moneda de cuenta, de cuyo éxito universal no es posible dudar cuando se observan los hechos a través de los documentos de la época, también debe ser admitida como indicio de la limitada circulación monetaria, puesto que esta versión de la forma fiduciaria pudo satisfacer ampliamente, a través de la consignación en papel, las transacciones de menor entidad. En consecuencia, podría aceptarse que la cantidad de moneda noble que circulaba en la región entonces tal vez resultara poca absolutamente, y en particular para atender a la demanda de bienes en todos los mercados, incluido el financiero, donde se operaba con denominaciones a partir de los 300 reales.

Tercero. Pero no todos los hechos relacionados con la moneda noble señalan en la misma dirección. En la década de los cuarenta la contracción de las importaciones de metal desde las colonias, que fueron obstaculizadas por la beligerancia de la armada británica, tuvo que ser un factor decisivo para la disminución de la cantidad de dinero que circulara.

Habiendo sido apresado por un buque español, el contrabandista inglés Robert Jenkins, para su escarmiento, fue castigado con la mutilación de una de sus orejas, trato al que entonces se hacían acreedores los piratas. La conservó separada de su cuerpo gracias a algún procedimiento que el tiempo ha arrasado, con el propósito de presentarla ante su Parlamento como prueba de escarnio. Consiguió a cambio nada menos que una declaración de guerra a la monarquía hispánica, cuando ya la armada británica, porque el reino insular había acumulado potencia para aspirar al dominio de los mares, buscaba imponerse a la de sus oponentes.

A causa de la que a partir de entonces sería conocida como Guerra de la Oreja de Jenkins, también llamada Guerra del Asiento, entre 1739 y 1748 se enfrentaron las armadas británica y española. Algunos la justifican como una consecuencia oportunista de las circunstancias por las que atravesaba el gobierno de Walpole, el primer ministro británico, cuya estabilidad, que estaba comprometida, quedó momentáneamente salvada por la apuesta bélica. Pero también es cierto que se quiso aprovechar para saldar viejas cuentas, pendientes desde que la guerra de sucesión al trono hispánico, a comienzos del siglo décimo octavo, modificó el orden continental. En su transcurso se había dirimido por los derechos al asiento y al navío de permiso, que se oponían al derecho de visita. Por los primeros, los británicos habían ganado, tras aquel enfrentamiento entre potencias, el comercio de esclavos en el espacio colonial español y la importación al mismo de 500 toneladas de mercancías al año. A cambio, los buques españoles podían ejercer la potestad de inspeccionar los británicos que encontraran navegando por sus dominios.

La guerra causada por la oreja tuvo su escenario principal en el Caribe, memoria engolfada del canibalismo. La consecuencia de la concentración de las hostilidades en el mar interior del comercio hispánico en América fue que entre 1740 y 1748 la producción colonial de metales monetarios quedó retenida. Solo al final de la contienda la carencia se vería aliviada. Una memorable travesía, la del Glorioso, que en 1747 consiguió arribar desde La Habana a Corcubión con cuatro millones de pesos, tras eludir sucesivos ataques de los navíos británicos, marcó el final de las penurias. La llegada a partir de entonces de los metales retenidos en las colonias entre 1740 y 1748, así como pudo contribuir a que la masa de moneda circulante fuera poca, hubo de ser causante directo del incremento, cuando ya terminaban los años cuarenta, de las mayores posibilidades para la circulación monetaria.

Cuarto. Parece también que el intercambio de documentos financieros, que podían suplantar la circulación de la moneda con la ventaja de acelerarla, era aún muy escaso en el campo. Sirviéndonos de una muestra, solo hemos podido detectar en una población, de primer orden, una persona que cursara letras. Como el límite que divide en dos clases primordiales la población del territorio, según la misma manipulación de las fuentes, se puede fijar en torno al valor 3.000 habitantes; excluidas las dos grandes ciudades de la región relacionadas con el comercio internacional, se puede dar por cierto que sería una excepción, reservada a los núcleos rurales de mayor tamaño, que en ellos se hubieran naturalizado financieros conectados con los circuitos del dinero, que admitieran depósitos y estuvieran en condiciones de comprometerse con la emisión de cartas de crédito. Es probable que las finanzas alimentadas por el comercio que cubría mayores distancias tuvieran muy poco sitio en el medio rural. El dinero bancario apenas participaría en el crédito de las poblaciones del sur, que tenían casi toda su economía descargada sobre las actividades agropecuarias.

Peo no se podría decir lo mismo de los documentos emitidos por sus financieros naturales, los administradores y mayordomos que operaban de manera estable en las poblaciones de más de 3.000 habitantes, las mismas que sumaban algo más de la décima parte de los lugares habitados y concentraban a los dos tercios de la población, aunque solo a la mitad de la rural. Había en ellas una notable gama de activos laborales, de ninguna manera excepcional, cuya ocupación estaba relacionada con el manejo del dinero. A pesar de que apenas se detecte su presencia en las poblaciones por debajo de aquel límite, también en algunas de las menores hay indicios suficientes de su trabajo; incluso parece que la condición señorial incrementaba la posibilidad de que en los núcleos rurales de orden inferior ejerciera alguna persona con esta dedicación, si bien es muy probable que no lo hiciera en aquellas cuyo tamaño quedaba por debajo de los 1.000 habitantes. Si aceptamos todas estas condiciones, se puede afirmar que la de financiero rural era una actividad consolidada, que ocupaba a tiempo completo a quien la ejercía, en una quinta parte de las poblaciones de la porción suroccidental de los territorios europeos bajo soberanía borbónica.

Las cifras absolutas que expresan el alcance de esta ocupación en cada lugar son siempre pequeñas; dos, tres personas, a lo sumo cinco o seis. Pero, dado que en ocasiones las fuentes prefieren expresarse de manera vaga, para evitar una declaración precisa del tamaño de ese grupo; y que es posible servirse de las rentas tipo que deducen como utilidad personal sus componentes, se puede aventurar que, donde más, actuarían como máximo una docena de estos hombres. Los textos prefieren llamarlos administradores, una denominación que tiene valor genérico y que puede ser consecuencia, más que de la descripción de los hechos, de una decisión tomada por los autores de los documentos. Aun así, permite deducir que quienes cotidianamente manejaban el dinero del campo eran personas cuyo trabajo consistía en la gestión de los gastos y los ingresos de otros.

Cualquiera de las instituciones arraigadas en aquel medio podía, si sus rentas eran lo bastante grandes, contratar a su propio administrador. Eran más frecuentes los de conventos y más aún los de patronatos. También tuvieron importancia los que manejaban las rentas de personas e instituciones eclesiásticas, a veces mencionadas de esta manera tan imprecisa. De los que trabajaban para los órganos estrictamente canónicos, son citados los administradores de las fábricas parroquiales. Pero en otras ocasiones son señalados los gestores del subsidio, la contribución que cada clérigo hacía a los gastos de la corona, previo el acuerdo con Roma sobre el montante que debían alcanzar los servicios no espirituales que le debía su iglesia. Parece que en este caso no se trataría tanto del manejo de las rentas ingresadas por cada institución como de la contratación de la destreza contable para calcular con rigor la porción del ingreso que fuera necesario transferir.

De las civiles con injerto canónico son mencionados los administradores de hospitales, cuya actividad, de volumen tan grande como grande fuera la población servida, podría justificar el recurso a este grado de especialización; y los de cofradías, raramente notables; y también administradores de capellanías vacantes, encargo que debe entenderse al servicio de la provincia eclesiástica. La frecuencia de las oposiciones entre aspirantes al mismo beneficio habría convertido en estable esta actividad, necesaria hasta tanto fueran resueltas las colaciones, en los lugares con mayor número de iniciativas de la clase más frecuente entre las inmovilizadoras.

Se mencionan como administradores relacionados con la gestión de rentas civiles los de propios y arbitrios, el sistema para la financiación de los municipios. En relación con ellos también se consignan unos administradores de cobranzas y caudales de forasteros, probablemente rama derivada de aquel tronco cuando fuera notable el volumen de las obligaciones contributivas de los no residentes, que solían derivar del aprovechamiento agrícola del suelo bajo la jurisdicción municipal o término. También son citados administradores que genéricamente se llaman de bienes seculares, manera de expresarse cuya interpretación correcta parece que debe ser la gestión de patrimonios privados, estuvieran inmovilizados o no.

Pero también se emplean alguna vez, para referirse a estos personajes, otras voces que remiten a unos ámbitos aún más precisos. Sobre todo se identifican mayordomos profesionales empleados al servicio de una casa –la unidad productiva más compleja, entre las antiguas, sostenida sobre la cadena biológica que proveía la familia–, a los que designaba para que se ocuparan en la gestión de sus recursos. Así, alguien podía identificarse expresamente como mayordomo de la hacienda de un señor, aunque la mayordomía no siempre tenía esta carga de fidelidad. En la organización de al menos una parte de las instituciones precedentes era un cargo reglamentario, si bien previsto para cumplir con el mismo fin. Tales los mayordomos de fábrica, o los que en algunos municipios eran ocupados en la administración de los propios.

Además de los gestores que trabajaran para personas o cuerpos, todavía las fuentes, como financieros relacionados con el medio rural de primer rango, señalan a los arrendatarios de rentas. Eran personas que habían tomado a su cargo, previo contrato de cesión, el cobro de los ingresos de cierta entidad, que por su parte había preferido evitar el gasto que originaba esta parte de su negocio. El procedimiento para arrendarlos era en todo similar al seguido para la cesión del cobro de cualquiera de ellos: subasta a la baja, remate al mejor postor, subasta al alza y adjudicación final con reconocimiento de prometidos, nombre que en las pujas daban a la remuneración de las mejoras. Los había de los propios y arbitrios allí donde se hubiera optado por esta modalidad de captación y traslado del ingreso. También de los que en los textos son llamados ramos de rentas provinciales, contingentes a pagar por las actividades que se habían comprometido a liquidar anualmente los principales ingresos de la corona, que en lo fundamental eran alcabalas, cientos y millones.

Para una parte de la historiografía, basta con mencionar los arrendatarios de las rentas de la corona, porque los admiten como los financieros más potentes de la época moderna, gracias a unos recursos que estaban muy por encima de los que acumulaban cualquiera de los comerciantes que actuaban en aquel dominio, para reconocer la vigencia en las poblaciones del negocio con el dinero. Participaban en él extranjeros y casas nobiliarias formando compañías, y está demostrado que sus líderes organizaban consorcios que les permitían ampliar el riesgo, a la vez que extendían la participación en el negocio hasta su medio natural. Sujetos abonados, activos en la agricultura de los cereales, les facilitaban préstamos a condición de que les dieran parte del beneficio en perspectiva o pudieran llevar intereses.

Pero sobre todo se mencionan los arrendadores de los diezmos, tanto del grano como de maravedíes, carga de la décima parte de todo el producto bruto agropecuario bien del cereal bien del resto de producciones, liquidables estas en sus correspondientes valores monetarios –de ahí la denominación simplificada– y no en cada especie. Aunque no sea fácil disponer de pruebas fehacientes tan explícitas, sí es posible comprobar que los comerciantes de grano, cuyo medio de actividad obligado también era el campo, formaban sociedades para el arrendamiento del diezmo en especie con la suficiente potencia financiera como para invertir, si la oportunidad se les brindaba, en el negocio del crédito.

Generalmente estos gestores eran civiles, aunque para patronatos, capellanías vacantes y hospitales a veces fueron preferidos administradores eclesiásticos, expresión ambigua que no obstante podemos admitir como especificativa. Una parte de quienes se ocuparan en esta actividad sería aparato de la única iglesia organizada en los dominios de la monarquía hispánica. Donde se detecta trabajo financiero del clero, y al mismo tiempo se explican las proporciones entre esta fracción y la otra, la combinación más compleja que descubre el análisis de esta población activa, se puede deducir, a juzgar por el producto que se les estima, que una sexta parte serían eclesiásticos y las otras cinco seculares.

Todos eran profesionales del manejo contable bajo contrato que se encargaban de la gestión económica desde una posición independiente, aunque normalmente, por las corporaciones que recurrían a ellos, se les exigía solvencia, e incluso garantizar las operaciones con avales suficientes que se fundían con el dinero que administraban para, una vez cumplido el encargo, responder de los alcances o déficits que pudieran resultar. Los fiadores que los avalaban constituían con ellos, en el mismo momento que firmaban sus obligaciones, una sociedad, de modo que todos se convertían inevitablemente en corporaciones financieras. Incluso se podría decir que alcanzaban el grado de instituciones de esta clase cuando servían en cargos prescritos por los reglamentos de los organismos económicos que los contrataban. Porque actuaban a su propio riesgo durante el periodo por el que eran empleados y disponían con libertad, entre cada dos balances, de todo el movimiento de capital de las instituciones para las que trabajaban, con el que podían negociar, aun expuestos a que los movimientos del mercado en poco tiempo les resultaran adversos, estaban en la mejor posición para actuar como inversores en el negocio del dinero por iniciativa estrictamente privada.

Hemos detectado indicios suficientes, que se pueden sostener sobre datos muy explícitos, para suponer que tales consorcios, cuando las circunstancias les favorecían, pudieron actuar con ventaja acogiéndose a las posibilidades legales que les ofrecían las instituciones más características del medio rural. Cualquiera de los interesados en la actividad financiera, fueran eclesiásticos o civiles, porque se sintieran necesitados del aval de las escrituras, o porque las tuvieran más a su alcance, estaba en condiciones de servirse de una corporación protegida por el canon para intervenir la actividad crediticia abierta.

Es posible también que fuera habitual que tal clase de corporaciones hiciera el papel de mediadora en la inversión de las rentas de sus miembros, colectiva o personalmente; quienes pudieron arriesgar una cantidad propia, cuyos intereses, en los que ellos posteriormente participaban como parte del colegio, cedían a la institución a cambio de su cobertura legal. De la gestión se encargarían los administradores, los que de acuerdo con ella pudieron colocar, además de aquel dinero, el suyo propio, sirviéndose de la cobertura que podía proporcionarle su posición.

Esta sociedad tendría el inconveniente del reparto de los intereses, ya bastante limitados cuando se operaba en el mercado rural, y cualquiera de estas decisiones tendría que ser marginal porque arriesgaba el rescate del principal sin otra compensación, al menos aparente.

Quinto. Entre quienes vivían en las poblaciones, para los que el dinero era una especie tanto más rara cuanto menor fuera el tamaño de aquellas, la causa inmediata de la poca circulación era atribuida a la detracción fiscal, invariablemente requerida en moneda, y a la recaudación de toda clase de rentas, que en una proporción importante la preferían. Así actuaba el rey, que atendía con sus ingresos sobre todo el gasto militar, así actuaban los grandes perceptores del diezmo y así se comportaban los grandes rentistas de la tierra. Todos demandaban moneda de calidad, exigencias que podían inducir a la tesaurización del metal circulante para hacer frente a ellas cuando llegara el momento de las liquidaciones, a la vez que contraían la capacidad de intercambio en cualquiera de los mercados rurales. El efecto sería más acusado, aunque se vivieran tiempos monetariamente serenos, en las áreas con economías cuya masa de moneda en movimiento había sido espontáneamente limitada, como eran las entregadas a la producción agropecuaria, donde siempre una parte no insignificante de la actividad quedaría resignada al autoconsumo. Recaudación de las rentas y obligaciones fiscales tampoco alimentaban la circulación de moneda en este medio porque el gasto de sus perceptores se concentraba en los grandes mercados, donde la moneda de calidad a su vez sería acaparada, para no salir de este circuito, por los grupos vinculados al comercio al por mayor, interesados en monopolizarla –una práctica posible– para estimular su encarecimiento.

A la falta de excedentes agrícolas en manos de quienes sostenían las empresas de menor tamaño atribuye otra parte del análisis la limitada circulación del dinero en el medio rural. El estancamiento de los precios habría disuadido de la inversión a quienes arriesgaban a aquella escala de la actividad. Los responsables de las pequeñas explotaciones agropecuarias, a consecuencia de tal comportamiento de los mercados, dispondrían de menos margen para afrontar los riesgos que mantenerlas tenía. Otros creen que la escasa circulación de dinero en el medio rural pudo ser consecuencia del costo del transporte del grano, cuyo incremento relativo estimuló a su vez una excrecencia que conduciría al mismo estancamiento de la producción. Y así sucesivamente.

Sexto. Para observadores cualificados la escasez de dinero hábil en cualquier circuito del intercambio era un tópico inevitable en la época. Negar que fuera cierta la limitada circulación de dinero en el campo, al menos para mediados del siglo décimo octavo, puede ser igualmente razonable porque no faltan analistas que estiman importante la masa monetaria entonces en circulación. Algunos advirtieron que contribuía a la creciente circulación de moneda en todas partes la obra pública, concentrada ya en la mejora de las vías de comunicación, porque en dinero se pagaba a quienes en ella trabajaban; aunque los datos que es posible reunir sobre esta clase de hechos, quizás solo relativamente escasos, dada la fiebre de ingeniería civil de la segunda mitad del siglo, no contribuyen a una opinión a favor de esta tesis. Pero sí habría que tomar en consideración otra posibilidad, el incremento contemporáneo de la actividad industrial en el sur occidente, cuyo origen contaría como estímulo indirecto con el simultáneo estancamiento de los precios agrícolas.

En la literatura moderna industria era ingenio. La voz hacía referencia directa, entre otras, a cualquier iniciativa que permitiera incrementar sus rentas a quien en el campo se ganaba la vida. Podríamos multiplicar los testimonios de quienes en el medio rural a todo tráfico encontraban los medios que lo facilitaban. Al tiempo que cultivadores, podían ser, durante otra parte del año, porque cada ciclo agrícola por naturaleza liberaba tiempo, la dimensión en la que se realiza el trabajo, promotores de obras en edificios o con más probabilidad, haciendo uso de su capital ganadero, transportistas.

En la región a estas industrias habituales, para mediados del siglo décimo octavo, se sumó el mayor peso de otra, cuya trascendencia no es del todo compartida aunque está relacionada con el origen de una parte sustantiva de la economía más reciente. Ya en el siglo décimo octavo áreas muy significativas conocieron un alto grado de industrialización, si no óptimo, sin duda acorde con los medios disponibles en el momento. La gran iniciativa de entonces tuvo su origen en el olivar, cuya producción dio principio a la mayor industria agroalimentaria que jamás haya existido en la zona. Nuestros antepasados consiguieron entonces llevar a un límite digno de reconocimiento las posibilidades que la vida ofrecía a las poblaciones cuyas raíces estaban en la agricultura.

La expansión de este cultivo aprovechó las normas de la colonización permanente, en ningún momento derogadas en las tierras castellanas, y por tanto plenamente activas en el último siglo de la época moderna. En lo fundamental esta fórmula de asentamiento de los pobladores garantizaba el acceso al dominio del suelo a cambio de su puesta en cultivo. Parece que en las tierras bajas de la región, donde se había impuesto el arrasamiento de la vegetación arbórea como premisa para dedicar el mejor suelo al cultivo del cereal, fue excluido del premio del dominio el roturado con este otro fin. La premisa que pudo recomendar aquella manera de actuar, emergente en los principios que inspiraron las políticas de población medievales, tal vez fuera que mientras los cultivos herbáceos, de ciclo inferior al año, carecían de capacidad de radicación de las poblaciones, los cultivos arbustivos y arbóreos inducían la permanencia de los pobladores en el lugar donde habían sido iniciados, porque no empezaban a rendir fruto hasta pasados los años. Se podría decir que tratándose de cereales regían, y sobre todo se imponían, las tiránicas leyes de la economía, mientras que para el resto de los cultivos prevalecía el criterio de población, justificado por el instinto de supervivencia. Por lo que sabemos de las tierras periféricas de media montaña, la misma fórmula pudo dar origen allí a políticas similares, con la diferencia de que por la menor presencia humana en aquellos lugares todos los cultivos fueron útiles para crear al menos algún derecho sobre la tierra.

La expansión del olivar, cuyo cultivo tenía serias ventajas para las agriculturas marginales, estaría en el origen de tan potente iniciativa industrial, que hubo de inyectar dinero metálico en el medio rural, puesto que el signo era necesario para la parte de los intercambios que el trabajo de la producción del aceite necesitaba, como se ha demostrado cuando se ha documentado de primera mano esta actividad. El valor relativo de este producto, muy por debajo del que proporcionaba el grano, aun así limitaría el alcance que la industria del aceite pudiera tener para la circulación de moneda.

Séptimo. Pudo contribuir también a que sobreviviera, ya solo como idea, la creencia en la escasez de instituciones dedicadas al comercio financiero en el campo la secular ocultación de la usura, efecto de su exclusión moral. La iglesia romana, que desde la época medieval, por contraprestación, disponía del poder sobre la conciencia, había proscrito el interés y la había condenado. La consecuencia fue que entre los siglos décimo cuarto y décimo octavo los prestamistas hubieron de sobrevivir entre la condena moral y la persecución. Como la iglesia occidental los había estigmatizado, la corona, que por razón de estado había renunciado a tener convicciones morales propias, los había declarado fuera de la ley. Para los primeros críticos de la economía política tan injustificables actitudes fueron responsables directas del maldito atraso material, porque bloquearon la transferencia de capitales y su inversión en los sectores productivos de mayor rentabilidad.

Decisiones tan severas no impidieron que existieran los prestamistas, como no acaba con los robos que las oficinas de los bancos, para conocimiento de cuantos ladrones lleguen a sus puertas, afirmen con seriedad, mediante un cartel colgado a la entrada, que se declaran antiatracos.

Por sorprendentes, han sido reiteradamente descritas algunas fórmulas que estuvieron destinadas a mantener este negocio a la vez activo y en la sombra. Lo más frecuente, cuando se deseaba ocultar la transferencia de capital con fines lucrativos, era el recurso a la compraventa de dinero implícita en operaciones de adquisición de otros bienes, bien forzadas bien ficticias.

En el campo, de la primera clase era la liquidación por adelantado de la cosecha a un precio inferior al estimado para el momento de la recolección. El prestamista, que actuaba como comprador, dispondría con ventaja de al menos una parte de la producción y el deudor fiaría a una excelente cosecha la liquidación de la deuda y su posible beneficio. Una variante de la fórmula incluía el derecho a recuperar lo que se hubiera vendido, de modo que el vendedor primero, además de conseguir al comienzo del ciclo el crédito necesario, podía enjugar su gasto financiero mediante la venta ya libre de su cosecha, una vez recomprada al final; transacción en la que el primer comprador, al revender al productor, imponía los intereses que el mercado le permitiera.

Otra forma de adquirir crédito mediante compra viciada, que introducía nuevos elementos al tiempo que modificaba una parte de las piezas del procedimiento anterior, al parecer aún más popular que este, fue la que consistía en adquirir primero una mercancía a plazo para luego venderla por debajo de su precio, y de esta manera asegurarse el efectivo que se necesitara. El vendedor primitivo podía ser su recomprador. Se podía ocultar el interés agregando a la venta cuyo pago se aplazaba una cantidad de dinero. La necesidad de disponer de numerario toleraba que se evaluara el bien, en el momento que se vendía a plazo, a un precio alto. Variante de este procedimiento era asimismo cualquier venta en la que el supuesto vendedor de una mercancía, habitualmente con la mediación de un corredor, tomaba de otro la cantidad de dinero de su valor, teóricamente por debajo del habitual para justificar que la compra se hiciera entre las partes. En realidad, quien recibía el dinero quedaba como deudor.

Otra versión de esta clase de transacciones, también usada entre labradores, era comprar a uno de ellos nominalmente alguno de sus bienes, sobre todo el ganado, para a continuación cedérselo en arrendamiento. El bien no salía del dominio de su dueño, a sus manos llegaba el importe acordado, que era el principal o préstamo y lo que entregaba a título de renta por alquiler los intereses. Algunos han detectado en estas ventas la participación de traficantes, arrieros y comerciantes de granos, lo que los convertiría, según pretenden, en los prestamistas naturales del medio rural.

El vocabulario referido a estas operaciones ha terminado siendo habitual en la literatura especializada que concentra su interés en detectar cuantos subterfugios del crédito sean posibles: venta a carta de gracia, barata o mohatra, venta seca, cambio seco. Es posible que todas estas modalidades ganaran algunas oportunidades de medrar a costa de las explotaciones agrícolas marginales, y más probable, según creemos, una vez completado el análisis que en su momento presentaremos, que apenas tuvieran relevancia para las labores, el centro del sistema productivo de los cereales, porque sus promotores prefirieran recurrir a formas más hábiles de la cesión del dinero.

El crédito, tan inevitable como los parientes, tentador como la carne, podía actuar sin complejos y sin obstáculos judiciales ya avanzada la época moderna, a pesar de lo cual la parte más complicada de las correspondientes operaciones contractuales siguió siendo, en el medio rural, la que debía darle cobertura jurídica, dado que los escrúpulos morales la opinión rural los mantendría inalterados desde la baja edad media hasta fines de la moderna.

En el negocio con el dinero que operaba en el campo se había perpetuado la carga de prejuicios acumulada durante siglos, que lo indujo a mantener una combinación de fórmulas subrepticias que fueran adaptándose a las oportunidades. Sería la consecuencia de aquella costumbre acendrada, dado que donde el crédito había querido actuar para camuflarse se había visto obligado a recurrir al ingenio. Quería ponerse a cubierto de la denostada usura, puesto que no deseaba ser visible, a un tiempo con propósitos morales y de seguridad legal.

En consecuencia, creemos que las instituciones que regulaban el crédito rural eran de una condición que las acercó tanto a la vida diaria, y las hizo tan familiares, que las hizo poco visibles.


La memoria impropia

Narrador
Replicante primero
Replicante segundo
Contradictor ocasional

Los datos que proporciona la documentación de pleno siglo décimo octavo, cuando se refiere a los censos, la fórmula contractual más explícita de cuantas sostuvieron en aquel medio el crédito, o a los que con más precisión clasifica como censos a favor, el interesado con más probabilidad los encuentra registrados en las colecciones dedicadas al asiento de los bienes eclesiásticos. Es la referencia más exacta a la cobertura del crédito en el campo, a un tiempo moral y legal, que los acreedores estaban dispuestos a confesar.

Una parte de las fórmulas utilizadas, sostenidas sobre los entramados de instituciones civiles acogidas al canon de la iglesia romana, fueron admitidas por la ley, mientras que las demás que pudieran utilizarse, sin dejar de ser legales, estarían destinadas a la ocultación del fin real del negocio contratado y por tanto no emergerían en las declaraciones de los ingresos obtenidos del patrimonio. Creemos disponer de datos que autorizan a hablar en estos términos, que en este momento pueden resultar algo herméticos.

Los redactores de aquellos documentos, en muchas ocasiones, prefirieron utilizar la palabra memoria, denominación formal de la capellanía común o simple, con un sentido contable. Para quienes así la empleaban era una clase de renta, clasificada en la categoría general de censo a favor, y aludía a cualquier modalidad de transferencia causada por aquella forma inmediata de la piedad. Concebir así la memoria estaba justificado por una sólida tradición.

Según la documentación conservada, para ingresar con frecuencia anual partidas de capital líquido, aunque fuera en cantidades modestas, un mecanismo que alimentó los fondos de las instituciones que aceptaran estos encargos fue el gravamen sobre un bien que aportaba cantidades de escasa relevancia, a cambio de la atención regular a este monumento litúrgico. Tiempo antes, alguien había decidido cargar uno de sus bienes, o todos, con la obligación de un pago, que debía parar cada año en manos, por ejemplo, de un colegio de beneficiados. Como réplica, este quedaba sujeto a dar las satisfacciones espirituales correspondientes a una memoria. Así, sobre una casa, que se había transmitido dentro de la línea de los dueños que la cargaron, en 1495 pesaba una obligación a favor de aquel colegio de 40 maravedíes al año.

Otra instantánea del ingreso de capital, que también permitían observar los documentos, probablemente descriptiva de una situación algo más evolucionada que la expuesta precedentemente, pero no del todo diferente, complicaba las relaciones. Una persona había dejado todos o una parte de sus bienes a un tercero, habitualmente instituciones como cofradías, fábricas o incluso los beneficiados de cierta parroquia. Los receptores, por efecto de la transferencia, quedaban obligados a pagar una cantidad anual al mismo colegio de sacerdotes, deducida de los bienes señalados, a cambio de la memoria, que habría sido cargada previamente sobre ellos.

Probablemente, así descrito, puede parecer algo artificioso lo que solo es un momento de un proceso administrativo. La explicación de un caso puede bastar para aclarar los términos concretos del hecho, aunque quizás no para desvelar del todo sus causas. En 1458 un hombre, a través de su testamento, legó una casa a una fábrica parroquial, con la carga de 100 maravedíes, que debía percibir cada año una corporación de beneficiados a cambio del cumplimiento de una memoria, a cuyo cargo estaba su liturgia, antes cargada sobre aquel bien. A partir de aquel momento la receptora de la donación, la fábrica parroquial, si quería disfrutar del legado tendría que satisfacer, a favor de la corporación beneficial, la cantidad anual mencionada.

Esta clase de transferencias fue una vía regular de adquisición de renta en la baja edad media. Como posibilidad más respetuosa con la letra de los testimonios, se debe admitir que la mayor parte de las donaciones recibidas en dinero por la corporación de referencia antes de 1420 fueron modestas limosnas anuales a cambio de memorias, que no obstante fueron garantizadas haciendo recaer la obligación del pago sobre un bien. De otras 26 donaciones, registradas entre 1420 y 1532, de las que sin embargo se ignoraba quiénes habían sido sus autores, a excepción de una consumada en 1508, se puede tener la certeza de que estuvieron sujetas a esta fórmula. Las cantidades de este modo comprometidas oscilaron entre los 30 maravedíes y los 1.000, aunque raramente sobrepasaron los 200. La más habitual fue 100, pero también fue muy atractiva la mínima. El grupo que los valores por debajo de 100 formaban era casi igual al que puede formarse con los que se encuadraban en la siguiente centena.

Una parte de las personas obedientes a la teocracia romana, de poderes tan sólidos que sus siervos se declaraban resignadamente fieles, a institutos complicados con ella haría donaciones, sin esperar a cambio nada distinto a las recompensas litúrgicas, y, por su medio, trascendentes y espirituales, prodigadas por aquellos. Vender ritos a cambio de una limosna garantizada por una obligación podía ser tan poco arriesgado como lucrativo. Su oferta por el cuerpo de los beneficiados, que representaba la aristocracia del clero, pudo parecer suficiente y atractiva para quienes solo desearan atender la conmemoración de su paso por la tierra o el de sus antepasados; ficción cuya recompensa, para una parte de los atrapados por aquellas creencias, pudo ser más reconfortante que el negocio más rentable. El servicio podía liquidarse anualmente, sin más compromiso que la sujeción de un bien, y la corporación no tendría más que recibir renta líquida.

Las donaciones de limosnas con garantía, por voluntad de ciertos fieles, serían la consecuencia de las excéntricas aspiraciones a mantener viva, para siempre, la memoria de su paso por la tierra. Tan loco deseo llevó a una parte de los propietarios al exceso de condenar al menos una porción de las rentas de sus adquisiciones, convertidas en patrimonio, a la inmovilidad, para que pudieran generar ingresos con aquel fin. Ninguna responsabilidad, en una decisión así, puede atribuirse al receptor. El tercer elemento, lo inmovilizado, parece una necesidad correspondiente al plan concebido por hombres extraordinariamente piadosos.

Esta modesta manera de participar en la circulación de la renta, característica de la baja edad media, sobrevivió, aunque muy atenuada. Como medio de captación, al menos en la documentación de referencia, solo reaparece en cuatro ocasiones en el siglo décimo séptimo, pero tuvo que ser un hecho consolidado, que consiguió perpetuarse, al menos para una porción de los casos registrados posteriormente.

Una consecuencia de este modo de actuar, que hubiera sido relevante para el mercado de los créditos, pudo ser que estas rentas fueran atesoradas para luego ser utilizadas como principal en una operación abierta de crédito. Casi nunca fue así. Los ingresos generados por las primeras memorias raramente sirvieron para formar capitales aptos para operar en el mercado del dinero. De haberse actuado de este modo hubiera sido necesario, al mismo tiempo, renunciar a una parte de la generación de renta cada año, lo que le quitaría sentido a la existencia de la corporación que se beneficiaba de ella.

Entre comienzos de la época moderna y 1806 quedó registrada una tercera forma de sostener la memoria, no incompatible con las precedentes, ya ensayada en la edad media. El fundador la encargaba al colegio de los beneficiados a cambio de la cesión de un capital, que se declaraba, y no de réditos, para cuya seguridad se hipotecaba un bien, con preferencia una casa. Parece absurdo y cuesta aceptarlo, y no excluimos que nuestra lectura sea errónea, pero honradamente debemos presentarlo como un hecho rigurosamente cierto. Por separado, hemos analizado una y otra vez los términos de los contratos, para verificar si nuestra interpretación era correcta, y la hemos confirmado tantas veces como hemos repetido el análisis. Hubo promotores de memorias que a cambio donaron un capital con garantía hipotecaria.

La diferencia más visible, respecto a las imágenes precedentes, es que la denominación de la cosa donada, el capital, en la documentación se conservó en reales, por razones prácticas, consecuencia tanto de su tamaño como de las nuevas circunstancias monetarias, aunque a veces se prefirió hablar en ducados. A la vista de los testimonios, de nuevo se llegaba a la convicción de que lo que en esta ocasión nos permitían ver los documentos era otro momento procesal de una clase similar de operaciones, y así lo discutimos reiteradamente, a partir de aquella observación.

De la misma manera que, para los tiempos precedentes, hubo donaciones de rentas en sentido propio, aunque resulte más complicado detectarlas, una vez ideado el procedimiento para transferir rentas garantizadas, la posibilidad de seguirlo a la letra quedó abierta y fue seguido en proporciones superlativas; como si gracias a la ley de amnistía, concebida para garantizar la impunidad a quienes cometieron delitos contra los derechos humanos, hubieran salido de las cárceles la masa de los desorientados por sus convicciones, activistas en favor de mejores condiciones para la iniciativa política que a causa de su ineptitud habían caído en manos de la policía.

No se debe excluir esta enajenación transitoria ni negarle racionalidad, dado que todas las razones proceden de la moral y la moral afortunadamente nunca ha sido invariable. Supuesto que tras la muerte el alma puede disfrutar de una vida celestial, y que los sufragios allanan el camino para los que aspiran a este bien, invertir algún dinero en misas post mortem pudo parecer una decisión correcta. Nadie podrá negarle rigor económico a semejante manera de pensar.

Ocurría por último que de otras casi treinta iniciativas a favor de la misma institución, tomadas entre 1647 y 1783, solo podía decirse algo similar a lo que ya habíamos observado para las donaciones de capital de la época moderna, no exactamente lo mismo. Aunque quienes suscribieron el capital registrado, a partir de aquel momento, quedaron inscritos como fundadores de sus respectivas memorias, como origen del capital solo hacían referencia a la imposición de aquella carga sobre un bien, no a la procedencia de la cantidad que constaba como capital. Esta versión de la fórmula, más allá de los detalles de forma, para los ingresos regulares de la corporación no dejaba de ser similar a la más antigua. En efectivo, la cantidad que cada año ingresaba también la suministraban las rentas deducidas de cada donación.

La vigencia de esta manera de actuar pudimos confirmarla a través de la contabilidad del convento de referencia. De una parte de los capitales a él donados, activos como fuente de renta en la primera mitad del siglo décimo octavo, el ingreso efectivo que conseguía la institución también era solo el rédito anual, garantizado por el correspondiente bien, capital tangible en caso necesario. Era posible que el procedimiento prolongara su vida hasta más tarde, aunque tampoco esta corriente alimentó la constitución de capitales. Así lo demostraba la misma contabilidad para el tiempo en el que concentrábamos la atención. La renta donada con garantía hipotecaria, de ingreso anual, no repercutía en el fondo destinado al negocio crediticio sino en la caja del gasto corriente.

Recapitulados todos estos hechos, nos quedaba una duda.

Si al menos una parte de las donaciones hubiera exigido la condición hipotecaria, para a cambio hacerse responsables del encargo espiritual, habrían forzado la voluntad de los donantes con su apetencia de lucro, para que las alentaran con el incentivo de un bien en perspectiva. No era admisible suponer moral de comerciantes a instituciones con fundamentos en la piedad. Tendría más sentido que tales hipotecas pudieran estar inducidas por una compra de crédito, que usara las fórmulas asociadas a la donación, para completar su curso legal. Bastaría este detalle para que todo pareciera más sensato.

En el origen de esta idea, verbalizada por fin, tras varias discusiones, no siempre frías y desapasionadas, estuvo que no dejó de sorprendernos, en el transcurso del análisis de las memorias, la uniformidad en las decisiones piadosas. No solo para las activas a mediados del siglo décimo octavo. Era aún más evidente que las cantidades que era necesario liquidar cada año por las fundadas durante la edad media, a favor de la corporación de los beneficiados, se repetían con excesiva rigidez.

No tenía sentido que todos los donantes tarifaran su piedad con idénticas cantidades. Ensayamos diversas explicaciones a un comportamiento tan gregario. La que finalmente resultó más satisfactoria fue la que tomó como premisa que los gravámenes impuestos sobre los bienes causados por las memorias tenían la misma forma que los réditos, la liquidación anual de los intereses crediticios, que para entonces ya conocíamos con suficiente solvencia. Si actuábamos con ellos como si lo fueran, aplicándoles unos tipos tentativos, obteníamos, para las tres cuartas partes de las operaciones, valores idénticos a los principales que efectivamente se comprometían durante la época moderna, de los cuales ya teníamos también información detallada.

Las cantidades donadas como réditos, salvo excepciones, podían ajustarse a los intereses que debían liquidar anualmente los préstamos que cotizaban en el mercado del dinero; de la misma manera que la expresión nominal de los capitales de las casi treinta iniciativas de esta clase a favor del colegio de los beneficiados, tomadas ya entre 1647 y 1783, también, sorprendentemente, se ajustaban a las cantidades tipo de los créditos habituales. Así pues, cabía dentro de lo posible que bajo esta modalidad se hubieran negociado, además de servicios religiosos, cesiones de dinero por cantidades predeterminadas cuyo auxilio financiero fuera necesario.

Las sospechas a favor de esta posibilidad se fueron acumulando, al principio incrementadas por la parte que permanecía a oscuras, que alentaba los peores presagios, como ocurre con las pesadillas.

Pudimos documentar que una fábrica parroquial, que había recibido un bien por el que tendría que pagar al cuerpo de los beneficiados 80 maravedíes cada año, en 1514 admitió que aquella carga era indefinida, calificación que durante toda la época moderna fue compartida por una clase de créditos.

Al principio quisimos creer que el documento pudo expresarse en aquellos términos porque el encargo recibido por los beneficiados, la memoria, iba marcado por el deseo de perpetuidad. No podíamos tomar solo una afirmación procesal como prueba concluyente de que las creencias en el más allá estuvieran envolviendo comercio de dinero.

Pero se daba otra circunstancia que hacía recaer en la misma sospecha. Todas las memorias medievales analizadas, 31, se mantuvieron activas hasta 1817. Entre la fecha de origen de cada una y este momento final, decidido por nuestras fuentes, todas, con escasísimas modificaciones (solo dos fueron reducidas en 1785), pagaron año a año las rentas que debían. Por tanto también fueron pagos, ya que no infinitos, indefinidos, como los que respetaban por siglos quienes habían recibido la obligación de un crédito cuya liquidación definitiva no había sido prevista. Sin embargo, igualmente era posible replicar que en esto no se hizo más que cumplir con lo que había instituido la devoción.

Aun así, había más. Una parte de las cargas añadían, al dinero que era obligado liquidar cada año, un complemento en especie, siempre una o dos gallinas. En el lenguaje contable de la época a la que nos referimos, que aplicaba nuestra corporación, este concepto se llamaba adehala. Estaba concebido como un suplemento gracioso, no exento de obligación servil, agregado por el pagador al precio que para la transacción se hubiera acordado en un contrato, que llegaba a precisar, cuando se trataba de animales, si debía satisfacerse en vivo o en su equivalente metálico. Los contratos de arrendamiento de las tierras habitualmente la incluían. No veíamos cómo, si la adehala era la prolongación de un precio, pudo ser el complemento de una donación en metálico.

Llegados a este punto, la garantía hipotecaria, como parte de una donación, definitivamente nos pareció poco justificable. La transferencia directa de un capital, como se documenta con facilidad más adelante, podía ser bastante para satisfacer el sufragio y al mismo tiempo las aspiraciones de perpetuidad, sin por ello cargar obligaciones sobre otro bien. Al contrario, el ingreso anual comprometido, en todos los casos que parecían inconsecuentes, estaba asegurado por al menos una propiedad inmobiliaria, que en tres de cada cuatro era una casa.

En una ocasión el acuerdo sobre la supuesta donación mencionaba el derecho de retracto, a favor de los beneficiados, en caso de que el dominio sobre la casa cambiara de persona o institución, una reserva que también se aplicaba a las garantías crediticias.

Además, en las iniciativas de comienzos del décimo sexto eran frecuentes las referencias a la formalidad de la escritura de obligación, justificada por el recurso a la hipoteca, y para referirse al origen de la carga impuesta, las fuentes explicaban que procedía de un tributo, palabra también reservada para referirse a una de las formalidades crediticias. Y lo que parecía aún más directo: para identificar la carga misma siempre hablaban explícitamente de rédito, nombre común de los intereses de cualquier crédito.

En 1532 el poseedor de una casa que soportaba una de estas cargas fue requerido por vía ejecutiva al pago de las anualidades vencidas, lo que dice poco a favor de sus convicciones piadosas. En 1550 otra carga fue aceptada por el doble del valor que tenía a principios de aquel siglo, mucho después de que su promotor, ya desaparecido, pudiera duplicar su preocupación por la vida de ultratumba. En 1565 las religiosas de un convento heredaron a un hombre que en 1514 se había obligado a tres de estas donaciones, cada una garantizada con un bien distinto. Hacía singular el último caso que uno de los avales era una casa de otro, que luego las religiosas reconocieron como propia. El absurdo se podía resolver si interpretábamos que la operación avalada por aquel edificio pudo destinarse, de acuerdo con su dueño, a conseguir por vía de crédito dinero para su adquisición.

Por último, una parte de estas memorias comprometía, como garantía hipotecaria, el mayorazgo o el vínculo. No tendría sentido, por las consecuencias en las que puede desembocar la obligación hipotecaria, arriesgar el patrimonio al que una familia había concedido preferencia a cambio del culto a los antepasados. La necesidad de dinero líquido era una razón que partía con mejores condiciones para explicar una decisión tan delicada.

Todas estas situaciones podían admitirse como pruebas a favor de la idea que había ido decantando el análisis: que las memorias pudieron proporcionar la mejor cobertura para acceder al crédito. Eran lo bastante razonables para admitirla, y sobrepasaban, por su integridad, a las que pretendieran aceptarlas solo como un pacto piadoso. Al menos una fracción de las donaciones en dinero catalogadas como memorias, de liquidación anual, desde la baja edad media pudo incluir una operación de crédito.

Era posible que esta interpretación de los hechos no fuera del todo correcta. Tal vez habían escapado a nuestra atención circunstancias específicas en las que la garantía hipotecaria era exigible por la norma civil. Quizás pudo ser una de ellas el encargo de una memoria.

Admitir la duda permitió una de las discusiones más vivas entre nosotros.

–Para toda clase de acuerdos se podían exigir las garantías que se formalizaban con las llamadas obligaciones. El administrador de unos bienes o el mayordomo que gestionaba los fondos de una corporación, los padres de un colegial, los tutores de un pupilo, entre bastantes más tipos que podríamos mencionar, habitualmente se veían en la necesidad de suscribir una escritura de obligación, por la cual, una vez comprometidos a responder de ciertas cantidades de dinero que llegaban a sus manos, procedentes de cualquier clase de renta, debían garantizarlas con todo o con parte de sus bienes. Incluso quienes con ellos se prestaban a formar una sociedad, comprometida por el mismo encargo, justamente se solían constituir en grupo financiero solidario obligando mancomunadamente sus bienes.

–La memoria que hemos detectado era distinta. En el acuerdo que la hacía posible intervenía, además de una cantidad de dinero y un bien garante, un tercer elemento, las misas que debía atender el clero.

–Que serían el equivalente a los réditos.

–Innecesario si se hubiera suscrito un crédito común. Para contratarlo bastaba con comprometer contractualmente una determinada cantidad de dinero a favor de una institución que dispusiera de los depósitos que aseguraba la inmovilización, garantizándola con un bien. La cantidad comprometida era la que se había recibido de la entidad y el bien su correspondiente garantía hipotecaria.

“Cuando en los documentos se lee que alguien impone sobre un bien cierta cantidad a favor de una institución eso significa que el dueño del bien ha tomado de ella tal cantidad para cuya garantía obliga aquella parte de su patrimonio. Bajo aquellas condiciones, nada había que forzara a complementar el pago de los réditos con el encargo de unas misas, esfuerzo clerical inútil si se operaba con los réditos abiertamente.

–La memoria, como era una capellanía elemental, podía generarse de la siguiente manera. Alguien decidía fundar unas misas, de las que hacía cargo a una corporación. Para que se dijeran adjudicaba una determinada cantidad, para cuya garantía señalaba un bien. Era una obligación elemental, en todo similar a la que recaía sobre el bien destinado a sostener una capellanía del rango mayor o un convento. Era el origen de una inmovilización de ahorros idéntica. La única diferencia entre unas y otras modalidades era de tamaño de la cosa donada, en este caso la cantidad.

–Ah, ¿sí? ¿La cosa donada es la cantidad? ¿No es el bien garante? Entonces ¿cómo sí lo es en el caso de los vínculos o los conventos? ¿Cómo las donaciones que garantizan en estos casos la inmovilización no necesitan de ninguna garantía añadida? Quien inmovilizaba bienes para que sirvieran al sostén de un convento no debía garantizarlos además con otros bienes.

–Las escrituras responden con claridad: el bien debía asegurar la percepción de la limosna. Era el mecanismo inmovilizador.

–Réplica que reitera un argumento ya neutralizado. Más directo sería pensar que se trataba de una operación idéntica a un acuerdo crediticio. Se tomaba una cantidad de dinero y a cambio de él se pagaban unos réditos, para cuya garantía intervenía un tercer elemento que era el bien hipotecado. Se había tomado un dinero y a cambio se fundaban unas misas, cuyo precio, conceptuado como limosna, podía ser, no el del servicio religioso, sino el de los réditos, y como era habitual en cualquier operación crediticia se ofrecía como garantía un bien. Así de sencillo y así de razonable.

También es cierto que cada cual podía comprometerse, en cualquier clase de contrato, con las garantías que creyera oportunas. Quien así lo quisiera podría imponer sobre sus bienes las obligaciones que le parecieran adecuadas. La hipotecaria, en esta clase de intercambios, también pudo ser una exigencia de una de las partes o una condición libremente acordada por los contratantes.

Hasta ahora no hemos detectado el menor indicio sobre que las cosas, para las memorias sobre las que discutíamos, pudieran suceder así, y al contrario nos parecía concordante con cuanto habíamos podido averiguar la conclusión a la que habíamos llegado. Las creencias sobre la migración de las almas no resolvían la evidencia abrumadora, el recurso a la hipoteca en los compromisos referidos al culto de los antepasados.

Aunque la responsabilidad que cupiera a la hipoteca en estas transacciones estuviera justificada por razones distintas a la crediticia, que limosnas y donaciones, para los mismos periodos, fueran idénticas a los réditos que era necesario liquidar cada año, o a los principales con los que habitualmente se comerciaba, eran hechos activos a favor de la intromisión del mercado financiero en el medio de la piedad trascendida a memoria.

Para quienes necesitaran un crédito y supieran a quiénes podían acudir para que les proporcionaran capitales, la carga con una hipoteca a cambio del préstamo encubierto por la memoria pudo tener más demanda que el réquiem inmaculado, aunque fuera solo porque era menos generoso para cualquiera de las dos partes.

Se podía demostrar que el colegio de los beneficiados, a la vez que acordaba la clase de memorias que estábamos analizando, recibió donaciones de capital a cambio de otras que no obligaban a hipoteca alguna.

Desde que comenzó sus negocios, probablemente en el siglo décimo cuarto, tiempo de dificultades afrontadas con recursos institucionales abusivos, dispuso de capital líquido porque una parte de las responsabilidades que le fueron encomendadas fueron dotadas con dinero. No es fácil, para la época más remota, hablando en términos documentales, conocer todos los casos en los que pudo suceder algo idéntico, aun limitándonos a la misma corporación. Entre las donaciones más antiguas con seguridad hubo un par, una con toda certeza de 1321, cuyos bienes fueron originalmente dinero. La siguiente donación de esta clase de la que tampoco se puede dudar fue hecha en 1420, fecha posterior al origen de este cuerpo de clérigos al menos un siglo. Una parte de sus posesiones originales, porque así lo habían decidido los fundadores, así como se habían materializado en tierras o edificios, eran capitales igualmente sujetos a las obligaciones de la inmovilización.

El dinero que fuera recibiendo el instituto por esta vía, que hubiera llegado a sus manos antes de 1420, ya se vería en la necesidad de ser cedido para su uso, lo que equivale a decir que pudo ser activado como principales de créditos. De lo contrario, se consumiría sin generar renta.

La instantánea documental más sencilla, según la cual alguien garantizaba una renta anual a favor de la institución sujetando un bien, podría explicarse muy bien si representara la vigencia de un crédito indefinido cuyo bien garante permaneciera bajo control de quien había suscrito el crédito o sus herederos, que habrían aceptado, para mantener la posesión de la cosa, el deber que había de soportar la carga. La siguiente que retenían los documentos, que podríamos llamar triangular, por la que alguien, o con más probabilidad una institución, estaba en la obligación de satisfacer una renta en concepto de memoria, podría registrar una situación derivada. El bien garante del crédito habría sido transferido. Para su disfrute, al aceptarlo, los receptores se habrían responsabilizado de la obligación de pagar los réditos derivados del compromiso en el que hubiera incurrido antes el solicitante de un préstamo, quien habría decidido garantizarlo con aquel bien.

Si más adelante, para al menos una parte de las memorias con garantía hipotecaria acordadas entre 1420 y 1532, el capital no era el bien fundacional, sino los réditos, también tendríamos que concluir que su origen pudo ser un dinero previamente existente, luego aventurado a las oportunidades del mercado financiero. Y dado que de todas las supuestas donaciones de aquel periodo, menos una, responsables del origen de una memoria, se ignoraba quiénes habían sido sus autores, la extinción de las identidades podía suponerse una consecuencia de que los principales objeto del préstamo habían sido devueltos. Luego de la práctica totalidad de las memorias suscritas en la baja edad media que habían dejado rastro documental se podía admitir que fueran memorias ficticias.

La instantánea que se documentaba con más facilidad para la época moderna, que consistía en donar a cambio de una memoria un capital, garantizándolo con un bien, representaría la versión más inmediata a la suscripción de un préstamo. El capital donado sería el principal, la satisfacción de los gastos de la memoria los intereses y el bien la garantía hipotecaria.

Como causa de esta orientación administrativa del negocio, más explícita, se podía sospechar que en el mercado al alcance de los beneficiados, a partir del siglo décimo sexto, las circunstancias del intercambio financiero empezaron a variar porque desde entonces se hiciera sentir la influencia de un competidor, posiblemente el crédito redimible, que analizamos más adelante. Para mantener la posición en él pudo ser necesario aceptar esta variante del contrato, lo que permitiría que las nuevas inversiones de los principales más antiguos se mantuvieran hasta fines de la época moderna. El curso de las otras casi treinta iniciativas tomadas entre 1647 y 1783, de las que no constaba el origen de su capital, confirmaría que estos contratos pudieron proceder de una donación de dinero.

Creímos que era legítimo concluir que la corporación de referencia, durante su primer siglo de existencia al menos, porque recibiera donaciones que le permitieran arriesgar en el negocio financiero, pero también porque se viera tentada a invertir en créditos alguna porción de sus rentas, o porque pudo prestarse a servir de cobertura legal, como mediadora, a gente interesada en invertir en créditos, prefirió operar abiertamente con el dinero en el mercado de los préstamos. Para darles cobertura legal, pudo someter la liquidación anual de los réditos a las obligaciones de la memoria. El encargo de misas y vigilias, cuando se trataba de la cesión de dinero, daría cobertura, en algunos casos y durante algún tiempo al menos, a los intereses. La fórmula, para esta parte del patrimonio de la corporación, seguiría utilizándose de manera preferente hasta principios de la época moderna.

El cuerpo de los beneficiados transformó sus bienes, cuando fue necesario, para que sus rentas adelantaran, al tiempo que siempre se atuvo a la obligación derivada de ellos. La devolución del principal no extinguiría en modo alguno el deber de las celebraciones que cada año hubiera encargado el fundador. El compromiso no sería el mismo cuando, como ocurría en los casos que analizábamos, la obligación no estaba asociada al principal sino a los réditos. Devuelto aquel, estos se esfumaban, y con ellos cualquier obligación indefinida, nunca infinita. Parecía un azar extraordinario que las fundaciones de las que se habían perdido las referencias de sus orígenes estuvieran relacionadas con la donación de dinero. Para dos tercios de los casos observados, porque actuaban desconociendo su origen, su antecedente sería este. Tal como los principales iban siendo redimidos, la memoria se extinguiría y el capital retornaría al mercado.

El colegio de los beneficiados, en posesión de importantes rentas, habría vendido sus misas, vigilias y procesiones al precio de los intereses que regían en el mercado del crédito. Su compra con esta tarifa sería la preferida por algunos de los que quisieran acceder a un crédito formalizado, y podían aspirar a él porque disponían de un bien que hipotecar. Así adquirían el capital que deseaban, objeto principal de la operación, salvaban su conciencia y el clero beneficial justificaba su intervención en el negocio.

Cuando dimos por concluido este análisis, nos atrevimos a definir lo que por último habíamos decidido denominar memoria impropia. Sus elementos han sido reiterados. El capital donado era en realidad el reconocimiento de una deuda, de ahí que fuera necesaria la garantía de la hipoteca; y el pago de la limosna anual, justificada por los servicios religiosos que prestaba el clero, la liquidación anual de los intereses correspondientes. Llegados a esta conclusión, nos pareció lo más importante enfatizar que pudo existir gracias a que era posible su convivencia con la recta o propia. Poner en duda esta equivaldría a negar la posibilidad de que existiera aquella.

Dado que la memoria impropia obligaría a tomar una decisión sobre el culto a los antepasados, o incluso al propio suscriptor, en un documento específico, distinto al testamento, no sería inadecuado observar bajo esta luz todas las fundaciones inmovilizadoras, de la clase que fueran, originadas en vida de sus promotores y no a través de mandas. Partiendo de esta posibilidad, se podría admitir que aquellas instituciones, de cualquier clase, creadas en vida de sus promotores, igualmente pudieron ser impropias porque buscaran ponerse al servicio de otros negocios implícitos. Como destinar a un fin los ahorros era tanto como crear depósitos autónomos, bastantemente garantizados por las leyes reguladoras de la inmovilización, en un medio donde no era fácil habilitar otros cauces para disponer con fluidez de esta clase de recursos, cada obra autónoma, o previa al dictado de las últimas voluntades, que tuviera aquellos efectos, podía facilitar un fecundo tráfico de compromisos de pago consolidados.

En más de dos tercios de los casos documentados los vínculos fueron creados en vida de su promotor, mediante un acto particular. También la fundación de las capellanías autónomas solo en una cuarta parte de las ocasiones fue consumada a través del testamento. Quienes así actuaron habían optado por conservar hasta el final de sus días los bienes que desviarían hacia la institución, cuyo origen sería por tanto propio. Los demás, que pudieron ser la mayoría, porque prefirieron completar la segregación en vida y ver cómo la disfrutaba quienes habían designado su nuevo titular, la formalizaron a través de un instrumento específico. Tales concesiones, de ser impropias, pudieron ser garantes de un compromiso que los titulares de los bienes contraían, mediante la firma de la respectiva escritura, correspondientes a una transacción, y así además extenderían en ondas concéntricas, por absorción de los patrimonios obligados, las seguridades que para los ahorros llegados a depósitos proporcionaba la inmovilización.

Aunque tampoco faltaron espíritus muy calculadores. Un hombre separó su decisión de su riqueza, y primero fundó la capellanía y después, a través del testamento, le otorgó los bienes que le correspondían.


Comparación de los sistemas de crédito en dinero

Redacción

1. El gobierno de la primera ciudad del litoral estaba endeudado. Nada extraordinario, excepto que era entonces el centro económico de la región. Allí terminaban rutas y flotas del comercio colonial, desde allí sus siete naciones comerciales giraban sus letras. Solo algunas plazas, por el volumen de su actividad comercial, se le podían comparar en el continente.

Simplificaríamos si dijéramos que los municipios, en aquella época, contaban con medios de financiación e ingresos saneados. El sistema de propios, del que se mantenían, les permitía atender a sus gastos en bastantes casos, a condición de que los bienes sujetos a esta obligación fueran sólidos. Bienes inmuebles, especialmente rurales, en el interior de la región sostenían razonablemente el gasto local de las poblaciones que podían ser grandes porque grandes eran sus dominios o términos. Los que tenían que sobrevivir en espacios más limitados, porque sus posibilidades de enajenar territorio eran menores, descargaban la responsabilidad del ingreso municipal sobre imposiciones específicas, llamadas arbitrios, así como sobre la venta de la función pública de su jurisdicción; y ni aun así se aseguraban siempre el sostén de la limitada carga del gasto municipal que proporcionaba relativos servicios al común, plebe cuyos derechos políticos estuvieron restringidos, cuando menos, a la elección de sus tribunos o jurados.

Es sumaria, tal vez en exceso, esta forma de referirnos a los sistemas de la financiación local, aunque suficiente para encontrar una posición relativa a los datos de los que aquí deseamos servirnos. La gran ciudad comercial, población marítima, carecía de espacio rural. Queda al margen del objetivo de este texto analizar sus propios y hacer el balance correspondiente. Por ahora solo se trata de justificar que la grandeza de la ciudad, como a las familias de cuya virtud solo sobrevive el peso del apellido, precipitaba a su gobierno a una carrera de deudas porque sus medios territoriales eran prácticamente nulos.

La mitad de las que sobre sus ingresos cargaba su gobierno la forzaba la liquidación de pagos pendientes a la hacienda real por distintos conceptos. Había que cubrir atrasos en la transferencia de la tributación nobiliaria, conocida con el nombre de lanzas, obligación de quienes estaban exentos del pago del resto de los servicios fiscales. También había que traspasarle la mitad de los ingresos que anualmente proporcionaban los oficios públicos vacantes (escribanías, por ejemplo), que cubría en su beneficio la ciudad; recompensa conocida en el lenguaje de la hacienda como media anualidad; e igualmente era perentorio liquidar el principal de un crédito. Todo esto apenas era la décima parte del total del endeudamiento. La causa mayor de este capítulo de la carga financiera provenía de sus obligaciones contributivas. El municipio había ajustado con la hacienda real el conjunto de los servicios fiscales comunes -alcabalas, tercias y millones, en lo fundamental- en un tanto alzado, forma para la descarga de estos deberes conocida como encabezamiento, y se había hecho responsable de su recaudación y de su posterior entrega a la titular. Este procedimiento, que ahorraba gastos a todos, ya era conocido con el nombre de rentas provinciales, denominación que procedía de proyectos de encabezamiento más ambiciosos en el espacio. La hacienda real solicitaba su liquidación por cuatrimestres, aunque los documentos aluden a cantidades mensuales pendientes de ingreso en el departamento de las rentas provinciales. Tal vez fueran compatibles las dos unidades de tiempo, una para la contabilidad de los recaudadores, la menor, y otra para las entradas en la caja del titular del derecho. La gestión de aquellos fondos, en una ciudad económicamente compleja, debió sobrepasar las previsiones de su gobierno. Cuando reconoció estas deudas ya había renunciado a la fórmula, pero la consecuencia de la gestión pasada, no del todo sorprendente, había sido la necesidad de endeudarse para satisfacer las cantidades que el municipio había comprometido con la hacienda real. Bien las recaudaciones quedaron por debajo de las previsiones, bien los fondos ingresados fueron entretenidos en gastos productivos cuyo rendimiento defraudó el cálculo previo del beneficio. Es probable que ambas causas compartieran la responsabilidad de la circunstancia.

La otra fracción notable del endeudamiento del municipio, que significaba casi un tercio del total, era la obra pública. Había que pedir prestado para la fábrica de las murallas, las construcciones de una alhóndiga y una pescadería nueva o para reparar la cárcel y unos almacenes de los propios. También era una exigencia edilicia la limpieza de la ciudad, que estaba confiada en régimen de monopolio a un asentista, con quien se mantenía una deuda que solo pudo saldarse en parte con un crédito de 18.000 reales contables. Obligaron a contraer deudas, además, los envíos de dinero a la corte para la gestión de los asuntos de interés para la ciudad ante el Consejo, cargo regular de todos los municipios, confiado a representantes, agentes o mediadores con calificación legal, a los que con frecuencia se les llamaba procuradores; en cuyo caso no es fácil trazar la frontera entre el gasto administrativo, la provisión de fondos, las ayudas de costa y el cohecho, a la vista de los conceptos que los justificaban. Esta parte del regreso podía convertirse en un pozo que no era fácil colmar. Fue necesario obtener crédito para pagar facturas inaplazables, nóminas de empleados y para satisfacer, con urgencia, una deuda personal, que en su origen también pudo ser el principal de un crédito anterior. Además, la inconsecuencia que se cobraba de las obligaciones de grandeza había causado una deuda ridícula. La muerte de la reina Luisa de Orleáns había forzado al municipio a cargar con un préstamo para sufragar los gastos de la publicación de los lutos, a los que el protocolo, en opinión del prestatario con responsabilidad política en aquel momento, obligaba.

Para captar la financiación que necesitaban en la ciudad pudieron recurrir a dos fórmulas. Una, el censo, era compartida con el medio rural. La otra, el premio, eufemismo entonces vigente para referirse a la usura libre, en pleno siglo décimo octavo sobrevivía aclimatada al medio urbano. En sentido propio, premio era la compensación que regía la paridad entre las monedas nobles y de vellón. Estando el negocio financiero justificado en parte por el cambio, de ahí derivaría que el premio terminara siendo el tipo de interés aplicado al crédito que actuaba al descubierto. Por extensión, terminó diciéndose que un préstamo había sido tomado a premio para referirse a los que se obtenían en el mercado más abierto. La fórmula también se denominaba daño, y en la documentación de la época asimismo era llamada estilo de comercio porque se daba por supuesto que estaba limitada al ámbito mercantil.

Cada forma contractual en aquel caso decidida, censo o premio, satisfizo aproximadamente la mitad de la carga crediticia, aunque exactamente las cifras indican una moderada preferencia por los censos. Los redimibles eran más baratos que los créditos comerciales. Cuando se atenían a la norma, aplicaban el 3 % anual al principal transferido. Si nuestro gobierno no descargó toda su capacidad de endeudamiento sobre el censo, además del prestigio que espontáneamente gana en la argumentación el principio de la diversidad, versión para las controversias en una cámara de los intereses que puedan obligar a los representantes en ella reunidos, pudo ser porque su crédito ante las instituciones que lo ofrecían estuviera agotado. Solo dos de los mercantiles fueron comprados al 5, y otros dos al 6. Los demás, otros seis en total, hubo que adquirirlos al 8 %. La relación entre tipo y tamaño del principal, porque incluiría plazos de amortización relacionados directamente con este, era inversa, aunque no con absoluta rigidez.

Que aquel municipio se viera obligado a tomar más créditos en el mercado abierto al mayor precio indica que su solvencia no era la más deseable. Sus avales eran a un tiempo precarios y exclusivos. Nada más que dos operaciones, una de las cuales fue el censo perpetuo y la otra uno de los redimibles de solo 5.500 reales, fueron acordados con garantía hipotecaria común, un par de casas del patrimonio municipal. Nueve operaciones, que sumaron 553.539 reales 14 maravedíes de principal, la proporción más importante de todas las deudas, muy por encima de la mitad, y que incluían los mayores créditos absolutos (129.505 reales 30 maravedíes y 101.647 reales), cinco censos y cuatro a premio, se sostuvieron con facultades reales, requisito normativo para crear los arbitrios, a su vez denominación genérica de todas las fórmulas de financiación de las urgencias que sobrevenían al gasto municipal.

La enajenación de algún bien del patrimonio público, para el derecho dominio exclusivo de la corona, que era uno de los más frecuentes, exigía esta autorización expresa de la administración central. No sabemos bajo qué condiciones fueron concedidas aquellas facultades, pero no parece que fueran de esta clase los arbitrios habilitados en la ciudad. De lo contrario, los ingresos obtenidos por las enajenaciones hubieran hecho innecesarios los créditos. Es más probable que fueran de la otra habitual, que se inspiraba en la antigua fórmula de la sisa, vehículo entonces de los que hoy concebimos como el impuesto indirecto más sencillo. El Consejo facultaba para que el gasto necesario se financiara cargando sobre algún consumo un gravamen, que se sumaría a su precio final. Las dudas sobre la solvencia, que se extenderían por igual en uno y otro mercado, el intervenido o tarifado y el libre o ingenuo, supuesto que el arbitrio fuera de esta clase, estarían justificadas, porque la garantía del crédito, en los hechos, se aplazaría al cobro cotidiano del arbitrio, tan inestable como cualquier ingreso fiscal, tan incierto como todas las innovaciones.

De otros nueve créditos, asimismo tomados tanto en uno como en otro mercado, los documentos no indican más garantía que el correspondiente acuerdo del gobierno de la ciudad. Tanta fragilidad está compensada por una relativa frecuencia de cantidades cortas de principal y, sobre todo, por altos precios. De los seis créditos comprometidos al 8 %, cuatro solo contaban con la dudosa autoridad de esta decisión política con valor administrativo.

De sus acreedores se puede sospechar que se contaran entre los más capaces. Para los concedentes de préstamos mercantiles, la fuente que ahora consultamos solo da nombres y apellidos. Dados los fines que perseguimos, no tiene objeto reproducir sus nombres, sin mayor significado para el texto, muy accesibles a través del documento para quien desee conocerlos. Es probable que entre ellos figuren algunos que les resulten familiares a los interesados en el pasado del comercio colonial. El análisis de las pocas características que permite deducir la onomástica desnuda, como el sexo o el parentesco, en este caso tampoco dejaría de ser superficial y poco aleccionador. Para avanzar en la historia del crédito rural, no encontramos en esa relación valor más alto que el negativo. De este mercado estaban excluidos en absoluto quienes operaban en el otro.

Quienes participaban en el mercado censal compartían su condición canónica. Actuaban amparados por las instituciones sostenidas sobre el derecho de la iglesia romana, buena parte de las cuales, como venimos observando, tenía la raíz de su origen en el ámbito civil. Invirtieron sus rentas en créditos fundaciones de clero regular, como un monasterio cartujo, que por sí concedió el crédito censal más alto, 101.647 reales de principal, equivalente a la cuarta parte de todas las concesiones de esta clase; y dos conventos de la ciudad, uno masculino y otro femenino; e instituciones de clero secular, como el cabildo catedralicio de su obispado, con los ingresos personales que obtenían sus miembros por la asistencia diaria al coro, llamada pitancería, y con las rentas que le proporcionaba una hacienda a él vinculada, así como la fábrica del mismo templo, el primero de la diócesis.

Las otras eran, propiamente, instituciones de derecho civil acogidas a sagrado: patronatos piadosos, capellanías y una cofradía. Salvado el hecho excepcional del crédito concedido por la cartuja, los patronatos eran los principales inversores, suministradores de un tercio de la masa crediticia censal. Las capellanías apenas contribuyeron con una vigésima parte, mientras que la cofradía fue capaz para aportar un significativo 15 %. Si contamos que el cabildo catedralicio, aparte sus ingresos propios y el control de los que obtuviera la fábrica del primer templo, en este caso era responsable de las capellanías y administraba dos de los patronatos, su participación en los créditos censatarios equivalió a la cuarta parte.

Para completar el análisis de los créditos de esta clase, es necesario mencionar por último uno, que se identifica, como los usurarios, solo por el nombre de su vendedor. El laconismo del documento no consiente suponer nada más que dos posibilidades, que la iniciativa usuraria libre tal vez hiciera incursiones en el campo del crédito censal o que el personaje tuviera la condición de eclesiástico.

2. Había vendido la corona dos participaciones en las rentas del tráfico relacionado con el comercio colonial, ambas aseguradas por el orden de monopolio para él organizado. Una se obtenía gravando con el 1 % las mercancías que entraban por la aduana del puerto donde tenía su sede, o importaciones legales. La otra cargaba con 1 y 4 % los mismos bienes cuando eran importados y luego exportados, respectivamente, a través de la misma frontera regular. Cualquiera de las dos estaba proporcionando hacia 1750 una rentabilidad alta. El derecho sobre importaciones exportadas estaba repartiendo cada año algo más de un 16 % sobre el capital invertido; el de las importaciones, un sustancioso 28 %, evaluado a partir de la misma base inicial. En 1753 fue posible dar cuenta fiel de quiénes habían sido los adquirentes de aquellas rentas y de qué cantidad había invertido cada uno en el atractivo negocio. El examen de los datos proporcionados por el documento no solo permite identificarlos sino también evaluar su capacidad inversora.

En la compra del 1 % sobre la importación participaron 24 inversores, que gastaron algo más de 1.600.000 reales contables (1.632.102 reales 32 maravedíes. Las diferencias entre nuestras cifras síntesis y las que expresa la fuente tienen su origen en que concedemos preferencia a las lecciones de los valores parciales.); y en el negocio de los 1 y 4 % sobre la balanza 34, con un total de 3.330.000 aproximadamente (3.330.698 reales 25,5 maravedíes). La participación fue, a un tiempo, más barata y más restringida en la operación de rentabilidad más alta. Para comprar el primer derecho el inversor tipo hubo de emplear algo más de 68.000 reales, mientras que quien pudo acceder al segundo debió elevar su esfuerzo, por término medio, hasta casi 98.000. Se puede pensar en concesiones predeterminadas a una parte de los interesados, y creer que en la segunda oferta se encontrarían inversores más cualificados que la competencia seleccionó.

Nos apartaría ostensiblemente de nuestro plan resolver el primer problema, relevante pero carente de significado para aquel. Los interesados excluidos, en el supuesto de que se hubiera inducido la adjudicación a candidatos preseleccionados, no estarían menos interesados en la alta rentabilidad. De idéntica manera a los admitidos, representarían un orden inversor distante. Aun así, a los desviados de la primera operación podría habérseles aceptado en la segunda, dado el más alto precio, indicativo de una mayor concurrencia. Tampoco ha lugar llevar en esta dirección el análisis. Los tipos de inversor que se identifican, en cualquiera de las dos operaciones, son los mismos, y entre sí solo se diferencian por las cantidades que cada cual interesa, que varían dentro de un amplio espectro y que no descubren relación directa con la diferente rentabilidad.

Se podrían valorar otras circunstancias. La rentabilidad conocida para cada carga es el resultado, obtenido de unas actividades comerciales efectivas, contingentes y variables cada año, y no de una previsión. El primer derecho repartió un 28 %, como beneficio medio, durante un quinquenio, y el segundo un 16 con las mismas constantes; valores que los azares del comercio variarían cada campaña. De antemano, pudo parecer más atractivo este, porque gravaba toda la balanza comercial, y además, en la dirección de salida, con un tipo notablemente más alto que los otros, un 4 %. La mayor concentración de inversores, efecto de este señuelo, pudo estar en el origen de un precio más alto de cada participación, y después de un reparto de beneficios inferior.

Todas estas razones nos han parecido suficientes para analizar la información sobre los inversores, suministrada por la fuente, como un todo, 58 ahorradores interesados en deducir, con el sólido respaldo de la coacción fiscal, una porción del beneficio que originaba el comercio colonial de mediados del siglo décimo octavo, el primero de la península y uno de los más notables de Europa, entonces centro económico del mundo.

Las cantidades invertidas fueron muy diferentes. Desde los modestos 1.332 reales de cuenta sacados de los fondos de una capellanía a los 451.605 reales 17 maravedíes de la misma especie provenientes de las rentas de un vínculo. Es una parte previsible del comportamiento, observado en masa y reducido a cantidades la que concentra la curva que unificaría todo el movimiento descrito. A menor esfuerzo inversor tanto mayor es la posibilidad de invertir, y cuanta más cantidad haya que arriesgar más decrecerán los candidatos al riesgo. Mientras que 25 inversores arriesgaron hasta 49.999 reales y 17 entre 50.000 y 99.999, entre 150.000 y 500.000 solo invirtieron 7; una relación entre valores que permitiría deducir lo que podríamos llamar la función del inversor en aquellas circunstancias. Creemos que es suficiente para demostrar que la transferencia del dinero quedó a criterio de quienes fueran llamados a estas operaciones, y no de quienes las ofertaron.

Las cifras enseñan que una parte de los actuantes se ajustó a la tasación habitual del esfuerzo, que toma la unidad monetaria contable como parámetro. De estos, la mayoría tarifó su inversión en ducados (4.400, 5.500, 7.700, etcétera, hasta 66.000 reales nominales, equivalentes a 400, 500, 700, etcétera, 6.000 ducados de cuenta.) Otros prefirieron atenerse a la unidad de cuenta más fuerte, el peso (16.500, 54.000, 67.815 o 72.885 reales nominales, equivalentes a 1.100, 3.600, 4.521 y 4.859 pesos contables, respectivamente.) Si sumábamos ambos, abarcábamos en torno a la cuarta parte de los inversores. Para esta fracción el vendedor pudo admitir como pago una transferencia nominal, a través de cualquier documento activo en términos financieros.

De otros valores, porque se repitieron dos (21.691 reales 25,5 maravedíes, 31.692 reales 17 maravedíes) y hasta tres veces (80.133 reales 17 maravedíes), se podía sospechar que operaron en origen con unidades monetarias distintas a las vigentes para los sistemas hispánicos. No era una posibilidad rechazable, pero tampoco podíamos demostrarla con argumentos cuantitativos incontestables. Con más facilidad, estos casos podrían presentarse como el reparto equitativo entre partícipes en una cantidad invertida; que tampoco, tomada entera, se ajustaría a ninguna de las formas del dinero ya citadas.

Un vecino de la ciudad pudo compartir con otro de la capital del reino una participación en los negocios de 43.383 reales 17 maravedíes, de modo que repartidos por mitad a cada uno tocara 21.691 reales 25,5 maravedíes. Del mismo modo pudieron concertarse una señora, residente en la mayor de las poblaciones inmediatas a la ciudad, y las profesas de un convento establecido en otra del litoral que actuaba como antepuerto (31.692 reales 17 maravedíes por dos). Parece menos probable un concierto a tres entre los franciscanos de un convento de la ciudad, un conde de Castelo y un particular, pero bastante la acción mancomunada de los citados en último lugar (160.267 reales repartidos entre dos).

Los inversores solidarios pudieron invertir un activo que compartían por el valor nominal que resulta de la suma de sus participaciones, de modo que se puede concluir que esta hubo de ser la forma de pago para las tres cuartas partes de las inversiones, excluido su ajuste a las formas monetarias circulantes y nominales. El vendedor tendría que resignarse a la admisión de toda clase de efectos, financieros y comerciales, para satisfacer las posiciones de la demanda, según indica la alta proporción de esta posibilidad.

En una porción poco significativa -solo dos casos- se pudo operar con una de las monedas corrientes, el real provincial (1.332 y 149.868 reales nominales, equivalentes a 24 2/3 y 2.775 1/3 reales de plata.) De nuevo parecía que la escasa circulación de metal era algo más que un lugar común, incluso en medios económicos conectados con los circuitos comerciales de mayor radio. Por lo tanto, el vendedor poco ingresaría en moneda metálica.

Fueron 14 las formas legales de inversor. A cada una le hemos atribuido las cantidades arriesgadas que se le pueden adjudicar, según la fuente, también ordenadas por rango. Para cada una, pretendiendo completar lo que dedujéramos sobre su papel económico, calculamos, con la misma manera de proceder que antes, la inversión tipo que le correspondía.
Un prebendado de la catedral invirtió una parte de su renta en el negocio fiscal del caso. Su aportación (2.837 reales contables) resultó la inferior por tipo de inversor. El obispado no era de los mayores, aunque la concentración de habitantes en la capital fuera alta. Su casi nula dedicación a la agricultura la hacía poco útil para el diezmo. Las diferencias entre las capellanías que participaron en el negocio fiscal tienen apariencia geográfica. Mientras que la meridional, radicada en la ciudad, invirtió una cantidad significativa (31.236 reales 17 maravedíes), las otras tres, del señorío de Vizcaya, arriesgaron capitales pequeños (1.332, 7.700 y 8.800 reales). No sería correcto pensar, por esta causa, que las capellanías del norte disponían de rentas más bajas, y que esta circunstancia podía ser consecuencia de una alta fragmentación del patrimonio de las familias, efecto a su vez de transmisiones sucesivas. La inversión tipo de las capellanías (12.267), en exceso sintética porque encubre comportamientos bien diferenciados, es útil para situarlas en uno de los niveles más bajos de la capacidad para transferir ahorro.

Pero había una hermandad en la ciudad, la hermandad de Nuestro Padre Jesús Nazareno, establecida en el convento de monjas de Nuestra Señora Santa María, tan saneada como enfática. Una vez satisfechos sus fines inmediatos, pudo emplear en el negocio fiscal 15.894 reales 32 maravedíes de sus fondos. La suma, probablemente alta para cualquier hermandad, sitúa esta clase de instituciones entre las de menos posibilidades inversoras. Una fábrica de un templo de la ciudad, el sobrecogedor de San Antonio, donde pudo materializarse la superstición que el texto sagrado adjudica a los santuarios babilónicos, altamente lucrativa; que actuaba como auxiliar de una parroquia matriz, tuvo capacidad para destinar 16.500 reales al negocio que está sirviendo de marco. La cantidad a la institución le valió un modesto lugar entre los agentes de aquellas operaciones.

Una parte de los ahorradores, en los documentos disponibles, se identifica solo por su nombre, al que a lo sumo añaden alguna circunstancia en apariencia poco relevante. Ninguno de ellos invoca título, relación con institución de alguna clase, pertenencia a determinada comunidad.

Disponer en beneficio propio de privilegio, o legislación ad hoc, era posible a título individual o a través de una corporación. La primera necesitaba, como condición política, contar a su favor con una posición de dominio, naturalmente excepcional. La segunda era muy asequible. Así, por ejemplo, eran decenas de miles, en cada generación, los que ingresaban en fundaciones conventuales, privilegiadas al menos como parte de la iglesia romana. La supervivencia en un mundo urdido sobre el privilegio no podía evitar la contaminación, como la exposición de la piel a los rayos del sol, inevitable cuando se vive a la intemperie, la curte. El procedimiento legislativo vigente había tenido su origen, y durante mucho tiempo había sido el exclusivo, en el privilegio, y aún con dificultad se abría paso la norma de alcance universal. Es posible que nadie pudiera reivindicarse al margen del privilegio, ni el menos agraciado. La obtención de rentas quizás en ninguna circunstancia tuvo la oportunidad de negarse el favor de algún límite. La ingenuidad, o libertad negativa, que nunca reivindicaron los revolucionarios del siglo décimo noveno, una falta de ambición que nunca se les podrá agradecer bastante, por naturaleza no era materia apta para que fuera tratada por la norma. Solo existía en el lugar adonde no alcanzaban las reglas. En las inversiones, porque eran intercambios sometidos a contrato, la libertad tenía que ser relativa.

Tal vez, en el documento, aquellos ahorradores silenciaran cualquiera de estas circunstancias; que tal fuera miembro de cierta hermandad y tal otro, con discreción, se hubiera inscrito en un gremio o universidad formada para actuar en el comercio, clase de corporación que fue objeto del más preciado de los privilegios económicos. Quienes procedían del señorío de Vizcaya se pretendían acreedores absolutos de la exención de servicios pecuniarios, solo por circunstancias de nacimiento y lugar. Desde que puede detectarse la presencia de una comunidad genovesa en la región se comprueba que recibía legislación específica. Y las viudas eran objeto de un paternal trato impositivo, que aligeraba su peso fiscal reduciéndolas a la mitad.

En caso de que cualquiera de estas circunstancias, o cuantas puedan asemejársele, hubieran concurrido, los que hemos agregado en este grupo prefirieron no anteponerlas, aunque las pudieran presentar como acreedoras de derechos que justificaran su participación en aquel negocio. Los ahorradores que solo se identificaron por su nombre, apenas matizado, al menos se distanciaban de los otros en que su recurso al privilegio, en aquella circunstancia, sería más remoto. Los límites a favor del manejo de esta parte de sus rentas eran menores y por eso mayores sus posibilidades de inversión. Nada impedía que el ahorro privado, desnudo, sin acogerse a la cobertura de instituciones que le proporcionaran sosiego a la conciencia, se aventurara en el mercado de los capitales, sin necesidad de que mediaran los instrumentos inmovilizadores a favor de personas, aunque quizás no tanto cuando afectaban a corporaciones. Podemos conjeturar entonces con fundamento que para aquella inversión tal vez emplearan las rentas libres de cualquier servidumbre, obtenidas de actividades y bienes cuyo uso no estuviera limitado por instituciones precedentes.

No habla en favor de la posición privada, entre las que compiten en el mercado de las inversiones, la nitidez de sus perfiles, expresados por las cantidades que emplean y por sus orígenes. Recorren un espectro amplio, como se puede esperar del grupo más nutrido, que suma 17 inversores, al tiempo que forman clases muy definidas. Dos pueden detectarse con más claridad: el de los inversores de apellido vasco y el de los que se pueden relacionar con la colonia italiana establecida en la ciudad. Los primeros comparten que ocupan los puestos inferiores del riesgo entre los de su clase. Los de la nación italiana tienen en común un módulo inversor mucho más alto. Su capacidad de arriesgar la expresa su capital tipo, 36.531 reales, no obstante entre los más bajos de los que nacían de la iniciativa individual.

Tres de los títulos que invirtieron en el negocio de la aduana nada declararon que modificara el mecanismo que les garantizaba sus rentas, a pesar de que uno de ellos se esforzó en relatar méritos acreditativos de su condición. Una marquesa viuda y un marqués se limitaron a enunciar sus apelativos. La inversión tipo del grupo, 46.799 reales, resume con aceptable precisión que se trataba de ahorradores que arriesgaron en torno a 60.000 reales como máximo. Una de las posesiones del mencionado primero era un lugar despoblado, no tenía siervos y por tanto difícilmente proporcionaba rentas de origen señorial. El título ingresaría como señor de otra población y dueño de tierras. Es posible que los tres representaran el orden inferior de la actuación de señores en el mercado financiero.

Se rindieron algunos conventos femeninos, activos inversores de sus capitales, al atractivo negocio gaditano. Los más decididos eran próximos. Arriesgaron en razón inversa a la distancia. Uno de la primera población antepuerto en la bahía invirtió casi 100.000 reales en total; 67.815 en la primera operación, que resultó la más lucrativa, y 31.692 reales 17 maravedíes en la segunda. Otro, de franciscanas descalzas, radicado en la ciudad, dispuso de 80.133 reales y medio, y el de Santa María de la Paz, de la capital de la región, puso 72.885. Solo el convento de las Brígidas, de Lasarte, que empleó nada más que 14.208 reales, a la vez que extremó la regla de la distancia que al parecer rigió la actuación de los conventos, se mostró reticente al negocio, tal como sus coterráneos. Esta es la causa de que la inversión tipo del grupo, 53.347 reales, no sea todo lo evocadora que el cálculo pretende. Si prescindimos del último valor, el tipo se incrementa en 10.000 reales, aproximándose a una frontera probablemente más precisa del papel que a los conventos femeninos tocó en el negocio financiero.

El documento también menciona la universidad de Irún, constitución primitiva del municipio de esta población, bajo cuyo nombre actuó don José Manuel de Zamora Irigoyen, vecino de Hernani. Invirtió una suma de 101.176 reales, cifra muy alejada de la disponible para los vascos que intervinieron en el mismo negocio. Hay que reconocer que se trataba de una institución, también en lo económico, singular y muy sólida. Más valor aún tiene que se tratara de una cantidad absoluta, y no de un tipo, que al mismo tiempo marca un límite, por encima del cual solo se situaban los inversores que aún no hemos analizado. Abre un abismo de casi 50.000 reales entre él y el anterior, que además duplica el valor tipo más alto de todos los precedentes. Esto permite afirmar que cuando franqueamos la barrera de los 100.000 reales estamos entrando en otra escala de la inversión.

La práctica totalidad de los inversores por encima de este límite contaron con la protección de un vínculo, uno de los mecanismos al servicio de la permanente génesis de rentas susceptibles de ser trasladadas al negocio financiero. A excepción de los inversores personales, nadie invirtió tanto como las familias titulares de instituciones de esta clase. Hasta un total de trece operaciones compartieron este denominador común. La combinación de circunstancias era múltiple. Para juzgar sobre el efecto de cada una, conviene aislarlas cuanto la fuente permite.

El número de inversores de las rentas de vínculos fue nueve, que emplearon los ahorros generados por diez instituciones. Una marquesa, domiciliada en la población más importante de las próximas a la gran ciudad comercial, con las rentas de un vínculo fundado en esta realizó cuatro operaciones distintas, que sumaron en total 240.939 reales 17 maravedíes. Un doctor en cánones, prebendado de la catedral, era titular de dos vínculos, uno fundado por Gaudioso de Berovia y el otro por el capitán don Juan de Ochoa Suazo. Con las rentas de cada uno hizo una operación, de 55.000 y 141.174 reales 17 maravedíes respectivamente, lo que para él supuso una inversión total de 196.174 reales 17 maravedíes. Los demás poseedores de vínculos hicieron cada uno una inversión.

Siete de los ochos inversores de rentas vinculares simultáneamente eran títulos. Podemos pensar que al menos las cuatro quintas partes del ahorro que emplearon sus poseedores tuvieron su origen en rentas señoriales, aunque nada impide que también tuvieran origen señorial las rentas de los vínculos del prebendado. El octavo no añadió a la descripción de su atributo institucional especificación alguna.

Los inversores de esta clase cumplen con relativa exactitud la que parece una ley general de la distancia financiera. Cinco procedían de la primera población próxima, con un valor tipo de 61.388 reales, tres de la propia ciudad (92.103), dos de la capital de la región (100.271) y otros dos de la capital del reino (176.642). De una desconocemos su procedencia. Si consideramos que cuatro de las cinco operaciones más próximas fueron decididas por la misma persona, la marquesa mencionada, la posición de los vínculos de aquella población en el mercado del negocio fiscal se vería sensiblemente alterada.

El vínculo confirió una de las posiciones más sólidas para intervenir en el mercado fiscal. Fue el soporte de la mayor inversión en absoluto. El matrimonio que había recibido por la línea de la contrayente el que fundó doña Susana Escón invirtió 451.605 reales 17 maravedíes en el derecho del 1 y 4 % sobre la balanza. Fue decisivo para elevar a otro orden la inversión. El titular de uno de estos derechos que menos invirtió empleó 66.000 reales contables, y la inversión tipo por institución se elevó a 176.520.

La iglesia de San Hipólito, de la ciudad cabecera del valle medio del primer río de la región, era colegial, y prefirió actuar corporativamente, o antes de repartir entre sus canónigos las rentas que ingresaba, para invertir 135.152 reales en los negocios a los que estamos refiriéndonos. Gracias a este esfuerzo mancomunado, se situó en una posición muy destacada entre quienes arriesgaron en aquellas operaciones.

De los tres patronatos que invirtieron en los derechos de la aduana, uno estaba destinado al culto del Santísimo. Lo había fundado Melchor de Cuéllar y su gestión, en 1753, estaba en manos del ayuntamiento de la ciudad. Del segundo solo sabemos que lo fundó don Manuel de Iriberri, y del tercero que su fundadora, doña Luisa Sierra, había actuado en nombre de don Alonso de Sierra, a saber si por minoría o por ausencia. El segundo invirtió una cantidad muy significativa, 332.837 reales, razón por la cual la inversión tipo del grupo se dispara (142.440). De no darse esta circunstancia, los patronatos habrían actuado en aquella ocasión a la altura de las instituciones con una capacidad inversora por debajo de los 60.000 reales.

Los santos lugares de Jerusalén, también obra pía, invirtieron 361.797 reales, y en la ciudad asimismo hicieron valer sus rentas dos de los hospitales más importantes de la región, ambos establecidos en su capital, el de la Misericordia y el de la Santa Caridad, la fundación del venerable Mañara. El primero invirtió 222.992 reales y el segundo 404.117 divididos en tres partidas equiparables. Tan notables cifras dan una apariencia excesiva del tipo. Las diferencias de tamaño de estas fundaciones permiten esperar su presencia en ocasiones de negocio más modestas.

Los mayorazgos, por derecho propio, ocuparon el lugar más alto de la inversión. Tres se interesaron en el negocio de la balanza comercial. El fundado por quien no tuvo inconveniente en presentarse como doña Francisca de la Padilla y Barrionuevo, del que era titular un hombre que tampoco eludió identificarse como don Jerónimo de Espinosa Torres de Navarra, estaba administrado por un marqués, residente en la capital de la región, que actuaba como tutor de aquel. Invirtió 146.198 reales 8,5 maravedíes. El capitán que en vida se dejó llamar don Juan de Saldias y Esturlain y una mujer que se resignó a ser conocida como doña Baltasara Quinert habían fundado en la ciudad asimismo un mayorazgo, que había recaído, por el tiempo al que nos referimos, en una doña habituada a comparecer como María Ana Ponce de León. Sorprendentemente, también carecía de la plenitud civil, y de su administración se encargaba una mujer, sin parentesco aparente con la titular, que vivía en una población del litoral mediterráneo próxima al primer puerto regional en aquel mar. Esta fue quien optó por invertir en aquel negocio 183.110 reales de las rentas que cuidaba. Al mayorazgo fundado por un don Pedro de Villasís le agregó un don Francisco de Villasís, que se hacía titular sin rubor conde de Peñaflor, caballero de la orden de Santiago y consejero de Indias, otra porción de bienes. Había recaído en doña Ana Catalina de Villasís Manrique de Lara (sic), casada con don Sancho Fernández de Miranda Ponce de León (sic), conde de Las Amayuelas y Peñaflor y marqués de Valdecorsena, título este de dudosa veracidad. Fue el marido, gestor de aquel patrimonio por vía consorte, quien de las rentas que generaba el agregado de bienes utilizó 279.811 reales en aquel negocio.

De la mitad de las inversiones en las rentas del tráfico colonial se sabe que llegaron de un lugar distinto a la sede del monopolio. Para el ahorro de la capital de la región aquel riesgo fue atractivo. Más de un tercio del flujo exterior, cursado en siete partidas distintas, llegó desde ella. De la capital del reino, en cinco aportaciones, fue enviada la cuarta parte de la misma masa, y de la primera población próxima procedió, en seis operaciones, tres vigésimos. Desde la población en el litoral mediterráneo llegó la mitad que desde la primera población próxima, y de la ciudad del valle medio del río la vigésima parte del total, en ambos casos por una iniciativa. Dos inversores, desde la población antepuerto, también contribuyeron con un valor en torno a una vigésima parte de la masa externa y una aportación similar llegó desde Guipúzcoa, repartida en cinco contribuciones, de las cuales tres procedían de San Sebastián y las otras dos de Lasarte y Hernani. La última cantidad llegada de fuera provino de Génova, la capital de Liguria, sección consolidada de los negocios de nuestra gran ciudad comercial.

Si calculamos la razón entre todo el capital invertido desde cada lugar y el número de operaciones a que corresponde, el resultado, o capital tipo de cada punto, es un valor equivalente, en términos aproximados, a la distancia entre cada uno de ellos y la ciudad. Los valores más bajos corresponden, como en un mapa, al antepuerto (49.754) y la primera población próxima (62.726), y los siguientes son los de la capital de la región (128.648), la ciudad del valle medio (135.152) y la población del litoral mediterráneo (183.110). La distancia financiera entre la ciudad y la capital del reino (118.168) sería menor que la que se observa en el espacio quizás porque fuera consecuencia de la intensidad en las relaciones que añade la función administrativa central; y aún más baja para las lejanas Génova (60.737) y Guipúzcoa (30.477), gracias a la radicación en la ciudad de colonias con aquellos orígenes, que para el caso pudieron actuar como sucursales o mediadoras que neutralizaban las distancias en el espacio.

De la procedencia de la otra mitad de las inversiones no es mucho lo que se puede decir. Solo sabemos que una tercera parte de ellas no tuvo que salir de la ciudad. Es probable que las restantes tampoco, y que su localización no fuera declarada por evidente. En rigor, no es posible interpretar en términos positivos el silencio. Los diez casos expresamente locales, aun así, corroboran la esquemática aproximación a la escala de los mercados que permite el caso. Su inversión tipo es la inferior (47.569), como nula tendría que ser la distancia a recorrer por el capital.

3. Sobre los mercados del crédito rural, una descripción extensa proporcionaría, para cada intervalo y para cada clase, un mayor número de valores tipo. Pero creemos que los dominios y los límites del sistema no habría que modificarlos en lo fundamental. Para aceptar que están satisfactoriamente representados por las cifras obtenidas parecen suficientes las referencias a las otras inversiones contemporáneas propuestas. Actúan como la cota de referencia en los trabajos geodésicos: son un límite por debajo del cual estaría, desde cualquier criterio, incluso la más compleja de las iniciativas económicas, de las activas en la agricultura de los cereales, que en 1750 se sirviera del mercado del crédito para el campo. Definido con este parámetro el máximo, al análisis de los órdenes financieros del campo permite estimar su alcance real.

Si la referencia son los tipos de inversor no es mucha la distancia que se puede observar entre un medio y otro. Corporaciones de las mismas clases que hemos visto actuar en la población agrícola actúan también en la ciudad. Bajo este criterio, la diferencia solamente la marca la participación abierta de los inversores personales, propios del centro urbano. Son las cantidades que arriesgan las que marcan límites con más nitidez. En la población de referencia, el superior del riesgo tomado por el crédito rural era 60.000 reales contables, cantidad que igualmente marcaba el límite para la mitad inferior de la inversión urbana. En la inversión en el negocio fiscal relacionado con el comercio, el techo estaba mucho más alto, algo por encima de los 450.000, y la mitad de las inversiones en este superó la barrera del crédito rural. No hay duda de que el término de comparación elegido es una referencia precisa para la descripción del orden superior en el empleo del ahorro, así como para trazar con seguridad la escala a la que estaba relegado el crédito en el campo a mediados del siglo décimo octavo.
El tamaño de la inversión parece reservar la relación más directa a las distancias que deben recorrer los ahorros para encontrar su destino. El incremento de la distancia tendía a variar, en razón directa, con el incremento de las inversiones. El movimiento del capital en el espacio generaría un costo que aumentaría con la distancia, a veces en magnitudes que podían ser muy significativas cuando se operaba materialmente, solo recompensadas por el tamaño de la inversión. Es una ley interesante a la parte del objeto cuya restauración perseguimos. En torno a los 60.000 reales contables se sobrepasaría el radio comarcal para entrar en los órdenes regional y superiores. Para el crédito que atendía las demandas rurales, su escala propia, según enseña el mercado de referencia, sería la comarca o negocio entre poblaciones colindantes. Esto limitaría el movimiento, desde las ciudades donde se concentraba el capital financiero, a favor del crédito en las poblaciones rurales.

Pero tan valioso como este marco, para el mismo objeto, es lo que debemos reconocer sobre la mitad de las inversiones en la ciudad: comparten el tamaño del ahorro que se arriesga en el negocio financiero del campo. Que fluyera hacia el negocio que se alimentaba del comercio o al crediticio que actuaba en la economía agrícola lo decidiría la oportunidad. Una parte pudo operar al mismo tiempo en los dos, y por tanto en alguna proporción estar presente en las inversiones que analizamos. En tal caso, estaríamos ante interesados en el negocio financiero absolutos.

El análisis de los ahorros que fluyen hacia la ciudad conduce también hasta el descubrimiento del principio que puede explicar esta divergencia de comportamientos, todavía más útil para la historia del crédito rural. La posición relativa de este, entre todos los mercados activados por el negocio del dinero, era la del margen, tanto más si se amplía el campo de visión y se observa que en aquellos momentos el ahorro podía obtener rentas mucho más altas que las deducidas de las cuotas de beneficios proporcionadas por el crédito. En el origen del doble mercado del dinero de la ciudad, intervenido y libre, significados que hay que atribuir a los eufemismos más frecuentes en el momento, censatario y mercantil respectivamente, en parte estarían las condiciones para operar en el negocio impuestas por la ley.

El racionalista económico, preocupado por el empleo correcto de sus silogismos, en esto vería mejor la fuerza inexorable de las decisiones óptimas, que como hechos humanos también se podrían llamar comportamientos gregarios, los que siempre terminan imponiéndose; sin tener en cuenta que no puede haber razones donde no hay reglas.

El crédito a premio, legal o tolerado, cuya vigencia en el medio rural resulta tan escurridiza; que solo actuaba de manera descubierta en los grandes mercados urbanos, que se reducían a la ciudad sede del monopolio colonial y la capital de la región; en los casos más lucrativos, a mediados del siglo décimo octavo, conseguía vender a un 8 %. Las participaciones en los detrimentos fiscales al tráfico comercial estaban proporcionando, hacia 1750, una rentabilidad comprendida entre un mínimo del 16 % y un máximo del 28. No cabría discutir que la alta rentabilidad del comercio con América sería la responsable de la tensión al alza de los tipos de interés comerciales. Cuando estas operaciones se estaban formalizando, la tarifa del crédito censal, que entonces dominaba en el mercado del crédito de capitales en el medio rural, se había inmovilizado en un modesto 3 % anual. La oportunidad de invertir en los ingresos fiscales, el menos rentable de los cuales duplicaba las ganancias en perspectiva de la mejor usura, por la razón deducida incluiría a los inversores pasivos más capaces, por encima de cualquiera de los actuantes en los otros dos mercados. Su descripción analítica, probablemente demasiado premiosa, que tiene en cuenta su aptitud para arriesgar cierto tamaño de los ahorros, permite mediante esas cifras cuantificar las distancias entre el óptimo relativo de las inversiones de alta rentabilidad, y escaso riesgo, y los pedestres inversores rurales, expuestos a los rigores del tiempo imprevisible.

Admitir flexibilidad en el comportamiento de los inversores de rango inferior daba mayor solidez al hecho aislado, la existencia de un universo con carácter llamado crédito rural. Su oferta estaría determinada por el mayor atractivo del crédito al comercio, polo cuya capacidad para imantar despejaba una parte de la competencia y le dejaba todo el campo. Las instituciones sobre las que se sostuviera serían las que no tuvieran demasiada renta neta, que no podrían aventurarse en operaciones exigentes, las que permitían un reparto de beneficios mayor. Muy probablemente eran las rentas secundarias o incluso marginales, de todas las que eran obtenidas del patrimonio familiar activo, las que circulaban hacia el crédito en el campo, hacia todo el negocio financiero rural. El tamaño máximo del capital de esta clase a disposición de los inversores, indicado en nuestra experiencia por el valor 60.000 reales, marcaría la pauta convencional para decidir sobre la dirección del riesgo. De no existir, todo el capital huiría a donde había más rentabilidad.

Además, la resignada posición del crédito rural sería otra obra de la remuneración común del capital en las poblaciones rurales. Sobre la más baja con diferencia, era escasa; para los observadores clásicos prolongación hasta el mercado financiero de los bajos rendimientos que entonces pesaban sobre las actividades económicas de aquel medio, dominadas por la agricultura de los cereales.

La espiral de la descapitalización que en consecuencia la amenazara la accionaba una circunstancia. Se transferiría poco capital a la producción agrícola porque el beneficio que la demanda de esta proporcionaba, cíclico, se podía obtener con más facilidad mediante la importación del trigo ultramarino; siempre que se acepte que trigo ultramarino significa exactamente no solo lo que parece, el importado de economías exteriores, sino también trigo almacenado, incluso en las bodegas de los barcos, que por su pérdida de calidad bien podía parecer expuesto a la humedad de las travesías marítimas, aunque en realidad procediera de la inversión masiva y oportuna en la producción regional que era almacenada.

Justamente por esto sería más razonable desviar cuanta inversión rural fuera posible al crédito mercantil, expresión en la que debemos incluir, si aceptamos la acotación precedente, el empleo de fondos en la adquisición de las cosechas de la región al por mayor cuando la alta concurrencia deprimía los precios.

Si esto fuera así, tendríamos que admitir que sería muy probable que el discreto crédito rural, modestamente, esperara en la remuneración que pudiera proporcionarle al capital arriesgado la otra parte de los ciclos, la de alza de los precios; una esperanza limitada e incierta pero verificable antes o después; una incertidumbre que permitiría a la demanda ganar la posición de dominio en estas relaciones.


Principio de la gravitación universal II

Narrador
Replicante primero
Replicante segundo
Contradictor ocasional

Cuando el valor de sus bienes disponibles fuera el más alto, en opinión de una familia rural, era más probable que para inmovilizarlo prefiriera instituciones civiles. De todas las previstas, la más frecuentada fue el vínculo, aunque la opción a favor del procedimiento no permaneció invariable a lo largo del tiempo. Por encima de los dos tercios de las iniciativas de esta clase, si nos atenemos como referencia al marco de nuestro análisis, tuvieron su origen en la segunda mitad del siglo décimo sexto. Luego probablemente, en las tierras que se vieron afectadas por la sabana diferida, el vínculo conoció su mejor época entre 1550 y 1600. Las restantes fundaciones de esta clase, con frecuencias casi equiparables, se repartieron entre la primera mitad del décimo séptimo, la segunda y principios del siglo décimo octavo. Es probable que el vínculo, común a toda la época moderna, fuera una institución que en las poblaciones del sur contribuyera al menos durante unos doscientos años a fijar una parte de las posiciones que algunas personas, porque habían atesorado riquezas generadas en sus campos, pretendieron perpetuar.

–Parece inútil demorarse en enunciar cantidades. Todos los cálculos que podamos presentar serán una deformación, alentada por los peores prejuicios. Quien hace cálculos y toma cifras, con la arrogancia de quien no duda de su certeza, selecciona cualquiera de los dos momentos del proceso. Sabiendo que todas las operaciones estarán hechas a partir de una observación premeditadamente limitada, porque restringida tiene que ser cualquier visión, aunque la voz que transforme la imagen proceda de la cofa del carajo, vulgarmente llamado palo mayor, desde donde se hace visible el horizonte en el circuito de la rosa de los vientos, darles alcance mayor que el de las inconsecuencias de quienes residían en una población sería un abuso.

–Polibio, entidad vital no extinta gracias al verbo que lo reencarna en una imagen venerable, en el que su P es robustez, la l claridad y elegancia y la b declaración sincera; garante del relato heroico, detestaba mentir con verosimilitud. Alertaba contra sus contemporáneos que se esforzaban en proporcionar cifras sobre el tamaño de los ejércitos. Instruido por la ingente experiencia de Escipión, a cuya sombra se ennobleció, nunca dudó que cualquiera de los relatos bélicos que cifraban en decenas de miles el número de los combatientes fuera veraz. Ninguna infantería era capaz para imponerse a otra si no extendía su número sobre el territorio que debía ocupar, como no pueden los automóviles adueñarse de la inmensidad de las ciudades si no se acumulan innumerables, como las nubes para la tormenta o las voces para el estruendo. Su desconfianza, y con ella sus advertencias, se concentraban no en quienes defendían magnitudes enormes, sino en aquellos que presentaban cifras tan exactas que evitaban terminar en cero.

“No está al alcance del analista retrospectivo ser preciso, porque el tiempo, como la silenciosa y constante edad, modela y suaviza los contornos de los cuerpos que en su origen pudieron estar delimitados por aristas cortantes. Pero no sería sensato renunciar a los números, por parciales que pudieran ser, por mal que nos sirvan quienes los manipulan. Cualquier proporción reduce a su orden las acciones humanas, y expresa con la exactitud de lo impreciso que nada de ellas es completo, que ninguna lo contiene todo, que no hay decisión, por ambiciosa que sea, que pueda abarcar todo el comportamiento, que ninguna explicación, aunque toda una casta se esfuerce en sostenerla, será universal.

Se conoció con el nombre de vínculo la rigurosa iniciativa, no obstante recogida y amparada por la ley, que permitía designar una parte del patrimonio familiar para que cumpliera con las obligaciones hereditarias comunes y mantener intocada la otra, para que permaneciera siempre sin dividir ni traspasar en forma alguna, salvo la dictada por su promotor y ateniéndose al orden sucesorio por él decidido.

Si había concluido que la cantidad designada para satisfacer las legítimas debía ser un tercio de todos los bienes que la familia bajo su responsabilidad había atesorado, podía hacerlo. Y si quería incrementar en un quinto esta cantidad, nada se lo impedía. Porque sus obligaciones de reparto de la riqueza común entre todos los miembros del grupo podían quedar limitadas por la suma de esas dos proporciones. Si su deseo, en el momento original, era que el beneficiado por la segregación fuera su hija menor, el segundo de sus nietos o el primero de sus sobrinos hijos del cuarto hermano, tampoco había sido dictada exigencia alguna que lo obstaculizara. Para que tuvieran vigencia indefinida, decisiones como estas no necesitaban más requisito que la voluntad de quien las tomaba. Al responsable de los bienes de una familia que incurriera en el deseo de preservar mediante esta fórmula una parte de sus bienes le bastaba como justificación su capricho, como al déspota en sus dominios, que podía decidir sin que lo coaccionara ley alguna; tosca prevalencia que sin dejar de llamarla derecho la norma alentó y mantuvo.

Como los designados para que disfrutaran del lote de bienes originales de un vínculo solían ser los descendientes directos del grupo familiar, medio natural de la existencia de la solución legal, con esta decisión se pretendía conservarlo indefinidamente en su poder. Así manifestaba que para lo sucesivo su propósito era que quedaran garantizados su posición y el reconocimiento que a su parecer merecían, al tiempo que desviaban el curso espontáneo de los linajes, según el cual unos deben ascender y caer otros a impulso de los elementos que exceden a los poderes.

Según avanzaban nuestras indagaciones, fuimos descubriendo que el momento biológico de las familias había decidido sobre la clase de instituto inmovilizador que elegían, lo que nos permitió aislar algunos principios del recurso al vínculo. Cuando de ellas sobrevivía la parte fundacional, compuesta con los cónyuges y al menos una parte de la descendencia, era más probable que lo prefirieran sobre cualquier otro instituto, dado que garantizaba la independencia en la gestión del patrimonio que se quería asegurar. Los registros demostraban que con bastante frecuencia eran matrimonios, actuando de común acuerdo, quienes los fundaban haciendo uso de la porción disponible de sus bienes.

No hay que excluir que la situación biológica fuera similar cuando en los documentos solo emerge un hombre como autor de la fundación de esta clase de obras. La línea masculina podía ser fuerza suficiente para imponer tal decisión en algunos casos.

–Así había ocurrido con un varón que había recibido de su padre, al mismo tiempo que su hermano, unas tierras con la condición de que no fueran divididas, razón por la cual con ellas decidió crear un vínculo.

–Dado que el matrimonio biológicamente activo era el origen regular de estas fundaciones, las familias que prefirieran esta inmovilización, la más exigente, habiéndose propuesto evitar la dispersión de sus patrimonios, se verían en la obligación de ser restrictivas de su crecimiento. Estimularían la perpetuación de una rama, la agraciada con la designación, y cercenarían las demás.

–Aun así, existiendo ya los vínculos, que desearan la concepción de hijos secundarios quienes ya habían tomado tal decisión institucional podría valer como inversión diferida, previsora de una agresión de la muerte, actriz que repudiaba los guiones escritos en las notarías. Su renta se obtendría al cruzar sus vástagos vivos con los de otras familias que hubieran destinado uno de sus descendientes a empleos similares. La dimensión legal que así podrían ganar algunos patrimonios permitiría a una familia acceder a la casa, la empresa civil de mayores dimensiones que conoció la época moderna.

Solo excepcionalmente el origen del vínculo fue obra de una viuda. Aún menos frecuente fue que una mujer casada optara por actuar por cuenta propia de una manera tan comprometida, y entre las singulares fundadoras de aquellos institutos hubo una que previamente lo había sido de un convento femenino.

–Teniendo en cuenta que cuando una mujer tomaba aquella decisión con autonomía era más probable que fuera viuda, creación del vínculo y dotación de un convento femenino pueden parecer dos piezas de una misma obra familiar; una destinada a mantener la rama elegida para que fructificara, la otra para que entibiara la extinción de la generadora ya condenada a desaparecer, después para imponer la disciplina biológica adecuada a las reservas de pubertad de la misma familia.

Bastaba con que los bienes del lote inmovilizado, generalmente raíces y con preferencia rústicos, fueran reservados al primogénito de cada generación incurso en la línea seleccionada para que el vínculo se denominara mayorazgo. Trabajaba a favor de la primogenitura el atavismo que pesaba sobre las creencias inspiradas por la fecundidad, que presuponía más vigor para los concebidos antes, así como el disciplinado comportamiento que imponía la muerte inevitable.

–Los promotores del mayorazgo justificaban los rigores de su fundación pretextando que les parecía necesario proteger su linaje, como en las reservas biológicas había anatomistas que trabajaban en favor de la supervivencia de ciertas especies, aun a costa de la existencia de otras.

A juicio del fundador, su existencia debía ser indefinida.

–Fueron las familias más poderosas las que incurrieron en este exceso. Pretendían garantizar el traspaso de todos los derechos que a quienes ya ocupaban la posición pública más sólida aseguraban preservar su condición y perpetuar su preeminencia.

Es posible que el vocabulario utilizado por los registros, instantáneas circunstanciales de lo que se entendía por cada cosa, no fuera del todo riguroso cuando tenían que distinguir entre esta institución y la precedente. El vínculo, aunque nada obligara a comportarse de este modo, solía transmitirse también dando preferencia a la línea del primer varón nacido. Pudo ocurrir, a quienes convivieran con ambos, que a consecuencia de una simplificación mayorazgo fuera el instituto de este género que había inmovilizado un patrimonio de mayor tamaño.

Pero actuaran los escribanos con más o menos rigor cuando elegían las palabras, pudimos deducir sin ambigüedad que el mayorazgo, en el medio rural moderno, no estuvo entre las instituciones preferidas para confiarle la conservación del lugar público que los más potentados hubieran ganado en cada población. Si alguna vez fue tomada en cuenta esta posibilidad, pronto debió desecharse. Solo la fundación de uno, a iniciativa de un matrimonio, pudimos documentar en la de referencia, y para una época relativamente temprana. Entre 1544 y 1550 había completado el procedimiento que lo mantendría operativo en adelante.

Para avanzar en el análisis de las transmisiones familiares más calculadas, antes es necesario reconocer la vigencia de un hecho primordial, origen entre nosotros de una agria controversia; lo que no obstó para que acordáramos reconocerlo como una invariante, común al tiempo sobre el que extendíamos la observación. El injerto del que tratábamos no fue exclusivo de las coronas hispánicas. La iglesia romana, sin dejar de ser una potencia extraña a ellas, consiguió infiltrar su canon en la constitución de las monarquías europeas, una porción de las cuales aun lo respetaba pasado más de un milenio.

A pesar del acopio de elementos de juicio y la confrontación de argumentos, para el hecho primitivo no pudimos encontrar una explicación satisfactoria. Las decisiones imperiales de principios del siglo cuarto, una vez descalificadas diez siglos después como soporte de los derechos que se arrogaba la iglesia de occidente, no podían avalar la hibridación. Se daba además una circunstancia, que la primera impugnación de aquellas decisiones había sido obra de otro emperador, Juliano, a quien por esta causa la iglesia heredera del imperio se apresuró a denostar como apóstata, juicio que desde entonces lo acompaña y ha conseguido perpetuarse como sobrenombre que lastra su fama.

Dado que no podíamos disponer del mejor relato independiente, autorizado por su proximidad a aquellos hechos, el de Amiano Marcelino, inopinadamente perdido justo en la parte donde se escrutaban, nada ha contribuido a encontrar una explicación satisfactoria de la simbiosis original y sí a sospechar que los fundamentos de la misma en absoluto no eran sólidos. Tal vez los legisladores conciliares, responsables de las iglesias de los reinos en los que se descompuso el imperio de occidente, tuvieron más capacidad para decidir en una obra jurídica que pudo ser colonizadora, del canon sobre la legislación civil, amparados en que una parte de las decisiones que tomaban tenían alcance moral, materia de la que se tenían por responsables exclusivas.

Pero, tras días de examen de una parte de la dogmática, y sobre todo de los documentos disponibles, nos pareció, más probable que cualquiera de las otras causas del extraño fenómeno, que al menos en el medio rural, con el tiempo, el injerto del canon papal en el sistema civil, sin dejar de ser un intercambio de poderes que la ley había naturalizado, fuera la obra cotidiana de los escribanos, juristas locales en cuyas manos las familias ponían la solución legal de sus necesidades materiales. Conocedores de los medios normativos disponibles, recurrían a los productos del ingenio jurídico sin tomar en consideración su pureza, antes su utilidad a los fines deseados verificada.

La consecuencia positiva fue que durante siglos no estuvieron enfrentados el orden eclesiástico y el secular. Desde la edad media, las instituciones eclesiásticas romanas, sin que dejaran de celar su independencia, no se opusieron ni fueron ajenas al orden civil castellano; derecho secular y derecho canónico se mantuvieron independientes con escrúpulo, y el esfuerzo estimuló la hibridación, como del error sobre la prevalencia de la identidad propia nacen los descendientes, tiernas entidades no obstante naturalmente ajenas.

Buena parte de las instituciones por las que debíamos interesarnos, con la anuencia del derecho canónico, que actuaba como la trama sobre la que se tejían las relaciones civiles, fueron creadas, e incluso puestas a su servicio. La documentación persuadía sobre el papel protagonista que al aval eclesiástico correspondió en el reparto de una función económica principal, al menos en el espacio objeto de nuestra experiencia. A la ventaja de la inmovilización de bienes, la conexión con instituciones canónicas añadía la inmunidad de servicios, próxima a lo que hoy entenderíamos por exención fiscal. De efecto para el gasto corriente, era el incremento relativo del beneficio que cualquiera de las adscripciones a aquellas fundaciones proporcionaba cuando se hacía uso productivo del patrimonio inmovilizado, para algunos un motivo suficiente para justificar la generación del híbrido.

Instituciones civiles complicadas con otras eclesiásticas en el medio rural, unas con grandes propósitos y otras más modestas, pero creadas todas para alcanzar el objetivo compartido de inmovilizar bienes, fueron las capellanías, las cofradías y hermandades, los colegios, los conventos, los hospitales y los patronatos, más otras iniciativas piadosas menores que nuestras fuentes también registraban. Algunas eran muy singulares.

–Habiendo sufrido el excesivo costo de la luz, un espíritu generoso decidió correr con el gasto de energía que originara una lámpara, para que su llama, símbolo de la vigilia ininterrumpida, alumbrara siempre el Santísimo, o grado superlativo del sacrificio; acto digno de agradecimiento porque, para quienes compartían la creencia, contribuía a la salvación de las almas.

–También fue promovida una mesa para los pobres de una parroquia, forma figurada de referirse al gasto causado por la alimentación de un grupo de indigentes que, de esta manera, una vez elegidos, podrían sobrevivir sin verse en la obligación de trabajar.

–Asimismo, gracias a otro ingenio extraordinario, pudo prosperar una orden de las llamadas terceras, cuyo objeto de culto era un escapulario, instituida en un convento de orden mendicante y creada para que su credo se extendiera a la sociedad civil. Por desgracia, tan frágil enseña jamás ha podido identificarse.

Para quienes deseaban inmovilizar protegiéndose con la doctrina y el código de la iglesia romana, sin por eso verse obligados a abandonar su posición civil, la capellanía fue el mejor recurso, porque disponían sin esfuerzo de una coartada, la que proporcionaban las decisiones legales de contenido piadoso. De sus modalidades, la más simple, llamada memoria, fue la más frecuentada.

Se denominaba así porque la justificaban con la piedad que inspira la muerte. El fundador de cada una, movido por la pasión de mantener indefinidamente su recuerdo, o el de algún pariente del que ya lo separaba la mayor de las distancias, la creaba para cumplir con los ritos de actualización que prescribía en el documento de origen, justificados a su vez por el deseo de salvación eterna; un espejismo en el que ni aun los autores de los testimonios monumentales incurrieron, una vez adquirida la conciencia de que también las lenguas se extinguen y que por tanto la memoria de su paso por el mundo, en el caso más favorable, se prolongará el tiempo que consiga sobrevivir el medio literal que eligieron para ser imaginados tras su muerte.

Todos los que declaraban la finalidad de su fundación se referían a la misma, que indefinidamente se dijeran misas en determinadas fechas del año, por la salvación de las almas de los parientes próximos, como padres y hermanos, y de la propia, supuesto que el ser estaba depositado en tal esencia, entidad con la que se especulaba desde la antigüedad y que se creía inextinguible. Debían verificarse en determinado altar, dedicado a una advocación, nominativo sacralizado por aquellas creencias, erigido en cierto templo. El número de misas que dejaban encargado era siempre bajo, nunca más de cuatro al año, con frecuencia solo una, si bien preferían que al menos fueran cantadas. Algunos añadían el encargo de una vigilia, el rito creado por la iglesia romana para conmemorar a los difuntos, que también llamaban víspera. Elegían momentos significados para su cumplimiento. Eran señalados, por ejemplo, la festividad en la que se recordaba la alegoría que se personificaba en San José, potente símbolo de la adversidad sufrida con paciencia, o el día de la Natividad que aún celebra occidente.

–El atractivo de esta conmemoración –nos contó Heresias, nuestra mayor reserva de erudición–, entrañable recuerdo para sus melancólicos fundadores, algunos lo han justificado porque recibió viejas celebraciones en trance de extinguirse. En ciertos pueblos, con ocasión de las fiestas del Nacimiento, con la candidez que caracterizaba la vida del campo se recurría a diversiones domésticas muy edificantes. Una de las más frecuentadas fue conocida con el nombre de Boca del dragón.

“En un plato se vertía un licor añejo, decantado de las mejores soleras, las mismas que el sano espíritu festivo de cada hogar, impaciente por celebrar las ocasiones, de sus cosechas reservaba para cada conmemoración única. Antes de que el preparado saliera de la cocina, en el líquido se habían sumergido pasas, otra de las obras familiares que la espera del momento enjoyaba. Cuando ya todos los convocados disfrutaban de la mutua compañía alrededor de la única mesa fraternal, en cuyo centro había sido dispuesto el plato con las pasas, el licor era prendido.

“Bajo la amenaza de las llamas se procedía al banquete; como ahora, en el transcurso de la celebración equivalente, la espada de los parientes pende sobre el menú ofrecido por la anfitriona. Los comensales, cuando aún ardían, con una de sus manos debían atrapar los frutos que estaban carbonizándose y comérselos. Cualquier agresión de las llamas, en los dedos o en la boca, era celebrada con vivas muestras de regocijo por la comunión de los consanguíneos, entre quienes los lazos de parentesco se cruzaban hasta grados tan proveedores que ni las peores quemaduras impugnaban, fuera en lenguaje directo o con el recurso a las alusiones, que con el bálsamo de las palabras serenan los peores impulsos del corazón; hermanos junto a hermanos, cuñados frente a cuñadas, pacientes nueras o jacunos yernos paralizados por el rostro pétreo de suegras ingobernables.

La responsabilidad sobre cada memoria solía comprometer a corporaciones. Con preferencia, las elegidas eran el clero del templo más próximo a la residencia del fundador o el que ejercía en donde ordenaba su enterramiento, lugar sagrado en el que actuaban sus celebrantes idóneos. También eran designados con este fin profesos de conventos masculinos, que se identificaban por sus nombres y localizaciones, o una confraternidad, que en la ejecución de la voluntad del fundador actuaría como intermediaria entre la decisión y un clérigo, a quien se le encargaría la liturgia prescrita.

–El estado biológico al que correspondía la fundación de las memorias tal vez fuera uno de los más definidos. Eran menos la iniciativa de un hombre y más la de una mujer, soltera o viuda antes que casada. Como de una parte de las de origen documentado se puede afirmar que fueron creadas por presbíteros, parece que fue la soledad civil la que al menos en parte recomendó aquella consecuencia institucional.

–El recurso a la fórmula también pudo ser inducido por una evolución de la familia que incluyera la prematura extinción de la descendencia. Pudo ser una salida a la que con mayor frecuencia recurrieron sus promotores al final de sus vidas, momento en el que las otras posibilidades inmovilizadoras habían quedado bloqueadas.

La memoria fue el instituto inferior, en el orden del rigor legal, del sistema de transferencia de renta causado por el deseo de inmovilizarla, tal vez preferido en ciertas épocas. Casi todas las que pudimos analizar tuvieron su origen en la segunda mitad del siglo décimo sexto. Pero al margen de quienes fueran los responsables del cumplimiento del mandato, o el volumen de los bienes destinados a él, su fundación, porque se hacía al amparo de las instituciones eclesiásticas que dominaban en occidente, daba origen a un procedimiento de gestión en el que a partir de aquel momento intervenía la autoridad que sobre las ideas religiosas dominantes se había erigido.

Fábrica era el departamento que se encargaba de la gestión económica en una parroquia, segmento de un núcleo habitado cuya población castellana, inmigrada tras la ocupación militar, era asignada por la iglesia de los papas para atraerlo con su actividad religiosa a los templos que en él decidiera mantener abiertos. Los ingresos que obtenía eran los responsables de sostener los edificios, y todos los enseres que para ellos hubiera aportado la administración episcopal.

Pudieron ser las fábricas beneficiarias de donaciones de bienes inmuebles, por vía de limosna, y esto proporcionarle una parte de sus ingresos, transferencias que para la legislación civil seguirían el curso regular e irían ganando las propiedades previstas, de inmovilización y amortización, que les permitieran mantenerse indefinidamente solo como fuentes de rentas. Pudieron también las fábricas ser designadas como responsables del cumplimiento de memorias por vía de manda testamentaria, y de este modo incrementar los medios que les permitían atender el complejo de sus responsabilidades. Pero el ingreso de cada fábrica parroquial estaba sobre todo garantizado por su participación en la primera renta eclesiástica.

Al tiempo que desplegó su red para la gestión de sus creencias, el papado y sus extensiones diocesanas dispusieron, también por cesión legal, de unos ingresos con los que financiarse, la renta conocida con el nombre colectivo de diezmos, el mayor éxito político de la iglesia de occidente durante la edad media y su recurso más importante. Consistía en la detracción de la décima parte del producto bruto agropecuario, que ella misma regentaba. Los diezmos del trigo y la cebada se ingresaban en especie, que se comercializaba o no, en todo o en parte, a voluntad del perceptor. Los demás, que asimismo deducían la décima parte del resto de la producción agropecuaria anual, en la práctica eran bienes financieros porque tanto su cobro como su reparto trasladaban los valores del producto a los signos monetarios vigentes.

Decidió aquella iglesia que el cobro de los diezmos fuera competencia de cada parroquia, la unidad de su orden territorial, aunque en los lugares más habitados esta jurisdicción retributiva mínima con el tiempo había ido cediéndola a otra intermedia, la vicaría, creada para asegurar entre otros el control de la recaudación de tan importantes rentas. Pero solo a la captación de los pagos debidos quedó limitado el trabajo de cualquiera de las dos unidades administrativas, porque a la gestión y reparto de lo ingresado en cada lugar, al menos en la región, nunca renunció el centro del poder episcopal, el cabildo catedralicio de la sede apostólica.

Del diezmo la fábrica deducía el justamente llamado tercio de fábrica. La expresión respondía a que en el momento de su imposición a cada una estaba reservada la tercera parte de la renta obtenida por cada uno de los diezmos cobrados en ella. De esta manera se garantizaba, a la aplicación de medios, el principio de proporcionalidad directa a las necesidades de cada comunidad, puesto que entre el volumen del ingreso y el tamaño de la población, inmigrante en el origen, al mismo tiempo comunidad religiosa, había una relación inmediata. La riqueza de cada fábrica, como la de los beneficios, variaba en función del número de fieles que la nutrían, así con sus limosnas como con sus diezmos, rurales y no urbanos.

Posteriormente, ya en la baja edad media, la iglesia romana creyó oportuno revertir a la corona una parte de lo que esta le había reconocido, abriéndole la puerta a su participación en los excelentes ingresos que proporcionaba el diezmo. Las perjudicadas con esta transacción fueron las fábricas parroquiales, que vieron reducida su detracción de la masa diezmal a una novena parte. Fue sin embargo suficiente para cumplir con su objetivo, como la obra moderna de los templos de la región aún reivindica.

El beneficio eclesiástico, obtenido en competencia con otros aspirantes, era una de las posiciones más sólidas de cuantas quedaran al alcance de un presbítero, la persona que había decidido someterse a la disciplina sacerdotal de la iglesia de occidente, tras completar la formación con este fin prevista por su canon. No tenemos claro cómo se fueron constituyendo los beneficios comunes, cuáles fueron las primeras rentas que los permitieron, aunque sí estamos seguros que fue posible mantenerlos porque la iglesia romana, en su vertiente secular, disponía de un sistema de rentas garantizado por el diezmo, cuyos recaudación y uso consentían mantener en los templos determinadas plazas de sacerdote dotándolas con cantidades importantes. Con otro tercio de los ingresos que en cada parroquia proporcionaba anualmente, el cabildo catedralicio, su inflexible administrador, aseguraba una renta anual a cada hombre que ejercía de beneficiado en ella.

Probablemente segregar estos ingresos regulares y cuantiosos, para que se convirtieran en una renta personal exclusiva, fue posible al ritmo que el trabajo de la parroquia no solo se acumulaba, sino que permitía especialidades. Las fundaciones que obligaban al cumplimiento periódico de encargos litúrgicos proporcionarían una buena oportunidad. Una parte del clero, que ya pudo tener ganada la condición de beneficiado porque percibiera una porción de los diezmos, y por tanto ya disponía de una posición preeminente, se atribuiría esta dedicación. Como todos los encargos de misas creaban capellanías, todas las decisiones de esta clase contribuirían a consolidar la institución beneficial.

La atención cotidiana a los creyentes comunes se limitaba a satisfacer su demanda de sacralización de los actos vitales más sencillos, una actividad justificada como cuidado de las almas, que fue siendo atendida en las parroquias por los sacerdotes conocidos como curas. A pesar de los escrúpulos para eludir cualquier apariencia de simonía, atendían los cultos mediante las limosnas correspondientes, que con el tiempo tuvo que tarifar a la baja. Así obtuvieron los curas su renta personal, así su iglesia justificó que esta función les estuviera reservada y que gracias a ello hubieran adquirido responsabilidad pública como parte de las instituciones del estado. Si actuaba de aquel modo era porque estaba obligada por el deber apostólico permanente que se tenía impuesto. Por haberse comprometido a ser católica, no podía resignarse a no expandirse, tal como las economías quedaban atrapadas por la aspiración permanente al crecimiento.

–De Doménico Contino, alcalde por el estado noble, contemporáneo del emperador Carlos, se contaba que llegó a la primera ciudad del litoral con el propósito de embarcarse, tras sufrir un revés que lo condujo a abandonarlo todo en pocas horas. Mas decidió hacer a nado la travesía hasta la otra orilla, decepcionado por su bolsa, urgido por el deseo, confiado a su fortaleza. Las primeras millas las completó sin gran esfuerzo, sin que su cuerpo le exigiera tener bajo sus pies tierra firme. Flotaba con la gracia de un ser anfibio, con la misma naturalidad que las aves se suspenden en el aire. Cuando ya había perdido de vista la costa, y aún en el horizonte la línea del agua se fundía con la del cielo, hubo de aumentar la tensión de sus músculos y apretar los dientes. Todavía avanzaba con una cadencia aceptable, patadas al agua, abrazando las ondas.

“Empezó a declinar el sol, cuya punción le había acosado rostro, nuca y espalda durante toda la jornada. Cuando se fue enrojeciendo a su derecha, y el agua terminó por ocultarlo, se sintió revitalizado y redobló su esfuerzo. La línea de contacto entre el aire y el mar no había cambiado de lugar. No pasó mucho tiempo antes de que el púrpura del crepúsculo se convirtiera en el gris de las tinieblas. Alentaba por la nariz, evitaba abrir la boca. El choque de los labios con el agua multiplicaba su sed, en la garganta se le abrían grietas. La bruma del amanecer lo sorprendió braceando al margen de su voluntad, como si un automatismo se hubiera apoderado de su cuerpo y le impidiera parar. Durante la noche había perdido la orientación, de su conciencia ya se había apoderado la certeza de que en el momento que dejara de nadar se iría al fondo.

Beneficiados y curas quedaron secularmente antagonistas, y defendieron sus respectivas posiciones a costa de los ingresos de su oponente. Entre las contiendas más conocidas estuvo la que los enfrentó por el derecho a la primicia, que duró toda la época moderna; un modesto ingreso, parásito del diezmo, que los curas solían percibir. En lo fundamental las posiciones quedaron bien definidas. El de beneficiado parroquial se convirtió en el título necesario y suficiente para participar en el reparto de todas las rentas eclesiásticas, la primera de las cuales era el diezmo. Y mientras que el beneficiado retenía los ingresos generados por toda clase de bienes adscritos a esta iglesia, para el cura quedaron los que proporcionaban los servicios parroquiales. De las diferencias de cantidad entre unos y otros resultaron los que convencionalmente se conocen como alto y bajo clero. La condición aristocrática del primero, en la escala local, la demuestra una cifra. La corporación que agrupaba a todos los beneficiados de la población de referencia tuvo siempre en torno a diez miembros.

Habiendo ganado el derecho a participar en las rentas eclesiásticas llamado beneficio, sus más significados poseedores habían recurrido a constituirse en corporación allí donde acumularon un patrimonio común; una sociedad que decidimos denominar, salvando las distancias, y solo porque desde el principio había sido nuestro deseo enunciar el problema en los términos más directos, el gremio de beneficiados, porque como los gremios tenía efectos de monopolio para la percepción de la renta correspondiente y su circulación: aspiraba a imponerse en el área en la que actuaba, hasta el óptimo de la exclusión de la competencia. La ventaja la garantizó que la institución eclesiástica que confería tales títulos consiguió que en aquellos reinos fuera la única activa de cuantas en Europa fueron organizadas. Su poder procedía de la restricción original de la actividad a la que se dedicaban, ejercida por pocos individuos, ninguno de los cuales disponía del suficiente para imponerse a los demás. Entre ellos no había quien fuera dueño de derecho alguno. Asociados en la corporación, adquirieron capacidad para decidir con menos obstáculos, como el señor en su dominio, y hacerse acreedores de privilegios que satisficieron sus objetivos. El grupo todo constituido en colegio fue capaz para inmovilizar, utilizando los reconocimientos ganados, patrimonio propio que generara renta.

Corporaciones tituladas universidad las había constituidas para atender distintos fines. En la época eran poderosas las interesadas en el comercio, aunque las más antiguas eran los colegios de gobierno de los municipios del norte y noreste de la península. La de beneficiados fue una corporación de presbíteros poseedores de título de beneficio de alcance local en algunas poblaciones. La que hemos analizado, con bastante probabilidad, tal vez fuera la primera asociación de hombres dedicados al sacerdocio en la población de referencia, si exceptuamos las que pudieron existir en la antigüedad. Hay indicios fundados de la actividad de un colegio de galos a los comienzos de la era. Al principio, eran hombres que se emasculaban para consagrarse a los cultos de Cibeles y Atis. Tan rigurosa disciplina era común a una parte del sacerdocio más primitivo, y hoy la crítica la reconoce como la fuente que inspiró el celibato. Asociado a la condición clerical en algunas culturas, aun considerándose una parte de la civilización, ha conseguido sobrevivir hasta hoy.

La denominación con la que fue conocida parece que comenzó en el siglo décimo cuarto, aunque ya a fines del décimo tercero el legislador había decidido a favor de un cabildo de clérigos. Es posible que su institución, como otras corporaciones de origen medieval, la adquiriera justo al ser objeto de privilegio y no porque dispusiera de estatuto por iniciativa real o propia. Hasta entonces habría sido un grupo de hecho, distinguido por su destino. El colectivo lo compondrían al principio los sacerdotes a quienes la administración eclesiástica vigente, aliada a la corona para sus planes de expansión, les adjudicaba las rentas de las parroquias.

Además de un gremio de hombres que habían ganado para sí este bien a través de los ingresos parroquiales, fue un gran consorcio de memorias. Por esta causa, a la dedicación y las ganancias de cada beneficio, una vez instituida sumó rentas específicas, que sus miembros pudieron disfrutar a cambio de la provisión de este trabajo extra. Con seguridad, entre 1307 y 1817, fueron promovidas a su favor al menos 134 memorias, que la corporación terminó llamando aniversarios a consecuencia del régimen administrativo que les aplicaba.

Los fundadores, como era regular en este tipo de iniciativas, a través del testamento o de una escritura específica, obligaban al cumplimiento perpetuo de ciertas celebraciones litúrgicas, en su mayor parte las consabidas misas de distintas clases con sus vigilias, pero también procesiones o responsos, en conmemoración de sí mismos y de sus familias. La única peculiaridad común de todos estos encargos fue que legalmente se hizo responsable de su satisfacción aquel cuerpo de clérigos.

A financiar cada memoria, como era obligado, los devotos destinaban al menos un bien, que a partir del momento de la fundación igualmente quedaba apartado y transferido a este colectivo de beneficiados. En su poder debía permanecer indefinidamente, porque perpetua, en la intención de los promotores, debía ser también la celebración de su paso por la tierra.

Casi la mitad de estas fundaciones a favor de la universidad fue medieval, y el siglo décimo quinto, una vez que hicimos balance, resultó el que más iniciativas le atrajo, la cuarta parte del total. Es posible que esta posición le hubiera correspondido al décimo sexto. Apenas había transcurrido su primera mitad y ya se habían acumulado casi tantas fundaciones nuevas como durante toda la centuria anterior. Pero a mediados de ella la corporación de los beneficiados, por alguna razón que decidimos no indagar, dejó de ser atractiva. Entre 1561 y 1645 -casi un siglo- solo pudimos detectar el origen de dos mandatos piadosos, ambos ya del décimo séptimo. Es posible que coincidiendo con los años reales de Felipe II, tiempo crítico para las finanzas, la institución quedara inactiva. Pero también pudo ocurrir que hasta mediados de él la universidad consiguiera mantener su oferta de satisfacción de memorias como un monopolio, y que a partir de entonces el mercado que había organizado ya no fuera sostenible, a consecuencia del incremento de la oferta clerical. Los datos que habíamos reunido sobre las fechas de creación de las memorias, resumidos precedentemente, concordaban con esta conjetura sobre la evolución de un mercado a un tiempo tan especializado y tan extenso.

Pasado el paréntesis, recuperó su presencia entre quienes compraban y vendían la piedad con una buena dosis de sentido práctico, aplicado con rigor a su administración desde el cambio de centuria. Tan eficaz fue el tratamiento que otra vez consiguió atraer, durante los años comprendidos entre 1645 y 1699, la confianza de buen número de personas. Las fundaciones de este periodo, en cantidad al menos, fueron equiparables a las del tiempo que había transcurrido entre 1301 y 1400. Los últimos cien años de su actividad efectiva estuvieron dedicados, antes que a expandir aún más su trabajo, a garantizar la gestión del que ya había acumulado. Entre 1709 y 1817 solo algo más de la décima parte de las fundaciones tuvo su principio.

Para ganar autonomía, algunas familias que habían decidido inmovilizar una parte de sus bienes cruzaron la memoria con el vínculo, un producto que tal vez fuera de transición hacia el medio garante del ahorro que finalmente triunfaría en el campo, la capellanía con sacerdote propio. Parece que la mezcla de memoria con vínculo tuvo cierto éxito entre 1570 y 1599, fechas entre las que fueron ideadas todas las experiencias de esta clase que pudimos identificar. Los encargos que debían atender en bien de las almas eran algo más exigentes que los de una capellanía común, aunque en ningún caso excedían los límites de la misa, fuera o no prolongada con ritos complementarios. Mientras que la fundación mínima obligaba solo a una, y era lo más común, las hubo que instituyeron hasta treinta, pasando por otras que dejaron encargadas cuatro o doce.

Todas eran conmemoraciones anuales y se pretendían tan perpetuas como las memorias, sus hermanas menores. Una parte de ellas también designaba expresamente unas fechas del calendario litúrgico católico para que se consumaran, como sus días de Santo Tomás o de Santiago, o el dedicado a celebrar la Encarnación. En el máximo de las condiciones, más allá de que fuera precisado que los celebrantes rezaran o cantaran, se situaban quienes pedían que el acto tuviera lugar en la capilla donde se enterrarían, o que a cada misa se agregara un responso sobre la sepultura donde estaban depositados los cuerpos de los padres del fundador.

Aunque los promotores de estas fundaciones designaran templos y hasta capillas, generalmente relacionadas con el enterramiento propio, donde precisamente habría de actuar el clero de los misterios, ahora los llamados al cumplimiento de la carga eran familiares. Ahí radicaba la diferencia con la memoria, y a tal designación prestaba su servicio el vínculo injertado. La responsabilidad de los encargos era prevista por el fundador según las reglas de esta institución civil, que se realizaban cuando a cambio los designados disfrutaban las rentas de los bienes que se inmovilizaban con aquella justificación animista.

Tales previsiones no neutralizaban por completo la intromisión de la iglesia romana en aquellos institutos, aunque al hacerlas las familias se propusieran reducirla a lo inevitable. La autoridad episcopal, apurando sus poderes, utilizaba cuanto estaba a su alcance para intervenir en su administración. Justificaba su injerencia en la necesidad de la anuencia canónica para que la obra fuera legítima, dados los fines dictados por los fundadores. Cuando se exigía la formación superior del clero para cumplir con el propósito de la obra, porque era el grado más exigente de la disciplina sacerdotal, la oportunidad para la intervención se incrementaba. De ahí que en la mayoría de estas fundaciones, por decisión inapelable de sus promotores, para que alguien se responsabilizara de cada una era formación eclesiástica suficiente el grado elemental, conocido como órdenes menores, que limitaba el alcance y las exigencias del sacerdocio. Decisiones como esta expresan con bastante fidelidad la función que la parte civil, responsable de que existieran aquellas instituciones, concedía al concurso del canon eclesiástico en la gestión de al menos una parte de sus ahorros.

–Parte de las diferencias humanas que llevaban inscritas las memorias, que tendrían sus causas específicas, se reconocen con más nitidez en las memorias con vínculos, versión de la misma obra efecto de un estado que parece preferente. Dos tercios de las fundaciones de esta clase eran consecuencia de una decisión tomada por mujeres solas, las cuales en la mitad de las ocasiones se declaraban expresamente viudas y en ningún caso mencionaban descendencia directa.


Fracaso de una empresa financiera

Narrador

1. Aparte las razones del beneficio, a las que no es fácil oponer argumentos, el mercado del crédito rural, de corto alcance tanto por el espacio que abarcaba como por el volumen de su negocio, propenso al aislamiento, tal vez se sostuvo sobre algo tan sólido y rígido como el mástil, que asegura la bandera contra el azote del viento, la velas que salvan a la embarcación amenazada por la tormenta. El asunto ha sido objeto de controversia entre quienes hemos contribuido a la elaboración de este relato, divergencia de la que no podemos reconocer, aun llegado el momento de redactarlo, que haya terminado cuando todavía no ha alcanzado el remanso de las explicaciones.

     Toda la discusión tuvo su origen en el hallazgo de un testimonio poco frecuente.

     Una mujer casada, satisfaciendo un deseo concebido mucho antes, con sus bienes, para cuando finalizaran los días de su vida -de ningún modo antes, porque había renunciado a que antes concluyeran- en 1635 fundó un patronato, el instituto amparado por el canon de la iglesia romana que al mismo tiempo permitía mucha discreción a cualquiera de las iniciativas privadas que aspiraban a atender necesidades públicas. Lo reguló según la modalidad llamada de legos, que lo alejaba lo máximo posible de aquella jurisdicción, savia que inveteradamente se propuso injertarse en toda clase de promociones civiles porque de la renta civil se nutría.

     No obstante, sobre él descargó una memoria de misas por su alma, las de sus padres y las de otros parientes difuntos, tanto suyos como de su marido. Deseaba que con aquellas celebraciones el dios de la iglesia a la que occidente se había rendido tiempo atrás fuera servido y ensalzado, y las almas de quienes hacía mención, llegadas a la jurisdicción del ser cuyos juicios su teología los consideraba inapelables; al que con frecuencia dirigía informes discrecionales el calculador clero de su obediencia, en ondas que se expandían en razón directa al número de sufragios a su cargo; gozaran de tan altos bienes y sacrificios.

     Quienes con el tiempo llegaran a responsables del patronato desde aquel momento quedaban obligados a que fueran dichas cada año, perpetuamente, desde el día del fallecimiento de la fundadora en adelante, nada menos que 150 misas rezadas con responso. Todas tendrían que celebrarse en el templo o en la capilla donde su cuerpo fuera sepultado. Su deseo era que, cuando falleciera, fuera depositado en una cripta de cierto convento masculino, del que a su vez era patrono su marido. Pero no estaba a su alcance asegurar que la inhumación llegara a verificarse en aquel sitio, porque a causa de sus creencias había renunciado a tener control sobre las circunstancias de su muerte.

     En su opinión, era dueña de muchos bienes, tantos que con seguridad tras su muerte alcanzarían un valor muy superior a los 4.000 ducados. Si esta cifra en realidad resumía toda su riqueza, no se puede decir que poseyera un patrimonio excepcional. Está muy alejada de las que resumían la riqueza de cualquiera de las principales empresas de la época, aun siendo también de origen rural. Pero también es necesario reconocer que la promotora de aquella fundación había atesorado una riqueza que no era frecuente, porque entonces eran pocas las familias que podían acumular bienes que alcanzaran tamaños parecidos.

     De lo mejor y más sólidamente constituido de los 4.000 ducados en los que había estimado su patrimonio, una vez ocurrido su fallecimiento tendría que separarse un lote por valor de 2.000. Solo exceptuaba de la formación de esta masa primitiva uno de sus bienes. En modo alguno debía incluir los 1.000 ducados de principal con los que había participado en un crédito de 2.000 tomado por el duque de Medina Sidonia. Quería que aquella cantidad quedara libre, para que se pudiera disponer de ella sin obstáculos. A cambio, se comprometía a dejar un patrimonio que equivaliera a los 2.000 ducados que debían dar origen a la fundación, y a que la cifra que resultara de su liquidación fuera tan libre y sin ninguna obligación como sólida, tal como debía corresponder a un patronato de legos. Además, de los bienes que dejara, los destinados a este fin precederían a la resolución de cualquier exigencia legal a la que estuvieran obligados. Incluso tendrían derecho preferente a sus herederos y a cualquier acreedor.

     Como los 2.000 ducados tendrían como único origen los bienes de la fundadora, serían estrictamente temporales. Nunca podrían ser declarados espirituales ni, en consecuencia, entrometerse en su administración algún juez eclesiástico, ni aun para intervenir en los asuntos que pudieran afectar a la memoria, con el argumento de que era propio o eclesiástico. Ni siquiera de un prelado, incluso si fuera de la curia de Roma, aunque fuera por vía de gracia, se admitiría intromisión. En caso de que algo así ocurriera, la fundadora, en el instante de su origen, abolía el patronato, así como la memoria de misas a la que quedaba obligado, de manera que el principal quedara en manos de sus herederos libre y sin carga alguna.

     Una vez liquidado el patrimonio elegido, la cantidad que por él se obtuviera, fuera mayor o menor, se constituiría en principal, y se daría a crédito en todo o en parte a quienes la demandaran ateniéndose a la formalidad del censo, el contrato al que con más frecuencia entonces se recurría para comprometer los préstamos. Cualquiera de los que de este modo se contrataran debía estar avalado por bienes y personas abonadas, a satisfacción de quien fuera el titular de la fundación.

     La fórmula censataria permitía al cedido disfrutar del dinero traspasado durante el tiempo que se contratara, a cambio del pago de los correspondientes intereses anuales, que el derecho del momento había conceptuado como pensión. Por tanto, el beneficio que recibirían los titulares del patronato, cada uno en su tiempo, sería el cobro de los réditos generados por el principal del origen, sobre los que recaía la obligación de la memoria, indispensable para disponer de la protección legal de la institución civil, ella misma hibridada por el canon católico, y de los que tendrían que ir dando las correspondientes cartas de pago.

     Estar al día en la liquidación de las pensiones anuales comprometidas era además la condición necesaria para cancelar o redimir el censo, forma de hablar con la que se expresaba que también era necesario, para extinguir definitivamente el contrato, devolver íntegramente el principal que se hubiera recibido como préstamo. Cuando los principales, pasado el tiempo, fueran redimidos, en todo o en parte, serían depositados bajo orden judicial, según estaba establecido, para que de nuevo se volvieran a imponer bajo la misma condición. Y así indefinidamente.

     Completaba el proyecto una cláusula decisiva. Constituido el capital del patronato, ni el principal ni las rentas que produjera se podrían vender, alterar o cambiar, ni enajenar de alguna manera, por ninguna causa ni por cualquiera que fuese la razón pretendida. Era por tanto voluntad expresa de la fundadora que así uno como las otras quedaran inmovilizados y solo se aplicaran a los fines que se proponía. Gracias a esta exigencia, resultaba finalmente que la fundación comprometida tendría que actuar como una solvente entidad financiera destinada al crédito, porque su capital o principal, 2.000 ducados, salía al mercado con la sólida garantía de la inmovilización.

     La creación de un patronato con este objetivo económico, por decisión expresa de una mujer osada, demostraría que en el medio rural, para negociar con el dinero, se podía recurrir a una fórmula tan directa como crear una entidad financiera, iniciativa en modo alguno anacrónica. La autora del plan ya actuaba en este negocio, y a él daba preferencia. El crédito al duque de Medina Sidonia en el que participaba, al que de ninguna manera quiso renunciar, era la cuarta parte de su patrimonio, y con la mitad de este deseaba fundar el instituto que habría de sostener su patronato una vez que falleciera. Tres cuartos de su capital terminarían arriesgándose a la competencia crediticia. Sin incurrir en desafuero de ninguna clase, sirviéndose del marco legal descrito, podían fundarse obras civiles que pusieran capital al servicio del crédito a partir de bienes inmovilizados, depósitos garantizados.

     Para el siglo décimo séptimo están documentadas iniciativas a favor de instituciones estrictamente financieras, entre las civiles que actuarían en el mercado del crédito rural. La más citada es un monte creado por el estado de Olivares, sobre cuyo origen la información es escasa. Pero sí se sabe que el tiempo de la gloria del conde-duque, el de la primera mitad del siglo décimo séptimo, coincidió con la promoción de los montes y los erarios, acogida por la corona. Es muy probable que el señor de Olivares la hiciera suya y la aplicara, por cuenta propia, a la expansión de sus negocios personales. Los erarios que entonces se proyectaron, según los planes que manejó la administración, se constituirían para negociar con dinero sin necesidad de otra cobertura legal. Lo ingresarían al 5 % redimible y al 3 % indefinido, y lo darían al 6 %. Para cualquiera de las dos direcciones se emplearía el depósito o el censo y para la salida sería necesaria la garantía hipotecaria. Los montes de piedad serían similares, solo que tomarían al 6 % y darían al 6,5 o 7 %, y garantizarían sus créditos con prendas. El objetivo del aval que la ley concedía a ambas instituciones era combatir la usura consolidada.

2. Con aquella iniciativa la fundadora deseaba que el hijo de su marido, ambos capitanes activos, por efecto de esta decisión, recibiera beneficio y provecho, tanto por ser el hijo de quien era como porque ella, por sí misma, le tenía un afecto especial que no creía necesario deponer. Había recibido de él muchas y buenas obras, así como honrosas correspondencias, dignas de mucho agradecimiento y remuneración. Por eso era el primer llamado a disfrutar el nuevo instituto, y para que adquiriera su jurisdicción, así como su usufructo y renta, le entregó en el acto de su constitución, que se celebraba en la oficina de un escribano, un ejemplar de la escritura que lo creaba. La designada en segundo lugar fue una sobrina, a quien la promotora de la obra, además del cariño e inclinación que por ella sentía, debía corresponder por algunas obligaciones que hacia ella había contraído.

     Como era habitual en esta clase de fundaciones, a cada designado debían suceder sus hijos, nietos, etcétera, mientras no se extinguiera el linaje, posibilidad que igualmente fue resuelta, en cuanto permitían los parientes vivos, por la relación de sucesores alternativos. Confiaba la fundadora que todos fueran católicos y no hubieran cometido delito que mereciera la pena de muerte o la confiscación de sus bienes. En caso de que ocurriera lo contrario, al instante quedarían excluidos.

     Acabadas las sucesiones por falta de los descendientes de cualquier grado, el patronato recaería sobre una cofradía de San Antonio, establecida en el convento donde la promotora deseaba ser enterrada. Si llegara a suceder, además de adquirir la propiedad del patronato y sus rentas, y la obligación de las 150 misas que dejaba mandadas, tendría que satisfacer una limosna, deducida asimismo de los réditos que produjeran los préstamos de la fundación. Con ocasión de la semana santa de cada año, repartiría diez ducados entre pobres vergonzantes, por la pascua de resurrección amasaría dos fanegas de trigo y sacrificaría el carnero correspondiente y el día de San Antonio, perpetuamente, mandaría decir una misa por el alma de la fundadora y sus difuntos. Además, la cofradía, o su mayordomo en su nombre, tendría que tomar razón de sus obligaciones en el libro o tabla del convento donde estaba radicada, para que se tuviera cuidado en su cumplimiento.

     Para la supervisión del patronato designaba como su único visitador, con el encargo expreso de hacer que cumpliera con sus obligaciones con la puntualidad debida, al guardián del convento donde deseaba ser enterrada. Si, por cualquier azar, su cuerpo fuera sepultado en otro lugar, el visitador sería el prior de determinado convento masculino de otra población. Por la visita a la que el guardián quedaba obligado, o en su caso el prior, cada año, también de las rentas del principal recibiría una limosna de cuatro ducados.

3. La responsabilidad de la investigación al principio había correspondido a uno de nosotros, promotor de la idea. Luego, porque el volumen del trabajo iba creciendo, nuestros patrocinadores, aconsejados por quien finalmente nos supervisaría, decidieron duplicar el equipo. Aquel cambio no dejó de parecer una intromisión poco justificable a quien había acometido el trabajo en solitario. Las discusiones posteriores, que pasaron por una fase de confesión agresiva, con el deseo de engrosar los argumentos con el mismo arrojo de quien se enfrenta a una fiera, pusieron al descubierto con cuánto recelo había recibido aquella novedad. Hasta entonces había actuado bajo la convicción de que su autonomía era completa. Ver interferida su libertad para decidir le pareció una muestra de desconfianza hacia sus aptitudes.

     En su descargo, el agregado al proyecto, dando muestras de la mayor probidad, aclaró que su contribución había sido consecuencia de una circunstancia imprevista, que había actuado en su favor. Cuando había recibido la invitación a incorporarse al equipo no tenía trabajo, y su padre, viejo conocido de uno de los responsables de la institución promotora, intercedió por él. La mediación de aquel prócer, en su caso, era la única razón para explicar su incorporación al proyecto, por el que no sentía atracción alguna. Sin embargo, honradamente le entregaba cuanta dedicación podía porque en la misma medida incrementaba sus ingresos. Entonces algunas instituciones estatales, designadas para el trabajo de investigación, aún empleaban una parte de sus presupuestos en quienes trabajaban para ellas, sin compromiso contractual alguno, sin garantía alguna de continuidad, solo por la necesidad de ingresar renta gracias a una formación que de otro modo no conseguía ser remunerada.

     Mientras fuimos solo dos, las diferencias de criterio, concentradas sobre el plan para consultar documentos o cómo interpretarlos, las dejamos a un lado. Ninguna disparidad entre dos tiene salida, salvo el enfrentamiento, del que ni aun el victorioso puede congratularse. Fue cuando el equilibrio quebró, porque se hizo necesario incrementar aún más el esfuerzo, sumando la actividad de un colaborador, que resultó incansable, cuando las distancias entre los pares quedaron al descubierto.

     Cualquier triángulo necesita distancia entre sus vértices. Durante la controversia suscitada por aquel hallazgo, en uno de los momentos de mayor actividad, más apasionado que reflexivo, a alguien se le ocurrió afirmar que, incluso recurrentes especuladores sobre los hechos del campo, veíamos el espacio rural como los tripulantes de una avioneta de las que fumigan cuanto queda bajo su sombra, desde arriba y como espectadores; como el durmiente excitado por el calor de las sábanas, que se imagina sobrevolando el mundo con la misma naturalidad que camina por las calles. Cualquiera de nosotros tenía que reconocer que era ajeno a la vida agrícola, aunque finalmente se hubiera sentido atraído por ella.

     Una parte de nosotros había llegado a interesarse por su economía desde la pasión por la política, entonces un lecho aún incandescente, abierto por uno de los ríos de lava más arrasadores que haya desencadenado erupción alguna, sobre cuyo cauce habíamos venido a nacer y por el que estábamos obligados a caminar; a consecuencia de los trágicos desplazamientos de masa telúrica que había provocado; una paisaje abrupto que el tiempo, hasta hoy, aún no ha solidificado. De tal magnitud habían sido los movimientos que ni la paciente erosión, que todo lo tolera, que apenas traslada unos granos de magma pulverizado cada día, que otros se resigna a ser pasiva y renuncia a su trabajo, como el indolente condenado a la cadena perpetua de la actividad; conseguirá, siglos pasados, que las aguas discurran por cauces serenos, que el polvo sepulte la memoria de los hogares arrasados, la violenta ira de aquellos fuegos, el nombre de las víctimas que contra su voluntad quedaron inscritas en el registro, la falla que fragmentó el suelo por el que tenemos que caminar.

     Pero también era cierto que aquella pasión no tenía más origen que el deseo de atraer exponiendo el cuerpo al riesgo, como el abanico de plumas que despliega por encima de su sexo el pavo real. Se podría incurrir en el error de pensar que el deseo de llegar a héroe, a los ojos de quien se pretende para conspirar por la existencia, degrada con egoísmo la abnegación que es debida por quienes se dedican al negocio público. Siendo el origen de todo el orden civil la pasión entre los sexos, un hecho que los siglos han corroborado y convertido en el tesoro más preciado, ninguna impureza contaminaría la seducción por la que con arriesgados compromisos públicos los varones conspiran. Hay quienes emigran a las antípodas, quienes se inscriben como mercenarios, quienes se embarcan en travesías inciertas solo porque la pasión los desborda. Un tío abuelo de quien escribe, sobre cuyo equilibrio mental, aun transcurridos más de cien años, subsisten dudas, a causa de una decepción amorosa, apenas titulado teniente de infantería, se alistó en las tropas expedicionarias a Marruecos, de donde lo trajeron envuelto en un sudario poco después de iniciada la tercera década de su vida.

     Llegó la ocasión en que también esta clase de objeciones fuera hecha. Pero era obligado aceptar que, a causa del compromiso moral contraído, como entre los antiguos ocurría, aquella parte de nosotros se sentía sinceramente concernida por los hechos narrados. Tucídides escribió para justificar su derrota, César apuró sus escasas posibilidades literarias para que sus excesos parecieran decisiones inexorables, Cornelio Tácito, en un texto que los siglos tardarán en equiparar, para perpetuar la memoria de Julio Agrícola, varón singular al que la suerte del matrimonio lo unió para siempre.

     Las diferencias de criterio, que fueron alentadas porque durante algún tiempo nuestra dedicación a este proyecto fue interrumpida, comenzaron al interpretar el documento en cuestión. El trabajo discontinuo, el aislamiento, incluso la necesidad de modificar los planes de cada día, eran agentes que alteraban y distanciaban las ideas tanto más cuanta menos conciencia creaban.

     Pasada la fase más violenta de las discusiones, durante la que más pasiones que ideas dominan, en ningún momento, aunque sin que alguno de nosotros haya pretendido que prevalezcan sus argumentos, hemos conseguido compartir una opinión común sobre este asunto, cuya controversia, a su pesar, se convirtió en el más violento campo de batalla. Por esta razón, como solución transaccional a las distancias entre las deducciones, hemos decidido presentar por separado las ideas defendidas desde cada punto vista.

     Ahora, porque la redacción ha sido responsabilidad de uno de nosotros, aunque se haya acometido bajo el compromiso de la ecuanimidad, y haya sido programada, leída en común, acotada con cuanta erudición personal cada cual haya deseado, la misma que nos hemos esforzado en reproducir mediante fieles transcripciones, supervisadas por todos, debemos admitir como inevitable que las ideas que inducen las palabras elegidas, que una vez ensambladas crean un mecanismo que no es fácil modificar sin romper el ingenio, se hayan podido imponer más allá de las conclusiones acordadas.

4. La interpretación más literal de aquellos singulares hechos fue la que aceptó esta iniciativa como una fundación post mortem perfectamente común, inspirada por las razones dispuestas a combinar la justificación piadosa con la material. El interés por inmovilizar unos bienes y garantizar su rentabilidad indefinida, en beneficio de una familia, podría parecer tan peculiar como específico sería cualquier otro caso que se hubiera examinado. La combinación de elementos elegida por esta fundadora tendría tanto de inopinado como la seleccionada para otra iniciativa que hubiera sido observada aislándola. Lo singular del caso sería el azar favorable del hallazgo, que habría permitido una descripción más completa que en otras ocasiones de la cadena de las decisiones que estaban en el origen de aquellos institutos. Las previsiones sucesorias, la decisión a favor de la administración eclesiástica romana como última receptora del patronato, para así salvar la memoria de misas, cuyas obligaciones se verían incrementadas en este caso por otras iniciativas de caridad, serían indicadoras de una fundamental convicción piadosa, tal como se había aceptado que debía ser común en aquella clase de fundaciones.

     Durante algún tiempo al menos, la segunda manera de entender los hechos retenidos por el testimonio prefirió concentrar la atención en algo que no puede pasar desapercibido. Hubo de existir una relación especial entre la fundadora y su hijastro, con el que no lo unía ningún vínculo de sangre que contuviera la expansión de cualesquiera otros sentimientos. La conciencia de falta que una pasión así pudiera inspirar, si es que fuera, en algún momento, consentida por su autora con esta categoría la decisión que tomara, era entonces perfectamente compatible con la inmoralidad. Habiendo ganado la iglesia romana, tras la cruenta crisis del siglo décimo sexto, el monopolio de la regla que morigeraba, a su arbitrio quedaría relevar del peso que un comportamiento así pudiera cargar sobre sus protagonistas, a condición de que la exclusiva le fuera respetada. Las compensaciones que esta degeneración de las costumbres le valieron son una parte principal de este relato no obstante no explícita. Ninguna de las previsiones de la fundadora podría ocultar que todas tenían el objetivo común de transferir de la manera más ventajosa una parte sustantiva de su patrimonio, quizás obligado por vínculos familiares precedentes, al capitán más joven de los dos con los que convivía. Ponía a su disposición nada menos que la mitad de su patrimonio. En beneficio de esta posibilidad actuaba que el proyecto hubiera sido concebido bastante tiempo antes de ejecutarlo, así como el interés por escapar cuanto fuera posible de las instituciones eclesiásticas, sin que eso supusiera contradecir sus creencias, un cálculo que ni remotamente entraría entre los del más incrédulo de los ahorradores dispuestos a servirse del canon para proteger todo el tiempo que fuera posible el patrimonio atesorado.

     La tercera manera de entender aquellas decisiones se sostiene sobre algunos hechos sucedidos durante la ejecución de lo prescrito por el documento fundacional, que tuvieron como consecuencia la escasa fortuna que le cupo a la iniciativa. Desparecida la fundadora, cuando llegó el momento de vender los bienes apartados para el patronato no hubo comprador. La justicia, después del terrible 1648, cuando la población de la zona sufrió la peor calamidad sanitaria de toda la época moderna, decidió adjudicarle, no los 2.000 ducados líquidos que hubieran permitido desplegar su proyecto financiero al instante, sino un lote de bienes correspondiente, a partir de los aprecios que de las propiedades los albaceas, tiempo antes, habían hecho. Fueron la cuarta parte de un molino, 576 pies de olivo en nueve parcelas y solo tres créditos, de 261, 95 y 50 ducados de principal respectivamente. Probablemente todos sumados equivalían a la cantidad necesaria, y por tanto se atenían a lo prescrito. Pero también es muy probable que en aquellas circunstancias los bienes que no fueron liquidados no encontraran comprador.

     Fue así como las posibilidades de la fundación concebida, pensada como empresa de crédito, sueño alentado por la promotora mientras mantuvo bajo su control su proyecto, quedaron muy limitadas. Finalmente no prosperó, como tampoco lo hicieron los erarios y los montes promovidos en el siglo décimo séptimo en la medida que sus defensores pretendieron, aunque es indudable que una masa de dinero civil terminó operando en los mercados, quizás bajo las segundas condiciones. El monte de Olivares probablemente fue durante mucho tiempo la única institución secular solo crediticia, entre todas las acreedoras consolidadas, operativa en las zonas rurales de la región.

     El desenlace del proyecto de 1635, que cargaba además con una dificultad, la liquidación de los bienes que debían generar el capital que permitiera negociar con el dinero, contemporáneo de la promoción de los erarios y los montes, permite pensar que este tipo de iniciativas no pudo superar la competencia de las que actuaban bajo la protección del canon romano.

     Hay razones para creer que cuando llegara el momento de ejecutar la última voluntad de la promotora, pudo ser un obstáculo a su satisfacción la cláusula que negaba la intervención eclesiástica, e incluso la nulidad automática de lo dispuesto en caso de que su autoridad pretendiera inmiscuirse. Decidir en estos términos estaba expresamente prohibido por la ley, con fundamento en que la administración eclesiástica era legítimamente la encargada de cumplir con las mandas piadosas.

     La dogmática argumentó a favor de la nulidad porque en su opinión impedir la intervención eclesiástica podía ser motivo de abusos en la administración de los bienes adjudicados, puesto que quienes fueran sus responsables no tendrían que dar cuenta de su gestión; un argumento que suponía que los beneficiarios de las rentas, cuando la administración regular de estas estuviera en manos de gestores, renunciarían a su control.

     Se le negaba al autor de un testamento la capacidad de actuar contra este derecho solo porque así estaba reconocido por la norma canónica. Pero todavía se argumentaba más. Bastaba el hecho de la fundación piadosa para que de esta manera el propio autor de la última voluntad reconociera implícitamente el derecho de la administración eclesiástica. Para la dogmática más sutil incluso no sería necesaria la revocación de la manda contraria a la intervención eclesiástica, porque como la fundación de la memoria daba origen a una capellanía y de esta, por ser un beneficio, investía a la autoridad eclesiástica, para dar satisfacción a lo dispuesto en el testamento, automáticamente entrarían bajo control canónico, lo que a su vez iría dando lugar sucesivamente a actos que no harían más que confirmar esta intervención, como la investidura del capellán o la visita de la capellanía. Negar así la acción del autor del testamento y de sus herederos sería cumplir con su voluntad.

     Pero había un resquicio. La jurisdicción civil podía dar por bueno lo mandado en el testamento, incluso admitiendo la finalidad pía de la fundación, porque podía ser tratado como un asunto de colisión de jurisdicciones, durante la época moderna enunciada como causa de fuero mixto. Llegado al límite del contencioso, cabía la posibilidad de que resolviera mediante sentencia a favor de la posición civil. Es posible que nuestra fundadora actuara confiada a esta posibilidad, lo que sin embargo fue insuficiente.

     La razón de esta agresiva actitud de la iglesia católica hay que buscarla en el monopolio de hecho que ejercía en el mercado del crédito rural. Para participar en él no era necesario un proceso tan dilatado, y que pudiera oponer dificultades inopinadas, como por ejemplo las surgidas en 1648, para extraer renta a los bienes que regularmente detenía el cruce de las fórmulas a disposición de quienes habían consolidado su ahorro como patrimonio, bajo la protección legal de la propiedad. El crédito rural en dinero, porque era conducido a un mercado tarifado, el de los censos, se sostenía en cada población sobre un orden de antemano ya muy cerrado, que tendría raíces más civiles que eclesiásticas, dadas las características legales de las corporaciones que lo alimentaban, como memorias, capellanías o patronatos, pero cuya custodia invariablemente había sido reconocida al clero de occidente, que actuaba en ellas como administrador y rentista.

     Es posible que por esta causa, para el crédito que comerciaba en el medio rural, tal vez existiera un reparto tácito de dominios, obra de las presiones que censuran los nexos entre personas en las poblaciones, tanto más cuanto menor es su tamaño, que anulaba cualquier iniciativa que pretendiera escapar al control de quienes se habían purificado con la disciplina del celibato.

     El crédito, tan inevitable como los parientes, tentador como la carne, al principio condenado, donde quiso actuar durante el pasado había tenido que recurrir al ingenio. Hasta su expulsión, los judíos habían mantenido solo con sus fuerzas buena parte de este mercado, llevados por una abnegación que merece mayor reconocimiento que el deparado por la historiografía. Después, su tradición fue heredada por los comerciantes más comprometidos, necesitados siempre de financiación transitoria para sostener su arriesgada obra. La corona, con el tiempo, dejó de actuar contra el crédito, e incluso reguló cuanto pudo la actividad, que a fuerza de persecución se había naturalizado como huésped de otras instituciones. Bajo ellas sobrevivía en el más placentero de los estados, gracias a que su existencia era innombrable; como en un rincón de la memoria vegeta el recuerdo marcado por la culpa que la conciencia se niega a rescatar. La vieja costumbre de la execración había sido justamente derrotada por el conjuro que consiste en bendecir. La contribución de la iglesia al nuevo orden, cuyos éxito, solidez y fecundidad revela el análisis precedente, fue de una clase que consideraba propia, la doctrina moral, a la que los casuistas durante siglos supieron hacer evolucionar. A la vez que condenaba la usura, consintió las instituciones que la hicieron posible. Así como la condenaba, con idéntico sentido de la responsabilidad no estigmatizó los censos.

     La acendrada aversión a los judíos, compartida por toda la cultura europea, tendría su origen en el ejercicio libre de la usura, que su moral, con excelente criterio de oportunidad, nunca había condenado. Para sus convecinos de otras confesiones, alentados por sus respectivos códigos de conducta pública, menos tolerantes con aquella práctica, resultaría irritante tener que plegarse a sus tipos libres. Siendo evidente que la institución católica, haciendo converger una parte de sus planes económicos con un limitado número de familias ahorradoras, en cada población había urdido un orden no menos censurable, puesto que en procedimientos y efectos tenía el mismo alcance, podría esperarse que le valiera, entre nuestros antepasados, un aborrecimiento equiparable. No sabemos que esta parte de la opinión de los antiguos haya sido investigada ni resuelta. Para el caso de que algo así no hubiera ocurrido se puede adelantar una explicación. Los tipos de interés que con sus iniciativas avaló le pudieron granjear una simpatía relativa. Se consolidaron como los más bajos del mercado. La sorprendente estima que por las instituciones eclesiásticas ha sobrevivido entre nuestros coterráneos debe aceptarse como una prueba fehaciente del reconocimiento que durante generaciones, por tan gran favor, han merecido.

     Es por tanto necesario corregir el severo juicio que sobre las decisiones papales descargaron los críticos de la economía moderna, tal como propuso Keynes. Antes que obstaculizar la financiación de las empresas, la sensata actitud de la iglesia de occidente fue capaz para derivarla a instituciones convenientemente reguladas por el sistema civil vigente, que daba garantías y seguridad tanto a las familias ahorradoras que arriesgaban en este mercado como al clero que las sirviera. En el reparto del lucro que generaban ocupaba una posición en modo alguno secundaria.


Principio de la gravitación universal I

Narrador
Replicante primero
Replicante segundo
Contradictor ocasional

Ocurrió que las familias que habían acumulado patrimonio, procedente de sus antepasados o fruto del trabajo propio en el campo, lo transmitieron ateniéndose a dos hechos, la creación de otra y la muerte.

–En las poblaciones antiguas, así como en las posteriores, cuantas decisiones creían vitales las tomaban urgidos por la naturaleza, y aunque a sus autores les parecieran íntimas y exclusivas, porque para cada cual era más probable que fueran únicas, estaban contaminadas por la moral, que las hacía semejantes.

La primera fracción desprendida de sus ahorros, en el orden biológico más habitual, era la que daba origen a una célula social nueva, a través del matrimonio o porque financiara la emancipación de alguno de sus descendientes. Si era mujer quien la detraía a su favor esa parte se llamaba dote, y capital si era un hombre.

–Nadie ha demostrado hasta ahora que en el empleo de este vocabulario, tiempo antes, quienes fueran por él concernidos lo hubieran cargado con algún prejuicio.

Del capital, tal vez denominación encubridora de lo que solía entenderse por arra, no pudimos informarnos bien, a pesar del esfuerzo que desplegamos por separado para encontrar indicios de su vigencia, dispersándonos por el campo de los documentos, entonces tan extenso como un desierto, como la tropa a la que se le encomienda una descubierta frente a las posiciones del enemigo. Es posible que el filtro local, al que hubimos de atenernos a consecuencia de nuestra limitada capacidad de trabajo, refractara el hecho. O quizás el capital fue poco frecuente, dado que la descendencia masculina, la llamada a disfrutarlo, en la mayor parte de las estrategias de transmisión de los bienes familiares debía cargar con la obligación de perpetuar el linaje, para cuyo fin recibía y había de conservar la parte troncal de los que ya tuviera su matrimonio generador.

Lo concedieron los padres a los hijos, deduciéndolo de los bienes que ya poseían. Podía ser una cantidad de dinero, cuatro o cinco veces superior a la que expresaba el valor de la dote cuando esta se liquidaba de la misma forma. Pero parece que era más común el traspaso de una parte de los bienes materiales de la familia, como enseres para equipar el futuro hogar, la ropa de vestir que los desnudos esposos necesitaren, la casa donde en el momento de la transmisión el perceptor viviera o una parte de un cortijo del que fuera dueño el progenitor reconocido por la ley, para que con su producto el varón emancipado hiciera frente a las responsabilidades que por el matrimonio adquiría.

Aunque en las actas notariales los bienes fueran descritos, no se renunciaba a evaluarlos ateniéndose a la moneda corriente. Estaría justificada la redundancia por sus consecuencias para la legítima, derecho que cada rama originada por una familia tenía a percibir una parte del patrimonio que esta hubiera acumulado. Mientras la legítima o sus adelantos no fueran recibidos, la supervivencia que de los descendientes se esperaba quedaba garantizada por los alimentos, que no restaban nada a los derechos individuales preservados por aquella. Pero llegado el momento de transferir la porción de los bienes de la familia que correspondiera a quien ya hubiera adquirido un estado civil posterior al del nacimiento, la cantidad que en su momento se hubiera liquidado en concepto de capital podía serle deducida. De lo contrario, se habría actuado en detrimento de los otros herederos.

–De este principio se colige que nuestros antepasados optaron por el deseo, que pasa por las conciencias con prisas, sin apenas dejar rastro, para cimentar la transmisión del ahorro, puesto que entonces las familias, salvo excepciones, tenían su origen en la unión carnal. Ninguna pasión parece apta para convertirse en fuente de las decisiones racionales, llamadas a garantizar el equilibrio de las actividades económicas. A la menos adecuada la cargaron con la responsabilidad mayor sobre la inversión que debía permitir el crecimiento.

–La pasión entre los sexos era la más hermética de las sinrazones probablemente porque sobre ella pesaba el tabú. A los contemporáneos de aquellos recursos bastaría pasear por las calles para ver decenas de criaturas capaces para demoler el deseo, aun siendo primordial y espontáneo, y prefirieron encerrarlo en las casas.

–Pensaba Eudes de Colmar que cuanto en su tiempo se llamaba instinto era el comportamiento humano fuera de control, anterior a cualquier resignación a las reglas de la convivencia, y que gracias a una elaborada cobertura verbal se había beneficiado de la comprensión, y en consecuencia de la tolerancia que se le concedía en los centros escolares, donde estaban recluidos su denuesto y su condena, así como los medios para rescatarlo. La gula, proseguía, no menos degenerada, para sorpresa de todos había alcanzado la condición de arte, con maestros reconocidos, quienes se servían de plantillas nutridas por discípulos ansiosos por emularlos, a cuyas órdenes actuaban aprendices dispuestos a cualquier esfuerzo, con la esperanza puesta en adquirir a cambio una parte de los secretos de una química enajenante. Tan insensato y admitido estaba el vicio de los golosos que disponían de instalaciones propias, donde se solazaban sin discreción, colmados de vino y carne, haciendo ostentación de sus excesos.

“Mientras tanto, el sexo, a consecuencia de un criterio que no le parecía conveniente impugnar, visible la deformación que las grasas provocaban en las cinturas y en los glúteos, y la degeneración de la que era responsable el paso del tiempo, permanecía recluido en la intimidad.

“Había un modo de modificar las respuestas al deseo, con más fuerza que los siglos de hábitos adquiridos. Bastaría con arbitrar medios similares a los que tenían a su disposición cualquiera de las dos inclinaciones en cuyo análisis se había detenido. Instalaciones públicas, promoción de sus actividades, individuos cuya dedicación exclusiva fuera la manifestación de la potencia viva y sus múltiples propiedades civilizarían lo que permanecía recluido en un caos insensato.

“La réplica a sus ideas aún permanecería recluida mucho tiempo. El deseo carecería de razón porque no disponía de palabras, y las pocas que usaba estaban condenadas porque habían sido desviadas a la clase de soeces, para la observación ortodoxa justa garantía de la exclusión que impugnaba el exhibicionismo, una deriva que podría causar un malestar equiparable a la indigestión.

–Fuera o no justa la teoría, sensatos o no los planes para su verificación, tan grande fue el vacío a favor del deseo que dispuso de todas las posibilidades para idear instituciones encubridoras. Las más sorprendentes fueron las recibidas por el derecho civil. Que se naturalizara que la transmisión de los ahorros consolidados fuera restringida a la descendencia biológica resultó tan injustificable como si a un algún legislador se le hubiera ocurrido regular el homicidio como fundamento de los contratos.

Cualquiera de las modalidades de la emancipación femenina, porque también comprometía una parte de los bienes atesorados por las células sociales, además de los medios previstos por la ley para garantizar la transmisión satisfacía un negocio, cuyo desarrollo pudimos reconstruir con los documentos que firmaban las partes interesadas en él.

Cuando fue el matrimonio la salida, al menos una fracción de la forma y el tamaño de la dote procedía de lo que hubieran pactado las familias ya comprometidas con aquel fin. Al varón que aspiraba a marido correspondía la redacción de las condiciones que debían regir la nueva sociedad, que satisfarían lo que antes hubiera tratado con los padres de la elegida como esposa. Una vez acordadas las premisas de la unión, eran los del hombre quienes a la mujer le concedían las capitulaciones, o cláusulas bajo las cuales debía cerrarse el acuerdo. Cuando la otra parte había aceptado las condiciones y fijado una cantidad, el proceso terminaba con la aceptación o reconocimiento por parte del marido de la riqueza que al matrimonio llevaba la mujer. A partir de aquel momento, la dote se sumaba al patrimonio de la nueva familia y formaba un todo con los bienes de los que disponía el hombre.

–Siendo esta la manera de actuar, sirviéndose del matrimonio, ciertas redes familiares pudieron alimentar una creciente acumulación de ahorros. Cada nuevo pacto que sellaran, los acumularía con mayor potencia.

–Las fortunas atesoradas mediante el recurso conyugal tuvieron que ser crecientes porque tales ciclos fueron reiterados durante cientos de años.

–Pero todavía más valioso parece, para el análisis correcto de las instituciones complicadas con el orden que antes regulaba el crédito, que la vía femenina completara la obra del deseo para dar fundamento al ahorro, y la reprodujera indefinidamente.

No eran varones, héroes proclamados como guerreros, aunque ya incapaces para envainar sus espadas, quienes cargaban con el peso de la contienda civil que dirimía la riqueza, sino mujeres, frágiles y poco visibles, solo parcialmente recluidas en viviendas, las que ejecutaban la concentración de las casas. Aunque era excepcional que una mujer fuera dotada con una institución, porque la conducía a ocupar una posición de responsabilidad impropia para todo un patrimonio.

La dote solía ser una cantidad de dinero. La constante variación de su forma y su tamaño, aun así siempre expresados con cifras redondas, demostraban que era el resultado de decisiones tomadas con relativa autonomía por los ascendientes, y que su primer enunciado, en muchos casos aceptado sin réplica por la otra parte, con más probabilidad sería una oferta que se reservaban los padres de la mujer.

Se pudo mostrar especialmente orgullosa de dotar una pareja, a la que cuando se contrajo en su matrimonio ninguno de los contribuyentes aportó bien alguno. Podían presumir de su gesta porque si no había patrimonio que dividir no había dote que negociar.

–Tan poderosa razón, a quienes vivieran en trance de civilizarse, como en su caso había sucedido, no impedía que celebraran las nupcias, decisión bárbara solo justificada porque entonces el vínculo marital era la fuente reglada de la generación humana, con menos frecuencia el medio para la festiva expansión del deseo.

Con el tiempo, gracias a sus esfuerzos, habían conseguido dotar a sus dos hijas, a una con una cantidad que prefirieron no dejar escrita y a la otra con una muy estimable para el momento en el que se desprendieron de la cifra.

Cuando faltaban los progenitores dotaban otros parientes. Una tía, fuera poseída por la generosidad que hubiera hecho presa en ella o por la impaciencia que le inspirara la proximidad de su muerte, que amenazara con retornarla al limbo inmaculada, podía aceptar la defensa de esta causa. Los hermanos ya casados de la que iba a tomar estado, porque la hubieran criado en su hogar, también podían para este fin representar el papel de los padres. Un presbítero, beneficiado en una parroquia, no tuvo inconveniente en dotar a una sobrina, puesto que en las familias del clero su condición no era incompatible con la filial.

Era frecuente que con la dote se saldaran las obligaciones que sobre el patrimonio de la familia descargaba la descendencia, como ocurriría con el capital. También la legítima podía quedar a su cargo o liquidarse íntegra. Ambas se fundían premeditadamente, una vez que se había decidido determinada transmisión, para corresponder a las obligaciones que hubieran recaído sobre la otra parte de los bienes atesorados. Por esa razón un padre podía dotar a su hija con la fracción que por el fallecimiento de la madre le perteneciera como legítima, y era habitual convertir en dote lo que a una casadera le tocaba en el reparto de los bienes del padre o del abuelo, previamente difuntos.

–Al resolverse a costa de la legítima, la dote, sin menoscabo de otros propósitos, pudo ser una forma de venta de la mujer en expectativa bajo las condiciones más favorables, si se pactaba en las capitulaciones una cantidad que rebajara las obligaciones derivadas de aquel imperativo. El encaje armónico era posible cuando la otra parte la aceptaba, aunque no fuera cuantiosa, como un medio al servicio de su promoción. Para quien hubiera acumulado riqueza, y aun así careciera de la consideración que para él deseaba, resignarse a un ingreso insignificante podía valer, a través del contrato de matrimonio, la entrada en una familia que creyera aristocrática.

La dote que se conservaba íntegra, habiendo concluido el curso de la sociedad conyugal, fue un balance del que algunos padres se mostraron orgullosos, porque a su vez podía convertirse en dote para su descendencia. Un padre que se había casado en segundas nupcias, a una hija habida en la primera familia podía entregar por este concepto la cantidad que su madre había llevado a su enlace. Es posible que una condición tan rígida fuera una parte de las capitulaciones, quizás solo en algunos contratos, porque en ocasiones una exigencia tan alta podía complicarse tanto que era soslayada; o que el fallecimiento de su mujer fuera una exigencia legal para que el marido tuviera que responder del depósito que se le había confiado.

–Hecho inventario de los bienes dejados por un esposo tras su muerte, a iniciativa de la entusiasta viuda, constató que no alcanzaban para el reintegro de la dote que había aportado décadas antes, sin que al parecer un comportamiento tan insensato tuviera efectos judiciales, aunque con la consiguiente defraudación de sus proyectos.

La consecuencia material de la muerte era tan rigurosa como inevitable. De cómo programaban el traspaso de su riqueza quienes, si hacían planes, adelantándose o respondiendo a los avisos de la Definitiva, preferían no dejar nada escrito nada podemos decir porque siempre nos limitamos a los medios documentales. Otros, urgidos por el deseo de una explicación, optaban por dejar constancia de su última voluntad en forma de testamento. Era más probable que quienes hubieran acumulado algún patrimonio tomaran la segunda decisión, por iniciativa propia o a instancia de sus deudos.

Las formas de transmitir que los testamentos nos permitieron conocer fueron múltiples, pero nos persuadimos, previa discusión de casi una docena de fórmulas, que en el origen todas las piezas confluían en una satisfacción extraordinaria para quienes las tomaban: les permitían imponer su voluntad después de la muerte, un hecho inopinado y en apariencia escaso al que sin embargo era fácil acceder en un mercado propio llamado escribanía, la oficina pública que comerciaba con el traspaso de los patrimonios legales. Si recurrían a ella, la norma por la que se regían, que desde la edad media había extendido su poder hasta las tierras meridionales, les obligaba a cumplir con las garantías a favor de sus consanguíneos o legítima, al tiempo que les reservaba la posibilidad de dirigir a discreción una parte de la riqueza que les perteneciera, incluso más allá de los límites de la familia.

–Luego una parte del tesoro que se había originado en el dominio creado por el deseo podía escapar a su tiranía.

–Aunque es necesario reconocer que eran pocos los que conseguían disponer de al menos una parte de su patrimonio al margen de la red biológica.

Gracias al testamento, fueron normalizados ciertos modos de transferencia de los patrimonios. El cónyuge que moría antes que el otro dejaba como usufructuario de todo al que le sobrevivía, los bienes eran repartidos en porciones iguales entre todos los hijos habidos en el matrimonio, previa liquidación de las deudas pendientes; el soltero solía dejar sus bienes a sus sobrinos.

La gama de combinaciones que a estos tipos sería necesario añadir, para completar la descripción de los hechos testamentarios comunes, no contradiría lo que entre todos nos enseñaron. La mayoría de las familias que disponían de patrimonio, de una o de otra clase, llegada al momento de su curso que hacía necesaria una solución formal, para que diera fe de las decisiones tomadas, frente a cualquiera de las controversias que en el futuro pudieran suscitarse, aunque hiciera una larga lista de salvedades no recurría a ninguna institución distinta a la del heredero familiar para traspasar los bienes, muebles e inmuebles, en especie o en efectivo, de los que morían a los que seguirían viviendo.

–Así se naturalizó en las tierras meridionales la herencia, una forma poco justificable de la circulación del ahorro.

“A veces su origen se ha explicado como respuesta a una superstición. A partir del imperio nuevo, la opinión de los egipcios sobre la vida de ultratumba cambió. Entonces, a una proporción creciente de ellos el problema de la existencia tras la muerte llegó a preocuparle sinceramente. Hasta entonces, apenas había progresado el interés por la resurrección; ni entre aquella gente, que tan proclive a la sedición se mostró pasado el tiempo, ni entre los habitantes de otra tierras, atraídos o no por las conspiraciones. Los súbditos del soberano que había extendido su poder a todo el valle del Nilo aceptaban que esta facultad estuviera reservada al rey, quien perseveraba en manifestar su restauración, aunque no pudiera ocultar el progreso de su vejez, con tanta más frecuencia cuanto mayor era su edad.

“Pero la propagación de la única teoría sobre la supervivencia, elaborada por cortesanos fieles que deseaban contribuir a que el poder de la Monarquía se sostuviera, traspasó los límites del círculo para el que había sido creada. Como ocurriría en tantas ocasiones, una parte de quienes solo mantenían con aquel mundo una relación que los subordinaba sin embargo decidieron aceptarla porque el deseo de emularlo los empujaba a tomar sus costumbres.

“Carecía de la justificación política que inspiró la especulación original, causa que contribuiría a que la emergencia de la República se retrasara aún algunos siglos, puesto que los seres que convivían por ser contemporáneos, aun sin carecer de la condición humana prefirieron ignorar que con este ardid argumentativo, avalado por la muerte, hubieran podido reivindicarse idénticamente soberanos, fueran laicos o levíticos, miembros de una sociedad hermética o empresarios.

“La nueva justificación emergió de un desorden de índole distinta, a juzgar por un hecho no independiente de las fuentes del caos, de enorme interés para valorar la importancia desde entonces concedida al ritual funerario y la pasión por él que se impuso hasta en sus más insignificantes manifestaciones.

“El procedimiento común de herencia de las propiedades, entre los egipcios, ya entonces quedó sometido a una condición poco razonable: que el entierro fuera verificado. El posible legatario que el legítimo dueño hubiera previsto quedaría desheredado si no cumplía con esta obligación. Se expresa un documento de aquella época en tales términos que no deja lugar a dudas sobre su sentido. “`Se entregarán los bienes a aquel que dé sepultura´, dice la ley del faraón”. Con palabras similares fueron escritos más documentos por el mismo tiempo.

“Para los egipcios rigió un principio más universal por persistente que por extendido. Todo el legado de un difunto iría a parar a quien ejecutase su entierro bajo las condiciones rituales prescritas, responsabilidad que recaería con más frecuencia sobre los allegados, certeros conocedores de los patrimonios de quienes habían de pasar por el trance de la muerte. Es más probable que en la obsesión por el renacimiento, que dio como consecuencia los sorprendentes resultados materiales que son tan conocidos, haya un escrúpulo de albaceas en modo alguno desinteresados, no una creencia.

“Cuando a la conservación del cuerpo quedaba confiado el deseo de volver a la vida tras la muerte, para ser acreedor a los bienes que el difunto había acumulado al pasar por la tierra, y que contra su voluntad dejaba tras de sí, el vivo que los deseara, más probable entre los parientes, debía adquirir el compromiso de fundar la tumba donde yacería el cadáver acecinado.

–Pero tampoco sería prudente negar su espacio a la piedad, porque al corazón humano llegaba, por un conducto que sin embargo la anatomía practicada por sus cosmetas no fue capaz para descubrir, un sentimiento, forma de hablar que el presente ha traducido explicando que la voluntad era colonizada por la desgracia de la riqueza; como un economista, porque hubiera evolucionado a empresario, y en su beneficio hubiera atesorado el trabajo ajeno, en parte recibido gracias al patrimonio heredado, espurio puesto que procedente de la más feroz venganza que en la sierra conocieran los siglos, estaría nunca incapacitado para ser miembro entusiasta y generoso de una sociedad de egiptología.

–Habiendo sido común en tiempos remotos, tal creencia con los siglos no perdió su condición primitiva e invariable. Por causas tan desconocidas como las que permiten que el monstruo verde de los celos, de dimensiones colosales, cuyo cuerpo está cubierto por escamas deuterobizantinas, el más incontrolable y violento de los creados por la imaginación trastornada que de los hombres insensatos se apodera, fuera encontrando medio para reencarnarse en cada nacido, se pudo regenerar la creencia en una vida oculta bajo la tumba, las obligaciones que delegaba a los que seguían existiendo y las astucias que en ellos estimulaba, reminiscencias cuya actualidad han podido comprobar y describen quienes observan el paso del tiempo en los documentos.

–De acuerdo con que el trabajo, acumulado en las cantidades que el ingenio y el esfuerzo de cada cual permitiera, fuera convertido en apropiación de bienes, porque solo la actividad consciente crea cualquier clase de riqueza. Admitamos que todo tuviera su origen en el trabajo propio, que nada de lo que a patrimonio llegara procediera del esfuerzo ajeno. Sería la remuneración a tanto comportamiento desenfrenado, pequeña recompensa para quien no hubiera podido disponer de su tiempo para vivir.

“En el patrimonio adquirido por herencia no había un gramo de honradez porque no había un gramo de trabajo propio, solo convención inducida por el poder coactivo de la ley. Nada útil justificaba que sobre el acceso a los bienes patrimoniales prevaleciera la consanguinidad. Si la circulación libre de los bienes había de ser la responsable del mayor grado de crecimiento, su restricción al ámbito de la familia los privaba del retorno a los mercados, donde tendrían que consumar su asignación idónea.

–En los casos en que el patrimonio se hubiera materializado en capital por metamorfosis del trabajo de otros, mientras los bienes que lo permitieron fueron producidos o porque lo detrajeron al venderlos aun sin ventaja, debió escapar a su control, retornando a los circuitos que los mercados crean o administrándolo el poder que sobre todos prevalecía.

Aunque muchos testadores se sintieran satisfechos con imponer tan tiránica voluntad a sus allegados, amparados en la sobrecogedora muerte, que paralizaba a los vivos más impresionables, otros, porque ante el hecho inevitable también se podía reaccionar sin resignación, y hasta con soberbia poco justificable, todavía consideraron que debían prevalecer sobre generaciones, puesto que la inmortalidad les estaba negada. Decidieron perpetuar la posición material que habían conquistado sirviéndose del mismo instrumento legal, aunque atribuyendo un alcance extraordinario a la parte de sus cláusulas de la que podían disponer sin servidumbre alguna.

Como en vida habían compartido cierta opinión sobre el valor que al patrimonio concedían quienes deseaban prevalecer sobre otros, según la cual los bienes atesorados propagaban en razón directa a su aprecio la grandeza de sus dueños, y así avalaban el papel que deseaban representar ante sus semejantes; convencidos de que imantaban el poder que había permitido hacerlos propios, confiaban su loco proyecto a instituciones muy rigurosas con su conservación y su traspaso: imponían al dominio sobre al menos una parte de sus bienes no obligados por la legítima, para que los recibieran las siguientes generaciones, el deber de inmovilidad, y restringían a la capacidad de uso el ascendiente sobre ellos. Para darles ventaja, aquellos regímenes extraordinarios de transmisión podían combinarse con decisiones previas específicas, también creadoras de instituciones que inducían la segregación parcial del patrimonio de la familia, tanto que la posibilidad de que una parte al menos quedara al margen de ella quedaba abierta.

Para cada una de las formas legales que protegían decisiones tan ambiciosas, pensando en que tendría que llegar el momento de dar cuenta de su existencia, porque antes o después todos debemos hacer balance de nuestro paso por la tierra, nos esforzamos en restaurar los casos más capacitados para explicar ciertos hechos. Gracias al plan desplegado, pudimos coleccionar, para un total de 730 iniciativas familiares, referidas a los siglos entre el décimo cuarto y el décimo octavo, datos suficientes sobre los destinos específicos a los que aspiraron quienes desviaron al menos una parte de sus patrimonios por las vías inmovilizadoras.