Población de Valverde. IX
Publicado: abril 22, 2021 Archivado en: Dante Émerson | Tags: población Deja un comentarioDante Émerson
El documento de 1492 registra por primera vez el topónimo Valverde del Camino, según Diego Romero (1956: 13 y 271). Sobre por qué el topónimo Facanías fuera sustituido por el de Valverde, Diego Romero, en quien converge toda la tradición de este tópico anterior a mediados del siglo XX, pone por delante una confesión: “[…] de cuyo fenómeno ignoramos hasta el momento las causas concretas” (Romero, 1956: 13). Sin precisión cronológica lo sigue Ramírez Moreno: “[…] en las postrimerías del siglo [XV] […] el lugar, por causas desconocidas, adopta el nombre actual y se despoja del primitivo de Facanías” (1986: 10 y 25).
Ante la falta de información positiva que demuestre el supuesto con el que trabaja, Romero se emplea en especular con posibles factores que lo expliquen. Los apriorismos poblacionales, en su caso, equiparables a los que inspiran el recurso al epónimo, trasladan el campo de trabajo a un terreno algo más comprometido y aún más cargado de prejuicios. La premisa que funda sus especulaciones, nunca del todo escrita, parece que es la siguiente. Facanías habría cambiado de nombre debido a que desde el principio estuviera poblado por determinada etnia. El supuesto que incluye esta manera de pensar es que cualquiera de las posibles, a partir de 1492, hubiera sido considerada como mínimo inconveniente para su población, y de ahí que fuera necesario proceder a borrar su rastro.
Plantea primero Romero la posibilidad de que Facanías fuese en origen un lugar poblado por gitanos, no sabemos con qué fundamento. Inmediatamente la niega: “No creemos que los primitivos fundadores de Facanías fueran gitanos. Éstos no llegaron a España hasta un periodo de tiempo comprendido entre 1427 y 1462. En Andalucía su llegada a Jaén está registrada el 22 de Noviembre de 1462” (Romero, 1956: 13).
Como si interviniera en una controversia, Arroyo Valero, desplegando sus inagotables recursos, también amplifica estos argumentos en su Breve historia de Valverde. “El Condado de Niebla está dotado de un extensísimo territorio: enclavado en éste, aparecen catalogados trece villas y lugares, entre ellos el Lugar de Facanías. [/] Es completamente ridículo suponer que el nombre de `Lugar de Facanías´, se deba a que la venta –huevo de Valverde– la viviera un gitano que se llamaba Facanías. Tal deducción a la luz tanto de la historia, como del examen razonable de las cosas, es una grandísima estupidez. La entrada en España de los gitanos (originarios del Indostán, del Egipto o de la Persia) trashumando siglos tras siglos, sembrando su progenie a todo el largo de Europa, se produce en España en los primeros años del 1.400. Y si en tal fecha los gitanos aparecen por los Pirineos, no será exagerado calcular que, a nuestra Andalucía Occidental, no llegarían hasta medio siglo después.” (1963: 11-12).
Y continúa: “Si la Venta-Mesón: y las tres casas a su lado, son existentes con anterioridad al 1.300; y si en el año 1.369 en que se crea el Condado de Niebla, y de él forma parte el Lugar de Facanías, con doce más pueblos y lugares; y todo ello está histórica y documentalmente comprobado, este ventero con el nombre de Facanías, (cuyo origen no he podido encontrar en ningún Diccionario gentilicio, ni etimológico) no cabe que fuera gitano. Los gitanos [/] están a siglos de retraso [sic]. Y por si no fuera bastante lo concluyente de las fechas anotadas, nos serviría de argumento, tan fuerte como las fechas, esta consideración: Comprobado que la venta, fué la primera casa que se levantó, hay que admitir primero que, si Facanías era gitano, se adelantó un siglo lo menos a los de su ralea, y que andando andando, llegó aquí; y que llegado, tuvo la ocurrencia de levantar él solito, una venta en paraje solitario; equipándola luego, con el menaje que una venta requiere. ¿Quién que esté en su cabal juicio, puede suponer que un gitano, compañero insobornable de la vida errabunda, podía acomodarse al vivir sedentario y apacible de ventero, en un descampado, y para ello además, tenerse que `parar´ a construir una venta?” (Arroyo Valero, 1963: 12-13).
Es cierto que, si al menos en 1369 ya existía Facanías, entre sus “primitivos fundadores” no pudo haber gitanos, aceptada la cronología de su llegada a la península que sigue Romero. No obstante, según esa misma cronología, nada impide que para fines del siglo XV se hubieran instalado en Facanías. Pero no vale la pena detenerse más a discutir esta posibilidad sin fundamento alguno. Es evidente su carga de prejuicios.
Sobre la otra posibilidad, que fuera judía la población primitiva de Facanías, Romero es más explícito y analítico porque es la que considera más probable. “Quizás no sea muy aventurado relacionar el nombre de Facanías, e incluso su posterior cambio, con gente de raza judía, cuya presencia en España está acusada desde principios del siglo IV. Así como probada su existencia en estas comarcas” (1956: 13). Siguió la idea Ramírez Moreno (1986: 10 y 25), quien tras decir que “[…] el lugar, por causas desconocidas, adopta el nombre actual y se despoja del primitivo de Facanías, al parecer de origen hebreo, en una coyuntura ciertamente hostil para los miembros de dicha raza”, remite al texto de Diego Romero. Pueden encontrarse más alusiones, quizás no tan directas como esta, en los otros textos de la tradición local.
El razonamiento en el que en este caso se funda Romero es el siguiente: “En el repartimiento de 450.000 maravedís hecho por Enrique IV, en 1474, a las aljamas judías, contribuyeron las comunidades judías de Aroche, Lepe y Moguer. Y aunque el edicto riguroso de expulsión fue en 31 de marzo de 1492, con anterioridad, desde 1478, los Reyes Católicos habían tomado medidas restrictivas de las actividades de los judíos, que culminaron en ordenar su destierro de Andalucía en 1483. ¿Qué extraño tiene que, aceptada la procedencia judía de la primitiva comunidad de Facanías, hubiera que cambiar su nombre hebraico [sic] por otro más corriente que permitiera sobrevivir en la nueva y hostil situación?” (Romero, 1956: 13).
La secuencia lógica de Romero es sólida y aceptable. Su conclusión, que tampoco escribe, podría enunciarse de este modo: el cambio de nombre debió ocurrir en torno a 1483, como consecuencia de la persecución y destierro de este año, y supone la transformación de los judíos en conversos, de la cual sería expresión el mismo cambio de nombre: del nombre hebreo al nombre castellano.
No todas sus premisas están cimentadas con la misma solidez. La primera, y más importante para el desarrollo de su teoría –sería la única prueba directa posible, en caso de que se demostrara–, es que Facanías sea palabra hebrea. Es una posibilidad que se insinúa en el primero y, sobre todo, en el último párrafo, pero en ningún caso se demuestra de forma concluyente, y no obstante se usa en la argumentación como algo verdad evidente. Si bien es particularmente valioso el dato de 1474, tampoco son concluyentes las presentaciones de las otras dos pruebas, el repartimiento de ese año y la orden de destierro de 1483, aunque la exposición de ambas resulte verosímil.
Afortunadamente, también Ladero, una vez más, ha estudiado con detalle la presencia de población judía en el condado durante estos años finales del siglo XV. Su análisis es tan detallado y explícito que releva de cualquier especulación. Si nos atenemos a lo que dice, y seguimos los pasos más explícitos de su texto, podremos contrastar la idea de Romero.
Parte Ladero de que a fines del siglo XV los señores tendieron a recibir “población de origen judeo converso, mientras que, en el realengo, las revueltas anticonversas, primero, y la actuación del Santo Oficio, desde 1481, fueron más frecuentes y tempranas. Había ya conversos avecindados en los señoríos andaluces antes de aquella fecha, como también hubo judíos, pero el establecimiento de la Inquisición provocó un éxodo cuyas dimensiones desconocemos hacia los señoríos tanto del área gaditana como onubense, donde las acciones de la Inquisición tardaron algunos años en llegar” (Ladero, 1992: 122). Cabe pues en lo posible que se produjera una inmigración masiva, sobre todo de conversos, hacia Facanías, en torno a 1481, aunque con más probabilidad después de esta fecha, el año final del crecimiento extraordinario del tamaño de su población, solo explicable por una intensa inmigración concentrada en el tiempo.
Añade Ladero que las acciones de la Inquisición “que ocurrieron en el último decenio del siglo XV se conocen con cierto detalle y afectaron a buena parte de la población conversa residente en señoríos, o bien bajo la forma de penitencias, que conllevaban una multa proporcional a los bienes, entre 1491 y 1494, o bien la de conmutaciones de hábitos, para dejar de llevarlos en público, y habilitaciones para ejercer los oficios de los que antes se apartó a los conversos y a sus descendientes si había mediado acusación de servir e onrrar la ley de Moyse. Conmutaciones y habilitaciones que ocurrieron por primera vez, en gran cantidad durante los años 1495 y 1496, aunque su importe pecuniario era mucho menor que el de las penitencias pues no formaban parte de un castigo sino de un proceso que hoy llamaríamos de reinserción social” (Ladero, 1992: 122-123).
Valiéndose de las cuentas de penitencias, conmutaciones y habilitaciones, Ladero evalúa esta subpoblación. “[…] las penitencias de 1491 y 1494 […] en los señoríos onubenses […] afectaron a 496 vecinos. De ellos, 218 eran mujeres solas, o bien las únicas penitenciadas en su casa, cifra muy alta que coincide con las otras partes de Andalucía y conduce a pensar en la mayor permanencia de la fe judía o al menos de las costumbres y ritos cotidianos vinculados a ella en el medio hogareño donde aquellas mujeres desarrollaban su vida e influían sobre su entorno inmediato. En total, los datos relativos a penitencias mencionan a 577 personas. Los datos de conmutaciones y habilitaciones se refieren unas veces a las mismas, pero otras a individuos distintos: en febrero de 1496 se había habilitado a 200 personas en el condado de Niebla y señoríos próximos pero se espera hacerlo todavía con otras 700 pues era zona en que agora se haze ynquisición. No obstante, en documentos posteriores, también de 1496, se habilita sólo a otros 58 vecinos” (Ladero, 1992: 123). En nota añade que “el reparto del `servicio y medio servicio´ de los judíos indica que había grupos de población judía de cierta importancia, en el tercer cuarto del siglo XV, en Niebla, Moguer, Gibraleón y Lepe” (Ladero, 1992: 122n), es decir, todos lugares de antigua población.
En un cuadro adjunto (Ladero, 1992: 124) resume, población a población del condado y próximas, las cuentas de las penintencias de 1491 y 1494, por un lado, y las conmutaciones y habilitaciones hasta febrero y septiembre de 1496. Entre los pueblos registrados en el cuadro no aparecen ni Facanías ni Valverde del Camino. La población conversa se concentra en la costa y la “tierra llana”. El pueblo más al norte de todos los citados es Beas. Así explica Ladero esta distribución geográfica: “El reparto de los conversos por localidades obedece a cierta lógica relativa a la mayor lejanía o lenidad del poder señorial, en ocasiones, o a la necesidad y conveniencia que tuviera de atraer a nuevos pobladores, en otras, y también al principio de preferir núcleos de población mayores o medianos donde fuera posible agruparse o, al menos, soportar mejor la segregación social, y en los que fuera más sencilla la posibilidad de emigrar nuevamente, si llegaba el caso. Vemos, así, que hay bastantes conversos en Niebla, tal vez la décima parte de su vecindario, y algunos en las aldeas próximas a la villa pero no en el Campo de Andévalo ni en la sierra donde, además su situación laboral habría sido más difícil pues casi ninguno era agricultor ni ganadero y no tenían arraigo ni bienes territoriales. Trigueros, población con fuerte crecimiento muy vinculado al comercio, a través de San Juan del Puerto, es el punto de concentración mayor, con más de un 11 por 100 de vecinos conversos penitenciados, muchísimos más que en Huelva, donde la actividad pesquera predominaría sobe la mercantil” (Ladero, 1992: 125).
Hay que reconocer que, con las explicaciones de Ladero la teoría de Romero gana, dispone de más argumentos en favor de la población de Facanías por judíos o conversos antes de 1492. En particular, por la relación que pudo haber entre comercio dependiente del Puerto de San Juan y la actividad laboral de aquella subpoblación. Además, hay que advertir que los datos disponibles para 1491 (todos los datos proceden de Simancas, Contaduría Mayor, primera época, legajo 100) son muy parciales; solo registran población penitenciada en cuatro pueblos nada más: Niebla, Villarrasa, Rociana y Lucena. Las explicaciones de Ladero se oponen a la posibilidad. Pero esta queda abierta dada la fragmentaria información disponible. Lamentablemente, por tanto, los datos positivos no demuestran la idea de Romero, si bien hay en su favor un dato concurrente de interés. La inmigración en cantidad importante es posible en torno a 1481. El extraordinario crecimiento de 1479-1480 pudo tener este origen: un grupo importante de judíos o conversos que, huyendo del realengo, viene a establecerse en Facanías atraído por el valor comercial que gana el lugar.
Sin embargo, hay algo en la idea de Romero que encaja mal con lo que ocurre después (aparte el supuesto origen hebreo del topónimo, mucho más viejo que la posible inmigración). La información para 1496 es ya muy completa. Según Romero, la difícil situación en que se encontraría el grupo después de 1492 se habría resuelto con un simple cambio de nombre, es decir, que la población ya por necesidad conversa no habría emigrado. Los datos de 1496 indican lo contrario.
Pudieron ocurrir las cosas de otro modo. Primero, que los judíos inmigraran en torno a 1480 a la jurisdicción recién creada de Facanías, aunque no a este lugar sino a Valverde del Camino, un lugar con mejores condiciones para sacar partido al comercio de cereales del condado. Después, y antes de 1496, los judíos, forzados por la situación creada en torno a 1492 con más probabilidad, decidieran emigrar. Para entonces, ya estaba demostrado que la radicación en Valverde tenía más ventajas que la de Facanías, de modo que toda la población bajo la jurisdicción de este concejo ya habría basculado hacia Valverde. Eso haría necesaria la confirmación de primeros de 1492, a partir de la cual la población no judía, ni conversa, sería la dueña de la nueva localización.
Esta explicación ignora el tópico que invita a Romero a pensar en el problema judío como causa, el del cambio de nombre; necesita demostrar que en 1492, o inmediatamente antes, se produjo una disminución del número de vecinos que vivían en ambos lugares (Facanías y Valverde), y sobre todo presupone que Facanías y Valverde son lugares distintos en el espacio.
Demasiadas condiciones para que la explicación sea en este momento aceptable, demasiada complicación para que todo se pueda tomar como cierto. Pero también debe prevalecer la idea de que el supuesto de Romero es solo circunstancial, no se basa en dato alguno que lo avale. Si él considera que la población judía o conversa puede estar relacionada con estos cambios es porque la primera alusión clara al topónimo Valverde del Camino, según sus datos, consta para 1492. Eso es todo. La idea que defiende en el fondo es bastante sencilla, y creemos que se funda en la simple coincidencia cronológica, como deja ver el propio Romero y confirma Ramírez Moreno. 1492 es un año del que es difícil olvidar sus acontecimientos memorables. Es el año en el que se constataría el cambio de nombre y a uno de esos acontecimientos puede por tanto asociarse. El elegido, por coherencia, fue la expulsión de los judíos.
La presencia de población conversa en el condado –aunque observada bajo condiciones muy restrictivas, las de su control fiscal– es posterior a Romero, corresponde a Ladero, y este niega con fundamento su presencia en el Andévalo. La tesis judía de Romero, según el análisis deductivo de Ladero, es por el momento poco sostenible.
La confirmación de 20 de enero de 1493 que cita Romero (1956: 13 y 271), a la que hicimos referencia más arriba, y de la que tampoco menciona procedencia, o “quinta confirmación” de la dehesa boyal tantas veces objeto de traspaso, es el dato que cierra el ciclo abierto por la presunción de identidad, y con él la historia hasta ahora escrita de las iniciativas para poblar Facanías/Valverde.
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