La marginación de las tierras

Redacción

Era plena primera mitad del siglo XVIII, mes de septiembre. La asamblea de un municipio, a iniciativa de su cuerpo de labradores, decidió vender 1.000 fanegas de tierra de baldíos. Para hacerlas atractivas, se proyectó acotarlas y cerrarlas, así como adehesarlas. Se pretendía ofrecerlas en el mercado como tierras a pasto y labor, la forma de la unidad productiva agropecuaria más abierta posible.

Para acotarlas había que rodearlas con una linde o seto, mientras que para cerrarlas era necesario excluir el tránsito indiscriminado o abierto. Adehesar obligaba a entresacar la vegetación espontánea que hubiera sobrevivido en ellas, para que se mantuviera selecta y abierta la arbórea y desapareciera cuanto fuera posible la arbustiva, en beneficio de la herbácea. Para conseguir este efecto, la degradación del bosque tenía que consumir años, por lo que es presumible que la condición de dehesa aquellas tierras ya la hubieran alcanzado.

Así como esto último, a quienes tuvieran capacidad para explotarla, los labradores, no les oponía ninguna dificultad, acotar y cerrar, en su opinión, que llegó nítida hasta la asamblea, obligaba a que el comprador llegara a un acuerdo con las poblaciones que tenían hermandad y comunidad de pastos con el municipio, porque la hermandad, en caso de que el proyecto se consumara, sería nula en las tierras segregadas. Por tanto, era conveniente que los propios, nombre genérico del patrimonio municipal, avalaran la venta, incluyendo la responsabilidad de hacer frente a cualquier compensación a quienes vieran defraudados los derechos sobre el uso del suelo adquiridos anteriormente.

Con la venta se pretendía resolver un doble problema financiero. El municipio, responsable del pago de los servicios a la corona, o totalidad de las obligaciones contributivas civiles de la población, había acumulado atrasos en su debida liquidación periódica. Como por otra parte, para efectuar pagos anteriores de los mismos servicios, habría sido necesario suscribir créditos, se aspiraba a levantar sus principales.

Para enajenar el patrimonio local, y especialmente las tierras baldías, era necesario disponer de la autorización de la corona llamada facultad. Así se actuaba porque a la institución monárquica correspondía íntegramente el dominio de los baldíos, propiamente conocidos como baldíos de la corona, y siempre el prevalente en cualquier clase de espacio.

Ya tres años antes, a fines de septiembre, el consejo de Castilla había concedido al municipio la facultad para vender aquellas 1.000 fanegas de tierra que ahora, otra vez, se querían vender.

Entonces no se había consumado el proyecto porque las urgencias a las que se pretendía hacer frente con aquella fórmula habían pasado. El desabastecimiento de los mercados del grano había sido extremo. Con el ingreso que se obtuviera, se proyectaba hacer frente a las compras que fueran necesarias para recuperarlos. Afortunadamente, antes de proceder a la liquidación del patrimonio público, se había asegurado el abasto de la población, a base de granos ultramarinos, gracias a una contrata muy favorable suscrita con una casa de comerciantes holandeses naturalizados, a cuyo frente estaba entonces Francisco Clavinque. Además, se había pasado el tiempo de la sementera, que se juzgaba el más favorable para sacar al mercado unas tierras de aquellas características.

Entonces fueron tasadas las 1.000 fanegas en un mínimo de 18.000 ducados, o 198.000 reales de cuenta. Ahora, su aprecio se había hecho durante el mes de agosto. Había estado a cargo de un medidor local y de otro que trabajaba tanto para el cabildo civil como para el eclesiástico de la capital. Calibraron la superficie, la aptitud de las tierras tanto para la siembra como para pasto de ganados mayores y menores y el sitio donde se encontraban.

Con estos criterios, el medidor procedente de la capital apreció la fanega en 200 reales de cuenta, si quedaran baldías y libres para el aprovechamiento de los pastos por los partícipes y comuneros; y en 300 reales si fueran acotadas y sembradas. El medidor local, por su parte, las apreció en 20 ducados, o 220 reales, si quedaran baldías y comunes, y 30 ducados o 330 reales si cerradas y acotadas. El mismo aprecio que el medidor local hicieron dos labradores de la población, que actuaron como peritos, y dos de los veedores de campo municipales.

La venta de las 1.000 fanegas de tierra se pregonaría en la población, en la capital y en el primer mercado litoral de la región durante quince días, tiempo a lo largo del cual serían admitidas todas las posturas y mejoras. Para evitar complicaciones, finalmente se había decidido ofrecerlas con la condición de que quedaran libres para el aprovechamiento de los pastos, una vez alzados los frutos, para los partícipes y comuneros que sobre ellas tenían adquiridos derechos. Además se prescribió que, en caso de que la venta se consumara, introduciría las tierras en el circuito del espacio cultivado mediante un obligado ciclo inicial de barbecho y labranza.

El pregón se inició en los lugares previstos con el mes de septiembre y era el 30 y aún no había aparecido ningún licitador.

Los labradores que habían patrocinado la iniciativa creían ver tres causas del retraimiento. Primero, la angustia del tiempo y estrechez de las almas en todos los lugares de la región. La segunda, la diferencia de precio entre la tasación de tres años antes, que no llegaba a los 200.000 reales (198.000) y la actual, que había previsto un máximo de 330.000. Por último, como se había asociado a las tierras el calificativo de baldías, creían que se había dado a entender que debían quedar libres para el aprovechamiento de los pastos, cuando en realidad el respeto a este derecho solo se mantenía para los partícipes comuneros, y no para los vecinos de la población, para los que quedaban cerradas, y solo si no llegaran a un acuerdo con el comprador. Por lo que se refería al ganado de labor, creían que esta prevención era infundada, porque todo el activo tenía señalada su dehesa, que igualmente estaría al servicio del que se empleara en la labor que se hiciera en las tierras que se ofertaban.

El 30 de noviembre siguiente fueron rematadas en 270.000 reales de vellón, pagaderos en el plazo de tres días. Las había comprado el cabildo catedralicio de la capital. El 2 de diciembre, en la población, efectuó la compra un presbítero, de orden de aquel clero capitular, que para esta ocasión actuaba como administrador perpetuo de la dotación fundada en la catedral por el obispo de Segovia. El 30 de diciembre, de los 270.000 reales, todavía debía 70.000.


Principios de la población agrícola

Redacción

1. Entre 1290 y 1520 las administraciones que tenían la jurisdicción, para proveer poblaciones, tomaron muchas decisiones ajustadas a la radicación de comunidades humanas. En cada circunstancia combinaron unos instrumentos, de cuyo efecto poblador estaban convencidas. En la declaración de los principios que los inspiraron quedó contenida tanto la teoría que pudo alimentar sus políticas como su conciencia de las circunstancias que para sus propósitos eran un obstáculo.

Un proyecto, ejecutado entre 1290 y 1315, que afectó a varios lugares, lo habrían activado factores de orden militar y político, aunque en parte pudiera estar aconsejado por criterios económicos. Que el área estuviera localizada en el confín oeste confería valor estratégico a los límites competidos con otros reinos y otras jurisdicciones. La preocupación por la defensa del territorio y la seguridad de sus habitantes estaba entonces muy viva y alentó la suscripción de hermandades entre las grandes poblaciones, interesadas en la persecución de los malhechores allí refugiados. Para los responsables de esta clase de iniciativas, poblar sería dar seguridad al territorio por la presencia humana.

La constitución de señoríos jurisdiccionales en la misma zona y el deseo de evitar enfrentamientos entre ellos por el uso de la tierra, o que los campesinos bajo otro poder primitivo fueran atraídos con mayores compensaciones hacia las nuevas jurisdicciones, pudo también acelerar aquella iniciativa. Captar habitantes era deseo y final de cualquier poder porque todos se convertían en vasallos. La permanencia en el tiempo de esta actitud estaba tanto más justificada cuanto que se trataba de épocas de limitado crecimiento biológico de las comunidades humanas.

Para el promotor de estos primeros proyectos autónomos, aunque menos probable como causa, porque por naturaleza es inerte o inactiva, que como fuente de ideas, los repartos de bienes inmuebles promovidos a partir de 1262, tras la ocupación del territorio por las tropas patrocinadas por el rey de Castilla, al parecer resultaron insuficientes, al menos para la porción septentrional de la zona que quedó bajo jurisdicción de la primera población del centro oeste, antigua sede de un reino tan débil y degradado que fue rendido por la vía diplomática. Las heredades entonces concedidas no habrían prosperado, quedando en su lugar las tierras desocupadas; una forma de referirse al estado al que habían degenerado que aconseja aceptar como causa del poco éxito de la iniciativa de 1262 el abandono voluntario de las parcelas que recibieron los beneficiados por los repartos. La convicción sobre que tales habían sido los hechos al menos actuó como una premisa a partir de la cual argumentar. Si además se aceptara el fracaso de la repoblación de 1262, habría que admitir que una parte de las tierras ya habría sido roturada y ganada para el terrazgo. La agricultura, habiendo comenzado en aquella parte, pronto habría retrocedido porque las tierras que hubieran conocido este principio luego no habrían sido cultivadas.

Del proyecto de 1290-1315 además es posible pensar que no fue ajeno a las condiciones en las que se efectuaba el comercio del trigo en la zona. De las que inspiraron sus cálculos cuando se pretendía atraer habitantes un par de datos valiosos proporcionan los documentos de una época tan lacónica como formalista cuando se expresa por escrito. El primero está fechado en 1313. Entre otras concesiones, ese año la primera población del litoral obtuvo de la corona derecho a exportar nada menos que un tercio de su cosecha de cereales, en las mismas condiciones que ya lo disfrutaba la población principal del interior. El otro dato se refiere a 1326. Se trata de la confirmación a esta de la licencia que menciona la concesión de 1313, que así revalida un derecho activo en su caso al menos desde los primeros años del siglo décimo cuarto.

Para encontrar una explicación a la posibilidad concedida a la población del litoral, los analistas están dispuestos a reconocer alguna relación entre su señor y la salida de trigo con destino al oriente cantábrico, supuesto que el señorío de aquella ciudad portuaria lo había conseguido su titular mientras era miembro de una familia que también ostentaba el de Vizcaya. Por tanto, el objetivo de la licencia concedida en 1313 sería la exportación de trigo desde el primer puerto de la zona con destino al norte de la península. La identidad de este caso con el de la primera población del interior es tan evidente -las prerrogativas de uno se extienden al otro- que la posibilidad con la que se especula en relación con la población litoral o puerto podría aplicarse, aceptado el principio de reciprocidad absoluta que inspiran los documentos, también a la del interior y su tierra. No aclara la fuente cuándo esta consiguió tal régimen comercial, pero se tendría que aceptar que el derecho consolidado durante el primer tercio del siglo décimo cuarto también tendría como objetivo al menos una exportación similar. Dadas las premisas de su tenor, es posible afirmar que ya en 1313 en las tierras del centro oeste de la región podía ser una práctica consolidada fijar anualmente un cupo del producto de trigo para destinarlo a la exportación, que dependía del volumen de su producto bruto de cereales y que podía alcanzar hasta un tercio de este.

Puede dudarse si el contingente facilitaba la exportación o por el contrario la detenía. Lo primero es más probable para el tiempo del que se trata, porque supone que entonces sería un recurso común de la política de los mercados limitar la salida de los cereales. Así lo indica que el derecho privativo de la población del interior se obtuviera como licencia. La escasa población de sus tierras, de la que ya hay algún testimonio y sobre la cual en lo sucesivo se irán acumulando más, efectivamente no sería obstáculo para la exportación en aquellos tiempos. La demanda interna en su dominio sería muy baja.

Sin embargo, refiriéndose a la decisión de 1326, los analistas se proponen llevar más allá de la exportación las posibles causas de estas concesiones. Para una parte de ellos habría que interpretarlas asimismo como un incentivo para que en la zona fuera ampliado el terrazgo y así incrementar el producto bruto de trigo. Que la producción reciba un estímulo como consecuencia de las facilidades para la exportación casi puede admitirse como un efecto mecánico. Si se acepta el segundo vínculo que la interpretación precedente propone, realmente no se habría salido de los dominios de la idea de partida. Pero que a su vez el contingente sea un factor que potencie la roturación de tierras no parece tan inmediato. Dado que no hay indicios que permitan pensar en una mejora de las técnicas que favorezcan el aumento de la producción, por vía de mayores rendimientos, si se cree que el crecimiento del producto debe estar relacionado con las roturaciones, debe aceptarse que aumenta el número de explotaciones, que en buena medida tiene que depender del de pobladores que se incorporan a la agricultura. En estos términos deben haber ideado su análisis, porque presentan el proyecto de población correspondiente como el resultado de la forzada obligación de incrementar el número de habitantes y el aprovechamiento del suelo.

Para alcanzar a reconocer el vínculo que desde el régimen comercial lleva a las roturaciones a través de los proyectos de población, entre fines del siglo décimo tercero y comienzos del siglo décimo cuarto, es necesario pensar en las posibilidades para el comercio del trigo en la zona más allá de la exportación de grano. Precisamente porque se trata de un régimen particular para el comercio del cereal más demandado, adaptado a una zona de escaso atractivo, es posible esperar un efecto específico sobre su población. Si es cierto que en el momento en el que se toma la decisión a favor de la salida de grano la escasa población de las tierras de la primera población del interior no es un obstáculo para la exportación, porque la demanda interna en su dominio sería muy baja, hay que admitir que la atracción de pobladores puede llegar a ser un obstáculo a la exportación porque aumentaría el consumo interno. Si la zona consiguiera estar más poblada, la exportación podría ser una vía para las tensiones, un medio de desequilibrio. Una zona de escasas posibilidades con pocos efectivos puede alcanzar pronto el límite máximo de población. No valdría la pena regular hoy la exportación para mañana tener que limitarla. Si hay relación con la población en el comercio del trigo que activan las licencias este debe incluir, además de la exportación, la importación y el tráfico interno, el movimiento del trigo en todo el centro oeste de la región. Por tanto, para la población, más importantes que las expectativas en los mercados de otras economías, son las que crea el desigual mercado comarcal y regional, que como los demás de su tiempo asimismo no puede evitar la irregularidad. Debe incluir la notable posibilidad de la importación. La idea de la fuente indica un punto en el mapa que puede ser atractivo, con el que se pueden tener relaciones no solo de exportación sino también de ingreso. Los puertos deben estar abiertos para atender la demanda de cereal en el interior, en las altitudes mayores.

No es complicado demostrar que en cualquier circunstancia el producto de trigo desciende con la altura. Está al alcance de este texto defender que el incremento de la pendiente es inverso al de los rendimientos del cereal. En las tierras más al oeste, donde la pendiente se incrementa de manera constante de sur a norte, la respuesta económica a este límite es el avance de norte a sur de la población en busca de mejores rendimientos de los cereales. No es probable que opere ya en el siglo décimo cuarto en esta dirección el factor, dada la escasez de elementos pobladores. La regulación de la exportación obliga a aceptar que desde al menos 1313 es posible tener la certeza de que el del trigo es en esta zona marginal un mercado abierto, extraordinariamente abierto para un producto de subsistencia y con tantas propiedades económicas, acumuladas durante siglos. El mayor valor explicativo podría tenerlo el flujo de sur a norte de las producciones locales y de las importaciones. Entre fines del siglo décimo tercero y comienzos del décimo cuarto, cuando el espacio está escasamente poblado, el interés del comercio del trigo puede estar en que estimula el movimiento de la población. El comercio del trigo en el espacio oeste pudo ser un factor de población que debería tenerse en cuenta. El movimiento de la población del centro oeste tuvo siempre relación inmediata con el comercio del trigo. Por tanto cumple mejor con el objetivo de roturar si es un estímulo para los movimientos. Si se pone en relación la posibilidad de exportar trigo, vigente al parecer al menos desde comienzos del siglo décimo cuarto, con la política pobladora de la primera población del interior, cuyas instituciones tienen contenidos señoriales, concordarían ambas circunstancias en la insistencia por atraer población acotando dehesas boyales, pero no en la radicación mediante la siembra de vides; siempre que al mismo tiempo el trigo pudiera circular no solo hacia los puertos, al sur, sino aún más, al principio, desde estos hacia el norte.

2. Observadas las iniciativas pobladoras de la zona desde un proyecto acometido en 1311, parece más acuciante el deterioro de su población. El concejo de su núcleo más poderoso, que poseía la jurisdicción de buena parte del centro oeste, decidió crear en aquel dominio una puebla inmediata a un castillo. Algunas personas ya se habrían instalado en el lugar y se deduce que tal decisión en parte pudo ser consecuencia de una iniciativa pobladora anterior, de 1299, aunque para esta fecha es posible que allí también hubiera ya alguna gente asentada.

Los vecinos que en 1311 componían la comunidad que existiera, a la que pretendía atender el concejo con su iniciativa, vivían en condiciones de mucha pobreza. Tantas eran las dificultades en las que debían sobrevivir que decidieron amenazar con el abandono del lugar y quemar lo que hubiera de poblado. Puede que el estado que el documento describe sea una obra expeditiva de la retórica diplomática del momento, puesta al servicio de prejuicios interesados, con el propósito de ampliar privilegios a costa de la condescendiente actitud del concejo promotor. Pero es inapelable que se trata de un sitio para el que ya se había intentado, pocos años antes, una atracción de pobladores que no había satisfecho a sus promotores.

A fines del siglo décimo tercero se había decidido conceder al lugar una dehesa boyal, uno de los instrumentos para la población al que insistentemente se recurrió. Estimular la radicación humana con una dehesa común para el ganado vacuno innovó los procedimientos usados en aquel territorio, tomando como término de comparación el modelo que para el mismo fin aplicaron los primeros repartos tras la conquista castellana, concluidos cuando terminó el reinado de Alfonso X (1284). En estos la atracción de pobladores había sido confiada a la oferta de lotes individuales.

No está claro si las dehesas que se utilizaron como estímulo de la población fueron siempre y solo boyales. Datos algo posteriores permiten pensar que las acotadas con fines pobladores eran también cultivadas, pero no parece posible ofrecer con pruebas documentales una descripción que alcance hasta tales detalles de esa clase de espacios en el momento del que se trata. Serían pues al menos áreas destinadas en exclusiva a un ganado que al menos se aplicaba al trabajo del campo. Aceptando esta única premisa cierta, se puede deducir que las dehesas delimitadas tendrían como destino al menos suministrar la energía diaria que el ganado para la actividad agrícola consumía. Como se trata de un instrumento que pretende poblar, pudo hacerlo atractivo que su interposición permitiera que el consumo energético del trabajo animal no recayera sobre la renta de los campesinos.

Pero una dehesa boyal era tanto un servicio común como una renuncia particular. Desde el momento en el que se decidía su creación, la dehesa ocuparía un lugar en el espacio, por definición único y excluyente. La calidad de la dehesa, como la de cualquier otro lugar, sería irrepetible, aunque para hacerla útil al propósito poblador tendría que estar modificada por uno de los factores decisivos para conferir valor a una tierra, el de la distancia a los lugares habitados. Como la distancia se traduce en costos, y por tanto está en relación inversa con la estimación cualitativa de los espacios explotados -a mayor distancia más costos, y por tanto menor calidad-, si realmente la dehesa debe absorber gastos de la producción, porque los de tiempo empleado en el movimiento deducen cantidad de trabajo al que se pueda invertir en el suelo, siempre hablando en términos económicos, que son los de la enajenación, para con ella radicar población debe localizarse en las inmediaciones del lugar habitado.

Es muy probable que en aquel lugar simultáneamente hubiera tierras de la misma calidad disponibles para la población atraída con aquel medio en cualquier momento. De la misma manera que la dehesa no gravaría ninguna de las economías familiares, las economías concretas, tampoco cargaría sobre toda la economía de la zona ni sobre la común, de comunales o de propios, mientras hubiera espacio vacío o áreas sin colonizar de la misma calidad. Y como el ganado de labor también era utilizado para el transporte, igualmente hay que deducir que con la fórmula de la dehesa boyal el concejo patrocinador, más allá del propósito de colonizar, pretendería promover la producción agrícola a la vez que el transporte del que tuviera que servirse.

De ser correcto el contenido que para la dehesa queda supuesto, y nada aconseja pensar que se trata de una reconstrucción abusiva o que deforme de manera grave lo que ocurriera, habría que buscar en el espacio acotado las razones del fracaso que contiene el cuadro descrito para 1311. El deslinde de la dehesa hecho años antes también hubo de cargar con algunas carencias, aunque a causa del exceso verbal de los escribanos medievales permanezca la duda sobre cuáles pudieron ser las que condujeron al extremado balance que entonces por sus letras los vecinos presentaron.

Pudieron ser causa directa de la pobreza que invocaron, menos circunstanciales, más estables y constantes que las imprevistas, y en consecuencia contribuir a la crisis de la población, la insuficiencia de la extensión de la dehesa deslindada o la inadecuación de un recurso agropecuario a las actividades al alcance de los posibles pobladores. Pero es más probable que las razones del fracaso hubiera que buscarlas directamente en la deficiente producción del cereal, en las dificultades para el desplazamiento del producto en su territorio o en las dos causas al mismo tiempo. Las propiedades físicas de la zona permiten señalar la pobreza del suelo como la principal responsable de la baja producción, bien porque el espacio que fuera acotado estuvo por debajo de las necesidades energéticas bien porque el rendimiento del suelo aplicado al terrazgo fuera bajo. La tierra devolvería bajos rendimientos a cambio de altas cantidades de energía invertidas por pocas personas y pocos bueyes. Además, en el caso de que pudiera aspirarse al movimiento del cereal, más remoto, las características del espacio añadirían al transporte una dificultad que redundaría en la caída del beneficio. El error de la fórmula usada por el concejo poblador pudo estar en una inconsecuencia, el deseo de extender el crecimiento económico fundado en la agricultura a unas tierras con poco suelo. Todavía se puede sospechar que la receta aplicada alcanzaría a interesar menos aspirantes a trasladar su residencia que la alfonsina porque no modificó al instante su riqueza personal. Pero por el momento no es posible decidir si el procedimiento de la dehesa boyal complementó o mejoró aquel modelo. En cambio, se puede afirmar que la fórmula no dio el resultado que de él se esperaba.

La concluyente actitud de los vecinos, suficiente como para concederles el margen de crédito que permite tomarlos en serio, puso al descubierto algo distinto sobre las causas de la pérdida de población en la zona y por tanto del fracaso completo con el que amenazaron. Cuando expresaron sus razones no culparon a la dehesa boyal, sino que señalaron como responsables inmediatos de su amenaza los problemas de seguridad derivados de la presencia de las guarniciones encargadas de la conservación del territorio, así como las contribuciones que hubieron de pagar para costear las huestes destinadas a las campañas del Estrecho.

La guarnición territorial habría cargado sobre los vecinos deberes militares que les valieran alguna clase de gravamen. La retracción de pobladores en un ambiente naturalmente bélico pudo alentarla además el incremento no previsible de una tensión bélica habitual en la zona, descargada sobre el castillo del lugar. La que antes pudo parecer causa que invitaba a la iniciativa pobladora, la misma preocupación por asegurar la posesión del territorio, habría venido a convertirse en causa de lo contrario. A esto se añadiría la circunstancia fiscal provocada por otro deber militar. No pudo ser un objetivo declarado, aunque sí consecuencia de la sumisión al concejo con jurisdicción en la zona; consecuencia y objetivo evidentes, que sin embargo poco después también se volvieron a causa de pérdida de población. La ecuación despobladora avalada por el documento se enunciaría completa, por tanto, sumando a las iniciativas orientadas a garantizar la posesión del territorio el pago de contribuciones extraordinarias. Ambos términos acumulados originarían pobreza, y esta se convirtió en un factor de despoblación activa, movimiento negativo o emigración. De estas dos razones, la segunda desde luego era imprevisible, aunque no la primera, tratándose de un lugar contiguo a un castillo fronterizo. Lo incorrecto pudo ser aplicar un modelo general, el de la dehesa boyal, al caso.

Ante los fracasos, el procedimiento que se pretende aplicar por el plan de población de 1311 probablemente sea su mejor reconocimiento. Como indica alguno de los analistas que han sometido a examen el caso, recurre a viejas formas de reclamo de población, que basaban su atractivo en la posibilidad de incrementar el patrimonio personal. El concejo promotor exigió a los que se constituyeran en pobladores del lugar para el que se deseaba la población, si querían alcanzar la condición de vecino, plantar en dos años como máximo una parcela de viña. El patrimonio personal era al mismo tiempo que una causa o factor de población, una condición y un mecanismo de radicación. La siembra de vid otorgaría derechos a partir de la presura, un principio que nunca dejó de estar vigente como favorable a la creación de poblaciones.

Además concede a los vecinos la exención de las tributaciones concejiles durante diez años, de manera tal que pone al descubierto que la exención fiscal es su mayor atractivo. Pero la decisión, incluso para los promotores, era solo relativa o diferencial porque incluía el defecto de su limitación temporal, evidencia de que el promotor de la población no renunciaba al ingreso fiscal equivalente al reconocimiento de que el pago de servicios era un iniciador de la despoblación.

Se pretendió crear condiciones que hicieran atractiva la inmigración sin renunciar al que se reconocía como objetivo primordial del proyecto, que seguía siendo conseguir mediante la población garantizar la conservación de lo que entonces se consideraba genéricamente sierra. No se entiende que se empeñaran en dar preferencia a guarecer la tierra cuando habían debido reconocer que esta empobrecía a los vecinos y era causa de que amenazaran con destruir lo habitado e irse. El empeño estratégico de quien tenía la jurisdicción y la iniciativa pobladora, al que no deseaba renunciar tratándose de un castillo, aunque conservarlo pudiera ser causa de la despoblación y se opusiera al objetivo final de nuevo perseguido y declarado, que en consecuencia parece imponerse sobre cualquier otra consideración, pudo ser entonces el principal responsable de la despoblación, más allá de sus buenos propósitos colonizadores.

Dada además la amenaza de los vecinos de aquel lugar en 1311, ¿se puede admitir que actuaba entonces en la zona una despoblación activa o de tierra quemada? El teorema común sobre el origen de la despoblación supone el abandono o muerte lenta, una emigración paulatina hasta la extinción, que nunca es absoluta durante siglos. Según esta idea, la despoblación llevaría de la aldea al despoblado. Si se considera la posibilidad de que las amenazas contenidas en el documento se cumplieran, al contrario se podría pensar tanto en la desaparición instantánea de poblaciones como en la inmediata aparición de otra en otro lugar, si es que no se diluyen los emigrantes en una o varias poblaciones ya consolidadas. Tal supuesto permite también admitir la existencia de poblaciones itinerantes. Porque, en lenguaje demográfico ahora, no en el sentido primitivo de la palabra población, que es raíz o espacial, tal comportamiento supondría a la misma población, el mismo grupo humano, y dos lugares distintos en el espacio. De actuar la despoblación activa, el tiempo que separa la desaparición de un grupo humano de un lugar y su aparición en otro tendría que ser necesariamente corto.


Comparación de los sistemas de crédito en dinero

Redacción

1. El gobierno de la primera ciudad del litoral estaba endeudado. Nada extraordinario, excepto que era entonces el centro económico de la región. Allí terminaban rutas y flotas del comercio colonial, desde allí sus siete naciones comerciales giraban sus letras. Solo algunas plazas, por el volumen de su actividad comercial, se le podían comparar en el continente.

Simplificaríamos si dijéramos que los municipios, en aquella época, contaban con medios de financiación e ingresos saneados. El sistema de propios, del que se mantenían, les permitía atender a sus gastos en bastantes casos, a condición de que los bienes sujetos a esta obligación fueran sólidos. Bienes inmuebles, especialmente rurales, en el interior de la región sostenían razonablemente el gasto local de las poblaciones que podían ser grandes porque grandes eran sus dominios o términos. Los que tenían que sobrevivir en espacios más limitados, porque sus posibilidades de enajenar territorio eran menores, descargaban la responsabilidad del ingreso municipal sobre imposiciones específicas, llamadas arbitrios, así como sobre la venta de la función pública de su jurisdicción; y ni aun así se aseguraban siempre el sostén de la limitada carga del gasto municipal que proporcionaba relativos servicios al común, plebe cuyos derechos políticos estuvieron restringidos, cuando menos, a la elección de sus tribunos o jurados.

Es sumaria, tal vez en exceso, esta forma de referirnos a los sistemas de la financiación local, aunque suficiente para encontrar una posición relativa a los datos de los que aquí deseamos servirnos. La gran ciudad comercial, población marítima, carecía de espacio rural. Queda al margen del objetivo de este texto analizar sus propios y hacer el balance correspondiente. Por ahora solo se trata de justificar que la grandeza de la ciudad, como a las familias de cuya virtud solo sobrevive el peso del apellido, precipitaba a su gobierno a una carrera de deudas porque sus medios territoriales eran prácticamente nulos.

La mitad de las que sobre sus ingresos cargaba su gobierno la forzaba la liquidación de pagos pendientes a la hacienda real por distintos conceptos. Había que cubrir atrasos en la transferencia de la tributación nobiliaria, conocida con el nombre de lanzas, obligación de quienes estaban exentos del pago del resto de los servicios fiscales. También había que traspasarle la mitad de los ingresos que anualmente proporcionaban los oficios públicos vacantes (escribanías, por ejemplo), que cubría en su beneficio la ciudad; recompensa conocida en el lenguaje de la hacienda como media anualidad; e igualmente era perentorio liquidar el principal de un crédito. Todo esto apenas era la décima parte del total del endeudamiento. La causa mayor de este capítulo de la carga financiera provenía de sus obligaciones contributivas. El municipio había ajustado con la hacienda real el conjunto de los servicios fiscales comunes -alcabalas, tercias y millones, en lo fundamental- en un tanto alzado, forma para la descarga de estos deberes conocida como encabezamiento, y se había hecho responsable de su recaudación y de su posterior entrega a la titular. Este procedimiento, que ahorraba gastos a todos, ya era conocido con el nombre de rentas provinciales, denominación que procedía de proyectos de encabezamiento más ambiciosos en el espacio. La hacienda real solicitaba su liquidación por cuatrimestres, aunque los documentos aluden a cantidades mensuales pendientes de ingreso en el departamento de las rentas provinciales. Tal vez fueran compatibles las dos unidades de tiempo, una para la contabilidad de los recaudadores, la menor, y otra para las entradas en la caja del titular del derecho. La gestión de aquellos fondos, en una ciudad económicamente compleja, debió sobrepasar las previsiones de su gobierno. Cuando reconoció estas deudas ya había renunciado a la fórmula, pero la consecuencia de la gestión pasada, no del todo sorprendente, había sido la necesidad de endeudarse para satisfacer las cantidades que el municipio había comprometido con la hacienda real. Bien las recaudaciones quedaron por debajo de las previsiones, bien los fondos ingresados fueron entretenidos en gastos productivos cuyo rendimiento defraudó el cálculo previo del beneficio. Es probable que ambas causas compartieran la responsabilidad de la circunstancia.

La otra fracción notable del endeudamiento del municipio, que significaba casi un tercio del total, era la obra pública. Había que pedir prestado para la fábrica de las murallas, las construcciones de una alhóndiga y una pescadería nueva o para reparar la cárcel y unos almacenes de los propios. También era una exigencia edilicia la limpieza de la ciudad, que estaba confiada en régimen de monopolio a un asentista, con quien se mantenía una deuda que solo pudo saldarse en parte con un crédito de 18.000 reales contables. Obligaron a contraer deudas, además, los envíos de dinero a la corte para la gestión de los asuntos de interés para la ciudad ante el Consejo, cargo regular de todos los municipios, confiado a representantes, agentes o mediadores con calificación legal, a los que con frecuencia se les llamaba procuradores; en cuyo caso no es fácil trazar la frontera entre el gasto administrativo, la provisión de fondos, las ayudas de costa y el cohecho, a la vista de los conceptos que los justificaban. Esta parte del regreso podía convertirse en un pozo que no era fácil colmar. Fue necesario obtener crédito para pagar facturas inaplazables, nóminas de empleados y para satisfacer, con urgencia, una deuda personal, que en su origen también pudo ser el principal de un crédito anterior. Además, la inconsecuencia que se cobraba de las obligaciones de grandeza había causado una deuda ridícula. La muerte de la reina Luisa de Orleáns había forzado al municipio a cargar con un préstamo para sufragar los gastos de la publicación de los lutos, a los que el protocolo, en opinión del prestatario con responsabilidad política en aquel momento, obligaba.

Para captar la financiación que necesitaban en la ciudad pudieron recurrir a dos fórmulas. Una, el censo, era compartida con el medio rural. La otra, el premio, eufemismo entonces vigente para referirse a la usura libre, en pleno siglo décimo octavo sobrevivía aclimatada al medio urbano. En sentido propio, premio era la compensación que regía la paridad entre las monedas nobles y de vellón. Estando el negocio financiero justificado en parte por el cambio, de ahí derivaría que el premio terminara siendo el tipo de interés aplicado al crédito que actuaba al descubierto. Por extensión, terminó diciéndose que un préstamo había sido tomado a premio para referirse a los que se obtenían en el mercado más abierto. La fórmula también se denominaba daño, y en la documentación de la época asimismo era llamada estilo de comercio porque se daba por supuesto que estaba limitada al ámbito mercantil.

Cada forma contractual en aquel caso decidida, censo o premio, satisfizo aproximadamente la mitad de la carga crediticia, aunque exactamente las cifras indican una moderada preferencia por los censos. Los redimibles eran más baratos que los créditos comerciales. Cuando se atenían a la norma, aplicaban el 3 % anual al principal transferido. Si nuestro gobierno no descargó toda su capacidad de endeudamiento sobre el censo, además del prestigio que espontáneamente gana en la argumentación el principio de la diversidad, versión para las controversias en una cámara de los intereses que puedan obligar a los representantes en ella reunidos, pudo ser porque su crédito ante las instituciones que lo ofrecían estuviera agotado. Solo dos de los mercantiles fueron comprados al 5, y otros dos al 6. Los demás, otros seis en total, hubo que adquirirlos al 8 %. La relación entre tipo y tamaño del principal, porque incluiría plazos de amortización relacionados directamente con este, era inversa, aunque no con absoluta rigidez.

Que aquel municipio se viera obligado a tomar más créditos en el mercado abierto al mayor precio indica que su solvencia no era la más deseable. Sus avales eran a un tiempo precarios y exclusivos. Nada más que dos operaciones, una de las cuales fue el censo perpetuo y la otra uno de los redimibles de solo 5.500 reales, fueron acordados con garantía hipotecaria común, un par de casas del patrimonio municipal. Nueve operaciones, que sumaron 553.539 reales 14 maravedíes de principal, la proporción más importante de todas las deudas, muy por encima de la mitad, y que incluían los mayores créditos absolutos (129.505 reales 30 maravedíes y 101.647 reales), cinco censos y cuatro a premio, se sostuvieron con facultades reales, requisito normativo para crear los arbitrios, a su vez denominación genérica de todas las fórmulas de financiación de las urgencias que sobrevenían al gasto municipal.

La enajenación de algún bien del patrimonio público, para el derecho dominio exclusivo de la corona, que era uno de los más frecuentes, exigía esta autorización expresa de la administración central. No sabemos bajo qué condiciones fueron concedidas aquellas facultades, pero no parece que fueran de esta clase los arbitrios habilitados en la ciudad. De lo contrario, los ingresos obtenidos por las enajenaciones hubieran hecho innecesarios los créditos. Es más probable que fueran de la otra habitual, que se inspiraba en la antigua fórmula de la sisa, vehículo entonces de los que hoy concebimos como el impuesto indirecto más sencillo. El Consejo facultaba para que el gasto necesario se financiara cargando sobre algún consumo un gravamen, que se sumaría a su precio final. Las dudas sobre la solvencia, que se extenderían por igual en uno y otro mercado, el intervenido o tarifado y el libre o ingenuo, supuesto que el arbitrio fuera de esta clase, estarían justificadas, porque la garantía del crédito, en los hechos, se aplazaría al cobro cotidiano del arbitrio, tan inestable como cualquier ingreso fiscal, tan incierto como todas las innovaciones.

De otros nueve créditos, asimismo tomados tanto en uno como en otro mercado, los documentos no indican más garantía que el correspondiente acuerdo del gobierno de la ciudad. Tanta fragilidad está compensada por una relativa frecuencia de cantidades cortas de principal y, sobre todo, por altos precios. De los seis créditos comprometidos al 8 %, cuatro solo contaban con la dudosa autoridad de esta decisión política con valor administrativo.

De sus acreedores se puede sospechar que se contaran entre los más capaces. Para los concedentes de préstamos mercantiles, la fuente que ahora consultamos solo da nombres y apellidos. Dados los fines que perseguimos, no tiene objeto reproducir sus nombres, sin mayor significado para el texto, muy accesibles a través del documento para quien desee conocerlos. Es probable que entre ellos figuren algunos que les resulten familiares a los interesados en el pasado del comercio colonial. El análisis de las pocas características que permite deducir la onomástica desnuda, como el sexo o el parentesco, en este caso tampoco dejaría de ser superficial y poco aleccionador. Para avanzar en la historia del crédito rural, no encontramos en esa relación valor más alto que el negativo. De este mercado estaban excluidos en absoluto quienes operaban en el otro.

Quienes participaban en el mercado censal compartían su condición canónica. Actuaban amparados por las instituciones sostenidas sobre el derecho de la iglesia romana, buena parte de las cuales, como venimos observando, tenía la raíz de su origen en el ámbito civil. Invirtieron sus rentas en créditos fundaciones de clero regular, como un monasterio cartujo, que por sí concedió el crédito censal más alto, 101.647 reales de principal, equivalente a la cuarta parte de todas las concesiones de esta clase; y dos conventos de la ciudad, uno masculino y otro femenino; e instituciones de clero secular, como el cabildo catedralicio de su obispado, con los ingresos personales que obtenían sus miembros por la asistencia diaria al coro, llamada pitancería, y con las rentas que le proporcionaba una hacienda a él vinculada, así como la fábrica del mismo templo, el primero de la diócesis.

Las otras eran, propiamente, instituciones de derecho civil acogidas a sagrado: patronatos piadosos, capellanías y una cofradía. Salvado el hecho excepcional del crédito concedido por la cartuja, los patronatos eran los principales inversores, suministradores de un tercio de la masa crediticia censal. Las capellanías apenas contribuyeron con una vigésima parte, mientras que la cofradía fue capaz para aportar un significativo 15 %. Si contamos que el cabildo catedralicio, aparte sus ingresos propios y el control de los que obtuviera la fábrica del primer templo, en este caso era responsable de las capellanías y administraba dos de los patronatos, su participación en los créditos censatarios equivalió a la cuarta parte.

Para completar el análisis de los créditos de esta clase, es necesario mencionar por último uno, que se identifica, como los usurarios, solo por el nombre de su vendedor. El laconismo del documento no consiente suponer nada más que dos posibilidades, que la iniciativa usuraria libre tal vez hiciera incursiones en el campo del crédito censal o que el personaje tuviera la condición de eclesiástico.

2. Había vendido la corona dos participaciones en las rentas del tráfico relacionado con el comercio colonial, ambas aseguradas por el orden de monopolio para él organizado. Una se obtenía gravando con el 1 % las mercancías que entraban por la aduana del puerto donde tenía su sede, o importaciones legales. La otra cargaba con 1 y 4 % los mismos bienes cuando eran importados y luego exportados, respectivamente, a través de la misma frontera regular. Cualquiera de las dos estaba proporcionando hacia 1750 una rentabilidad alta. El derecho sobre importaciones exportadas estaba repartiendo cada año algo más de un 16 % sobre el capital invertido; el de las importaciones, un sustancioso 28 %, evaluado a partir de la misma base inicial. En 1753 fue posible dar cuenta fiel de quiénes habían sido los adquirentes de aquellas rentas y de qué cantidad había invertido cada uno en el atractivo negocio. El examen de los datos proporcionados por el documento no solo permite identificarlos sino también evaluar su capacidad inversora.

En la compra del 1 % sobre la importación participaron 24 inversores, que gastaron algo más de 1.600.000 reales contables (1.632.102 reales 32 maravedíes. Las diferencias entre nuestras cifras síntesis y las que expresa la fuente tienen su origen en que concedemos preferencia a las lecciones de los valores parciales.); y en el negocio de los 1 y 4 % sobre la balanza 34, con un total de 3.330.000 aproximadamente (3.330.698 reales 25,5 maravedíes). La participación fue, a un tiempo, más barata y más restringida en la operación de rentabilidad más alta. Para comprar el primer derecho el inversor tipo hubo de emplear algo más de 68.000 reales, mientras que quien pudo acceder al segundo debió elevar su esfuerzo, por término medio, hasta casi 98.000. Se puede pensar en concesiones predeterminadas a una parte de los interesados, y creer que en la segunda oferta se encontrarían inversores más cualificados que la competencia seleccionó.

Nos apartaría ostensiblemente de nuestro plan resolver el primer problema, relevante pero carente de significado para aquel. Los interesados excluidos, en el supuesto de que se hubiera inducido la adjudicación a candidatos preseleccionados, no estarían menos interesados en la alta rentabilidad. De idéntica manera a los admitidos, representarían un orden inversor distante. Aun así, a los desviados de la primera operación podría habérseles aceptado en la segunda, dado el más alto precio, indicativo de una mayor concurrencia. Tampoco ha lugar llevar en esta dirección el análisis. Los tipos de inversor que se identifican, en cualquiera de las dos operaciones, son los mismos, y entre sí solo se diferencian por las cantidades que cada cual interesa, que varían dentro de un amplio espectro y que no descubren relación directa con la diferente rentabilidad.

Se podrían valorar otras circunstancias. La rentabilidad conocida para cada carga es el resultado, obtenido de unas actividades comerciales efectivas, contingentes y variables cada año, y no de una previsión. El primer derecho repartió un 28 %, como beneficio medio, durante un quinquenio, y el segundo un 16 con las mismas constantes; valores que los azares del comercio variarían cada campaña. De antemano, pudo parecer más atractivo este, porque gravaba toda la balanza comercial, y además, en la dirección de salida, con un tipo notablemente más alto que los otros, un 4 %. La mayor concentración de inversores, efecto de este señuelo, pudo estar en el origen de un precio más alto de cada participación, y después de un reparto de beneficios inferior.

Todas estas razones nos han parecido suficientes para analizar la información sobre los inversores, suministrada por la fuente, como un todo, 58 ahorradores interesados en deducir, con el sólido respaldo de la coacción fiscal, una porción del beneficio que originaba el comercio colonial de mediados del siglo décimo octavo, el primero de la península y uno de los más notables de Europa, entonces centro económico del mundo.

Las cantidades invertidas fueron muy diferentes. Desde los modestos 1.332 reales de cuenta sacados de los fondos de una capellanía a los 451.605 reales 17 maravedíes de la misma especie provenientes de las rentas de un vínculo. Es una parte previsible del comportamiento, observado en masa y reducido a cantidades la que concentra la curva que unificaría todo el movimiento descrito. A menor esfuerzo inversor tanto mayor es la posibilidad de invertir, y cuanta más cantidad haya que arriesgar más decrecerán los candidatos al riesgo. Mientras que 25 inversores arriesgaron hasta 49.999 reales y 17 entre 50.000 y 99.999, entre 150.000 y 500.000 solo invirtieron 7; una relación entre valores que permitiría deducir lo que podríamos llamar la función del inversor en aquellas circunstancias. Creemos que es suficiente para demostrar que la transferencia del dinero quedó a criterio de quienes fueran llamados a estas operaciones, y no de quienes las ofertaron.

Las cifras enseñan que una parte de los actuantes se ajustó a la tasación habitual del esfuerzo, que toma la unidad monetaria contable como parámetro. De estos, la mayoría tarifó su inversión en ducados (4.400, 5.500, 7.700, etcétera, hasta 66.000 reales nominales, equivalentes a 400, 500, 700, etcétera, 6.000 ducados de cuenta.) Otros prefirieron atenerse a la unidad de cuenta más fuerte, el peso (16.500, 54.000, 67.815 o 72.885 reales nominales, equivalentes a 1.100, 3.600, 4.521 y 4.859 pesos contables, respectivamente.) Si sumábamos ambos, abarcábamos en torno a la cuarta parte de los inversores. Para esta fracción el vendedor pudo admitir como pago una transferencia nominal, a través de cualquier documento activo en términos financieros.

De otros valores, porque se repitieron dos (21.691 reales 25,5 maravedíes, 31.692 reales 17 maravedíes) y hasta tres veces (80.133 reales 17 maravedíes), se podía sospechar que operaron en origen con unidades monetarias distintas a las vigentes para los sistemas hispánicos. No era una posibilidad rechazable, pero tampoco podíamos demostrarla con argumentos cuantitativos incontestables. Con más facilidad, estos casos podrían presentarse como el reparto equitativo entre partícipes en una cantidad invertida; que tampoco, tomada entera, se ajustaría a ninguna de las formas del dinero ya citadas.

Un vecino de la ciudad pudo compartir con otro de la capital del reino una participación en los negocios de 43.383 reales 17 maravedíes, de modo que repartidos por mitad a cada uno tocara 21.691 reales 25,5 maravedíes. Del mismo modo pudieron concertarse una señora, residente en la mayor de las poblaciones inmediatas a la ciudad, y las profesas de un convento establecido en otra del litoral que actuaba como antepuerto (31.692 reales 17 maravedíes por dos). Parece menos probable un concierto a tres entre los franciscanos de un convento de la ciudad, un conde de Castelo y un particular, pero bastante la acción mancomunada de los citados en último lugar (160.267 reales repartidos entre dos).

Los inversores solidarios pudieron invertir un activo que compartían por el valor nominal que resulta de la suma de sus participaciones, de modo que se puede concluir que esta hubo de ser la forma de pago para las tres cuartas partes de las inversiones, excluido su ajuste a las formas monetarias circulantes y nominales. El vendedor tendría que resignarse a la admisión de toda clase de efectos, financieros y comerciales, para satisfacer las posiciones de la demanda, según indica la alta proporción de esta posibilidad.

En una porción poco significativa -solo dos casos- se pudo operar con una de las monedas corrientes, el real provincial (1.332 y 149.868 reales nominales, equivalentes a 24 2/3 y 2.775 1/3 reales de plata.) De nuevo parecía que la escasa circulación de metal era algo más que un lugar común, incluso en medios económicos conectados con los circuitos comerciales de mayor radio. Por lo tanto, el vendedor poco ingresaría en moneda metálica.

Fueron 14 las formas legales de inversor. A cada una le hemos atribuido las cantidades arriesgadas que se le pueden adjudicar, según la fuente, también ordenadas por rango. Para cada una, pretendiendo completar lo que dedujéramos sobre su papel económico, calculamos, con la misma manera de proceder que antes, la inversión tipo que le correspondía.
Un prebendado de la catedral invirtió una parte de su renta en el negocio fiscal del caso. Su aportación (2.837 reales contables) resultó la inferior por tipo de inversor. El obispado no era de los mayores, aunque la concentración de habitantes en la capital fuera alta. Su casi nula dedicación a la agricultura la hacía poco útil para el diezmo. Las diferencias entre las capellanías que participaron en el negocio fiscal tienen apariencia geográfica. Mientras que la meridional, radicada en la ciudad, invirtió una cantidad significativa (31.236 reales 17 maravedíes), las otras tres, del señorío de Vizcaya, arriesgaron capitales pequeños (1.332, 7.700 y 8.800 reales). No sería correcto pensar, por esta causa, que las capellanías del norte disponían de rentas más bajas, y que esta circunstancia podía ser consecuencia de una alta fragmentación del patrimonio de las familias, efecto a su vez de transmisiones sucesivas. La inversión tipo de las capellanías (12.267), en exceso sintética porque encubre comportamientos bien diferenciados, es útil para situarlas en uno de los niveles más bajos de la capacidad para transferir ahorro.

Pero había una hermandad en la ciudad, la hermandad de Nuestro Padre Jesús Nazareno, establecida en el convento de monjas de Nuestra Señora Santa María, tan saneada como enfática. Una vez satisfechos sus fines inmediatos, pudo emplear en el negocio fiscal 15.894 reales 32 maravedíes de sus fondos. La suma, probablemente alta para cualquier hermandad, sitúa esta clase de instituciones entre las de menos posibilidades inversoras. Una fábrica de un templo de la ciudad, el sobrecogedor de San Antonio, donde pudo materializarse la superstición que el texto sagrado adjudica a los santuarios babilónicos, altamente lucrativa; que actuaba como auxiliar de una parroquia matriz, tuvo capacidad para destinar 16.500 reales al negocio que está sirviendo de marco. La cantidad a la institución le valió un modesto lugar entre los agentes de aquellas operaciones.

Una parte de los ahorradores, en los documentos disponibles, se identifica solo por su nombre, al que a lo sumo añaden alguna circunstancia en apariencia poco relevante. Ninguno de ellos invoca título, relación con institución de alguna clase, pertenencia a determinada comunidad.

Disponer en beneficio propio de privilegio, o legislación ad hoc, era posible a título individual o a través de una corporación. La primera necesitaba, como condición política, contar a su favor con una posición de dominio, naturalmente excepcional. La segunda era muy asequible. Así, por ejemplo, eran decenas de miles, en cada generación, los que ingresaban en fundaciones conventuales, privilegiadas al menos como parte de la iglesia romana. La supervivencia en un mundo urdido sobre el privilegio no podía evitar la contaminación, como la exposición de la piel a los rayos del sol, inevitable cuando se vive a la intemperie, la curte. El procedimiento legislativo vigente había tenido su origen, y durante mucho tiempo había sido el exclusivo, en el privilegio, y aún con dificultad se abría paso la norma de alcance universal. Es posible que nadie pudiera reivindicarse al margen del privilegio, ni el menos agraciado. La obtención de rentas quizás en ninguna circunstancia tuvo la oportunidad de negarse el favor de algún límite. La ingenuidad, o libertad negativa, que nunca reivindicaron los revolucionarios del siglo décimo noveno, una falta de ambición que nunca se les podrá agradecer bastante, por naturaleza no era materia apta para que fuera tratada por la norma. Solo existía en el lugar adonde no alcanzaban las reglas. En las inversiones, porque eran intercambios sometidos a contrato, la libertad tenía que ser relativa.

Tal vez, en el documento, aquellos ahorradores silenciaran cualquiera de estas circunstancias; que tal fuera miembro de cierta hermandad y tal otro, con discreción, se hubiera inscrito en un gremio o universidad formada para actuar en el comercio, clase de corporación que fue objeto del más preciado de los privilegios económicos. Quienes procedían del señorío de Vizcaya se pretendían acreedores absolutos de la exención de servicios pecuniarios, solo por circunstancias de nacimiento y lugar. Desde que puede detectarse la presencia de una comunidad genovesa en la región se comprueba que recibía legislación específica. Y las viudas eran objeto de un paternal trato impositivo, que aligeraba su peso fiscal reduciéndolas a la mitad.

En caso de que cualquiera de estas circunstancias, o cuantas puedan asemejársele, hubieran concurrido, los que hemos agregado en este grupo prefirieron no anteponerlas, aunque las pudieran presentar como acreedoras de derechos que justificaran su participación en aquel negocio. Los ahorradores que solo se identificaron por su nombre, apenas matizado, al menos se distanciaban de los otros en que su recurso al privilegio, en aquella circunstancia, sería más remoto. Los límites a favor del manejo de esta parte de sus rentas eran menores y por eso mayores sus posibilidades de inversión. Nada impedía que el ahorro privado, desnudo, sin acogerse a la cobertura de instituciones que le proporcionaran sosiego a la conciencia, se aventurara en el mercado de los capitales, sin necesidad de que mediaran los instrumentos inmovilizadores a favor de personas, aunque quizás no tanto cuando afectaban a corporaciones. Podemos conjeturar entonces con fundamento que para aquella inversión tal vez emplearan las rentas libres de cualquier servidumbre, obtenidas de actividades y bienes cuyo uso no estuviera limitado por instituciones precedentes.

No habla en favor de la posición privada, entre las que compiten en el mercado de las inversiones, la nitidez de sus perfiles, expresados por las cantidades que emplean y por sus orígenes. Recorren un espectro amplio, como se puede esperar del grupo más nutrido, que suma 17 inversores, al tiempo que forman clases muy definidas. Dos pueden detectarse con más claridad: el de los inversores de apellido vasco y el de los que se pueden relacionar con la colonia italiana establecida en la ciudad. Los primeros comparten que ocupan los puestos inferiores del riesgo entre los de su clase. Los de la nación italiana tienen en común un módulo inversor mucho más alto. Su capacidad de arriesgar la expresa su capital tipo, 36.531 reales, no obstante entre los más bajos de los que nacían de la iniciativa individual.

Tres de los títulos que invirtieron en el negocio de la aduana nada declararon que modificara el mecanismo que les garantizaba sus rentas, a pesar de que uno de ellos se esforzó en relatar méritos acreditativos de su condición. Una marquesa viuda y un marqués se limitaron a enunciar sus apelativos. La inversión tipo del grupo, 46.799 reales, resume con aceptable precisión que se trataba de ahorradores que arriesgaron en torno a 60.000 reales como máximo. Una de las posesiones del mencionado primero era un lugar despoblado, no tenía siervos y por tanto difícilmente proporcionaba rentas de origen señorial. El título ingresaría como señor de otra población y dueño de tierras. Es posible que los tres representaran el orden inferior de la actuación de señores en el mercado financiero.

Se rindieron algunos conventos femeninos, activos inversores de sus capitales, al atractivo negocio gaditano. Los más decididos eran próximos. Arriesgaron en razón inversa a la distancia. Uno de la primera población antepuerto en la bahía invirtió casi 100.000 reales en total; 67.815 en la primera operación, que resultó la más lucrativa, y 31.692 reales 17 maravedíes en la segunda. Otro, de franciscanas descalzas, radicado en la ciudad, dispuso de 80.133 reales y medio, y el de Santa María de la Paz, de la capital de la región, puso 72.885. Solo el convento de las Brígidas, de Lasarte, que empleó nada más que 14.208 reales, a la vez que extremó la regla de la distancia que al parecer rigió la actuación de los conventos, se mostró reticente al negocio, tal como sus coterráneos. Esta es la causa de que la inversión tipo del grupo, 53.347 reales, no sea todo lo evocadora que el cálculo pretende. Si prescindimos del último valor, el tipo se incrementa en 10.000 reales, aproximándose a una frontera probablemente más precisa del papel que a los conventos femeninos tocó en el negocio financiero.

El documento también menciona la universidad de Irún, constitución primitiva del municipio de esta población, bajo cuyo nombre actuó don José Manuel de Zamora Irigoyen, vecino de Hernani. Invirtió una suma de 101.176 reales, cifra muy alejada de la disponible para los vascos que intervinieron en el mismo negocio. Hay que reconocer que se trataba de una institución, también en lo económico, singular y muy sólida. Más valor aún tiene que se tratara de una cantidad absoluta, y no de un tipo, que al mismo tiempo marca un límite, por encima del cual solo se situaban los inversores que aún no hemos analizado. Abre un abismo de casi 50.000 reales entre él y el anterior, que además duplica el valor tipo más alto de todos los precedentes. Esto permite afirmar que cuando franqueamos la barrera de los 100.000 reales estamos entrando en otra escala de la inversión.

La práctica totalidad de los inversores por encima de este límite contaron con la protección de un vínculo, uno de los mecanismos al servicio de la permanente génesis de rentas susceptibles de ser trasladadas al negocio financiero. A excepción de los inversores personales, nadie invirtió tanto como las familias titulares de instituciones de esta clase. Hasta un total de trece operaciones compartieron este denominador común. La combinación de circunstancias era múltiple. Para juzgar sobre el efecto de cada una, conviene aislarlas cuanto la fuente permite.

El número de inversores de las rentas de vínculos fue nueve, que emplearon los ahorros generados por diez instituciones. Una marquesa, domiciliada en la población más importante de las próximas a la gran ciudad comercial, con las rentas de un vínculo fundado en esta realizó cuatro operaciones distintas, que sumaron en total 240.939 reales 17 maravedíes. Un doctor en cánones, prebendado de la catedral, era titular de dos vínculos, uno fundado por Gaudioso de Berovia y el otro por el capitán don Juan de Ochoa Suazo. Con las rentas de cada uno hizo una operación, de 55.000 y 141.174 reales 17 maravedíes respectivamente, lo que para él supuso una inversión total de 196.174 reales 17 maravedíes. Los demás poseedores de vínculos hicieron cada uno una inversión.

Siete de los ochos inversores de rentas vinculares simultáneamente eran títulos. Podemos pensar que al menos las cuatro quintas partes del ahorro que emplearon sus poseedores tuvieron su origen en rentas señoriales, aunque nada impide que también tuvieran origen señorial las rentas de los vínculos del prebendado. El octavo no añadió a la descripción de su atributo institucional especificación alguna.

Los inversores de esta clase cumplen con relativa exactitud la que parece una ley general de la distancia financiera. Cinco procedían de la primera población próxima, con un valor tipo de 61.388 reales, tres de la propia ciudad (92.103), dos de la capital de la región (100.271) y otros dos de la capital del reino (176.642). De una desconocemos su procedencia. Si consideramos que cuatro de las cinco operaciones más próximas fueron decididas por la misma persona, la marquesa mencionada, la posición de los vínculos de aquella población en el mercado del negocio fiscal se vería sensiblemente alterada.

El vínculo confirió una de las posiciones más sólidas para intervenir en el mercado fiscal. Fue el soporte de la mayor inversión en absoluto. El matrimonio que había recibido por la línea de la contrayente el que fundó doña Susana Escón invirtió 451.605 reales 17 maravedíes en el derecho del 1 y 4 % sobre la balanza. Fue decisivo para elevar a otro orden la inversión. El titular de uno de estos derechos que menos invirtió empleó 66.000 reales contables, y la inversión tipo por institución se elevó a 176.520.

La iglesia de San Hipólito, de la ciudad cabecera del valle medio del primer río de la región, era colegial, y prefirió actuar corporativamente, o antes de repartir entre sus canónigos las rentas que ingresaba, para invertir 135.152 reales en los negocios a los que estamos refiriéndonos. Gracias a este esfuerzo mancomunado, se situó en una posición muy destacada entre quienes arriesgaron en aquellas operaciones.

De los tres patronatos que invirtieron en los derechos de la aduana, uno estaba destinado al culto del Santísimo. Lo había fundado Melchor de Cuéllar y su gestión, en 1753, estaba en manos del ayuntamiento de la ciudad. Del segundo solo sabemos que lo fundó don Manuel de Iriberri, y del tercero que su fundadora, doña Luisa Sierra, había actuado en nombre de don Alonso de Sierra, a saber si por minoría o por ausencia. El segundo invirtió una cantidad muy significativa, 332.837 reales, razón por la cual la inversión tipo del grupo se dispara (142.440). De no darse esta circunstancia, los patronatos habrían actuado en aquella ocasión a la altura de las instituciones con una capacidad inversora por debajo de los 60.000 reales.

Los santos lugares de Jerusalén, también obra pía, invirtieron 361.797 reales, y en la ciudad asimismo hicieron valer sus rentas dos de los hospitales más importantes de la región, ambos establecidos en su capital, el de la Misericordia y el de la Santa Caridad, la fundación del venerable Mañara. El primero invirtió 222.992 reales y el segundo 404.117 divididos en tres partidas equiparables. Tan notables cifras dan una apariencia excesiva del tipo. Las diferencias de tamaño de estas fundaciones permiten esperar su presencia en ocasiones de negocio más modestas.

Los mayorazgos, por derecho propio, ocuparon el lugar más alto de la inversión. Tres se interesaron en el negocio de la balanza comercial. El fundado por quien no tuvo inconveniente en presentarse como doña Francisca de la Padilla y Barrionuevo, del que era titular un hombre que tampoco eludió identificarse como don Jerónimo de Espinosa Torres de Navarra, estaba administrado por un marqués, residente en la capital de la región, que actuaba como tutor de aquel. Invirtió 146.198 reales 8,5 maravedíes. El capitán que en vida se dejó llamar don Juan de Saldias y Esturlain y una mujer que se resignó a ser conocida como doña Baltasara Quinert habían fundado en la ciudad asimismo un mayorazgo, que había recaído, por el tiempo al que nos referimos, en una doña habituada a comparecer como María Ana Ponce de León. Sorprendentemente, también carecía de la plenitud civil, y de su administración se encargaba una mujer, sin parentesco aparente con la titular, que vivía en una población del litoral mediterráneo próxima al primer puerto regional en aquel mar. Esta fue quien optó por invertir en aquel negocio 183.110 reales de las rentas que cuidaba. Al mayorazgo fundado por un don Pedro de Villasís le agregó un don Francisco de Villasís, que se hacía titular sin rubor conde de Peñaflor, caballero de la orden de Santiago y consejero de Indias, otra porción de bienes. Había recaído en doña Ana Catalina de Villasís Manrique de Lara (sic), casada con don Sancho Fernández de Miranda Ponce de León (sic), conde de Las Amayuelas y Peñaflor y marqués de Valdecorsena, título este de dudosa veracidad. Fue el marido, gestor de aquel patrimonio por vía consorte, quien de las rentas que generaba el agregado de bienes utilizó 279.811 reales en aquel negocio.

De la mitad de las inversiones en las rentas del tráfico colonial se sabe que llegaron de un lugar distinto a la sede del monopolio. Para el ahorro de la capital de la región aquel riesgo fue atractivo. Más de un tercio del flujo exterior, cursado en siete partidas distintas, llegó desde ella. De la capital del reino, en cinco aportaciones, fue enviada la cuarta parte de la misma masa, y de la primera población próxima procedió, en seis operaciones, tres vigésimos. Desde la población en el litoral mediterráneo llegó la mitad que desde la primera población próxima, y de la ciudad del valle medio del río la vigésima parte del total, en ambos casos por una iniciativa. Dos inversores, desde la población antepuerto, también contribuyeron con un valor en torno a una vigésima parte de la masa externa y una aportación similar llegó desde Guipúzcoa, repartida en cinco contribuciones, de las cuales tres procedían de San Sebastián y las otras dos de Lasarte y Hernani. La última cantidad llegada de fuera provino de Génova, la capital de Liguria, sección consolidada de los negocios de nuestra gran ciudad comercial.

Si calculamos la razón entre todo el capital invertido desde cada lugar y el número de operaciones a que corresponde, el resultado, o capital tipo de cada punto, es un valor equivalente, en términos aproximados, a la distancia entre cada uno de ellos y la ciudad. Los valores más bajos corresponden, como en un mapa, al antepuerto (49.754) y la primera población próxima (62.726), y los siguientes son los de la capital de la región (128.648), la ciudad del valle medio (135.152) y la población del litoral mediterráneo (183.110). La distancia financiera entre la ciudad y la capital del reino (118.168) sería menor que la que se observa en el espacio quizás porque fuera consecuencia de la intensidad en las relaciones que añade la función administrativa central; y aún más baja para las lejanas Génova (60.737) y Guipúzcoa (30.477), gracias a la radicación en la ciudad de colonias con aquellos orígenes, que para el caso pudieron actuar como sucursales o mediadoras que neutralizaban las distancias en el espacio.

De la procedencia de la otra mitad de las inversiones no es mucho lo que se puede decir. Solo sabemos que una tercera parte de ellas no tuvo que salir de la ciudad. Es probable que las restantes tampoco, y que su localización no fuera declarada por evidente. En rigor, no es posible interpretar en términos positivos el silencio. Los diez casos expresamente locales, aun así, corroboran la esquemática aproximación a la escala de los mercados que permite el caso. Su inversión tipo es la inferior (47.569), como nula tendría que ser la distancia a recorrer por el capital.

3. Sobre los mercados del crédito rural, una descripción extensa proporcionaría, para cada intervalo y para cada clase, un mayor número de valores tipo. Pero creemos que los dominios y los límites del sistema no habría que modificarlos en lo fundamental. Para aceptar que están satisfactoriamente representados por las cifras obtenidas parecen suficientes las referencias a las otras inversiones contemporáneas propuestas. Actúan como la cota de referencia en los trabajos geodésicos: son un límite por debajo del cual estaría, desde cualquier criterio, incluso la más compleja de las iniciativas económicas, de las activas en la agricultura de los cereales, que en 1750 se sirviera del mercado del crédito para el campo. Definido con este parámetro el máximo, al análisis de los órdenes financieros del campo permite estimar su alcance real.

Si la referencia son los tipos de inversor no es mucha la distancia que se puede observar entre un medio y otro. Corporaciones de las mismas clases que hemos visto actuar en la población agrícola actúan también en la ciudad. Bajo este criterio, la diferencia solamente la marca la participación abierta de los inversores personales, propios del centro urbano. Son las cantidades que arriesgan las que marcan límites con más nitidez. En la población de referencia, el superior del riesgo tomado por el crédito rural era 60.000 reales contables, cantidad que igualmente marcaba el límite para la mitad inferior de la inversión urbana. En la inversión en el negocio fiscal relacionado con el comercio, el techo estaba mucho más alto, algo por encima de los 450.000, y la mitad de las inversiones en este superó la barrera del crédito rural. No hay duda de que el término de comparación elegido es una referencia precisa para la descripción del orden superior en el empleo del ahorro, así como para trazar con seguridad la escala a la que estaba relegado el crédito en el campo a mediados del siglo décimo octavo.
El tamaño de la inversión parece reservar la relación más directa a las distancias que deben recorrer los ahorros para encontrar su destino. El incremento de la distancia tendía a variar, en razón directa, con el incremento de las inversiones. El movimiento del capital en el espacio generaría un costo que aumentaría con la distancia, a veces en magnitudes que podían ser muy significativas cuando se operaba materialmente, solo recompensadas por el tamaño de la inversión. Es una ley interesante a la parte del objeto cuya restauración perseguimos. En torno a los 60.000 reales contables se sobrepasaría el radio comarcal para entrar en los órdenes regional y superiores. Para el crédito que atendía las demandas rurales, su escala propia, según enseña el mercado de referencia, sería la comarca o negocio entre poblaciones colindantes. Esto limitaría el movimiento, desde las ciudades donde se concentraba el capital financiero, a favor del crédito en las poblaciones rurales.

Pero tan valioso como este marco, para el mismo objeto, es lo que debemos reconocer sobre la mitad de las inversiones en la ciudad: comparten el tamaño del ahorro que se arriesga en el negocio financiero del campo. Que fluyera hacia el negocio que se alimentaba del comercio o al crediticio que actuaba en la economía agrícola lo decidiría la oportunidad. Una parte pudo operar al mismo tiempo en los dos, y por tanto en alguna proporción estar presente en las inversiones que analizamos. En tal caso, estaríamos ante interesados en el negocio financiero absolutos.

El análisis de los ahorros que fluyen hacia la ciudad conduce también hasta el descubrimiento del principio que puede explicar esta divergencia de comportamientos, todavía más útil para la historia del crédito rural. La posición relativa de este, entre todos los mercados activados por el negocio del dinero, era la del margen, tanto más si se amplía el campo de visión y se observa que en aquellos momentos el ahorro podía obtener rentas mucho más altas que las deducidas de las cuotas de beneficios proporcionadas por el crédito. En el origen del doble mercado del dinero de la ciudad, intervenido y libre, significados que hay que atribuir a los eufemismos más frecuentes en el momento, censatario y mercantil respectivamente, en parte estarían las condiciones para operar en el negocio impuestas por la ley.

El racionalista económico, preocupado por el empleo correcto de sus silogismos, en esto vería mejor la fuerza inexorable de las decisiones óptimas, que como hechos humanos también se podrían llamar comportamientos gregarios, los que siempre terminan imponiéndose; sin tener en cuenta que no puede haber razones donde no hay reglas.

El crédito a premio, legal o tolerado, cuya vigencia en el medio rural resulta tan escurridiza; que solo actuaba de manera descubierta en los grandes mercados urbanos, que se reducían a la ciudad sede del monopolio colonial y la capital de la región; en los casos más lucrativos, a mediados del siglo décimo octavo, conseguía vender a un 8 %. Las participaciones en los detrimentos fiscales al tráfico comercial estaban proporcionando, hacia 1750, una rentabilidad comprendida entre un mínimo del 16 % y un máximo del 28. No cabría discutir que la alta rentabilidad del comercio con América sería la responsable de la tensión al alza de los tipos de interés comerciales. Cuando estas operaciones se estaban formalizando, la tarifa del crédito censal, que entonces dominaba en el mercado del crédito de capitales en el medio rural, se había inmovilizado en un modesto 3 % anual. La oportunidad de invertir en los ingresos fiscales, el menos rentable de los cuales duplicaba las ganancias en perspectiva de la mejor usura, por la razón deducida incluiría a los inversores pasivos más capaces, por encima de cualquiera de los actuantes en los otros dos mercados. Su descripción analítica, probablemente demasiado premiosa, que tiene en cuenta su aptitud para arriesgar cierto tamaño de los ahorros, permite mediante esas cifras cuantificar las distancias entre el óptimo relativo de las inversiones de alta rentabilidad, y escaso riesgo, y los pedestres inversores rurales, expuestos a los rigores del tiempo imprevisible.

Admitir flexibilidad en el comportamiento de los inversores de rango inferior daba mayor solidez al hecho aislado, la existencia de un universo con carácter llamado crédito rural. Su oferta estaría determinada por el mayor atractivo del crédito al comercio, polo cuya capacidad para imantar despejaba una parte de la competencia y le dejaba todo el campo. Las instituciones sobre las que se sostuviera serían las que no tuvieran demasiada renta neta, que no podrían aventurarse en operaciones exigentes, las que permitían un reparto de beneficios mayor. Muy probablemente eran las rentas secundarias o incluso marginales, de todas las que eran obtenidas del patrimonio familiar activo, las que circulaban hacia el crédito en el campo, hacia todo el negocio financiero rural. El tamaño máximo del capital de esta clase a disposición de los inversores, indicado en nuestra experiencia por el valor 60.000 reales, marcaría la pauta convencional para decidir sobre la dirección del riesgo. De no existir, todo el capital huiría a donde había más rentabilidad.

Además, la resignada posición del crédito rural sería otra obra de la remuneración común del capital en las poblaciones rurales. Sobre la más baja con diferencia, era escasa; para los observadores clásicos prolongación hasta el mercado financiero de los bajos rendimientos que entonces pesaban sobre las actividades económicas de aquel medio, dominadas por la agricultura de los cereales.

La espiral de la descapitalización que en consecuencia la amenazara la accionaba una circunstancia. Se transferiría poco capital a la producción agrícola porque el beneficio que la demanda de esta proporcionaba, cíclico, se podía obtener con más facilidad mediante la importación del trigo ultramarino; siempre que se acepte que trigo ultramarino significa exactamente no solo lo que parece, el importado de economías exteriores, sino también trigo almacenado, incluso en las bodegas de los barcos, que por su pérdida de calidad bien podía parecer expuesto a la humedad de las travesías marítimas, aunque en realidad procediera de la inversión masiva y oportuna en la producción regional que era almacenada.

Justamente por esto sería más razonable desviar cuanta inversión rural fuera posible al crédito mercantil, expresión en la que debemos incluir, si aceptamos la acotación precedente, el empleo de fondos en la adquisición de las cosechas de la región al por mayor cuando la alta concurrencia deprimía los precios.

Si esto fuera así, tendríamos que admitir que sería muy probable que el discreto crédito rural, modestamente, esperara en la remuneración que pudiera proporcionarle al capital arriesgado la otra parte de los ciclos, la de alza de los precios; una esperanza limitada e incierta pero verificable antes o después; una incertidumbre que permitiría a la demanda ganar la posición de dominio en estas relaciones.


La cara oculta de la Luna

Emendatio ope ingenii et retitutio textus per divinativo

Sentía Inanna imperiosos amores por el pastor Dumuzi, de aquellos que a la voluntad imponen el deseo y a los actos la pasión, a consecuencia de la gallarda figura de quien con el sexo de los varones cargaba entre sus piernas, pendiendo de su vientre, henchido cuando en reposo. Mas ocurrió que el lánguido Dumuzi, a pesar de contar con la predilección de una diosa, murió y hubo de domiciliarse en el mundo subterráneo. Decidió entonces Inanna bajar a los infiernos para rescatarlo, para lo que se veía obligada a competir con su hermana, de nombre Ereshkigal, por la soberanía que a ella le estaba reconocida sobre el mundo inferior. Derrocada de su negra posición, sustituida por ella, podría liberar a su amado según le conviniera. Ocurría sin embargo que aun para dioses estaba rigurosamente prohibido entrar en la morada de los muertos.

No obstante, avanza Inanna decidida por aquel sórdido dominio, y conforme atraviesa una a una sus siete puertas el portero que las custodia la va despojando de sus adornos y vestidos, aditamentos cuyo brocado degradaba su hermoso cuerpo. Era el precio que el rijoso portero exigía para consentir que quedara expedito lo que para los demás estaba cerrado. No contaba con el atrevimiento de Inanna. Para satisfacción del vigilante, cuando atraviesa el último umbral se exhibe desnuda, encarnación del estado primigenio de la materia lúbrica.

El atento guardián mientras la observa se da por satisfecho, a pesar de que con su ardid finalmente ha traicionado la fidelidad que a la señora del mundo inferior debía.

Ereshkigal, que ha permanecido a la expectativa de las sumisas evoluciones de su hermana, tanto como a las lascivas declinaciones de su portero, mientras observa ha conseguido averiguar el propósito que lleva a Inanna a comportarse de una manera tan descarada. Nada importa a la señora del último lugar que sea el amor hacia un apuesto varón el que induzca a la intrusa a emplearse así, ni que seduzca a su vigilante simplemente cumpliendo con exactitud las rigurosas reglas que quien debía atender a su deber le impone. Más le indigna que invada sus dominios e intente suplantarla. Su negro corazón concibe el lúcido temor de que más allá de sus apasionados gestos se ocultan planes ambiciosos. Decide acabar con Inanna. Tanta es su ira, y con tanta fuerza consigue concentrarla en sus ojos, que solo con una certera mirada Ereshkigal la mata.

Prudentemente, Inanna, antes de emprender el descenso a los infiernos, había declarado sus propósitos a su fiel amiga Ninshubur, a quien le había confiado instrucciones precisas sobre cómo actuar para el caso de que los acontecimientos le fueran desfavorables. La ocasión era la prevista y Ninshubur lo supo en su corazón antes que noticia alguna de los sucesos inferiores le llegara.

Siguiendo las indicaciones recibidas, en vista del retraso de Inanna, Ninshubur del viaje que su afectuosa amiga ha emprendido informa a Enlil y Nanna-sin, los dioses a quienes pide su socorro. Mas estos no quieren saber nada de lo que en aquel momento por lealtad se les demanda. Ya ha llegado a su conocimiento que Inanna ha contravenido un principio sagrado, que a pesar de saber que estaba prohibido penetrar en el mundo de los muertos ha osado adentrarse en aquel territorio oscuro dispuesta a emplear medios arteros. No obstante, el gran Enlil, aun viéndose en la obligación de ser fiel a lo que era aceptado por todos los dioses, meditaba la manera de aliviar la situación a la que se había visto arrastrada Inanna.

Supo así, más adelante, encontrar la manera de ayudar a la bella hembra, sin que su auxilio fuese una afrenta para su hermana afrentada. Indiscutible era el dominio de Ereshkigal sobre los infiernos, y en todo debía ser respetado. Pero no había sido consumado daño irreparable contra ella, salvo la invasión de un territorio, con fines que podían admitirse como legítimos y sin causar mayor daño. Severa en exceso parecía una irreversible condena a muerte de Inanna como reparación al allanamiento. Ereshkigal sin duda se había excedido.

Decidió Enlil, en consecuencia, algo sencillo y a su alcance para corregir el rigor de aquel castigo, crear dos mensajeros y enviarlos al mundo inferior con el alimento y el agua de la vida, para que a Inanna, una vez encontrada, la reanimaran y la retornaran al mundo de los vivos, sin mayor innovación en el que había sido su estado previo. Con seguridad Ereshkigal no podría oponer objeción alguna a tan justa salida.

Afrontaron su destino quienes, porque ya adultos hubieron de nacer, apremiados por el tiempo vivían, y emprendieron al instante el descenso. No está declarado por quienes conocieron los hechos cómo fue, esta vez, que sortear la vigilancia de quien tenía encomendado que nadie vivo franqueara las puertas -cuya reiterada desconfianza se sucedía- consiguieran los enviados. Pero sí consta que fue a fuerza de engaños que pudieron llegar hasta el cadáver de la diosa.

Arrebatada por la cegadora crueldad, su propia hermana había decidido que quedara colgado de un clavo indefinidamente, como si la envuelta de un cuerpo hubiera sido vaciada. En aquel penoso estado la hallaron los mensajeros que Enlil había enviado. Cuando, descendido, se hubieron hecho con él, imposible les fue no suspender sus actos para admirarlo, hermoso aun a pesar de su lividez, sin ropa alguna, puesto que había sido condenado a permanecer en aquella escarnecedora impudicia para mayor afrenta de quien lo poseyera.

De inmediato la reaniman con el divino viático, del que los mensajeros son portadores, y los tres emprenden el camino de vuelta a la vida.

Todo transcurre según lo previsto. Mas ahora que llegan a las puertas que deben franquear, los siete jueces del infierno, que, como las siete puertas, a entorpecer el paso se dirigen, no quieren que Inanna salga. “No basta con que haya retornado a la vida por voluntad de Enlil”, dictan severos. “Si quiere abandonar este lugar, antes debe traer a alguien que la reemplace, porque el número de los muertos de ningún modo puede disminuir”. Nada de esto había entrado en los cálculos de quien tan sabiamente había trazado aquel plan.

Devuelta a su conciencia, renace para la acción, y consigue la decidida Inanna a los jueces arrancarles un pacto que le permite, por fin, abandonar los infiernos, aunque con la condición de por el momento. En sustancia fue este. Podría retornar a la tierra para buscar a quien la sustituyera (así lo aceptaban sus jueces) pero a cambio de que el candidato fuera seleccionado de entre los seres divinos. En caso de que no consiguiera encontrar entre los dioses a quien la reemplazara, Inanna tendría que retornar a ocupar su desesperante plaza.

Para asegurarse de que así se cumpliría, pusieron los jueces por escolta a Inanna una legión de demonios. Debían cuidar del respeto a lo acordado y, llegado el caso, ejecutores tendrían que ser de la sentencia que aquel pacto contenía; si la necesidad obligaba, que por la fuerza fuese llevado a los infiernos quien la señalada plaza ocupara. Traían, además, el encargo expreso y secreto de hacer volver a Inanna a los infiernos, igualmente de manera forzada, si así fuera requerido por su resistencia, si es que la diosa renacida no encontraba en plazo moderado a un sustituto entre las divinidades.

De tan inesperado modo fue cómo Inanna volvió a la tierra, por primera vez, después de haber habitado en el mundo de los muertos.

No pone gran empeño Inanna en buscar a quien la reemplace durante los primeros días de su renacimiento. Con astucias se prodiga en visitas y entrevistas, y en ellas se demora, sirviéndose de la excusa de estar tentando a quienes cree capacitados para sustituirla; como si aun entre los inmortales fuese fácil hallar alguien dispuesto a jugar con la muerte. Los circuitos se amplían, las detenciones de dilatan, los días de recuperada vida se prolongan formando una cadena que entusiasma solo porque se suceden.

Desde que retornara, reservaba el momento más apacible para el reencuentro con su fiel Ninshubur, a quien deseaba expresar vivamente su agradecimiento, y con quien en secreto pretende urdir algún ardid para deshacerse de su apremiante escolta, que le sigue a todas partes, que la urge a cada instante con el recuerdo de la obligación que tiene contraída; ahora por la boca de un demonio de voz estentórea, luego con una mirada que ensombrece el siniestro rostro de otra criatura deforme. Sinceros sentimientos de mutua estima inspiran el reencuentro entre las amigas, y los delicados gestos, ante quienes por instante alguno renuncian a su celoso cerco, los manifiestan de la más contenida forma. Mas no escapa a la codiciosa mirada de aquellos seres inferiores el intenso sentido fraterno de las recíprocas muestras de la mayor alegría, que en su presencia las amigas intercambian. Con manifiesta maldad concluyen los demonios, a la vista de la tierna escena, que a ellos debe corresponder la iniciativa, puesto que quien debe tenerla nada hace por cumplir lo que ha prometido. Ningún candidato para sustituir a Inanna mejor que su querida Ninshubur.

Con tan torcida pretensión los demonios trazan un plan para apoderarse de la fiel amiga y precipitarse con ella a las cavernas ínfimas. Pero, por fortuna, la diosa lo descubre a tiempo y consigue impedirlo en el último momento, cuando a punto están de consumar su fatal designio los seres que bajo la dictadura de la muerte viven. Al sentirse descubiertos, antes que ceder a cualquier súplica de Inanna, la urgen una vez más, aunque ya en los términos más explícitos y apremiantes; y de la manera más severa, para que cumpla con la obligación que fatalmente ha contraído.

Marcada por este pertinaz destino, Inanna, desesperada, va de un lugar a otro. Llama a una y a otra puerta divina, desolada por saber que será imposible encontrar entre los seres superiores quien esté dispuesto a unirse a los mortales, aun después de haber colmado su indefinida vida. Marchan Inanna y la rigurosa caravana, que siempre la sigue, primero a la ciudad de Bad-Tibira y luego, con el mismo triste designio, a la de Umma. Los dioses protectores de cada una de ellas, sucesivamente, se arrastran suplicantes ante Inanna, tras oír su demanda, pidiéndole que los releve de tan exigente muestra de los deberes fraternales. A su pesar, Inanna los comprende, cede a sus angustiosas súplicas y de una y otra triste se ausenta.

Por fin llega a Uruk, su patria. Aunque ya desespera de encontrar a alguien que se apiade de su estado extremo, es su último recurso. En su ciudad es querida.

Al cruzar sus puertas queda sobrecogida por hechos inexplicables. Dumuzi está allí y está vivo. Signo precursor del indeseado curso por donde van discurriendo los acontecimientos, su corazón no salta de alegría al verlo. Allí está, ante sus ojos, vestido ricamente. La creciente incredulidad de Inanna se convierte en indignación cuando descubre que está sentado en el trono y se ha convertido en el rey de la gran urbe. El infiel amado no solo ha retornado a la vida, sin que ella lo supiera, sino que además goza de la mejor vida que a un mortal quepa, mientras ella pena y se arrastra por haber intentado rescatarlo de las entrañas del infierno aun siendo divina. “¿Cómo habrá podido volver a pasar las fronteras del lugar de donde jamás se regresa?”.

No pudo contener Inanna su airada reacción. Concentró en Dumuzi la mirada de la muerte, la antigua propiedad que las divinas mujeres mantienen en reserva, ella también con toda la potencia de su deseo cargada en la voluntad de fulminarlo.

Viéndose Dumuzi fatalmente acorralado por los más hirientes ojos, y a punto de sucumbir a la fascinación, decide pedir a su cuñado, Utu, diestro en artes mágicas, que lo convierta en serpiente. Ninguna humillación le parece más oportuna que arrastrarse por la tierra, con tal de contener la concentrada ira de la diosa. Ejecuta Utu lo que de él se espera, y con este silbante camuflaje Dumuzi no solo elude el asfixiante hipnotismo con el que Inanna está a punto de fulminarlo, sino que escapa también a la asimismo amenazante mirada de su hermana Geshtinanna, la esposa de Utu, mudo testigo del sortilegio.

Busca el maleable Dumuzi refugio en el redil de las ovejas, al que acude porque conoce, y donde espera acogida natural. Pero, entre sus tiernas compañeras, su nueva condición espanta. Huyen poseídos por el miedo los jóvenes corderos, cobijan en su seno las madres recientes sus crías, mientras vuelven el rostro presas del pavor. Todo queda desolado en torno al retorcido pastor que cubierto de polvo se arrastra.

Atraídos por su nueva naturaleza, escalofriante, hasta él llegan los demonios, pero ahora capitaneados y conducidos por la mismísima iracunda Inanna. Su decisión ya está tomada, de la manera más concluyente, no la aplazará más. Con aquellas siniestras criaturas ha llegado a un acuerdo. En vista de que ningún dios está dispuesto a reemplazarla, renuncia a su deseo de liberar a Dumuzi de la muerte. Por lo que a ella respecta, puede ser de nuevo conducido a los infiernos.

Allí los demonios lo detienen y allí mismo lo torturan, sin dudar que así cumplen con lo que a ellos estaba ordenado. Y, antes que pueda reaccionar, ya lo llevan de camino al mundo inferior.

En doloroso estado queda el gentil pastor, postrado, sin esperanza, despojado de cualquier bien, y persuadido de que jamás la vida volverá a colmar su cuerpo. Desconocía Dumuzi que la clase de odio concebido por Ereshkigal contra su hermana incluía el ardid de competir por su amado. Pero así debían ocurrir las cosas por el momento, porque aún la severa señora de los infiernos no había satisfecho la parte principal de su venganza.

En vista de los sufrimientos del condenado, Ereshkigal proclama ante todos que siente una profunda y sincera compasión por él. Declara, en consecuencia, que ha decidido que en lo sucesivo quede su condena reducida a solo la mitad de cada año. Durante la otra mitad le estaría permitido abandonar los infiernos y retornar al mundo de los vivos. Pero su vuelta a la vida estaría limitada por una condición. Durante el tiempo que Dumuzi estuviera ausente, tendría que ser sustituido por la imprudente Inanna. De esta manera debía ser castigado su atrevimiento, sin que alguien, por eso, contraviniera lo que Enlil había dictado, para que por todos fuera respetado y cumplido.

Y así fue cómo Inanna, morada celeste, se convirtió en la primera divinidad en ser también huésped periódico del infierno, y cómo su vida quedó a un tiempo separada y unida a la de Dumuzi, el primer ser en morir y resucitar.