Los bienes inmovilizados

Narrador

Apartados por las familias rurales, protegidos con todos los medios que a su disposición ponía la norma civil, los bienes que tendrían que ser los responsables de la generación de la renta de cada fundación solo excepcionalmente eran de gran valor. Había muchas fundaciones conventuales realmente potentadas, cualquiera de ellas disponía de patrimonios raíces importantes. También acumularon riquezas sobresalientes las corporaciones de los beneficiados. La que nos había servido como campo para la experimentación recibió tierras, casas y dinero en cantidades que sumaron cifras significativas. Pero en el medio rural era más frecuente, porque era más probable el ahorro modesto, que las operaciones inmovilizadoras fueran aplicadas a la protección de patrimonios moderados.

Un hombre dotó su vínculo con una mata de olivar de 40 aranzadas y tres cuartas partes de un molino, y una viuda desvió con el mismo fin una casa, 10 aranzadas de olivar en cuatro pedazos, 4 fanegas de tierra campa o desmontada y dos créditos, concedidos ateniéndose a las condiciones de los censos, uno de 700 ducados de principal, que hipotecaba unas viñas, y otro de 100 ducados sobre un olivar. Quizás los vínculos algo más valiosos fueron los que se habían propuesto proteger la tierra dedicada al cultivo de los cereales. Así, el que recayó sobre 54 fanegas de tierra o el que afectó a otras 280 de tierra de labor equipadas con instalaciones, entre las que se enfatizaba un pozo de agua dulce con sus pilas porque los estanques eran un medio para alimentar la cabaña al servicio de la explotación que se radicaba en ella.

Las capellanías más elementales o memorias obtenían sus rentas de una casa, la que había servido de residencia a la familia o cualquier otra, o de una parcela de olivar que no excedía, en los casos en los que fue descrita, las 5 aranzadas de extensión. Solo un fundador destinó a este fin una cantidad en efectivo, para que con ella se comprara una posesión que sufragara la manda piadosa.

También los bienes inmovilizados por las iniciativas de este tipo cruzadas con vínculos eran equiparables a los que sostenían las memorias más sencillas. Consistían en la casa que se habitaba y olivares de una extensión máxima de 5 aranzadas. Hasta reaparece en ocasiones el encargo de comprar un olivar, con el remanente que se dedujera del cumplimiento de las obligaciones testamentarias, aunque un matiz negativo devaluara algunos de tales bienes relativamente. Tanto la casa como el olivar de mayor extensión garantizaban sendos créditos de 200 ducados de principal. Excepcionalmente, una iniciativa sobrepasó estos límites. Estuvo fundada sobre 24 aranzadas de olivar, 8 de las cuales ya pagaban una memoria de 5 reales a un convento, dispersas en seis parcelas, y 16 fanegas de tierra para cereales, en las que había sembrados algunos frutales.

El inventario más completo de los bienes inmovilizados a partir de las iniciativas civiles lo proporcionaron los documentos que describían las fundaciones de las capellanías autónomas, el instituto destinado a tal fin preferido por las familias del medio rural. Eran, a mucha distancia de los demás, olivares. En sus dos terceras partes los fundadores apartaron al menos alguna parcela de esta clase. Esta porción de sus patrimonios, sobre su frecuencia, era notablemente dispersa y pequeña. El valor tipo del número de parcelas que se elegían para contener el ahorro era casi tres y la superficie media que ocupaba cada una no alcanzaba las cinco aranzadas (4,7).

Del exceso, tanto de la división del espacio dedicado a este cultivo como de la fragmentación en la que se incurrió al dotar las capellanías, puede ser una muestra la descripción de un lote inicial. Fue compuesto con una parcela de ¾ de aranzada y 11 estadales, otra de 1 aranzada 1 ochava y 7 estadales, otra de 3 ¼ aranzadas y 15 estadales, otra de 3 aranzadas y 1 ochava, otra de 7 ¾ aranzadas y 20 estadales, otra de 1 ½ aranzada y 30 estadales y otra de 1 aranzada 1 ochava y 32 estadales de olivar. Considerando una aranzada de 400 estadales, que es admisible y facilita los cálculos, las siete parcelas apartadas para formar un lote solo sumarían poco más de 18 aranzadas (18 ¼ aranzadas, 5 ochavas y 15 estadales).

Casi la quinta parte de las iniciativas se concentró en las viñas, en unas condiciones similares al olivar, aunque para este cultivo nuestras informaciones no se detenían a registrar cuántas parcelas, en cada caso, eran transferidas. Aun admitiendo, en el menos favorable de los supuestos, que a cada extensión declarada correspondiera un espacio continuo, la parcela tipo solo tendría una superficie de poco más de 6 aranzadas (6,3).

Por número de casos, el valor relativo de las hazas, unidades espaciales de la explotación dedicada al cultivo del cereal, era solo algo inferior al de las viñas. La extensión normalizada de cada una, algo por encima de las 100 fanegas (105,25), admitida como representativa, a la tierra más preciada le concedería una falsa relevancia en la inmovilización del patrimonio de las familias. Si apartábamos un caso, de extensión anómala, la parcela tipo baja a las 20 fanegas (20,3), más descriptiva, aunque en síntesis, de lo que era común.

Extraordinariamente las familias desviaban su plan para asegurar el ahorro a una huerta, tanto que este tipo aparecía en una proporción inferior a la décima parte de los casos. Nada podíamos saber de sus cultivos o de sus extensiones, lo que no obstaba para que los documentos se esforzaran en destacar las condiciones que las convertían en valores apreciables. De una de ellas fue especificado que contaba con agua que manaba de la roca, con el tono que corresponde a la descripción de los fenómenos singulares.

Los edificios destinados a vivienda, con preferencia el que habitaba la familia cuando tomaba esta decisión, eran objetos que fácilmente absorbían el remanente disponible. Casi la mitad de las iniciativas incluyó al menos uno, aunque fueron raras las que acumularon dos o más. El límite superior lo fijó la retención de cuatro casas completas más una parte de otra.

Al contrario, era raro que una familia contara entre sus bienes atesorados con instalaciones productivas localizadas en la población. La mayor frecuencia de los casos, algo por encima de la décima parte de los analizados, nominalmente correspondió al molino para la producción de aceite, aunque solo en uno fue adquirido uno completo. En los demás el bien fue una participación en su propiedad, que osciló entre un sexto y tres cuartos. Aunque era algo menos frecuente, cuando se trataba de hornos destinados a la cocción de pan el número total de instalaciones completas adquiridas por las capellanías fue ligeramente superior porque se incorporaban íntegros al patrimonio segregado. A esta relación hay que sumar, como hechos en absoluto sí excepcionales, la adquisición de una tienda, cuya especialidad no se declaró, y la de un mesón. La participación en un tejar fue desviada a su renta, que al menos en parte estaba acordada en especie, de la que en un caso, a favor de la capellanía, se dedujeron 1.200 tejas y labores.

El traspaso de ganado tampoco era frecuente. Fue una porción de los bienes fundacionales en menos de la décima parte de las adquisiciones, y su estimación llegó a ser tan marginal que en las escrituras no se identificaban la especie ni el número de cabezas. Solo en una ocasión pudieron ser mencionadas expresamente 300 ovejas.

Una de las capellanías analizadas fue conocida, durante toda su existencia, como la prestamera. El informador no se ocupaba en la descripción de sus bienes, quizás porque le pareciera innecesario. En el arzobispado, a la clase de las prestameras pertenecían las participaciones personales en el diezmo, deducidas del tercio de los beneficiados, que la autoridad episcopal, con al menos algún grado de autonomía, solo con su decisión podía adjudicar. No parece probable que una renta transferida bajo estas condiciones fuera inmovilizada para siempre. En la naturaleza del beneficio eclesiástico estaba, además del disfrute vitalicio, su adjudicación mediante concurrencia de aspirantes, que hacían valer sus méritos personales ante la justicia canónica. Pero también es cierto que una parte de las rentas diezmales, con tanta más probabilidad cuanto más específicas eran, fueron sustraídas, mediante concordia con su primitivo titular y gestor, el cabildo catedralicio, al régimen general de las asignaciones.

Valiéndose de su puesto en la administración de la iglesia romana, la astucia del arcediano fundador de la capellanía conocida como la prestamera pudo emplearse en adjudicar un beneficio de libre provisión, que se disfrutaba en vida, a una memoria, cuyo cumplimiento era obligado indefinidamente, una vez consumada la muerte del testador. Si estábamos en lo cierto, una porción del tercio de beneficiados de la parroquia donde se fundara sería el bien dotal inmovilizado. El capellán, al adjudicársela, adquiriría la condición de titular de la prestamera, lo que proporcionaría a esta iniciativa, además de una singularidad absoluta, una doble preeminencia: era ya renta neta, sin que fuera necesaria otra mediación que la correspondiente a la gestión anual y al cobro de la generalidad de los diezmos, y garantizaba unos ingresos extraordinariamente sólidos.

Los créditos, también valorados como forma de retención del ahorro, asimismo tuvieron alguna importancia en la constitución de los patrimonios fundacionales. De ellos se hizo uso con este fin en una proporción de casos comprendida entre la décima y la quinta parte. El crédito tipo inmovilizado fue 385 ducados nominales. Solo en un caso se recurrió sencillamente a preservar el dinero líquido para mantener el excedente que la renta había permitido, pero tampoco en este se fio a su conservación la supervivencia del valor ganado. Las cantidades que en su caso fueron desviadas, que tampoco siempre se especificaron, con más frecuencia debían ser empleadas en la adquisición de una finca, para con ella incrementar el patrimonio de la obra.

Tan excepcional fue, y la misma justificación tendría, añadir al lote unos bienes muebles, identificados como parte del ajuar doméstico. Quien los mencionara como objeto patrimonial encargaría que fueran vendidos y comprar, con la cantidad obtenida, entre 48 y 60 fanegas de tierra (4 o 5 cahíces) para añadirlas a los bienes ya asignados.

Había pues dos tipos de inmovilizaciones familiares. La común dio origen a una célula económica muy sencilla, cuyo tesoro principal era la agricultura del olivo, dependiente de una explotación dispersa en varias parcelas, cada una de escasa dimensión, de un valor acumulado, en el mejor de los casos, que apenas superaba la decena de aranzadas. A los olivares era probable que se le sumara una vivienda, así como algún otro bien quizás más sustancioso, activo en cualquiera de los sectores comprendidos entre la producción de cereales y el negocio financiero. La otra, excepcional, era más potente en términos económicos. Reunía bienes con una alta capacidad para generar renta cada año, como los ingresos deducidos de la participación en el diezmo o una explotación para producir cereales de una extensión importante (360 fanegas), a la que se sumaba una buena serie de bienes inmobiliarios urbanos (molino, tienda, tejar y casas).

El análisis del patrimonio acumulado por una de las instituciones inmovilizadoras del segundo tipo permitía además, gracias a su tamaño, generalizar sobre la importancia de los bienes inmovilizados en relación con las épocas en las que precedió cada forma. Llegó a acumular 2.732 fanegas y 2 almudes de tierra de labor en 45 parcelas, lo que daba el estimable valor medio de 60,7 fanegas por parcela; 4 aranzadas y 15 pies de olivar en dos unidades de explotación, una huerta de 4 fanegas, 15 casas y 62 capitales que al final de su existencia sumaban un valor nominal de 111.196 reales 28 1/3 maravedíes.

Las tierras se impusieron como bien garante de la inmovilización en la baja edad media, más en el siglo décimo cuarto que en el décimo quinto, y apenas fueron elegidas para este fin en la época moderna. Aparte los fines declarados o solo inspirados por la última pasión a sus promotores, cualquier adscripción de bienes a un destino permitía al menos atesorar los ingresos detraídos por cualquier medio con preferencia transformados en esta clase de bienes territoriales, ya entonces los de menor costo de mantenimiento si en el espacio se había consumado su capitalización roturándolo.

Las casas fueron siempre un recurso discreto y estable. El menos seleccionado –no llegaban a la quinta parte de las inmovilizaciones en el momento de la fundación– satisfacía, a lo largo de los siglos, un número similar de proyectos, si se exceptuaba el décimo sexto, cuando el retroceso se podría explicar por razones que trascienden el tipo de bien. El dinero, en cualquier cuantía, fue el elegido con mayor frecuencia. La mitad de las inmovilizaciones se decidieron por una cantidad denominada en la moneda circulante en cada momento. Más de un tercio de tales decisiones se tomaron en la primera mitad del siglo décimo sexto, tiempo origen de las tensiones inflacionarias que marcaron la administración Austria.

Mediante acumulación, una parte de los patrimonios de las obras además pudo ser incrementada. En 1492 una madre habría creado una capellanía con todos los elementos habituales. Su hija pudo instituir una agregación a la misma, que en origen actuaría como capellanía independiente, también fundada con todos los requisitos comunes. Cuando muriera el capellán designado por la hija, por decisión de esta, la fundación original y su agregación quedarían reunidas en el mismo instituto. Un padre pudo fundar en 1519 también una capellanía y por un codicilo, de 1556, su hijo le haría una agregación. En 1586 sería un canónigo quien decidiera aumentar el patrimonio de otra que ya existía, mientras que a una tercera, fundada en 1630, le sería añadido posteriormente otro bien.

Aprovecharon los fundadores de cualquier clase de instituto, al describir algunos de los bienes que desviaron hacia ellos, para aludir a cómo los habían adquirido, y a las exigencias legales que podían limitar su uso. Todas las referencias que las fuentes consignaron sobre los medios de acceso al dominio remiten a las dos vías previsibles, la compraventa unos años antes y la transmisión del patrimonio familiar.

Más valor tienen las reiteradas protestas sobre las condiciones con que los bienes llegaron a poder de las familias. Siempre que eran una parte de los argumentos, dejaban claro que estaban libres de toda carga, de donde se deducía que invariablemente pasaron de la plena disponibilidad a la inmovilización.
Para la evolución del medio rural del sudoeste entre la edad media y la moderna la constatación de un hecho como este; en especial, que afectara a todos los casos que mencionaban la circunstancia bastaba para reconocer a las decisiones inmovilizadoras una responsabilidad primordial en los sucesos antiguos. La progresiva reducción de los bienes disponibles, obra simultánea y en secuencia de un número significativo de familias, que para determinadas decisiones que afectaban a la transmisión de sus patrimonios contaban con respaldo legal, estuvo en el origen de la disminución de posibilidades de acceso a las fuentes de renta, correspondiente a aquella.

En la misma medida fueron incrementándose los depósitos de ahorros, extraordinariamente garantizados por las exigencias legales de la inmovilización, pero en potencia útiles para sostener toda clase de inversiones.



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