Principio de la gravitación universal III
Publicado: enero 11, 2015 Archivado en: Contradictor ocasional, Narrador, Replicante primero, Replicante segundo | Tags: crédito, rural Deja un comentarioNarrador
Replicante primero
Replicante segundo
Contradictor ocasional
El recurso preferido por quienes deseaban sacar el mayor provecho al capital atesorado, hibernándolo con una inyección de derecho canónico, fue la capellanía con sacerdote propio, capellanía por antonomasia, que completaba el blindaje del patrimonio familiar superponiendo tres instituciones. La dogmática de la época subrayaba la complejidad de la fórmula al describirla como un patronato limitado al cumplimiento de una memoria, encomendada a determinada persona, el sacerdote suyo o capellán, titular del vínculo implícito en la iniciativa.
La distancia entre esta y las otras formas de capellanía la marcaba la tercera pieza, el patronato. Porque alguien dotara una institución eclesiástica, con unos bienes que igualmente quedaban inmovilizados, adquiría un poder precedente para decidir quién debía ejercer el sacerdocio en ella, su mantenimiento y su gestión. Tal era el patronato, que podía extenderse a todo un templo y con mucha más frecuencia, porque era mucho más asequible, solo a una memoria. Al emplearlo como una parte de una fórmula compleja haría compatibles, de la manera más fácil y en el grado más satisfactorio, la representación de las creencias y las convicciones morales, el respeto a las instituciones eclesiásticas y la supervivencia de una parte apreciable del negocio generado por los patrimonios de las familias del medio rural.
Aunque cualquier beneficio, para ser efectivo, necesitara de la colación o nombramiento canónico, gracias al patronato su titular se reservaba la capacidad de presentar al sacerdote que había de atender el originado por esta clase de memoria, lo que le garantizaba la elección de su procedencia.
Pero como la intervención canónica, por subordinada que fuera, era siempre una amenaza al ascendiente que sobre los bienes dotales tuvieran quienes los habían adscrito; porque ciertas familias no se resignaban a entregar sus intereses, a las garantías habituales para la inmovilidad del patrimonio acogido al canon eclesiástico el patronato añadía el derecho a la supervisión de la obra fundada, negocio para el que eran designados los patronos, preeminencia justificada por el origen de los bienes transferidos en favor del lugar sagrado. Si el clérigo investido como capellán era al mismo tiempo patrono, o por decisión del fundador tuviera algún poder sobre los designados para este trabajo, podía colmarse el plan que para una obra de este tipo una familia hubiera concebido.
Tanto cálculo también estaba justificado porque el alcance de la capellanía podía ser lejano. La creación de una capellanía llegó a convertirse en algo común no solo porque permitía inmovilizar una parte del patrimonio.
–Invertir en capellanías las rentas netas que proporcionaba la agricultura de los cereales también podía servir a la venta de sus productos.
–En los mercados rurales el gravamen estable del intercambio de grano fue la alcabala y sus cientos. El destinado a la venta entraba en las poblaciones por puntos determinados precisamente para obligar a su pago, aunque, como era habitual cuando se trataba de tal clase de cargas, existían medios para eludir legalmente estas obligaciones. No estaban sujetos a ellas el destinado al consumo personal ni el del pósito, ni tampoco los frutos de las capellanías, puesto que las eclesiásticas eran instituciones exentas de estos servicios. Teniendo creada una fundación de esta clase y un hijo como capellán y patrono de ella, podía ser utilizada para vender como fruto de la misma todo el producto familiar, tanto el obtenido por las tierras de la capellanía del hijo como el procedente de las explotaciones que sostuviera el padre, y en particular su labor. De esta manera la renta bruta anual podía escapar sin dificultad a los deberes fiscales.
La obligación piadosa incluida en cada capellanía de esta clase también era un cargo de misas, de inexcusable cumplimiento a lo largo de un año. Las representaciones del sacrificio, como en las demás fundaciones equiparables, eran celebradas a favor de las almas del fundador y algunos de sus familiares, entre los que con frecuencia se incluían los padres. La diferencia más visible entre las memorias comunes y la capellanía más autónoma era de cantidad, excusa suficiente para justificarla como una obra que necesitaba la máxima atención. Como mínimo, las que analizamos exigían seis misas rezadas al año. Las había que obligaban a nueve, y eran muy comunes las que regulaban doce, una por mes, aunque también, sin justificación aparente, se decidían catorce.
Había fundadores sumamente exigentes, hasta el punto que imponían una dedicación litúrgica exclusiva. Uno obligó a cincuenta misas y otro a todas las de doce de los días festivos del calendario eclesiástico occidental. Luego, cuando dotó otras capellanías en otros templos, el mismo promotor llegó a requerir hasta ciento diez misas al año, incluidas las de doce de los días feriados, y aun ciento veinte, más las consabidas de doce de las mismas jornadas singulares. También hubo quienes instituyeron cinco misas rezadas cada semana o veinticinco cada mes.
Las capellanías que disponían de sacerdote propio, como era preceptivo para todas las fundaciones de esta clase, debían acogerse a un templo parroquial, donde era obligado cumplir con el encargo de las misas. Insistían los promotores en que estas se dijeran donde estaban localizados los enterramientos que las justificaban, porque no había sepultura que fuera ajena al espacio que ocupaban los templos y eran muchos los fundadores que habían concentrado toda su devoción en tan poca superficie.
Para garantizarse una parcela en exclusiva, cuando prescribían las circunstancias que para las celebraciones deseaban, algunos fundadores decidieron que su marco fuera una capilla propia, con preferencia destinada a conservar, ateniéndose al único rito vigente, los cuerpos exánimes de los que iban siendo parte de una misma familia. Su erección sería una obra distinta al origen legal de la fundación que haría uso privado de ella, aunque ambos trabajos fueran paralelos. Al menos obligaría a la compra del espacio que a tal fin se iba a destinar, así como al acondicionamiento del subsuelo, que para satisfacer aquel propósito debía acoger un hipogeo, según el estilo funerario clásico. Se puede suponer que la construcción se completaría con el mobiliario litúrgico necesario, incluidas aras y retablos. Por los documentos manejados se averigua además que todas tenían sus ornamentos y sus vasos consagrados a las celebraciones prescritas, necesarios para la representación de cada misterio.
Aunque hubo capellanías que alcanzaron este nivel, no era frecuente que dispusieran de capilla propia. Fueron más los fundadores que se resignaron a limitar la obra del patronato a la erección de un altar dentro del templo elegido, la modalidad inferior de la autonomía del lugar sagrado por iniciativa civil. A los que eran aún más modestos, tal vez con la pretensión de manifestar al menos sus creencias más íntimas, les bastó con designar como sede de la capellanía determinados altares ya existentes mantenidos por la fábrica del templo. Fueron elegidos, por ejemplo, uno dedicado a San Miguel, frágil alegoría de la integridad moral, o el del sagrario de una parroquia, emulación del debir salomónico, en la versión católica el lugar central del culto al Santísimo. Es probable sin embargo que las referencias a las advocaciones que han quedado registradas en la mayor parte de los documentos sean solo una porción de las múltiples que alentaron aquellos planes, tenidas en cuenta la dimensión de las posibilidades y las causas que podían justificarlas.
Había ofrecido Felipe II 25.000 escudos por la cabeza de Guillermo I, príncipe de Orange, el líder de los rebeldes holandeses, con quien disputaba la soberanía de los Países Bajos. El vizcaíno Jáuregui, alistado en los tercios a causa de su nación, valiente y abnegado, algo presuntuoso, se propuso adjudicárselos. Se batió en el campo contra decenas de enemigos, trepó sobre masas de carne indistinta, mezcla de agonizantes inarticulados y cadáveres que aún palpitaban; buscó entre las filas que combatía una gorguera con puntillas, fiado a un retrato en miniatura que circulaba entre la tropa. Arriesgó tanto que fue prendido. Sus captores, entre los documentos que llevaba, encontraron oraciones pidiendo la gracia divina para su yugulado, a cambio de la cual, obtenida del cielo la muerte del enemigo, prometía: una corona para la virgen de Aránzazu, otra más para la misma imagen, un manto y una lámpara para la de Bayona y un rico velo para determinado cristo, que su inspirado autor talló vivo para que fuera la discreción de sus devotos la que decidiera si era mejor adorarlo mientras aún alentaba, en cuyo caso podían respetarlo tal como de manos del cosario les llegara. Si los estimulara más transido y acabado, bastaría que le cerraran los ojos, hábilmente previstos, y añadieran a las heridas tumefactas, por su localización respetuosas con el texto sagrado, la cantidad de carmín que juzgaran oportuna.
Entre los documentos consultados, apareció una lista de las capellanías de esta clase fundadas en uno de los templos parroquiales de la población testada. Sumadas las que su autor copiaba de un registro a las que según él faltaban, alcanzamos un total de 66. Dado que estaba haciendo mención solo de las que correspondían a la parroquia principal, creímos que esta cifra al menos habría que duplicarla si queríamos estimar el total de las fundaciones de este tipo creadas en la misma población, porque tendría que incluir las que tuvieron su sede en las otras seis parroquias. Como además las notas que reunimos nos permitieron documentar el origen, características y evolución de 45 de ellas, concluimos que ambas pruebas eran una demostración suficiente del alto valor relativo que esta institución tuvo en las poblaciones rurales.
Parece que se difundieron como solución preferida sobre todo en el siglo décimo séptimo, aunque es necesario reconocer que fueron una solución satisfactoria, para determinados patrimonios, nada menos que entre 1479 y 1729, los primeros doscientos cincuenta años de existencia de la monarquía hispánica unitaria. Vivieron su mejor época entre 1581 y 1650, siete décadas durante las cuales fueron creadas casi la mitad de las que pudimos analizar. Teniendo en cuenta que la fuente que sobre este asunto nos informaba centró su atención en la segunda mitad del siglo décimo sexto, nos pareció probable que el valor relativo de la primera mitad del décimo séptimo, cincuenta de los setenta años dorados, estuviera por debajo del que efectivamente tuvo.
–Los estados biológicos que correspondían a la fundación de las capellanías autónomas eran diferentes, como más frecuente era el recurso a este instituto. De la mitad de sus promociones los dos tercios fueron obra de mujeres, aunque de la mitad de ellas también ignoramos en qué estado llegaron a tomar la decisión. Solo una se declaró casada, lo que en consecuencia otorga un alto significado al otro resto, todas felizmente viudas. Entre ellas, dos creyeron conveniente destacar que estuvieron casadas con regidores, los miembros de pleno derecho de las cámaras para el gobierno de las poblaciones. Aquella pudo ser la fuente de las rentas que permitieran el ahorro origen de la fundación.
“Un sexto de estas capellanías fue obra de matrimonios, que las habrían creado mancomunadamente; una consecuencia del régimen económico al que obligaba su unión, a su vez afectado por lo que habían decidido. Solo un hombre confesó que estaba casado y actuaba al margen del matrimonio.
–Pudo llegar la ocasión que su obra no solo descollara por ser extraordinaria, sino porque le fuera recriminada como un acto extraconyugal, condena que a los matrimonios sobreviene a causa de la inconsecuencia de los contrayentes bajo jurisdicción monogámica, que excluyen de sus cálculos el hecho verificado de la poligenesia espontánea que promueve el deseo, capaz para tomar armas en toda clase de montes y valles, páramos y frondas.
–Para esta situación civil la salida pudo ser en parte una consecuencia de que otras hubieran quedado bloqueadas. Una pareja pudo decir expresamente que actuaba así porque no había tenido hijos. Esta circunstancia, más la alta proporción de la iniciativa de las viudas para la otra parte de las fundaciones que ya hemos mencionado, obligan a reconocer que también para este tipo de fundaciones pudieron regir cálculos y decisiones similares a los de las memorias elementales.
“Pero por las características de su marco físico de origen, la principal diferencia de las capellanías autónomas procedía de la condición clerical de sus fundadores, que era dominante. La mitad de estas obras existieron gracias a la iniciativa de hombres, la mitad de los cuales a su vez declaraban algún grado de sacerdocio, siempre del siglo. Conocedores del régimen administrativo de estos institutos, que los podía reducir a la condición de beneficio, para sus familias llegaría a preferirlos el clero. Ninguno de los promotores sacerdotales estaba por debajo del presbiterado, categoría alcanzada cuando se había completado la formación eclesiástica romana, y los hubo beneficiados, canónigos y hasta arcedianos de fama. De aquellas condiciones probablemente lo decisivo para cada fundación fueron las rentas que a sus titulares les permitieron.
–Un presbítero pudo decidirse por esta protección para sus bienes después de administrar un hospital importante, radicado en la primera ciudad del suroeste.
–El promotor de otra capellanía, pionera entre las de esta clase superior, y que con el tiempo sería muy apreciada, habiendo muerto en la capital de la región, donde había ejercido el arcedianato, inerte fue llevado al lugar de su nacimiento para sepultarlo en su capilla, donde había habilitado una cripta para asegurarse el descanso no obstante indeseado. Volvió a su tierra en procesión, más bien romería, acompañado de clérigos y otra gente, a lomos de una mula porque era hombre de mucho peso.
–Del resto de los varones que optaran por esta fundación, porque realmente ignoramos su estado, solo podemos decir que pudo haber entre ellos algún jurado, representante solo con voz, en las cámaras de gobierno de las poblaciones, de quienes tenían limitada su actividad pública al deber de sufragio de los gastos que generaban sus municipios. No obstante, se puede admitir que entre varones pudieron aclimatarse mejor las iniciativas cuyo medio biológico sumara al de una familia el de su explotación agropecuaria habitual. Si una parte de las capellanías estuvo aconsejada por el fraude fiscal que permitía amparar, el cálculo original de la fundación tuvo que ser a un tiempo demográfico y económico.
El patronato se pudo combinar de diversas maneras con las demás instituciones inmovilizadoras, y por tanto ocupar en sus relaciones con ellas una posición variable, en ocasiones decisiva en otras a un margen. Era una pieza del orden de las capellanías de mayor rango, y podía ser también necesaria para regular otras iniciativas civiles acogidas a las mismas ideas religiosas. Es probable que fuera útil a la constitución de las cofradías y hermandades, puesto que también podían disponer de capilla o altar propio en los templos, e igualmente pudo adherirse al germen de hospitales o colegios, buscando asegurar a sus promotores la supervisión de cada uno.
Así como la inmovilización de bienes, siendo un recurso civil común, no siempre era mencionada por los documentos constitutivos de las instituciones que analizamos como lo más característico de ellas, o la declaración de un propósito piadoso; tampoco la referencia al patronato era en todos los casos antepuesta a los otros instrumentos con los que pudiera compartir responsabilidad en una parte de tales obras. Designaba anteponiéndose a los demás hallazgos civiles cuando se refería a una fundación del tipo que con forzada indefinición se llamaba obra pía. Una parte de los institutos de esta clase se justificaba solo por su finalidad litúrgica, en el marco de las católicas; la otra, coartada por el ejercicio de la caridad que avalaba la misma creencia, organizaba asistencias públicas de diverso tipo. Las que pudimos documentar fueron la recogida y atención de ilegítimos y la dotación de mujeres de ciertas familias que, habiendo quedado huérfanas, gracias a su mediación podían disponer de dote.
–Tampoco serían civilmente neutros los servicios que cualquiera de estas decisiones prestaran. Si la iniciativa familiar se empleaba en el control de la población nacida al margen de la ley, aunque su deseo fuera atenuar los riesgos de muerte de quienes entraban al mundo al margen del matrimonio, garantizaba su condición de ilegítimo, como se asegura la del delincuente recluyéndolo en la cárcel.
“El depósito o exposición del neonato, acto clandestino y anónimo, procedimiento que estos institutos tenían aceptado para recibir a los recién nacidos no deseados, bastaba para encubrir la consanguinidad. Por principio quedaban excluidos de cualquier linaje. Con el amparo de la ley, así quedaba regulada la extinción de ramas que podrían en el futuro competir con la legítima, y se conseguía neutralizar los efectos adversos que pudieran tener para los patrimonios de quienes se vieran afectados por esta circunstancia. La inmovilización de una parte del ahorro para atender a los fines de una fundación de esta clase sería una renuncia menor, frente al peligro que cada incremento sucesivo del número de descendientes sería para toda la fortuna familiar.
“Cuando el instituto para dotar estuviera reservado a las descendientes femeninas de ciertas familias actuaría como una válvula capaz para regular la presión que cada una deseara descargar sobre la fecundidad, divisor de las transmisiones de sus bienes, sabiendo que entonces toda la legal estaba vertida al matrimonio.
“En los patronatos para los que pudimos averiguar el plazo que habían prescrito para que las interesadas tomaran estado se estipulaban hasta veinticinco años, a contar desde el momento del nacimiento de cada una de ellas. Si aceptamos como umbral de acceso a la fecundidad los quince, tal como era regular, los patronatos dirigidos a este fin dispondrían de una reserva de la capacidad para tener hijos de diez años, que podrían emplear a discreción.
–Supongamos –argumentó Abel– que una rama de la descendencia que hubiera sido seleccionada para la procreación quedara cercenada por el fallecimiento de la encargada de perpetuarla. Se podría adelantar el acceso al matrimonio de una dotable concluyendo su espera para acceder a los ahorros que tenía asegurados, y de este modo aplicarla a la inmediata reparación del linaje. Al contrario, si la corriente de la descendencia estuviera colmada, la dotación podría demorarse hasta neutralizar diez años de fecundidad, valor máximo de su inversión pasiva a estéril. Incluso se podría derivar a celibato irreversible, o anulación íntegra de la fecundidad, dotando el acceso a un convento y no al matrimonio.
“Cuando un patronato para dotes no restringiera su alcance a una familia, las ondas de sus decisiones, en idénticos términos, alcanzarían a toda la población en la que estuviera establecido. Su utilidad sería reconocible cuando la presión sobre su crecimiento fuera la consecuencia de un exceso de nacimientos, o con mucha más probabilidad cuando las catástrofes que ocasionaba la muerte, provocadas por las brutales epidemias medievales y modernas, obligaran a invertir todas las reservas de fecundidad disponibles, bajo la amenaza de la extinción absoluta.
Nada de esto era declarado en los documentos originales, en los que parece que a los fundadores de los patronatos de cualquiera de las dos clases preocupaba, más que sus efectos diferidos, el control sobre la obra creada que pudiera competerles a consecuencia de su cruce con el canon católico. Por esta razón una parte de los promotores optaba por el llamado patronato de legos, que imponía la autonomía de las decisiones civiles en una iniciativa que se había justificado como piadosa, y en correlato el control sobre los bienes inmovilizados con este fin, a partir de la fundación encargados del suministro de las rentas que la mantuvieran activa.
Menos frecuentes que las fundaciones más populares, que eran las memorias y las capellanías del rango mayor, documentamos la creación de patronatos entre 1572 y 1620. Los dos fundados en 1572 no es seguro que fueran instituidos con la condición expresa de mantenerse bajo control civil, pero otros dos, creados en 1602 y 1620 respectivamente, sí decidieron declararse de la clase de legos.
–Por ser iniciativas singulares en cada población, no parece adecuado defender determinadas razones biológicas para explicar sus orígenes. Un presbítero, también tras haber dedicado una parte de su vida a la administración de un hospital de la capital de la región, fue el promotor de uno de los creados en 1572. El mismo, aquel mismo año, con otra parte de sus bienes había puesto las bases para el otro. Solo estas contingencias podrían servir para sospechar que tales fundaciones tuvieron orígenes similares al de las capellanías autónomas patrocinadas por el clero secular.
Así como de cada tipo de capellanía, según el estatuto de su fundación, se podía discutir si la iniciativa canónica tenía alguna posibilidad para prevalecer sobre la civil, de los conventos, para cada caso, se podía evaluar la responsabilidad eclesiástica en sus orígenes. Las pocas fundaciones conventuales de cada población siempre necesitaron la autorización de su obispo, la máxima autoridad de la provincia eclesiástica de occidente. Pero tampoco permanecieron canónicamente puras, y siempre en algún grado el patrimonio civil y sus rentas les fueron transferidos. En el medio rural la iniciativa fue con más frecuencia de una familia, que depositaba una parte de sus ahorros en la empresa, por lo que para su origen y gestión solían recurrir al patronato. Si se reservaba este derecho, en la práctica adquiría el de presentación de quien debía regir el cenobio, y por tanto dirigir la administración y el uso de los ingresos que los bienes adscritos generasen regularmente. El tercer elemento, la orden que hubiera aceptado participar en la inversión, para lo que aportaba sus reglas, se encargaría de la disciplina cotidiana de los recluidos de cualquier sexo. Incluso las órdenes religiosas que en sus orígenes abjuraron de la posesión de bienes temporales, de buen grado se prestaron a ser mediadoras, atraídas por la participación en las rentas que en este caso se generasen. No fue extraordinario que con este motivo compitieran entre sí, o que abandonaran ciertas iniciativas apostólicas, una vez hechos los primeros balances.
Las reglas de la orden que acogía la iniciativa, porque debían ser cumplidas indefinidamente, a consecuencia de la trascendencia espiritual que las creencias les concedían, además justificaban la inmovilización, y su raíz canónica la retracción fiscal o amortizadora. Por eso al origen de las fundaciones conventuales también pudo contribuir un cálculo económico similar al de la amortización corporativa, la exención de servicios, aunque ahora la presencia ostensible del interés familiar redujera el tamaño y por tanto el alcance de esta parte de las operaciones inmuebles.
–Decidirse por patrocinar conventos podía recomendarlo otra posibilidad, en modo alguno secundaria y sí concordante con iniciativas paralelas, también de interés para una misma familia promotora. Si se incluye en el análisis el alcance material que podía tener el crecimiento biológico de las que deseaban concentrar la inmovilización de su patrimonio, invertir en la creación de un convento podía ser una operación rentable por el ahorro que podía permitir a las siguientes generaciones.
“Cuando una familia había decidido instituir un vínculo o un mayorazgo, con el patrocinio simultáneo de un convento podía inducir la sucesión por la línea que hubiera elegido, porque las que pudieran tener origen en las otras ramas podían ser anuladas a discreción, y reducir el costo de la emancipación de los nuevos miembros a la dote o al capital que la fundación conventual hubiera tarifado. Comprometerse definitivamente con una orden religiosa, en el orden civil era equiparable al matrimonio, y por tanto tenía las mismas consecuencias que este para el reparto del patrimonio familiar.
–Para consolidar una parte de sus ahorros y a la vez limitar su crecimiento biológico, y además redundar en beneficio de las decisiones afectas a la casa a las que les reconocía más trascendencia, nada comparable a la fundación y mantenimiento de un hogar cuyo curso natural estaba reglado tanto como pudiera estarlo un harén, que solo admitía población masculina incapacitada o núlida.
–Si nos atenemos al criterio vegetativo, hemos de reconocer que los conventos prestaban dos servicios a la regulación del crecimiento de las familias. El primero, las garantías para la preservación del celibato de una parte de sus miembros. Como las jaulas de las aves de recreo, en cuyas manipulaciones los antiguos se deleitaban, eran artificios biológicos reglados por sus patronos para limitar el crecimiento de las familias que desviaban una parte de sus miembros a ellos, gracias a que también imponían el deber de la fluencia huera para anular potenciales líneas colaterales de transmisión de los bienes.
“El otro era el margen vital que proporcionaban a la existencia de las mismas líneas, distintas a la derivada de la preeminente. Para profesar en un convento los patronos podían imponer alguna condición del siglo, conveniente a los atributos ya adquiridos por sus familias; y a la vez, gracias a los ingresos que al fundar ellos mismos garantizaban, asegurar una existencia colmada por la abundancia para quienes alcanzaran aquel requisito. La vida en los conventos era cómoda para quienes fueran sus miembros de pleno derecho, los profesos, excelencia que no era incompatible con que las ramas bastardas de las familias asimismo pudieran encontrar acomodo en ellos. A través de la institución secundaria de los legos, que por su condición plebeya se encargaban del servicio del convento, señaladamente en el refectorio, se prolongaba la acción benefactora de todo aquel artificio.
–Teniendo en cuenta que la limitación del crecimiento de las familias inmovilizadoras por el lado masculino podía quedar a cargo del sacerdocio, mediante la fundación de una capellanía, el servicio que a este fin pudieran prestar los conventos era especialmente valioso en el caso de los femeninos.
Cuando de una mujer se decía, con toda la formalidad del documento, cuyo rigor legal era garantía de la disciplinada sumisión de todas las voluntades afectadas por el acto, que había decido apartarse de los tráfagos de este mundo, y vivir en castidad, pobreza y religión, ya había resistido, al menos en el convento de referencia, el año de prueba. A partir de entonces iniciaba su carrera de virgen bajo la condición de novicia de coro y velo negro.
En el mismo momento sus padres quedaban comprometidos a pagar a la institución primero los alimentos, ingreso al que obligaba la ley civil mientras la persona careciera de rentas propias. Tal situación podía prolongarse años, tantos como la novicia tardara en profesar. En concepto de alimentos cada uno se tarifaba en moneda corriente y la cantidad debida se complementaba con cierto volumen de trigo, una prueba más del alto valor cívico que entonces tenían los cereales; cuyos costos de transporte, así como el almacenamiento en las instalaciones conventuales, corrían también a cargo de los progenitores. El año se liquidaba por tercios adelantados a principios de cada cuatrimestre, a razón de una tarifa por mes la parte monetaria, mientras que el trigo (dos fanegas por persona en plena primera mitad del siglo décimo octavo) se apreciaba, por cada unidad de volumen, según un valor equivalente a los dos tercios de la fracción en moneda. Aportaciones tan modestas estaban destinadas al gasto corriente de la institución y a ella iban a consumirse. Se comprometían además a pagar el ajuar conventual, parte sustantiva del ingreso, tarifada en algunas decenas de ducados, las propinas y los otros gastos de la profesión. Por último, se obligaban a la dote de su hija, el gasto más importante; decisión por la que se le transfería del patrimonio familiar la cantidad que el convento tuviera estipulada. La de quienes profesaban en los conventos femeninos convertía en obligación precedente el disfrute de patrimonio por la familia que tomaba esta decisión sobre una de sus descendientes. El ingreso efectivo de la dote se postergaba a la ceremonia de paso llamada profesión, cuando la iniciada hacía sus votos definitivos; acto crucial en la vida de aquellas jóvenes, para las que representaba el fin de su minoría.
–La edad de acceso al noviciado no la precisaron los medios de los que dispusimos, tal vez porque fuera discrecional. Pero es muy probable que en todos los casos incluyera la pubertad, porque sí se sabe positivamente que los 16 años cumplidos, justo la edad tipo que marca el fin del primer climaterio, eran requisito para hacer la profesión.
“Si, una vez activo el convento femenino, difería la profesión de sus vestales, momento en el cual adquiría el derecho al ingreso de la dote comprometida, las posibilidades de las que podía disponer en su favor como regulador del crecimiento eran aún mayores. El gasto quedaba reducido a los alimentos, al tiempo que disponía de una valiosa reserva de fecundidad intacta. Así como limitar el crecimiento era satisfactorio en condiciones regulares, y por eso la profesión era irreversible, recuperar la fecundidad depositada y protegida por los muros del convento podía ser sumamente útil cuando la evolución de alguna de las ramas familiares dejara de ser satisfactoria, lo que era posible porque el noviciado no era un compromiso definitivo.
Las órdenes religiosas interesadas en la enseñanza no estaban menos complicadas con el destino que a su patrimonio daban las familias rurales. A través de algunas de aquellas también fueron patrocinadoras de colegios, una parte de los cuales subsistía anexa al noviciado de los conventos.
–Eran aptos para aportar más flexibilidad a los cálculos sucesorios más complicados.
“La formación escolástica era la parte sustantiva de la iniciación en los conventos masculinos, aunque su propósito práctico era capacitar a los futuros responsables de cada cenobio. Para cualquiera de los descendientes de género masculino de una familia potentada podía ser una satisfactoria dedicación durante la pubertad, tan prolongada después como la evolución de cada una de ellas fuera exigiendo. Cumplidos los plazos que marcaran las conveniencias, dos opciones quedarían a su disposición siempre, condenar al celibato a quien de ninguna manera se le consentía descendencia, para lo que bastaba dar por finalizado su periodo de formación y conducirlo a profesar; o emplear su capacidad reproductiva en la perpetuación del linaje, dando por finalizada su formación antes de que fuera comprometido por los votos definitivos, rescatándolo para la vida civil.
“En los colegios comunes los descendientes de las familias cómplices de la institución podían recibir su educación, de contenidos religiosos, sin por eso arriesgar su porvenir de manera irreversible.
Porque fue más frecuente que los colegios fueran instituciones más tardías que las monásticas, en algunos casos sus orígenes pudieron ser consecuencia de la inversión del ahorro acumulado por la propia orden. Así ocurrió con los colegios de la compañía de Jesús, cuyas casas solían recurrir a los fondos del instituto matriz para proceder a cada fundación local. Si los colegios eran mayores tanto pudieron ser obra de la iniciativa privada como de otras instituciones eclesiásticas a las que asimismo garantizaran su inversión recurriendo a tal régimen administrativo.
El hospital también era una fundación del tipo obra pía que solía estar regido por un patronato. Si en su denominación prevalecía el viejo deber gentilicio, representado como virtud, era porque la acogida y cuidado de enfermos sin renta se había ido convirtiendo en una necesidad durante la época moderna. De ahí que la solidez de estos institutos, muy extendidos, también fuera una consecuencia directa del tamaño de las poblaciones donde estuvieran radicados.
En la creación de los hospitales se observan iniciativas equiparables por origen a las monásticas, y por magnitud a las corporativas o a las capellanías de mayor rango. Solo porque sus propósitos eran específicos pueden parecer semejantes a los colegios, pero mientras que en estos la finalidad era formativa y declaradamente biológica, en los hospitales se trataba además de un proyecto de inspiración piadosa. Fueron familias de la aristocracia nobiliaria, que sostenían su patrimonio sobre potentes vinculaciones, o arzobispos, los mayores partícipes individuales en el diezmo, sus promotores más conocidos, aunque también hubiera inversiones con este fin de origen municipal, de menos importancia.
Como las otras instituciones hasta aquí analizadas, garantizaban sus ingresos inmovilizando el patrimonio inicial que les fuera adjudicado. La dimensión del proyecto, así como el costo de sus actividades, obligaban a importantes retenciones de rentas y bienes. Aunque cualquiera de los patrimonios promotores disponía de otros medios capaces para resolver sus planes materiales, nada impedía que los hospitales transitaran por funciones económicas distintas al fin directo.
Las corporaciones conocidas como cofradías y hermandades, cuya importancia relativa en la vida de las poblaciones modernas suele exagerarse, eran modestas sociedades de socorro mutuo, nutridas por la sociedad civil, apenas encubiertas por una justificación religiosa; en ocasiones dogmática en otras moral, a veces simplemente atraídas por el fausto de la liturgia.
Estuvieron activas las de ánimas y sacramentales, de las llamadas de pasión o de gloria, y en la población de referencia una que podría incluirse entre las instituciones del curato porque la corporación imponía a sus miembros la condición clerical, aunque hemos preferido mantenerla en el orden de las hermandades por su explícito propósito societario, replicante al de las corporaciones de beneficiados.
La frecuencia con la que cofradías y hermandades aparecen, bajo cualquier iniciativa devocional, indica que el ámbito dentro del que operaban se limitó al de la parroquia o al convento en cuyo templo tenían su sede. Su modesta aspiración religiosa apenas es capaz para ocultar una parsimoniosa coalición ciudadana. Pequeñas aportaciones de los consocios de generaciones sucesivas irían acumulando un ahorro discreto, mantenido con dificultades. Para el patrimonio del que disponían igualmente pretendían la protección que la ley reservaba a los bienes cuando los designaba inmóviles, la calificación que con el tiempo fue aplicada a todos los raíces. Como los de otras instituciones en las que se había infiltrado derecho canónico, en este caso a través de sus fines declarados, ganaban además la condición de amortizados, que les valía quedar a salvo de los deberes o servicios fiscales. Sus dimensión y alcance con seguridad nos ponen sobre la pista del orden inferior del sistema regular del ahorro inmovilizado en las poblaciones.
La memoria impropia
Publicado: junio 11, 2014 Archivado en: Contradictor ocasional, Narrador, Replicante primero, Replicante segundo | Tags: crédito, rural Deja un comentarioNarrador
Replicante primero
Replicante segundo
Contradictor ocasional
Los datos que proporciona la documentación de pleno siglo décimo octavo, cuando se refiere a los censos, la fórmula contractual más explícita de cuantas sostuvieron en aquel medio el crédito, o a los que con más precisión clasifica como censos a favor, el interesado con más probabilidad los encuentra registrados en las colecciones dedicadas al asiento de los bienes eclesiásticos. Es la referencia más exacta a la cobertura del crédito en el campo, a un tiempo moral y legal, que los acreedores estaban dispuestos a confesar.
Una parte de las fórmulas utilizadas, sostenidas sobre los entramados de instituciones civiles acogidas al canon de la iglesia romana, fueron admitidas por la ley, mientras que las demás que pudieran utilizarse, sin dejar de ser legales, estarían destinadas a la ocultación del fin real del negocio contratado y por tanto no emergerían en las declaraciones de los ingresos obtenidos del patrimonio. Creemos disponer de datos que autorizan a hablar en estos términos, que en este momento pueden resultar algo herméticos.
Los redactores de aquellos documentos, en muchas ocasiones, prefirieron utilizar la palabra memoria, denominación formal de la capellanía común o simple, con un sentido contable. Para quienes así la empleaban era una clase de renta, clasificada en la categoría general de censo a favor, y aludía a cualquier modalidad de transferencia causada por aquella forma inmediata de la piedad. Concebir así la memoria estaba justificado por una sólida tradición.
Según la documentación conservada, para ingresar con frecuencia anual partidas de capital líquido, aunque fuera en cantidades modestas, un mecanismo que alimentó los fondos de las instituciones que aceptaran estos encargos fue el gravamen sobre un bien que aportaba cantidades de escasa relevancia, a cambio de la atención regular a este monumento litúrgico. Tiempo antes, alguien había decidido cargar uno de sus bienes, o todos, con la obligación de un pago, que debía parar cada año en manos, por ejemplo, de un colegio de beneficiados. Como réplica, este quedaba sujeto a dar las satisfacciones espirituales correspondientes a una memoria. Así, sobre una casa, que se había transmitido dentro de la línea de los dueños que la cargaron, en 1495 pesaba una obligación a favor de aquel colegio de 40 maravedíes al año.
Otra instantánea del ingreso de capital, que también permitían observar los documentos, probablemente descriptiva de una situación algo más evolucionada que la expuesta precedentemente, pero no del todo diferente, complicaba las relaciones. Una persona había dejado todos o una parte de sus bienes a un tercero, habitualmente instituciones como cofradías, fábricas o incluso los beneficiados de cierta parroquia. Los receptores, por efecto de la transferencia, quedaban obligados a pagar una cantidad anual al mismo colegio de sacerdotes, deducida de los bienes señalados, a cambio de la memoria, que habría sido cargada previamente sobre ellos.
Probablemente, así descrito, puede parecer algo artificioso lo que solo es un momento de un proceso administrativo. La explicación de un caso puede bastar para aclarar los términos concretos del hecho, aunque quizás no para desvelar del todo sus causas. En 1458 un hombre, a través de su testamento, legó una casa a una fábrica parroquial, con la carga de 100 maravedíes, que debía percibir cada año una corporación de beneficiados a cambio del cumplimiento de una memoria, a cuyo cargo estaba su liturgia, antes cargada sobre aquel bien. A partir de aquel momento la receptora de la donación, la fábrica parroquial, si quería disfrutar del legado tendría que satisfacer, a favor de la corporación beneficial, la cantidad anual mencionada.
Esta clase de transferencias fue una vía regular de adquisición de renta en la baja edad media. Como posibilidad más respetuosa con la letra de los testimonios, se debe admitir que la mayor parte de las donaciones recibidas en dinero por la corporación de referencia antes de 1420 fueron modestas limosnas anuales a cambio de memorias, que no obstante fueron garantizadas haciendo recaer la obligación del pago sobre un bien. De otras 26 donaciones, registradas entre 1420 y 1532, de las que sin embargo se ignoraba quiénes habían sido sus autores, a excepción de una consumada en 1508, se puede tener la certeza de que estuvieron sujetas a esta fórmula. Las cantidades de este modo comprometidas oscilaron entre los 30 maravedíes y los 1.000, aunque raramente sobrepasaron los 200. La más habitual fue 100, pero también fue muy atractiva la mínima. El grupo que los valores por debajo de 100 formaban era casi igual al que puede formarse con los que se encuadraban en la siguiente centena.
Una parte de las personas obedientes a la teocracia romana, de poderes tan sólidos que sus siervos se declaraban resignadamente fieles, a institutos complicados con ella haría donaciones, sin esperar a cambio nada distinto a las recompensas litúrgicas, y, por su medio, trascendentes y espirituales, prodigadas por aquellos. Vender ritos a cambio de una limosna garantizada por una obligación podía ser tan poco arriesgado como lucrativo. Su oferta por el cuerpo de los beneficiados, que representaba la aristocracia del clero, pudo parecer suficiente y atractiva para quienes solo desearan atender la conmemoración de su paso por la tierra o el de sus antepasados; ficción cuya recompensa, para una parte de los atrapados por aquellas creencias, pudo ser más reconfortante que el negocio más rentable. El servicio podía liquidarse anualmente, sin más compromiso que la sujeción de un bien, y la corporación no tendría más que recibir renta líquida.
Las donaciones de limosnas con garantía, por voluntad de ciertos fieles, serían la consecuencia de las excéntricas aspiraciones a mantener viva, para siempre, la memoria de su paso por la tierra. Tan loco deseo llevó a una parte de los propietarios al exceso de condenar al menos una porción de las rentas de sus adquisiciones, convertidas en patrimonio, a la inmovilidad, para que pudieran generar ingresos con aquel fin. Ninguna responsabilidad, en una decisión así, puede atribuirse al receptor. El tercer elemento, lo inmovilizado, parece una necesidad correspondiente al plan concebido por hombres extraordinariamente piadosos.
Esta modesta manera de participar en la circulación de la renta, característica de la baja edad media, sobrevivió, aunque muy atenuada. Como medio de captación, al menos en la documentación de referencia, solo reaparece en cuatro ocasiones en el siglo décimo séptimo, pero tuvo que ser un hecho consolidado, que consiguió perpetuarse, al menos para una porción de los casos registrados posteriormente.
Una consecuencia de este modo de actuar, que hubiera sido relevante para el mercado de los créditos, pudo ser que estas rentas fueran atesoradas para luego ser utilizadas como principal en una operación abierta de crédito. Casi nunca fue así. Los ingresos generados por las primeras memorias raramente sirvieron para formar capitales aptos para operar en el mercado del dinero. De haberse actuado de este modo hubiera sido necesario, al mismo tiempo, renunciar a una parte de la generación de renta cada año, lo que le quitaría sentido a la existencia de la corporación que se beneficiaba de ella.
Entre comienzos de la época moderna y 1806 quedó registrada una tercera forma de sostener la memoria, no incompatible con las precedentes, ya ensayada en la edad media. El fundador la encargaba al colegio de los beneficiados a cambio de la cesión de un capital, que se declaraba, y no de réditos, para cuya seguridad se hipotecaba un bien, con preferencia una casa. Parece absurdo y cuesta aceptarlo, y no excluimos que nuestra lectura sea errónea, pero honradamente debemos presentarlo como un hecho rigurosamente cierto. Por separado, hemos analizado una y otra vez los términos de los contratos, para verificar si nuestra interpretación era correcta, y la hemos confirmado tantas veces como hemos repetido el análisis. Hubo promotores de memorias que a cambio donaron un capital con garantía hipotecaria.
La diferencia más visible, respecto a las imágenes precedentes, es que la denominación de la cosa donada, el capital, en la documentación se conservó en reales, por razones prácticas, consecuencia tanto de su tamaño como de las nuevas circunstancias monetarias, aunque a veces se prefirió hablar en ducados. A la vista de los testimonios, de nuevo se llegaba a la convicción de que lo que en esta ocasión nos permitían ver los documentos era otro momento procesal de una clase similar de operaciones, y así lo discutimos reiteradamente, a partir de aquella observación.
De la misma manera que, para los tiempos precedentes, hubo donaciones de rentas en sentido propio, aunque resulte más complicado detectarlas, una vez ideado el procedimiento para transferir rentas garantizadas, la posibilidad de seguirlo a la letra quedó abierta y fue seguido en proporciones superlativas; como si gracias a la ley de amnistía, concebida para garantizar la impunidad a quienes cometieron delitos contra los derechos humanos, hubieran salido de las cárceles la masa de los desorientados por sus convicciones, activistas en favor de mejores condiciones para la iniciativa política que a causa de su ineptitud habían caído en manos de la policía.
No se debe excluir esta enajenación transitoria ni negarle racionalidad, dado que todas las razones proceden de la moral y la moral afortunadamente nunca ha sido invariable. Supuesto que tras la muerte el alma puede disfrutar de una vida celestial, y que los sufragios allanan el camino para los que aspiran a este bien, invertir algún dinero en misas post mortem pudo parecer una decisión correcta. Nadie podrá negarle rigor económico a semejante manera de pensar.
Ocurría por último que de otras casi treinta iniciativas a favor de la misma institución, tomadas entre 1647 y 1783, solo podía decirse algo similar a lo que ya habíamos observado para las donaciones de capital de la época moderna, no exactamente lo mismo. Aunque quienes suscribieron el capital registrado, a partir de aquel momento, quedaron inscritos como fundadores de sus respectivas memorias, como origen del capital solo hacían referencia a la imposición de aquella carga sobre un bien, no a la procedencia de la cantidad que constaba como capital. Esta versión de la fórmula, más allá de los detalles de forma, para los ingresos regulares de la corporación no dejaba de ser similar a la más antigua. En efectivo, la cantidad que cada año ingresaba también la suministraban las rentas deducidas de cada donación.
La vigencia de esta manera de actuar pudimos confirmarla a través de la contabilidad del convento de referencia. De una parte de los capitales a él donados, activos como fuente de renta en la primera mitad del siglo décimo octavo, el ingreso efectivo que conseguía la institución también era solo el rédito anual, garantizado por el correspondiente bien, capital tangible en caso necesario. Era posible que el procedimiento prolongara su vida hasta más tarde, aunque tampoco esta corriente alimentó la constitución de capitales. Así lo demostraba la misma contabilidad para el tiempo en el que concentrábamos la atención. La renta donada con garantía hipotecaria, de ingreso anual, no repercutía en el fondo destinado al negocio crediticio sino en la caja del gasto corriente.
Recapitulados todos estos hechos, nos quedaba una duda.
Si al menos una parte de las donaciones hubiera exigido la condición hipotecaria, para a cambio hacerse responsables del encargo espiritual, habrían forzado la voluntad de los donantes con su apetencia de lucro, para que las alentaran con el incentivo de un bien en perspectiva. No era admisible suponer moral de comerciantes a instituciones con fundamentos en la piedad. Tendría más sentido que tales hipotecas pudieran estar inducidas por una compra de crédito, que usara las fórmulas asociadas a la donación, para completar su curso legal. Bastaría este detalle para que todo pareciera más sensato.
En el origen de esta idea, verbalizada por fin, tras varias discusiones, no siempre frías y desapasionadas, estuvo que no dejó de sorprendernos, en el transcurso del análisis de las memorias, la uniformidad en las decisiones piadosas. No solo para las activas a mediados del siglo décimo octavo. Era aún más evidente que las cantidades que era necesario liquidar cada año por las fundadas durante la edad media, a favor de la corporación de los beneficiados, se repetían con excesiva rigidez.
No tenía sentido que todos los donantes tarifaran su piedad con idénticas cantidades. Ensayamos diversas explicaciones a un comportamiento tan gregario. La que finalmente resultó más satisfactoria fue la que tomó como premisa que los gravámenes impuestos sobre los bienes causados por las memorias tenían la misma forma que los réditos, la liquidación anual de los intereses crediticios, que para entonces ya conocíamos con suficiente solvencia. Si actuábamos con ellos como si lo fueran, aplicándoles unos tipos tentativos, obteníamos, para las tres cuartas partes de las operaciones, valores idénticos a los principales que efectivamente se comprometían durante la época moderna, de los cuales ya teníamos también información detallada.
Las cantidades donadas como réditos, salvo excepciones, podían ajustarse a los intereses que debían liquidar anualmente los préstamos que cotizaban en el mercado del dinero; de la misma manera que la expresión nominal de los capitales de las casi treinta iniciativas de esta clase a favor del colegio de los beneficiados, tomadas ya entre 1647 y 1783, también, sorprendentemente, se ajustaban a las cantidades tipo de los créditos habituales. Así pues, cabía dentro de lo posible que bajo esta modalidad se hubieran negociado, además de servicios religiosos, cesiones de dinero por cantidades predeterminadas cuyo auxilio financiero fuera necesario.
Las sospechas a favor de esta posibilidad se fueron acumulando, al principio incrementadas por la parte que permanecía a oscuras, que alentaba los peores presagios, como ocurre con las pesadillas.
Pudimos documentar que una fábrica parroquial, que había recibido un bien por el que tendría que pagar al cuerpo de los beneficiados 80 maravedíes cada año, en 1514 admitió que aquella carga era indefinida, calificación que durante toda la época moderna fue compartida por una clase de créditos.
Al principio quisimos creer que el documento pudo expresarse en aquellos términos porque el encargo recibido por los beneficiados, la memoria, iba marcado por el deseo de perpetuidad. No podíamos tomar solo una afirmación procesal como prueba concluyente de que las creencias en el más allá estuvieran envolviendo comercio de dinero.
Pero se daba otra circunstancia que hacía recaer en la misma sospecha. Todas las memorias medievales analizadas, 31, se mantuvieron activas hasta 1817. Entre la fecha de origen de cada una y este momento final, decidido por nuestras fuentes, todas, con escasísimas modificaciones (solo dos fueron reducidas en 1785), pagaron año a año las rentas que debían. Por tanto también fueron pagos, ya que no infinitos, indefinidos, como los que respetaban por siglos quienes habían recibido la obligación de un crédito cuya liquidación definitiva no había sido prevista. Sin embargo, igualmente era posible replicar que en esto no se hizo más que cumplir con lo que había instituido la devoción.
Aun así, había más. Una parte de las cargas añadían, al dinero que era obligado liquidar cada año, un complemento en especie, siempre una o dos gallinas. En el lenguaje contable de la época a la que nos referimos, que aplicaba nuestra corporación, este concepto se llamaba adehala. Estaba concebido como un suplemento gracioso, no exento de obligación servil, agregado por el pagador al precio que para la transacción se hubiera acordado en un contrato, que llegaba a precisar, cuando se trataba de animales, si debía satisfacerse en vivo o en su equivalente metálico. Los contratos de arrendamiento de las tierras habitualmente la incluían. No veíamos cómo, si la adehala era la prolongación de un precio, pudo ser el complemento de una donación en metálico.
Llegados a este punto, la garantía hipotecaria, como parte de una donación, definitivamente nos pareció poco justificable. La transferencia directa de un capital, como se documenta con facilidad más adelante, podía ser bastante para satisfacer el sufragio y al mismo tiempo las aspiraciones de perpetuidad, sin por ello cargar obligaciones sobre otro bien. Al contrario, el ingreso anual comprometido, en todos los casos que parecían inconsecuentes, estaba asegurado por al menos una propiedad inmobiliaria, que en tres de cada cuatro era una casa.
En una ocasión el acuerdo sobre la supuesta donación mencionaba el derecho de retracto, a favor de los beneficiados, en caso de que el dominio sobre la casa cambiara de persona o institución, una reserva que también se aplicaba a las garantías crediticias.
Además, en las iniciativas de comienzos del décimo sexto eran frecuentes las referencias a la formalidad de la escritura de obligación, justificada por el recurso a la hipoteca, y para referirse al origen de la carga impuesta, las fuentes explicaban que procedía de un tributo, palabra también reservada para referirse a una de las formalidades crediticias. Y lo que parecía aún más directo: para identificar la carga misma siempre hablaban explícitamente de rédito, nombre común de los intereses de cualquier crédito.
En 1532 el poseedor de una casa que soportaba una de estas cargas fue requerido por vía ejecutiva al pago de las anualidades vencidas, lo que dice poco a favor de sus convicciones piadosas. En 1550 otra carga fue aceptada por el doble del valor que tenía a principios de aquel siglo, mucho después de que su promotor, ya desaparecido, pudiera duplicar su preocupación por la vida de ultratumba. En 1565 las religiosas de un convento heredaron a un hombre que en 1514 se había obligado a tres de estas donaciones, cada una garantizada con un bien distinto. Hacía singular el último caso que uno de los avales era una casa de otro, que luego las religiosas reconocieron como propia. El absurdo se podía resolver si interpretábamos que la operación avalada por aquel edificio pudo destinarse, de acuerdo con su dueño, a conseguir por vía de crédito dinero para su adquisición.
Por último, una parte de estas memorias comprometía, como garantía hipotecaria, el mayorazgo o el vínculo. No tendría sentido, por las consecuencias en las que puede desembocar la obligación hipotecaria, arriesgar el patrimonio al que una familia había concedido preferencia a cambio del culto a los antepasados. La necesidad de dinero líquido era una razón que partía con mejores condiciones para explicar una decisión tan delicada.
Todas estas situaciones podían admitirse como pruebas a favor de la idea que había ido decantando el análisis: que las memorias pudieron proporcionar la mejor cobertura para acceder al crédito. Eran lo bastante razonables para admitirla, y sobrepasaban, por su integridad, a las que pretendieran aceptarlas solo como un pacto piadoso. Al menos una fracción de las donaciones en dinero catalogadas como memorias, de liquidación anual, desde la baja edad media pudo incluir una operación de crédito.
Era posible que esta interpretación de los hechos no fuera del todo correcta. Tal vez habían escapado a nuestra atención circunstancias específicas en las que la garantía hipotecaria era exigible por la norma civil. Quizás pudo ser una de ellas el encargo de una memoria.
Admitir la duda permitió una de las discusiones más vivas entre nosotros.
–Para toda clase de acuerdos se podían exigir las garantías que se formalizaban con las llamadas obligaciones. El administrador de unos bienes o el mayordomo que gestionaba los fondos de una corporación, los padres de un colegial, los tutores de un pupilo, entre bastantes más tipos que podríamos mencionar, habitualmente se veían en la necesidad de suscribir una escritura de obligación, por la cual, una vez comprometidos a responder de ciertas cantidades de dinero que llegaban a sus manos, procedentes de cualquier clase de renta, debían garantizarlas con todo o con parte de sus bienes. Incluso quienes con ellos se prestaban a formar una sociedad, comprometida por el mismo encargo, justamente se solían constituir en grupo financiero solidario obligando mancomunadamente sus bienes.
–La memoria que hemos detectado era distinta. En el acuerdo que la hacía posible intervenía, además de una cantidad de dinero y un bien garante, un tercer elemento, las misas que debía atender el clero.
–Que serían el equivalente a los réditos.
–Innecesario si se hubiera suscrito un crédito común. Para contratarlo bastaba con comprometer contractualmente una determinada cantidad de dinero a favor de una institución que dispusiera de los depósitos que aseguraba la inmovilización, garantizándola con un bien. La cantidad comprometida era la que se había recibido de la entidad y el bien su correspondiente garantía hipotecaria.
“Cuando en los documentos se lee que alguien impone sobre un bien cierta cantidad a favor de una institución eso significa que el dueño del bien ha tomado de ella tal cantidad para cuya garantía obliga aquella parte de su patrimonio. Bajo aquellas condiciones, nada había que forzara a complementar el pago de los réditos con el encargo de unas misas, esfuerzo clerical inútil si se operaba con los réditos abiertamente.
–La memoria, como era una capellanía elemental, podía generarse de la siguiente manera. Alguien decidía fundar unas misas, de las que hacía cargo a una corporación. Para que se dijeran adjudicaba una determinada cantidad, para cuya garantía señalaba un bien. Era una obligación elemental, en todo similar a la que recaía sobre el bien destinado a sostener una capellanía del rango mayor o un convento. Era el origen de una inmovilización de ahorros idéntica. La única diferencia entre unas y otras modalidades era de tamaño de la cosa donada, en este caso la cantidad.
–Ah, ¿sí? ¿La cosa donada es la cantidad? ¿No es el bien garante? Entonces ¿cómo sí lo es en el caso de los vínculos o los conventos? ¿Cómo las donaciones que garantizan en estos casos la inmovilización no necesitan de ninguna garantía añadida? Quien inmovilizaba bienes para que sirvieran al sostén de un convento no debía garantizarlos además con otros bienes.
–Las escrituras responden con claridad: el bien debía asegurar la percepción de la limosna. Era el mecanismo inmovilizador.
–Réplica que reitera un argumento ya neutralizado. Más directo sería pensar que se trataba de una operación idéntica a un acuerdo crediticio. Se tomaba una cantidad de dinero y a cambio de él se pagaban unos réditos, para cuya garantía intervenía un tercer elemento que era el bien hipotecado. Se había tomado un dinero y a cambio se fundaban unas misas, cuyo precio, conceptuado como limosna, podía ser, no el del servicio religioso, sino el de los réditos, y como era habitual en cualquier operación crediticia se ofrecía como garantía un bien. Así de sencillo y así de razonable.
También es cierto que cada cual podía comprometerse, en cualquier clase de contrato, con las garantías que creyera oportunas. Quien así lo quisiera podría imponer sobre sus bienes las obligaciones que le parecieran adecuadas. La hipotecaria, en esta clase de intercambios, también pudo ser una exigencia de una de las partes o una condición libremente acordada por los contratantes.
Hasta ahora no hemos detectado el menor indicio sobre que las cosas, para las memorias sobre las que discutíamos, pudieran suceder así, y al contrario nos parecía concordante con cuanto habíamos podido averiguar la conclusión a la que habíamos llegado. Las creencias sobre la migración de las almas no resolvían la evidencia abrumadora, el recurso a la hipoteca en los compromisos referidos al culto de los antepasados.
Aunque la responsabilidad que cupiera a la hipoteca en estas transacciones estuviera justificada por razones distintas a la crediticia, que limosnas y donaciones, para los mismos periodos, fueran idénticas a los réditos que era necesario liquidar cada año, o a los principales con los que habitualmente se comerciaba, eran hechos activos a favor de la intromisión del mercado financiero en el medio de la piedad trascendida a memoria.
Para quienes necesitaran un crédito y supieran a quiénes podían acudir para que les proporcionaran capitales, la carga con una hipoteca a cambio del préstamo encubierto por la memoria pudo tener más demanda que el réquiem inmaculado, aunque fuera solo porque era menos generoso para cualquiera de las dos partes.
Se podía demostrar que el colegio de los beneficiados, a la vez que acordaba la clase de memorias que estábamos analizando, recibió donaciones de capital a cambio de otras que no obligaban a hipoteca alguna.
Desde que comenzó sus negocios, probablemente en el siglo décimo cuarto, tiempo de dificultades afrontadas con recursos institucionales abusivos, dispuso de capital líquido porque una parte de las responsabilidades que le fueron encomendadas fueron dotadas con dinero. No es fácil, para la época más remota, hablando en términos documentales, conocer todos los casos en los que pudo suceder algo idéntico, aun limitándonos a la misma corporación. Entre las donaciones más antiguas con seguridad hubo un par, una con toda certeza de 1321, cuyos bienes fueron originalmente dinero. La siguiente donación de esta clase de la que tampoco se puede dudar fue hecha en 1420, fecha posterior al origen de este cuerpo de clérigos al menos un siglo. Una parte de sus posesiones originales, porque así lo habían decidido los fundadores, así como se habían materializado en tierras o edificios, eran capitales igualmente sujetos a las obligaciones de la inmovilización.
El dinero que fuera recibiendo el instituto por esta vía, que hubiera llegado a sus manos antes de 1420, ya se vería en la necesidad de ser cedido para su uso, lo que equivale a decir que pudo ser activado como principales de créditos. De lo contrario, se consumiría sin generar renta.
La instantánea documental más sencilla, según la cual alguien garantizaba una renta anual a favor de la institución sujetando un bien, podría explicarse muy bien si representara la vigencia de un crédito indefinido cuyo bien garante permaneciera bajo control de quien había suscrito el crédito o sus herederos, que habrían aceptado, para mantener la posesión de la cosa, el deber que había de soportar la carga. La siguiente que retenían los documentos, que podríamos llamar triangular, por la que alguien, o con más probabilidad una institución, estaba en la obligación de satisfacer una renta en concepto de memoria, podría registrar una situación derivada. El bien garante del crédito habría sido transferido. Para su disfrute, al aceptarlo, los receptores se habrían responsabilizado de la obligación de pagar los réditos derivados del compromiso en el que hubiera incurrido antes el solicitante de un préstamo, quien habría decidido garantizarlo con aquel bien.
Si más adelante, para al menos una parte de las memorias con garantía hipotecaria acordadas entre 1420 y 1532, el capital no era el bien fundacional, sino los réditos, también tendríamos que concluir que su origen pudo ser un dinero previamente existente, luego aventurado a las oportunidades del mercado financiero. Y dado que de todas las supuestas donaciones de aquel periodo, menos una, responsables del origen de una memoria, se ignoraba quiénes habían sido sus autores, la extinción de las identidades podía suponerse una consecuencia de que los principales objeto del préstamo habían sido devueltos. Luego de la práctica totalidad de las memorias suscritas en la baja edad media que habían dejado rastro documental se podía admitir que fueran memorias ficticias.
La instantánea que se documentaba con más facilidad para la época moderna, que consistía en donar a cambio de una memoria un capital, garantizándolo con un bien, representaría la versión más inmediata a la suscripción de un préstamo. El capital donado sería el principal, la satisfacción de los gastos de la memoria los intereses y el bien la garantía hipotecaria.
Como causa de esta orientación administrativa del negocio, más explícita, se podía sospechar que en el mercado al alcance de los beneficiados, a partir del siglo décimo sexto, las circunstancias del intercambio financiero empezaron a variar porque desde entonces se hiciera sentir la influencia de un competidor, posiblemente el crédito redimible, que analizamos más adelante. Para mantener la posición en él pudo ser necesario aceptar esta variante del contrato, lo que permitiría que las nuevas inversiones de los principales más antiguos se mantuvieran hasta fines de la época moderna. El curso de las otras casi treinta iniciativas tomadas entre 1647 y 1783, de las que no constaba el origen de su capital, confirmaría que estos contratos pudieron proceder de una donación de dinero.
Creímos que era legítimo concluir que la corporación de referencia, durante su primer siglo de existencia al menos, porque recibiera donaciones que le permitieran arriesgar en el negocio financiero, pero también porque se viera tentada a invertir en créditos alguna porción de sus rentas, o porque pudo prestarse a servir de cobertura legal, como mediadora, a gente interesada en invertir en créditos, prefirió operar abiertamente con el dinero en el mercado de los préstamos. Para darles cobertura legal, pudo someter la liquidación anual de los réditos a las obligaciones de la memoria. El encargo de misas y vigilias, cuando se trataba de la cesión de dinero, daría cobertura, en algunos casos y durante algún tiempo al menos, a los intereses. La fórmula, para esta parte del patrimonio de la corporación, seguiría utilizándose de manera preferente hasta principios de la época moderna.
El cuerpo de los beneficiados transformó sus bienes, cuando fue necesario, para que sus rentas adelantaran, al tiempo que siempre se atuvo a la obligación derivada de ellos. La devolución del principal no extinguiría en modo alguno el deber de las celebraciones que cada año hubiera encargado el fundador. El compromiso no sería el mismo cuando, como ocurría en los casos que analizábamos, la obligación no estaba asociada al principal sino a los réditos. Devuelto aquel, estos se esfumaban, y con ellos cualquier obligación indefinida, nunca infinita. Parecía un azar extraordinario que las fundaciones de las que se habían perdido las referencias de sus orígenes estuvieran relacionadas con la donación de dinero. Para dos tercios de los casos observados, porque actuaban desconociendo su origen, su antecedente sería este. Tal como los principales iban siendo redimidos, la memoria se extinguiría y el capital retornaría al mercado.
El colegio de los beneficiados, en posesión de importantes rentas, habría vendido sus misas, vigilias y procesiones al precio de los intereses que regían en el mercado del crédito. Su compra con esta tarifa sería la preferida por algunos de los que quisieran acceder a un crédito formalizado, y podían aspirar a él porque disponían de un bien que hipotecar. Así adquirían el capital que deseaban, objeto principal de la operación, salvaban su conciencia y el clero beneficial justificaba su intervención en el negocio.
Cuando dimos por concluido este análisis, nos atrevimos a definir lo que por último habíamos decidido denominar memoria impropia. Sus elementos han sido reiterados. El capital donado era en realidad el reconocimiento de una deuda, de ahí que fuera necesaria la garantía de la hipoteca; y el pago de la limosna anual, justificada por los servicios religiosos que prestaba el clero, la liquidación anual de los intereses correspondientes. Llegados a esta conclusión, nos pareció lo más importante enfatizar que pudo existir gracias a que era posible su convivencia con la recta o propia. Poner en duda esta equivaldría a negar la posibilidad de que existiera aquella.
Dado que la memoria impropia obligaría a tomar una decisión sobre el culto a los antepasados, o incluso al propio suscriptor, en un documento específico, distinto al testamento, no sería inadecuado observar bajo esta luz todas las fundaciones inmovilizadoras, de la clase que fueran, originadas en vida de sus promotores y no a través de mandas. Partiendo de esta posibilidad, se podría admitir que aquellas instituciones, de cualquier clase, creadas en vida de sus promotores, igualmente pudieron ser impropias porque buscaran ponerse al servicio de otros negocios implícitos. Como destinar a un fin los ahorros era tanto como crear depósitos autónomos, bastantemente garantizados por las leyes reguladoras de la inmovilización, en un medio donde no era fácil habilitar otros cauces para disponer con fluidez de esta clase de recursos, cada obra autónoma, o previa al dictado de las últimas voluntades, que tuviera aquellos efectos, podía facilitar un fecundo tráfico de compromisos de pago consolidados.
En más de dos tercios de los casos documentados los vínculos fueron creados en vida de su promotor, mediante un acto particular. También la fundación de las capellanías autónomas solo en una cuarta parte de las ocasiones fue consumada a través del testamento. Quienes así actuaron habían optado por conservar hasta el final de sus días los bienes que desviarían hacia la institución, cuyo origen sería por tanto propio. Los demás, que pudieron ser la mayoría, porque prefirieron completar la segregación en vida y ver cómo la disfrutaba quienes habían designado su nuevo titular, la formalizaron a través de un instrumento específico. Tales concesiones, de ser impropias, pudieron ser garantes de un compromiso que los titulares de los bienes contraían, mediante la firma de la respectiva escritura, correspondientes a una transacción, y así además extenderían en ondas concéntricas, por absorción de los patrimonios obligados, las seguridades que para los ahorros llegados a depósitos proporcionaba la inmovilización.
Aunque tampoco faltaron espíritus muy calculadores. Un hombre separó su decisión de su riqueza, y primero fundó la capellanía y después, a través del testamento, le otorgó los bienes que le correspondían.
Principio de la gravitación universal II
Publicado: noviembre 5, 2013 Archivado en: Contradictor ocasional, Narrador, Replicante primero, Replicante segundo | Tags: crédito, rural Deja un comentarioNarrador
Replicante primero
Replicante segundo
Contradictor ocasional
Cuando el valor de sus bienes disponibles fuera el más alto, en opinión de una familia rural, era más probable que para inmovilizarlo prefiriera instituciones civiles. De todas las previstas, la más frecuentada fue el vínculo, aunque la opción a favor del procedimiento no permaneció invariable a lo largo del tiempo. Por encima de los dos tercios de las iniciativas de esta clase, si nos atenemos como referencia al marco de nuestro análisis, tuvieron su origen en la segunda mitad del siglo décimo sexto. Luego probablemente, en las tierras que se vieron afectadas por la sabana diferida, el vínculo conoció su mejor época entre 1550 y 1600. Las restantes fundaciones de esta clase, con frecuencias casi equiparables, se repartieron entre la primera mitad del décimo séptimo, la segunda y principios del siglo décimo octavo. Es probable que el vínculo, común a toda la época moderna, fuera una institución que en las poblaciones del sur contribuyera al menos durante unos doscientos años a fijar una parte de las posiciones que algunas personas, porque habían atesorado riquezas generadas en sus campos, pretendieron perpetuar.
–Parece inútil demorarse en enunciar cantidades. Todos los cálculos que podamos presentar serán una deformación, alentada por los peores prejuicios. Quien hace cálculos y toma cifras, con la arrogancia de quien no duda de su certeza, selecciona cualquiera de los dos momentos del proceso. Sabiendo que todas las operaciones estarán hechas a partir de una observación premeditadamente limitada, porque restringida tiene que ser cualquier visión, aunque la voz que transforme la imagen proceda de la cofa del carajo, vulgarmente llamado palo mayor, desde donde se hace visible el horizonte en el circuito de la rosa de los vientos, darles alcance mayor que el de las inconsecuencias de quienes residían en una población sería un abuso.
–Polibio, entidad vital no extinta gracias al verbo que lo reencarna en una imagen venerable, en el que su P es robustez, la l claridad y elegancia y la b declaración sincera; garante del relato heroico, detestaba mentir con verosimilitud. Alertaba contra sus contemporáneos que se esforzaban en proporcionar cifras sobre el tamaño de los ejércitos. Instruido por la ingente experiencia de Escipión, a cuya sombra se ennobleció, nunca dudó que cualquiera de los relatos bélicos que cifraban en decenas de miles el número de los combatientes fuera veraz. Ninguna infantería era capaz para imponerse a otra si no extendía su número sobre el territorio que debía ocupar, como no pueden los automóviles adueñarse de la inmensidad de las ciudades si no se acumulan innumerables, como las nubes para la tormenta o las voces para el estruendo. Su desconfianza, y con ella sus advertencias, se concentraban no en quienes defendían magnitudes enormes, sino en aquellos que presentaban cifras tan exactas que evitaban terminar en cero.
“No está al alcance del analista retrospectivo ser preciso, porque el tiempo, como la silenciosa y constante edad, modela y suaviza los contornos de los cuerpos que en su origen pudieron estar delimitados por aristas cortantes. Pero no sería sensato renunciar a los números, por parciales que pudieran ser, por mal que nos sirvan quienes los manipulan. Cualquier proporción reduce a su orden las acciones humanas, y expresa con la exactitud de lo impreciso que nada de ellas es completo, que ninguna lo contiene todo, que no hay decisión, por ambiciosa que sea, que pueda abarcar todo el comportamiento, que ninguna explicación, aunque toda una casta se esfuerce en sostenerla, será universal.
Se conoció con el nombre de vínculo la rigurosa iniciativa, no obstante recogida y amparada por la ley, que permitía designar una parte del patrimonio familiar para que cumpliera con las obligaciones hereditarias comunes y mantener intocada la otra, para que permaneciera siempre sin dividir ni traspasar en forma alguna, salvo la dictada por su promotor y ateniéndose al orden sucesorio por él decidido.
Si había concluido que la cantidad designada para satisfacer las legítimas debía ser un tercio de todos los bienes que la familia bajo su responsabilidad había atesorado, podía hacerlo. Y si quería incrementar en un quinto esta cantidad, nada se lo impedía. Porque sus obligaciones de reparto de la riqueza común entre todos los miembros del grupo podían quedar limitadas por la suma de esas dos proporciones. Si su deseo, en el momento original, era que el beneficiado por la segregación fuera su hija menor, el segundo de sus nietos o el primero de sus sobrinos hijos del cuarto hermano, tampoco había sido dictada exigencia alguna que lo obstaculizara. Para que tuvieran vigencia indefinida, decisiones como estas no necesitaban más requisito que la voluntad de quien las tomaba. Al responsable de los bienes de una familia que incurriera en el deseo de preservar mediante esta fórmula una parte de sus bienes le bastaba como justificación su capricho, como al déspota en sus dominios, que podía decidir sin que lo coaccionara ley alguna; tosca prevalencia que sin dejar de llamarla derecho la norma alentó y mantuvo.
Como los designados para que disfrutaran del lote de bienes originales de un vínculo solían ser los descendientes directos del grupo familiar, medio natural de la existencia de la solución legal, con esta decisión se pretendía conservarlo indefinidamente en su poder. Así manifestaba que para lo sucesivo su propósito era que quedaran garantizados su posición y el reconocimiento que a su parecer merecían, al tiempo que desviaban el curso espontáneo de los linajes, según el cual unos deben ascender y caer otros a impulso de los elementos que exceden a los poderes.
Según avanzaban nuestras indagaciones, fuimos descubriendo que el momento biológico de las familias había decidido sobre la clase de instituto inmovilizador que elegían, lo que nos permitió aislar algunos principios del recurso al vínculo. Cuando de ellas sobrevivía la parte fundacional, compuesta con los cónyuges y al menos una parte de la descendencia, era más probable que lo prefirieran sobre cualquier otro instituto, dado que garantizaba la independencia en la gestión del patrimonio que se quería asegurar. Los registros demostraban que con bastante frecuencia eran matrimonios, actuando de común acuerdo, quienes los fundaban haciendo uso de la porción disponible de sus bienes.
No hay que excluir que la situación biológica fuera similar cuando en los documentos solo emerge un hombre como autor de la fundación de esta clase de obras. La línea masculina podía ser fuerza suficiente para imponer tal decisión en algunos casos.
–Así había ocurrido con un varón que había recibido de su padre, al mismo tiempo que su hermano, unas tierras con la condición de que no fueran divididas, razón por la cual con ellas decidió crear un vínculo.
–Dado que el matrimonio biológicamente activo era el origen regular de estas fundaciones, las familias que prefirieran esta inmovilización, la más exigente, habiéndose propuesto evitar la dispersión de sus patrimonios, se verían en la obligación de ser restrictivas de su crecimiento. Estimularían la perpetuación de una rama, la agraciada con la designación, y cercenarían las demás.
–Aun así, existiendo ya los vínculos, que desearan la concepción de hijos secundarios quienes ya habían tomado tal decisión institucional podría valer como inversión diferida, previsora de una agresión de la muerte, actriz que repudiaba los guiones escritos en las notarías. Su renta se obtendría al cruzar sus vástagos vivos con los de otras familias que hubieran destinado uno de sus descendientes a empleos similares. La dimensión legal que así podrían ganar algunos patrimonios permitiría a una familia acceder a la casa, la empresa civil de mayores dimensiones que conoció la época moderna.
Solo excepcionalmente el origen del vínculo fue obra de una viuda. Aún menos frecuente fue que una mujer casada optara por actuar por cuenta propia de una manera tan comprometida, y entre las singulares fundadoras de aquellos institutos hubo una que previamente lo había sido de un convento femenino.
–Teniendo en cuenta que cuando una mujer tomaba aquella decisión con autonomía era más probable que fuera viuda, creación del vínculo y dotación de un convento femenino pueden parecer dos piezas de una misma obra familiar; una destinada a mantener la rama elegida para que fructificara, la otra para que entibiara la extinción de la generadora ya condenada a desaparecer, después para imponer la disciplina biológica adecuada a las reservas de pubertad de la misma familia.
Bastaba con que los bienes del lote inmovilizado, generalmente raíces y con preferencia rústicos, fueran reservados al primogénito de cada generación incurso en la línea seleccionada para que el vínculo se denominara mayorazgo. Trabajaba a favor de la primogenitura el atavismo que pesaba sobre las creencias inspiradas por la fecundidad, que presuponía más vigor para los concebidos antes, así como el disciplinado comportamiento que imponía la muerte inevitable.
–Los promotores del mayorazgo justificaban los rigores de su fundación pretextando que les parecía necesario proteger su linaje, como en las reservas biológicas había anatomistas que trabajaban en favor de la supervivencia de ciertas especies, aun a costa de la existencia de otras.
A juicio del fundador, su existencia debía ser indefinida.
–Fueron las familias más poderosas las que incurrieron en este exceso. Pretendían garantizar el traspaso de todos los derechos que a quienes ya ocupaban la posición pública más sólida aseguraban preservar su condición y perpetuar su preeminencia.
Es posible que el vocabulario utilizado por los registros, instantáneas circunstanciales de lo que se entendía por cada cosa, no fuera del todo riguroso cuando tenían que distinguir entre esta institución y la precedente. El vínculo, aunque nada obligara a comportarse de este modo, solía transmitirse también dando preferencia a la línea del primer varón nacido. Pudo ocurrir, a quienes convivieran con ambos, que a consecuencia de una simplificación mayorazgo fuera el instituto de este género que había inmovilizado un patrimonio de mayor tamaño.
Pero actuaran los escribanos con más o menos rigor cuando elegían las palabras, pudimos deducir sin ambigüedad que el mayorazgo, en el medio rural moderno, no estuvo entre las instituciones preferidas para confiarle la conservación del lugar público que los más potentados hubieran ganado en cada población. Si alguna vez fue tomada en cuenta esta posibilidad, pronto debió desecharse. Solo la fundación de uno, a iniciativa de un matrimonio, pudimos documentar en la de referencia, y para una época relativamente temprana. Entre 1544 y 1550 había completado el procedimiento que lo mantendría operativo en adelante.
Para avanzar en el análisis de las transmisiones familiares más calculadas, antes es necesario reconocer la vigencia de un hecho primordial, origen entre nosotros de una agria controversia; lo que no obstó para que acordáramos reconocerlo como una invariante, común al tiempo sobre el que extendíamos la observación. El injerto del que tratábamos no fue exclusivo de las coronas hispánicas. La iglesia romana, sin dejar de ser una potencia extraña a ellas, consiguió infiltrar su canon en la constitución de las monarquías europeas, una porción de las cuales aun lo respetaba pasado más de un milenio.
A pesar del acopio de elementos de juicio y la confrontación de argumentos, para el hecho primitivo no pudimos encontrar una explicación satisfactoria. Las decisiones imperiales de principios del siglo cuarto, una vez descalificadas diez siglos después como soporte de los derechos que se arrogaba la iglesia de occidente, no podían avalar la hibridación. Se daba además una circunstancia, que la primera impugnación de aquellas decisiones había sido obra de otro emperador, Juliano, a quien por esta causa la iglesia heredera del imperio se apresuró a denostar como apóstata, juicio que desde entonces lo acompaña y ha conseguido perpetuarse como sobrenombre que lastra su fama.
Dado que no podíamos disponer del mejor relato independiente, autorizado por su proximidad a aquellos hechos, el de Amiano Marcelino, inopinadamente perdido justo en la parte donde se escrutaban, nada ha contribuido a encontrar una explicación satisfactoria de la simbiosis original y sí a sospechar que los fundamentos de la misma en absoluto no eran sólidos. Tal vez los legisladores conciliares, responsables de las iglesias de los reinos en los que se descompuso el imperio de occidente, tuvieron más capacidad para decidir en una obra jurídica que pudo ser colonizadora, del canon sobre la legislación civil, amparados en que una parte de las decisiones que tomaban tenían alcance moral, materia de la que se tenían por responsables exclusivas.
Pero, tras días de examen de una parte de la dogmática, y sobre todo de los documentos disponibles, nos pareció, más probable que cualquiera de las otras causas del extraño fenómeno, que al menos en el medio rural, con el tiempo, el injerto del canon papal en el sistema civil, sin dejar de ser un intercambio de poderes que la ley había naturalizado, fuera la obra cotidiana de los escribanos, juristas locales en cuyas manos las familias ponían la solución legal de sus necesidades materiales. Conocedores de los medios normativos disponibles, recurrían a los productos del ingenio jurídico sin tomar en consideración su pureza, antes su utilidad a los fines deseados verificada.
La consecuencia positiva fue que durante siglos no estuvieron enfrentados el orden eclesiástico y el secular. Desde la edad media, las instituciones eclesiásticas romanas, sin que dejaran de celar su independencia, no se opusieron ni fueron ajenas al orden civil castellano; derecho secular y derecho canónico se mantuvieron independientes con escrúpulo, y el esfuerzo estimuló la hibridación, como del error sobre la prevalencia de la identidad propia nacen los descendientes, tiernas entidades no obstante naturalmente ajenas.
Buena parte de las instituciones por las que debíamos interesarnos, con la anuencia del derecho canónico, que actuaba como la trama sobre la que se tejían las relaciones civiles, fueron creadas, e incluso puestas a su servicio. La documentación persuadía sobre el papel protagonista que al aval eclesiástico correspondió en el reparto de una función económica principal, al menos en el espacio objeto de nuestra experiencia. A la ventaja de la inmovilización de bienes, la conexión con instituciones canónicas añadía la inmunidad de servicios, próxima a lo que hoy entenderíamos por exención fiscal. De efecto para el gasto corriente, era el incremento relativo del beneficio que cualquiera de las adscripciones a aquellas fundaciones proporcionaba cuando se hacía uso productivo del patrimonio inmovilizado, para algunos un motivo suficiente para justificar la generación del híbrido.
Instituciones civiles complicadas con otras eclesiásticas en el medio rural, unas con grandes propósitos y otras más modestas, pero creadas todas para alcanzar el objetivo compartido de inmovilizar bienes, fueron las capellanías, las cofradías y hermandades, los colegios, los conventos, los hospitales y los patronatos, más otras iniciativas piadosas menores que nuestras fuentes también registraban. Algunas eran muy singulares.
–Habiendo sufrido el excesivo costo de la luz, un espíritu generoso decidió correr con el gasto de energía que originara una lámpara, para que su llama, símbolo de la vigilia ininterrumpida, alumbrara siempre el Santísimo, o grado superlativo del sacrificio; acto digno de agradecimiento porque, para quienes compartían la creencia, contribuía a la salvación de las almas.
–También fue promovida una mesa para los pobres de una parroquia, forma figurada de referirse al gasto causado por la alimentación de un grupo de indigentes que, de esta manera, una vez elegidos, podrían sobrevivir sin verse en la obligación de trabajar.
–Asimismo, gracias a otro ingenio extraordinario, pudo prosperar una orden de las llamadas terceras, cuyo objeto de culto era un escapulario, instituida en un convento de orden mendicante y creada para que su credo se extendiera a la sociedad civil. Por desgracia, tan frágil enseña jamás ha podido identificarse.
Para quienes deseaban inmovilizar protegiéndose con la doctrina y el código de la iglesia romana, sin por eso verse obligados a abandonar su posición civil, la capellanía fue el mejor recurso, porque disponían sin esfuerzo de una coartada, la que proporcionaban las decisiones legales de contenido piadoso. De sus modalidades, la más simple, llamada memoria, fue la más frecuentada.
Se denominaba así porque la justificaban con la piedad que inspira la muerte. El fundador de cada una, movido por la pasión de mantener indefinidamente su recuerdo, o el de algún pariente del que ya lo separaba la mayor de las distancias, la creaba para cumplir con los ritos de actualización que prescribía en el documento de origen, justificados a su vez por el deseo de salvación eterna; un espejismo en el que ni aun los autores de los testimonios monumentales incurrieron, una vez adquirida la conciencia de que también las lenguas se extinguen y que por tanto la memoria de su paso por el mundo, en el caso más favorable, se prolongará el tiempo que consiga sobrevivir el medio literal que eligieron para ser imaginados tras su muerte.
Todos los que declaraban la finalidad de su fundación se referían a la misma, que indefinidamente se dijeran misas en determinadas fechas del año, por la salvación de las almas de los parientes próximos, como padres y hermanos, y de la propia, supuesto que el ser estaba depositado en tal esencia, entidad con la que se especulaba desde la antigüedad y que se creía inextinguible. Debían verificarse en determinado altar, dedicado a una advocación, nominativo sacralizado por aquellas creencias, erigido en cierto templo. El número de misas que dejaban encargado era siempre bajo, nunca más de cuatro al año, con frecuencia solo una, si bien preferían que al menos fueran cantadas. Algunos añadían el encargo de una vigilia, el rito creado por la iglesia romana para conmemorar a los difuntos, que también llamaban víspera. Elegían momentos significados para su cumplimiento. Eran señalados, por ejemplo, la festividad en la que se recordaba la alegoría que se personificaba en San José, potente símbolo de la adversidad sufrida con paciencia, o el día de la Natividad que aún celebra occidente.
–El atractivo de esta conmemoración –nos contó Heresias, nuestra mayor reserva de erudición–, entrañable recuerdo para sus melancólicos fundadores, algunos lo han justificado porque recibió viejas celebraciones en trance de extinguirse. En ciertos pueblos, con ocasión de las fiestas del Nacimiento, con la candidez que caracterizaba la vida del campo se recurría a diversiones domésticas muy edificantes. Una de las más frecuentadas fue conocida con el nombre de Boca del dragón.
“En un plato se vertía un licor añejo, decantado de las mejores soleras, las mismas que el sano espíritu festivo de cada hogar, impaciente por celebrar las ocasiones, de sus cosechas reservaba para cada conmemoración única. Antes de que el preparado saliera de la cocina, en el líquido se habían sumergido pasas, otra de las obras familiares que la espera del momento enjoyaba. Cuando ya todos los convocados disfrutaban de la mutua compañía alrededor de la única mesa fraternal, en cuyo centro había sido dispuesto el plato con las pasas, el licor era prendido.
“Bajo la amenaza de las llamas se procedía al banquete; como ahora, en el transcurso de la celebración equivalente, la espada de los parientes pende sobre el menú ofrecido por la anfitriona. Los comensales, cuando aún ardían, con una de sus manos debían atrapar los frutos que estaban carbonizándose y comérselos. Cualquier agresión de las llamas, en los dedos o en la boca, era celebrada con vivas muestras de regocijo por la comunión de los consanguíneos, entre quienes los lazos de parentesco se cruzaban hasta grados tan proveedores que ni las peores quemaduras impugnaban, fuera en lenguaje directo o con el recurso a las alusiones, que con el bálsamo de las palabras serenan los peores impulsos del corazón; hermanos junto a hermanos, cuñados frente a cuñadas, pacientes nueras o jacunos yernos paralizados por el rostro pétreo de suegras ingobernables.
La responsabilidad sobre cada memoria solía comprometer a corporaciones. Con preferencia, las elegidas eran el clero del templo más próximo a la residencia del fundador o el que ejercía en donde ordenaba su enterramiento, lugar sagrado en el que actuaban sus celebrantes idóneos. También eran designados con este fin profesos de conventos masculinos, que se identificaban por sus nombres y localizaciones, o una confraternidad, que en la ejecución de la voluntad del fundador actuaría como intermediaria entre la decisión y un clérigo, a quien se le encargaría la liturgia prescrita.
–El estado biológico al que correspondía la fundación de las memorias tal vez fuera uno de los más definidos. Eran menos la iniciativa de un hombre y más la de una mujer, soltera o viuda antes que casada. Como de una parte de las de origen documentado se puede afirmar que fueron creadas por presbíteros, parece que fue la soledad civil la que al menos en parte recomendó aquella consecuencia institucional.
–El recurso a la fórmula también pudo ser inducido por una evolución de la familia que incluyera la prematura extinción de la descendencia. Pudo ser una salida a la que con mayor frecuencia recurrieron sus promotores al final de sus vidas, momento en el que las otras posibilidades inmovilizadoras habían quedado bloqueadas.
La memoria fue el instituto inferior, en el orden del rigor legal, del sistema de transferencia de renta causado por el deseo de inmovilizarla, tal vez preferido en ciertas épocas. Casi todas las que pudimos analizar tuvieron su origen en la segunda mitad del siglo décimo sexto. Pero al margen de quienes fueran los responsables del cumplimiento del mandato, o el volumen de los bienes destinados a él, su fundación, porque se hacía al amparo de las instituciones eclesiásticas que dominaban en occidente, daba origen a un procedimiento de gestión en el que a partir de aquel momento intervenía la autoridad que sobre las ideas religiosas dominantes se había erigido.
Fábrica era el departamento que se encargaba de la gestión económica en una parroquia, segmento de un núcleo habitado cuya población castellana, inmigrada tras la ocupación militar, era asignada por la iglesia de los papas para atraerlo con su actividad religiosa a los templos que en él decidiera mantener abiertos. Los ingresos que obtenía eran los responsables de sostener los edificios, y todos los enseres que para ellos hubiera aportado la administración episcopal.
Pudieron ser las fábricas beneficiarias de donaciones de bienes inmuebles, por vía de limosna, y esto proporcionarle una parte de sus ingresos, transferencias que para la legislación civil seguirían el curso regular e irían ganando las propiedades previstas, de inmovilización y amortización, que les permitieran mantenerse indefinidamente solo como fuentes de rentas. Pudieron también las fábricas ser designadas como responsables del cumplimiento de memorias por vía de manda testamentaria, y de este modo incrementar los medios que les permitían atender el complejo de sus responsabilidades. Pero el ingreso de cada fábrica parroquial estaba sobre todo garantizado por su participación en la primera renta eclesiástica.
Al tiempo que desplegó su red para la gestión de sus creencias, el papado y sus extensiones diocesanas dispusieron, también por cesión legal, de unos ingresos con los que financiarse, la renta conocida con el nombre colectivo de diezmos, el mayor éxito político de la iglesia de occidente durante la edad media y su recurso más importante. Consistía en la detracción de la décima parte del producto bruto agropecuario, que ella misma regentaba. Los diezmos del trigo y la cebada se ingresaban en especie, que se comercializaba o no, en todo o en parte, a voluntad del perceptor. Los demás, que asimismo deducían la décima parte del resto de la producción agropecuaria anual, en la práctica eran bienes financieros porque tanto su cobro como su reparto trasladaban los valores del producto a los signos monetarios vigentes.
Decidió aquella iglesia que el cobro de los diezmos fuera competencia de cada parroquia, la unidad de su orden territorial, aunque en los lugares más habitados esta jurisdicción retributiva mínima con el tiempo había ido cediéndola a otra intermedia, la vicaría, creada para asegurar entre otros el control de la recaudación de tan importantes rentas. Pero solo a la captación de los pagos debidos quedó limitado el trabajo de cualquiera de las dos unidades administrativas, porque a la gestión y reparto de lo ingresado en cada lugar, al menos en la región, nunca renunció el centro del poder episcopal, el cabildo catedralicio de la sede apostólica.
Del diezmo la fábrica deducía el justamente llamado tercio de fábrica. La expresión respondía a que en el momento de su imposición a cada una estaba reservada la tercera parte de la renta obtenida por cada uno de los diezmos cobrados en ella. De esta manera se garantizaba, a la aplicación de medios, el principio de proporcionalidad directa a las necesidades de cada comunidad, puesto que entre el volumen del ingreso y el tamaño de la población, inmigrante en el origen, al mismo tiempo comunidad religiosa, había una relación inmediata. La riqueza de cada fábrica, como la de los beneficios, variaba en función del número de fieles que la nutrían, así con sus limosnas como con sus diezmos, rurales y no urbanos.
Posteriormente, ya en la baja edad media, la iglesia romana creyó oportuno revertir a la corona una parte de lo que esta le había reconocido, abriéndole la puerta a su participación en los excelentes ingresos que proporcionaba el diezmo. Las perjudicadas con esta transacción fueron las fábricas parroquiales, que vieron reducida su detracción de la masa diezmal a una novena parte. Fue sin embargo suficiente para cumplir con su objetivo, como la obra moderna de los templos de la región aún reivindica.
El beneficio eclesiástico, obtenido en competencia con otros aspirantes, era una de las posiciones más sólidas de cuantas quedaran al alcance de un presbítero, la persona que había decidido someterse a la disciplina sacerdotal de la iglesia de occidente, tras completar la formación con este fin prevista por su canon. No tenemos claro cómo se fueron constituyendo los beneficios comunes, cuáles fueron las primeras rentas que los permitieron, aunque sí estamos seguros que fue posible mantenerlos porque la iglesia romana, en su vertiente secular, disponía de un sistema de rentas garantizado por el diezmo, cuyos recaudación y uso consentían mantener en los templos determinadas plazas de sacerdote dotándolas con cantidades importantes. Con otro tercio de los ingresos que en cada parroquia proporcionaba anualmente, el cabildo catedralicio, su inflexible administrador, aseguraba una renta anual a cada hombre que ejercía de beneficiado en ella.
Probablemente segregar estos ingresos regulares y cuantiosos, para que se convirtieran en una renta personal exclusiva, fue posible al ritmo que el trabajo de la parroquia no solo se acumulaba, sino que permitía especialidades. Las fundaciones que obligaban al cumplimiento periódico de encargos litúrgicos proporcionarían una buena oportunidad. Una parte del clero, que ya pudo tener ganada la condición de beneficiado porque percibiera una porción de los diezmos, y por tanto ya disponía de una posición preeminente, se atribuiría esta dedicación. Como todos los encargos de misas creaban capellanías, todas las decisiones de esta clase contribuirían a consolidar la institución beneficial.
La atención cotidiana a los creyentes comunes se limitaba a satisfacer su demanda de sacralización de los actos vitales más sencillos, una actividad justificada como cuidado de las almas, que fue siendo atendida en las parroquias por los sacerdotes conocidos como curas. A pesar de los escrúpulos para eludir cualquier apariencia de simonía, atendían los cultos mediante las limosnas correspondientes, que con el tiempo tuvo que tarifar a la baja. Así obtuvieron los curas su renta personal, así su iglesia justificó que esta función les estuviera reservada y que gracias a ello hubieran adquirido responsabilidad pública como parte de las instituciones del estado. Si actuaba de aquel modo era porque estaba obligada por el deber apostólico permanente que se tenía impuesto. Por haberse comprometido a ser católica, no podía resignarse a no expandirse, tal como las economías quedaban atrapadas por la aspiración permanente al crecimiento.
–De Doménico Contino, alcalde por el estado noble, contemporáneo del emperador Carlos, se contaba que llegó a la primera ciudad del litoral con el propósito de embarcarse, tras sufrir un revés que lo condujo a abandonarlo todo en pocas horas. Mas decidió hacer a nado la travesía hasta la otra orilla, decepcionado por su bolsa, urgido por el deseo, confiado a su fortaleza. Las primeras millas las completó sin gran esfuerzo, sin que su cuerpo le exigiera tener bajo sus pies tierra firme. Flotaba con la gracia de un ser anfibio, con la misma naturalidad que las aves se suspenden en el aire. Cuando ya había perdido de vista la costa, y aún en el horizonte la línea del agua se fundía con la del cielo, hubo de aumentar la tensión de sus músculos y apretar los dientes. Todavía avanzaba con una cadencia aceptable, patadas al agua, abrazando las ondas.
“Empezó a declinar el sol, cuya punción le había acosado rostro, nuca y espalda durante toda la jornada. Cuando se fue enrojeciendo a su derecha, y el agua terminó por ocultarlo, se sintió revitalizado y redobló su esfuerzo. La línea de contacto entre el aire y el mar no había cambiado de lugar. No pasó mucho tiempo antes de que el púrpura del crepúsculo se convirtiera en el gris de las tinieblas. Alentaba por la nariz, evitaba abrir la boca. El choque de los labios con el agua multiplicaba su sed, en la garganta se le abrían grietas. La bruma del amanecer lo sorprendió braceando al margen de su voluntad, como si un automatismo se hubiera apoderado de su cuerpo y le impidiera parar. Durante la noche había perdido la orientación, de su conciencia ya se había apoderado la certeza de que en el momento que dejara de nadar se iría al fondo.
Beneficiados y curas quedaron secularmente antagonistas, y defendieron sus respectivas posiciones a costa de los ingresos de su oponente. Entre las contiendas más conocidas estuvo la que los enfrentó por el derecho a la primicia, que duró toda la época moderna; un modesto ingreso, parásito del diezmo, que los curas solían percibir. En lo fundamental las posiciones quedaron bien definidas. El de beneficiado parroquial se convirtió en el título necesario y suficiente para participar en el reparto de todas las rentas eclesiásticas, la primera de las cuales era el diezmo. Y mientras que el beneficiado retenía los ingresos generados por toda clase de bienes adscritos a esta iglesia, para el cura quedaron los que proporcionaban los servicios parroquiales. De las diferencias de cantidad entre unos y otros resultaron los que convencionalmente se conocen como alto y bajo clero. La condición aristocrática del primero, en la escala local, la demuestra una cifra. La corporación que agrupaba a todos los beneficiados de la población de referencia tuvo siempre en torno a diez miembros.
Habiendo ganado el derecho a participar en las rentas eclesiásticas llamado beneficio, sus más significados poseedores habían recurrido a constituirse en corporación allí donde acumularon un patrimonio común; una sociedad que decidimos denominar, salvando las distancias, y solo porque desde el principio había sido nuestro deseo enunciar el problema en los términos más directos, el gremio de beneficiados, porque como los gremios tenía efectos de monopolio para la percepción de la renta correspondiente y su circulación: aspiraba a imponerse en el área en la que actuaba, hasta el óptimo de la exclusión de la competencia. La ventaja la garantizó que la institución eclesiástica que confería tales títulos consiguió que en aquellos reinos fuera la única activa de cuantas en Europa fueron organizadas. Su poder procedía de la restricción original de la actividad a la que se dedicaban, ejercida por pocos individuos, ninguno de los cuales disponía del suficiente para imponerse a los demás. Entre ellos no había quien fuera dueño de derecho alguno. Asociados en la corporación, adquirieron capacidad para decidir con menos obstáculos, como el señor en su dominio, y hacerse acreedores de privilegios que satisficieron sus objetivos. El grupo todo constituido en colegio fue capaz para inmovilizar, utilizando los reconocimientos ganados, patrimonio propio que generara renta.
Corporaciones tituladas universidad las había constituidas para atender distintos fines. En la época eran poderosas las interesadas en el comercio, aunque las más antiguas eran los colegios de gobierno de los municipios del norte y noreste de la península. La de beneficiados fue una corporación de presbíteros poseedores de título de beneficio de alcance local en algunas poblaciones. La que hemos analizado, con bastante probabilidad, tal vez fuera la primera asociación de hombres dedicados al sacerdocio en la población de referencia, si exceptuamos las que pudieron existir en la antigüedad. Hay indicios fundados de la actividad de un colegio de galos a los comienzos de la era. Al principio, eran hombres que se emasculaban para consagrarse a los cultos de Cibeles y Atis. Tan rigurosa disciplina era común a una parte del sacerdocio más primitivo, y hoy la crítica la reconoce como la fuente que inspiró el celibato. Asociado a la condición clerical en algunas culturas, aun considerándose una parte de la civilización, ha conseguido sobrevivir hasta hoy.
La denominación con la que fue conocida parece que comenzó en el siglo décimo cuarto, aunque ya a fines del décimo tercero el legislador había decidido a favor de un cabildo de clérigos. Es posible que su institución, como otras corporaciones de origen medieval, la adquiriera justo al ser objeto de privilegio y no porque dispusiera de estatuto por iniciativa real o propia. Hasta entonces habría sido un grupo de hecho, distinguido por su destino. El colectivo lo compondrían al principio los sacerdotes a quienes la administración eclesiástica vigente, aliada a la corona para sus planes de expansión, les adjudicaba las rentas de las parroquias.
Además de un gremio de hombres que habían ganado para sí este bien a través de los ingresos parroquiales, fue un gran consorcio de memorias. Por esta causa, a la dedicación y las ganancias de cada beneficio, una vez instituida sumó rentas específicas, que sus miembros pudieron disfrutar a cambio de la provisión de este trabajo extra. Con seguridad, entre 1307 y 1817, fueron promovidas a su favor al menos 134 memorias, que la corporación terminó llamando aniversarios a consecuencia del régimen administrativo que les aplicaba.
Los fundadores, como era regular en este tipo de iniciativas, a través del testamento o de una escritura específica, obligaban al cumplimiento perpetuo de ciertas celebraciones litúrgicas, en su mayor parte las consabidas misas de distintas clases con sus vigilias, pero también procesiones o responsos, en conmemoración de sí mismos y de sus familias. La única peculiaridad común de todos estos encargos fue que legalmente se hizo responsable de su satisfacción aquel cuerpo de clérigos.
A financiar cada memoria, como era obligado, los devotos destinaban al menos un bien, que a partir del momento de la fundación igualmente quedaba apartado y transferido a este colectivo de beneficiados. En su poder debía permanecer indefinidamente, porque perpetua, en la intención de los promotores, debía ser también la celebración de su paso por la tierra.
Casi la mitad de estas fundaciones a favor de la universidad fue medieval, y el siglo décimo quinto, una vez que hicimos balance, resultó el que más iniciativas le atrajo, la cuarta parte del total. Es posible que esta posición le hubiera correspondido al décimo sexto. Apenas había transcurrido su primera mitad y ya se habían acumulado casi tantas fundaciones nuevas como durante toda la centuria anterior. Pero a mediados de ella la corporación de los beneficiados, por alguna razón que decidimos no indagar, dejó de ser atractiva. Entre 1561 y 1645 -casi un siglo- solo pudimos detectar el origen de dos mandatos piadosos, ambos ya del décimo séptimo. Es posible que coincidiendo con los años reales de Felipe II, tiempo crítico para las finanzas, la institución quedara inactiva. Pero también pudo ocurrir que hasta mediados de él la universidad consiguiera mantener su oferta de satisfacción de memorias como un monopolio, y que a partir de entonces el mercado que había organizado ya no fuera sostenible, a consecuencia del incremento de la oferta clerical. Los datos que habíamos reunido sobre las fechas de creación de las memorias, resumidos precedentemente, concordaban con esta conjetura sobre la evolución de un mercado a un tiempo tan especializado y tan extenso.
Pasado el paréntesis, recuperó su presencia entre quienes compraban y vendían la piedad con una buena dosis de sentido práctico, aplicado con rigor a su administración desde el cambio de centuria. Tan eficaz fue el tratamiento que otra vez consiguió atraer, durante los años comprendidos entre 1645 y 1699, la confianza de buen número de personas. Las fundaciones de este periodo, en cantidad al menos, fueron equiparables a las del tiempo que había transcurrido entre 1301 y 1400. Los últimos cien años de su actividad efectiva estuvieron dedicados, antes que a expandir aún más su trabajo, a garantizar la gestión del que ya había acumulado. Entre 1709 y 1817 solo algo más de la décima parte de las fundaciones tuvo su principio.
Para ganar autonomía, algunas familias que habían decidido inmovilizar una parte de sus bienes cruzaron la memoria con el vínculo, un producto que tal vez fuera de transición hacia el medio garante del ahorro que finalmente triunfaría en el campo, la capellanía con sacerdote propio. Parece que la mezcla de memoria con vínculo tuvo cierto éxito entre 1570 y 1599, fechas entre las que fueron ideadas todas las experiencias de esta clase que pudimos identificar. Los encargos que debían atender en bien de las almas eran algo más exigentes que los de una capellanía común, aunque en ningún caso excedían los límites de la misa, fuera o no prolongada con ritos complementarios. Mientras que la fundación mínima obligaba solo a una, y era lo más común, las hubo que instituyeron hasta treinta, pasando por otras que dejaron encargadas cuatro o doce.
Todas eran conmemoraciones anuales y se pretendían tan perpetuas como las memorias, sus hermanas menores. Una parte de ellas también designaba expresamente unas fechas del calendario litúrgico católico para que se consumaran, como sus días de Santo Tomás o de Santiago, o el dedicado a celebrar la Encarnación. En el máximo de las condiciones, más allá de que fuera precisado que los celebrantes rezaran o cantaran, se situaban quienes pedían que el acto tuviera lugar en la capilla donde se enterrarían, o que a cada misa se agregara un responso sobre la sepultura donde estaban depositados los cuerpos de los padres del fundador.
Aunque los promotores de estas fundaciones designaran templos y hasta capillas, generalmente relacionadas con el enterramiento propio, donde precisamente habría de actuar el clero de los misterios, ahora los llamados al cumplimiento de la carga eran familiares. Ahí radicaba la diferencia con la memoria, y a tal designación prestaba su servicio el vínculo injertado. La responsabilidad de los encargos era prevista por el fundador según las reglas de esta institución civil, que se realizaban cuando a cambio los designados disfrutaban las rentas de los bienes que se inmovilizaban con aquella justificación animista.
Tales previsiones no neutralizaban por completo la intromisión de la iglesia romana en aquellos institutos, aunque al hacerlas las familias se propusieran reducirla a lo inevitable. La autoridad episcopal, apurando sus poderes, utilizaba cuanto estaba a su alcance para intervenir en su administración. Justificaba su injerencia en la necesidad de la anuencia canónica para que la obra fuera legítima, dados los fines dictados por los fundadores. Cuando se exigía la formación superior del clero para cumplir con el propósito de la obra, porque era el grado más exigente de la disciplina sacerdotal, la oportunidad para la intervención se incrementaba. De ahí que en la mayoría de estas fundaciones, por decisión inapelable de sus promotores, para que alguien se responsabilizara de cada una era formación eclesiástica suficiente el grado elemental, conocido como órdenes menores, que limitaba el alcance y las exigencias del sacerdocio. Decisiones como esta expresan con bastante fidelidad la función que la parte civil, responsable de que existieran aquellas instituciones, concedía al concurso del canon eclesiástico en la gestión de al menos una parte de sus ahorros.
–Parte de las diferencias humanas que llevaban inscritas las memorias, que tendrían sus causas específicas, se reconocen con más nitidez en las memorias con vínculos, versión de la misma obra efecto de un estado que parece preferente. Dos tercios de las fundaciones de esta clase eran consecuencia de una decisión tomada por mujeres solas, las cuales en la mitad de las ocasiones se declaraban expresamente viudas y en ningún caso mencionaban descendencia directa.
Principio de la gravitación universal I
Publicado: junio 5, 2013 Archivado en: Contradictor ocasional, Narrador, Replicante primero, Replicante segundo | Tags: crédito, rural Deja un comentarioNarrador
Replicante primero
Replicante segundo
Contradictor ocasional
Ocurrió que las familias que habían acumulado patrimonio, procedente de sus antepasados o fruto del trabajo propio en el campo, lo transmitieron ateniéndose a dos hechos, la creación de otra y la muerte.
–En las poblaciones antiguas, así como en las posteriores, cuantas decisiones creían vitales las tomaban urgidos por la naturaleza, y aunque a sus autores les parecieran íntimas y exclusivas, porque para cada cual era más probable que fueran únicas, estaban contaminadas por la moral, que las hacía semejantes.
La primera fracción desprendida de sus ahorros, en el orden biológico más habitual, era la que daba origen a una célula social nueva, a través del matrimonio o porque financiara la emancipación de alguno de sus descendientes. Si era mujer quien la detraía a su favor esa parte se llamaba dote, y capital si era un hombre.
–Nadie ha demostrado hasta ahora que en el empleo de este vocabulario, tiempo antes, quienes fueran por él concernidos lo hubieran cargado con algún prejuicio.
Del capital, tal vez denominación encubridora de lo que solía entenderse por arra, no pudimos informarnos bien, a pesar del esfuerzo que desplegamos por separado para encontrar indicios de su vigencia, dispersándonos por el campo de los documentos, entonces tan extenso como un desierto, como la tropa a la que se le encomienda una descubierta frente a las posiciones del enemigo. Es posible que el filtro local, al que hubimos de atenernos a consecuencia de nuestra limitada capacidad de trabajo, refractara el hecho. O quizás el capital fue poco frecuente, dado que la descendencia masculina, la llamada a disfrutarlo, en la mayor parte de las estrategias de transmisión de los bienes familiares debía cargar con la obligación de perpetuar el linaje, para cuyo fin recibía y había de conservar la parte troncal de los que ya tuviera su matrimonio generador.
Lo concedieron los padres a los hijos, deduciéndolo de los bienes que ya poseían. Podía ser una cantidad de dinero, cuatro o cinco veces superior a la que expresaba el valor de la dote cuando esta se liquidaba de la misma forma. Pero parece que era más común el traspaso de una parte de los bienes materiales de la familia, como enseres para equipar el futuro hogar, la ropa de vestir que los desnudos esposos necesitaren, la casa donde en el momento de la transmisión el perceptor viviera o una parte de un cortijo del que fuera dueño el progenitor reconocido por la ley, para que con su producto el varón emancipado hiciera frente a las responsabilidades que por el matrimonio adquiría.
Aunque en las actas notariales los bienes fueran descritos, no se renunciaba a evaluarlos ateniéndose a la moneda corriente. Estaría justificada la redundancia por sus consecuencias para la legítima, derecho que cada rama originada por una familia tenía a percibir una parte del patrimonio que esta hubiera acumulado. Mientras la legítima o sus adelantos no fueran recibidos, la supervivencia que de los descendientes se esperaba quedaba garantizada por los alimentos, que no restaban nada a los derechos individuales preservados por aquella. Pero llegado el momento de transferir la porción de los bienes de la familia que correspondiera a quien ya hubiera adquirido un estado civil posterior al del nacimiento, la cantidad que en su momento se hubiera liquidado en concepto de capital podía serle deducida. De lo contrario, se habría actuado en detrimento de los otros herederos.
–De este principio se colige que nuestros antepasados optaron por el deseo, que pasa por las conciencias con prisas, sin apenas dejar rastro, para cimentar la transmisión del ahorro, puesto que entonces las familias, salvo excepciones, tenían su origen en la unión carnal. Ninguna pasión parece apta para convertirse en fuente de las decisiones racionales, llamadas a garantizar el equilibrio de las actividades económicas. A la menos adecuada la cargaron con la responsabilidad mayor sobre la inversión que debía permitir el crecimiento.
–La pasión entre los sexos era la más hermética de las sinrazones probablemente porque sobre ella pesaba el tabú. A los contemporáneos de aquellos recursos bastaría pasear por las calles para ver decenas de criaturas capaces para demoler el deseo, aun siendo primordial y espontáneo, y prefirieron encerrarlo en las casas.
–Pensaba Eudes de Colmar que cuanto en su tiempo se llamaba instinto era el comportamiento humano fuera de control, anterior a cualquier resignación a las reglas de la convivencia, y que gracias a una elaborada cobertura verbal se había beneficiado de la comprensión, y en consecuencia de la tolerancia que se le concedía en los centros escolares, donde estaban recluidos su denuesto y su condena, así como los medios para rescatarlo. La gula, proseguía, no menos degenerada, para sorpresa de todos había alcanzado la condición de arte, con maestros reconocidos, quienes se servían de plantillas nutridas por discípulos ansiosos por emularlos, a cuyas órdenes actuaban aprendices dispuestos a cualquier esfuerzo, con la esperanza puesta en adquirir a cambio una parte de los secretos de una química enajenante. Tan insensato y admitido estaba el vicio de los golosos que disponían de instalaciones propias, donde se solazaban sin discreción, colmados de vino y carne, haciendo ostentación de sus excesos.
“Mientras tanto, el sexo, a consecuencia de un criterio que no le parecía conveniente impugnar, visible la deformación que las grasas provocaban en las cinturas y en los glúteos, y la degeneración de la que era responsable el paso del tiempo, permanecía recluido en la intimidad.
“Había un modo de modificar las respuestas al deseo, con más fuerza que los siglos de hábitos adquiridos. Bastaría con arbitrar medios similares a los que tenían a su disposición cualquiera de las dos inclinaciones en cuyo análisis se había detenido. Instalaciones públicas, promoción de sus actividades, individuos cuya dedicación exclusiva fuera la manifestación de la potencia viva y sus múltiples propiedades civilizarían lo que permanecía recluido en un caos insensato.
“La réplica a sus ideas aún permanecería recluida mucho tiempo. El deseo carecería de razón porque no disponía de palabras, y las pocas que usaba estaban condenadas porque habían sido desviadas a la clase de soeces, para la observación ortodoxa justa garantía de la exclusión que impugnaba el exhibicionismo, una deriva que podría causar un malestar equiparable a la indigestión.
–Fuera o no justa la teoría, sensatos o no los planes para su verificación, tan grande fue el vacío a favor del deseo que dispuso de todas las posibilidades para idear instituciones encubridoras. Las más sorprendentes fueron las recibidas por el derecho civil. Que se naturalizara que la transmisión de los ahorros consolidados fuera restringida a la descendencia biológica resultó tan injustificable como si a un algún legislador se le hubiera ocurrido regular el homicidio como fundamento de los contratos.
Cualquiera de las modalidades de la emancipación femenina, porque también comprometía una parte de los bienes atesorados por las células sociales, además de los medios previstos por la ley para garantizar la transmisión satisfacía un negocio, cuyo desarrollo pudimos reconstruir con los documentos que firmaban las partes interesadas en él.
Cuando fue el matrimonio la salida, al menos una fracción de la forma y el tamaño de la dote procedía de lo que hubieran pactado las familias ya comprometidas con aquel fin. Al varón que aspiraba a marido correspondía la redacción de las condiciones que debían regir la nueva sociedad, que satisfarían lo que antes hubiera tratado con los padres de la elegida como esposa. Una vez acordadas las premisas de la unión, eran los del hombre quienes a la mujer le concedían las capitulaciones, o cláusulas bajo las cuales debía cerrarse el acuerdo. Cuando la otra parte había aceptado las condiciones y fijado una cantidad, el proceso terminaba con la aceptación o reconocimiento por parte del marido de la riqueza que al matrimonio llevaba la mujer. A partir de aquel momento, la dote se sumaba al patrimonio de la nueva familia y formaba un todo con los bienes de los que disponía el hombre.
–Siendo esta la manera de actuar, sirviéndose del matrimonio, ciertas redes familiares pudieron alimentar una creciente acumulación de ahorros. Cada nuevo pacto que sellaran, los acumularía con mayor potencia.
–Las fortunas atesoradas mediante el recurso conyugal tuvieron que ser crecientes porque tales ciclos fueron reiterados durante cientos de años.
–Pero todavía más valioso parece, para el análisis correcto de las instituciones complicadas con el orden que antes regulaba el crédito, que la vía femenina completara la obra del deseo para dar fundamento al ahorro, y la reprodujera indefinidamente.
No eran varones, héroes proclamados como guerreros, aunque ya incapaces para envainar sus espadas, quienes cargaban con el peso de la contienda civil que dirimía la riqueza, sino mujeres, frágiles y poco visibles, solo parcialmente recluidas en viviendas, las que ejecutaban la concentración de las casas. Aunque era excepcional que una mujer fuera dotada con una institución, porque la conducía a ocupar una posición de responsabilidad impropia para todo un patrimonio.
La dote solía ser una cantidad de dinero. La constante variación de su forma y su tamaño, aun así siempre expresados con cifras redondas, demostraban que era el resultado de decisiones tomadas con relativa autonomía por los ascendientes, y que su primer enunciado, en muchos casos aceptado sin réplica por la otra parte, con más probabilidad sería una oferta que se reservaban los padres de la mujer.
Se pudo mostrar especialmente orgullosa de dotar una pareja, a la que cuando se contrajo en su matrimonio ninguno de los contribuyentes aportó bien alguno. Podían presumir de su gesta porque si no había patrimonio que dividir no había dote que negociar.
–Tan poderosa razón, a quienes vivieran en trance de civilizarse, como en su caso había sucedido, no impedía que celebraran las nupcias, decisión bárbara solo justificada porque entonces el vínculo marital era la fuente reglada de la generación humana, con menos frecuencia el medio para la festiva expansión del deseo.
Con el tiempo, gracias a sus esfuerzos, habían conseguido dotar a sus dos hijas, a una con una cantidad que prefirieron no dejar escrita y a la otra con una muy estimable para el momento en el que se desprendieron de la cifra.
Cuando faltaban los progenitores dotaban otros parientes. Una tía, fuera poseída por la generosidad que hubiera hecho presa en ella o por la impaciencia que le inspirara la proximidad de su muerte, que amenazara con retornarla al limbo inmaculada, podía aceptar la defensa de esta causa. Los hermanos ya casados de la que iba a tomar estado, porque la hubieran criado en su hogar, también podían para este fin representar el papel de los padres. Un presbítero, beneficiado en una parroquia, no tuvo inconveniente en dotar a una sobrina, puesto que en las familias del clero su condición no era incompatible con la filial.
Era frecuente que con la dote se saldaran las obligaciones que sobre el patrimonio de la familia descargaba la descendencia, como ocurriría con el capital. También la legítima podía quedar a su cargo o liquidarse íntegra. Ambas se fundían premeditadamente, una vez que se había decidido determinada transmisión, para corresponder a las obligaciones que hubieran recaído sobre la otra parte de los bienes atesorados. Por esa razón un padre podía dotar a su hija con la fracción que por el fallecimiento de la madre le perteneciera como legítima, y era habitual convertir en dote lo que a una casadera le tocaba en el reparto de los bienes del padre o del abuelo, previamente difuntos.
–Al resolverse a costa de la legítima, la dote, sin menoscabo de otros propósitos, pudo ser una forma de venta de la mujer en expectativa bajo las condiciones más favorables, si se pactaba en las capitulaciones una cantidad que rebajara las obligaciones derivadas de aquel imperativo. El encaje armónico era posible cuando la otra parte la aceptaba, aunque no fuera cuantiosa, como un medio al servicio de su promoción. Para quien hubiera acumulado riqueza, y aun así careciera de la consideración que para él deseaba, resignarse a un ingreso insignificante podía valer, a través del contrato de matrimonio, la entrada en una familia que creyera aristocrática.
La dote que se conservaba íntegra, habiendo concluido el curso de la sociedad conyugal, fue un balance del que algunos padres se mostraron orgullosos, porque a su vez podía convertirse en dote para su descendencia. Un padre que se había casado en segundas nupcias, a una hija habida en la primera familia podía entregar por este concepto la cantidad que su madre había llevado a su enlace. Es posible que una condición tan rígida fuera una parte de las capitulaciones, quizás solo en algunos contratos, porque en ocasiones una exigencia tan alta podía complicarse tanto que era soslayada; o que el fallecimiento de su mujer fuera una exigencia legal para que el marido tuviera que responder del depósito que se le había confiado.
–Hecho inventario de los bienes dejados por un esposo tras su muerte, a iniciativa de la entusiasta viuda, constató que no alcanzaban para el reintegro de la dote que había aportado décadas antes, sin que al parecer un comportamiento tan insensato tuviera efectos judiciales, aunque con la consiguiente defraudación de sus proyectos.
La consecuencia material de la muerte era tan rigurosa como inevitable. De cómo programaban el traspaso de su riqueza quienes, si hacían planes, adelantándose o respondiendo a los avisos de la Definitiva, preferían no dejar nada escrito nada podemos decir porque siempre nos limitamos a los medios documentales. Otros, urgidos por el deseo de una explicación, optaban por dejar constancia de su última voluntad en forma de testamento. Era más probable que quienes hubieran acumulado algún patrimonio tomaran la segunda decisión, por iniciativa propia o a instancia de sus deudos.
Las formas de transmitir que los testamentos nos permitieron conocer fueron múltiples, pero nos persuadimos, previa discusión de casi una docena de fórmulas, que en el origen todas las piezas confluían en una satisfacción extraordinaria para quienes las tomaban: les permitían imponer su voluntad después de la muerte, un hecho inopinado y en apariencia escaso al que sin embargo era fácil acceder en un mercado propio llamado escribanía, la oficina pública que comerciaba con el traspaso de los patrimonios legales. Si recurrían a ella, la norma por la que se regían, que desde la edad media había extendido su poder hasta las tierras meridionales, les obligaba a cumplir con las garantías a favor de sus consanguíneos o legítima, al tiempo que les reservaba la posibilidad de dirigir a discreción una parte de la riqueza que les perteneciera, incluso más allá de los límites de la familia.
–Luego una parte del tesoro que se había originado en el dominio creado por el deseo podía escapar a su tiranía.
–Aunque es necesario reconocer que eran pocos los que conseguían disponer de al menos una parte de su patrimonio al margen de la red biológica.
Gracias al testamento, fueron normalizados ciertos modos de transferencia de los patrimonios. El cónyuge que moría antes que el otro dejaba como usufructuario de todo al que le sobrevivía, los bienes eran repartidos en porciones iguales entre todos los hijos habidos en el matrimonio, previa liquidación de las deudas pendientes; el soltero solía dejar sus bienes a sus sobrinos.
La gama de combinaciones que a estos tipos sería necesario añadir, para completar la descripción de los hechos testamentarios comunes, no contradiría lo que entre todos nos enseñaron. La mayoría de las familias que disponían de patrimonio, de una o de otra clase, llegada al momento de su curso que hacía necesaria una solución formal, para que diera fe de las decisiones tomadas, frente a cualquiera de las controversias que en el futuro pudieran suscitarse, aunque hiciera una larga lista de salvedades no recurría a ninguna institución distinta a la del heredero familiar para traspasar los bienes, muebles e inmuebles, en especie o en efectivo, de los que morían a los que seguirían viviendo.
–Así se naturalizó en las tierras meridionales la herencia, una forma poco justificable de la circulación del ahorro.
“A veces su origen se ha explicado como respuesta a una superstición. A partir del imperio nuevo, la opinión de los egipcios sobre la vida de ultratumba cambió. Entonces, a una proporción creciente de ellos el problema de la existencia tras la muerte llegó a preocuparle sinceramente. Hasta entonces, apenas había progresado el interés por la resurrección; ni entre aquella gente, que tan proclive a la sedición se mostró pasado el tiempo, ni entre los habitantes de otra tierras, atraídos o no por las conspiraciones. Los súbditos del soberano que había extendido su poder a todo el valle del Nilo aceptaban que esta facultad estuviera reservada al rey, quien perseveraba en manifestar su restauración, aunque no pudiera ocultar el progreso de su vejez, con tanta más frecuencia cuanto mayor era su edad.
“Pero la propagación de la única teoría sobre la supervivencia, elaborada por cortesanos fieles que deseaban contribuir a que el poder de la Monarquía se sostuviera, traspasó los límites del círculo para el que había sido creada. Como ocurriría en tantas ocasiones, una parte de quienes solo mantenían con aquel mundo una relación que los subordinaba sin embargo decidieron aceptarla porque el deseo de emularlo los empujaba a tomar sus costumbres.
“Carecía de la justificación política que inspiró la especulación original, causa que contribuiría a que la emergencia de la República se retrasara aún algunos siglos, puesto que los seres que convivían por ser contemporáneos, aun sin carecer de la condición humana prefirieron ignorar que con este ardid argumentativo, avalado por la muerte, hubieran podido reivindicarse idénticamente soberanos, fueran laicos o levíticos, miembros de una sociedad hermética o empresarios.
“La nueva justificación emergió de un desorden de índole distinta, a juzgar por un hecho no independiente de las fuentes del caos, de enorme interés para valorar la importancia desde entonces concedida al ritual funerario y la pasión por él que se impuso hasta en sus más insignificantes manifestaciones.
“El procedimiento común de herencia de las propiedades, entre los egipcios, ya entonces quedó sometido a una condición poco razonable: que el entierro fuera verificado. El posible legatario que el legítimo dueño hubiera previsto quedaría desheredado si no cumplía con esta obligación. Se expresa un documento de aquella época en tales términos que no deja lugar a dudas sobre su sentido. “`Se entregarán los bienes a aquel que dé sepultura´, dice la ley del faraón”. Con palabras similares fueron escritos más documentos por el mismo tiempo.
“Para los egipcios rigió un principio más universal por persistente que por extendido. Todo el legado de un difunto iría a parar a quien ejecutase su entierro bajo las condiciones rituales prescritas, responsabilidad que recaería con más frecuencia sobre los allegados, certeros conocedores de los patrimonios de quienes habían de pasar por el trance de la muerte. Es más probable que en la obsesión por el renacimiento, que dio como consecuencia los sorprendentes resultados materiales que son tan conocidos, haya un escrúpulo de albaceas en modo alguno desinteresados, no una creencia.
“Cuando a la conservación del cuerpo quedaba confiado el deseo de volver a la vida tras la muerte, para ser acreedor a los bienes que el difunto había acumulado al pasar por la tierra, y que contra su voluntad dejaba tras de sí, el vivo que los deseara, más probable entre los parientes, debía adquirir el compromiso de fundar la tumba donde yacería el cadáver acecinado.
–Pero tampoco sería prudente negar su espacio a la piedad, porque al corazón humano llegaba, por un conducto que sin embargo la anatomía practicada por sus cosmetas no fue capaz para descubrir, un sentimiento, forma de hablar que el presente ha traducido explicando que la voluntad era colonizada por la desgracia de la riqueza; como un economista, porque hubiera evolucionado a empresario, y en su beneficio hubiera atesorado el trabajo ajeno, en parte recibido gracias al patrimonio heredado, espurio puesto que procedente de la más feroz venganza que en la sierra conocieran los siglos, estaría nunca incapacitado para ser miembro entusiasta y generoso de una sociedad de egiptología.
–Habiendo sido común en tiempos remotos, tal creencia con los siglos no perdió su condición primitiva e invariable. Por causas tan desconocidas como las que permiten que el monstruo verde de los celos, de dimensiones colosales, cuyo cuerpo está cubierto por escamas deuterobizantinas, el más incontrolable y violento de los creados por la imaginación trastornada que de los hombres insensatos se apodera, fuera encontrando medio para reencarnarse en cada nacido, se pudo regenerar la creencia en una vida oculta bajo la tumba, las obligaciones que delegaba a los que seguían existiendo y las astucias que en ellos estimulaba, reminiscencias cuya actualidad han podido comprobar y describen quienes observan el paso del tiempo en los documentos.
–De acuerdo con que el trabajo, acumulado en las cantidades que el ingenio y el esfuerzo de cada cual permitiera, fuera convertido en apropiación de bienes, porque solo la actividad consciente crea cualquier clase de riqueza. Admitamos que todo tuviera su origen en el trabajo propio, que nada de lo que a patrimonio llegara procediera del esfuerzo ajeno. Sería la remuneración a tanto comportamiento desenfrenado, pequeña recompensa para quien no hubiera podido disponer de su tiempo para vivir.
“En el patrimonio adquirido por herencia no había un gramo de honradez porque no había un gramo de trabajo propio, solo convención inducida por el poder coactivo de la ley. Nada útil justificaba que sobre el acceso a los bienes patrimoniales prevaleciera la consanguinidad. Si la circulación libre de los bienes había de ser la responsable del mayor grado de crecimiento, su restricción al ámbito de la familia los privaba del retorno a los mercados, donde tendrían que consumar su asignación idónea.
–En los casos en que el patrimonio se hubiera materializado en capital por metamorfosis del trabajo de otros, mientras los bienes que lo permitieron fueron producidos o porque lo detrajeron al venderlos aun sin ventaja, debió escapar a su control, retornando a los circuitos que los mercados crean o administrándolo el poder que sobre todos prevalecía.
Aunque muchos testadores se sintieran satisfechos con imponer tan tiránica voluntad a sus allegados, amparados en la sobrecogedora muerte, que paralizaba a los vivos más impresionables, otros, porque ante el hecho inevitable también se podía reaccionar sin resignación, y hasta con soberbia poco justificable, todavía consideraron que debían prevalecer sobre generaciones, puesto que la inmortalidad les estaba negada. Decidieron perpetuar la posición material que habían conquistado sirviéndose del mismo instrumento legal, aunque atribuyendo un alcance extraordinario a la parte de sus cláusulas de la que podían disponer sin servidumbre alguna.
Como en vida habían compartido cierta opinión sobre el valor que al patrimonio concedían quienes deseaban prevalecer sobre otros, según la cual los bienes atesorados propagaban en razón directa a su aprecio la grandeza de sus dueños, y así avalaban el papel que deseaban representar ante sus semejantes; convencidos de que imantaban el poder que había permitido hacerlos propios, confiaban su loco proyecto a instituciones muy rigurosas con su conservación y su traspaso: imponían al dominio sobre al menos una parte de sus bienes no obligados por la legítima, para que los recibieran las siguientes generaciones, el deber de inmovilidad, y restringían a la capacidad de uso el ascendiente sobre ellos. Para darles ventaja, aquellos regímenes extraordinarios de transmisión podían combinarse con decisiones previas específicas, también creadoras de instituciones que inducían la segregación parcial del patrimonio de la familia, tanto que la posibilidad de que una parte al menos quedara al margen de ella quedaba abierta.
Para cada una de las formas legales que protegían decisiones tan ambiciosas, pensando en que tendría que llegar el momento de dar cuenta de su existencia, porque antes o después todos debemos hacer balance de nuestro paso por la tierra, nos esforzamos en restaurar los casos más capacitados para explicar ciertos hechos. Gracias al plan desplegado, pudimos coleccionar, para un total de 730 iniciativas familiares, referidas a los siglos entre el décimo cuarto y el décimo octavo, datos suficientes sobre los destinos específicos a los que aspiraron quienes desviaron al menos una parte de sus patrimonios por las vías inmovilizadoras.
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