Capital de las labores
Formación del capital de las labores
Carmelo Terrera
A mediados del siglo décimo octavo dos hombres formaron una sociedad para crear y gestionar una labor, la explotación agropecuaria con mayores aspiraciones. Habían decidido tener todo lo de la labor por mitad y compañía. Pero una manera tan genérica de referirse a su compromiso mutuo no pareció suficiente a la hora de formalizar el acuerdo. Decidieron hacer mención de lo que juzgarían necesario para el desarrollo de la actividad que habían emprendido.
A medias habían tomado en arrendamiento las tierras que tenían que servirles como marco, una cantidad indeterminada en cortijos y hazas en un mismo término, unas propias de un hospital de la capital, otras de un convento de santa Clara y otras de una corporación de beneficiados. En las mismas condiciones tenían todos los ganados que participaban en la empresa, que eran el vacuno de labor, las yeguas de vientre, el caballo padre y las burras destinadas a los portes entre la población y las tierras que explotaran. Y asimismo reconocían como patrimonio común la paja que hubieran almacenado para garantizar la alimentación de todo ese ganado.
En pleno mes de octubre, al comienzo de una nueva campaña, uno de ellos quiso abandonar la sociedad. Como estaría activa desde al menos enero del año en curso, aquello obligó a reconocer como una parte de la empresa común los barbechos preparados para recibir la simiente de la campaña que estaba empezando. Habrían sido el resultado de un plan desarrollado durante los meses precedentes, en paralelo a la atención a los cultivos sembrados durante la campaña que había terminado en septiembre, para el que habría sido necesario invertir una importante cantidad de trabajo.
Decidieron disolver la sociedad con la venta de la mitad de quien abandonaba al otro, para que este continuara con la labor. Para que arbitrara la liquidación de la sociedad, designaron a peritos que apreciaran el capital que habían acumulado. Los ganados y los pertrechos fueron valorados en 50.021 reales 18 maravedís, por lo que la estimación de cada mitad ascendía a 25.010 reales 26 maravedís. La mitad de la sociedad sería vendida a plazos por este precio, y a partir de aquel momento, y hasta que fuera satisfecha la liquidación, no se podrían enajenar en modo alguno ni ganados ni pertrechos. El comprador satisfaría aquella cantidad en dos pagas, una de 11.000 reales el 1 de enero siguiente, y el resto a lo largo del siguiente octubre, una vez hecho balance de la campaña que en aquel momento comenzaba. Los derechos reales de alcabalas y cientos, a los que estaba sujeta esta venta, los pagarían a medias. Además, para asegurar la liquidación de la deuda, la sementera de los cortijos y tierras, cuyos frutos cogería el comprador durante el agosto siguiente, quedaba especialmente hipotecada por el valor tarifado. Y como a partir de aquel momento las tierras serían disfrutadas en exclusiva por el que permanecería como labrador, los pagos de los arrendamientos de los cortijos y las tierras tomadas, que vencerían por Santiago siguiente, 25 de julio, quedaban a cargo del comprador, para cuya garantía también hipotecó su casa, 10 aranzadas de estacas de olivo y 10 aranzadas de viña con casa de teja, lagar y vasijas.
Quedó en el limbo el trabajo ya consumido en los barbechos, una inversión a la que habrían hecho frente ambos socios durante el ciclo precedente, y que sin embargo parece que no fue recompensada. ¿Se habrían resarcido de la inversión común resolviendo los barbechos como servicio a cambio de la cesión de parcelas por las que hubieran ingresado renta? De ser así, las deudas habrían quedado saldadas en septiembre anterior, y por tanto, efectivamente, ya no sería necesario recompensar el gasto. En la medida en que fueran tierras subarrendadas a terceros, las cedidas en parcelas a cambio del servicio del barbecho serían una anulación del gasto en trabajo equivalente a la parte proporcional de la renta debida a los arrendadores primitivos, si el intercambio se hubiera limitado a trabajo por tierra. La renta debida de la campaña precedente, que tenía que remunerar el uso de la supuesta fecundidad natural de la tierra a sus dueños a costa del producto bruto ingresado por la empresa, ya habría quedado liquidada en Santiago anterior, y por tanto el compromiso común que se había contraído por este concepto. De ahí que bastara mencionar que la pendiente de pagar por la nueva quedaba como responsabilidad exclusiva del único labrador activo, quien a partir de aquel momento tendría toda libertad para hacer el uso de las tierras cedidas que creyera conveniente, así como para organizar como le pareciera el trabajo de los nuevos barbechos.
La forma de adquirir el trabajo podía reducir el capital de una labor a las tierras, el ganado y los pertrechos. De las primeras la oferta estaba siempre abierta en las escribanías, y de lo demás, en las ferias. Como las tierras se tomaban en arrendamiento, la manera de disponer del trabajo facilitaría la constitución de explotaciones tanto que se podría limitar a la adquisición del ganado que necesitara la labor también por cesión, una fórmula que resolvería el acceso a la fuerza, sus necesidades alimenticias y el equipamiento que fuera necesario para hacer todos los trabajos de la arada.
El capital de un labrador
Bartolomé Desmoulins
En las transacciones matrimoniales, capital era el patrimonio que aportaba a la nueva sociedad el novio, así como dote era el que arriesgaba la futura esposa.
En julio de 1742, poco antes de contraerse en un matrimonio don Antonio Fernando, su padre acordó con la futura esposa, doña Manuela Antonia, y sus padres, los tres vecinos de otra población, que él le entregaría a su hijo, una vez celebrado el matrimonio, todo lo necesario para mantener una labor de treinta cahíces de sementera. Las dimensiones pretendidas para la nueva empresa obligarían a que se constituyera sobre un cortijo o una suma de hazas equivalente.
En el pacto que los comprometió juzgaron como medios imprescindibles para satisfacer el proyecto bueyes, yeguas y burras. Llegado el momento de hacer efectivo lo acordado, el marido recibió sesenta bueyes, unos de arada y otros carreteros, de diferentes edades; doce yeguas, necesarias para la trilla, todas de vientre, también de distintas edades y colores; un caballo capón, del que solían disponer los responsables de una labor para trasladarse hasta las tierras que explotaban; cuatro burras y seis asnos castrados, arreados, pertrechados de todo y puestos en camino, habitualmente utilizados para el transporte del grano desde el campo al granero de la casa.
No todos aquellos animales eran idénticamente valiosos. Los bueyes fueron estimados, unos con otros, en cuatrocientos cincuenta reales, las yeguas en quinientos cincuenta, el caballo en seiscientos, cada burra en doscientos cincuenta y cada asno en cuatrocientos.
En el acuerdo también fueron mencionados como medios necesarios para el mantenimiento de la nueva labor arados, carretas y paja. En concepto de arados, don Antonio, recibió veinte, aperados de todo lo necesario y puestos en besana, más otros diez sin rejas, teleras ni yugos. Los veinte, aceptado un rendimiento tipo del arado, serían la medida del límite por debajo del cual no estaría dispuesto a trabajar el labrador en ciernes, y los diez, susceptibles de sumarse a los veinte, así de las contingencias a las que tuviera que enfrentarse como de sus apetencias de crecimiento.
Por carretas, útiles cuando durante la siega era necesario transportar las gavillas desde la besana hasta la era, recibió tres, puestas en camino, surtidas de todo lo necesario, más dos carros de dar paja con sus esportones, y de paja, destinada a la alimentación del ganado cuando escaseaban los pastos, doscientas cargas ya labradas y techadas con palma. Además, recibió otras herramientas, como rejas de repuesto para los arados, arrejacas, una azuela, un tiento, barrenas, escardillos, azadas, trébedes, bieldos, hoces, angarillones, una almohaza o corniles.
Las diferencias de valor entre aquellos medios de trabajo eran grandes. El arado completamente aperado era un bien asequible, apreciado en treinta y dos reales y medio, y un arado sin reja, telera ni yugo, valorado en solo doce, lo era aún más. Pero cada carreta íntegramente equipada valía cuatrocientos reales, mientras que el carro de dar paja con sus esportones solo costaba cuarenta; y la paja fue estimada a razón de quince reales cada carga. El valor de cualquiera de las otras herramientas quedaba muy por debajo del reconocido a las principales. Oscilaba entre los doce reales y medio de las rejas nuevas y el medio real de un cornil.
Gañanía era el alojamiento del que disponían las unidades de producción de mayor tamaño. Para dotar la suya, recibió don Antonio Fernando un arcón de dos varas de largo, de pino de la tierra, que debía servir para guardar el pan que a diario tendrían que recibir, como parte de su remuneración, quienes trabajaran en su labor. Para la elaboración de la otra parte del pago en especie del trabajo, la comida diaria, podría disponer de un dornillo grande y dos pequeños más una mesa de dos varas de largo y tres cuartas de ancho, de pino de la tierra.
Los pastores asociados a la labor, que solían deambular lejos de sus instalaciones, estaban obligados a elaborar su comida. Previéndolo, don Antonio fue equipado con una caldera ganadera de cobre. Otra caldera, también de cobre, de cabida de dos arrobas, y una de azófar, de cuatro arrobas de capacidad, pudieron estar al servicio de las elaboraciones culinarias de la gañanía.
Para que bebiera la gente del cortijo el padre solo le entregó una cuerda para el pozo y una tinaja para agua. Dos bancos de pino de la tierra debían servir para su descanso durante el día, mientras que para atender al nocturno don Antonio fue provisto con treinta y una varas y media de jerga. Una atahonilla para moler yeros, con todos sus pertrechos, estaría destinada a elaborar el pienso de los animales de la explotación.
Entre todos aquellos bienes los podía haber moderadamente apreciados, como la caldera de azófar, estimada en noventa reales, pero la mayoría oscilaba entre los quince y los treinta reales.
Todos los bienes hasta aquí mencionados, desde el ganado hasta el equipamiento de cualquier clase, a nuestro hombre le garantizaba la condición de campesino. Los barbechos, tierras ya preparadas para recibir la sementera, desde el momento en que las partes se concertaron lo ascendían a labrador.
Desde el principio se había acordado que su labor tendría que ser de treinta cahíces de la sementera anual que llaman de hoja, nombre por el que se conocía una parte de las tierras de la unidad de producción, porque la ley de las rotaciones, de base bienal, por vía de contrato de cesión imponía limitar el uso de la tierra cedida a fracciones tales.
Si aceptamos que el cahíz al que se estaban refiriendo las partes era el común, que equivalía a doce fanegas, don Antonio, según aquel compromiso, tendría que sembrar cada año 360 fanegas de grano. Invertir una fanega de capacidad por unidad de superficie era bastante común, aunque no universal, y menos probable en las tierras de más calidad, donde se arriesgaba más cantidad de grano con la esperanza de obtener un rendimiento alto. Por tanto, podemos estimar que la hoja a la que se obligó tendría que tener cada año una extensión comprendida entre las 180 fanegas de superficie, si las tierras explotadas fueran de la mayor calidad, y 360, si los suelos dedicados a la hoja fueran mediocres.
Tratándose de tierras de suelos potentes, formados por siglos de insistente cultivo de las más demandadas, no es probable que la inversión de simiente descendiera hasta el límite mayor, ni siquiera que lo alcanzara. Si la naturaleza había aportado algo a favor de tan poderosos suelos, no había sido tanto el depósito aluvial como la distancia desde cada población, que de antemano los hacía más accesibles, cuando ya la temprana desforestación irreversible los había condenando a ser tierra campa.
La sementera que promoviera cada año don Antonio no contaba de antemano con la seguridad del arraigo. La tierra que necesitara la obtendría por arrendamiento, y por tanto podía contar con la libertad del movimiento, si fuera necesario, una vez cumplido un ciclo de la cesión. Pero también es cierto que cuando se trataba de extensiones de tierra notables, las partes, cedente y cedido, a mediados del siglo décimo octavo solían acomodarse en convenios que, aunque fueran de periodicidad limitada, se renovaban sin grandes dificultades; excepción hecha, claro, del precio de la renta, que nunca dejó de ser sensible al antagonismo con el que las clases de campesino tenían que convivir.
Cuando llegó la hora de hacer efectivo el acuerdo, recibió como primeros barbechos, o barbechos iniciadores de la nueva empresa, doscientas tres fanegas de tierra en las que ya se había trabajado para que pudieran recibir la simiente. A los barbechos los calificaba el número de hierros, rejas o pases del arado para la remoción improductiva de las tierras que hubieran conocido. En aquella concesión cada fanega fue valorada en quince reales, un precio que permite suponer que habría conocido entre dos y tres hierros, más probablemente dos, tratándose de una transacción en la que la parte constitutiva del capital tenía la iniciativa.
Pero las tierras preparadas para sembrar no bastaban para poner en marcha la explotación. Para que fuera completada la sementera, desde el principio se acordó que el nuevo labrador recibiera el capital en especies de trigo y cebada a invertir en la hoja, imprescindible para ponerla a producir. Llegado el momento de ejecución del acuerdo, recibió setecientas cincuenta y una fanegas y media de trigo y ciento ochenta y cuatro de cebada, más ocho de habas y sesenta y dos de yeros menudos. Para evaluar todo el capital inicial en especie tomaron como precio de referencia para el trigo trece reales la fanega, diez para la de cebada, para la de habas once y doce para la de yeros menudos.
Podemos pues estar seguros de que el objetivo en el que se concentraba la nueva sociedad, a un tiempo civil y económica, era producir trigo, más la cebada subsidiaria que se necesitara para el pienso del ganado de trabajo de la explotación y las plantas, susceptibles de ser utilizadas como forrajeras, que lo complementaran. Nada que no fuera común entre los grandes productores del primero de los cereales en el sudoeste.
A todo esto don Antonio Fernando sumó, por deferencia de su padre, un lote de ganado de cría, un capital que facultaba para: completar el aprovechamiento del pasto que pudieran generar las tierras de la explotación mantenidas sin cultivar cada año, el abonado a discreción, mientras los animales las pacían, de las destinadas a sementera al siguiente y sumar renta al balance de la explotación. Fueron ciento treinta ovejas, evaluadas a dieciocho reales cada una, y once carneros, a treinta y tres reales la cabeza, suficientes para desarrollar una cabaña propia de ganado lanar.
Cuando se concertaron las partes, el padre también se obligó a darle a su hijo, por cuenta de sus dos legítimas en expectativa, la paterna y la materna, nueve mil ducados, una cantidad equivalente a poco menos de cien mil reales de vellón que le habilitaría holgadamente la parte líquida del capital inicial en dinero, de la que tendría que hacer uso para el gasto corriente de la labor en cuanto la comenzara. Entre el momento del acuerdo y la recepción definitiva de los bienes, en diferentes ocasiones, por este concepto recibió cantidades de dinero que por el momento pusieron en sus manos una cuarta parte de lo previsto, veinticinco mil cuatrocientos setenta y cinco reales.
También acordaron que del vínculo que había fundado el doctor don José Berrugo, canónigo de la catedral de Toledo, hermano del padre del contrayente, le sería transmitido por vía de capital, además de las casas principales pertenecientes al vínculo, para que en ellas alojara su hogar, el disfrute vitalicio de veinticuatro aranzadas de olivos, parte de las que su padre ya usufructuaba por ser en aquel momento el titular del vínculo, una institución para la que además el contrayente era el primer llamado a la sucesión, una vez que su padre hubiera fallecido. Al llegar el momento de ejecutar esta transmisión, del vínculo fundado por su tío don Antonio recibió cinco parcelas de olivar en diferentes sitios, de entre una y poco más de siete aranzadas, que en total sumaban veintitrés aranzadas y cuarenta y dos pies, con la obligación de mantenerlas cultivadas y labradas de alto y bajo.
Pero como su padre era en aquel momento el titular del vínculo, por estos olivares, para no defraudar las expectativas de otros posibles herederos, debía pagarle cada año, en concepto de remuneración del usufructo y renta de los olivares, setecientos ochenta y dos reales y tres maravedís, a razón de treinta y tres reales por aranzada. Tendría que hacerlos efectivos cada día de pascua de navidad, y la primera paga debía satisfacerla el de 1743.
Aparte, recibió de su padre, en razón de tercio del vínculo, por ser el primer llamado a suceder en él, otros cuatro pedazos de olivar en diferentes sitios, pertenecientes a la misma institución, de entre poco más de una aranzada y algo más de ocho, y que en total sumaron dieciséis y veinticuatro pies.
Para completar el capital del contrayente, además de lo percibido para su labor, acordaron que recibiría de su padre todo el arreo de casa y los muebles necesarios para el hogar que iba a fundar, más un coche nuevo con las galas y demás homenajes correspondientes a las personas de los futuros esposos y los dos machos para su servicio. Es seguro que al menos recibió una mula de Almagro parda de cuatro años, valorada en mil cincuenta reales.
Los teóricos de la economía contemporáneos, para analizar el capital ya distinguían entre capital fijo y capital circulante. Para ellos, el fijo era el que contribuía de manera permanente a la producción, no se consumía en cada ciclo, se desgastaba progresivamente y antes o después debía ser repuesto. Los edificios, las instalaciones y la maquinaria lo materializaban. El circulante o capital de rotación era el que en el ciclo productivo cambiaba de forma porque se invertía en él. Se trataba sobre todo de las materias primas y los productos intermedios elaborados, el numerario y los créditos invertidos y la fuerza de trabajo.
Para una explotación de cereales, su capital fijo, por lo que se refiere a edificios e instalaciones, sería la tierra o superficie que se cultivaba y las construcciones que en ella se hubieran erigido; y la maquinaria se identificaría con el ganado de labor y los aperos a los que aplicaba su fuerzas más las herramientas que complementan el trabajo humano. En cuanto al capital circulante, las materias primas serían las simientes que se cultivaban, y los productos que tenían que intermediar se identificarían con todos los recursos para el abonado más los suministros textiles, de curtiduría, espartería, etc., que la explotación consumía a lo largo del ciclo. Numerario o moneda y dinero, créditos legales o censos, de los pósitos y las demás formas del crédito rural, imaginativas y muy ramificadas, más el inevitable trabajo compondrían sin más mediación los otros elementos del capital circulante que una explotación necesitaba.
El pacto entre el padre de don Antonio Fernando y la familia de doña Manuela Antonia previó la tierra imprescindible cuando se preocupó por la transferencia de barbechos, y el mantenimiento de las edificaciones del cortijo equipando la gañanía, dando por descontado que a la tierra se accedía por cesión y que las edificaciones, de mampostería o de materiales frágiles, corrían de cuenta del cedido. Ganado de labor, aperos y herramientas fueron incluidos en el capital con una atención que no igualó ninguna de las otras concesiones. También la simiente, así como los suministros intermedios. La preocupación por el limitado abonado, que podría proporcionar cualquiera de las cabañas ganaderas, la concentró el lote de ganado lanar transferido. La disponibilidad de efectivo fue satisfecha con la adjudicación directa de una cantidad de dinero, y la posibilidad de acceder al crédito censal, el más barato, la proporcionó el acceso a los olivares vinculados, para los que podían actuar como garantía hipotecaria. La demanda del trabajo necesario, que en masa se consumiría cuando se activara todo el capital, estaba incluida en las previsiones sobre el sustento de los trabajadores y, como trabajo ya ejecutado, en el valor reconocido a los barbechos.
No cabe duda. La composición del capital que recibió don Antonio fue meditada para satisfacer todo el capital que necesitaba una labor a mediados del siglo décimo octavo. El capital civil, el que negociaban las partes que habían acordado un matrimonio, en caso necesario correspondía al capital económico que requería a fines de la época moderna una explotación de cereales. Era una vía idónea para su adquisición. La recepción efectiva de todos los bienes adjudicados a don Antonio se formalizó ya a fines del año 1742, el 18 diciembre, y la firmaron de común acuerdo padre e hijo.
El valor relativo de cada elemento, sin que el caso deje de ser singular, estaría pues en condiciones de indicar dónde tenían que concentrarse los esfuerzos de capitalización de una labor. Todos los bienes que recibió don Antonio importaron poco más de cien mil reales. Coches, dotación y arreo de la casa y otros muebles sumaron casi veinte mil, solo una quinta parte, mientras que el valor acumulado por todos los bienes útiles para la labor más el efectivo absorbió las otras cuatro.
De esos ochenta mil reales, el valor del ganado de labor, capital fijo, en el caso de don Antonio acaparó casi la mitad (43.2); el efectivo recibido, capital circulante, casi un tercio (29.0), y el capital en especie, también circulante, un 14.2. Todo lo demás (medios y herramientas, 6.7; los barbechos, 3.5; el poco ganado de cría, 3.0; y la dotación de la gañanía, 0.5) quedó por debajo del diez por ciento. Para acometer una labor, el verdadero problema era disponer de ganado de labor. Luego, requeriría esfuerzo disponer de dinero en efectivo, más que acceder a la simiente para iniciar el cultivo. Todo lo demás era bastante secundario.
Tenían razón los arbitristas de pleno siglo décimo octavo cuando decían que para ser labrador era necesaria una importante inversión, disponer de medios para mantenerse y contar con otra actividad que la complementara. Lo que escapó, si no a su perspicacia sí a lo que dejaron escrito, fue que había quienes alcanzaban la condición más alta del campesinado por un atajo, solo por razón de pertenencia a un linaje y gracias a los medios de transmisión de bienes que el derecho civil les había habilitado.
A la vista de la experiencia de don Antonio Fernando, tres parecen las sendas que conducían hasta él: la constitución reglada de una familia, la transmisión de la legítima, que es consecuente de los encadenamientos de la anterior, y la vinculación. Su caso demuestra hasta qué punto la normativa civil estaba al servicio de las apetencias económicas, y no a la inversa. La constitución de una familia era la premisa para la adjudicación del correspondiente capital civil, capaz para contener todo el capital económico. La legítima, a la que se hacía acreedor el descendiente de una familia, podía asegurar algo tan necesario como el efectivo con el que hacer frente al gasto corriente de la empresa. La vinculación, que garantizaba la posesión indefinida de los bienes hipotecables, era la vía prevista para la financiación crediticia, así como un medio para acceder a otras actividades que ayudasen a sostener la principal.
Capitalizar cobraba todo su sentido cuando se trataba de este encadenamiento de instituciones, destinadas a garantizar la reproducción de la clase que ya había ganado las posiciones más altas sin tener que seguir el largo curso que llevaba desde el campesinado mínimo hasta la cima.
Beneficio propio y capital ajeno
J. García-Lería
Un varón, que atesoraba tantas virtudes que una parte de ellas superaba las descargadas sobre él cuando fue concebido, arrendó para su labranza un cortijo, patrimonio de un consorcio de beneficiados, en 1694. Abarcaba 378 unidades de superficie, compuestas en tres hazas, a sumar a las tierras del mayorazgo que poseía, que eran colindantes. Aquel año se comprometió con los dueños a pagar cada uno de los sucesivos, a cambio de toda la tierra cedida, 2.600 reales de cuenta, y a mostrar su agradecimiento por esta obligación con 14 gallinas, o su valor en metálico, las que también cada temporada habría de hacerles efectivas.
El compromiso había sido acordado para tres años, y antes de que concluyera, lo renovó por otro ciclo de la misma duración, previa anuencia a un detalle que los clérigos deseaban añadirle; que en lugar de 2.600 fueran liquidados por año 2.700 reales. Estaban seguros que esta modificación, porque era justa, no comprometería la agradecida recompensa de las 14 gallinas, que efectivamente nuestro hombre tuvo a bien seguir añadiendo a la renta.
No había terminado 1697 y las partes decidieron modificar lo que el año antes habían acordado. En lo sucesivo, aunque siguiera pagando las 14 gallinas, el tomador prefería satisfacer cada año por aquellas tierras 4.840 reales, en lugar de los 2.700, algo menos del doble. La cantidad acordada era la misma que había pagado el arrendatario precedente, tío del nuevo colono. La cantidad que llamaba nueva renta fue acordada en moneda contable, aunque tendría que satisfacerla en la corriente que circulara y en dos plazos, cada uno de ellos por la mitad de aquella cantidad. El primero sería el correspondiente al día de Santiago y el segundo, junto con el pago anual de las gallinas, al de la pascua de navidad. Ninguna de las liquidaciones tendría que ser efectiva hasta 1698.
A cambio, el contrato tendría vigencia mientras no llegara para el arrendatario el día que no tiene final, una interrupción radical del tiempo que con discutible sentido entonces llamaban comienzo de la vida eterna. Además, había obtenido una interesante ventaja. No tendría que liquidar diezmo alguno de cualquiera de los productos vegetales que obtuviera de aquellas tierras cada campaña, ni de cereales ni de semillas, a lo que podían comprometerse los cedentes porque se arrogaban el derecho sobre esta carga, de la que por tanto se beneficiaría el arrendatario. Habían transigido los contratantes con que su valor estaba subrogado en el del metálico anual y las gallinas.
Finalmente, los beneficiados, en un arrebato de generosidad, por su parte concedieron que la otra como adehalas solo liquidara cada año 12 gallinas, comprometiéndose a pagarlas en pluma. La costumbre había naturalizado otra transacción, que el valor de las adehalas pudiera liquidarse en efectivo. Pero los padres de la corporación las querían buenas, gordas y vivas, e incluso exigieron que la primera docena les fuera entregada en la inmediata navidad, antes que fuera obligado satisfacer cualquiera de los pagos previstos por el contrato firmado.
El arrendamiento se hizo a pasto y labor, según costumbre. Era regular que la cesión de explotaciones tomara como referencia los hábitos laborales que habían alcanzado la categoría de técnicas de cultivo. Para que coincidiera la vigencia del acuerdo con el comienzo del año natural, tiempo neutro para el campo de los cereales porque pasaba por el letargo del invierno, como primera actividad, en las tierras cedidas al arrendatario se le reconocía el barbecho, trabajo sin fruto que la tiranía del procedimiento había impuesto. Entrar barbechando era, en los contratos, el reconocimiento escrito de la transferencia material del dominio por un tiempo que habría de transcurrir tan inexorable como los ciclos naturales se suceden. Como así era admitido el comienzo de la injerencia, era inevitable reconocer que el primer ingreso productivo que el arrendatario obtendría quedaba aplazado hasta el verano del año siguiente, año y medio después de la entrada en vigor del acuerdo, puesto que las tierras, solo barbechadas a consecuencia de la forma de la incursión acordada para los orígenes, no podrían sembrarse hasta el otoño del año que había comenzado el uno de enero de la firma. A la ventura de un indefinido buen fin quedaba confiada la certeza de aquel ingreso.
Nuestro virtuoso arrendatario era un hombre calculador. Formalizó su contrato a finales de julio de 1697, justo el día de Santiago, cuando para muchos acuerdos entre partes cumplía el primer semestre de los pagos anuales que hubieran comprometido. Había convencido al responsable de los clérigos mancomunados, que se hacía titular abad, para que admitiera la vigencia retroactiva del pacto. Como aún estaba vigente el acuerdo trienal firmado en 1694, las limitaciones técnicas a la producción que pudiera imponer el nuevo contrato, la obligación de entrar barbechando, que estaba remitida al uno de enero precedente, quedaban neutralizadas. Para julio de 1697 podría estar, a un tiempo, barbechando una parte de las tierras cedidas y cultivando otra. Mientras firmaba aquel contrato, además de regidor por tiempo indefinido, era ya el alférez mayor de la población donde residía, cargo que lo convertía en el responsable del destacamento militar destinado al lugar. Además, ya hacía ostentación del título de gentilhombre de cámara del rey, tan sonoro como vacío de contenido.
Por aquel acuerdo, la propiedad no se reservaba nada, ni dehesas, ejidos o pastos, ni abrevaderos o aguas, fueran estantes, manantes o corrientes; ni cualquiera de las otras cosas que hubiera en aquellas tierras. Además, el arrendatario quedaba autorizado por los dueños al subarriendo, por un plazo máximo de tres años, siempre que en el traspaso constara que la propiedad del cortijo correspondía a la universidad de los beneficiados. Pero a cambio, para ella, por aquel acuerdo, ganaba una sustanciosa compensación, que la relevaba de invertir en el incremento de su potencia productiva. Durante los dos primeros años de vigencia del contrato el arrendatario tendría que levantar en el cortijo un edificio, íntegramente a su costa.
Debía invertir en la obra quinientos ducados que procederían de sus ingresos. En modo alguno podría descontar el gasto del costo de la cesión de la tierra capitalizada o renta. Así quedaba comprometida como obligación la metamorfosis de una parte del beneficio en capital. Teniendo en cuenta que el resultado sería un bien raíz, que se sumaría e incrementaría el valor que en el mercado de la tierra tuviera el cortijo, era una transferencia de los ingresos de la explotación a favor de los dominios que habría que sumar a la renta y al diezmo.
Si en el plazo de los dos años acordados el arrendatario no invirtiera los quinientos ducados convenidos en aquel fin, los dueños del cortijo, mediante apremio, se los cobrarían de los bienes del arrendatario, y a su costa emprenderían los trabajos. Lo más sorprendente es que para asegurar este compromiso el arrendatario hipotecó 12 aranzadas de olivar y 8 aranzadas de viña, que incluían 3 de tierra campa, casa, bodega, lagar y vasija, si bien sobre la viña su dueño ya pagaba un tributo redimible de 80 ducados de principal. Cuando constara que la obra había sido ejecutada por el valor acordado tales bienes quedarían libres de carga. Pero si ocurriera que el arrendatario muriera antes de acometer la obra, la obligación de hacerla pasaría a sus herederos.
La poco justificable hipoteca emerge como la parte visible de un compromiso que pudo incluir la financiación de la obra por parte de la misma corporación beneficiada por el incremento del capital, lo que le agregaría al contrato la dosis de sensatez que aparenta faltarle. Aunque esto no modificaría la obligada transferencia de beneficio propio a capital ajeno, la aplazaría en los términos en que hubiera sido prevista la cesión del principal para financiar el proyecto, decididos por la forma de la redención y, en consecuencia, por el tipo de interés que correspondiera aplicar. Es importante tomar en consideración esta posibilidad, si se quiere encontrar una explicación satisfactoria a toda la operación, que como inmediatamente se verá compromete a terceros.
La organización del espacio en el nuevo edificio quedaría al arbitrio del arrendatario y es posible que la obra se ejecutara pronto. En una declaración de bienes de hacia 1750, probablemente relacionada con las presentadas para la Única, se mencionan las piezas que entonces componían la edificación, y por un subarriendo o traspaso del arrendamiento, de 1764, se sabe del estado de las dependencias en aquel momento. Para la segunda mitad de siglo, por un par de documentos, uno gráfico y otro escrito, suficientes para aventurar una reconstrucción fiel, neutralizadas las ambigüedades, se adquiere la certeza sobre la forma que tuvo el edificio, aunque la dedicación de los espacios, medio común para identificarlos, fue evolucionando con el tiempo. Un cuarto de yeros, que al mismo tiempo sería cuarto del aperador; el gallinero, al que se asocia una recámara, y un palomar, así como el campanario, relacionado con el pórtico solo aparecen citados en la descripción de 1764. Además, había un pozo y un pilar de mampostería.
Formaba el edificio un cuerpo único dispuesto en ángulo recto, cada uno de cuyos segmentos medía unas 35 varas por el lado exterior. El que podemos considerar convencionalmente cuerpo septentrional, tal vez orientado en dirección oeste-este, además del ingreso, habilitado por su lado izquierdo, estaba separado en tres piezas, una gañanía, la cuadra y el patio que precedía y servía de tránsito a esta. En el cuerpo perpendicular estaba la otra gañanía y el tornero, y sin comunicación con las precedentes la capilla con su sacristía y su pórtico.
La primera pieza interior o gañanía tenía 12 varas y media de largo por 4 y cuarta de ancho y 3 y media de altura hasta el entresuelo, cámara intermedia que servía de granero alto, donde el cereal podía ser almacenado con menos exposición a la humedad, gracias a la mayor circulación relativa de aire. Estaba cubierta con una armadura.
La cuadra o caballeriza de bestias tenía 19 varas y media de largo, 4 de ancho y 2 y cuarta por la parte más baja, la que marcaba la línea del derrame de las aguas. Justificándolos por su anchura, incluso algo menor que en la gañanía, aunque es más probable que desearan enfatizar su longitud, los documentos precisan que en el eje en esta dirección en aquel espacio habían construido con ladrillo tres machos o pilares para sostener los maderos del techo y quitarles el cimbre. Al lado del muro superior estaban adosados los pesebres y en el opuesto estaba habilitada la puerta que daba paso al patio o corral. En la descripción del edificio de 1764 se identifican separadas una caballeriza de caballerías mayores y la caballeriza de burras.
El patio era un espacio descubierto de 21 varas de largo, 8 y media de ancho y 3 y media de altura. Estaba cerrado, excepto por su lado izquierdo, en donde una puerta comunicaba con el pasillo de ingreso desde el exterior.
La segunda pieza interior había sido destinada originalmente a granero bajo, pero con el tiempo fue agregada a la gañanía. La transformación debió ser consecuencia del incremento de la población laboral radicada en la explotación, compatible con la disminución del producto obtenido por el arrendatario si este, a su vez, hubiera cedido parte de la tierra para que fuera puesta en cultivo, por ejemplo, por el cuerpo incrementado de los trabajadores directos. Era también un espacio muy amplio, de 20 varas menos un tercio de longitud, 4 y media de ancho y 3 y media de altura por la parte más baja. Aunque los textos no hacen referencia a él, la documentación gráfica permite deducir que la techumbre de esta pieza también estaba en parte soportada por un potente machón, aún más grueso que los construidos en la cuadra. Estaba situado en su mitad superior, algo desplazado a la izquierda, de modo que simultáneamente dividía el ingreso desde la habitación contigua por ese lado, el tornero, y modificaba la entrada por el lado superior desde el pasillo, a cuya delimitación como espacio cuadrangular de tránsito, a un tiempo comunicado con el ingreso, el patio y este antiguo granero, contribuía.
El tornero o casa de tornas era una habitación de 17 varas y media de longitud, 5 y cuarta de ancho y 2 y media de altura. Estaba cubierto con techo de armadura y era el lugar donde estaba instalada la tahona que menciona el proyecto. En 1750 se le llama el amasijo y en 1764, en relación con la casa de tornas, además de la tahona se mencionan el cuartillo ante la tahona y el portal del horno. La entrada única al edificio desde el exterior llevaba inmediatamente al extremo superior de esta habitación, desde donde a su vez el movimiento era distribuido a las gañanías y el patio, según la posición relativa de los tres puntos cardinales restantes.
La capilla era la prolongación del cuerpo del tornero, así como la sacristía lo era de la segunda gañanía, de las que aisladas quedaban por gruesos muros. La primera tenía unas 12 varas de longitud y 5 y cuarta de anchura, y la segunda 7 varas y media de longitud y 4 y media de ancho. Una y otra estaban comunicadas por una puerta, habilitada en el muro que las separaba al extremo superior, observada desde el lado de la sacristía. El ara de las celebraciones, en el testero de fondo de la capilla, se apoyaba sobre el muro compartido con el tornero.
Al pórtico la documentación lo llama siempre el portalejo, porque efectivamente, para la arquitectura, estaba adosado a la puerta de entrada a la capilla, en el lado menor opuesto al altar o pies del sucinto templo. Tal vez fuera una obra posterior a la primitiva, o decidida después que el proyecto fuera acordado, porque fue ejecutado como edificación anexa al cuerpo de la obra toda. Ocupaba una superficie de 9 varas de largo y 4 y media de longitud, y alcanzaba una altura de 3 varas. Fue un espacio abierto a tres de las cuatro direcciones de los vientos. Su arquitectura vertical se limitó a la construcción de seis pilares, ordenados en el sentido de la longitud dos a dos; los del testero apoyados sobre el muro del edificio rector, los opuestos triplicados en su volumen para formar el ángulo que delimitara por los laterales y el margen inferior su espacio y los centrales equidistantes de las dos series de los extremos. También fue cubierto con una armadura.
Fue comprometido el promotor de las obras a que se fabricaran de albañilería, carpintería y teja. Excepto para los elementos en los que se menciona el ladrillo, la edificación vertical sería de tapia, mientras que las cubiertas las resolvieron con armaduras de madera de pino de la tierra y de flandes combinados con castaño. Los pares de piernas de las armaduras que cada habitación necesitó los desbastaron a base de madera de flandes, mientras que la carpintería de arnados o nudillos fue resuelta con pino de la tierra o, en ocasiones, con madera de castaño. Para los tirantes que sujetaban por su base los pares, los pinos de la tierra o de flandes fueron los preferidos, pero la tablazón habitualmente fue de madera de pino de la tierra, no obstante lo cual para el mismo trabajo a veces fueron utilizadas cañas. En la obra del entresuelo las vigas se hicieron con pino de la tierra y la tablazón de flandes. Para el exterior bastó con tejas, canales y redoblones. La obra fue completada con la carpintería de once puertas de madera corriente, cada una con su correspondiente llave, más las de la capilla y sacristía, cada una de las cuales también tenía su respectiva llave.
Concluida, la obra sería inspeccionada por maestros examinadores de la albañilería y de la carpintería.
El edificio construido, y atendido cuanto en él hubiera que reparar con el transcurso del tiempo, una vez terminado el arrendamiento quedaría en propiedad de la corporación de los clérigos, sin que esta tuviera que pagar algo o descontar de la renta en alguna medida. La universidad además se reservó la posibilidad de visitar cada tres años, mientras viviera el arrendatario, las casas del cortijo con la asistencia de maestros albañiles y carpinteros; visitas que podrían decidir si eran necesarias nuevas obras; porque cualquier reparación que la edificación necesitara, fuera de obra mayor o menor, se haría a cuenta del arrendatario. Siguiendo estas previsiones, al menos en 1764 fueron acometidas renovaciones que afectaron sobre todo a las cubiertas. Pares, vigas, arnados, tablazón y tirantes fueron renovados donde el estado de la edificación lo necesitaba. Al exterior, hubo que levantar estribos para al menos los muros de cuatro dependencias, así como reforzar sus aristas.
Tan satisfecho se sintió por aquellas obras el promotor que fundó una memoria perpetua en la capilla oratorio del cortijo. Consistiría en una misa rezada muy de mañana todos los domingos y fiestas de precepto del año, para que la oyeran quienes trabajaran en él y su comarca. El patrono de la memoria sería la corporación de los beneficiados y a su satisfacción quedaba obligado uno de los sacerdotes carmelitas descalzos del convento de la orden establecido en la población. Así debía actuar el convento porque así los había decidido el fundador.
Para asegurar el cumplimento de su obligación canónica, con aquel fin entregó 18.600 reales a la comunidad de los carmelitas en 1730, año para el que es posible que ya sintiera próxima la muerte. En el primer compromiso quedó a cargo del fundador poner bagaje, así como mantenerlo, para llevar y traer al celebrante, proporcionarle alimento y cama, y a las ceremonias cera, hostias y vino, aunque pensó luego que era más conveniente que el bagaje, los alimento y cama y las hostias, la cera y el vino de la celebración quedaran a cargo del convento. Aceptaron las partes esta cláusula nueva, previa agregación de 3.575 reales a los 18.600 ya comprometidos, con lo que la pensión de la memoria sumó el capital de 22.175 reales, los mismos que el promotor entregó al convento. La fundación de esta nueva obra pía se concluyó en diciembre de 1731, y los 22.175 reales ingresaron en el arca de los principales del convento.
Si esta cantidad, conceptuada como pensión, tal como era preceptivo en los censos consignativos, forma habitual del crédito rural cuando se combinaba con las memorias, fuera el valor de unos intereses, liquidarían de una vez el principal que la corporación de los beneficiados hubiera cedido al arrendatario para financiar la construcción de la mampostería del cortijo. Los beneficiados habrían decidido transferir la renta del dinero que hubieran vendido, cuya inversión en realidad capitalizaría un bien suyo, a los carmelitas, según se hacía cuando para las transacciones financieras cruzadas se recurría a la modalidad que en la región las fuentes llaman tributo.
Durante los años siguientes se mantuvo el acuerdo. El fundador y su esposa, durante más de diez, además del convenio, sostuvieron el gravamen sobre los religiosos con toda la magnificencia que les era peculiar, saliendo al paso de todas las incomodidades y gastos derivados del acuerdo.
El cortijo permaneció cedido ininterrumpidamente al mismo arrendatario por el mismo precio hasta 1733, año de su muerte. Entonces lo arrendó la viuda para tres años más, y con idéntica frecuencia fue renovando el contrato hasta 1743. Durante aquella década la renta osciló entre 3.500 reales y 12 gallinas más el diezmo y 4.400 reales y 12 gallinas.
Con idéntico celo, a partir de 1738 la capilla del cortijo había sido visitada por la autoridad episcopal, que delegaba la inspección en el vicario de la comarca eclesiástica o en un cura de la población. Las visitas fueron algo tan regular que se conservan al menos 17 actas de ellas que alcanzan hasta 1817.
En la declaración de bienes de hacia 1750 consta que en la capilla del cortijo se celebraba misa los domingos y días festivos, y hasta agosto de 1770 con seguridad la memoria fue atendida por el convento de carmelitas de la población. Pero pasados aquellos casi cuarenta años, los responsables del convento reflexionaron. De los 22.175 reales obtenidos como pensión en 1731, en el mejor de los casos solo podían ingresar el 3 %, tal como estaba tasado para los censos, por cuya mediación los habían cedido para rentabilzarlos, lo que ascendía a 665 reales y 1 cuartillo al año. Por término medio, los domingos y fiestas del año eran 85, de donde resultaba que no llegaba a 8 reales la remuneración de cada sacrificio, aunque en aquel momento la tarifa para esta clase de celebraciones estaba fijada en 8 reales.
Los gastos necesarios para mantener todo el año una bestia, los alimentos y los utensilios del altar habían crecido mucho en el transcurso de aquellos años. Sumados, causaban menoscabo en las subsistencias que la congregación necesitaba. El gasto continuo que originaban sobrepasaba los réditos de la memoria. En estimación letrada, el capital de la fundación no daba ni para la mitad de la congrua.
Los malos pasos entre la población y el cortijo, sobre todo en invierno, y que la misa fuera antes de la aurora, obligaban, para no perjudicar a quien alquilaba la bestia, a que fuera ocupada por dos leguas de ida y otras dos de vuelta, desde la tarde anterior al festivo y hasta mediada la mañana siguiente. En consecuencia, era necesario pagar por su uso para cada uno de las 85 jornadas dos días enteros, lo que sumaban 170 días al año. Esto elevaba el precio anual del alquiler, sin contar el alimento de la bestia, aun estimando el más bajo, a unos 680 reales. Por tanto, les resultaba imprescindible disponer de bagaje propio y mantenerlo. Pero tener bestia propia significaba incurrir en un costo aún mayor. La frecuencia de la obligación y su atención en exclusiva elevaban el costo, como lo estaban comprobando, a casi 100 ducados. Esto suponía mucho más que los réditos de los 200 ducados o 2.200 reales que tenían destinados a este fin; incluso más que los réditos de todo el capital asignado a la obra por el fundador.
Los religiosos sufrían incomodidades y peligros cuando salían al campo. A fuerza de santa obediencia, debían caminar dos leguas de ida y otras dos de vuelta, por un camino malo y pantanoso en invierno, expuestos sobre una cabalgadura, aun sin práctica en montarla, a cualquier clase de temporal en todas las estaciones; y a pasar una mala noche y peor madrugada. Además de un costo, al convento le resultaba embarazoso mantener siempre en el cortijo una cama adecuada para el religioso que había de acudir, y su alimento era allí dos tercios más caro que en el convento.
También eran gastos dignos de tomarse en cuenta los de cera, hostias y vino. Solo por estos conceptos era necesario emplear cada año más de 1.300 reales, cantidad que casi duplicaba los 665 reales y 1 cuartillo de los réditos.
Había ocurrido además que en el transcurso de aquellos años el convento había tenido la desgracia de perder al menos parte tanto de los réditos como del capital correspondientes a la memoria. De los censos contratados con los 22.175 reales, en 1770 estaban redimidos 200 ducados, que permanecían en el arca de los depósitos del convento. Se daban por perdidos otros 1.375 reales, que habían sido impuestos sobre una finca anteriormente gravada con otros censos, cuyo valor no bastó para la liquidación de toda la deuda. De otros 200 ducados se admitía que eran confusos. Al resto del capital la fuente solo se refiere como mayor cantidad de este convento.
Reconocían por último los carmelitas que la misa se decía tan temprano –por iniciativa de los arrendatarios– que precedía a la hora a la que solían levantarse para el trabajo los que estaban ocupados en el cortijo, quienes el día anterior se habían ido a la cama agotados por la fatiga. Muchos trabajadores, incluso del cortijo, toleraban eludir el precepto por no negarse el descanso que necesitaban. De acuerdo con lo que estaba admitido, creían los carmelitas que, si no se celebrara misa en el cortijo, los trabajadores estarían relevados de acudir a ella por la distancia a la población.
A fines de 1770 los frailes desistieron de este cargo, y la corporación de los beneficiados, que era el patrono de la fundación, no encontraba a quién encargarla. Tan defraudado estaba el convento que se declaró dispuesto a restituir íntegramente los fondos de la dotación. No obstante, fue persuadido para que continuara.
En un contrato de arrendamiento firmado en 1808 el costo del oficio religioso, en el que aún permanecía la misma comunidad, estaba descargado íntegramente sobre el arrendatario. Afortunadamente la crisis que amenazó con dejar a los trabajadores sin misa había quedado resuelta. El cuidado de las almas laborales se había convertido en un costo del trabajo que, gracias a una piadosa iniciativa, no modificaba directamente el valor de la renta.
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