Población gentilicia
Publicado: octubre 4, 2021 Archivado en: Dante Émerson | Tags: población Deja un comentarioDante Émerson
En los grupos primitivos, vertebrados por la consanguinidad, el principio jerárquico está muy marcado. Debe regir para la distribución del alimento o para tomar las responsabilidades espirituales, las que luego dan origen a las religiosas. Del principio jerárquico nace el liderazgo, que en la comunidad primitiva más elemental corresponde a un senior. Es el mayor del grupo, no por edad, sino por posición dentro de él. Bajo su autoridad quedan los iuniores, estado común del resto de los miembros del grupo.
El monte es un medio apropiado para el aislamiento. Lo particular tiene allí más posibilidades. Es más fácil que en él surjan y sobrevivan los grupos pequeños instituidos a partir de las obligaciones derivadas de la consanguinidad. El aislamiento y los vínculos reconocidos estimulan la independencia.
En un medio de monte y poco humanizado el ganado suele ser el medio de vida. Puede ser propiedad del grupo, de familias o de personas. Cuando es un dueño o amo quien posee el dominio sobre él, tiene las mejores posibilidades para convertirse en el senior del grupo. Tanto más alcanza la condición de aristócrata dentro del grupo cuanto más exclusiva sea su propiedad. La actividad pastoril que debe sostener a la comunidad genera un orden jerárquico cuya cima la ocupa el senior o patriarca.
La carencia del ganado conduce a los iuniores a especializarse en el oficio pastoril. Al recibir el ganado de quien lo posee, lo reconocen como el señor más primitivo. Cuando, una vez resignado a su preeminencia, acuerda con él una dependencia personal, que le obliga a la fidelidad y a cumplir con el servicio pastoril, y reduce su capacidad de vincularse al grupo a la mediación de tal senior, el iunior se instituye como cliente. Si su relación con el senior lo equipara al ganado que cuida, porque consiente que como este sea un bien de su propiedad, acepta que se regule por el principio de servidumbre.
La comunidad pastoril es población cuando radica su actividad en un área, y se perpetúa mientras el orden que la ha instituido se mantiene. Si además la autoridad del senior se hace hereditaria, el orden instituido igualmente puede aspirar a ser hereditario. Para garantizar la igualdad en el acceso a la condición de senior por esta vía, la línea de sucesión debe ser agnaticia mientras sobrevivan las mismas condiciones de población del área. Los aspirantes ganarán la legitimidad que les faculta para acceder a la condición más alta por ser varones consanguíneos del senior primitivo, según se sucedan las generaciones. El orden superviviente, gracias al estadio superior de agregación consanguínea así alcanzado, garantiza la concordia y asegura la mutua protección.
Dado que esta armonía orgánica solo afectaría a los agnados del senior primitivo, que se mantenga debe ser consecuencia también de que sea aceptada por quienes en el sistema ideado cargan con el papel de iuniores. Por ser inevitables, mientras deben vivir como clientes o siervos responsables del cuidado de los rebaños, tienen el poder de alterar cualquier comunidad pastoril primitiva.
La forma más elemental de insubordinación es el aprovechamiento discrecional del ganado puesto a su cuidado. Pueden ejecutarlo como detracción de una parte de cualquiera de los esquilmos o como apropiación indebida de algunos ejemplares. La emancipación o rebeldía absoluta contra el orden al que están sujetos la consuman como emigración. Los iuniores huyen a lugares poco habitados o vacíos, donde dan origen a poblaciones nuevas que reproducen el orden contra el que se insubordinaron.
Estas obligaciones e intercambios primitivos, en los relatos que se refieren a ellos, se suelen presentar como formas de relación pasadas y excepcionales. Sería un error creer que se han extinguido. Cualquiera, a poco que sustituya el ganado por cualquier otro bien, podría citar, hasta con nombres y apellidos, grupos consanguíneos en los que las obligaciones e intercambio de servicios entre sus miembros sobrepasan cualquier norma escrita.
Se podría decir precede, en lugar de sobrepasa, porque se puede pensar como algo anterior a lo que dicte cualquier norma. Pero no sería correcto. El dictado de la consanguinidad también es una norma. Lo que ocurre es que su fuerza se impone a partir de un argumento moral con el que no es capaz de competir el fundamento de la ley. En la práctica ignora, o puede prescindir, de lo que la ley dicte como requisito que obliga a las relaciones, sin que ello signifique su contravención; aun sin contar con que en algún lugar de la ley también puede haber una justificación de la norma idéntica a la que inspira la concordia primitiva que neutraliza los conflictos entre consanguíneos. La condición primitiva de las obligaciones hace más probable su vigencia preponderante, a veces casi o por completo exclusiva, cuando la constitución de otras formas de poder es débil o frágil, porque apenas ha empezado o porque está en trance de extinción.
Si la vigencia de la comunidad primitiva la verificamos ahora en familias y poblaciones, no hay razones para pensar que deje de serlo, ni para pretender que en algún lugar no lo fuera antes. La comunidad que toma sus razones morales y su fuerza vigorizante de la consanguinidad es probable que estuviera en el origen de poblaciones que aspiraban a radicarse en las zonas más deshabitadas. En épocas históricas, la población gentilicia sería más probable en momentos y tierras de más difícil poblamiento. La radicación, la fuerza pobladora, provendría de los pioneros que se organizaban a partir de obligaciones cuya fuerza moral se les imponía desde un fondo que ni creían a su alcance ni eran capaces de poner en duda.
En el confín occidental de la región, cuya población superviviente es difícil y tardía, si se la compara con el resto del sudoeste, los rastros de este pasado han llegado hasta nosotros en relativo buen estado. Allí un buen número de testimonios toponímicos ha sobrevivido como antropónimo. Juzgando a partir de ellos, no es aventurado comprometer el origen de estas poblaciones a partir de un senior.
Lo testimonian de forma muy expresa Los Agostines, Encinar de Antón Pérez, Arroyo, charcos, fuente, majada y venta de Bordallo, Alcaría y casas de Domingo Binas, Majada de Galindo, Corte Gonzalo, Bodegón de Juan Fraile, Alcaría de Juan Pérez, Molino de Juan Rodríguez, Molino y monte de Martín Juan, Moheda de Pero Gómez, Alcaría Pinto, Cañada de Sancha González, Mohedas de Velasco, Casa Verlanca. En buena parte de estos casos, el antropónimo completa su identidad con el patronímico, lo que permite pensar en un senior cabeza de un linaje. Para constituir la comunidad, en ellos habría sido suficiente con un grupo familiar que inyectara legitimidad al orden agnaticio destinado a consolidar la población pretendida.
La emancipación o rebeldía de los iuniores contra el orden ganadero constituido por seniores también se puede rastrear en la misma zona. La que alcanzara el grado de la migración la han retenido ciertos apellidos, frecuentes entre sus habitantes, que indican procedencia de tierras con predominio ganadero. En otras ocasiones se ha refugiado en topónimos que no son testimonio directo del fenómeno sino verosímiles como nombres de persona.
Gracias a que la condición nominativa de cualquier topónimo admite la personificación, en algunos lugares se ha naturalizado una elaboración legendaria que se sirve de los recursos narrativos del procedimiento mitológico; en unos casos, heroica, en otros, divina. Esta manera de manipular los nombres de lugar partiría de la conciencia del estado anterior, la dependencia de un senior ganadero, e indicaría que en el origen de las poblaciones que se han explicado con el recurso al epónimo hubo un iunior rebelde que rompió con el orden ganadero. El instrumento de la emancipación tendría que ser la experiencia agrícola, y la condición heroica o divina el mérito reconocido a quienes consiguieron coronar con el éxito la radicación estable de la comunidad.
Al consagrar la leyenda al iunior pionero como único responsable del origen de estas poblaciones, explicaría además que la nueva autoridad correspondería a otro senior, en este caso agrícola, principio de un orden en la medida que a la experiencia se sumara un grupo al menos familiar. De ser el protagonista un grupo de iuniores, con sus correspondientes consanguíneos, la constitución tendría que ser colectiva o corporativa. De cualquiera de las dos maneras, la nueva comunidad comenzaría de nuevo el ciclo de las relaciones, ahora para dar origen a la explotación del suelo, clientelares o serviles, y por tanto reactivaría el riesgo de la rebeldía y la emancipación de una fracción de sus miembros.
La rebeldía contra el orden gentilicio, origen de las crisis en las poblaciones constituidas a partir de un senior ganadero, no en todos los casos se resolvería con la emigración. La tensión crítica podría evolucionar a crónica si derivara a otras maneras de satisfacerse, como la detracción de producto, el abigeato o, en el sentido opuesto, la descarga de las obligaciones de los iuniores. También puede ocurrir que el orden de los seniores, para perpetuarse, acepte la emancipación agrícola de una parte de los iuniores, que por tanto no dejarían de serlo ni abandonarían su condición servil o clientelar. En muchos de los lugares que han retenido en su nombre el de una persona es posible seguir el rastro a comunidades de raíz ganadera que evolucionan a mixtas. Sin abandonar la posición ganada, los seniores, que no renuncian a ser los dueños del ganado, también ejercerían como seniores agrícolas.
La precisión temporal de cualquiera de estos fenómenos complica la detección de sus manifestaciones con la interferencia de hechos más visibles, más cercanos a la epidermis cronológica, que enrarecen y dificultan reconocerlos.
En la época en la que están surgiendo aquellas poblaciones suroccidentales los interfieren sobre todo los intereses estratégicos de la monarquía, que puede emprender acciones bélicas. La inmediatez de la frontera con otro reino y otra monarquía inevitablemente origina conflictos que distorsionan no solo porque acaban con la paz y la seguridad, sino sobre todo porque reclutan hombres y desplazan poblaciones.
Cuando no llega a ese extremo, la monarquía interfiere la constitución gentilicia con el ejercicio de su soberanía administrativa, de la que hace un uso discrecional. Si la ejerce directamente, es la responsable de la agregación del sistema románico de orden político y gestión, instituido por el municipio castellano, a la constitución de las poblaciones. Crea poderes que hibridan el de raíz gentilicia y que este, sin embargo, asimila hasta el punto que los subordina al genuino de la población que ha tenido este origen.
Si la cede a un potentado, es este el encargado de la introducción del régimen municipal en las poblaciones, con los mismos efectos para ellas. Para imponer su autoridad, pretende además el poder unificador de todos los locales para sí, razón por la cual se titula señor de todo el territorio para el que se le han reconocido poderes. El recurso a esta palabra para referirse al orden institucional interpuesto se rinde al atributo del que no puede desprenderse, si aspira a conservar la preeminencia que da la posesión de un bien, en su caso los poderes otorgados por el rey. Para ejecutarlos se arroga el señorío legislativo, del que se sirve para completar y ampliar los que haya detraído a la monarquía.
Cualquiera de estas interferencias, desde la distancia que impone el tiempo, son más perceptibles que el fenómeno gentilicio, cuyos rastros sin embargo se han conservado incluso en las fuentes documentales, las más directas.
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